TERMINOS DE SERVICIO PRECIO FIJO RESIDENCIAL DE SERVICIO ELÉCTRICO

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1 TERMINOS DE SERVICIO PRECIO FIJO RESIDENCIAL DE SERVICIO ELÉCTRICO BRILLIANT ENERGY, LLC Licencia de REP del PUCT # Wilcrest Dr., Ste. 109 Houston, Texas Tel. (713) , Sin cargo (877) Fax (713) , Sin cargo (877) Horas de Operación: 8:00 a.m. 5:00 p.m. Horario del Centro Los siguientes Términos de Servicio ( TOS ) establecidos a continuación se aplican a la compra por parte del Cliente del Servicio Eléctrico de Brilliant Energy, LLC ( REP ). Para el propósito de este TOS, El término Cliente significa un Cliente Residencial. Un Cliente Residencial es el solicitante del servicio de electricidad residencial, cuyo nombre aparece en la LOA que forma parte de este Acuerdo, el cónyuge de la persona o un agente autorizado de la misma (según corresponda). El REP y el Cliente son cada uno una Parte y colectivamente las Partes en el presente Acuerdo. Estos Términos de Servicio, junto con el Acuerdo de Autorización del Cliente ( LOA ), la Hoja de Datos de Electricidad ( EFL ) correspondiente, y el documento Sus Derechos como Cliente ( YRAC ) constituyen el Acuerdo completo entre el Cliente y el REP ( Acuerdo ). Al aceptar el servicio eléctrico al por menor del REP, el Cliente acepta su obligación a los términos de este Acuerdo. El Cliente puede encontrar información específica acerca de su producto eléctrico (como se define en lo sucesivo) haciendo referencia a la EFL aplicable a los productos del Cliente. Todas las referencias en este documento inherentes a la Comisión de Servicios Públicos de Texas ( PUCT ) Normas Sustantivas Aplicables a los Prestadores de Servicio Eléctrico, en su versión modificada ( PUCT Rules ) podrán consultarse por internet en I. CONDICIONES GENERALES DE SERVICIO A. Compra y Venta de Electricidad. El Cliente se compromete a comprar el servicio eléctrico al por menor del REP para el ESI ID(s) en el domicilio(s) designado por el Cliente en su LOA durante el plazo (como se define posteriormente) y el REP se compromete a prestar tales servicios al Cliente. El tipo de servicio prestado al Cliente bajo este Acuerdo será un (i) Producto de Tarifa Fija o (ii) Producto de Tasa Variable si el Cliente recibe el producto de Tasa Variable de Renovación (como se discutirá en la Sección VII del documento presente) (en cada caso, Producto ) B. Duración del Servicio. Cuando el Cliente se inscribe con el REP, el Cliente deberá elegir en el Acuerdo de Autorización la cantidad de tiempo que el Cliente recibirá el servicio eléctrico al por menor del REP en virtud del presente Acuerdo ( Plazo ). El Plazo del presente Acuerdo se iniciara en (i) la fecha en que el cambio de REP se produce (para un cambio estándar o un cambio de auto-selección por el Cliente en la LOA); o (ii) la fecha en que el medidor del Cliente es activado (para un nuevo servicio/ mudanza/ conexión prioritaria, elegida por el Cliente en la LOA) ( Fecha de Vigencia ) El Plazo finalizara en (i) la fecha de vencimiento del Plazo elegido por el Cliente en la LOA, o (ii) cualquier fecha anterior a la expiración del Plazo en el que se cancele el presente Acuerdo o sea terminado prematuramente por el Cliente (por el cambio a un nuevo proveedor de electricidad o por otra razón) o por el REP, en cada caso como aquí se permita. Brilliant seguirá proporcionando el servicio al Cliente más allá de la fecha de finalización elegida hasta que el TDU del Cliente lleve a cabo la primera lectura del medidor a partir de la fecha de finalización elegida, y dicho servicio se cobrara de acuerdo con los términos del Producto de Tasa Variable de Brilliant. A petición del Cliente, el REP deberá proporcionar al Cliente la fecha de inicio y fin aplicable a la vigencia del presente Acuerdo. C. REP No es Responsable de los Saldos Anteriores del Cliente. El REP y el Cliente reconocen y aceptan expresamente que el REP no tendrá ninguna responsabilidad para el pago de las deudas pendientes por parte del Cliente a cualquier otra parte relativas a la recepción de servicio eléctrico al por menor antes de inscribirse con el REP, incluyendo pero no limitado a las cantidades adeudadas y pagaderas a otro proveedor minorista de electricidad del Cliente o los gastos adeudados a un proveedor de Transmisión y Distribución de Utilidades ( TDU ) en relación al servicio eléctrico al por menor anterior del Cliente. II. PRECIO AL CLIENTE PARA EL SERVICIO ELECTRICO A. Cargos Incluidos en el Precio Promedio del Cliente. Brilliant Energy, LLC Residential Fixed Price Electric Service Agreement Version Page 2 of 18

2 El precio total mensual por cada kilovatio-hora ( KWH ), cobrado por el REP es el Precio Promedio del Cliente, que se compone de la Tasa Base Fija del Cliente y un Cargo adicional de Medidor asignado por el TDU. El índice de Tasa Base Fija incluye el cargo de energía para suministrar el producto al Cliente y todos los cargos del TDU recurrentes para el suministro de electricidad, incluyendo pero no limitado a: (i) cualquier perdida en cargos de envió y perdida en cargos de transmisión, (ii) todos los cobros administrativos del Consejo de Confiabilidad Eléctrica de Texas ( ERCOT ) o Entidad Regional de Texas ( TRE ) cargados al REP, incluyendo pero no limitados a, los cargos de capacidad, cargos auxiliares de servicio, tasas administrativas de ERCOT, gastos de liquidación por desequilibrio, y los cargos de requisito de crédito de ERCOT; y (iii) cualquier otros cobros recurrentes de una tercera parte incurridos por el REP en la prestación del servicio al Cliente, incluyendo pero no limitados a los cargos de un entidad calificada de planificación, los cargos de programación del servicio, cargos de previsión del servicio, y cargos de requisito de crédito del PUCT. B. Cargos No Incluidos en el Precio Promedio del Cliente. El Precio Promedio del Cliente no incluye los siguientes cargos, todos los cuales se pasaran al Cliente y se indicaran por separado en la factura del Cliente: (i) los impuestos de ventas estatales y/o locales (ya sean cobrados por los municipios, el PUCT, o por otro medio), (ii) reembolso para el estado de los diversos impuestos de ingresos brutos; (iii) los cargos no recurrentes evaluados por el TDU (por ejemplo: lectura/prueba especial del medidor, cargos de instalación y conexión, cargos de desconexión y reconexión); o (iv) cualquier cargo no recurrente evaluado por el REP. El Cliente reconoce que el TDU aplicable cobrara al REP ciertos cargos no recurrentes relacionados con servicios iniciados por el Cliente, incluyendo pero no limitado a un pedido de cambio, mudanza, conexión de prioridad, lectura del medidor fuera del ciclo, instalación de medidores, desconexión o reconexión. Cuando estos cargos no recurrentes se incurran por el REP, serán pasados al Cliente por medio de la factura mensual proporcionada por el REP. Las cantidades específicas a pagar por esos servicios del TDU son determinados por el TDU (NO el REP) y están sujetas a cambios a discreción del TDU. Para una conexión prioritaria, además de los cargos evaluados del TDU, el Cliente deberá pagar una Tarifa de Activación Exprés de setenta y cinco dólares ($75) Además de los cargos no recurrentes evaluados por el TDU, el Cliente será responsable de los siguientes cargos no recurrentes evaluados por el REP (conforme a lo dispuesto en el presente Acuerdo) (i) Un cargo por mora equivalente al cinco por ciento (5%) de los saldos vencido adeudados indiscutibles al REP, más los intereses (véase la Sección III (B) del presente), (ii) un cargo por fondos insuficientes de treinta dólares ($30) ( véase la sección III (C) del presente), (iii) un cargo de diez dólares y noventa y nueve centavos ($10.99) por cada ESI ID del Cliente con consumo de electricidad inferior a 1,000KWH por ciclo de facturación ( Cargo por Uso Mínimo ); (iv) un cargo de doscientos dólares ($200) por cancelación anticipada si el Cliente cancela el presente Convenio antes de la finalización del plazo (véase la sección V(A)del presente), (v) un cargo de desconexión/reconexión de setenta y cinco dólares ($75) cada vez que el servicio del Cliente sea suspendido o desconectado (véase la sección VI del presente), independientemente de si se vuelve a conectar el servicio (véase la sección VI del presente). Cualquier cargo por desconexión/reconexión se cobrará, además de los cargos y multas recaudadas por el TDU. C. Cambios en el Precio Promedio del Cliente. 1. Producto de Tasa Fija. Para un producto de Tasa Fija, el precio promedio del Cliente deberá permanecer fijo durante la vigencia del Acuerdo; sin embargo, a condición, el precio promedio se puede cambiar únicamente para reflejar (i) cambios en los cargos del TDU, (ii) cambios en los cargos administrativos de ERCOT o TRE cobrados a las cargas, o (iii) los cambios resultantes de leyes federales, estatales o locales que imponen tarifas nuevas o modificadas, a los costos del REP que están fuera del control del REP. El precio y los términos de este Acuerdo se basan en leyes, normas, tarifas, y protocolos vigentes en el momento de ejecución. Si durante la vigencia del presente Acuerdo el PUCT, ERCOT, la Oficina del Contralor de Texas o de cualquier otro(a) agencia con jurisdicción sobre el mercado eléctrico de Texas o proveedores minoristas de electricidad que operan en Texas aprueban cambios que afectan el costo de proporcionar servicio de electricidad al Cliente, el REP se reserva el derecho de ajustar los precios, los plazos, las tasas, las tarifas, los aranceles, o cualquier otro cargo en virtud del presente Acuerdo en consecuencia, de acuerdo con las Reglas del PUCT (véase la PUC SUBST.R (d) en línea en 2. Producto de Tasa Variable. Para un Producto de Tasa Variable (que es el producto de renovación por defecto del REP, según se detalla en la sección VII de este Convenio), el Precio Promedio del Cliente puede variar de mes a mes y está sujeta a cambios a la sola discreción del REP basada en la fluctuación de los precios de venta al por mayor de electricidad en el mercado. Si el Cliente recibe el Producto de Tasa Variable del REP, el Cliente puede monitorear los precios para los productos de tasa variable y ver los precios históricos de ese producto, visitando o llamando al REP (713) o a la línea sin costo en el (877) entre las 8:00 am a 5:00 pm CST. Brilliant Energy, LLC Residential Fixed Price Electric Service Agreement Version Page 3 of 18

3 III. FACTURACIÓN Y PAGO A. Facturas Mensuales. Finalizado cada mes durante la vigencia del presente Acuerdo, el REP deberá presentar una factura al Cliente que establezca el importe neto de todos los cargos que se han acumulado durante el ciclo de facturación del Cliente más reciente de aproximadamente treinta (30) días, incluyendo pero no limitado al precio promedio y cualquier otro cargo o cargos no incluidos en el precio promedio (como se describe más detalladamente en la sección II en este Acuerdo). La cantidad de la factura del Cliente se basa en el uso real de electricidad del Cliente, determinado por la lectura del medidor del ciclo por el TDU para el ESI ID(s) en la Dirección(es) del Cliente. Si el REP no recibe un lectura actual del medidor del Cliente por parte del TDU para el tiempo que el REP emite un factura(s), El REP puede calcular tal factura basado en las lecturas estimadas. Cuando la lectura real del medidor del Cliente sea recibida por el REP, el REP deberá ajustar la cuenta del Cliente en consecuencia y establecer el ajuste(s) en la siguiente factura del Cliente. Todas las facturas deberán ser emitidas al Cliente por escrito y entregadas a través del Servicio Postal de Estados Unidos, a menos que ambos REP y el Cliente estén de acuerdo en recibir una factura electrónica en cuyo caso las facturas serán enviadas al Cliente por Correo Electrónico. Facturas por escrito serán entregadas al Cliente a la dirección de facturación especificada por el Cliente en la LOA o a cualquier otra dirección designada por el Cliente por escrito. B. Fecha de Vencimiento de Pago. El cliente se compromete a pagar todas las cantidades declaradas en la factura. El pago del importe de la factura se debe a partir de la fecha de facturación y el pago se considerara en mora si no se paga dentro de dieciséis (16) días siguientes a la fecha de la factura (a menos que dicho día no sea un día hábil, en el cuyo caso, el pago será debido en el día hábil siguiente ( Fecha de Vencimiento ). Si el Cliente falla a pagar cualquier importe facturado para la fecha de vencimiento, entonces a menos que el Cliente haya proporcionado una notificación de disputa al REP como aquí se permite, el Cliente deberá al REP una cuota de un sola vez ( cargo por mora ) igual al cinco (5%) por ciento de la cantidad adeudada, a menos que el Cliente califique para recibir un descuento de bajos ingresos, como se describe en la Sección III (E) (4) del presente Acuerdo y las reglas del PUCT ( Programa para la Reducción de Tarifas ) (véase el PUC SUBST. R en Internet en Además, intereses sobre el importe de la factura se acumularán por cada día de calendario a partir de la fecha de vencimiento a una tasa igual a la tasa de interés. Para el propósito del presente Acuerdo, la Tasa de Interés será igual al menor de (i) uno y medio por ciento (1.5%) por mes, o (ii) la más alta tasa de interés permitida por la ley. Si el Cliente disputa toda o una parte de una factura, el Cliente deberá dar aviso por escrito al REP de dicha disputa antes de la fecha de vencimiento de la factura correspondiente. El aviso de disputa del Cliente deberá incluir un fundamento, documentación relacionada con las cantidades en disputa y una explicación de por qué las disputas de pago del Cliente de la cantidad facturada. Al recibir la notificación de disputa del Cliente, El REP deberá investigar con prontitud dicha disputa y ambas partes deberán cooperar de buena fe para resolver dicha disputa. Si después de negociaciones de buena fe, se determina que el Cliente le debe la cantidad en disputa al REP, el REP deberá incluir dicho monto en la próxima factura del Cliente. Todas las cantidades legítimas en disputa a pagar que se determinen a cargo del Cliente después de la fecha de vencimiento inicial, estarán sujetas a un cargo por mora y acumularan interés a una tasa igual a la Tasa de Interés a partir de la fecha de vencimiento hasta la fecha que el pago se realice. El Cliente reconoce y acepta que, además del pago de cualquier cargo por mora, si el Cliente falla en pagar las cantidades pendientes y adeudadas en la fecha de vencimiento pueden dar lugar a la desconexión del servicio eléctrico, como se describe en la sección VI del presente Acuerdo. C. Métodos de Pago. El Cliente se compromete a pagar todas las cantidades facturadas por el REP en o antes de la fecha de vencimiento en uno de los siguientes métodos: (i) (ii) (iii) Cheque personal a través de correo postal, dirigido al REP en la dirección indicada en la factura; Transferencia bancaria o tarjeta de crédito a través del programa de pago automático del REP Transferencia bancaria o tarjeta de crédito por teléfono llamando al REP (713) o llamando sin costo al (877) entre las 8:00 am a 5:00 pm CST, o Brilliant Energy, LLC Residential Fixed Price Electric Service Agreement Version Page 4 of 18

4 (iv) Transferencia bancaria o tarjeta de crédito a través de la opción de pago en línea del REP en la página El Cliente deberá pagar una cuota de treinta dólares ($30) al REP, por cada cheque devuelto y /o pago electrónico o automatizado que no fuera procesado por falta de fondos ( cargo por insuficientes fondos ). Cualquier cheque y/o transferencia electrónica o automatizada que sea devuelto por fondos insuficientes o no disponibles será considerado una falta de pago, y como se describe en la sección VI de este documento, puede llevar a una desconexión del servicio eléctrico del Cliente. El Cliente deberá pagar una cuota de servicio de procesamiento de diez dólares ($10) por cada pago hecho por teléfono con tarjeta de crédito o transferencia bancaria. Para detalles adicionales sobre la creación de un plan de pago automático con el REP, por favor contacte al REP al (713) o llame sin costo al (877) entre las 8:00 am a 5:00 pm CST, o en línea en D. Colección de Saldos Morosos. El Cliente reconoce y acepta que el REP (o cualquier persona que actué en nombre del REP) se reserva el derecho de imponer y cobrar al Cliente (sea un Cliente actual o antiguo) todos y cada uno de los costos, tasas o cargos relacionados con el cobro de los saldos morosos, incluyendo pero no limitados a las comisiones, costos, gastos y honorarios de abogados incurridos en la recuperación de los saldos pendientes a través del uso del REP de una agencia de cobros o abogado(s) E. Opciones alternativas de Pago. El Cliente deberá ponerse en contacto con el REP de inmediato si el Cliente no puede pagar su factura para la fecha de vencimiento. Si el Cliente contacta al REP e indica su incapacidad para pagar o pide asistencia para el pago de las facturas, el REP le informara al Cliente de todas las opciones de pago aplicables y los programas de asistencia de pago disponibles para el Cliente y los requisitos de elegibilidad así como los procedimientos pertinentes para aplicar a cada programa. El REP ofrece actualmente los siguientes programas: 1. Plan de Facturación Promedio. El Plan de facturación promedio ( Plan de Facturación Promedio ) le permite al Cliente pagar la factura eléctrica aproximadamente igual todos los meses durante un periodo de doce meses (12) ( Periodo de Plan ). Si el Cliente se inscribe en el programa, el REP: (i) revisara el historial de consumo actual o el consumo estimado del Cliente por el plazo de los últimos doce meses (12); (ii) multiplicara tal consumo por un factor de ajuste del veinticinco por ciento (25%), y (iii) y aplicara el precio promedio actual del Cliente para dicho consumo. Después de calcular las facturas anticipadas del Cliente para el periodo del plan (basado en el consumo del año anterior, con los ajustes, y el precio promedio actual del Cliente), el REP tendrá un promedio de todas las facturas juntas, con el fin de llegar a un monto promedio de factura que el Cliente pagara durante el Periodo del Plan. Las facturas mensuales del Cliente durante el Periodo del Plan mostraran el consumo actual, así como el importe de la factura actual dicho mes. Cualquier diferencia entre el importe real de la factura del Cliente y el importe de la factura promedio también se mostrara en la factura de cada mes durante el Periodo del Plan. Una vez al año, el REP calculará la diferencia entre las cantidades reales de las facturas del Cliente y las cantidades promedio facturadas para determinar si existe una sobrefacturación o una subfacturación durante el periodo de plazo correspondiente. El REP: (i) acreditara la cuenta del Cliente con respecto a cualquier cobro (s) en exceso durante el Periodo del Plan, (ii) cobrara en la cuenta del Cliente cualquier cantidad sub facturada durante el Periodo del Plan; y (iii) recalculara la cantidad promedio de la factura para del Cliente para el periodo del plazo que viene, basándose en los Precios Promedio ajustados por medio del ( True-Up). Como el REP lleva a cabo el True-Up para todos los clientes al mismo tiempo, el True-up inicial del Cliente puede ser por un periodo menor a doce (12) meses. El plan no afectará la obligación de pago del Cliente hacia el REP por todas las cantidades de facturas contraídas durante el Periodo del Plan. Para ser elegible para el Plan de Facturación Promedio del REP, el Cliente no debe estar en mora en los pagos pendientes al REP. El Cliente no será elegible para continuar su participación en el Plan de Facturación Promedio, si el Cliente entra en estado de mora en los pagos al REP durante el Periodo del Plan. Todos los pagos realizados bajo el Plan de Facturación Promedio están sujetos a los términos y procedimientos de esta Sección II, incluyendo el derecho del REP para evaluar las tarifas de última hora y tomar acciones de cobro con respecto a cualquier retraso en los pagos por parte del Cliente. 2. Programa de Asistencia de Pago. El Programa de Asistencia de Pago del REP puede estar disponible para ayudar a los clientes que cumplan con ciertos requisitos, tales como dificultades financieras graves o de incapacidad temporal de hacer los pagos de cantidades adeudadas al REP. El REP ofrece a todos sus clientes la oportunidad de contribuir voluntariamente al Programa de Asistencia de Pago en la factura del Cliente con el fin de ayudar a los clientes que califiquen. La distribución de fondos a través del Programa de Asistencia de Pago no se hará a los clientes con base en raza, credo, Brilliant Energy, LLC Residential Fixed Price Electric Service Agreement Version Page 5 of 18

5 color, origen nacional, ascendencia, sexo, estado civil, fuente legal de ingresos, discapacidad, estado familiar, ubicación del cliente en un área geográfica de depresión económica, o la calificación para el Programa de Reducción de Tasa. 3. Plan de Pago Diferido. Si el Cliente no puede pagar su factura para la fecha de vencimiento, el Cliente debe ponerse en contacto con el REP para determinar si califica para el Plan de Pago Diferido. Bajo el Plan De Pago Diferido del REP, el Cliente puede pagar una factura pendiente en plazos que se extienden más allá de la fecha de vencimiento de la factura actual del Cliente. Incluso si el Cliente no puede pagar su factura en la fecha de vencimiento, el Cliente no será elegible para el Plan de Pago Diferido del REP si el Cliente: (i) se le ha emitido más de dos (2) avisos de desconexión durante el periodo de doce (12) meses previos, o (ii) ha recibido servicio del REP por menos de tres (3) meses, y el Cliente no tiene (a) crédito suficiente o (b) un historial satisfactorio de pago del servicio eléctrico de un REP anterior ( o su proveedor anterior de electricidad). El Cliente será elegible para el Plan de Pago Diferido del REP, a petición del Cliente, si: (i) la fecha de vencimiento de la factura del Cliente se produce durante una emergencia de clima extremo, o (ii) el Cliente ha sido sub-facturado en la cantidad de cincuenta dólares ($50) o más (a menos que sea debido a robo de servicio). Todos los Planes de Pago Diferido deberán ser confirmados entre el REP y el Cliente por escrito, y una copia se proporcionara al Cliente para sus registros. Si el Cliente no cumple con los términos del Plan de Pago Diferido, el REP tendrá el derecho de desconectar el servicio eléctrico del Cliente como se discutio en la Sección VI del presente Acuerdo. 4. Plan de Reducción de Tasas (Programa LITE-UP). Si el Cliente recibe cupones de alimentos o asistencia médica (tales como Medicaid) de la Comisión de Servicios Humanos de Texas ( THHSC ), o si los ingresos totales del hogar del Cliente no exceden el ciento veinticinco por ciento (125%) de las directrices de pobreza, el Cliente puede calificar para el programa de Bajos Recursos de Servicios Telefónicos y Eléctricos de Texas ( LITE-UP ). Si el Cliente califica para el Programa de LITE- UP, el REP proporcionara al Cliente un descuento de tasa de bajos recursos, sujeto a la financiación aprobada por la Legislatura de Texas. Más información sobre el programa de LITE-UP, incluyendo las directrices de inscripción, se pueden encontrar en las reglas del PUCT (véase la PUC SUBST. R o en línea en Para obtener información adicional sobre el Programa de Descuento y los requisitos de elegibilidad, el Cliente también puede ponerse en contacto con el REP. IV. REQUISITOS DE CRÉDITO Y DEPÓSITOS A. Requisitos de Crédito. El REP puede requerir al Cliente demostrar y mantener la solvencia satisfactoria como condición para prestar el servicio eléctrico al Cliente bajo este Acuerdo de conformidad con las políticas de crédito internas de REP aplicadas sobre una base no discriminatoria ( Requisitos de Crédito ). El Cliente autoriza al REP acceder y utilizar información del Cliente con el fin que el REP revise el crédito e historial de pagos del Cliente para determinar si cumple con los requisitos satisfactorios de crédito del REP. Un Cliente se considerará que tiene un crédito satisfactorio y cumple con los requerimientos de crédito del REP si el Cliente: (i) tiene 65 años de edad o mayor y no está atrasado en el pago de cualquier monto adeudado al REP, (ii) presenta una carta de certificación para el REP preparada por el Consejo de Texas sobre la Violencia Familiar que acredite que el cliente es víctima de violencia familiar, en cada caso, como se describe en las reglas del PUCT ( véase PUC SUBST. R (a) (4) o en línea en (iii) puede demostrar que es medicamente indigente con un ingreso familiar igual a o menor al ciento cincuenta por ciento (150%) de las directrices federales de pobreza, o (iv) puede demostrar que el Cliente ha sido un cliente de cualquier otro REP o Proveedor Eléctrico dentro de los dos años anteriores a la solicitud de servicio eléctrico, y no está en mora en el pago de cualquier cuenta de servicio eléctrico, y que durante los doce (12) meses anteriores de servicio, el Cliente se retrasó en el pago de la factura no más de una vez. B. Requisitos de Depósito. Un Cliente nuevo inscribiéndose con el REP será sujeto a pagar un depósito inicial antes de empezar el servicio en la fecha de vigencia si el Cliente no cumple con los requisitos de crédito del REP. Un Cliente existente recibiendo un nuevo producto del REP también puede ser sujeto a pagar un deposito antes de la iniciación del servicio si el Cliente no mantiene los requisitos de crédito del REP; a condición de que, en lo que respecta a los clientes existentes del REP, un deposito no será necesario a menos que: (i) el promedio de facturación real del Cliente durante los últimos doce (12) meses sea por lo menos el doble de la cantidad promedio original de la facturación anual estimada; y (ii) durante los doce (12) meses anteriores, el Cliente se demoró en el pago de un factura más de una vez o bien se le termino o desconecto el servicio por falta de pago. Brilliant Energy, LLC Residential Fixed Price Electric Service Agreement Version Page 6 of 18

6 Durante la vigencia del Acuerdo, el Cliente podrá ser sujeto a pagar al REP un deposito adicional para continuar recibiendo el servicio eléctrico si: (i) el promedio de facturación real del Cliente durante los últimos doce (12) meses es por lo menos doble la cantidad estimada anual del Cliente cuando el Cliente inicio el servicio con el REP, y (ii) un aviso de terminación o desconexión se ha emitido al Cliente o la cuenta del Cliente ha sido desconectada en los doce (12) meses anteriores. El REP puede requerir al Cliente pagar cualquier depósito adicional dentro de diez (10) días después de la solicitud del depósito adicional. El incumplimiento por parte del Cliente de pagar el depósito adicional dentro de dicho periodo de diez (10) días puede dar lugar a la desconexión posterior del servicio eléctrico del Cliente (como se describe en la Sección VI del presente Acuerdo). En ciertas circunstancias, el Cliente puede tener el derecho a constituir una garantía en lugar de un depósito en efectivo de conformidad con las reglas del PUCT (Véase PUC SUBST. R (i) o en línea en La cantidad total de todos los depósitos requeridos a un Cliente bajo este Acuerdo (ya sea un depósito inicial o deposito adicional) no deberá exceder el mayor de: (i) una quinta parte (1/5) de la facturación anual estimada del Cliente, o (ii) la suma estimada de facturación del Cliente para los próximos dos (2) meses. Los depósitos en efectivo devengarán intereses a la tasa especificada por el PUCT si tales depósitos son retenidos por más de treinta (30) días. De acuerdo con las reglas del PUCT (véase PUC SUBST. R (e) (3) o en línea en si el Cliente califica para el Programa LITE-UP, un depósito superior a cincuenta dólares ($50) se podrá hacer al REP en dos (2) pagos iguales. El REP deberá devolver el depósito del Cliente: (i) cuando el Cliente no ha tenido ningún retraso en los pagos de doce (12) facturaciones consecutivas, o (ii) tras el cierre de la cuenta del Cliente y el pago de todas las facturas del Cliente, en cada caso de conformidad con las reglas del PUCT (véase PUC SUBST. R o en línea en Si el REP ya no es el proveedor minorista de electricidad de registro para el Cliente, el REP devolverá el depósito al Cliente lo más pronto posible (más los intereses devengados). V. TERMINACIÓN ANTICIPADA, RESCISIÓN A. Cargo por Cancelación Anticipada. Cuando el Cliente se inscribe con el REP, el Cliente elige el Plazo de aplicación del presente Acuerdo en la LOA y tal Plazo quedará establecido también en el EFL del producto del Cliente. Si el Cliente cancela o termina este Acuerdo antes de la expiración de dicho Plazo (incluyendo un cambio a un nuevo proveedor de electricidad minorista), entonces el Cliente puede deber al REP un cargo de terminación anticipada ( Cargo por Cancelación Anticipada ), que se hará constar en el EFL del Cliente relevante al producto(s) del Cliente. El Cargo por Cancelación Anticipada de un producto de Tasa Fija será de doscientos dólares ($200). No se cobrara un Cargo de Cancelación Anticipada si el Clientes recibe el producto de Tasa Variable que es un producto ofrecido por el REP de mes a mes solo como programa predeterminado por falta de renovación. No obstante lo anterior, si el Cliente: (i) cancela o termina el presente Acuerdo como resultado de una mudanza a otro lugar, y (ii) el Cliente ofrece al REP las pruebas de tal mudanza, como por ejemplo una dirección de reenvió o evidencia razonable de que el Cliente no ocupa la dirección de servicio, el Cliente no estará obligado a pagar al REP cualquier Cargo de Cancelación Anticipada, establecido, sin embargo, el Cliente mantendrá obligación de pagar las cantidades pendientes adeudadas y vencidas al REP en virtud a este Acuerdo. B. Derecho a Rescindir Contrato. SI EL CLIENTE SE CAMBIA A EL REP DE OTRO PROVEEDOR MINORISTA DE ELECTRICIDAD, ENTONCES EL CLINTE TIENE DERECHO A RESCINDIR ESTE ACUERDO SIN PENALIDAD DENTO DE LOS TRES (3) DIAS HABILES FEDERALES DESPUES DE RECIBIR ESTOS TÉRMINOS DE SERVICIO. PARA CANCELAR EL CLIENTE PUEDE CONTACTAR AL REP DE LAS SIGUIENTES MANERAS: (i) (ii) (iii) POR TELÉFONO LAS 24 HORAS AL DIA Y SIETE DIAS POR SEMANA, AL (713) O AL NUMERO SIN COSTO AL (877) ; POR FAX AL (713) ; O POR AL CUSTOMERSERVICE@BRILLIANTENERGYLLC.COM CUALQUIER SOLICITUD DE RESCISION PROPORCIONADA POR FAX O DEBE INCLUIR LA SIGUIENTE INFORMACION: (1) EL NOMBRE DEL CLIENTE, DIRECCION Y TELEFONO: (2) NUMERO DE CUENTA DEL CLIENTE O EL NUMERO DE ESI ID, Y (3) UNA DECLARACIÓN QUE EL CLIENTE DESEA RESCINDIR EL ACUERDO. VI. DESCONEXIÓN Brilliant Energy, LLC Residential Fixed Price Electric Service Agreement Version Page 7 of 18

7 De acuerdo con los términos de este Acuerdo y las reglas del PUCT, el REP puede solicitar la desconexión del servicio eléctrico del Cliente si el Cliente: (i) deja de pagar cualquier cantidad no disputada conforme a la Sección III (o no hace arreglos de pago diferidos con el REP conforme a la Sección III), (ii) deja de pagar un deposito al REP cuando se requiera conforme a la Sección IV (B) del Presente, (iii) viola estos términos y condiciones mediante el uso del servicio de una manera que interfiera con el servicio de energía eléctrica de otros o la operación de equipos no estándar (si un intento razonable se ha hecho para notificar al Cliente y proporcionado una oportunidad razonable para remediar la situación), o (iv) no hace a su fiador ( según corresponda) pagar cualquier cantidad garantizada al REP en virtud del presente Acuerdo ( si el REP tiene un Acuerdo por escrito firmado por el fiador del Cliente que permite la desconexión del servicio del garante) (los acontecimientos en (i) a (iv) cada uno es un Evento de Desconexión ), en cada caso de (i) a (iv) anterior, si el Cliente no remedia el evento de desconexión en o antes de la fecha de desconexión indicada en el Aviso de Desconexión que el REP ofrece al Cliente. Por lo menos diez (10) días antes de desconectar el servicio al Cliente, el REP enviara un notificación apropiada al Cliente ( Aviso de Desconexión ) y una oportunidad para evitar la desconexión remediando el evento de desconexión, ya sea mediante el pago de las cantidades facturadas, el pago de un deposito requerido o de otra manera. Para todos y cada uno de los Avisos de Desconexión enviados al Cliente razonablemente, el REP cobrara un cargo por Aviso de Desconexión de diez dólares ($10). No obstante lo anterior, conforme con las reglas del PUCT, el REP puede desconectar el servicio eléctrico inmediatamente, sin dar previo aviso al Cliente bajo ciertas circunstancias limitadas, tales como la existencia de una condición peligrosa en el local o el robo de servicio (ver PUC SUBST. R (d) o en línea en Por cada instancia cuando el servicio es suspendido o desconectado, se le cobrara al Cliente un cargo de desconexión y reconexión de setenta y cinco dólares ($75) ( Cargo de Desconexión y Reconexión ) por el REP (independientemente de si el servicio es realmente desconectado o vuelto a conectar por el TDU) si: (i) un evento de desconexión no es resuelto por el Cliente en o antes de la fecha de desconexión indicada en la Notificación de Desconexión, o (ii) si el REP es permitido a desconectar de inmediato el servicio al Cliente de conformidad con las reglas del PUCT. Tal cargo de desconexión y reconexión cobrado por el REP es en adición a los cargos de desconexión y reconexión que pueden ser cobrados por el TDU del Cliente y pasados al Cliente como cargos no recurrentes (como se indica en la Sección II de este Acuerdo). Tras la desconexión del servicio del Cliente: (i) el REP tendrá la opción de rescindir el presente Acuerdo mediante notificación al Cliente, (ii) la cuenta del Cliente con el REP puede ser desactivada, y (iii) además de ser responsable de pagarle al REP los honorarios pendientes y los gastos incurridos por el Cliente antes de la desconexión, el Cliente puede ser requerido a volver a solicitar el servicio con el REP y pagar un nuevo depósito para restablecer el servicio con el REP. Si la desconexión del servicio eléctrico del Cliente va a crear una condición peligrosa o potencialmente mortal, el Cliente puede calificar como Cliente Residencial de Atención Critica conforme a las reglas del PUCT (véase la PUC SUBST. R en línea en A petición del Cliente, el REP le proporcionara al Cliente un Formulario de Elegibilidad Estandarizado de Cuidado Critico, que el Cliente debe completar y devolver al REP. La solicitud de cuidados intensivos será evaluada y aprobada por el TDU del Cliente, el Cliente puede apelar dicha determinación al TDU. Si el Cliente no está satisfecho con los resultados de dicha apelación, el Cliente puede presentar una queja ante el PUCT. Si la solicitud del Cliente de cuidados intensivos es aprobada, la designación es válida por un (1) año, y el REP le enviara al Cliente una solicitud de renovación antes del vencimiento de la designación del Cliente. La clasificación como Cliente Residencial de Cuidados Intensivos NO libera al Cliente de la obligación de pagar al REP por los servicios eléctricos suministrados. Sin embargo, un Cliente Residencial de Cuidados Intensivos que necesite asistencia para el pago deben ponerse en contacto con el REP inmediatamente con respecto a las posibles opciones de pago diferido, desconexión diferida del servicio eléctrico del Cliente Residencial de Cuidados Intensivos y otros tipos de asistencia que pueden ser ofrecidos al Cliente Residencial de Cuidados Intensivos (como se describe aquí y en las reglas del PUCT). VII. RENOVACIÓN DE SERVICIO Si el Plazo del Acuerdo del Cliente es mayor de treinta y un (31) días, el REP deberá proporcionar al Cliente por escrito un aviso de vencimiento del contrato por lo menos treinta (30) días antes del final del Plazo inicial del Cliente. En concreto, el REP deberá presentar un aviso por escrito de vencimiento del contrato a los Clientes Residenciales por lo menos treinta (30) días, pero no mayor de sesenta (60) días, antes del final del plazo inicial de un Cliente Residencial, de acuerdo con las reglas del PUCT (véase la PUC SUBST. R (e) en línea en En cualquier momento después que el REP envía un aviso de vencimiento del contrato, pero antes de la expiración del Plazo inicial del Cliente, el Cliente puede ponerse en contacto con el REP para renovar el Acuerdo mediante la negociación de un nuevo Plazo basados en los productos entonces actuales del REP. Si el Cliente no toma las medidas para garantizar la recepción continua de servicio eléctrico al por menor del REP antes de la expiración del Plazo inicial del Cliente, el Cliente continuara siendo atendido por el REP automáticamente mediante un producto de renovación predeterminado. El producto predeterminado de renovación será un producto Tasa Variable de mes a mes (como se describe en la Sección II (C) (3) del presente), el cual puede ser cancelado por el Cliente en cualquier momento sin penalización. Nada de esto previene al Cliente de negociar un nuevo Acuerdo para recibir los productos entonces existentes del REP mientras el Cliente recibe el producto predeterminado de renovación de mes a mes de Tasa variable. Brilliant Energy, LLC Residential Fixed Price Electric Service Agreement Version Page 8 of 18

8 VIII. NEGACION DE SERVICIO; ANTIDISCRIMINACION El REP puede negarse a prestar el servicio a un Cliente por una o más de las razones especificadas en las reglas del PUCT (véase la PUC SUBST. R (a) en línea en Si el REP niega el servicio al Cliente, el REP deberá notificar por escrito al Cliente de la razón(es) por la cual se negó el servicio. Sin embargo, el REP no podrá negar el servicio o exigir un pago por adelantado o un depósito para el servicio basado en la raza del Cliente, credo, color, origen nacional, ascendencia, sexo, estado civil, fuente legal de ingresos, nivel de ingresos, discapacidad, estado familiar, ubicación de un Cliente en una área geográfica afligida económicamente, o calificación de servicios de eficiencia energética o de bajos ingresos. El REP no podrá utilizar el puntaje de crédito, historial de crédito, o los datos de pago de servicios públicos como la base para determinar el precio por el servicio eléctrico para un Producto con un Plazo de doce (12) meses o menos. IX. FUERZA MAYOR Si el REP no es capaz de llevar a cabo, en todo o en parte, sus obligaciones en virtud del presente Acuerdo (incluido el suministro del servicio eléctrico), como resultado de Fuerza Mayor, entonces las obligaciones del REP que a continuación son afectadas por Fuerza Mayor deberán ser excusadas de la medida y por la duración de dicha Fuerza Mayor. El REP deberá adoptar medidas razonables para remediar la causa o el efecto de la Fuerza Mayor lo más pronto posible y reanudar el cumplimiento de este Acuerdo. Para los propósitos del presente Acuerdo, Fuerza Mayor se entiende todo acto o evento que está más allá del control razonable y sin culpa o negligencia del REP. Fuerza Mayor incluye, pero no se limita a, un acto de Dios, disturbios laborales, el acto de un enemigo público, terrorismo, guerra, insurrección, disturbio, embargo, fuego, tormenta, rayos, inundaciones, explosión, rotura o mantenimiento que requiera maquinaria o equipos, accidentes, actos de cualquier tribunal u otra entidad gubernamental ( incluyendo pero no limitado al PUCT o ERCOT), la imposibilidad de acceder a los sistemas del TDU o ERCOT; incumplimiento por parte del TDU o ERCOT, incumplimiento de cualquier entidad que afecta el presente Acuerdo, incluyendo pero no limitado a los agregadores, otros proveedores minoristas de electricidad, las entidades habilitadas de planificación y los respectivos empleados y agentes de dichas entidades, una orden de restricción, regulación o restricción impuesta por la autoridad civil del gobierno, la autoridad civil o militar establecida legalmente, y cualquier otra condición más allá del control y sin culpa del REP. X. DISPOSICIONES DIVERSAS A. Avisos e Información de Contacto. La información de contacto del Cliente se establece en la LOA, y el REP deberá proporcionar todos los avisos del Cliente a la lista designada por el Cliente en la LOA. Es responsabilidad del Cliente ponerse en contacto con el REP (como se describe aquí) si alguna información de contacto del Cliente cambio a fin de garantizar que el Cliente sigua recibiendo facturas y otros avisos del REP que le serán proporcionados en virtud del presente Acuerdo. El Cliente puede ponerse en contacto con el REP conforme a la información que se establece a continuación: (i) Por Teléfono: Representantes de servicio al Cliente del REP están disponibles por teléfono al (713) o llamando sin costo al (877) de Lunes a Viernes entre las horas de 8:00 am a 5:00 pm CST; (ii) Por Fax: El Cliente puede ponerse en contacto con el REP a través de fax al (713) ; (iii) Por El Cliente puede ponerse en contacto con el REP a través del en customerservice@brilliantenergyllc.com; (iv) (v) Por Correo: El Cliente puede enviar avisos u otra correspondencia al REP a Brilliant Energy, LLC, 800 Wilcrest Dr., Ste. 109, en Houston, Texas El Cliente debe enviar todos los pagos adeudados al REP en virtud del presente Acuerdo a Brilliant Energy, LLC, PO Box , Dallas, Texas , o Sitio Web: El Cliente puede visitar el sitio web del REP para obtener información general acerca del REP y la información del producto en línea en Todas las notificaciones que deban presentarse por escrito en virtud del presente Acuerdo serán entregadas: (i) a través de correo electrónico, (ii) mediante entrega directa, (iii) por el Servicio Postal de Estados Unidos, o (iv) por Federal Express o un servicio similar de entrega al día siguiente. Todas las notificaciones por escrito en virtud del presente Acuerdo se consideraran entregadas en la fecha de recepción por el destinatario de la notificación. Brilliant Energy, LLC Residential Fixed Price Electric Service Agreement Version Page 9 of 18

9 B. Reporte de Apagones o Emergencias. Para reportar interrupciones del servicio eléctrico, cortes, o las situaciones de emergencia, el Cliente deberá llamar al teléfono correspondiente del TDU del Cliente especificados a continuación. El Cliente también puede llamar al REP veinticuatro (24) horas al día, siete (7) días a la semana, al (877) El TDU del cliente conserva la responsabilidad de la confiabilidad del suministro eléctrico, según lo establecido en las tarifas del TDU, aprobadas por el PUCT. El TDU también es responsable de las líneas de transmisión, medidores y datos de medidores, y la calidad de energía que entra en la Dirección del Servicio: (i) AEP Texas Central Company ( AEP Central ) al (866) ; (ii) AEP Texas North Company ( AEP North ) al (866) ; (iii) CenterPoint Energy ( CenterPoint ) al (713) or (800) ; (iv) Oncor Electric Delivery Company ( Oncor ) al (888) ; o (v) Texas-New Mexico Power Company ( TNMP ) al (888) C. Quejas de los Clientes. Si el Cliente tiene alguna disputa o queja sobre el REP o el presente Acuerdo, el Cliente puede ponerse en contacto con el REP mediante el uso de cualquiera de los métodos previstos en la Sección X (A) anterior. Si el Cliente no está satisfecho con la respuesta del REP a la denuncia o queja, el Cliente puede ponerse en contacto con el PUCT. El Cliente no estará obligado a pagar las cantidades en disputa y Brilliant, no dejara de suministrar el servicio eléctrico al Cliente, mientras que una queja está pendiente con el PUCT. El Cliente puede ponerse en contacto con el PUCT de la siguiente manera: Comisión de Servicios Públicos de Texas División de Protección al Cliente P.O. Box Austin, Texas Teléfono: (512) Línea sin costo: (888) Fax: (512) Dirección de correo electrónico: customer@puc.state.tx.us Dirección del sitio web en Internet: TTY: (800) D. Requisitos del Idioma Español. El REP deberá entregar una copia del Acuerdo al Cliente en Ingles a menos que el Cliente elija lo contrario en la LOA y prefiera recibir la información del REP en Español. Para recibir una copia de este Acuerdo en Español, el Cliente puede ponerse en contacto con el REP al (713) o llame sin costo al (877) de lunes a viernes entre las horas de 8:00 am a 5:00 pm CST. E. Limitación de Responsabilidad. CLIENTE ACEPTA QUE EVENTOS DE FUERZA MAYOR PUEDEN OCASIONAR LA INTERRUPCION DEL SERVICIO DEL CLIENTE Y QUE EL REP NO SERA RESPONSABLE ANTE EL CLIENTE POR ESAS INTERRUPCIONES. EL CLIENTE TAMBIEN ACEPTA QUE: (1) EL REP NO SE HACE RESPONSABLE DE LA GENERACION DE ELECTRICIDAD DEL CLIENTE O DE TRANSMITIR O DISTRIBUIR ELECTRICIDAD A LA DIRECCION DE SERVICIO DEL CLIENTE(ES) Y (2) EL REP NO SE HACE RESPONSABLE CON RESPECTO A LOS SERVICIOS DE TERCEROS PROPORCIONADOS AL CLIENTE. EN LA MEDIDA EN QUE NINGUNA DE LAS PARTES SE HACE RESPONSABLE POR DAÑOS A LA PRESENTE OTRA PARTE, ENTONCES, SALVO A LAS DISPOSICIONES EXPRESADAS DE LO CONTRARION AQUÍ, DICHOS DAÑOS ESTARAN LIMITADOS A DAÑOS DIRECTOS REALES COMO UNICO Y EXCLUSIVO REMEDIO DE LA PARTE, Y CADA PARTE RENUNCIA A TODOS LOS OTRO RECURSON EN LA LEY O EN EQUIDAD. SALVO LO INDICADO EXPRESAMENTE EN EL PRESENTE ACUERDO, NINGUNA DE LAS PARTES SERA RESPONSABLE POR DAÑOS INDIRECTOS, ESPECIALES, PUNITIVOS, DAÑOS EJEMPLARES O INDIRECTOS, INCLUYENDO PERDIDA DE GANANCIAS O INTERRUPCIONES DE NEGOCIO, YA SEA EN AGRAVIO, CONTRATO O DE OTRA MANERA. ESTAS LIMITACIONES SERAN INDEPENDIENTEMENTE DE LA CAUSA, INCLUYENDO LA NEGLIGENCIA DE CUALQUIERA DE LAS PARTES. Y SI EN LA MEDIDA QUE CUALQUIER PAGO QUE SE DEBA REALIZAR EN VIRTUD DE ESTE ACUERDO Brilliant Energy, LLC Residential Fixed Price Electric Service Agreement Version Page 10 of 18

10 SE CONSIDERARA QUE CONSTITUYE COMO INDEMNIZACION, LAS PARTES RECONOCEN Y ACCEPTAN QUE TALES DAÑOS SON DIFICILES O IMPOSIBLES DE DETERMINAR Y QUE DICHO PAGO PRETENDE SER UNA APROXIMACIÓN RAZONABLE DE LA CANTIDAD DE LOS DAÑOS Y NO UNA PENALIDAD. F. Representaciones y Garantías. El REP garantiza que la electricidad vendida en virtud de este Acuerdo, deberá cumplir con los estándares de calidad del TDU aplicable al Cliente y que estará suministrada por una variedad de fuentes. EL REP NO HACE NINGUNA REPRESENTACION O GARANTÍAS MAS QUE LAS EXPRESADAS EN ESTE ACUERDO, Y EXPRESAMENTE RENUNCIA A CUALQUIER OTRAS GARANTÍAS EXPRESADAS O INSINUADAS, INCLUYENDO PERO NO LIMITADO A LAS GARANTÍAS DE COMERCIALIZACIÓN O APTITUD PARA UN PROPÓSITO PARTICULAR. El Cliente declara y garantiza que está entrando a este Acuerdo como principal y no como un agente de tercero y que la persona que firma este Acuerdo en nombre del Cliente (si aplica) tiene la autoridad para obligar al Cliente a este Acuerdo. Cada Parte reconoce y acepta que este Acuerdo constituye un Contrato de Futuros y que el REP es un comerciante de contrato de futuros como dichos términos se definen en el Código de Bancarrota de los Estados Unidos (véase el Código de Bancarrota del EE.UU. disponible en línea en G. Título, Riesgo de Pérdida e Indemnidad. El Cliente se considerara que está en control exclusivo (y responsable de cualquier daño o perjuicio causado de este modo) de la electricidad después de que llegue al medidor de electricidad del Cliente. El título y riesgo de pérdida relacionada con la electricidad deberá transferirse del REP al Cliente en el punto donde las instalaciones del TDU interconectan con el medidor del Cliente. El Cliente deberá indemnizar, defender y mantener indemne al REP de cualquier y todo reclamo por cualquier pérdida, daños o lesiones a personas o propiedades, incluyendo, sin limitación, todos los daños consecuenciales, ejemplares, o punitivos que surjan o relacionados con cualquier acto o incidente que se produzca después que el título de la electricidad ha pasado al Cliente. H. Asignación. El presente Acuerdo será vinculante y redundara en beneficio de, y puede ser realizado por los sucesores y cesionarios de las Partes, excepto que no habrá asignación, empeño u otro tipo de transferencia del Acuerdo por el Cliente para liberar al cedente, deudor prendario, o cedentes de cualquiera de sus obligaciones en virtud del Acuerdo. El Cliente no podrá asignar este Acuerdo sin el consentimiento previo por escrito del REP, dicho consentimiento no será negado irrazonablemente. No obstante cualquier otra disposición de este Acuerdo, el Cliente acepta que el REP tiene el derecho de asignar el Acuerdo, junto con todos los derechos y obligaciones de este Acuerdo, al proveedor de electricidad del REP (o tal designado por dicho proveedor) o a sus bancos u otros prestamistas en relación con sus actividades de financiación, o para cualquier otro proveedor de electricidad al por menor. Nada en esta disposición le negara al REP o al Cliente los beneficios obtenidos, o liberará de sus obligaciones, deberes y responsabilidades incurridas, con anterioridad a cualquier cesión de este Acuerdo de conformidad con esta Sección. I. Enmienda. El REP puede hacer cambios a los términos de este Acuerdo y/o al precio de los productos suministrados al Cliente sólo de acuerdo con las reglas del PUCT (véase la PUC SUBST. R (d) en línea en Para cambios en los términos de servicio de Clientes, el REP deberá presentar al Cliente notificación por escrito por lo menos con catorce (14) días de antelación de la fecha que cualquier cambio entre en vigor (a menos que el cambio sea beneficioso para el Cliente o la notificación no sea necesaria). Si los nuevos términos no son aceptables para el Cliente, entonces dentro de los catorce (14) días siguientes a la fecha en que el REP envió tal aviso de cambio de contrato, el Cliente podrá dar por terminado este Acuerdo sin penalidad mediante una notificación de terminación al REP. J. Elección de Ley y Jurisdicción. Este Acuerdo y todos los documentos relacionados, se rigen, interpretan y aplican de acuerdo con las leyes del Estado de Texas, sin tener en cuenta los principios de conflicto de leyes. Jurisdicción y Sede exclusiva para cualquier controversia que surja de o se relacione con este Acuerdo será asignado a los tribunales estatales del condado de Harris, Texas, o los tribunales federales en el Distrito Sur de Texas, que tienen jurisdicción sobre dicha acción (y cada una de las partes renuncia a cualquier derecho a objetar la sede en este respecto). K. Renuncia a Juicio de Jurado. CADA PARTE RENUNCIA, EN LA MEDIDA MÁXIMA PERMITIDA POR LA LEY APLICABLE, A CUALQUIER DERECHO QUE PUEDA TENER A UN JUICIO POR JURADO EN LO QUE RESPECTA A CUAQUIER DEMANDA, ACCION, O PROCEDIMIENTO RELACIONADO CON ESTE ACUERDO. Brilliant Energy, LLC Residential Fixed Price Electric Service Agreement Version Page 11 of 18

11 L. No Renuncia. Ninguna renuncia por cualquiera de las Partes de cualquier falta o incumplimiento de la otra Parte en virtud del Acuerdo se interpretará como una renuncia de una falta o incumplimiento futuro de la otra Parte, ya sea de un carácter similar o diferente. M. Divisibilidad. Si alguna disposición de este Acuerdo se declarara inválida o inaplicable por un tribunal de justicia o de cualquier agencia reguladora que tenga jurisdicción, dichas decisiones no afectaran la validez o exigibilidad de las restantes partes de este Acuerdo, y esas porciones restantes permanecerán en vigor, como si el Acuerdo hubiera sido ejecutado sin las disposiciones inválidas o inejecutables. En el caso que alguna disposición de este Acuerdo fuera declarado como invalida o inaplicable, las Partes deberán inmediatamente negociar para restablecer los términos de este Acuerdo lo más cercano posible a su intención y efecto original. N. Supervivencia de Obligaciones. Las Partes reconocen y acuerdan expresamente que las Secciones III, IV, V, VII, X (E), X (G), X (J) y X (K) seguirán vigentes tras la terminación o expiración del Acuerdo. O. Acuerdo Completo. El presente Acuerdo (y todos los anexos o documentos relacionados con el mismo) constituyen el Acuerdo completo entre las Partes en relación con el objeto del mismo. Cualquier otro Acuerdo, oral o escrito, entre las Partes en relación a la materia de este Acuerdo quedan sustituidos por el mismo. Brilliant Energy, LLC Residential Fixed Price Electric Service Agreement Version Page 12 of 18

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