Empresas Modelo para la Regulación y Fijación de Precios en Sectores Eléctrico, Sanitario y Telecomunicaciones. Mercados Eléctricos IEE3372

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1 Pontificia Universidad Católica de Chile Escuela de Ingeniería Departamento de Ingeniería Eléctrica IEE 3372 Mercados Eléctricos Empresas Modelo para la Regulación y Fijación de Precios en Sectores Eléctrico, Sanitario y Telecomunicaciones. Mercados Eléctricos IEE3372 Profesor: Hugh Rudnick Alberto Orlandini Sergio Hudson 26 de Mayo de 2008

2 Introducción Hoy en día, la tendencia de las empresas es competir libremente; para lograr mayores eficiencias y menores costos. Los modelos económicos de libre competencia han desplazado ya hace varios años modelos centralizados donde entes gubernamentales tenían mucho que decir en todos los ámbitos del país. Aún así es necesario fiscalizar y regularizar monopolios que son inevitables si es que se quiere una buena utilización de los recursos. Un buen ejemplo de esto, son las líneas de transmisión del sector eléctrico, o acueductos en el sanitario. Para esto es necesario que intervengan las autoridades, con organismos regulatorios que investiguen las actividades de las empresas que controlan algún servicio en la industria. En este caso el organismo fiscalizador es la Superintendencia de Energía y Combustibles (SEC). Este trabajo de investigación trata de éstas empresas eficientes, que sirven de modelo comparativo para ayudar entes regulatorios a fijar precios y regularizar, en los sectores eléctrico, sanitario y de telecomunicaciones. 1

3 Índice Introducción...1 Objetivos 3 Reguladores en Chile (marco regulatorio).4 Sector Eléctrico Sector Sanitario..5 Sector Telecomunicaciones...6 Concepto de Empresa Modelo Sector Eléctrico..8 Sector Sanitario 12 Sector de Telecomunicaciones.14 Comparación de Empresas Modelo entre Sectores Conclusión y Desafíos Referencias.19 2

4 Objetivos Recoger el concepto de empresa modelo utilizado en los sectores eléctrico, sanitario y de telecomunicaciones; para la regulación y fijación de precios, es uno de los grandes objetivos de esta investigación. Se definirán los esquemas de empresas modelos para cada sector de servicio público. Hay conceptos empresas modelos diferentes para cada sector que trata temas y especificaciones únicas. En un ejemplo concreto, la empresa modelo del sector eléctrico, debe ser la pauta que ocupa la CNE para regularizar empresas de distribución de energía tal como Chilectra. La CNE debe lograr fijar precios justos a Chilectra de modo de crear un mercado eficiente en el rubro, simulando un mercado competitivo. Dentro de esto mismo, cabe describir en nuestro actual sistema chileno para la regulación de precios en cada sector. Otro objetivo es comparar las tres empresas modelos de cada sector, y analizar sus similitudes y diferencias en la fijación de tarifas. Qué variables son regularizadas y qué características de las empresas modelo entran en juego para fijar precios. Por ejemplo, en el sector eléctrico se fijan mayoritariamente precios, y en cambio, en telecomunicaciones se regularizan otros factores como potencia de emisión y el espectro de frecuencia. 3

5 Marcos Regulatorios Marco Regulatorio Sector Eléctrico La Superintendencia de Energía y Combustibles (SEC) es un organismo fiscalizador, que vela por la calidad, la seguridad y el precio del suministro entregado por las empresas. Fiscaliza el cumplimiento de las normas legales y técnicas en los sectores de generación, transmisión y distribución del sector eléctrico. El Centro de Despacho Económico de Carga (CDEC) coordina el funcionamiento de centrales generadoras y líneas de transmisión. Éste organismo principalmente debe preservar la seguridad del servicio, garantizar la operación más económica del sistema, y garantizar el derecho a servidumbre sobre los sistemas de transmisión establecidos mediante concesión. La Comisión Nacional de Energía (CNE) es la encargada de proponer leyes, reglamentos y normas para la regulación del sector. Hace una planificación indicativa, en la cual se basa para la formulación de política de precios y tarifas reguladas. Panel de Expertos resuelve controversias o discrepancias entre empresas y el organismo en cuestión. Ministerio de Economía aprueba leyes propuestas por la CNE. El Ministerio y Comisión Nacional del Medio Ambiente (CONAMA) estudia las materias del medio ambiente e impacto ambiental. También participan otros organismos en defensa de la competencia, los que investigan y previenen atentados contra la libre competencia, como el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia y la Fiscalía Nacional Económica. 4

6 Marco Regulatorio Sector Sanitario La Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) se encuentra a cargo de la principal actividad regulatoria. Es un servicio público sujeto a la Supervigilancia del Ministerio de Obras Públicas, y se encarga de fiscalizar empresas sanitarias y el cumplimiento de sus normas, determinar las tarifas y proponer los decretos respectivos al Ministerio de Economía, actuar como administrador para conocer y resolver las discrepancias que se producen entre prestadores y usuarios, sancionar, y también realizar el control de los residuos líquidos industriales. El Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción fiscaliza las actividades en los sectores industriales, de servicios y comercio. Su principal función en relación al sector sanitario es fijar los precios regulados, propuestos por la Superintendencia. El Ministerio de Obras Públicas (MOP) administra la legislación en materia de recursos hídricos, la asignación de los derechos de agua y la aprobación de los derechos de concesión para, por ejemplo, construir o explotar servicios sanitarios. Ministerio de Salud se preocupa de vigilar la calidad del agua en los servicios sanitarios, de que no están bajo la jurisdicción de la Superintendencia y también oficializa las normas de calidad de las aguas. Los consumidores no tienen participación directa en la regulación, pero pueden reclamar a la SISS o al Servicio Nacional al Consumidor (SERNAC). 5

7 Marco Regulatorio Sector de Telecomunicaciones En el mercado de telecomunicaciones, los precios de los servicios públicos e intermedios son fijados libremente por las operadoras. Esto es así, siempre y cuando El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia así lo califique. En la ley no sale explícitamente la obligación de fijar tarifas, dejándolo a criterio de la Comisión Antimonopolios. La Subsecretaría de Telecomunicaciones (SUBTEL) calcula las tarifas del sector, una vez aprobadas las bases que la empresa propone. El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y el Ministerio de Economía aprueban las tarifas propuestas por la SUBTEL. Existe una comisión de expertos que resuelve discrepancias entre la SUBTEL y la empresa en establecer las bases para la fijación de tarifas. También se llama a expertos en discrepancias en las tarifas calculadas, entre SUBTEL y ministerios, antes de ser aprobadas por los mismos. 6

8 Concepto de empresa modelo El concepto de crear una empresa ideal, ficticia que surge de la necesidad que hay para enfrentar monopolios naturales inevitables que perjudican al consumidor. El esquema tarifario que se busca, es el de una situación simulada de un mercado competitivo, con una libre entrada de competidores al mercado. Esto la obligaría a la empresa regulada buscar optimizar sus recursos para poder competir con las demás empresas más eficientes que ella. El objetivo final de la aplicación de este concepto es llegar a costos eficientes en las empresas que proveen un servicio determinado. Se evalúa cada cierto tiempo como debería funcionar hoy una empresa modelo, estas actualizaciones son indispensables por los avances tecnológicos que permiten mayores eficiencias. 7

9 Empresa Modelo Sector Eléctrico Debido a las características de los servicios eléctricos, los monopolios que se forman, lo esencial del continuo suministro energético, etc.; tradicionalmente todo el sector eléctrico ha sido regulado por el gobierno. Generación, transmisión y distribución estaban todos juntos y totalmente controlados por los gobiernos de cada país. Desde que se privatizó en Chile, en 1982, el sector eléctrico, años más tarde salió a la luz lo ineficiente que solía ser el sistema controlado únicamente por el gobierno. Actualmente, el precio final que paga un consumidor que vive, en alguna ciudad de Chile es: Precio Final = Precio de Nudo + Valor Agregado de Distribución + Cargo Único por uso del Sistema Troncal El precio de nudo, tiene que ver con la parte de generación y transporte a la zona que se desea proveer con energía eléctrica. El precio que uno paga por el precio nudo tiene dos componentes, una es la cantidad de energía consumida, y otra, por la potencia máxima. La potencia máxima tiene que ver a la hora que se consume energía. El concepto detrás, es que uno paga además, por la capacidad máxima de carga que hay que tener instalada en todo momento para satisfacer la demanda a toda hora. El Valor Agregado de Distribución (VAD), es justamente el precio que se paga por la distribución de suministro de la electricidad, por ejemplo, en Santiago. Cabe destacar, que en todo Santiago se no paga el mismo precio Por ejemplo, si un sector tiene cableado subterráneo (que es más costos), en vez de uno eléctrico aéreo, no es justo que se paguen los mismos. En este caso aparecen los factores de asignación de costos sectorizados, que básicamente son este tipo de distinciones. En ciudades diferentes se pagan diferentes tarifas porque la densidad del tendido eléctrico no es la misma; en las zonas rurales es mucho menos denso. El cargo único por uso del sistema troncal, es un peaje que cada usuario debe pagar con concepto de uso del sistema de transmisión local. El concepto de empresa modelo, no se ocupa para el sector de generación, ya que la idea es tener libre entrada y salida de los generadores que quieran entrar o no al sistema. Las diferentes empresas que quieran instalar sus generadores no tienen obligación de servicio, sólo debe cumplir los contratos de generación establecidos por ellos mismos. De esta forma, el tipo de generación estará determinado por las tecnologías más eficientes y si privados quieren o no invertir en el sector. Para la transmisión es necesario regular, por razones obvias no sería eficiente dejar que dos empresas diferentes construyan líneas para un mismo propósito. Esta comprobado que existen economías a escala, donde es más eficiente tener una línea de transmisión de mayor capacidad, que dos de menor capacidad. Se pueden hacer licitaciones (incluso empresas extranjeras) para la construcción de una nueva línea de transmisión, para lograr los menores costos posibles. Actualmente el dueño de la línea de transmisión gana un 10% fijo, lo cual está siendo debatido, ya que se lo considera 8

10 bastante alto, por lo seguro que es el negocio. La empresa modelo no es muy aplicable a este sector de transmisión. La empresa modelo se ocupa para determinar el modo de funcionar de las empresas del sector de la distribución de energía eléctrica. El modelo se basa en el cálculo de tarifas eficientes que deberían cobrar dichas empresas de distribución. Cada cuatro años, la Comisión Nacional de Energía (CNE) calcula estos precios de acuerdo a las nuevas tecnologías y nuevos cambios pertinentes. Los cálculos que hace la CNE, en relación a la fijación de tarifas, es modelar los ingresos de la empresa modelo tal que: Ingresos empresa modelo VNR vigente fijado Costos reales fijados 10 5% El VNR (valor nuevo de reemplazo), se refiere a las instalaciones reales de la empresa. Cabe destacar que a formula anterior toma en cuenta todas las empresas de distribución, es decir, el cálculo no toma en cuenta las rentas individuales de cada empresa. De acuerdo a la legislación vigente, en el artículo 181º en adelante del DFL4, y como actualmente en Chile hay alrededor de 35 empresas distribuidoras de energía; es difícil y costoso hacer cálculos para cada una de ellas, por lo que se agrupan en áreas típicas. Actualmente hay seis áreas típicas pero este número puede variar, según corresponda, de acuerdo a la ley. Existen economías de escala en las empresas de distribución, y mientras más grande y densa, los costos serán menores. Para hacer este cálculo se hace una regresión lineal del estilo del gráfico de la figura 1. Figura 1 De acuerdo a esta regresión lineal, se agrupan las aéreas típicas de acuerdo a sus economías de escala. Es posible que en un mismo grupo queden empresas distribuidoras con distintos costos, unas saldrán más favorecidas que otras en el cálculo para tarifas en cada área típica. Es decir, se calculan tantos VAD como áreas típicas. Estos estudios de áreas típicas elaborados por la CNE, se deben presentar seis meses antes de vigencia de las nuevas tarifas. Una vez entregada esta información, las empresas tienen 15 días para hacer observaciones al respecto, y a su vez la CNE tiene 15 días más para aceptar o no estas observaciones y entregar la información definitiva. 9

11 Una vez determinadas las agrupaciones, se toma una empresa de referencia de cada área, que es la más representativa, y de acuerdo a sus restricciones geográficas, instalaciones, demanda, etc., se calcula una empresa eficiente operando en la situación de la empresa de referencia. El VNR ocupado para el cálculo anterior, lo calcula el SEC cada cuatro años, pero al final de cada año hace una actualización de éste, sumándole las adiciones y retiros del correspondiente período. La Ley De acuerdo a la ley vigente en el DFL4, el artículo 182º, trata sobre la empresa modelo, que se crea para los costos de distribución. Esta considera: 1- Costos fijos por concepto de gastos de administración, facturación y atención del usuario, independientes de su consumo. 2- Pérdidas medias de distribución en potencia y energía. 3- Costos estándares de inversión, mantención y operación asociados a la distribución, por unidad de potencia suministrada. Los costos anuales de inversión se calcularán considerando el Valor Nuevo de Reemplazo, en adelante VNR, de instalaciones adaptadas a la demanda, su vida útil, y una tasa de actualización igual al 10% real anual. La CNE contrata consultorías para determinar las fórmulas que se deben aplicar para la fijación de precios. La empresa regulada también puede pedir investigación acerca de los precios eficiente con los cuales debería funcionar, en ese caso, los precios finales serán calculados como el promedio aritmético ponderado, con un peso relativo de dos tercios para las cálculos de la CNE y un tercio para los de la empresa regulada. Los artículos 183º a 198º detallan los cálculos para el VAD, los servicios asociados y la fijación de tarifas. Se menciona también situaciones específicas acerca del VNR. Ningún artículo de la ley especifica exactamente cómo debe ser la empresa modelo y qué fórmulas específicas deberían ocuparse para calcular el precio eficiente. Simplemente se da una pauta de cómo calcularlos precios, y qué organizaciones están a cargo de que. Cabe destacar que no existen fórmulas únicas para calcular precios específicos, ya que la empresa modelo tiene que ser con exactamente las misma características físicas, geográficas, etc. que la empresa real. De esta forma cada empresa modelo será diferente y única en casa zona. La CNE entrega cada cuatro años información específica acerca de las bases para los cálculos del VAD, considerando empresas reales como Chilectra, y propone metodologías para llevar a cabo los cálculos. Cabe mencionar un nuevo proyecto de ley que existe actualmente y que está siendo estudiado. Éste pretende que sean más transparentes los cálculos del VAD, ya que como los estudios de la empresa regulada tienen una ponderación de 1/3, y los 10

12 estudios de la CNE, 2/3, esto crea un sesgo que incentiva a estudios no imparciales, donde la empresa regulada querrá obtener resultados que indiquen que debe tener altos costos, y la CNE los contrario. Además, actualmente el Panel de Expertos, no interviene en los asuntos de cálculos del VAD, y se está estudiando su posible participación. 11

13 Empresa Modelo Sector Sanitario La superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) tiene el rol de regular y fiscalizar empresas que son parte del sistema sanitario del país. Esto se hace para que exista un sistema de aguas potables y saneamiento en zonas urbanas del país con un servicio de calidad y precios justos para los consumidores. La SISS posee varias divisiones para cumplir diversas labores del sector sanitario. Este trabajo se centra sólo en la División de Concesiones la cual entre otras funciones, se encarga de Determinar las tarifas que la Superintendencia postula como máximas a cobrar por las empresas sanitarias, efectuando los estudios correspondientes y velando por el cumplimiento de los procesos tendientes a su cálculo, de conformidad a la ley. Al igual que en el sector eléctrico, el sector sanitario al ser un servicio público, posee características de un monopolio natural. Así, éste debe ser regulado y fiscalizado por el Estado, de manera de permitir al sector privado incorporarse en el mercado por medio de una baja en las barreras de entrada. La Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios no se refiere explícitamente al concepto de empresa modelo, pero la noción se ve implícitamente en la forma en que define los costos marginales y a largo plazo. El costo incremental de desarrollo, se definirá como aquel valor equivalente a un precio unitario constante que, aplicado a la demanda incremental proyectada, genera los ingresos requeridos para cubrir los costos incrementales de explotación eficiente y de inversión de un proyecto de expansión optimizado del prestador, de tal forma que ello sea consistente con un valor actualizado neto de proyecto de expansión igual a cero (artículo 4, DFL Nº70 MOP). Vemos que describe los costos de una empresa modelo. El modelo incentiva la eficiencia, y se enfatiza en tarifas y el régimen de concesiones. Se utiliza un criterio de tarificación a costo marginal para buscar eficiencia en la empresa, y también se supone que la empresa se autofinancie. En el DFL N 70, en el artículo 8, que será la base para estimar lo costos involucrados en la determinación de las fórmulas tarifarias. Se define una empresa modelo del sector sanitario como empresa prestadora de servicios sanitarios diseñada con el objeto de proporcionar en forma eficiente los servicios sanitarios requeridos por la población, considerando la normativa y reglamentación vigente y las restricciones geográficas, demográficas y tecnológicas en las cuales deberá enmarcar su operación. El marco legal del proceso tarifario se caracteriza por un procedimiento administrativo y otro técnico. En el procedimiento administrativo se establecen las etapas a seguir en el proceso de fijación, y en el procedimiento técnico se establecen las metodologías de cálculo de las fórmulas tarifarias. En el proceso administrativo, la SISS elabora las bases para la ejecución de estudios, estudios que realizaran tanto la empresa como la SISS en forma independiente. Luego se intercambian los estudios y la empresa puede discrepar de los estudios de la SISS. Después se llega a un acuerdo, o en caso contrario, la SISS convoca una comisión de 12

14 expertos. Finalmente se realiza el estudio definitivo y se envía a Ministerio de Economía. Estas formulas tarifarias se aplicarán los próximos cinco años. La SISS debe tener listas las bases un año antes del vencimiento de las tarifas. Hay 60 días para que concesionarios y terceros puedan hacer observaciones a éstas. Luego de 45 días más la SISS responde a las observaciones y entrega las bases definitivas del estudio tarifario. Una vez hechos los estudios por ambas partes (SISS y empresas concesionadas), si hay discrepancias hay 30 días para presentar en lo que no se está de acuerdo. Cabe destacar que de seguir habiendo discrepancias entre las empresas reguladas y la SISS, y se recurre al panel de expertos; este panel consta de tres peritos: uno elegido por la SISS, otro por la empresa concesionada y el tercero por ambos. La decisión tomada por este panel es definitiva y ellos determinan las tarifas finales que se cobrarán. Los costos involucrados en la fijación de tarifas corresponde a los de una empresa modelo. Usar esta empresa evita que el consumidor final pague por ineficiencias de la empresa real, y además contempla la utilización de las últimas tecnologías al mínimo costo de prestar el servicio. También contempla las restricciones geográficas y demográficas de la empresa en estudio. 13

15 Empresa Modelo Sector de Telecomunicaciones La Subsecretaría de Telecomunicaciones (SUBTEL), es un organismo dependiente del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Está encargado de regular y fiscalizar todo el sector. El sector de telecomunicaciones de divide en 5 subsectores: telefonía fija, telefonía móvil, telefonía larga distancia, televisión y proveedores de servicios complementarios tales como internet. Estas regulaciones no son únicamente de precios, sino abarca bastante más. Un ejemplo de lo anterior, es que la SUBTEL, debe asignar de forma eficiente y justa el espectro de frecuencias. Es imprescindible que un ente autoritario mayor (como el caso del gobierno) regule este tipo de situaciones. Como los marcos regulatorios en las telecomunicaciones son tan amplios, este trabajo sólo se centra en la parte de regular y fijar precios eficientes, más específico, en situaciones donde se pueda aplicar un concepto de empresa modelo para crear un mercado competitivo. La ley define a una empresa modelo de telecomunicaciones como una empresa que opera con los costos indispensables para proveer los servicios sujetos a la regulación tarifaria en forma eficiente de acuerdo a la tecnología disponible y manteniendo la calidad establecida para dichos servicios Los periodos de vigencia de tarifas reguladas son de cinco años. Estos se calculan de la siguiente manera: Primero la empresa le propone a la SUBTEL las bases técnicas y económicas de los estudios tarifarios, en las que se especifican áreas tarifarias, criterios de proyección de demanda, criterios de optimización de redes, tecnologías, costos, etc. Luego la SUBTEL puede objetar las bases propuestas por la empresa concesionada. Si no existe acuerdo, la SUBTEL o el concesionario solicitan la opinión de peritos, para que finalmente la SUBTEL tome una decisión acerca de las bases definitivas. Una vez aprobadas las bases, 180 días antes del vencimiento de las actuales tarifas, los concesionarios tienen que presentar sus estudios acerca de las tarifas a cobrar a los Ministerios de Economía y Transportes y Telecomunicaciones. Los Ministerios mencionados tienen 120 días para aprobar u objetar la propuesta de cada una de las concesionarias. En el caso de objetar, la empresa concesionaria tiene 30 días para incorporar modificaciones propuestas por el regulador o insistir justificadamente su propuesta inicial respaldado por un informe pericial. Este panel de peritos está conformado por tres personas expertas en el tema, una designada por los dos Ministerios mencionados, otra por la concesionaria y una tercera escogida por acuerdo común. Los Ministerios de Economía y Transportes toman la decisión final sobre las tarifas y luego dictan el decreto tarifario vigente por los siguientes cinco años. 14

16 Comparación entre Empresas Modelos en los tres Sectores Cuadro Comparativo Elaboración de las Bases y Estudios Estudios por agrupaciones o individuales Empresa modelo: Optimizada o Desde Cero Controversias estudios Duración Procesos de Bases y Estudios Extensión Tarifas Sector Eléctrico Empresas entregan información y CNE elabora estudios sobre áreas típicas y cálculo de bases. Empresas reguladas y CNE hacen estudios sobre tarifas, luego éstos se ponderan. Sector Telecomunicaciones Empresas proponen bases y tarifas, que son objetables por la SUBTEL o Ministerios respectivamente. Sector Sanitario SISS publica bases preliminares. SISS y concesionarios hacen estudios cada uno por separado, se intercambian y se llega a un acuerdo. En áreas típicas Individual Individual Optimizada: Empresa eficiente en escenario de una real No hay, se ponderan estudios: 2/3 CNE y 1/3 empresa regulada La CNE elabora estudio áreas típicas 6 meses antes del vencimiento de tarifas vigentes. Empresas reguladas tiene 15 días para hacer observaciones. CNE tiene 15 días incorporar o no observaciones propuestas. Empresa eficiente desde cero Panel pericial Concesionarios entregan estudios 6 meses antes del vencimiento de tarifas vigentes. El Ministerio tiene 120 días para aprobar o desaprobar. Empresas reguladas tienen 30 días para incorporar modificaciones o insistir llamando a panel pericial. Optimizada: Empresa eficiente en escenario de una real Panel pericial SISS publica bases preliminares 1 año antes que venzan tarifas vigentes. Concesionarios y terceros tienen 60 días para hacer observaciones. SISS tiene 45 días para responder a observaciones. Luego cada parte hace sus estudios, si el concesionario tiene discrepancias tiene 30 días para presentarlas. 4 años 5 años 5 años Rentabilidad Empresas Reguladas Se regula ingreso, tal que rentabilidad de cada área típica sea del 10±5% Se regulan tarifas máximas a cobrar. Se regulan tarifas máximas a cobrar. Transparencia en el Proceso Tarifario Acceso libre a estudios de bases, tarifas y observaciones La información relevante no se hace pública. Ninguna de las partes está obligada a fundamentar estudios. El Ministerio no está obligado a justificar decisión final. Acceso libre a estudios de bases, tarifas y observaciones 15

17 En el sector eléctrico las bases de los estudios están basadas en áreas típicas de distribución de energía, estas bases las hace la CNE con la información de que entrega cada empresa. Una vez que las áreas típicas están hechas, se elige una empresa representativa de cada área y se le aplica el concepto de empresa modelo. Para esto la empresa representativa y la CNE hacen estudios por separado y luego se ponderan de una determinada manera. Esto difiere bastante del caso de Telecomunicaciones que es la empresa que será regulada la que propone bases que son aprobadas por la SUBTEL. El concesionario también elabora los estudios acerca de las tarifas máximas a cobrar dados sus costos y condiciones, éstos deben ser aprobados por el Ministerio. Cabe destacar que, los Ministerios, tienen la decisión final con respecto a la propuesta de tarifas y decreto final dejándole menos poder a las demás organizaciones. En el caso Sanitario, la SISS tiene un mayor protagonismo que la empresa regulada, pero se le da la libertad a las empresas de hacer sus propios estudios para luego intercambiar y comparar. El Ministerio acá simplemente aprueba el decreto final, al igual que en el sector eléctrico. Las áreas típicas, en el sector eléctrico son grupos de empresas con costos y densidades similares. En base a estos grupos, se toma una representativa y se construye una empresa eficiente dada la demanda y escenario de la empresa elegida. En los otros sectores el proceso es diferente: por un lado, en telecomunicaciones, sólo las empresas que podrían ser amenaza de monopolio son las que serán reguladas. En este caso la empresa misma es la que elabora los estudios de las bases y se los presenta a la SUBTEL. El proceso es individual. En el sector sanitario se regulan todas las empresas del rubro, al contrario de telecomunicaciones, pero los estudios son igualmente individuales. En los sectores eléctrico y sanitario, se aplica el concepto de empresa modelo a las empresas reguladas de manera tal, que se optimiza la empresa real ya existente. Se hacen estudios que obligan a la empresa a reducir costos innecesarios y a ser más eficiente. No es el caso del sector de telecomunicaciones que como dice el artículo 30º de la ley, se empieza desde cero a modelar un funcionamiento eficiente de la empresa que será regulada. En caso de haber controversias, los sectores telecomunicaciones y sanitario son asesorados por paneles de expertos. En el sector sanitario existen controversias al momento de intercambiar los estudios realizados por la empresa y la SISS, para llegar a un acuerdo mutuo. En telecomunicaciones pueden existir controversias entre la SUBTEL y la empresa, cuando la última presenta las bases de los estudios, y también con los ministerios, una vez presentadas las tarifas. El sector eléctrico no da lugar a controversias, ya que ambos estudios se ponderan. Como se aprecia en la quinta fila del cuadro comparativo, los sectores eléctricos y de telecomunicaciones empiezan seis meses antes que venzan las tarifas vigentes a elaborar bases para el proceso que determina tarifas eficientes. El sector sanitario es el único que empieza 12 meses antes, dándose más holgura en los plazos estipulados. Cada sector al tener etapas diferentes en el proceso de regulación de tarifas, tiene plazos diferentes dependiendo los estudios necesarios. La duración de estas tarifas, son similares en cada sector: 5 años para sectores sanitario y de telecomunicaciones, y 4 años para el eléctrico. 16

18 La CNE calcula las inversiones de las áreas típicas, y despeja las tarifas dado un porcentaje de rentabilidad fijo, que en este momento es de un 10%. Los sectores sanitario y de telecomunicaciones no operan con esta metodología, en cambio, se recibe una propuesta tarifaria por parte de cada empresa, la cual será objetada por el regulador. Estas propuestas tratan de tarifas máximas que se pueden cobrar. El sector de telecomunicaciones determina las tarifas en un proceso secreto, en el que la información relevante no se hace pública, y no existe la obligación de hacerlo. Los entes reguladores no están obligados a justificar los resultados. En los otros dos sectores, existe espacio para el público, en el que se reciben observaciones por parte de estos, y se les da a conocer los estudios, especialmente en el sector sanitario que le da un espacio para la participación a terceros. 17

19 Conclusiones y Desafíos Como ya se mencionó, actualmente hay un proyecto de ley para mejorar el proceso de fijación de tarifas para el sector eléctrico. Este trata el tema de la ponderación de 1/3 y 2/3 de los estudios que hacen la empresa distribuidora regulada y la CNE respectivamente. Al hacer estudios independientes, existe un gran sesgo para las organizaciones que manda a hacer cada estudio: a cada parte le interesa tener estudios que le favorezcan. Una propuesta podría ser incorporar al panel de expertos en caso de controversias de estudio, y eliminar el sistema de ponderaciones, tal como el sector sanitario. Para esto puede ser necesario alargar plazos y partir desarrollando el proceso un año antes que venzan las tarifas, en vez de los actuales seis meses. El sector eléctrico es el único que fija los ingresos tal que la rentabilidad sea un valor fijo (10±5%). Esta rentabilidad, como son válidas para áreas típicas, no representa a todas las empresas distribuidoras, además es una utilidad alta, para la seguridad del negocio. El sector de telecomunicaciones tiene el gran defecto de la poca transparencia del proceso para la fijación de tarifas. Podrían emular al sector sanitario que hace públicos todos los estudios relacionados con el tema. El Ministerio y la SUBTEL deberían tomar una mayor participación, y no dejar que el concesionario haga sus propios a cerca de las bases y tarifas, esto porque claramente las empresas reguladas tienen un incentivo a mostrar en sus estudios los costos más altos posibles para su propia conveniencia. La SUBTEL podría elaborar las bases para que sean más justas las tarifas que se calcularán después, tal como en los otros dos sectores. El sector sanitario es el sector más transparente en términos de estudios y publicación de todo el proceso de fijación tarifaria. Se han estandarizado formatos para armar bases de datos que luego se pueden ocupar para comparación de costos de concesionarios. Este sector, parte un año antes del vencimiento de las tarifas, con el proceso para determinar precios justos a las empresas que deben ser reguladas. Esto le da más holgura a la SISS, empresas reguladas y terceros a participar en el proceso. Los otros dos sectores parten los estudios y bases preliminares seis meses antes del vencimiento de las tarifas. Al tratar de regular mercados que por naturaleza son monopólicos, nos enfrentamos con problemas que no sólo involucran conocimientos técnicos en el área, sino que también nos obligan a establecer un balance entre lo que es justo para el privado y justo para el consumidor. No existen reglas para tratar los monopolios en general, y en Chile se han tomado diferentes caminos para transformar dichos monopolios en mercados competitivos. Ningún método de regulación es perfecto, y poseen diferentes cualidades, unos son más transparentes, otros más complejos, etc. No es tan simple decidir si un método es mejor que otro, y es muy difícil lograr un proceso tarifario libre de sesgos, ya que tanto el Estado como el privado buscan objetivos distintos, que a su vez pueden diferir de los del consumidor final. 18

20 Referencias Ley Chilena sector Eléctrico DFL4, CNE Ley General Chilena de Telecomunicaciones, SUBTEL Ley General de Servicios Sanitarios, SISS Ley de Tarifas de los Servicios Sanitarios, SISS Evaluación de la regulación de las telecomunicaciones en Chile, Fischer y Serra, Marco Regulatorio de Servicios Básicos de Chile, Eduardo Saavedra P., Julio 2005 Estudio Análisis y Aplicación del Concepto de Empresa Modelo en el procesos de tarificación de servicios sanitarios, eléctricos y de telecomunicaciones., Gregorio San Martín, Fernando Fuentes, Gastón Held, Documentos Técnicos para la Elaboración del Estudio Para el Cálculo de las Componentes del Valor Agregado de Distribución; Cuadrienio Noviembre Noviembre 2012 y del Estudio de Costos de Servicios Asociados al Suministro de Electricidad de Distribución, CNE Desarrollo del sistema sanitario en Chile, SISS, Diciembre 2006 Regulación de Servicios Públicos: Hacia Dónde debemos ir?, Alexander Galetovic y Ricardo Sanhueza,

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