I. CONTENIDO DEL CONTRATO

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1 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE TELECOMUNICACIONES DEL AYUNTAMIENTO DE, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO (REGULACIÓN ARMONIZADA) I. CONTENIDO DEL CONTRATO 1. OBJETO DEL CONTRATO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN El contrato que en base al presente pliego se realice tendrá por objeto la prestación del Servicio de Telecomunicaciones del Ayuntamiento de Valle de Trápaga-Trapagaran, en el ámbito de la Telefonía Fija y Móvil, tanto dentro de la Casa Consistorial como fuera de ella, acceso a Internet de banda ancha y transmisión de datos, así como el mantenimiento (integral, preventivo y correctivo) de las infraestructuras necesarias para la correcta prestación de los servicios durante la duración del contrato, de conformidad con la documentación técnica que figura en el expediente, que tendrá carácter contractual. Código CPV-08: Servicios de telecomunicaciones A efectos de la adjudicación, el servicio se divide en los lotes que a continuación se indican, siendo posible presentar oferta por uno, varios o todos los lotes: LOTE I.- Servicio de Telefonía Fija (voz, datos e internet) LOTE II.- Servicio de Telefonía Móvil La oferta de prestación del servicio se podrá realizar aislada o conjuntamente respecto de los lotes indicados, no quedando los ofertantes en ningún caso obligados a presentar una propuesta que comprenda los dos lotes. En sentido idéntico el Ayuntamiento no quedará obligado a la adjudicación de la prestación del servicio a un único ofertante, pudiendo hacerlo por separado. A tal efecto las propuestas presentadas por las empresas licitadoras habrán de presentar con claridad y de forma autónoma el lote con el que se corresponden, sin que resulte posible (en el caso de los licitadores que concurran a ambos lotes) la remisión de la oferta presentada para uno de los lotes a la oferta presentada para el otro respecto de cualquier tipo de información o documentación. El objeto del presente contrato calificado como de servicios al amparo del artículo 10 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), quedará comprendido dentro de la Categoría 5 del Anexo II del referido Texto Legal. A su vez, de conformidad con el apartado b del artículo 16.1º del TRLCSP, se encuentra sometido a regulación armonizada y se adjudicará mediante procedimiento abierto de acuerdo a lo establecido en el artículo 138 del TRLCSP, regulado en los artículos 157 a 161 del citado Texto Legal. Página1

2 2. PLAZOS A) IMPLANTACIÓN DEL SERVICIO Tanto para el Lote I como para el Lote II se señala un plazo máximo de TRES (3) MESES desde la formalización del correspondiente contrato, para la implantación y puesta en marcha de los servicios, con total utilización de los medios materiales y humanos que deban adscribirse a los mismos. La empresa contratista notificará por escrito al Ayuntamiento necesariamente la fecha en que darán comienzo los trabajos. B) DURACIÓN DEL CONTRATO El plazo total de ejecución de la prestación, para cada uno de los respectivos Lotes, será de DOS (2) años, contado desde la fecha de comienzo de la prestación de cada respectivo servicio, siendo susceptible de prórroga (AÑO A AÑO) expresa y mutuamente acordada por las partes antes de la finalización de aquél, sin que la duración total de ésta pueda exceder de DOS (2) años, es decir, siempre que la duración total del contrato, incluidas las prórrogas, no exceda de CUATRO (4) años, y que las prórrogas no superen, aislada o conjuntamente, el plazo fijado originariamente. Además en caso de acordarse la prórroga deberá recaer resolución expresa en tal sentido del órgano de contratación con carácter previo a la fecha de finalización del contrato. La falta de resolución expresa determinará la terminación automática del contrato. Transcurrido el plazo de duración de cada prestación, quedará terminado el contrato, debiendo el contratista cesar en la prestación de sus servicios, sin que en ningún caso puede entender automáticamente prorrogado el contrato ni percibir retribución laguna por los trabajos que hubiera podido realizar. No obstante, la empresa contratista vendrá obligada a continuar con la prestación de los servicios objeto del presente contrato, de conformidad con los términos de su oferta, cuando a su finalización estuviere iniciado el oportuno procedimiento para una nueva contratación. En este supuesto, concluirá los trabajos cuando un nuevo contratista inicie los trabajos correspondientes. El contratista se entenderá incurso en mora por el transcurso del plazo citado, no siendo necesaria intimidación previa por parte de la Administración. 3. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y PRESUPUESTO DE LICITACIÓN A efectos de determinar la publicidad y el procedimiento de adjudicación, el valor estimado de este contrato, incluido el importe para las eventuales prórrogas, sin incluir el IVA, asciende a: Valor estimado incluidas prórrogas (IVA excluido) (*) Como en el Valor estimado hay que incluir las posibles prórrogas la cantidad resultante supera los de umbral y pasaría a ser contrato sujeto a regulación armonizada (art. 16 TRLCSP modificado por ORDEN EHA/3479/2011) Página2

3 El precio de esta contratación para los dos lotes objeto de la misma se fija en la cantidad máxima de por los dos años de duración de contrato, importe al que habrá que adicionarse el IVA correspondiente (es decir, más de 21% IVA), de lo que resulta un cantidad final de El presupuesto máximo ANUAL y por cada LOTE de licitación del contrato, sobre el que los licitadores deberán formular sus ofertas, diferenciando la cuantía correspondiente al IVA, será el siguiente: LOTE I.- Servicio de Telefonía Fija (voz, datos e internet) Presupuesto máximo anual % IVA TOTAL LOTE II.- Servicio de Telefonía Móvil Presupuesto máximo anual % IVA TOTAL (*).- En el caso de licitadores exentos, el importe correspondiente al IVA que indicarán en su proposición será de cero euros (0 ). (**).- Para la valoración de las ofertas económicas se tendrá en cuenta exclusivamente el precio neto de cada una de ellas, es decir, excluido el IVA. (***).- El contratista vendrá obligado a ofertar los cuadros de los precios unitarios asociados al lote o lotes en cuestión que decida ofertar, siendo vinculante los precios unitarios que tendrán carácter de contractual durante la vigencia del contrato En las proposiciones que formulen las empresas licitadoras, así como en los precios ofertados, de acuerdo a los que se adjudique el contrato se entenderán incluidos, a todos los efectos, el coste de los medios materiales y personales empleados en la ejecución, además del beneficio empresarial, imprevistos, gastos y todo tipo de impuestos que le sean de aplicación, debiendo de indicarse como partida independiente el importe correspondiente al IVA. El contratista vendrá obligado a ofertar los cuadros de precios unitarios asociados al lote o lotes en cuestión que decida ofertar, siendo vinculante los precios unitarios que tendrán carácter contractual durante la vigencia del contrato. El importe del contrato se establece a partir de facturación establecida para el mes siguiente al de la adjudicación, establecido a base de facturación plana para empresas variable, facturación plana empresas fija, ambos servicios contratados en la actualidad con la empresa Movistar; 2 líneas fijas de la empresa Euskaltel; 2 líneas ADSL 8M/640KB Y 8M/1M con alquiler de router y gestión incluida en el segundo caso, así como una cuenta de acceso FTP con la empresa Sarenet; 20 líneas de móvil bajo el sistema Contrato Negocios de Movistar. Página3

4 4. FINANCIACIÓN Para sufragar el precio del contrato hay prevista financiación con cargo al presupuesto del año en curso. Asimismo, el órgano competente en materia presupuestaria se reservará los créditos oportunos en los presupuestos de los ejercicios futuros que resulten afectados. 5. FORMA DE PAGO El pago del precio del contrato se realizará contra la presentación y conformidad del correspondiente documento cobratorio y en la siguiente forma: a) Por períodos mensuales vencidos, el adjudicatario presentará factura en la que expresará el montante total del precio a satisfacer por el Ayuntamiento, b) La citada factura deberá presentarse en el Registro del Ayuntamiento. Efectuados los anteriores trámites, se elevará propuesta de abono a la Presidencia, que a su vez será informada por la Intervención y con este requisito se ordenará y realizará el pago. 6. REVISIÓN DE PRECIOS (arts 89 y ss TRLCSP) El precio por el que sea adjudicado el Servicio se revisará con arreglo a las siguientes normas: - Durante el primer año de duración del contrato, contado desde la fecha en que el contratista inicie efectivamente la realización de los trabajos, el precio permanecerá invariable de forma que no será objeto de revisión, incremento o actualización de ninguna clase, se abonará el precio ofertado por el contratista en la forma prevista en el Pliego. - En las anualidades sucesivas se revisará aplicando al mismo, el incremento o decremento interanual que experimente el Índice de Precios al Consumo de la Comunidad Autónoma Vasca, publicado por el Eustat, correspondiente a la anualidad inmediatamente anterior, sin que, no obstante, la revisión no podrá superar el 85 por 100 de variación experimentada por el índice adoptado. (art TRLCSP) La revisión de precios tendrá lugar, en su caso, cuando el contrato se haya ejecutado al menos en el 20 por ciento de su importe y haya transcurrido un año desde su formalización, fecha que se tomará como referencia a fin de determinar el momento a partir del cual procede la revisión de precios y sus efectos, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 91.3 del TRLCSP. Fuera del caso de revisión previsto en el anterior apartado no se realizará revisión alguna de precios, cualquiera que fuera la variación que experimenten los costes de los distintos elementos integrantes del servicio contratado y, en particular, los salarios del personal. 7. GARANTÍAS De acuerdo con lo establecido en el artículo del TRLCSP, los licitadores no deberán constituir garantía provisional. Página4 La persona licitadora que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa dentro del plazo de diez (10) días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento del órgano de contratación, deberá acreditar la constitución de la garantía definitiva por importe del 5 por 100 del importe de adjudicación del contrato, excluido el IVA.

5 La garantía exigida en el contrato podrá presentarse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 96 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, debiendo depositarse su importe, o la documentación acreditativa correspondiente, en la Tesorería General del Ayuntamiento de Valle de Trápaga-Trapagaran. Cuando, a consecuencia de la modificación del contrato, experimente variación su precio, se reajustará la garantía en el plazo de quince días, contados desde la fecha en que se notifique al adjudicatario la resolución de modificación del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 99 del TRLCSP. A estos efectos no se considerarán las variaciones de precio que se produzcan como consecuencia de una revisión del mismo. En el plazo de quince días, contado desde la fecha en que se hagan efectivas, en su caso, las penalidades o indemnizaciones, el adjudicatario deberá reponer o ampliar la garantía constituida en la cuantía que corresponda, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución. La devolución de la garantía, tanto total como parcial en su caso, se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, una vez vencido el plazo de garantía y cumplidas por el adjudicatario todas sus obligaciones contractuales. 8. EJECUCIÓN DEL CONTRATO La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista (art. 215 TRLCSP) y no tendrá derecho, caso de prórroga del contrato, a otro incremento del precio, que el fijado para la revisión del mismo en este Pliego de Condiciones. El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas contenidas en el presente pliego y, en su caso, a las especificaciones técnicas unidas al expediente, bajo la dirección, inspección y control de la Administración, quien ejercerá estas facultades tanto por escrito como verbalmente. Cuando por actos u omisiones imputables al contratista o a personas de él dependientes se comprometa la buena marcha del contrato, la Administración podrá exigir la adopción de las medidas que estime necesarias para conseguir o restablecer el buen orden en la ejecución del mismo. 9. OBLIGACIONES LABORALES DEL CONTRATISTA El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad e higiene en el trabajo, ejecutando el servicio bajo las medidas de seguridad establecidas en el REAL DECRETO 171/2004 de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales, quedando en todo caso la Administración exonerada de responsabilidad por este incumplimiento. Entre los trabajadores que la persona adjudicataria adscriba durante la ejecución del Servicio y el Ayuntamiento de Valle de Trápaga-Trapagaran, no existirá relación laboral, administrativa, ni mercantil de ningún tipo, quedando la Entidad Local exonerada de cualquier responsabilidad que pudiera derivarse de la ejecución del servicio. Página5

6 10. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. 11. MODIFICACIONES DEL CONTRATO La Administración podrá modificar el contrato por razones de interés público cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el art. 107 del TRLCSP y siempre que con ello no se alteren las condiciones esenciales de la licitación y adjudicación. Las posibles modificaciones referidas anteriormente serán obligatorias para el contratista. 12. RECEPCIÓN DE LA PRESTACIÓN Y PLAZO DE GARANTÍA Concluido el contrato de cada Lote objeto de la presente licitación se procederá a la recepción de la prestación realizada formalizándose mediante un Acta que se extenderá dentro del mes siguiente a dicha terminación. Una vez extendida la mencionada Acta de Recepción en el plazo señalado, se iniciará el plazo de garantía de TRES MESES de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 222 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Durante este plazo de garantía el contratista será responsable por los defectos o vicios que puedan manifestarse en los trabajos o prestaciones realizadas. Transcurrido dicho plazo sin objeciones por parte de la Administración quedará extinguida la responsabilidad del contratista. La devolución de la garantía definitiva habrá de disponerse por resolución del órgano de contratación, una vez se haya producido el vencimiento del plazo de garantía, y cumplido satisfactoriamente el contrato, o resuelto éste, sin culpa del contratista. 13. PENALIDADES AL CONTRATISTA POR INCUMPLIMIENTO A) DE LOS PLAZOS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO Si el contratista, por causas imputables al mismo, hubiese incurrido en demora respecto del cumplimiento del plazo de ejecución del contrato, tanto del plazo total como, en su caso, de los plazos parciales, la Administración podrá optar indistintamente por la resolución del mismo, con pérdida de la garantía, o por la imposición de las penalidades diarias en la proporción 0,20 por cada euros del precio del contrato. Página6 Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, el Órgano de Contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.

7 B) DE LA EJECUCION PARCIAL DE LAS PRESTACIONES Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el contrato, la Administración podrá optar, indistintamente, por su resolución o por la imposición de una penalidad equivalente al 10 por 100 del precio total del contrato. En caso de cumplimiento defectuoso de la prestación, la Administración podrá imponer una penalidad equivalente al 10% del presupuesto del contrato C) CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO En caso de cumplimiento defectuoso de la prestación, el Ayuntamiento podrá imponer una penalidad equivalente al 10% del presupuesto del contrato.. D) DE COMPROMISOS DE SOLVENCIA En caso de incumplimiento de la obligación de adscribir los medios materiales o personales señalados por el contratista en su oferta, en virtud de lo dispuesto en la cláusula 20, la Administración podrá imponer una penalidad equivalente al 10% del presupuesto del contrato. 14. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO Constituyen causas de resolución del contrato de obras las establecidas en los artículos 223 y 308 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. 15. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Corresponden a la Administración las prerrogativas de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, así como en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Página7

8 II. PROCEDIMIENTO PARA CONTRATAR 16. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN La adjudicación del presente contrato se realizará por procedimiento abierto. Los criterios de valoración de las ofertas que han de servir de base para la adjudicación del contrato y la ponderación que se les atribuye son los siguientes: CRITERIOS CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMÁTICA...hasta 60 puntos OFERTA ECONÓMICA... hasta un máximo de 60 puntos La oferta económica se valorará de acuerdo a una regla de tres inversamente proporcional, que otorga la puntuación máxima a la oferta más baja (IVA y demás impuestos excluidos), siempre y cuando no esté incursa en temeridad. Se otorgará la máxima puntuación a la oferta más económica y la puntuación del resto de las ofertas se desprende de la fórmula de multiplicar el resultado del cociente entre la oferta económica más baja y la oferta del licitador que se valora, por el número total de puntos aplicables al criterio. Esto es: Ob x Z Ol dónde Ob es la oferta más baja y Ol es la oferta del licitador que se valora, siendo Z el número tope de puntos a aplicar en el presente criterio. Los límites que permitirán apreciar que las proposiciones no pueden ser cumplidas como consecuencia de ofertas desproporcionadas o anormales serán los siguientes: se considerará anormal o desproporcionada la oferta cuya cuantía se inferior en más de un 15% a la media aritmética de las ofertas presentadas. NOTA: la oferta económica que se presente será bajo el formato de importe cerrado por la prestación del servicio de cada lote y mes, es decir, bajo la modalidad de precio cerrado/mes para cada uno de los lotes, lo que supondrá para los 12 meses del año un importe/año que será la oferta/año que presente cada empresa licitante CRITERIOS CUANTIFICABLES POR JUICIO DE VALOR.. hasta 40 puntos PROPUESTA TÉCNICA. Hasta 30 puntos Calidad Técnica de los Servicios Ofertados.....hasta 14 puntos Página8 Se valorará la solución técnica ofertada para cada uno de los servicios solicitados: telefonía fija, telefonía móvil, red de datos, integración de servicios en las diferentes sedes municipales etc.

9 Dispositivos ofertados...hasta 10 puntos Se valorarán las características técnicas de cada uno de los dispositivos ofertados, así como del software y/o herramientas de gestión del servicio Plan de implantación del servicio...hasta 2 puntos Se valorará la planificación prevista para la implantación de cada uno de los servicios solicitados, así como los medios puestos a disposición de la misma, tanto humanos como materiales Plan de mantenimiento/supervisión del servicio. hasta 4 puntos Se valorará la operativa prevista para el mantenimiento, durante la vigencia del contrato, de cada uno de los servicios ofertados, así como los medios puestos a disposición de la misma, tanto humanos como materiales. Así mismo se valorará el tiempo de dedicación mínimo del gestor asignado a la atención/supervisión del contrato, periodicidad de las visitas a nuestras instalaciones, formas de contacto, posibles servicios de retén para resolución de incidencias fuera del horario habitual de trabajo etc MEJORAS hasta 10 puntos El peso de las mejoras sujetas a juicio de valor será de 10 puntos sobre 40 y se evaluará acorde a las mejoras que se planteen por parte de las empresas licitantes, mejoras que se evaluarán por su interés pero que además llevarán una valoración de la misma que se plantee. (Por ejemplo: En el apartado de mejoras se establece una serie de mejoras por la realización de centralización de las señales e imágenes de cámaras existentes fuera del ámbito local más centralizado (La Arboleda y demás Barrios periféricos). EN CASO DE EMPATE: Cuando dos o más empresas licitadoras empaten en cuanto a la proposición más ventajosa, se procederá a elegir a la empresa adjudicataria mediante la celebración de un sorteo público. 17. MESA DE CONTRATACIÓN La Mesa de Contratación cuando actúe como órgano de contratación en este Ayuntamiento estará compuesta de acuerdo con lo establecido en el Decreto de Alcaldía 5/2012, de 16 de enero de 2012, o en su caso, de acuerdo con lo establecido en el Acuerdo Plenario de fecha 29 de septiembre de 2011, en concreto, en su punto tercero. 18. APTITUD (CAPACIDAD Y SOLVENCIA) PARA CONTRATAR Página9 Podrán tomar parte en este procedimiento de contratación las personas naturales o jurídicas que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional y no estén incursas en ninguna de las prohibiciones para contratar establecidas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. La solvencia se acreditará y evaluará de acuerdo con los medios establecidos en la letra e) de la cláusula 20.

10 Asimismo, podrán hacerlo por sí o representadas por persona autorizada, mediante poder bastante otorgado al efecto. Cuando en representación de una persona jurídica concurra algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultado para ello. Tanto en uno como en otro caso, al representante le afectan las causas de incapacidad para contratar citadas. Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación objeto del presente contrato. 19. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES El expediente de esta contratación, así como la documentación técnica unida al mismo, podrá ser examinado en las dependencias u oficinas del órgano de contratación, que se indican a continuación (Oficina Técnica (2ª planta) del Ayuntamiento del Valle de Trápaga-Trapagaran, Plaza Lauaxeta s/n, CP Trapagaran) de esta Administración de 09:00 h a 13:00 horas, todos los días hábiles, de lunes a viernes, a partir del siguiente a aquel en que aparezca publicado el anuncio de esta licitación en el Diario Oficial de la Unión Europea o en el Boletín Oficial del Estado o en el perfil del contratante, y hasta el vencimiento del plazo de presentación de proposiciones. Las proposiciones deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento del Valle de Trápaga-Trapagaran, Plaza Lauaxeta s/n, CP Trapagaran, de 09:00 h a 13:00 horas, durante el plazo de 52 días naturales contados a partir del siguiente al del envío del anuncio al Diario Oficial de la Unión Europea (art. 159 TRLCSP) y hasta las 13:00 horas del último día del plazo señalado. No obstante, si el último día de plazo fuera sábado o coincidiera con día festivo en el Valle de Trápaga-Trapagaran, aquel plazo se pospondrá hasta la misma hora del día siguiente hábil. Podrán presentarse redactadas en castellano y/o euskera. La información adicional sobre los pliegos o sobre la documentación complementaria que, en su caso, soliciten los licitadores será facilitada en el plazo de seis días antes de la fecha límite fijada para la recepción de proposiciones, siempre que la solicitud haya sido realizada al menos ocho días antes del vencimiento del plazo de recepción de las proposiciones señalado anteriormente. De acuerdo con lo dispuesto en el art del TRLCSP, cuando la información adicional sobre los pliegos o sobre la documentación complementaria no haya podido ser facilitada en los plazos indicados, así como cuando las ofertas solamente puedan realizarse después de una visita sobre el terreno o previa consulta in situ de la documentación adjunta al pliego, el plazo para la recepción de ofertas se prorrogará el tiempo que se considere conveniente para que los candidatos afectados puedan tener conocimiento de toda la información necesaria para formular las ofertas. Página10 Las proposiciones presentadas con posterioridad al plazo fijado para su recepción no serán admitidas aunque conste que se entregaron en Correos antes de la finalización del plazo, salvo que se remita al Órgano de Contratación por telex, fax, telegrama o correo electrónico la justificación de la fecha de remisión de la oferta en el mismo día que se envió por correo. El envío del anuncio por correo electrónico se ajustará a lo establecido en cuanto a su validez en el artículo 80.4 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

11 20. FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Los licitadores deberán presentar tres sobres cerrados (A, B y C) en cada uno de los cuales figurará la inscripción PROPOSICIÓN PARA TOMAR PARTE EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO DE TELECOMUNICACIONES DEL AYUNTAMIENTO DE VALLE DE TRAPAGA-TRAPAGARAN En cada sobre se indicará la denominación de la empresa, nombre y apellidos de quien firme la proposición y el carácter con que lo hace, debiendo estar los sobres también firmados. El sobre A se subtitulará CAPACIDAD Y SOLVENCIA PARA CONTRATAR y contendrá los siguientes documentos: a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del participante o su representante. Además en el caso de que se actúe en representación de otra persona o entidad, poder notarial, el cual será bastanteado por esta entidad en el proceso de calificación de la documentación aportada en este sobre. b) Cuando el licitador sea una persona jurídica, escritura de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil y número de identificación fiscal, cuando la inscripción fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial. Cuando se trate de empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, deberán acreditar su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. c) Declaración expresa responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar enumeradas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, salvo que se aporten certificaciones acreditativas de estas dos últimas circunstancias. Página11 d) Acreditación de estar dado de alta en el I.A.E., en el epígrafe que corresponda al objeto del contrato, mediante la presentación del alta, si se refiere al ejercicio corriente, o del último recibo del I.A.E, en los demás casos, acompañada en ambos supuestos de una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del referido impuesto.

12 e) Documento que acredite la clasificación del contratista que habilite para contratar los servicios de la categoría A, grupo V, subgrupo 4 f) En el caso de que varios empresarios acudan a la licitación constituyendo una Unión Temporal de Empresas, cada una de las que la componen deberá acreditar su capacidad y su solvencia conforme a lo establecido en los puntos anteriores, y, asimismo, aportar el compromiso de constituirse formalmente en UTE en caso de resultar adjudicatarios. Igualmente, indicarán en la proposición la parte del objeto que cada miembro de la UTE realizaría, con el fin de determinar y comprobar los requisitos de solvencia de todos ellos. g) Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. h) Todos los licitadores deberán señalar un domicilio para la práctica de notificaciones derivadas de este procedimiento, de acuerdo y con los efectos previstos en el art del Texto Refundido de la LCSP. Esta circunstancia podrá ser complementada indicando una dirección de correo electrónico y un número de teléfono y fax. Las circunstancias señaladas en las anteriores letras a), b) y e) podrán acreditarse mediante una certificación del Registro Oficial de Contratistas y Empresas Clasificadas de la Comunidad Autónoma Vasca, del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o mediante un certificado comunitario de clasificación conforme a lo establecido en el art. 84 del TRLCSP. A la referida certificación deberá acompañarse una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación. El certificado mencionado en el apartado anterior podrá ser expedido electrónicamente. La documentación exigida se podrá presentar en original o copia de la misma, debidamente compulsada o autenticada por la Administración o por notario. También se podrá presentar dicha documentación en fotocopia simple, pero en este caso el primer clasificado deberá acreditar la autenticidad de tales fotocopias mediante la aportación de los correspondientes originales. Página12

13 El sobre B se subtitulará CRITERIOS DE VALORACION QUE DEPENDEN DE UN JUICIO DE VALOR y contendrá los documentos referidos a los criterios cuya valoración depende de un juicio de valor, señalados en la cláusula 16 de este pliego. El sobre C se subtitulará PROPOSICION ECONOMICA Y CRITERIOS DE VALORACION AUTOMATICA y contendrá los siguientes documentos: a) Proposición económica ajustada al modelo establecido en el Anexo I c) Documentos referidos a los criterios de apreciación automática señalados en la cláusula 16 de este pliego. Nota aclaratoria sobre la presentación de documentación: Transcurrido el plazo de 3 meses desde la adjudicación, la Administración podrá disponer sobre la destrucción de la documentación aportada por los licitadores que no hayan resultado adjudicatarios, en el supuesto que éstos no hayan procedido a solicitar su devolución y retirada. 21. APERTURA Y TRATAMIENTO DE LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA Y SELECCIÓN DE EMPRESAS Vencido el plazo de presentación de proposiciones se llevarán a cabo las siguientes actuaciones: 1º. APERTURA DEL SOBRE A Y TRATAMIENTO DE LA DOCUMENTACION QUE CONTIENE La Mesa calificará la documentación incluida en el sobre A. A tal efecto, podrán pedirse aclaraciones o documentos complementarios sobre la capacidad y solvencia de los licitadores que habrán de aportarse, tal como dispone el art. 22 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en el plazo de cinco días naturales. La solicitud de aclaraciones o información complementaria será comunicada por la Mesa verbalmente a los interesados, anunciándose, igualmente, en el tablón de anuncios del órgano de contratación y en el perfil de contratante. En la misma forma comunicará la Mesa la existencia de vicios subsanables en la documentación presentada para que en el plazo, en este caso, de tres días hábiles, según el art. 81 del citado Reglamento, los licitadores corrijan o subsanen los defectos observados. 2º. SELECCIÓN DE EMPRESAS Página13 La Mesa, una vez calificada la documentación presentada y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones observados, procederá a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección de las mismas, determinados en la letra e) de la cláusula 20 de este pliego, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo.

14 3º. APERTURA PÚBLICA DEL SOBRE B La documentación presentada en el sobre B, comprensiva de los criterios que dependen de un juicio de valor, será abierta en acto público, en el Salón de Plenos del Ayuntamiento del Valle de Trápaga-Trapagaran, C/ Lauaxeta Enparantza, 1, el día y hora que se indique en el perfil del contratante. A estos efectos, si resultara precisa la subsanación de errores u omisiones en esta documentación la Mesa concederá para efectuarla un plazo máximo de seis días hábiles, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 27 del RD 817/2009, de 8 de mayo. 4º. APERTURA PÚBLICA DEL SOBRE C Tras la apertura y valoración de la documentación contenida en el sobre B, se llevará a cabo la apertura pública del sobre C, en el Salón de Plenos del Ayuntamiento del Valle de Trápaga- Trapagaran, C/ Lauaxeta Enparantza, el día y hora que se indique en el perfil de contratante. A estos efectos, si resultara precisa la subsanación de errores u omisiones en esta documentación, la Mesa concederá, asimismo, para efectuarla un plazo máximo de seis días hábiles. En este acto se dará a conocer la valoración asignada a los criterios dependientes de un juicio de valor en cada oferta. 5º. CLASIFICACION DE LAS OFERTAS Una vez valorados todos los criterios, la Mesa procederá a la clasificación de las proposiciones presentadas por orden decreciente y elevará la propuesta de adjudicación del contrato al órgano de contratación que haya de efectuar la misma. Al amparo de lo previsto en el art. 152 del Texto Refundido de la LCSP, cuando se identifique una o varias proposiciones que puedan ser consideradas desproporcionadas o anormales, la declaración del carácter desproporcionado o anormal de las ofertas requerirá la previa audiencia del licitador o, en su caso, licitadores que las hayan presentado y el asesoramiento técnico del servicio correspondiente. En este caso, el órgano de contratación, a la vista de la justificación efectuada por el licitador y de los informes solicitados, acordará la adjudicación a favor de la proposición económicamente más ventajosa que se estime que pueda ser cumplida a satisfacción de la Administración. Si por el contrario el órgano de contratación estimase que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, la excluirá de la clasificación y acordará la adjudicación a favor de la proposición económicamente más ventajosa, de acuerdo con el orden en que hayan sido clasificadas. De todo lo actuado se dejará constancia en el expediente, en las correspondientes actas que necesariamente deberán extenderse 6º. REQUERIMIENTO, EN SU CASO, AL PRIMER CLASIFICADO Página14 Realizadas las actuaciones anteriores se requerirá, en su caso, al primer clasificado para que, dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, realice las siguientes actuaciones:

15 a) Presentar la documentación justificativa del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorizar al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello. No será necesaria la presentación de esta documentación si las certificaciones las hubiese aportado junto con la proposición. b) Presentar la documentación justificativa de disponer efectivamente de los medios que, en su caso, se hubiese comprometido a adscribir a la ejecución del contrato, de acuerdo con lo previsto en la cláusula 20, letra e) de este pliego. c) Presentar la documentación justificativa de haber constituido la garantía definitiva, en su caso. d) Presentar los originales de los documentos que, en su caso, hubiese aportado en fotocopia simple en los sobres que configuran la proposición. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. 22. ADJUDICACIÓN, FORMALIZACIÓN Y GASTOS El órgano de contratación adjudicará el contrato de forma motivada, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación, y dará publicidad de la formalización del contrato de conformidad con lo previsto en el artículo 154 TRLCSP. La formación del contrato se efectuará en la forma y plazos previstos en el art. 156 TRLCSP. En el caso de falta de formalización del contrato, por causas imputables al contratista, la Administración podrá acordar la resolución del mismo, previa audiencia al mismo, con indemnización de daños y perjuicios. Tratándose de un contrato susceptible del recurso especial en materia de contratación conforme al artículo 40.1 del Texto Refundido de la LCSP, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos, plazo durante el cual puede interponerse el citado recurso, en cuyo caso se suspenderá la tramitación del procedimiento de contratación hasta la resolución del recurso, que se desarrollará según lo previsto en el art. 40 y siguientes del Texto Refundido de la LCSP. Transcurridos los quince días señalados sin que se interponga recurso alguno, se requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en un plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento. Previo a la formalización, el adjudicatario deberá pagar los gastos de publicidad oficial en un solo Boletín y por una sola vez, cuyo importe máximo será de Página15

16 III. NATURALEZA, RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE 23. NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO El contrato que en base a este pliego se realice, tendrá carácter administrativo y en todo lo no previsto en él se estará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y en el RD 817/2009 de 8 de mayo de desarrollo parcial de la misma, así como en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, y demás normas que, en su caso, sean de aplicación a la contratación de las Administraciones Públicas. En caso de contradicción entre el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el resto de la documentación técnica unida al expediente, prevalecerá lo dispuesto en este pliego. 24. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL En el caso de que la presente contratación implique el acceso a datos de carácter personal, el contratista deberá cumplir las obligaciones derivadas de la Disposición Adicional Vigésimo Sexta del TRLCSP, en relación con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y su normativa de desarrollo. 25. JURISDICCIÓN COMPETENTE Las cuestiones litigiosas que se deriven del contrato se entenderán sometidas a la jurisdicción contencioso-administrativa, no obstante lo cual, las partes pueden acordar el sometimiento de sus litigios a arbitraje, conforme a lo establecido en la legislación vigente. En Valle de Trápaga-Trapagaran, a 29 de agosto de Página16

17 ANEXO I. I.A.MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA A QUE SE AJUSTARÁN LAS PROPOSICIONES PRESENTADAS POR LOS LICITADORES PARA EL LOTE I D...con domicilio en...cp..., D.N.I. nº..., teléfono en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de... con domicilio en...cp..., teléfono..., y D.N.I. o C.I.F. (según se trate de persona física o jurídica) nº...), enterado del procedimiento abierto convocado por el Ayuntamiento de Valle de Trápaga-Trapagaran, para la contratación de SERVICIO DE TELECOMUNICACIONES DEL AYUNTAMIENTO DE TRAPAGARÁN Y ORGANISMOS AUTÓNOMOS MUNICIPALES. LOTE 1 TELEFONÍA FIJA, VOZ Y DATOS, declaro: 1º) Que me comprometo a su ejecución por el precio/mes de..., más..., correspondientes al 21% de I.V.A., lo que hace un importe/año de..., más..., correspondientes al 21% de I.V.A., debiendo entenderse comprendidos en el precio todos los conceptos incluyendo los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal al igual que el beneficio industrial del contratista. 2º) Que la empresa a la que represento, cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para su apertura, instalación y funcionamiento. 3º) Que conozco el Proyecto, con su contenido, el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y demás documentación que ha de regir el presente contrato, que expresamente asumo y acato en su totalidad. En..., a...de...de Firma I.B.MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA A QUE SE AJUSTARÁN LAS PROPOSICIONES PRESENTADAS POR LOS LICITADORES PARA EL LOTE II D...con domicilio en...cp..., D.N.I. nº..., teléfono en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de... con domicilio En...CP..., teléfono..., y D.N.I. o C.I.F. (según se trate de persona física o jurídica) nº...), enterado del procedimiento abierto convocado por el Ayuntamiento de Valle de Trápaga-Trapagaran, para la contratación de SERVICIO DE TELECOMUNICACIONES DEL AYUNTAMIENTO DE TRAPAGARÁN Y ORGANISMOS AUTÓNOMOS MUNICIPALES. LOTE 2 MÓVIL, declaro: 1º) Que me comprometo a su ejecución por el precio/mes de..., más..., correspondientes al 21% de I.V.A., lo que hace un importe/año de..., más..., correspondientes al 21% de I.V.A., debiendo entenderse comprendidos en el precio todos los conceptos incluyendo los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal al igual que el beneficio industrial del contratista. 2º) Que la empresa a la que represento, cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para su apertura, instalación y funcionamiento. 3º) Que conozco el Proyecto, con su contenido, el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y demás documentación que ha de regir el presente contrato, que expresamente asumo y acato en su totalidad. Página17 En..., a...de...de Firma

18 ANEXO II MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA A NO ESTAR INCURSOS EN PROHIBICIONES PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN, DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL, Y DE QUE NO TIENEN DEUDAS DE NATURALEZA TRIBUTARIA EN PERIODO EJECUTIVO CON EL AYUNTAMIENTO DEL VALLE DE TRÁPAGA- TRAPAGARAN. D./Dª, con domicilio en, calle., C.P., Teléfono, y D.N.I., en posesión de su plena capacidad de obrar y en nombre propio o en representación de la Empresa, con domicilio en, calle, C.P., Teléfono y C.I.F., a los efectos que establece la cláusula 20 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares aprobado para regir el contrato de SERVICIO DE TELECOMUNICACIONES DEL AYUNTAMIENTO DE VALLE DE TRÁPAGA-TRAPAGARAN DECLARA I. Que la empresa a la que representa, sus administradores y representantes, así como el firmante, no están incursos en ninguna de las prohibiciones para contratar señaladas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (Real Decreto Legislativo 3/2011, de 16 de noviembre), en los términos y condiciones previstos en el mismo. II. Asimismo, declara que la citada empresa se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, así como no tener deudas de naturaleza tributaria en periodo ejecutivo de pago con el Ayuntamiento del Valle de Trápaga-Trapagaran. En, a de de Fdo.: D.N.I.: Fecha y firma del licitador. Página18

19 ANEXO III MODELO DE COMPROMISO DE CONSTITUCIÓN DE U.T.E. D./Dª, con domicilio en, calle., C.P., Teléfono, y D.N.I., en posesión de su plena capacidad de obrar y en nombre propio o en representación de la Empresa, con domicilio en, calle, C.P., Teléfono y C.I.F. D./Dª, con domicilio en, calle., C.P., Teléfono, y D.N.I., en posesión de su plena capacidad de obrar y en nombre propio o en representación de la Empresa, con domicilio en, calle, C.P., Teléfono y C.I.F. D./Dª, con domicilio en, calle., C.P., Teléfono, y D.N.I., en posesión de su plena capacidad de obrar y en nombre propio o en representación de la Empresa, con domicilio en, calle, C.P., Teléfono y C.I.F. Se obligan conjunta y solidariamente en régimen de Agrupación Temporal a ejecutar el Contrato de SERVICIO DE TELECOMUNICACIONES DEL AYUNTAMIENTO DE VALLE DE TRÁPAGA- TRAPAGARAN conforme a los Pliegos aprobados, Anexos correspondientes y demás documentación contractual que expresamente asumimos y acatamos en su totalidad, sin salvedad alguna. I. La participación con que concurren a la Agrupación Temporal cada una de las empresas es la siguiente: EMPRESA PORCENTAJE (detallar el nombre de la empresa) y (el porcentaje en que participa en la UTE) II. III. Se designa a como el representante o apoderado único de la Unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato deriven, durante la vigencia y hasta la extinción del contrato, para que ostente la plena representación de las empresas frente al Ayuntamiento del Valle de Trápaga-Trapagaran. Se comprometen a constituirse formalmente en Unión Temporal, caso de resultar adjudicatarios del contrato. Fdo.: D.N.I.: En, a de de 20. Página19

20 ANEXO IV MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE VIGENCIA DE LOS DATOS ANOTADOS EN EL REGISTRO DE LICITADORES (Declaración de presentación obligatoria junto con la Certificación de inscripción registral, caso de aportar alguna de las que contempla la cláusula 20 de este Pliego) D./Dª, con domicilio en, calle., C.P., Teléfono, y D.N.I., en posesión de su plena capacidad de obrar y en nombre propio o en representación de la Empresa, con domicilio en, calle, C.P., Teléfono y C.I.F., al objeto de tomar parte en el procedimiento abierto en base a una pluralidad de criterios de adjudicación, seguido por el Ayuntamiento del Valle de Trápaga-Trapagaran, para la adjudicación del Contrato de SERVICIO DE TELECOMUNICACIONES DEL AYUNTAMIENTO DE y a los efectos que señala la cláusula 20 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares aprobado para regir el contrato de referencia, declara bajo su responsabilidad: a) Que los datos de esta empresa que constan en el Registro Oficial de Contratistas presentada no han sido alteradas en ninguna de sus circunstancias y que se corresponden con la Certificación del Registro que acompaña a esta declaración. b) Que los datos de esta empresa que constan en el Registro Oficial de Contratistas presentado, referentes a: Han sufrido alteración según se acredita mediante los documentos que se adjuntan a la presente declaración y que estos extremos han sido comunicados en el Registro con fecha de de, manteniéndose el resto de los datos sin ninguna alteración respecto del contenido de la Certificación del Registro. En, a de de 20. Fdo.: D.N.I.: las opciones a) y b) son incompatibles entre sí, señale solamente la que corresponda. Esta declaración deberá ser emitida por cualquiera de los representantes con facultades que figuren inscritos en el Registro de Licitadores. Página20

21 ANEXO V MODELO DE AVAL ENTIDAD FINANCIERA (garantía definitiva del adjudicatario) "La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca)... NIF... con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en... en la calle/plaza/avenida... C.P.... y en su nombre (nombre y apellidos de los apoderados)..., con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación efectuada en el dorso de este documento. A V A L A a: (nombre y apellidos o razón social del avalado)... NIF..., (En el caso de U.T.E.) a: (nombre y apellidos o razón social de los avalados)...nif... y... NIF... CONJUNTA Y SOLIDARIAMENTE, en virtud de lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y en el Real Decreto 1098/2001 de 12 de octubre por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado)... ante el Excmo. Ayuntamiento de Valle de Trápaga-Trapagaran, por importe de: (en letra y en cifra)... La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento del Ayuntamiento de Valle de Trápaga-Trapagaran, con sujeción a los términos previstos en el TRLCSP, y en sus normas de desarrollo. El presente aval estará en vigor hasta que el Ayuntamiento de Valle de Trápaga-Trapagaran o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en la TRLCSP y legislación complementaria. (lugar y fecha) (razón social de la entidad) (firma de los Apoderados)". NOTA: Para el caso de garantías provisionales y definitivas y siempre que la entidad a la que se avala sea una unión temporal de empresarios, no se admitirán garantías que únicamente garanticen sólo a una de las empresas que las constituya, sino que la misma ha de garantizar al resto de las empresas que forman la unión temporal, recogiéndose expresamente que la responsabilidad es conjunta y solidaria respecto de las demás integrantes de la U.T.E. Página21

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