1. Aguinaldo 2. Arreglo directo 3. Contrato de trabajo Se manifiesta c 4. Convención colectiva 5. Días feriados
|
|
- David Cuenca Belmonte
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 1. Aguinaldo La persona trabajadora debe recibir un salario promedio mensual completo, que se obtiene de sumar todos los salarios ordinarios y extraordinarios, devengados durante los doce meses que van de diciembre del año anterior a noviembre del año que se trate, dividido entre doce. Para calcular el aguinaldo se deben incluir el salario recibido por las "horas ordinarias" laboradas y "las horas extraordinarias", así como cualquier otro pago salarial que se haya realizado en el periodo. También debe tomarse en cuenta el "salario en especie". A la suma del aguinaldo que le corresponde a la persona trabajadora, no se le debe aplicar ningún tipo de rebaja por carga social. 2. Arreglo directo El arreglo directo es una forma de negociación colectiva, que se lleva a cabo con la sola intervención de las partes (sector patronal o sus representantes y personas trabajadoras agrupadas en gremios o comités representativos) o con la de una tercera persona conciliadora con el fin de resolver sus diferencias socio-laborales, antes de iniciar un conflicto colectivo propiamente dicho, o como medio de ponerle fin, si ya se hubiera recurrido a una medida de presión. Subir 3. Contrato de trabajo Se manifiesta cuando se dan los tres elementos: Prestación personal del servicio: Esto significa que el trabajo debe ser realizado única y exclusivamente por la persona trabajadora contratada. Salario o remuneración: es la suma de dinero que recibe la persona trabajadora de parte del patrono o patrona, a cambio del trabajo que realiza. Subordinación: es la dependencia que existe entre el patrono o patrona y el trabajador o trabajadora, y que permite al primero dar instrucciones, exigir buen rendimiento e imponer sanciones. 4. Convención colectiva Es un convenio que se firma entre uno o varios sindicatos de trabajadores con uno o varios representantes patronales, o una o varias organizaciones de patrones, con el fin de reglamentar las condiciones en que el trabajo deba llevarse a cabo y las demás materias relacionadas con él. 5. Días feriados Son feriados aquellos días que de acuerdo con la ley deben concederse a la persona trabajadora para que participe de las celebraciones especiales, ya sean cívicas, religiosas, sociales o históricas.
2 6. Discapacidad La Ley No y su Reglamento, constituyen los instrumentos jurídicos que sirven de marco general para una moderna política sectorial sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad. Al mismo tiempo son una herramienta eficaz al servicio de dichas personas y de sus padres, para que puedan ejercer sus derechos humanos constitucionales y crear las condiciones necesarias para el mejor cumplimiento de sus obligaciones ciudadanas. A su vez, son el punto de referencia de las instituciones públicas, para la elaboración de planes y proyectos en cumplimiento de sus responsabilidades con este sector de la población; al cual se le deben dar todas las oportunidades para lograr su incorporación productiva en la sociedad. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23 de la citada Ley, el Estado garantizará a las personas con discapacidad, tanto en zonas urbanas como rurales, el derecho de un empleo adecuado a sus condiciones y necesidades personales. De conformidad con lo establecido en el artículo 26 de dicha Ley, el Estado ofrecerá al sector empleador asesoramiento técnico, para que éstos puedan adaptar el empleo y el entorno a las condiciones y necesidades de la persona con discapacidad que lo requiera. La Ley No del impuesto sobre la renta es un incentivo a favor de aquellas personas empleadoras que contraten personas con discapacidad. 7. Embargo de salario Por embargo de salario se entiende la retención o retenciones a que está sujeto una persona trabajadora asalariada, en razón de obligaciones fijadas en sentencia y por orden de un juzgado competente, o por acuerdo entre partes (pensión alimentaria) y cuya aplicación es de cumplimiento obligatorio para el patrono o la persona funcionaria de la empresa o institución a cargo de realizar el proceso. Por salario se entiende los ingresos que tiene la persona trabajadora, sean ordinarios o extraordinarios, viáticos no sujetos a liquidación y con carácter permanente, comisiones y las dietas (así establecido en el artículo 172 del Código de Trabajo). 8. Incapacidad Pago de los tres primeros días de incapacidad de la CCSS. Esta cobertura, de conformidad con el artículo 15 del citado Reglamento de Salud, está compuesto por tres elementos, a saber: a) Atención integral a la salud: se refiere al conjunto de servicios médicos a los que va a tener derecho la persona asegurada. b) Prestaciones en dinero: pago de subsidios económicos por
3 incapacidad o por licencia, así como otras prestaciones en dinero citadas en el artículo 27 del citado reglamento. c) Prestaciones sociales: se refiere a aspectos relacionados con la salud integral a nivel social. El representante patronal deberá pagar los tres primeros días de incapacidad, pago que equivale al cincuenta por ciento del salario devengado por la persona trabajadora trabajador el mes anterior a la misma. A partir del cuarto día, será la Caja Costarricense del Seguro Social la obligada al pago de la incapacidad, a menos de que exista costumbre o acuerdo que obligue al patrono a cubrirla. 9. Jornada laboral a) Jornada ordinaria de trabajo: es el número máximo de horas ordinarias permitido por ley, donde el o la patrona pueden exigir a la persona trabajadora laborar por día o por semana. Incluye como parte de ella el tiempo en que la persona trabajadora no pueda salir del lugar de trabajo durante los períodos de descanso y comidas. b) Jornada extraordinaria: tiempo laborado más allá de la jornada ordinaria correspondiente, o de la jornada inferior que hubieren convenido las partes. Debe pagarse con un cincuenta por ciento más (tiempo y medio) del salario mínimo o del salario superior que se le estuviere pagando a la persona trabajadora. 10. Migración laboral Requisitos para una permanencia legal en costa Rica: En Costa Rica persona nacional o extranjera debe estar documentada. Para evitar el riesgo de ser víctimas de alguna forma de violencia y explotación laboral es necesaria la documentación. El pasaporte es un documento de identidad, que no le da una condición migratoria de permanencia en el país y que no representa un permiso de trabajo en el país. Procedimiento para un permiso de trabajo: Todas las personas trabajadoras extranjeras requieren de un permiso de trabajo, ya que en Costa Rica los derechos laborales están garantizados por la Constitución Política, el Código de Trabajo y otras leyes conexas.aquellas que poseen poseen cédula de residencia permanente o un carné de refugiado, ambos vigentes, pueden laborar sin requerir permiso de trabajo. El ser residente permanente o temporal, debidamente autorizado, le permite a la persona ser sujeta de todos los derechos laborales que esta situación conlleva. Para obtener los requisitos y realizar este trámite migratorio/laboral, los empleadores deben acudir a la Dirección General de Migración y Extranjería, ubicada 300 mts. al oeste del Hospital México, La Uruca, San José o en las distintas
4 oficinas regionales. Para información adicional en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, DNE- Área Técnica de Migraciones Laborales, Edificio Numar, piso II. 11. Reglamento interior de trabajo Es la norma elaborada por la representación patronal de acuerdo con los intereses de su empresa y la legislación laboral vigente. En ella se establecen las condiciones de acatamiento general sobre condiciones de trabajo, relaciones humanas, medidas de orden técnico y sanciones disciplinarias. Sirve para que tanto el o la patrona y la persona trabajadora sepan de antemano cuáles son las reglas que se deben seguir en el centro de trabajo, y las consecuencias que tiene su incumplimiento para cada uno (a). 12. Salarios mínimos El objetivo principal es que las autoridades en materia de trabajo, patrones, trabajadores, estudiantes y demás personas interesadas, tengan información general sobre la fijación de los salarios mínimos, su alcance, su ubicación por ocupaciones y la estructura del Decreto de Salarios Mínimos, así como sobre diversos aspectos de interés en esta materia. 13. Salud ocupacional El Título Cuarto del Código de Trabajo fue reformado por la denominada "Ley de Riesgos del Trabajo" (N 6727, del 09 de marzo de 1982) y es el que establece las bases generales para la protección de las trabajadoras frente a los riesgos del trabajo. Ese título contempla los derechos y obligaciones de trabajadores y patronos en lo que se refiere a la citada materia y a salud ocupacional. 14. Servicio doméstico Representan este servicio aquellas personas dedicadas en forma habitual y continua a las labores de aseo, cocina, asistencia y demás oficios propios de un hogar, residencia o habitación particulares, que no representen lucro o negocio para la persona empresaria. 15. Trabajadora embarazada El Código de Trabajo protege de manera especial a las trabajadoras embarazadas o en periodo de lactancia. Señala el artículo 94 del Código de Trabajo que no se puede despedir a las trabajadoras embarazadas o en periodo de lactancia sin motivo justificado. Sin embargo, cuando una de estas trabajadoras cometa alguna de las faltas señaladas por el articulo 81 de dicho Código, el representante patronal podrá despedirla, siempre que previamente haya sido autorizado por parte de la Inspección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
5 Es requisito indispensable, para que la trabajadora goce de esta protección, que avise a su patrono (a) de su estado de embarazo lo antes posible, aportando constancia médica de la Caja Costarricense de Seguro Social. 16. Trabajo infantil Es la prestación personal de servicios que realizan adolescentes mayores de quince años y menores de dieciocho años. Según el artículo 78 del Código de la Niñez y la Adolescencia, el Estado reconocerá el derecho de las personas adolescentes mayores de quince años a trabajar con las restricciones que imponen dicho Código, los convenios internacionales y la Ley. Este derecho podrá imitarse solamente cuando la actividad laboral no implique riesgo, peligro para el desarrollo, la salud física, mental, emocional o cuando perturbe la asistencia regular al centro educativo. 17. Vacaciones Las vacaciones son un derecho y una necesidad biológica de toda persona trabajadora. Consiste en un descanso anual pagado, que tiene como propósito permitir a la persona trabajadora reponer el desgaste de energías realizado durante el año de labores. Dicho descanso debe darse independientemente de la conducta de la persona trabajadora, toda vez que las faltas que cometa se sancionan conforme al Reglamento Interior de Trabajo que exista en la empresa o, a falta de éste, según el Código de Trabajo y no con una reducción de dicho derecho. Toda persona trabajadora tiene derecho a vacaciones anuales remuneradas, cuyo mínimo son dos semanas por cada cincuenta semanas de labores continuas, al servicio de un mismo patrono. Si el contrato de trabajo termina antes de cumplir las cincuenta semanas, la persona trabajadora tendrá derecho, como mínimo, a un día de vacaciones por cada mes trabajado, que le será pagado al momento de retiro de su trabajo. La persona trabajadora tiene derecho a vacaciones, aunque no trabaje todas las horas de la jornada ordinaria ni todos los días de la semana. De tal forma que podrá laborar sólo dos horas diarias por tres días a la semana, y siempre tendrá derecho a vacaciones, que le serán pagadas de acuerdo con los salarios devengados y el tiempo laborado. 18. Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) Es el principal instrumento internacional de protección de los derechos humanos de las mujeres y fue creada en Contiene diversas reivindicaciones que las mujeres en diferentes partes del mundo habían hecho desde} hace siglos: reconocimiento y protección de los derechos políticos,
6 económicos, sociales y culturales de toda la población femenina. Esta Convención se ratifica en Costa Rica en Uno de los aportes más importantes es que se da un consenso internacional que reconoce el derecho y el deber de respetarlo. Es decir son muchos países los que se ponen de acuerdo para reconocer que las mujeres sufren de discriminación y se comprometen a tomar medidas para que se elimine. 19. Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la Mujer (Convención de Belem do Pará) Aprobada el 9 de junio de 1994 por la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos, fue ratificada por Costa Rica en A través de esta Convención, el Sistema Interamericano de Derechos Humanos reconoce que la violencia contra las mujeres constituye una violación de los derechos humanos. Se exige el respeto irrestricto de todos los derechos de las mujeres como condición indispensable para su desarrollo individual y social, y la plena participación en todas las esferas de la vida. Esta Convención señala que la violencia contra las mujeres es una ofensa a la dignidad humana y una manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre mujeres y hombres. 20. Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing Aprobada sin reservas por el Estado costarricense, establece el compromiso de promover la igualdad, el desarrollo y la paz, así como de aplicar la Plataforma de modo que la perspectiva de género se incluya en todas las políticas y programas nacionales e internacionales. La Plataforma es un programa encaminado a crear las condiciones necesarias para la potenciación del papel de las mujeres en la sociedad. Su objetivo es eliminar los obstáculos que dificultan la plena participación de las mujeres en todas las esferas de la vida pública y privada. 21. Ley de Promoción de la Igualdad Social de la Mujer Ley 7142 del 8 de marzo de 1990, establece un conjunto de derechos políticos, sociales, económicos y educativos para que las mujeres no sufran discriminación por razón del sexo. Entre otros aportes importantes que hace, establece la prohibición de contenidos, métodos o instrumentos pedagógicos en que se asignen en la sociedad papeles a mujeres y hombres contrarios a la igualdad social y a la complementariedad de los géneros, o que mantengan una condición subordinada para la mujer. (Artículo 17) 22. Ley de Penalización de la Violencia contra las Mujeres Ley No. 8589, que rige a partir del 30 de mayo del Tiene como fin proteger los derechos de las víctimas de violencia y
7 sancionar las formas de violencia física, psicológica, sexual y patrimonial contra las mujeres mayores de edad, como práctica discriminatoria por razón de género, específicamente en una relación de matrimonio, unión de hecho declarado o no, en cumplimiento de las obligaciones contraídas por el Estado en la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, así como en la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer. 23. Ley contra el Hostigamiento Sexual en el Empleo y la Docencia Se basa en los principios constitucionales del respeto por la libertad y la vida humana, el derecho al trabajo y el principio de igualdad ante la ley, los cuales obligan al Estado a condenar la discriminación por razón del sexo y a establecer políticas para eliminar la discriminación contra las mujeres. Esta ley prohíbe y sanciona el acoso u hostigamiento sexual como práctica discriminatoria por razón del sexo, contra la dignidad de la mujer y del hombre en las relaciones laborales y de docencia. 24. Ley contra la Violencia Doméstica Es una de las medidas que el Estado costarricense adopta para cumplir con los compromisos adquiridos como Estado firmante de la Convención de Belem Do Pará. Esta ley condena la violencia intrafamiliar como práctica social destructiva, constituye un llamado de atención a los ofensores y ratifica que, frente a la agresión, las personas afectadas cuentan con el respaldo del Estado costarricense.
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social Trabajo Doméstico
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social Trabajo Doméstico Publicación gratuita del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de Costa Rica 4 QUÉ ES TRABAJO DOMÉSTICO? Es la persona trabajadora que brinda
Más detallesINSTRUMENTOS INTERNACIONALES. La Educación Gratuita y Obligatoria
Enero 2014 INSTRUMENTOS INTERNACIONALES La Educación Gratuita y Obligatoria Declaración Universal de Derechos Humanos (Artículo 26) Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Artículos
Más detallesPreparado por Lucy Blacio Pereira.
Preparado por Lucy Blacio Pereira. Violencia contra las mujeres: Convención n sobre Eliminación n de todas las formas de Discriminación n contra las Mujeres (1979) Plataforma de Acción n de la Conferencia
Más detallesDECLARACIÓN SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE INTOLERANCIA Y DISCRIMINACIÓN FUNDADAS EN LA RELIGIÓN O LAS CONVICCIONES
DECLARACIÓN SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE INTOLERANCIA Y DISCRIMINACIÓN FUNDADAS EN LA RELIGIÓN O LAS CONVICCIONES Proclamada por la resolución 36/55 de la Asamblea General de las Naciones
Más detallesPor el reconocimiento de derechos de las trabajadoras del hogar
Por el reconocimiento de derechos de las trabajadoras del hogar NOVIEMBRE DE 2015 Cómo nació Hogar Justo Hogar? Más de dos millones de personas en nuestro país se dedican al trabajo del hogar y dependen
Más detalles- A todos los empleadores o empleadoras, tanto del sector público como del sector privado.
COMENTARIOS AL MAS RECIENTE DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY DE REFORMA PARCIAL DE LA LEY DE ALIMENTACIÓN PARA TODOS LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS N 8.189 Vigente a partir del 04 de Mayo del
Más detallesCabecera Devengos o percepciones Determinación de las bases de cotización al Régimen General de la Seguridad Social Deducción
CONCEPTOS BÁSICOS PARA ENTENDER UNA NOMINA El recibo salarial o nomina se puede dividir en cuatro partes: Cabecera Devengos o percepciones Determinación de las bases de cotización al Régimen General de
Más detallesGLOBAL. Nota 2 GRUPO DE TRABAJO CIOSL-FSI SOBRE EMPRESAS MULTINACIONALES CODIGO BÁSICO DE PRACTICAS LABORALES PARA EMN 1997
Eje Democratización de las Relaciones Laborales Empresas Multinacionales: RSE e Inversión regulada GLOBAL Nota 2 GRUPO DE TRABAJO CIOSL-FSI SOBRE EMPRESAS MULTINACIONALES CODIGO BÁSICO DE PRACTICAS LABORALES
Más detallesGLOSARIO de términos sobre inserción laboral AFILIACIÓN (ASIGNACIÓN NÚMERO DE LA SEGURIDAD SOCIAL)
GLOSARIO de términos sobre inserción laboral A B C D E F G H I J K L M N O P Q R S T U V W X Y Z AFILIACIÓN (ASIGNACIÓN NÚMERO DE LA SEGURIDAD SOCIAL) Al trabajador se le asigna un número que tendrá carácter
Más detallesANEXO I DOCUMENTOS INTERNACIONALES QUE PROTEGEN A LA MUJER TRABAJADORA. Declaración Universal de los Derechos Humanos
ANEXO I DOCUMENTOS INTERNACIONALES QUE PROTEGEN A LA MUJER TRABAJADORA Declaración Universal de los Derechos Humanos Adoptada y proclamada por la Resolución de la Asamblea General 217 A (iii) del 10 de
Más detalles(Previamente debes leer el protocolo de licencias médicas) Qué es una licencia maternal?
Si estás embarazada es importante que revises el siguiente texto. Hay datos importantes referidos a tu licencia maternal y a tus beneficios maternales que debes saber! (Previamente debes leer el protocolo
Más detallesInstrumentos Normativos Nacionales y Discriminación.
Sección Participación, Diversidad y No Discriminación División de Organizaciones Sociales La Discriminación: la perspectiva de los Derechos Humanos Derecho a la no discriminación. Es el derecho de toda
Más detallesConvenio no. 183 Convenio relativo a la revisión del Convenio sobre la protección de la maternidad, 2000 La Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo: Convocada en Ginebra por el
Más detallesDeclaración sobre la eliminación de la discriminación contra la mujer
Declaración sobre la eliminación de la discriminación contra la mujer Proclamada por la Asamblea General en su Resolución 2263 (XXII) del 7 de noviembre de 1967. Considerando que los pueblos de las Naciones
Más detallesEL TRABAJO DOMESTICO EN EL PERU. Situación socioeconómica de las trabajadoras y los trabajadores del hogar en el Perú
EL TRABAJO DOMESTICO EN EL PERU Situación socioeconómica de las trabajadoras y los trabajadores del hogar en el Perú En el año 2013 existían cerca de 406 mil trabajadores del hogar a nivel nacional, los
Más detallesCONVENIO 131 RELATIVO A LA FIJACION DE SALARIOS MINIMOS, CON ESPECIAL REFERENCIA A LOS PAISES EN VIAS DE DESARROLLO
CONVENIO 131 RELATIVO A LA FIJACION DE SALARIOS MINIMOS, CON ESPECIAL REFERENCIA A LOS PAISES EN VIAS DE DESARROLLO TEXTO ORIGINAL. Convenio publicado en el Diario Oficial de la Federación, el jueves 26
Más detallesCosta Rica mantiene rezagos que limitan participación ciudadana
En cumplimiento del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos Costa Rica mantiene rezagos que limitan participación ciudadana Defensoría presentó informe independiente ante Naciones Unidas Las
Más detallesINSTRUMENTOS INTERNACIONALES Edad Mínima para Trabajar
Enero 2014 INSTRUMENTOS INTERNACIONALES Edad Mínima para Trabajar OIT 138 Convenio sobre la Edad Mínima (Artículos 2, 3) Convención sobre los Derechos del niño (Artículo 32) Pacto Internacional de Derechos
Más detallesI JORNADAS UNIDAD DE ATENCIÓN N A VÍCTIMAS V CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL
LA SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD DESDE LA PERSPECTIVA DE LA CONVENCION INTERNACIONAL DE NACIONES UNIDAS. NUEVA YORK. 13- XII-2006 CARLOS GANZENMÜLLER ROIG. FISCAL DEL TRIBUNAL
Más detallesPERMISOS, LICENCIAS Y VACACIONES DE FUNCIONARIOS
Federación de Servicios y Administraciones Públicas de Ciudad Real Alarcos, 24, 6ª planta. 13002 Ciudad Real Tfno: 926 210173 Móvil: 659 925154 Fax: 926 213289 www.ccoofsapciudadreal.es PERMISOS, LICENCIAS
Más detallesSalario: Número de Copias:
página 1 Normas que regulan la solicitud y emisión de la Constancia de Salario y Certificaciones de Tiempo Extraordinario en la Caja Costarricense de Seguro Social La Constancia de salario es el documento,
Más detalles2. MARCO JURÍDICO. Ámbito Internacional
2. Marco Jurídico 2. MARCO JURÍDICO El I Plan de Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres de la Comunidad Foral de Navarra se sustenta en el siguiente marco: Ámbito Internacional 1. Carta de las
Más detallesAbogados Juan José Pérez Sánchez, ofrece un asesoramiento de alta profesionalidad
Abogados Juan José Pérez Sánchez, ofrece un asesoramiento de alta profesionalidad en todos los temas relacionados con el derecho matrimonial- separaciones y divorcios. Además de contar con una solida formación
Más detallesNuevas normas internacionales para los trabajadores y las trabajadoras domésticas. Convenio 189 y Recomendación 201 OIT
Nuevas normas internacionales para los trabajadores y las trabajadoras domésticas Convenio 189 y Recomendación 201 OIT Por qué nuevas normas internacionales sobre trabajadoras/es domésticas/os? El trabajo
Más detallesCAPITULO III. DERECHOS DE LOS HIJOS NACIDOS FUERA DE MATRIMONIO Y LAS CONVENCIONES INTERNACIONALES.
CAPITULO III. DERECHOS DE LOS HIJOS NACIDOS FUERA DE MATRIMONIO Y LAS CONVENCIONES INTERNACIONALES. 3.1.- DERECHOS. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera del matrimonio, tienen derecho a igual
Más detallesResumen Modificaciones Normativa Trabajadoras de Hogar Diciembre 2012
Resumen Modificaciones Normativa Trabajadoras de Hogar Diciembre 2012 Real Decreto Ley 29/2012, de 28 de diciembre, de mejora de gestión y protección social en el Sistema Especial para Empleados de Hogar
Más detallesPROTOCOLO DE ACTUACiÓN ANTE LAS CONSECUENCIAS DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN EL ÁMBITO LABORAL
PROTOCOLO DE ACTUACiÓN ANTE LAS CONSECUENCIAS DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN EL ÁMBITO LABORAL Secretaría Ejecutiva Confederal 1 ~ INTRODUCCIÓN La Unión General de Trabajadores, como organización sindical
Más detallesACUERDO EUROPEO SOBRE LA FORMACIÓN PROFESIONAL EN EL SECTOR AGRARIO
ACUERDO EUROPEO SOBRE LA FORMACIÓN PROFESIONAL EN EL SECTOR AGRARIO Bruselas, 5 de diciembre de 2002 PREÁMBULO El objetivo estratégico de la Unión Europea, fijado en la cumbre de Lisboa de marzo de 2000,
Más detallesPara operar un negocio en Panamá, usted puede realizar sus actividades a través de:
Pasos para abrir una empresa en Panamá Para operar un negocio en Panamá, usted puede realizar sus actividades a través de: Persona Natural: Son personas físicas que actúan en nombre propio para la realización
Más detallesASPECTOS RELEVANTES DE LA LEGISLACIÓN LABORAL MEXICANA
ASPECTOS RELEVANTES DE LA LEGISLACIÓN LABORAL MEXICANA INTRODUCCIÓN Las relaciones obrero-patronales se encuentran reguladas por la Ley Federal del Trabajo. También le son aplicables la Ley del Seguro
Más detallesMensajes Claves Globales por Tema Estratégico 25 de noviembre de 2014 y los 16 días de activismo.
Mensajes Claves Globales por Tema Estratégico 25 de noviembre de 2014 y los 16 días de activismo. Violencia contra las mujeres: La violencia contra las mujeres y las niñas es una violación de los derechos
Más detallesFOROS. Lo más emocionante del futuro, es que podemos darle forma. Charles Handy ESTUDIOS AGRARIOS
FOROS FORO INTERNACIONAL TRATADOS INTERNACIONALES L. GABRIELA SOBRE CORTÉS DERECHOS RUIZ* Foro Internacional Tratados internacionales sobre derechos humanos de las mujeres, personas con discapacidad y
Más detallesCódigo de Conducta para Proveedores
Noviembre 2012 Global Transport and Logistics Código de Conducta para Proveedores Código de Conducta para Proveedores de DSV - 1 Contenido 1 Índice 2 2 Código de Conducta para Proveedores del Grupo DSV
Más detallesPlanes de pensiones:
Planes de pensiones: 1) Características de un plan de pensiones: La persona a cuyo favor se constituye el plan de pensiones : Asume la obligación de realizar a aportaciones al plan de pensiones. Tiene
Más detalles1. OBJETO Y RÉGIMEN NORMATIVO
14-2013 Diciembre, 2013 REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2003, DE 29 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY GENERAL DE DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y DE SU INCLUSIÓN SOCIAL
Más detallesII. POLÍTICAS DE IGUALDAD DE GÉNERO. LA LEY ORGÁNICA 3/2007, DE 22 DE MARZO, PARA LA INGUALDAD EFECTIVA DE LAS MUJERES Y HOMBRES
POLÍTICAS DE IGUALDAD DE GÉNERO. LA LEY ORGÁNICA 3/2007, DE 22 DE MARZO, PARA LA INGUALDAD EFECTIVA DE LAS MUJERES Y HOMBRES. POLÍTICAS CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO. LA LEY ORGÁNICA 1/2004, DE 28 DE DICIEMBRE,
Más detallesCapítulo II Consejo Interinstitucional de Atención a la Madre Adolescente
Ley General de Protección a la Madre Adolescente Ley N 7735 (modificada a partir de la ley 8312) La Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica DECRETA CAPÍTULO I Disposiciones Generales: Artículo
Más detallesREPUBUCA DE COlOMBIA 1~~r,, \~ " ~! -.:.. ~l ;...::. MINISTERIO DEL TRABAJO DECRETO NÚMERO '- 0121 DE 2013 )<5 ABR2013
REPUBUCA DE COlOMBIA 1~~r,, \~ " ~! -.:.. ~l ;...::. MINISTERIO DEL TRABAJO DECRETO NÚMERO '- 0121 DE 2013 )
Más detallesENCUESTA CONTINUA DE HOGARES
ENCUESTA CONTINUA DE HOGARES Uruguay Superficie terrestre 176.215 Km2 Población Censo 2011: 3.286.314 personas * Hombres: 1.577.725 * Mujeres: 1.708.481 Proporción de mujeres: 52 por ciento Personas por
Más detallesLA MUJER Y SUS DERECHOS. Presente, no futurismo, de una realidad que ha costado mucho conseguir.
PARTICIPACIÓN DE LA SEÑORA MINISTRA OLGA SÁNCHEZ CORDERO DE GARCÍA VILLEGAS, EN CICLO DE CONFERENCIAS LA MUJER EN EL TERCER MILENIO, ORGANIZADO POR LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA (CAMPUS XOCHIMILCO),
Más detallesEl derecho fundamental de huelga
AUTONOMÍA SUR SCA El derecho fundamental de huelga Documento de trabajo 03. Área jurídica [Septiembre 2014] Disposiciones legales y artículos básicos sobre el derecho fundamental de huelga de la legislación
Más detallesCONCLUSIONES. En el México actual se percibe una participación laboral de la mujer en ascenso. Una de
CONCLUSIONES En el México actual se percibe una participación laboral de la mujer en ascenso. Una de las razones que las ha impulsado a buscar trabajo fuera de sus hogares, es mejorar el nivel de vida
Más detallesComercio Justo México, A.C.
NORMA DE COMERCIO JUSTO MÉXICO Criterios para Organizaciones de Pequeños Productores 2007 Comercio Justo México, A.C. 1 ÍNDICE Prologo...3 Introducción...3 1. Alcance..3 2. Referencias Normativas...3 3.
Más detallesABCÉ DEL DECRETO REGLAMENTARIO DE TELETRABAJO
ABCÉ DEL DECRETO REGLAMENTARIO DE TELETRABAJO GENERALIDADES DEL DECRETO DE TELETRABAJO QUÉ ES EL TELETRABAJO? El Teletrabajo es una forma de organización laboral, que se da en el marco de un contrato de
Más detallesCOMUNICACIÓN A LOS MIEMBROS
PARLAMENTO EUROPEO 2014-2019 Comisión de Peticiones 30.1.2015 COMUNICACIÓN A LOS MIEMBROS Asunto: Petición nº 2554/2013, presentada por Iñaki Albin Díaz, de nacionalidad española, sobre el acceso de las
Más detallesPROGRAMA EN MÉXICO DE APOYO PARA LAS FACULTADES DE DERECHO Y COLEGIOS DE ABOGADOS. ABA ROLI México Iniciativa Para el Estado de Derecho
PROGRAMA EN MÉXICO DE APOYO PARA LAS FACULTADES DE DERECHO Y COLEGIOS DE ABOGADOS ABA ROLI México Iniciativa Para el Estado de Derecho Del American Bar Association (Colegio de Abogados de EE.UU.) Todos
Más detallesPor el cual se reglamentan parcialmente los artículos 8, 9, 13 Y 19 de la Ley 1257 de 2008 y se dictan otras disposiciones
REPUBLlCA DE COLOMBIA MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL 4796 DECRETO NÚMERO DE 2011 ( 2 Por el cual se reglamentan parcialmente los artículos 8, 9, 13 Y 19 de la Ley 1257 de 2008 y se dictan otras
Más detallesEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil DIP. RAMON ALVARADO HIGUERA PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DEL PRIMER PERIODO ORDINARIO DE SESIONES, DEL SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO CONSTITUCIONAL
Más detallesTrámite de insolvencia para persona natural no comerciante.
Presentamos a continuación las últimas noticias de Derecho Comercial que consideramos de su interés: Trámite de insolvencia para persona natural no comerciante. La Ley 1564 de 2012, mediante el cual se
Más detallesINFORME SOBRE LAS DENUNCIAS POR VULNERACIÓN DE DERECHOS HUMANOS RECIBIDOS Y GESTIONADOS POR LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO. Gestión 2013
INFORME SOBRE LAS DENUNCIAS POR VULNERACIÓN DE DERECHOS HUMANOS RECIBIDOS Y GESTIONADOS POR LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO Gestión 2013 MANDATO CONSTITUCIONAL Y LEGAL Son atribuciones de la Defensoría del Pueblo,
Más detallesUNIDAD IV DERECHO LABORAL. Generalidades. Lic. Daicy Janeth Cortes Juárez
UNIDAD IV DERECHO LABORAL Generalidades Lic. Daicy Janeth Cortes Juárez PRESENTACIÓN El siguiente documento aborda la temática del Derecho laboral, disciplina precedente del Derecho social; su ámbito de
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 274 Lunes 16 de noviembre de 2015 Sec. III. Pág. 107884 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD 12394 Resolución de 3 de noviembre de 2015, de la Secretaría de
Más detallesCONVENIO RELATIVO A LA DISCRIMINACION EN MATERIA DE EMPLEO Y OCUPACION
CONVENIO RELATIVO A LA DISCRIMINACION EN MATERIA DE EMPLEO Y OCUPACION TEXTO ORIGINAL. Convenio publicado en el Diario Oficial de la Federación, el sábado 11 de agosto de 1962. Al margen un sello con el
Más detallesPrimera edición: abril, 2012
Primera edición: abril, 2012 D. R. Comisión Nacional de los Derechos Humanos Periférico Sur 3469, esquina Luis Cabrera, Col. San Jerónimo Lídice, C. P. 10200, México, D. F. Diseño de portada: Éricka Toledo
Más detallesUniversidad San Francisco de Quito Herramientas del Abogado
PROYECTO DE LEY SOBRE EL REGLAMENTO QUE HARA OPERATIVOS LOS DERECHOS POLITICOS DE LOS ECUATORIANOS POR NATURALIZACION Exposición de motivos: La migración es un fenómeno natural en la sociedad; supone el
Más detallesCAPITULO II PROTECCIÓN DE LA MUJER TRABAJADORA. El artículo 123 Constitucional es el fundamento de la regulación del trabajo en México.
CAPITULO II PROTECCIÓN DE LA MUJER TRABAJADORA 2.1 Legislación nacional vigente El artículo 123 Constitucional es el fundamento de la regulación del trabajo en México. Esta disposición proclama el derecho
Más detallesLOS DERECHOS ECONOMICOS, SOCIALES Y CULTURALES: Instrumentos y Obligaciones de los Estados en relación n a las personas de edad
III Reunión de Seguimiento de la Declaración de Brasilia. Por los derechos de las personas mayores. Sede de la CEPAL, 5 y 6 de octubre de 2009 LOS DERECHOS ECONOMICOS, SOCIALES Y CULTURALES: Instrumentos
Más detallesReglamento para la Prestación del Servicio Social de los Estudiantes de las Instituciones de Educación Superior en la República Mexicana.
Reglamento para la Prestación del Servicio Social de los Estudiantes de las Instituciones de Educación Superior en la República Mexicana. D.O.F. 30 de marzo de 1981 Al margen un sello con el Escudo Nacional,
Más detallesREGLAMENTO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LA BOLSA DE EMPLEO DE LA CORPORACIÓN UNIVERSITARIA REMINGTON
REGLAMENTO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LA BOLSA DE EMPLEO DE LA CORPORACIÓN UNIVERSITARIA REMINGTON Artículo 1. Que la UNIREMINGTON-CORPORACION UNIVERSITARIA REMINGTON con domicilio en MEDELLIN, es una
Más detallesContratos de trabajo y de otro tipo con familiares cercanos de funcionarios de la OIT
CIRCULAR NÚM 666 HRD Serie: 6 Distribución A 1 04.04.2007 Contratos de trabajo y de otro tipo con familiares cercanos de funcionarios de la OIT 1. La presente circular sustituye a la Circular de la Serie
Más detallesEn esta investigación, se llegó a ciertos principios que fueron dándose a lo largo de mi investigación:
CONCLUSIONES. En esta investigación, se llegó a ciertos principios que fueron dándose a lo largo de mi investigación: La violencia contra los niños no se puede justificar, así como los niños nunca deben
Más detallesDERECHO DEL TRABAJO. - Es la RAMA del derecho que se refiere a las relaciones entre: TRABAJADORES Y EMPRESARIOS.
MUNDO LABORAL DERECHO DEL TRABAJO - Es la RAMA del derecho que se refiere a las relaciones entre: TRABAJADORES Y EMPRESARIOS. - - Regula EL TRABAJO siempre y cuando sea: - * humano - * personal - * libre
Más detallesGestión de la Prevención de Riesgos Laborales. 1
UNIDAD Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales. 1 FICHA 1. LA GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. FICHA 2. EL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. FICHA 3. MODALIDAD
Más detallesGuía. de Atención para la Interrupción Terapeútica del Embarazo: Una Decisión Pendiente
Guía de Atención para la Interrupción Terapeútica del Embarazo: Una Decisión Pendiente Qué es una Guía de Atención y por qué es importante? Guía de Atención para la Interrupción Terapeútica del Embarazo:
Más detallesComisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer LA NIÑA
Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer LA NIÑA CSW42 Conclusiones convenidas (IV) Naciones Unidas, marzo 1998 LA NIÑA La Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer Reafirma
Más detallesCuándo se pueden utilizar estos sistemas?
Capítulo uno: Por qué utilizar mecanismos internacionales para proteger los derechos laborales? 15 Cuándo se pueden utilizar estos sistemas? Por fortuna, cada vez más, las personas comienzan a comprender
Más detallesCONVENIO Nº 183 DE LA OIT CONVENIO SOBRE LA PROTECCIÓN DE LA MATERNIDAD
CONVENIO Nº 183 DE LA OIT CONVENIO SOBRE LA PROTECCIÓN DE LA MATERNIDAD CAMPO DE APLICACIÓN Artículo 1 A los efectos del presente Convenio, el término «mujer» se aplica a toda persona de sexo femenino,
Más detallesTiempo de trabajo y descansos
1. La jornada de trabajo 1.1. Cálculo de la jornada laboral. La jornada es el tiempo de trabajo que fija la Ley (máximo de 1826 horas y 27 minutos anuales) o el Convenio Colectivo de aplicación, que suele
Más detallesU N I Ó PATRONAL METAL.LÚRGICA
U N I Ó PATRONAL METAL.LÚRGICA 20.01.2010 Ref: LAB10006 Dept: Juridic-Laboral UPM C I R C U L A R L A B O R A L MEDIDAS PARA EL MANTENIMIENTO Y FOMENTO DEL EMPLEO Mediante la Ley 27/2009, de 30 de diciembre,
Más detallesMartha Bonett Socia y Jefe Dpto. de Negocios
Martha Bonett Socia y Jefe Dpto. de Negocios FUSION De acuerdo con lo establecido en el art. 172 del Co.Co., Habrá fusión cuando una o más sociedades se disuelvan, sin liquidarse, para ser absorbidas por
Más detallesC56 Convenio sobre el seguro de enfermedad de la gente de mar, 1936
C56 Convenio sobre el seguro de enfermedad de la gente de mar, 1936 Convenio relativo al seguro de enfermedad de la gente de mar (Nota: Fecha de entrada en vigor: 09:12:1949.) Lugar: Ginebra Fecha de adopción:24:10:1936
Más detallesÍNDICE TEMÁTICO LEY DEL IPSSET
GUÍA BÁSICA ÍNDICE TEMÁTICO LEY DEL IPSSET I.- ANTECEDENTES. 1.1 El Derecho a la Seguridad Social Art. 123 Constitucional. 1.2 Antecedente de la UPYSSET. 1.3 Forma en la que fue concebida la seguridad
Más detallesACUERDO DE PROYECTO. Entre: Apellidos, nombre y fecha de nacimiento del/de la participante. previsto/a para participar en el Proyecto ESF-BAMF
ACUERDO DE PROYECTO Entre: Apellidos, nombre y fecha de nacimiento del/de la participante previsto/a para participar en el Proyecto ESF-BAMF y Nombre y señas del promotor/de la cooperación de promotores
Más detallesRESUMEN. DE LA LEY PARA LA IGUALDAD EFECTIVA DE MUJERES Y HOMBRES.
RESUMEN. DE LA LEY PARA LA IGUALDAD EFECTIVA Extracto de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres LEY PARA LA IGUALDAD EFECTIVA DE MUJERES Y HOMBRES. Aspectos
Más detallesLeón Rigoberto Barón Neira Senador de la República
PROYECTO DE LEY N DE 2015 Por medio del cual se agrega un Parágrafo al Artículo 10 de la Ley 715 de 2001 El Congreso de Colombia DECRETA: ARTÍCULO PRIMERO.- OBJETO Y AMBITO DE APLICACIÓN. Con el fin de
Más detallesCONSEJERÍA DE SALUD MANIPULADORES DE ALIMENTOS SITUACIÓN ACTUAL
CONSEJERÍA DE SALUD MANIPULADORES DE ALIMENTOS SITUACIÓN ACTUAL Secretaría General de Salud Pública y Participación. Sevilla, abril 2010 1 ESTADO DE SITUACION Y ELEMENTOS A CONSIDERAR EN EL NUEVO MARCO
Más detallesRP-CSG-027.00. Fecha de aprobación 2012-03-08
Reglamento Particular para la Auditoría Reglamentaria de Prevención de Riesgos Laborales según el Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/1997) RP-CSG-027.00 Fecha de aprobación 2012-03-08 ÍNDICE
Más detallesCONTRATOS DE APRENDIZAJE
Qué es un contrato de aprendizaje? CONTRATOS DE APRENDIZAJE Es una forma especial dentro del Derecho Laboral, mediante la cual una persona natural desarrolla formación teórica práctica en una entidad autorizada,
Más detallesSST en la construcción. Perspectivas de los trabajadores. Enfoque de los sindicatos. Programa de SST en la construcción de la OIT
SST en la construcción Perspectivas de los trabajadores Enfoque de los sindicatos Las tres secciones de las perspectivas de los trabajadores El enfoque de los sindicatos sobre la seguridad y la salud en
Más detallesORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO ILOLEX: Las normas internacionales del trabajo
ORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO ILOLEX: Las normas internacionales del trabajo R156 Recomendación sobre el medio ambiente de trabajo (contaminación del aire, ruido, y vibraciones), 1977 Recomendación
Más detallesOBLIGACIÓN DE CONTINUAR COTIZANDO AL IVSS DE AQUELLOS TRABAJADORES QUE SON BENEFICIARIOS DE LA PENSIÓN POR VEJEZ TITULO V REGIMEN DE TRANSICION
OBLIGACIÓN DE CONTINUAR COTIZANDO AL IVSS DE AQUELLOS TRABAJADORES QUE SON BENEFICIARIOS DE LA PENSIÓN POR VEJEZ De acuerdo con la normativa vigente desde el 30 de diciembre del año 2002, fecha en la cual
Más detallesENTRE RÍOS, PROVINCIA DE
ENTRE RÍOS, PROVINCIA DE 1. Datos generales del organismo deportivo provincial Denominación Rango institucional: Dependencia funcional Dirección Perú 460 Paraná, (3100) Subsecretaría de Deportes Subsecretaría
Más detallesEL ENFOQUE ESTRATÉGICO DE LA OIT EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
EL ENFOQUE ESTRATÉGICO DE LA OIT EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Carmen Bueno Especialista en Seguridad y Salud en el Trabajo Oficina OIT Cono Sur América Latina O.I.T. La Organización Internacional
Más detallesDe acuerdo con el artículo 148 del Código de Trabajo, el 11 de Abril es feriado de pago obligatorio.
Los días feriados en Costa Rica Los días feriados son las fechas que establece la Ley para que todo trabajador o trabajadora disfrute y participe de celebraciones especiales de índole religioso, cívico,
Más detallesConvención sobre los derechos de las personas con discapacidad
Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad Preámbulo Los Estados Partes en la presente Convención, a. Recordando que los principios de la Carta de las Naciones Unidas que proclaman
Más detallesLa regulación alemana sobre el consumo de tabaco en los centros de trabajo. Ilsen Rodríguez Abogada, Cuatrecasas
La regulación alemana sobre el consumo de tabaco en los centros de trabajo Ilsen Rodríguez Abogada, Cuatrecasas 1. Antecedentes La Constitución Alemana establece en su artículo 2 el deber genérico de protección
Más detallesASPECTOS GENERALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN EL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
ASPECTOS GENERALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN EL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA CODIGO DE SEGURIDAD SOCIAL El Código se caracteriza por la incorporación definitiva de la técnica y la ciencia de la Seguridad
Más detallesMARKT/2094/01 ES Orig. EN COMERCIO ELECTRÓNICO Y SERVICIOS FINANCIEROS
MARKT/2094/01 ES Orig. EN COMERCIO ELECTRÓNICO Y SERVICIOS FINANCIEROS Propósito de este documento En este documento se describe la situación actual en materia de comercio electrónico y servicios financieros,
Más detallesJUNTA MUNICIPAL DE AGUA Y SANEAMIENTO DE MADERA
JUNTA MUNICIPAL DE AGUA Y SANEAMIENTO DE MADERA CONVENIOS Y CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO Fecha de actualización: 31 de marzo 2015 CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR TIEMPO DETERMINADO CONTRATO INDIVIDUAL
Más detallesConclusiones. A través de este amplio recorrido hemos llegado al final de la realización de nuestra
Conclusiones A través de este amplio recorrido hemos llegado al final de la realización de nuestra tesis, con la finalidad de presentar las situación en la que se encuentran las mujeres, como es la problemática
Más detallesLa mujer en el deporte: Discriminación por embarazo
La mujer en el deporte: Discriminación por embarazo Por María José López González La sentencia del Tribunal Constitucional 17/2003 estableció de forma inequívoca lo que representa la rescisión de un contrato
Más detallesACCESO A LA INDENTIDAD DE LAS PCD. Por: Dr. Guillermo Moreno. Presidente - ULAC
ACCESO A LA INDENTIDAD DE LAS PCD Por: Dr. Guillermo Moreno. Presidente - ULAC NOTA: Transcripción literal de la ponencia como paso a la comunicación total para las personas con discapacidad auditiva que
Más detallesREAL DECRETO-Ley 4/2015, de 22 de marzo, para la reforma urgente del Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral.
REAL DECRETO-Ley 4/2015, de 22 de marzo, para la reforma urgente del Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral. FORMACIÓN PROGRAMADA POR LAS EMPRESAS 1. Financiación 2. Empresas
Más detallesCONTRATO TEMPORAL: Cláusulas específicas
CONTRATO TEMPORAL: Cláusulas específicas DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO REQUISITOS DE LOS TRABAJADORES: 98 Las personas que, teniendo reconocida una minusvalía en grado igual
Más detallesSEMINARIO TALLER INCREMENTO SALARIAL EN EL SECTOR PRIVADO GESTIÓN 2013. Ponente: Abog. HERNÁN CLAVEL SALAZAR
SEMINARIO TALLER INCREMENTO SALARIAL EN EL SECTOR PRIVADO GESTIÓN 2013 Ponente: Abog. HERNÁN CLAVEL SALAZAR DOCENTE DE DERECHO DEL TRABAJO DE LA U.M.S.A. LA PAZ BOLIVIA INTRODUCCIÓN Para hablar del incremento
Más detalles1. De qué clase pueden ser los trabajadores del servicio doméstico?
Los trabajadores del servicio doméstico se erigen como uno de los empleados cuyas condiciones laborales son más difíciles, ello ha propiciado en el territorio nacional un debate jurídico- social que ha
Más detallesMINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 4525 REAL DECRETO 216/1999, de 5 de febrero, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo en el ámbito de las empresas de trabajo temporal El
Más detallesREFORMA LABORAL TRAS SU PUBLICACIÓN
REFORMA LABORAL TRAS SU PUBLICACIÓN La aprobación definitiva de la Reforma Laboral, mediante la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, ha introducido alguna
Más detallesI. DISPOSICIONES GENERALES
POLÍTICA DE CLASIFICACIÓN DE CLIENTES I. DISPOSICIONES GENERALES 1.1. El propósito de esta Política de Clasificación de Clientes de DELTASTOCK es establecer normas internas para la clasificación de los
Más detallesEL CAsO belaúnde LOssIO: Es viable su ExtrAdICIóN?
El caso Belaúnde Lossio: Es viable su extradición? Por Yvana Novoa Curich Área Penal del Idehpucp La condición de refugiado se encuentra precisada en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de
Más detalles