EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS DE YARUMAL

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1 EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS DE YARUMAL FUNCIONES, REQUISITOS Y S LABORALES Y COMPORTAMENTALES DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS. CLAUDIA MARÍA CALDERÓN RUEDA GERENTE JOSE LUIS ESCUDERO URREGO SUBDIRECTOR CIENTÍFICO ÁLVARO DE JESÚS VILLEGAS ROLDÁN SUBDIRECTOR ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO YARUMAL Página 1 de 132

2 JUSTIFICACIÓN Para todas las entidades del Estado de orden Nacional y Territorial, se aplica la metodología del análisis funcional en cada uno de sus sectores misionales, transversales y de apoyo, en cumplimiento del mandato de la ley 909 de 2004, ley de empleo público y sus decretos reglamentarios (Decreto 2539 de 2005 y Decretos 770 y 785 de 2005), para identificar las competencias laborales de los cargos y elaborar los estándares de competencia laboral que sirvan como referentes para evaluar las competencias y ejercer dichos cargos previamente apoyados en un manual de funciones. Es necesario contar con un Manual de Funciones, Requisitos y Competencias Laborales para los empleados de la ESE Hospital San Juan de Dios de Yarumal, que permita regularizar los sistemas de selección y desarrollo del Talento Humano, estandarizar y normalizar los cargos de la Institución, asegurando así los procesos de transparencia en el acceso, movilidad, desarrollo y evaluación de los funcionarios de la institución. En resumen, el Manual de Funciones, Requisitos y Competencias Laborales se convierte en una herramienta que apoya la gestión del Talento Humano. De acuerdo al artículo 122 de la Constitución Política de Colombia, no hay funcionarios sin funciones, ni funciones sin funcionarios. De ahí la importancia de que la ESE Hospital San Juan de Dios de Yarumal, dentro de los requisitos mínimos esenciales para la prestación de servicios de Salud, Garantía de la Calidad y cumplimiento de la normatividad vigente; requiera modificar y ajustar el Manual de Funciones, Requisitos y Competencias laborales. Página 2 de 132

3 OBJETIVO GENERAL OBJETIVOS Modificar, Ajustar y actualizar el Manual de Funciones, Requisitos y Competencias Laborales y Comportamentales para los empleados públicos de la ESE Hospital San Juan de Dios de Yarumal, de los niveles Directivo, Profesional y Técnico, conforme a la normatividad vigente. OBJETIVOS ESPECIFICOS. Contar con un manual de Funciones, Requisitos y Competencias Laborales y Comportamentales que permita determinar el perfil adecuado para cada uno de los cargos, acorde a la planta de cargos aprobada en la institución. Proporcionar a la entidad una herramienta de evaluación para todo el personal vinculado a la institución que facilite la medición del desempeño laboral y comportamental de cada uno de los funcionarios. Proveer al área de Gestión Humana de la ESE de un importante insumo de planeación referente al tema de capacitaciones que corresponda a las reales necesidades de la Empresa. Servir de apoyo en la formulación de Planes de acción o de mejora, que conlleven al mejoramiento continuo de los procesos y procedimientos que garanticen calidad en la atención y seguridad en el paciente. Brindar criterios claros que permitan la selección de recurso humano competente comprometido con el desarrollo misional con eficacia, eficiencia y efectividad en busca de la satisfacción de nuestros usuarios. Página 3 de 132

4 1. MARCO CONCEPTUAL 1.1 MARCO LEGAL CONSTITUCIÓN POLITICA DE COLOMBIA ART. 49: Da la potestad al Estado para reglamentar y organizar los niveles atención para la prestación de los servicios de salud, de conformidad con los principios de universalidad, eficiencia y solidaridad. Así mismo en sus artículos 334 y 365 establece la facultad del Estado para mantener la regulación, control y vigilancia del servicio de salud como servicio público LEY 10 DE 1990: Ley marco para la organización y normalización de los servicios de salud dentro de la organización del sistema de salud, se le otorgan atribuciones al Estado por intermedio del Ministerio de la Protección Social (Antes Ministerio de Salud), para organizar y establecer las normas técnicas y administrativas para la prestación de los servicios de salud LEY 100 DE 1993: Es la ley marco del actual Sistema de Seguridad Social en Salud de Colombia. Establece los principios de eficacia, universalidad, solidaridad, integridad, unidad y participación comunitaria El artículo 153 de esta ley, determina: El sistema establecerá mecanismos de control de los servicios para garantizar a los usuarios calidad en la atención oportuna, personalizada, humanizada, integral y continua de acuerdo con estándares aceptados en procedimientos y práctica profesional. Así mismo establece las Funciones del gobierno nacional y sus entes, en lo que concierne a promover, desarrollar y reglamentar la auditoria de los servicios de salud, la auditoria de gestión y el control interno en las instituciones de salud El artículo 173, numeral 2: Dictar las normas científicas que regulan la calidad de los servicios y el control de los factores de riesgo, que son de obligatorio cumplimiento por todas las Entidades Promotoras de Salud y por las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud del Sistema General de Seguridad Social en Salud y por las Direcciones Seccionales y Locales de Salud. Página 4 de 132

5 El artículo 178, numeral 6: Establecer procedimientos para controlar la atención integral, eficiente, oportuna y de calidad en los servicios prestados por las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud El artículo 180, numeral 4: reglamenta Disponer de una organización administrativa y financiera que permita: Acreditar la capacidad técnica y científica necesaria para el correcto desempeño de sus Funciones y verificar las de las instituciones y profesionales prestadores de los servicios Evaluar sistemáticamente los servicios ofrecidos Artículo 186: El Gobierno Nacional propiciará la conformación de un sistema de acreditación de las IPS, para brindar información a los usuarios sobre su calidad y promover su mejoramiento DECRETO 1876 DE 1994: Por el cual se reglamenta los artículos 96, 97 y 98 del decreto ley 1298 de 1994 en lo relacionado a las Empresas Sociales del Estado, Artículo 13, 14 y 28 que reglamentan los requisitos, Funciones y salarios de los gerentes de las Empresas Sociales del Estado, respectivamente LEY 190 DE 1995: Por la cual se dictan normas tendientes a preservar la moralidad en la Administración pública y se fijan disposiciones con el fin de erradica la corrupción administrativa. El artículo 9 reza que Dentro de los tres meses siguientes a la vigencia de la presente ley, las entidades públicas elaborarán un manual de Funciones en el cual se especifiquen claramente las tareas que deben cumplir cada funcionario de la entidad. Aquellas que dispongan del manual de Funciones, deberán asegurar que respecto de cada servidor público se precisen de manera clara sus Funciones DECRETO 139 DE 1996: Por el cual se establecen los requisitos y Funciones para los Gerentes de Empresas Sociales del Estado y de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud del sector público RESOLUCIÓN 4252 DE 1997: Establece las normas científicas, técnicas y administrativas que contienen los requisitos esenciales para la prestación de servicios de salud, Página 5 de 132

6 se fija el procedimiento del registro de la declaración de requisitos esenciales y se dictan otras disposiciones DECRETO LEY 1568 DE 1998: Por el cual se dicta el régimen procedimental especial de las actuaciones administrativas que deben surtirse ante y por los organismos y autoridades que conforman el Sistema Nacional de Carrera Administrativa y de la Función Pública LEY 443 DE 1998: Por el cual se expiden normas sobre carrera administrativa y se dictan otras disposiciones.(derogada por la Ley 909 de 2004 a excepción de los artículos 24,58,81 y 82) DECRETO 861 De 2000 Por medio del cual se establece las Funciones generales y los requisitos generales para los diferentes empleos públicos pertenecientes a las Empresas Sociales del Estado y otras sometidas al régimen de dichas empresas del orden nacional LEY 909 DE 2004(Septiembre 23 de 2004): Ley del Empleado por medio de la cual se expiden normas que regulan el empleado público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras disposiciones DECRETO NÚMERO 770 DE 2005 (Marzo 17) Por el cual se establece el sistema de Funciones y de requisitos generales para los empleos públicos correspondientes a los niveles jerárquicos pertenecientes a los organismos y entidades del Orden Nacional, a que se refiere la Ley 909 de DECRETO 785 de 2005 (Marzo 17) por el cual se establece el sistema de nomenclatura y clasificaciones, Funciones y requisitos generales de los empleos de las entidades territoriales que se regulan por las disposiciones de la Ley 909 de DECRETO 2539 de 2005 (Julio 22) Por el cual se establecen las competencias laborales generales para los empleos públicos de los distintos niveles jerárquicos de las entidades a las cuales se aplican los decretos ley 770 y 785 de 2005, que en su artículo 10 fijó plazo hasta el 15 de octubre de 2005 para ajustar los manuales específicos de Funciones y requisitos de las entidades territoriales y entes descentralizados de los municipios de categoría cuarta, quinta y sexta. Página 6 de 132

7 1.2. MARCO TEÓRICO DEFINICIONES GENERALES SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL. Es el conjunto de instituciones, normas y procedimientos, de que dispone la persona y la comunidad para gozar de una calidad de vida, mediante el cumplimiento progresivo de los planes y programas que el Estado y la sociedad desarrollen para proporcionar la cobertura integral de las contingencias, especialmente las que menoscaban la salud y la capacidad económica, de los habitantes del territorio nacional, con el fin de lograr el bienestar individual y la integración de la comunidad. 1 El Sistema de Seguridad Social Integral tiene por objeto, garantizar los derechos irrenunciables de la persona y la comunidad para obtener la calidad de vida acorde con la dignidad humana, mediante la protección de las contingencias que la afectan 2. El Sistema comprende las obligaciones del Estado y la sociedad, las Instituciones y los recursos destinados a garantizar la cobertura de las prestaciones de carácter económico, de salud y servicios complementarios, SISTEMA OBLIGATORIO DE GARANTÍA DE LA CALIDAD DE LA ATENCIÓN DE SALUD DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD. Es el conjunto de Instituciones, normas, requisitos, mecanismos y procesos deliberados y sistémicos, que desarrolla el sector salud para generar, mantener y mejorar la calidad de los servicios de salud en el país. 4 El sistema de garantía de la calidad tendrá como componentes: El Sistema Único de Habilitación. 1 COLOMBIA. Ley 100 de 1993: Preámbulo. Santa fe de Bogotá: Imprenta Nacional, p57 2 Ibíd.., p57 3 Ibíd.., p57 4 COLOMBIA. MINISTERIO DE SALUD. Decreto 2309 de p.2 Página 7 de 132

8 La Auditoría para el Mejoramiento de la Calidad de la Atención de Salud El Sistema Único de Acreditación El Sistema de Información para la Calidad SISTEMA ÚNICO DE HABILITACIÓN 5. Es el conjunto de normas, requisitos y procedimientos, mediante los cuales se establece, se registra, se verifica y se controla el cumplimiento de las condiciones básicas de capacidad tecnológica y científica, suficiencia patrimonial y financiera y la capacidad técnico administrativa, indispensables para la entrada y permanencia en el sistema, las cuales son de obligatorio cumplimiento por parte de los Prestadores de Servicios de Salud y los definidos como tales, las Entidades Promotoras de Salud, las Administradoras del Régimen Subsidiado, las Entidades Adaptadas y las Empresas de Medicina Prepagada SISTEMA ÚNICO DE ACREDITACIÓN. 6 Es el conjunto de entidades, estándares, actividades de apoyo y procedimientos de auto evaluación, mejoramiento y evaluación externa destinados a demostrar, evaluar y comprobar el cumplimiento de niveles superiores de calidad por parte de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, de las Entidades Promotoras de Salud, las Administradoras del Régimen Subsidiado, las Entidades Adaptadas y las Empresas de Medicina Prepagada éstas que voluntariamente decidan acogerse a este proceso AUDITORIA PARA EL MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA ATENCION DE SALUD. 7 5 Ibíd., p.3 6 Ibíd.., art.46. p.13 7 Ibíd.., art.36. p.10 Página 8 de 132

9 Es el mecanismo sistemático y continuo de evaluación del cumplimiento de estándares de calidad complementarios a los que se determinan como básicos en el Sistema Único de Habilitación. La Auditoría para el Mejoramiento de la Calidad de la Atención de Salud implica: La realización de actividades de evaluación y seguimiento de procesos definidos como prioritarios La comparación entre la Calidad Observada y la Calidad Esperada, la cual debe estar previamente definida mediante guías y normas técnicas, científicas y administrativas La adopción por parte de las instituciones de medidas tendientes a corregir las desviaciones detectadas con respecto a los parámetros previamente establecidos Para todos los efectos de esta norma debe entenderse que la Auditoría para el Mejoramiento de la Calidad de la Atención de Salud incluye el concepto de Auditoría Médica de que tratan los Artículos 227 y 232 de la Ley 100 de HOSPITAL COMO EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO (E.S.E.) El Sistema de Seguridad Social en Salud Colombiano concibió los Hospitales Públicos como sistemas empresariales con unas finalidades sociales explícitas y creadas por el Estado. La prestación de servicios de salud en forma directa por la nación o por las entidades territoriales, se hará principalmente a través de las Empresas Sociales del Estado, que constituyen una categoría especial de entidad pública descentralizada, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, creadas por la ley, las asambleas o concejos, según el caso y sometidas al régimen jurídico descrito en el artículo Las Empresas Sociales del Estado están conformadas por un conjunto de procesos gerenciales, administrativos, logísticos o asistenciales y de atención al usuario; en ocasiones de tipo 8 VALENCIA, Fabio Alberto. Et al. Ley 100, la seguridad social y sus 100 decretos reglamentarios. Guía metodológica de consulta. Medellín p Página 9 de 132

10 docente y de investigación científica, organizados y sometidos a diferentes normas de funcionamiento definidos a través de acuerdos de la junta directiva, estatutos, regímenes, códigos, legislación, estándares, metas, manuales de procesos y procedimientos, de Funciones y requisitos, protocolos, etc., dentro de los cuales se tienen recursos financieros, humanos, físicos y de información, y se procesan o transforman a través de un procedimiento predeterminado agregándoles valor, para producir finalmente servicios de salud (en áreas de urgencias, consulta ambulatoria, hospitalización, etc.), con los que se deben satisfacer plenamente las necesidades de salud y expectativas de atención de los usuarios y sus familias DEFINICIONES ESPECÍFICAS LA CALIDAD DE LA ATENCION DE SALUD. La Calidad de la Atención de Salud se entenderá como la provisión de servicios accesibles y equitativos, con un nivel profesional óptimo, que tiene en cuenta los recursos disponibles y logra la adhesión y satisfacción del usuario PROCESO. Conjunto de actividades mutuamente relacionadas o que interactúan, que en forma organizada y secuencial transforman elementos de entrada en resultados (producto/bien/ o servicio) predeterminado CLIENTE Organización o persona que recibe un producto. Puede ser interno o externo COLOMBIA. MINISTERIO DE SALUD. RE- CREAR la prestación de Servicios de Salud en las ESE en el Sistema General de Seguridad Social en Salud: Guías de Capacitación y consulta. Bogotá p. 10 COLOMBIA. MINISTERIO DE SALUD. Decreto 2309 de p.2 11 ICONTEC. NORMA TÉCNICA COLOMBIANA, NTC-ISO Sistemas de Gestión de la Calidad. Versión año p.15, p.14. Página 10 de 132

11 PROCEDIMIENTO Forma especificada para llevar a cabo una actividad o un proceso. El procedimiento puede estar documentado o no VERIFICACIÓN Confirmación mediante aportación de evidencia objetiva de que se han cumplido los requisitos especificados LABORALES 12 Nuevo concepto en la administración pública, que se define como la capacidad de una persona para desempeñar, en diferentes contextos y con base en los requerimientos de calidad y resultados esperados en el sector público, las Funciones inherentes a un empleo; capacidad que está determinada por los conocimientos, destrezas, habilidades, valores, actitudes y aptitudes que debe poseer y demostrar el empleado público. Conformada por las competencias comunes, las comportamentales y las funcionales, además de los requisitos de estudio y experiencia LAS S COMUNES Y COMPORTAMENTALES 12 Hacen referencia al conjunto de características de la conducta que se exigen como estándares básicos para el desempeño del empleo, atendiendo a la motivación, las aptitudes, las actitudes, las habilidades y los rasgos de personalidad, cuyos criterios para describirlas están definidos en los artículos 6, 7 y 8 del decreto 2539 de 2005, las cuales se aplican de la siguiente forma:- Competencias comunes a los servidores públicos a quienes se les aplica los decretos leyes 770 y 785 de 2005 y Competencias Comportamentales mínimas por nivel jerárquico. 12 ICONTEC. NORMA TÉCNICA COLOMBIANA, NTC-ISO Sistemas de Gestión de la Calidad. Versión año p.15, p.16. Página 11 de 132

12 S FUNCIONALES Que precisan y detallan aquello que debe estar en capacidad de hacer el empleado para ejercer un cargo y se definirán a partir del contenido funcional del empleo MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y S LABORALES Es un instrumento de administración de personal a través del cual se establecen las Funciones y competencias laborales para los empleos que conforman la planta de personal de una institución y los requerimientos exigidos para el desempeño de los mismos. Dicho Manual permite ligar los objetivos, Funciones generales de la entidad y Funciones de las dependencias, con cada uno de los empleos que conforman la planta de cargos Se constituye en el soporte técnico que justifica y da sentido a la existencia de los cargos en una Empresa u organismo. El Manual Específico de Funciones y Requisitos es un documento que contiene los Requisitos generales y específicos teniendo en cuenta los siguientes factores para el ejercicio de los empleos: Estudios, de educación formal y de la no formal y la experiencia; la naturaleza del cargo, propósito principal o razón de ser del empleo; las Funciones esenciales del empleo; las competencias comunes a los empleos públicos y las comportamentales, las contribuciones individuales y los conocimientos esenciales requeridos para el desempeño del empleo que deben cumplir quienes ocupan cargos en las institución a las que se les aplica la Ley 909 de 2004, Ley de Empleo Público; factores que a su vez van en estrecha relación con los procesos y procedimientos definidos para el logro de un objetivo o meta. 2. METODOLOGIA La metodología del análisis funcional de ESAP (Escuela Superior de Administración Pública), fue una herramienta utilizada para la elaboración del Ajuste al Manual de Funciones, Requisitos y 13 DURAN F., Alba y ARROYAVE R., Luz. Propuesta Manual de FUNCIONES ESENCIALES ESENCIALES, procesos, procedimientos y organigrama de la Clínica SOMI Ltda. Caucasia Ant., p. Tesis (Tecnología en Administración de Servicios de Salud). Universidad de Antioquia. Facultad Nacional de Salud Pública. 14 ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA Y COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL., Instructivo para el ajuste del Manual Específico de FUNCIONES ESENCIALES ESENCIALES y de Competencias Laborales. Página 12 de 132

13 Competencias Laborales, fundamentada en la Constitución Política de Colombia de 1991, Ley 909 de 2004 y sus decretos reglamentarios 770, 785 y 2539 de Identificación de las competencias Identificación de actores clave Este fue un proceso concertado con el personal de las diferentes áreas de la ESE Hospital San Juan de Dios de Yarumal. En esta etapa se recogió información de los actores clave por área (coordinador y el funcionario que ocupa el cargo actualmente) que permitiera elaborar el mapa de funciones laborales de cada área. Esta etapa fue de organización y planificación del trabajo a realizar, se tomaron decisiones con relación al alcance del análisis funcional, los empleados elegidos, se realizó el cronograma de actividades y se definieron los recursos con los cuales se podría trabajar para lograr el producto deseado Elaboración del mapa funcional En esta etapa se trabajó en el diseño y realización de encuestas dirigidas a una población significativa de funcionarios, a entrevista y observación a cada uno de los actores clave de las diferentes áreas de la ESE para elaborar el mapa funcional de competencias. 2.2 El propósito principal Se identificó el propósito principal del área y su razón de ser, para lograr su caracterización. En la redacción del enunciado se siguió la regla gramatical indicada en el manual de la ESAP (Escuela Superior de Administración Publica), se inició con un verbo en infinitivo, seguido por el objeto y finalizando con la condición del área y el para qué, es decir, lo que el área debe lograr. Página 13 de 132

14 2.3 Validación del mapa Luego de haber reunido la información suficiente para la elaboración del mapa de funciones, se pasó a vaciarla al formato elaborado de acuerdo al manual de la ESAP (Escuela de Administración Pública) y se visitaron cada una de las áreas para dar a conocer el mapa a los actores clave participantes en su elaboración, para revisarlo y hacer posibles correcciones. Ya el mapa en su última versión fue presentado a la Subgerencia de Servicios para su revisión, validación y aprobación. 2.4 Competencias por cargos Una vez validado el mapa de funciones, se procedió a adjuntar al Manual de Funciones Requisitos y Competencias Laborales, al igual que las unidades de competencia laborales generales para los empleos públicos de los distintos niveles jerárquicos, establecidas en el Decreto 2539 de 2005, de igual manera se aplicó el decreto 785 de Identificación del empleo: Con el fin de establecer el nivel, el código, el grado, la denominación, Numero de cargos, dependencia y cargo de quien ejerce la supervisión directa del desempeño laboral Nivel: Se Establece según la ubicación del empleo, es central si esta ubicado en las dependencias que conforman la sede principal o desconcentrado si se encuentra ubicado en una dirección territorial, regional o seccional. Siendo este diferente del Nivel Jerárquico que hace referencia y esta dado por la naturaleza de sus Funciones, las competencias y los requisitos exigidos para su desempeño; a nivel territorial se clasifican en los siguientes niveles Jerárquicos: Nivel Directivo, Nivel Asesor, Nivel Profesional, Nivel Técnico y Nivel Asistencial. 15 ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA Y COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL., Instructivo para el ajuste del Manual Específico de FUNCIONES ESENCIALES y de Competencias Laborales. P.17,18 Página 14 de 132

15 2.7 Denominación del Empleo: Según se encuentre provisto en el acto administrativo de ajuste de la planta de personal, de acuerdo a la nomenclatura de empleos del Decreto 785 de 2005, para las instituciones de orden territorial Código: Corresponde a lo señalado en la norma, artículo 16, Decreto 785 de 2005, ajustado en la planta de personal y expresa: El primer digito establece el nivel jerárquico al cual pertenece el empleo. Para el orden territorial los dos dígitos siguientes corresponden a la denominación del cargo, dentro del respectivo nivel jerárquico Grado: Es de dos dígitos y corresponde al grado de remuneración o de asignación salarial determinada en la escala fijado por la respectiva autoridad competente Dependencia: En la cual se ubica el empleo, cuando el empleo se encuentre descrito dependencia por dependencia. En el caso de las plantas globales señalar: donde se ubique el cargo Cargo del Jefe inmediato: Nombre del cargo a quien corresponde ejercer la supervisión directa del desempeño laboral. Si esta distribuidos por dependencias, este corresponderá al empleo de la respectiva jefatura. En el caso de las plantas globales, se indicará: Quien ejerza la supervisión directa. 2.8 Contribuciones Individuales: Como el conjunto de productos o resultados laborales que permiten medir o especificar lo esperado, en términos de resultados observables como consecuencia de la realización del trabajo. Página 15 de 132

16 2.9 Conocimientos básicos o esenciales: Conjunto de teorías, principios, normas, técnicas, conceptos y demás aspectos del saber que debe poseer y comprender quien este llamado al desempeño del empleo, para alcanzar las contribuciones individuales. No hace referencia a los certificados o títulos académicos de un determinado estudio formal; éstos se refieren a lo que es indispensable que el empleado conozca para garantizar las contribuciones individuales que se han identificado 2.10 Requisitos de estudios y experiencia: Luego de identificar el nivel jerárquico y la categoría de la respectiva entidad territorial, se deben considerar en cuanto a educación y experiencia se refiere lo dispuesto en el Decreto 785 de Competencias comunes: Transcripción de las competencias comunes establecidas en el artículo 7 del Decreto 2539 de Competencias comportamentales: Por nivel jerárquico de empleo. Artículo 8, Decreto 2539 de MARCO INSTITUCIONAL La Empresa Social del Estado Hospital San Juan de Dios Yarumal es una Institución prestadora de Servicios de Salud, de segundo nivel de complejidad, creada como Hospital mediante decreto eclesiástico del 3 de febrero de 1876, luego se convierte en Empresa Social del Estado por acuerdo 24 del 25 de Noviembre de 1994 expedido por el Honorable Concejo Municipal. Página 16 de 132

17 3.1. ASPECTO LEGAL DE LA E.S.E. HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS. La E.S.E. Hospital San Juan de Dios del municipio de Yarumal, es una Entidad pública, descentralizada, de orden municipal, de categoría especial, dotada de personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, sometida al régimen jurídico previsto en la Ley 100 del 23 de Diciembre de Libro segundo, Titulo ll, Capitulo lll. La ESE Hospital San Juan de Dios de Yarumal cuenta con un personal total de 36 empleados, bajo la siguiente contratación: VINCULADOS: Nombramiento en periodo fijo: 7 1 Gerente 6 Servicio Social Obligatorio 2 Médicos 2 Odontólogos 1 Bacteriólogo 1 Enfermera Libre Nombramiento y Remoción: 2 1 Subdirector Científico 1 Subdirector Administrativo y Financiero Carrera administrativa: Auxiliares de Enfermería 1 Auxiliar de Laboratorio Clínico 1 Auxiliar de Consultorio Odontológico 1 Auxiliar en Salud 3 Auxiliares administrativos Caja Farmacia Almacén Página 17 de 132

18 3.1.2 Estos integran la planta de cargos conformada por 36 funcionarios organizados jerárquicamente según el decreto 2539 de 2005 así: DIRECTIVOS: 1 Gerente, 1 Subdirector Científico, 1 Subdirector Administrativo y Financiero PROFESIONALES: 2 Médico 1 Enfermera 1 Bacteriólogo 2 Odontólogo 27 TECNICOS: 21 Auxiliares de enfermería 1 Auxiliar de bacteriología 1 Auxiliar en Salud Vacunador 1 Auxiliar de Consultorio Odontológico 3 Auxiliar Administrativo: Farmacia Caja Almacén. Contrato por prestación de servicios: Según decreto 2539 del 2005 Hacen parte de la clasificación: Asesores externos: Jurídicos (2), Revisor Fiscal (1), Asesor de Calidad (1), Asesor de Sistemas de Información (1), Asesor de Control Interno (1) y Asesor de Cuentas Medicas (1). Por Outsoursing: Contratación con terceros. Cooperativas en cualquier denominación, Asociaciones de trabajadores en cualquier denominación, Federaciones Gremiales de trabajadores, empresas de vigilancia ORGANIGRAMA DE LA E.S.E. HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS 16 Definido por unidades funcionales de acuerdo con los servicios que presta, a partir de una estructura básica. 16 DIRECCIÓN SECCIONAL DE SALUD DE ANTIOQUIA, DIRECCIÓN DE DESARROLLO, VIGILANCIA Y CONTROL, Manual de Inducción para los representantes de las Juntas Directivas de las Empresas Sociales del Estado. p14. Página 18 de 132

19 ASESORIA CALIDAD JUNTA DIRECTIVA REVISORÍA FISCAL GERENCIA CONTROL INTERNO ASESORÍA JURÍDICA COMITÉS SUBGERENCIA DE SERVICIOS SUBGERENCIA ADMINISTRATIVA ATENCIÓN AL USUARIO AYUDAS DIAGNÓSTICAS Y SOPORTE TECNICO AUDITORIA MÉDICA ARCHIVO CLINICO URGENCIA S FARMACIA CIRUGÍA HOSPITALIZACION FINANCIERA RECURSOS Y SUMINISTROS RECURSOS HUMANOS APOYO LOGÍSTICO FACTURACIÓN SISTEMAS DE INFORMACIÓN SERVICIOS AMBULATORIOS ARCHIVO ADMINISTRATIVO MEDICINA GENERAL MEDICINA ESPECIALIZADA ODONTOLOGIA OPTOMETRÍA NUTRICION FISIOTERAPEUTA PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN Página 19 de 132

20 2 NIVELES JERARQUICOS DE LOS EMPLEOS Los niveles jerárquicos de la entidad se clasifican según la normatividad vigente que estipula el Manual de Funciones, Requisitos y Competencias Laborales exigidos para el buen desempeño de los empleados públicos (Art. 3, Decreto ). De acuerdo a lo anterior ellos son: 4.1 Nivel Directivo. Comprende los empleos a los cuales corresponden Funciones de dirección general, de formulación de políticas institucionales y de adopción de planes, programas y proyectos. Conformado por un Gerente (a.). 4.2 Nivel Asesor. Agrupa los empleos cuyas Funciones consisten en asistir, aconsejar y asesorar directamente a los empleados públicos de la alta dirección territorial. 4.3 Nivel Profesional. Agrupa los empleos cuya naturaleza demanda la ejecución y aplicación de los conocimientos propios de cualquier carrera profesional, diferente a la técnica profesional y tecnológica, reconocida por la ley y que según su complejidad y competencias exigidas, les pueda corresponder Funciones de coordinación, supervisión y control de áreas internas encargadas de ejecutar los planes, programas y proyectos institucionales. 4.4 Nivel Técnico. Comprende los empleos cuyas Funciones exigen el desarrollo de procesos y procedimientos en labores técnicas misionales y de apoyo, así como las relacionadas con la aplicación de la ciencia y la tecnología. 4.5 Nivel Asistencial. Comprende los empleos cuyas Funciones implican el ejercicio de actividades de apoyo y complementarias de las tareas propias de los niveles superiores, o de labores que se caracterizan por el predominio de actividades manuales o tareas de simple ejecución. 3 NOMENCLATURA, CLASIFICACIÓN Y CÓDIGO DE EMPLEOS A cada uno de los diferentes niveles jerárquicos anteriormente mencionados le corresponde una nomenclatura y clasificación específica del empleo. Página 20 de 132

21 Para el manejo del sistema de nomenclatura y clasificación, cada empleo se clasifica con un código de tres dígitos: 5.1 El primero señala el nivel al cual pertenece el empleo. 5.2 Los dos restantes indican la denominación del cargo. Este código deberá ser adicionado hasta con dos dígitos más que corresponderán a los grados de asignación básica que fije la autoridad competente para la ESE Hospital San Juan de Dios de Yarumal, en materia de salarios se rige por normas de carácter nacional establecidas por el Presidente de la Republica de Colombia. Tal como lo establece el Decreto 785 de 2005 en su articulo 21 la codificación parte de las equivalencias con relación al decreto 169 de 1998, dando como resultado la siguiente nomenclatura. 4 NIVELES JERARQUICOS Nivel Directivo Cód Denominación 085 Gerente Empresa Social del Estado 068 Subdirector Administrativo Financiero 072 Subdirector Científico Nivel Asesor Cód Denominación 115 Jefe de Oficina Asesora Nivel Profesional Cód Denominación 211 Medico General 213 Medico Especialista 214 Odontólogo 217 Profesional Servicio Social Obligatorio (Bacteriólogo, enfermero, médico microbiólogo, odontólogo.) Página 21 de 132

22 219 Profesional universitario 237 Profesional universitario área Salud (Bacteriólogo, nutricionista, químico, ingeniero biomédico.) 242 Profesional especializado área Salud 243 Enfermero Nivel Técnico Cód Denominación 323 Técnico área salud (Imágenes diagnostica, fisioterapia) 367 Técnico Administrativo (Almacenista, sistemas, estadística, coordinador de facturación, costos, auxiliar de contabilidad,) Nivel Asistencial Cód Denominación 407 Auxiliar Administrativo 412 Auxiliar área salud (Enfermería, farmacia, odontología higienista oral, camillero, promotora en salud 440 Secretario 470 Auxiliar de servicios generales 477 Celador 480 Conductor 5 RESULTADOS MANUAL DE FUNCIONES, REQUISITOS Y S LABORALES DE LA ESE HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS DE YARUMAL Nivel directivo: Gerente Subdirector Administrativo y Financiero Subdirector Científico Página 22 de 132

23 S COMPORTAMENTALES COMUNES PARA EMPLEADOS PUBLICOS: Orientación resultados a Orientación al usuario y al ciudadano Transparencia Realizar las Funciones y cumplir los compromisos organizacionales con eficacia y calidad. Dirigir las decisiones y acciones a la satisfacción de las necesidades e intereses de los usuarios internos y externos, de conformidad con las responsabilidades públicas asignadas a la entidad. Hacer uso responsable y claro de los recursos públicos, eliminando cualquier discrecionalidad Cumple con oportunidad en función de estándares, objetivos y metas establecidas por la entidad, las Funciones que le son asignadas. Asume la responsabilidad por sus resultados. Compromete recursos y tiempos para mejorar la productividad tomando las medidas necesarias para minimizar los riesgos. Realiza todas las acciones necesarias para alcanzar los objetivos propuestos enfrentando los obstáculos que se presentan. Atiende y valora las necesidades y peticiones de los usuarios y de ciudadanos en general. Considera las necesidades de los usuarios al diseñar proyectos o servicios. Da respuesta oportuna a las necesidades de los usuarios de conformidad con el servicio que ofrece la entidad. Establece diferentes canales de comunicación con el usuario para conocer sus necesidades y propuestas y responde a las mismas. Reconoce la interdependencia entre su trabajo y el de otros. Proporciona información veraz, objetiva y basada en hechos. Facilita el acceso a la información relacionada con sus responsabilidades y con Página 23 de 132

24 Compromiso con la Organización indebida en su utilización y garantizar el acceso a la información gubernamental. Alinear el propio comportamiento a las necesidades, prioridades y metas organizacionales. el servicio a cargo de la entidad en que labora. Demuestra imparcialidad en sus decisiones. Ejecuta sus Funciones con base en las normas y criterios aplicables. Utiliza los recursos de la entidad para el desarrollo de las labores y la prestación del servicio. Promueve las metas de la organización y respeta sus normas. Antepone las necesidades de la organización a sus propias necesidades. Apoya a la organización en situaciones difíciles. Demuestra sentido de pertenencia en todas sus actuaciones. S COMPORTAMENTALES DEL NIVEL DIRECTIVO Liderazgo Guiar y dirigir grupos y establecer y mantener la cohesión de grupo necesaria para alcanzar los objetivos organizacionales Mantiene a sus colaboradores motivados. Fomenta la comunicación clara, directa y concreta. Constituye y mantiene grupos de trabajo con un desempeño conforme a los estándares. Promueve la eficacia del equipo. Genera un clima positivo y de seguridad en sus colaboradores. Fomenta la participación de todos en los procesos de reflexión y de toma de decisiones. Unifica esfuerzos hacia objetivos y metas Página 24 de 132

25 Planeación Toma de decisiones Dirección y desarrollo de personal constitucionales. Anticipa situaciones y escenarios futuros Determinar eficazmente con acierto. las metas y prioridades Establece objetivos claros y concisos, institucionales, estructurados y coherentes con las metas identificando las acciones, organizacionales. los responsables, los Traduce los objetivos estratégicos en planes plazos y los recursos prácticos y factibles. requeridos para Busca soluciones a los problemas. alcanzarlas. Distribuye el tiempo con eficiencia. Establece planes alternativos de acción. Elige con oportunidad, entre muchas Elegir entre una o varias alternativas, los proyectos a realizar. alternativas para Efectúa cambios complejos y solucionar un problema o comprometidos en sus actividades o en las atender una situación, funciones que tiene asignadas cuando comprometiéndose con detecta problemas o dificultades para su acciones concretas y realización. consecuentes con la Decide bajo presión. decisión. Decide en situaciones de alta complejidad e incertidumbre. Favorecer el aprendizaje y Identifica necesidades de formación y desarrollo de sus capacitación y propone acciones para colaboradores, satisfacerlas. articulando las Permita niveles de autonomía con el fin de potencialidades y estimulas el desarrollo integral del necesidades individuales empleado. con la de la organización Delega de manera efectiva sabiendo cuando para optimizar la calidad intervenir y cuando no hacerlo. de las contribuciones de Hace uso de las habilidades y recursos de su los equipos de trabajo y grupo de trabajo para alcanzar las metas y de las personas, en el los estándares de productividad. cumplimiento de los Establece espacios regulares de objetivos y metas retroalimentación y reconocimiento del organizacionales desempeño y sabe manejar hábilmente el Página 25 de 132

26 Conocimiento del entorno presentes y futuras. Estar al tanto de las circunstancias y las relaciones de poder que influyen en el entorno organizacional bajo desempeño. Tiene en cuenta las opiniones de sus colaboradores. Mantiene con sus colaboradores relaciones de respeto. Es consiente de las condiciones especificas del entorno organizacional. Esta al día en los acontecimientos claves del sector y del Estado Conoce y hace seguimiento a las políticas gubernamentales. Identifica las fuerzas políticas que afectan la organización y las posibles alianzas para cumplir con los propósitos organizacionales Página 26 de 132

27 NIVEL DIRECTIVO Nivel Desconcentrado Denominación del empleo GERENTE EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO Código 085 Grado 02 Número de Cargos 01 Dependencia Gerencia Supervisor del desempeño Junta Directiva de la E.S.E. NATURALEZA DEL CARGO Ejecución de labores de dirección general, planeación, formulación de políticas y adopción de planes - programas y proyectos para su ejecución dentro de la gestión de la Empresa Social del Estado. FUNCIONES 1. Dirigir la Empresa, manteniendo la unidad de procedimientos e intereses en torno a la misión y objetivos de la misma. 2. Realizar la gestión necesaria para lograr el desarrollo de la Empresa, de acuerdo con los planes y programas establecidos, teniendo en cuenta los perfiles epidemiológicos del área de influencia, las características del entorno y las condiciones internas de la Empresa. 3. Articular el trabajo que realizan los diferentes niveles de la organización, dentro de una concepción participativa de la gestión. 4. Ser nominador y ordenador del gasto, de acuerdo con las facultades concedidas por la Ley y los reglamentos. 5. Representar legalmente a la entidad judicial y extrajudicialmente 6. Velar por el cumplimiento de las leyes y reglamentos que rigen la Empresa. 7. Rendir los informes que le sean solicitados por la Junta Directiva y demás autoridades competentes. 8. Detectar la presencia de todas aquellas situaciones que sean factor de riesgo epidemiológico, y adoptar las medidas conducentes a aminorar sus efectos. 9. Definir los planes, programas, proyectos y estrategias de atención, con base en el diagnóstico de salud de la población del área de influencia. Página 27 de 132

28 10. Desarrollar planes, programas y proyectos de salud conforme a la realidad socio-económica y cultural de la región. 11. Participar en el diseño, elaboración y ejecución del plan local de salud, de los proyectos especiales y de los programas de prevención de la enfermedad y promoción de la salud y adecuar el trabajo institucional a dichas orientaciones. 12. Planear, organizar y evaluar las actividades de la entidad y velar por la aplicación de las normas y reglamentos que regulan el Sistema General de Seguridad Social en Salud. 13. Promover la adaptación, adopción de las normas técnicas y modelos orientados a mejorar la calidad y eficiencia en la prestación de los servicios de salud y velar por la validez científica y técnica de los procedimientos utilizados en el diagnóstico y tratamiento. 14. Velar por la utilización eficiente de los recursos humanos, técnicos y financieros de la entidad y por el cumplimiento de las metas y programas aprobados por la Junta Directiva. 15. Presentar para la aprobación de la Junta Directiva el plan trienal, los programas anuales de desarrollo de la entidad y el presupuesto prospectivo, de acuerdo con la Ley Orgánica de Presupuesto y normas reglamentarias. 16. Adaptar la entidad a las nuevas condiciones empresariales establecidas en el marco del Sistema General de Seguridad Social en Salud, garantizando tanto la eficiencia social como económica de la entidad, así como la competitividad de la institución. 17. Organizar el sistema contable y de costos de los servicios y propender por la eficiente utilización del recurso financiero. 18. Garantizar el establecimiento del sistema de acreditación hospitalaria, de auditoría en salud y control interno que propicien la garantía de la calidad en la prestación del servicio. 19. Establecer el sistema de referencia y contrareferencia de pacientes y contribuir a la organización de la red de servicios en el nivel local. 20. Diseñar y poner en marcha un sistema de información en salud, según las normas técnicas que expida el Ministerio de Salud y adoptar los procedimientos para la programación ejecución, evaluación, control y seguimiento físico y financiero de los programas. 21. Fomentar el trabajo interdisciplinario y la coordinación intra e intersectorial. 22. Desarrollar objetivos, estrategias y actividades conducentes a mejorar las condiciones laborales, el clima organizacional, la salud ocupacional y el nivel de capacitación y entrenamiento, y en especial ejecutar un proceso de educación continua para todos los funcionarios de la entidad. 23. Presentar a la Junta Directiva el proyecto de planta de personal y las reformas necesarias para su adecuado funcionamiento y someterlos a la aprobación de la autoridad competente. 24. Nombrar y remover los funcionarios bajo su dependencia de acuerdo con las normas de administración de personal que rigen para las diferentes categorías de empleos en el Sistema General de Seguridad Social en Salud. Página 28 de 132

29 25. Diseñar modelos y metodologías para estimular y garantizar la participación ciudadana y propender por la eficiencia de las actividades extramurales en las acciones tendientes a lograr metas de salud y el mejoramiento de la calidad de vida de la población. 26. Diseñar mecanismos de fácil acceso a la comunidad, que permitan evaluar la satisfacción de los usuarios, atender las quejas y sugerencias y diseñar en consecuencia, políticas y correctivos orientados al mejoramiento continuo de los servicios. 27. Firmar las convenciones colectivas con los trabajadores oficiales de acuerdo con la disponibilidad presupuestal. 28. Contratar con las Entidades Promotoras de Salud públicas o privadas la realización de las actividades del Plan Obligatorio de Salud que esté en capacidad de ofrecer. 29. Ejercer las demás Funciones asignadas y sean afines con la naturaleza del cargo dando cumplimiento a los deberes y evitando las prohibiciones CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES GERENTE EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO 1. La gestión empresarial, según los planes, programas y proyectos desarrollados al interior de la Empresa van acorde a las necesidades de la comunidad y el logro de la misión, visión y objetivos de la Entidad. 2. Las directrices impartidas al personal a cargo cumple con la normatividad vigente que rige a las Empresas Sociales del Estado. 3. Los planes y modelos adoptados están orientados al mejoramiento de la calidad y eficiencia en la prestación del servicio, utilizando para ello en forma eficiente el talento humano, el recurso técnico y financiero buscando siempre el uso racional de los recursos existentes. 4. La participación en diferentes estancias municipales refleja el interés por la concertación y el trabajo interdisciplinario e intersectorial en busca de soluciones en la calidad de la salud de la población del municipio, fomentando la participación activa de la población. 5. Presenta ante las diferentes estancias de vigilancia y control y de apoyo sectorial, los informes, planes, proyectos y manuales requeridos para su verificación y aprobación, así como para la cofinanciación de aquellos que así lo requieran para el logro del objetivo de la empresa. 6. Las acciones y actividades de promoción y prevención están en concordancia con el diagnóstico de salud del municipio y el plan local de salud orientado a éstas a través del plan de atención básica, consulta de programas y acciones de promoción de la salud y prevención de la enfermedad. Página 29 de 132

30 7. Las conciliaciones judiciales así como la firma de los diferentes contratos van en beneficio a la Empresa y los empleados, acatando en todo momento la normatividad vigente. 8. Las políticas empresariales conducen al trabajo en equipo, al mejoramiento del clima organizacional, y al funcionamiento de todos los comités internos operando bajo la normatividad vigente y con la periodicidad requerida que se refleja en el logro de los objetivos y cumplimiento de las Funciones asignadas a cada uno de éstos. REQUISITOS GERENTE EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO. 1. Estudios: Título de formación universitaria profesional en áreas de salud, económicas, administrativas o jurídicas. 2. Título de postgrado en salud pública, administración de Servicios de salud, administración o gerencia hospitalaria. 3. Experiencia: Experiencia profesional de tres (3) años en Organismos o Entidades públicas o privadas que integran el Sistema General de Seguridad Social en Salud. (Decreto 139 / 96 Art. 3 Lit. C). y experiencia en la práctica de la profesión y/o área administrativa. 4. Sin perjuicio de la experiencia que se exija para el cargo, el título de posgrado podrá ser compensado por dos (2) años de experiencia en cargos del nivel directivo, asesor o profesional en Organismos o Entidades públicas o privadas que conforman el Sistema General de Seguridad Social en Salud. CONOCIMIENTOS BASICOS 1. Normas en políticas públicas sobre administración de personal 2. Metodologías de investigación y diseño de proyectos 3. Manejo de equipo de oficina. 4. Tener conocimientos básicos en Sistemas 5. Tener fundamentos en el Sistema General de seguridad social 6. Administración de servicios de Salud. 7. Sistemas de gestión Integral de Calidad. 8. Capacidad de análisis de indicadores hospitalarios y financieros 9. Relaciones públicas. 10. Capacidad de negociación tanto con aseguradoras, particulares y otros. 11. Tener conocimiento en la constitución Política de Colombia 12. Conocer el Código de ética y buen gobierno institucional 13. Tener fundamentos en el Sistema Obligatorio de Garantía y Calidad. Página 30 de 132

31 COMPORTAMENTALES COMUNES - GERENTE EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO Orientación resultados a Orientación al usuario y al ciudadano Transparencia Realizar las Funciones y cumplir los compromisos organizacionales con eficacia y calidad. Dirigir las decisiones y acciones a la satisfacción de las necesidades e intereses de los usuarios internos y externos, de conformidad con las responsabilidades públicas asignadas a la entidad. Hacer uso responsable y claro de los recursos públicos, eliminando cualquier Cumple con oportunidad en función de estándares, objetivos y metas establecidas por la entidad, las Funciones que le son asignadas. Asume la responsabilidad por sus resultados. Compromete recursos y tiempos para mejorar la productividad tomando las medidas necesarias para minimizar los riesgos. Realiza todas las acciones necesarias para alcanzar los objetivos propuestos enfrentando los obstáculos que se presentan. Atiende y valora las necesidades y peticiones de los usuarios y de ciudadanos en general. Considera las necesidades de los usuarios al diseñar proyectos o servicios. Da respuesta oportuna a las necesidades de los usuarios de conformidad con el servicio que ofrece la entidad. Establece diferentes canales de comunicación con el usuario para conocer sus necesidades y propuestas y responde a las mismas. Reconoce la interdependencia entre su trabajo y el de otros. Proporciona información veraz, objetiva y basada en hechos. Facilita el acceso a la información relacionada con sus responsabilidades y con Página 31 de 132

32 Compromiso con la Organización discrecionalidad indebida en su utilización y garantizar el acceso a la información gubernamental. Alinear el propio comportamiento a las necesidades, prioridades y metas organizacionales. el servicio a cargo de la entidad en que labora. Demuestra imparcialidad en sus decisiones. Ejecuta sus Funciones con base en las normas y criterios aplicables. Utiliza los recursos de la entidad para el desarrollo de las labores y la prestación del servicio. Promueve las metas de la organización y respeta sus normas. Antepone las necesidades de la organización a sus propias necesidades. Apoya a la organización en situaciones difíciles. Demuestra sentido de pertenencia en todas sus actuaciones. S COMPORTAMENTALES PARA EL NIVEL DIRECTIVO GERENTE Las competencias comportamentales que como mínimo se establece son Liderazgo Guiar y dirigir grupos y establecer y mantener la cohesión de grupo necesaria para alcanzar los objetivos organizacionales. Mantiene a sus colaboradores motivados. Fomenta la comunicación clara, directa y concreta. Constituye y mantiene grupos de trabajo con un desempeño conforme a los estándares. Promueve la eficacia del equipo. Genera un clima positivo y de seguridad en sus colaboradores. Página 32 de 132

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