RÉGIMEN GENERAL DEL DERECHO DE LA PUBLICIDAD Y LAS RELACIONES PÚBLICAS.
|
|
- Tomás Serrano Rojas
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 TEMA 2 RÉGIMEN GENERAL DEL DERECHO DE LA PUBLICIDAD Y LAS RELACIONES PÚBLICAS. PRINCIPIOS GENERALES DEL RÉGIMEN JURÍDICO DE LA PUBLICIDAD Y LAS RELACIONES PÚBLICAS Principios básicos: sirven de pauta/orientación para los que tengan que organizar la relación jurídica. Es para cuando se tengan dudas, saber lo que hacer. Legalidad: la necesidad de que toda actividad publicitaria y de relaciones públicas se ajuste a los principios y a los criterios establecidos por la legislación vigente. En el caso concreto de la Publicidad y Relaciones Publicases especial en cuanto a que la ley establece ciertas restricciones a la libertad de expresión y de comunicación consagradas en la Constitución (art. 20/4: existe libertad de expresión en el mundo de la comunicación salvo que no esté limitada por otra ley que se considere prioritaria. Debe ser un derecho fundamental). En el terreno de la Publicidad (art.8 LGP): pueden establecerse restricciones y limitaciones a los mensajes publicitarios por otras razones que no están considerados como derechos fundamentales por la Constitución. Ej: los que son perjudiciales para la salud (tabaco, alcohol...), patrimonio de las personas (loterías, quinielas,...). Veracidad: la Publicidad debe ser siempre cierta y verdadera. Está prohibida la falsedad y el engaño. En consecuencia, el ideal a perseguir es que todos los anuncios sean ciertos y respondan a la idea de verdad ( la idea de verdad es absoluta y muchas veces no es posible decir la verdad completa: no puede ser una acta empresarial porque siempre hay un margen de subjetividad). No se dice que la Publicidad se rija por el principio de verdad, se dice que se rige por el principio de veracidad = que el mensaje no engañe al destinatario sin necesidad de ser un fiel reflejo de la realidad. No tiene que tener ningún componente engañoso. El anunciante debe esforzarse en evitar que el mensaje pueda inducir a error o engaño a los destinatarios. El lado negativo del principio de veracidad es la publicidad engañosa. Autenticidad: también llamada identificación. Impone que el anuncio no pueda inducir a error o engaño del destinatario por la apariencia externa del mensaje. En Veracidad se requiere el engaño por lo que dice o deja de decir el mensaje. En Autenticidad el engaño se refiere a algún elemento visual. (Ej: un anuncio que intenta pasar por reportaje sin decir que es un anuncio). Libre Competencia: se desprende de la propia Constitución (art. 38: estamos en una Economía de Mercado que se rige por la libertad de empresa. Se caracteriza fundamentalmente por el principio de libre competencia. Ya no hay monopolios en España). El mensaje publicitario no debe contener elementos de una competencia desleal. El empresario tiene derecho a jugar sus bazas legales para mejorar su posición en el mercado a costa de sus competidores. No puede utilizar técnicas ilícitas para subir posiciones. Podemos encontrar también otros principios que son para campos más amplios pero que también sirven para la Publicidad: Pro communicatione: cuando exista alguna duda de interpretación de una norma (Ej: contrato) se tendrá en cuenta preferentemente la solución más favorable al proceso comunicativo. En principio la libertad de expresión es un derecho como tal y hay que favorecerlo. A favor del consumidor: en el mundo del consumo (dentro está también el publicitario). También hay leyes para apoyar al consumidor porque es la parte más débil y el derecho debe protegerlo. Las relaciones de consumo intentan ser favorables al consumidor. Esto no quiere decir que siempre se apoyará al consumidor pero sí que tiene una situación de ventaja sobre el que le propone una venta, etc. A favor del adherente: ley que establece las condiciones de contratación a las que se deben someter las personas que hacen los contratos. El contrato de adhesión es aquel en el que una de sus partes impone todas sus condiciones a la otra. Al que propone las condiciones la ley lo llama el profesional y 1
2 el que acepta o no es el adherente. Esa ley de contratación contiene un principio: habrá que interpretar las condiciones del contrato y se estará a favor del más débil (adherente). EL MENSAJE PUBLICITARIO DESDE LA ERSPECTIVA JURÍDICA El mensaje, según el artículo 2 LGP (pag. 147 Legislación Básica sobre Publicidad y Relaciones Públicas) Toda forma de comunicación: se resalta el carácter comunicativo: emisión de un mensaje desde un emisor hacia un receptor. Es comunicación pública. Aquí vale toda técnica comunicativa (instrumento a través del cual se hace la comunicación). Realizada por una persona física/jurídica ; pública/privada: persona física es todo ser humano. Para actividades que requieren mucha actividad, el derecho reconoce a ciertas organizaciones la condición de persona. El Derecho les da personalidad jurídica. Ej: sociedad mercantil. Pero también hay otras fórmulas como las cooperativas. El capital ya no es de una sola persona sino que es de toda la sociedad. El administrador de la sociedad cuando firma un documento lo hace en nombre de la sociedad (sociedad anónima laboral: sociedad formada por socios capitalistas, que ponen el dinero, y los socios laborales que son los que trabajan. Estos últimos forman parte de la sociedad y aportan dinero como si fuese capital. El derecho se divide en público (derecho propio de las instituciones de Estado). Todos los ministerios forman una sola persona jurídica. La administración del Estado, para cubrir ciertos sectores, crea personas jurídicas (ej: RENFE). A nivel autonómico sucede lo mismo (ej: en la Comunidad Valenciana el gobierno valenciano y todas sus Consellerías conjuntamente es una sola persona jurídica. También crea personas jurídicas para diferentes sectores. Luego sucede lo mismo en provincias, ciudades, etc. Todo este conjunto que pertenece al Estado en sentido amplio son personas de carácter público. El resto de los ciudadanos son personas de carácter privado. El mensaje recae siempre sobre una actividad comercial, artesanal o profesional. Estos sectores son los que se anuncian pero no son los únicos. Con el fin de promover. El mensaje intenta promover a favor de La técnica promocional puede ser de forma directa o indirecta salvo que esa técnica indirecta está prohibida (ej: anuncios indirectos del tabaco). El objeto de la contratación pueden ser bienes muebles o inmuebles, servicios, derechos y obligaciones (tiene que recaer sobre actividad comercial, industrial, artesanal o profesional). Quedan excluidos las instituciones (anuncios de tráfico, contra la quema de bosques, etc. No está creados para tratamiento comercial), ideológicos (ideología política, religiosa..), sin ánimo de lucro (utilizan los medios de comunicación para sus campañas. Su finalidad es recaudar fondos pero no se fomenta la compra de ningún producto), electorales, redaccionales y de relaciones públicas (se nos comunican valores, imagen...)están excluidas del art. 2 de la LGP Art. 9 LGP: los anteriores quedan incluidos a efectos de contratación. En definitiva, la LGP hace distinción entre mensaje comercial y no comercial a efectos de contenido: si es ilícito o no. Hay que valorar si es engañoso. Subliminal... Art. 3 Ley de Televisión sin fronteras (pag. 103): también son publicidad los mensajes emitidos para promover determinadas actitudes o comportamientos. Conclusión: hay que entender que desde el punto de vista jurídico es mensaje publicitario cualquier anuncio que tenga fin comercial o no comercial. La laguna legal para los mensajes no comerciales queda cubierta por el artículo 3 de la LGP y el art. 20 de la Constitución. Tipología de los mensajes (desde punto de vista jurídico): La publicidad es un tipo de mensaje que tiene un elemento persuasivo importante. En principio parece 2
3 que tenga un elemento objetivo y otro subjetivo (muy importante en la publicidad). El anuncio no se agota en la subjetividad, también tiene un elemento informativo (basa su persuasión en un elemento objetivo). Tipología: Objetivos: el elemento de valoraci9ón es objetivo. Tiene veracidad. Subjetivos: se valora teniendo en cuenta otros elementos. Es más difícil demostrar si es verdadero o falso, leal o desleal, etc. Mixtos: mezcla de las dos anteriores. RERQUISITOS Y ELEMENTOS DEL MENSAJE PUBLICITARIO. Requisitos según Santaella: Naturaleza comunicativa: consiste en trasladar al destinatario una idea a través de un medio de comunicación adecuado al fin pretendido. La comunicación publicitaria participad de la naturaleza comunicativa. Carácter persuasivo: el mensaje publicitario no se reduce a informar de una manera desinteresada y objetiva al destinatario, sino que trata de persuadirle para que adopte una actitud coherente con la propuesta que se le hace (que compre un producto, contrate un servicio o adopte una actitud que tenga interés social general). Con arreglo a una técnica propia: desde la composición al contenido de los productos es diferente a la que presentan otros mensajes en televisión, radio... Difundido a través de medios publicitarios mediante una contraprestación económica: medios de comunicación tradicionales (televisión, radio) o medios específicamente publicitarios (vallas de publicidad exterior, etc.). por la inserción de la publicidad se paga un precio porque es una actividad productiva. Diferenciados de otros tipos de mensajes: bien por características creativas, por la forma de emitirlo o publicarlo... Esta diferenciado, lo cual no quiere decir que estén claramente diferenciados (publicidad encubierta) pero es lo que se debe hacer. Requisitos según Baró: Interesado: no necesariamente que el anunciante tenga un interés económico, también puede ser un interés ideológico, político, religioso, etc. Siempre hay un interés, no hay ninguna excepción. Incitador: es igual a persuasivo. Trata de incitar al destinatario para que actúe según los intereses del anunciante. Público: el anuncio tiene un destinatario público y colectivo. No se lanza a una persona en particular, pero se puede lanzar también individualmente. Si llaman a muchas personas y les cuentan lo mismo si que se considera publicidad pero si va sólo para ti no lo es. Elementos básicos según Carrasco: Proceso comunicativo: proceso que se desprende del carácter estrictamente comunicativo. Carácter suasorio: es lo mismo que persuasivo. Trata de convencer al destinatario para que participe de la misma opinión del emisor. Destinatario colectivo o indeterminado: todo mensaje publicitario puede estar predeterminado para cierto sector de la población pero lo puede ver cualquiera. Conclusión: (teniendo en cuenta las anteriores opiniones y la LGP). Elementos esenciales del mensaje publicitario: Naturaleza comunicativa pública: la comunicación siempre debe ser pública para que el mensaje sea publicitario. Mediante medios masivos o medios privados 3
4 utilizados con el fin de comunicación pública (teléfono, correo, etc.). implica un destinatario universal. Carácter incitador o suasorio: Universalidad potencial del emisor o anunciante: cualquier persona puede ser anunciante. Su objeto puede ser tanto la contratación de bienes y servicios, como la promoción de ideas: igual de anuncio es ofertar productos que ofertar ideas. Realizado con arreglo a unas técnicas o medios específicos: forma de hacer los anuncios y que la gente los reconozca con facilidad. En ocasiones no son la técnicas por lo que reconocemos los anuncios, también se reconocen por su ubicación en los soportes LAS FUENTES DEL DERECHO DE LA PUBLICIDAD Y LAS RELACIONES PÚBLICAS. Las fuentes del derecho son los distintos tipos de normas que rigen en un lugar en un momento determinado de la sociedad. Tipos de normas: Directas: las que son vinculantes/obligatorias (son las que hay que tener en cuenta): Ley (es la hegemónica) Costumbre (es supletoria de la ley). Práctica que se viene repitiendo a lo largo del tiempo y tiene acepción social. Se suele dar en sociedades rurales con poca tecnología. Principios Generales del Derecho: son principios, ideas generales que sirven para orientar a los operadores jurídicos en la resolución de negocios, contratos... Indirectas: no son vinculantes. Son un factor informativo que se pueden tener en cuenta o no. jurisprudencia: doctrina que se desprende de las sentencias de los tribunales de justicia en casos anteriores similares al presente. Doctrina de los autores: las ideas que manifiestan los expertos en la materia y que también se aportan a los juicios como un elemento más que pueda influir en los juicios. La Ley: Características: Tiene carácter escrito y está publicado en un periódico oficial (BOE). Tiene carácter de aplicación general. Tiene carácter vinculante, es obligatorio su cumplimiento. Las leyes son dictadas por autoridades públicas que están autorizadas para hacerlo. Hay multitud de normas diferentes. Estas son las más importantes: Constitución: La base de todas las leyes es la Constitución porque regula las cuestiones básicas que rigen la convivencia de los ciudadanos de un país. En ella se establecen los derechos fundamentales de los ciudadanos (se incluye también la libertad de expresión para que haya libertad de comunicación. Hay varios artículos sobre la actividad comunicativa, 4
5 incluida la Publicidad) Tratados internacionales: Son las normas que se adoptan para dos o más Estados. Bilaterales: dos partes (ej: España y Francia) Multilaterales: intervienen más de dos Estados. Pueden ser de carácter mundial o universal, formado por tres países, sólo países europeos,... En el plano europeo: Unión Europea: es el más importante en este nivel porque no es un organismo especializado, es un macroestado que se ocupa de muchas cosas. La legislación europea se compone de: Tratados funcionales: es como la Constitución de un país. Derecho derivado: sacan leyes europeas que pueden ser: Reglamentos: similar a las leyes de un país. También se publica en el periódico de la Unión Europea. Directivas: es más complejo. La U.E. está formada por quince países y es necesario flexibilizar la norma para que se adapte a las peculiaridades de cada país. Consejo de Europa: es un organismo interestatal (miembros con Estados). Es un organismo especializado en la protección de los derechos humanos y en la promoción de la democracia. leyes orgánicas: son más importantes que las ordinarias porque se ocupan de las cuestiones más relevantes. Fundamentalmente nos referimos a dos cuestiones: se ocupan de regular las instituciones básicas del Estado (desde la forma del Estado: República/Monarquía) y órganos propios del Estado (como se organiza el Parlamento..). la regulación y desarrollo de los derechos fundamentales recogidos en la Constitución (la Constitución sólo las nombra pero no las regula). Una ley orgánica necesita la mayoría absoluta. Para una ley ordinaria basta con la mayoría simple. La ley orgánica se ocupa de unas materias determinadas y lo otro pasa a leyes ordinarias. leyes ordinarias: son el resto de las leyes que se hacen. No hay un solo 5
6 Parlamento, hay 18 (uno por cada comunidad autónoma y el Parlamento Central). Pueden proceder de cualquiera de estos Parlamentos. Si una comunidad autónoma saca una ley ordinaria ésta sólo se rige en dicha comunidad. Hay dos excepciones de leyes (las hace el Gobierno): Decreto ley: es una norma que aprueba el Gobierno por razones de urgencia. Tiene vigencia por un mes. Si se quiere que rija más de un mes tiene que convalidarlo el Parlamento. Decreto legislativo: (tiene dos supuestos) Texto articulado: se produce cuando una materia se considera que es tan compleja que el Parlamento no tiene medios para regularla adecuadamente. El texto que hace el Gobierno está articulado por las bases del Parlamento. Texto refundido: los artículos de una ley son remodelados por necesidad. Cuando ya está muy cambiado el Parlamento le dice al Gobierno que lo vuelva a refundir con la condición de no cambiar las leyes, no puede poner nuevas condiciones. Reglamento: Las leyes no profundizan en las materias. El Gobierno está autorizado por la ley para profundizar en las materias mediante reglamentos. Son normas inferiores a la ley que viene del poder ejecutivo. Desarrollan las bases establecidas en las leyes. Las personas que pueden realizar reglamentos son: el Gobierno, ministros y cargos directivos de cada Ministerio. Los reglamentos tienen un orden jerárquico que va en función del orden jerárquico del cargo que ha realizado el reglamento. 6
7 Hay distintos tipos de reglamentos: Real Decreto (es Real si s formulada por la Administración Central). Es la más importante. Si el decreto es formulado por una administración autonómica se llama Decreto. Orden ministerial (realizada por el ministro de un ministerio) y Orden de Consellería (CC.AA.) Resoluciones, circulares, etc.: ej: la Dirección General de Tráfico. Ordenanzas de las administraciones locales: Las hacen los ayuntamientos de cada ciudad. Cada uno tiene unos criterios y cada población tiene unas ordenanzas. Criterios de aplicación (para ayudarnos a aplicar la normativa aplicable). Temporal: la ley posterior prevalece sobre la anterior. Jerárquico: la norma superior prevalece sobre la inferior. De especialidad: la ley que esté más especializada sobre el asunto a juzgar prevalecerá sobre la que no es tan especializada aunque también hable de ese asunto. La ley siempre predomina sobre el decreto. 7
8 DERECHO PUBLICITARIO 10 8
COMENTARIO A LEY 20/2007, DE 11 DE JULIO, DEL ESTATUTO DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO, SOBRE ASPECTOS DE LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL
COMENTARIO A LEY 20/2007, DE 11 DE JULIO, DEL ESTATUTO DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO, SOBRE ASPECTOS DE LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL 1.- LA SITUACIÓN DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS
Más detallesLas Relaciones Públicas en el Marketing social
Las Relaciones Públicas en el Marketing social El marketing social es el marketing que busca cambiar una idea, actitud o práctica en la sociedad en la que se encuentra, y que intenta satisfacer una necesidad
Más detallesPARA COMERCIANTES Y AUTÓNOMOS. INFORMACIÓN SOBRE TARJETAS DE CRÉDITO.
PARA COMERCIANTES Y AUTÓNOMOS. INFORMACIÓN SOBRE TARJETAS DE CRÉDITO. QUÉ DEBES SABER CUANDO ACEPTAS UNA TARJETA COMO FORMA DE PAGO EN TU ESTABLECIMIENTO? Hace ya muchos años que la mayoría de las microempresas
Más detallesGabinete Jur?dico. Informe 0147/2013
Informe 0147/2013 Se consulta si resulta conforme a lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal, el acceso por el consultante, compañía de seguros,
Más detallesPublicar datos de carácter personal en la web supone tratamiento automatizado de datos y exige consentimiento de los afectados.
PROTECCIÓN DE DATOS Pliegos de condiciones Publicar datos de carácter personal en la web supone tratamiento automatizado de datos y exige consentimiento de los afectados. Resolución de la Dirección de
Más detallesINFORME UCSP Nº: 2011/0070
MINISTERIO DE LA POLICÍA CUERPO NACIONAL DE POLICÍA COMISARÍA GENERAL DE SEGURIDAD CIUDADANA INFORME UCSP Nº: 2011/0070 FECHA 07/07/2011 ASUNTO Centro de control y video vigilancia integrado en central
Más detallesEl Presidente de la Diputación de Granada se dirige a esta Junta Consultiva de Contratación Administrativa formulando la siguiente consulta:
Informe 13/12, de 27 de septiembre de 2012. Sistema de ejecución de las encomiendas de gestión por sociedades mercantiles declaradas como medios propios y normas a las que tienen que someterse Clasificación
Más detalles5.5. LEGALIZACIÓN DE LA MICROEMPRESA
5.5. LEGALIZACIÓN DE LA MICROEMPRESA Qué es? Es el proceso mediante el que se decide la forma jurídica de la microempresa. Para qué sirve? Se trata de un trámite de obligado cumplimiento para cualquier
Más detallesABC PARA PROTEGER LOS DATOS PERSONALES
ABC PARA PROTEGER LOS DATOS PERSONALES LEY 1581 DE 2012 DECRETO 1377 DE 2013 Bogotá, 2013 ABC PARA PROTEGER LOS DATOS PERSONALES Certicámara S.A., entidad de certificación digital experta en seguridad
Más detallesCristina Pajares Moral: Abogada y Mediadora del Ayuntamiento de Madrid (CAF2) 09/10/2012
Cristina Pajares Moral: Abogada y Mediadora del Ayuntamiento de Madrid (CAF2) 09/10/2012 GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA: SER PADRES MÁS ALLA DE LA RUPTURA. Uno de los agentes que más influye en que va a
Más detallesGabinete Jurídico. Informe 0600/2009
Informe 0600/2009 Se plantea en primer lugar, si el consultante, centro médico privado que mantiene un concierto con la Administración de la Comunidad autónoma para asistencia a beneficiarios de la Seguridad
Más detallesGabinete Jurídico. Informe 0298/2009
Informe 0298/2009 La consulta plantea diversas dudas respecto a la aplicación de la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal en materia de creación, condición de responsable
Más detallesFuente: Ministerio de Economía y Hacienda.
NUM- CONSULTA V1870-07 ORGANO SG de Impuestos sobre el Consumo FECHA- SALIDA 11/09/2007 NORMATIVA Ley 37/1992 arts. 7-10o, 78- tres- 1o, 164- uno- 3o. Rgto Fac: art. 2, 6.7 y 6.8 DESCRIPCION- HECHOS El
Más detallesFundación Telefónica. Principios Generales de Actuación Fundación Telefónica
Principios Generales de Actuación Fundación Telefónica Principios Generales de Actuación Fundación Telefónica El Patronato de Fundación Telefónica, en su reunión celebrada el día 20 de noviembre de 2009,
Más detallesSociedades civiles y otros tipos de sociedades: Extracto
Sociedades civiles y otros tipos de sociedades: Extracto 1. Conocer los fundamentos de las sociedades civiles, colectivas, comanditarias, profesionales, agrarias de transformación, de garantía recíproca
Más detallesGUÍA BÁSICA DE PUBLICIDAD LEGAL EN INTERNET TODO LO QUE NECESITAS SABER SOBRE PUBLICIDAD LEGAL. O AL MENOS, LO MÁS IMPORTANTE.
GUÍA BÁSICA DE PUBLICIDAD LEGAL EN INTERNET TODO LO QUE NECESITAS SABER SOBRE PUBLICIDAD LEGAL. O AL MENOS, LO MÁS IMPORTANTE. 1 Cómo se regula la publicidad digital en España? Visión general de un minuto
Más detallesConvenio de la Haya. Convenio de protección al niño y cooperación en adopción internacional
Convenio de la Haya Convenio de protección al niño y cooperación en adopción internacional RECONOCIENDO que para el desarrollo armónico de su personalidad, el niño debe crecer en un medio familiar, en
Más detallesGabinete Jurídico. Informe 0516/2008
Informe 0516/2008 La consulta plantea si tienen el carácter de datos personales y si es posible la cesión de los que cita por parte del Organismo Autónomo de Gestión Tributaria y Recaudación de la Diputación
Más detallesGUÍA METODOLÓGICA PARA LA FORMACIÓN CON E-LEARNING DIRIGIDA A COLECTIVOS SIN ALTA CUALIFICACIÓN CAPÍTULO 4. Dirección Técnica:
LA FORMACIÓN EMPRESARIAL CON E-LEARNING GUÍA METODOLÓGICA PARA LA FORMACIÓN CON E-LEARNING DIRIGIDA A COLECTIVOS SIN ALTA CUALIFICACIÓN CAPÍTULO 4 Dirección Técnica: 4.- EL PLAN DE FORMACIÓN 33 Capítulo
Más detallesCONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES La palabra sociedad del latín societas (de secius) que significa reunión, comunidad, compañía, se puede definir metafísicamente como la unión moral de seres inteligentes
Más detallesFormas Jurídicas de la Empresa
Formas Jurídicas de la Empresa Una vez que hemos hecho nuestro plan de empresa y comprobada su viabilidad debemos decidir cual va a ser la forma jurídica que adoptara nuestra empresa. Esta es una decisión
Más detallesINTRODUCCIÓN AL DERECHO Agustín Villalba Zabala
EstecapítulosepublicabajoLicenciaCreativeCommonsBY NC SA3.0 TEMA2(RESUMEN):LASFUENTESDELDERECHO. 1. ConceptodefuentedelDerecho. Lapalabrafuente,ensentidoamplio,significaellugardedondemanaunacosa,estoes,larazón
Más detallesLA POLÍTICA DE COMUNICACIÓN EN LA EMPRESA COMERCIAL
LA POLÍTICA DE COMUNICACIÓN EN LA EMPRESA COMERCIAL ÍNDICE 1. La política de comunicación en la empresa comercial... 3 2. Objetivos de la comunicación... 3 2.1. Notoriedad... 3 2.2. Generar atracción hacia
Más detallesLOS VALORES ÉTICOS Consideración previa:
LOS VALORES ÉTICOS Consideración previa: Presentación que recomendamos: http://es.slideshare.net/selenegonzalez7393/los-nios-y-los-valoresexposicion?related=5 Definición de conceptos: Los valores: son
Más detallesDentro de las alternativas discutidas, los municipios han planteado las siguientes:
INFORME JURÍDICO ACERCA DE LOS ALCANCES DE LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL SOBRE EL PROGRAMA NACIONAL DE CONTROL DE FERTILIDAD PARA LOS MUNICIPIOS ANTECEDENTES El 5 de marzo de 2007, 36 diputados
Más detallesTIPOS DE EMPRESAS VINCULADAS AL SECTOR PRODUCTIVO RELACIONADO CON EL PROGRAMA. ORGANIZACIÓN, ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO.
COLEGIO TRABENCO Reguera de Tomateros 103 28053 Madrid 91 7 85 63 68. Fax. 91.5.07.91.49 E-mail:colegio@trabenco.es PCPI Servicios Auxiliares de Administración y Gestión Proyecto de Inserción Laboral TIPOS
Más detallesEntendemos que la actualización no es estrictamente necesaria si bien en algunos temas podría ser conveniente.
1. Consideraciones generales Entendemos que la actualización no es estrictamente necesaria si bien en algunos temas podría ser conveniente. La competencia en España en los últimos años es mayor, no solo
Más detallesFONDOS DE INVERSION ABIERTOS EN CHILE
FONDOS DE INVERSION ABIERTOS EN CHILE Por Sra. Vivianne Rodríguez Bravo, Jefe de División Control Intermediarios de Valores Los fondos de inversión abiertos en Chile (fondos mutuos) se definen de acuerdo
Más detallesNormativa sobre inversiones exteriores mobiliarias e inmobiliarias en España
Normativa sobre inversiones exteriores mobiliarias e inmobiliarias en España COLEGIO DE REGISTRADORES DE LA PROPIEDAD Y MERCANTILES DE ESPAÑA C/ Príncipe de Vergara, 72. 28006, Madrid La seguridad del
Más detallesMÓDULO 2 DERECHO SUBJETIVO, OBJETIVO Y OBJETIVO SUSTANTIVO
MÓDULO 2 DERECHO SUBJETIVO, OBJETIVO Y OBJETIVO SUSTANTIVO Introducción En este segundo módulo aprenderás a distinguir las diferencias que existen entre el derecho objetivo, el derecho subjetivo y el derecho
Más detallesEL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN ENFERMERA POR CUENTA AJENA
EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN ENFERMERA POR CUENTA AJENA Distintos regímenes jurídicos: personal laboral, funcionario y estatutario Nº12 CECOVA Colegios de Enfermería de Alicante, Castellón y Valencia ÍNDICE
Más detallesgestión económica programación económica gestión financiera contratación administrativa
gestión económica programación económica gestión financiera contratación administrativa 45 46 Entendiendo la gestión económica como los procedimientos establecidos para la ejecución de los presupuestos
Más detallesCuáles son los mecanismos de supervisión de un fondo de pensiones?
9 Cuáles son los mecanismos de supervisión de un fondo de pensiones? 9.1. Por qué es importante el control? 9.2. Qué es la comisión de control del plan? 9.3. Qué es la comisión del control del fondo? 9.4.
Más detallesFACULTAD DE CONTADURIA Y CIENCIAS ADMINISTRATIVAS FINANZAS I NORMAS DE INFORMACION FINANCIERA
Normas de Información Financiera Durante más de 30 años, la Comisión de Principios de Contabilidad (CPC) del Instituto Mexicano de Contadores Públicos A. C. (IMCP) fue la encargada de emitir la normatividad
Más detallesGuía práctica. Red Judicial Europea en materia civil y mercantil
Uso de la videoconferencia para obtener pruebas en materia civil y mercantil en virtud del Reglamento (CE) nº 1206/2001 del Consejo de 28 de mayo de 2001 Guía práctica Red Judicial Europea en materia civil
Más detallesDICTAMEN Nº 8. Página 1 de 5. # Nº. 8/1999, de 26 de enero.*
Página 1 de 5 DICTAMEN Nº 8 # Nº. 8/1999, de 26 de enero.* Expediente relativo al proyecto de Decreto por el que se modifica el Reglamento de organización y funcionamiento del Consejo Asesor de Radio Televisión
Más detallesABUSO DE LA POSICIÓN DOMINANTE
ABUSO DE LA POSICIÓN DE DOMINIO III III Jornadas de Generación del Sector Eléctrico William Antonio Burgos Durango 2010 NORMATIVIDAD APLICABLE Ley 155 de 1959, artículo 1 Ley 155 de 1959, artículo 1 Constitución
Más detallesCuál es tu perfil vendedor?.. TÉCNICAS DE VENTA: M.A. Sabino Valentín Olivares
Cuál es tu perfil vendedor?.. TÉCNICAS DE VENTA: El fascinante mundo de las ventas podemos encontrarnos varios modelos de aprendizaje que determinará muy marcadamente la tipología del vendedor. Se basa
Más detallesMARKT/2094/01 ES Orig. EN COMERCIO ELECTRÓNICO Y SERVICIOS FINANCIEROS
MARKT/2094/01 ES Orig. EN COMERCIO ELECTRÓNICO Y SERVICIOS FINANCIEROS Propósito de este documento En este documento se describe la situación actual en materia de comercio electrónico y servicios financieros,
Más detallesTítulo: EL USO DE LAS REDES SOCIALES
1Título: EL USO DE LAS REDES SOCIALES Título: EL USO DE LAS REDES SOCIALES 1 2Título: EL USO DE LAS REDES SOCIALES EL USO DE LAS REDES SOCIALES Mark Zuckerberg, joven multimillonario en contra de las redes
Más detallesBLOQUE 0: LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO
BLOQUE 0: LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO BLOQUE 0 La Administración General del Estado COMPETENCIAS Conocer la Administración, su regulación en la Constitución, su división territorial y la organización
Más detallesANEXO III: MEDIDAS DISCONFORMES SERVICIOS FINANCIEROS. Lista de Guatemala. Notas Explicativas
ANEXO III: MEDIDAS DISCONFORMES SERVICIOS FINANCIEROS Lista de Guatemala Notas Explicativas 1. La Lista de Guatemala al Anexo III establece: (a) las notas horizontales que limitan o clarifican los compromisos
Más detallesPOLÍTICA MARCO DE RECURSOS HUMANOS 17/02/15
POLÍTICA MARCO DE RECURSOS HUMANOS 17/02/15 ÍNDICE POLÍTICA MARCO DE RECURSOS HUMANOS 3 1. Finalidad 3 2. Principios generales de actuación 3 3. Instrumentos 3 4. Principios básicos de actuación en relación
Más detallesEn relación con la aplicabilidad a un supuesto similar al planteado de lo dispuesto en la Ley 34/2002, la citada resolución indica lo siguiente:
Informe 658/2008 La consulta plantea si resulta conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal, y en la Ley 34/2002, de 11 de julio,
Más detallesCONSULTAS OTROS TRIBUTOS CONSULTA Nº 17 (21/06/2011) PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE
CONSULTAS OTROS TRIBUTOS CONSULTA Nº 17 (21/06/2011) PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE DOMICILIO CONCEPTO IMPOSITIVO Bonificación en la cuota del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones NORMATIVA APLICABLE
Más detallesCURSO BÁSICO DE MEDIO AMBIENTE
PARQUE CIENTÍFICO TECNOLÓGICO DE GIJÓN CTRA. CABUEÑES 166, 33203 GIJÓN TELS 985 099 329 / 984 190 922 CURSO BÁSICO DE MEDIO AMBIENTE Página 1 de 5 PROGRAMA DEL MÓDULO 1. CONCEPTOS Y DEFINICIONES. 2. SISTEMA
Más detallesModelo de Cumplimiento Normativo y Prevención de Delitos. Protocolo de aceptación y entrega de regalos
Modelo de Cumplimiento Normativo y Prevención de Delitos Protocolo de aceptación y entrega de regalos 1. Introducción El objetivo de este protocolo es definir el procedimiento que debe seguirse para: a)
Más detallesEn este sentido, el Estatuto de los trabajadores establece en su artículo 37.3.b) como supuesto de concesión de permiso retribuido que:
Instrucción 2/2009, de 21 de diciembre de 2009, de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, sobre el tratamiento de datos personales en la emisión de justificantes médicos. I La Ley
Más detallesLA NUEVA FORMACIÓN PROFESIONAL REGLADA EN ANDALUCIA
LA NUEVA FORMACIÓN PROFESIONAL REGLADA EN ANDALUCIA INDICE Joaquina Montilla Luque 1.- INTRODUCCIÓN 2.- LA FORMACIÓN PROFESIONAL REGLADA 3.-IMPLANTACACIÓN DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL, LOE EN ANDALUCIA
Más detallesLOS ABOGADOS Y LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA*
LOS ABOGADOS Y LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA* En las sociedades modernas, uno de los requisitos esenciales para la vigencia y el cumplimiento de los derechos humanos está en el fortalecimiento del Estado
Más detallesEL DERECHO DEL TRABAJO: CONCEPTOS BÁSICOS Y PRINCIPIOS DE APLICACIÓN
UNIDAD DE TRABAJO 1 FOL EL DERECHO DEL TRABAJO: CONCEPTOS BÁSICOS Y PRINCIPIOS DE APLICACIÓN Curso 2010 10/2011 Profesor Javier Pelayo IES San José Relaciones entre instituciones del Estado o entre el
Más detallesREGISTRO CONTABLE DE INGRESOS OBTENIDOS POR LA CORPORACIÓN Y RELATIVOS A LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS
REGISTRO CONTABLE DE INGRESOS OBTENIDOS POR LA CORPORACIÓN Y RELATIVOS A LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS Consulta: Un Ayuntamiento tiene suscrito un contrato con una empresa de servicios deportivos
Más detallesSociedades en Derecho Mercantil
Sociedades en Derecho Mercantil SOCIEDADES EN DERECHO MERCANTIL 1 Lectura No. 11 Nombre: Sociedades Cooperativas Contextualización El movimiento cooperativo en todas las legislaciones tienen un marcado
Más detallesCAPÍTULO V. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES. La franquicia es una figura jurídica regulada en la ley de propiedad industrial,
CAPÍTULO V. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES. La franquicia es una figura jurídica regulada en la ley de propiedad industrial, en donde de acuerdo a ésta ley, destacan ciertas características fundamentales,
Más detallesCONSEJERÍA DE SALUD MANIPULADORES DE ALIMENTOS SITUACIÓN ACTUAL
CONSEJERÍA DE SALUD MANIPULADORES DE ALIMENTOS SITUACIÓN ACTUAL Secretaría General de Salud Pública y Participación. Sevilla, abril 2010 1 ESTADO DE SITUACION Y ELEMENTOS A CONSIDERAR EN EL NUEVO MARCO
Más detallesPOR QUÉ PEDIMOS DINERO PARA FINANCIAR VOLUNTARIADO?
POR QUÉ PEDIMOS DINERO PARA FINANCIAR VOLUNTARIADO? Mónica Sánchez e Isabel Castellano. Observatorio del Voluntariado. Subvenciones públicas, ayudas privadas, la recaudación de la casilla Fines Sociales
Más detallesFUNDACIÓN MAPFRE 2015 QUÉ ES EL SEGURO? 11.4 Comprar un seguro
QUÉ ES EL SEGURO? 11.4 Comprar un seguro Seguros y Pensiones para Todos es una iniciativa de FUNDACIÓN MAPFRE para acercar la cultura aseguradora a la sociedad, a las personas. Los contenidos que se recogen
Más detallesautónomos IMPRESCINDIBLES PARA CREAR EMPLEO
autónomos IMPRESCINDIBLES PARA CREAR EMPLEO Desde el punto de vista estadístico y sociológico, hoy hablamos en Aragón exactamente de 105.170 trabajadores dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores
Más detalleswww.mutua- intercomarcal.com Juan Carlos Bajo http://prevencionar.com/2015/12/01/compliance- officers- una- profesion- con- gran- futuro/
Juan Carlos Bajo http://prevencionar.com/2015/12/01/compliance- officers- una- profesion- con- gran- futuro/ Compliance Officers, una profesión con gran futuro Cada día las regulaciones administrativas
Más detalles2.11.1 CONTRATAS Y SUBCONTRATAS NOTAS
NOTAS 1 Cuando en un mismo centro de trabajo desarrollen actividades trabajadores de dos o más empresas, éstas deberán cooperar en la aplicación de la normativa sobre prevención de riesgos laborales. A
Más detallesSistemas de Calidad Empresarial
Portal Empresarial Aljaraque Empresarial Sistemas de Calidad Empresarial 1 ÍNDICE 1. INTRODUCCIÓN. 2. CONCEPTO DE CALIDAD Y SU SISTEMA. 3. MÉTODO PARA IMPLANTAR UN SISTEMA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD. 4.
Más detallesGabinete Jurídico. Informe 0601/2009
Informe 0601/2009 La consulta plantea si es necesario obtener el consentimiento previo de los afectados para que la consultante pueda publicar sus datos de carácter personal en la página web de la misma,
Más detallesI. DISPOSICIONES GENERALES
POLÍTICA DE CLASIFICACIÓN DE CLIENTES I. DISPOSICIONES GENERALES 1.1. El propósito de esta Política de Clasificación de Clientes de DELTASTOCK es establecer normas internas para la clasificación de los
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 150 Miércoles 24 de junio de 2015 Sec. I. Pág. 52396 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL 6993 Orden ESS/1222/2015, de 22 de junio, por la que se regula el tablón de
Más detallesDOCTRINA No. III NEGOCIACIONES DE VALORES DE RENTA VARIABLE Y DE RENTA FIJA INSCRITOS EN EL REGISTRO DEL MERCADO DE VALORES Y EN LAS BOLSAS DE VALORES
DOCTRINA No. III NEGOCIACIONES DE VALORES DE RENTA VARIABLE Y DE RENTA FIJA INSCRITOS EN EL REGISTRO DEL MERCADO DE VALORES Y EN LAS BOLSAS DE VALORES El término negociación, entendido en su sentido natural
Más detallesPara que la legislación modelo propuesta ofrezca mayor certidumbre y previsión, será necesario que aborde los siguientes temas:
DESCRIPCION DE LA PROPUESTA DEL CANADA SOBRE LA ELABORACION DE UNA LEGISLACION MODELO SOBRE JURISDICCION Y NORMAS SOBRE CONFLICTO DE LEYES, APLICABLES EN FORMA UNIFORME EN MATERIA DE CONTRATOS CON EL CONSUMIDOR
Más detallesGuía paso a paso para emprender en México!
Guía paso a paso para emprender en México Emprender en México puede no ser una tarea sencilla si no se conocen todas la opciones y obligaciones que se tienen, por ese motivo esta guía pretende dar una
Más detallesCONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA FUNDACIÓN PRIVADA PARA LA RED ABIERTA, LIBRE Y NEUTRAL GUIFI.NET Y EL AYUNTAMIENTO DE <Municipio>
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA FUNDACIÓN PRIVADA PARA LA RED ABIERTA, LIBRE Y NEUTRAL GUIFI.NET Y EL AYUNTAMIENTO DE REUNIDOS Gurb, . de de 2013 Por un lado, el señor(a)
Más detallesHace algunos años, el producto era el principal
Promoción y comunicación. Concepto y aplicaciones Instrumentos para el diseño de estrategias de marketing en la oficina de farmacia (IX) En los capítulos anteriores, hemos analizado 3 de los principales
Más detallesTRABAJADORES AUTÓNOMOS. COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES PREVENTIVAS
TRABAJADORES AUTÓNOMOS. COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES PREVENTIVAS La coordinación de actividades empresariales regulada en el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales
Más detallesPRIMERA: Importe neto de la cifra de negocios.
Resolución de 16 de mayo de 1991, del Presidente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas por la que se fijan criterios generales para determinar el "importe neto de la cifra de negocios" (BOE
Más detallesServicio de Email Marketing
Servicio de Email Marketing Cuando hablamos de Email marketing, es un envío Masivo de correos con permisos realizado por herramientas tecnológicas de correo electrónico, mediante el cual su anuncio estará
Más detalles«BOLSAS Y MERCADOS ESPAÑOLES, SOCIEDAD HOLDING DE MERCADOS Y SISTEMAS FINANCIEROS, S.A.» REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE OPERATIVA DE MERCADOS Y SISTEMAS
«BOLSAS Y MERCADOS ESPAÑOLES, SOCIEDAD HOLDING DE MERCADOS Y SISTEMAS FINANCIEROS, S.A.» REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE OPERATIVA DE MERCADOS Y SISTEMAS Índice PREÁMBULO. 2 CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES.
Más detallesRESUMEN Seguros-Hojas de reclamaciones
RESUMEN Seguros-Hojas de reclamaciones Un empresario ha informado de que las Administraciones autonómicas y locales tramitan de forma dispar las reclamaciones presentadas por los consumidores y usuarios
Más detallesMANUAL de SICAV y FONDOS de INVERSION EXTRANJEROS
MANUAL de SICAV y FONDOS de INVERSION EXTRANJEROS Mar Barrero Muñoz es licenciada en Ciencias de la Información por la Universidad Complutense y máster en Información Económica. Redactora del semanario
Más detallesNº Delegados de Prevención
NOTAS 1.1 1 Se constituirá un Comité de Seguridad y Salud en todas las empresas o centros de trabajo que cuenten con 50 o más trabajadores. El Comité de Seguridad y Salud es el órgano paritario y colegiado
Más detallesESTATUTOS FONDO PARA ATENCIONES SOCIALES FUNDACIÓN CAPITULO I INSTITUCION
ESTATUTOS FONDO PARA ATENCIONES SOCIALES FUNDACIÓN Artículo 1º.- CAPITULO I INSTITUCION Fondo para Atenciones Sociales Fundación es una institución cultural, privada, de interés general y sin ánimo de
Más detallesGrupo del artículo 29 sobre protección de datos
Grupo del artículo 29 sobre protección de datos 10972/03/ES final WP 76 Dictamen 2/2003 sobre la aplicación de los principios de protección de datos a los directorios Whois Adoptado el 13 de junio de 2003
Más detallesEl artículo 45 del Reglamento antes citado, desarrolla este precepto, precisando lo siguiente:
Informe 0105/2010 La consulta plantea si resulta conforme a la normativa de protección de datos el envío de comunicaciones publicitarias, relativas a los servicios que presta la empresa consultante, a
Más detalles1. La Secretaria General de la Consejería de Medio Ambiente y Movilidad ha formulado la siguiente consulta a esta Junta Consultiva:
Acuerdo de la Comisión Permanente de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de 30 de septiembre de 2011 Informe 4/2011, de 30 de septiembre. Los encargos de gestión. El reconocimiento de la
Más detallesPreguntas. sobre el Tribunal de Justicia de la Unión Europea
Preguntas sobre el Tribunal de Justicia de la Unión Europea POR QUÉ UN TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA (TJUE)? Con el fin de construir Europa, los Estados (actualmente 28) concluyeron entre ellos
Más detallesMANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN DUPOL S.A. CORREDORES DE BOLSA
MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN DUPOL S.A. CORREDORES DE BOLSA I.- INTRODUCCIÓN Con el objetivo de asegurar el cumplimiento de los preceptos contenidos en la Ley de Mercado de Valores 18.045 y en la Norma
Más detallesFigura 84. Cuál es el programa indicado para vectorizar?, conoces otras herramientas de vectorización?, en qué aplicarías los vectores?
Semanas 13 y 14 Empecemos! Bienvenidos a esta nueva experiencia! En las semanas anteriores aplicamos las competencias para trabajar con las herramientas de vectorización de imágenes y rotulación; esta
Más detallesCÓDIGO DE CONDUCTA PARA LA SEPARACIÓN DE LAS ACTIVIDADES REGULADAS EN EL SECTOR DE LA ELECTRICIDAD EN ESPAÑA. 13 de marzo de 2015
CÓDIGO DE CONDUCTA PARA LA SEPARACIÓN DE LAS ACTIVIDADES REGULADAS EN EL SECTOR DE LA ELECTRICIDAD EN ESPAÑA 13 de marzo de 2015 SUMARIO 1. Introducción. 2. Objeto. 3. Ámbito de aplicación. 4. Medidas
Más detallesFUNDACIÓN MAPFRE 2015 QUÉ ES EL SEGURO? 11.5 El mercado de seguros
FUNDACIÓN MAPFRE 2015 QUÉ ES EL SEGURO? 11.5 El mercado de seguros FUNDACIÓN MAPFRE 2015 Seguros y Pensiones para Todos es una iniciativa de FUNDACIÓN MAPFRE para acercar la cultura aseguradora a la sociedad,
Más detallesRevisión de las Directrices de Naciones Unidas para la Protección del Consumidor
Revisión de las Directrices de Naciones Unidas para la Protección del Consumidor Documento sobre el grupo de trabajo de otros temas Como parte de las propuestas de revisión de las Directrices de Naciones
Más detallesCAPITULO V CONCLUSIONES Y ECOMENDACIONES
CAPITULO V CONCLUSIONES Y ECOMENDACIONES CONCLUSIONES El Derecho mexicano, ha creado medios legales para conservar la naturaleza del seguro de vida intacta con el objetivo de proteger a los usuarios de
Más detallesGabinete Jurídico. Informe 0049/2009
Informe 0049/2009 La consulta plantea dudas acerca de la necesidad de solicitar el consentimiento de los arquitectos y aparejadores que prestan servicios para la consultante, para poder ceder sus datos
Más detallesTIENES DERECHO A VOTAR QUE NADIE TE LO QUITE
TIENES DERECHO A VOTAR QUE NADIE TE LO QUITE TIENES DERECHO A VOTAR!; QUE NADIE TE LO QUITE El derecho al voto es un derecho fundamental de todas las personas. Este derecho está recogido en: La Constitución
Más detallesPlanes de pensiones:
Planes de pensiones: 1) Características de un plan de pensiones: La persona a cuyo favor se constituye el plan de pensiones : Asume la obligación de realizar a aportaciones al plan de pensiones. Tiene
Más detallesconvenios de colaboración
convenios de colaboración 25 consideraciones generales convenios de la subdirección general de promoción de las bellas artes procedimiento de tramitación 26 El objetivo de este capítulo consiste en proponer
Más detallesPolítica de Incentivos
Versión 1.2 Última revisión 28/10/2015 Índice: 1. Legislación Aplicable. 2 2. Entidades Afectadas...... 2 3. Objeto de la presente Política 3 4. Principios Generales aplicables a la presente Política...
Más detallesTEMA 7. CONCEPTOS FUNDAMENTALES DE LA CONSOLIDACIÓN
TEMA 7. CONCEPTOS FUNDAMENTALES DE LA CONSOLIDACIÓN 7.1.- Conceptos preliminares a una consolidación. 7.2.- El concepto de grupo. 7.3.- Enfoques conceptuales de la consolidación. 7.4.- El conjunto de la
Más detallesAPLICACIÓN DEL R.D. 1627/97 A OBRAS SIN PROYECTO
COMISIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO GRUPO DE TRABAJO DE CONSTRUCCIÓN SUBGRUPO DE OBRAS SIN PROYECTO APLICACIÓN DEL R.D. 1627/97 A OBRAS SIN PROYECTO 1.- INTRODUCCIÓN En la reunión celebrada
Más detallesContabilidad. BASE DE DATOS NORMACEF FISCAL Y CONTABLE Referencia: NFC051331 ICAC: 01-06-2014 Consulta 2 BOICAC, núm. 98 SUMARIO:
BASE DE DATOS NORMACEF FISCAL Y CONTABLE Referencia: NFC051331 ICAC: 01-06-2014 Consulta 2 BOICAC, núm. 98 SUMARIO: PRECEPTOS: Auditoría de cuentas. Contratación y rotación el auditor. Sobre determinados
Más detallesGACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CUBA
MINISTERIO DE JUSTICIA GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CUBA EDICION ORDINARIA LA HABANA, MIERCOLES 21 DE DICIEMBRE DE 2005 Número 67 No. 67 Ordinaria de 21 de diciembre de 2005 MINISTERIO FINANZAS Y
Más detallesLegislación consolidada PREÁMBULO
1 de 6 Legislación consolidada Última revisión 01.01.2014 LEY 7/2003, de 20 de marzo, de Publicidad Institucional de la Comunidad Valenciana. (DOCV núm. 4468 de 27.03.2003) Ref. 1403/2003 Sea notorio y
Más detallesNORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 706 PÁRRAFOS DE ÉNFASIS Y PÁRRAFOS DE OTROS ASUNTOS EN EL
NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 706 PÁRRAFOS DE ÉNFASIS Y PÁRRAFOS DE OTROS ASUNTOS EN EL DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPEN DIENTE (Entra en vigor para las auditorías de estados financieros por periodos que
Más detallesForma jurídica de la empresa
Otros temas a tener en cuenta Índice 1. Conceptos de empresa y empresario... 3 2. Qué grandes tipos o formas de empresa pueden distinguirse?... 3 3. Y qué tipos de sociedades podemos considerar?... 4 4,
Más detalles