ANEXO I. Baremo para la valoración de méritos para el ingreso en el Cuerpo de Maestros.
|
|
- Carlos Villalobos Belmonte
- hace 2 años
- Vistas:
Transcripción
1 ANEXO I Baremo para la valoración de méritos para el ingreso en el Cuerpo de Maestros. Los aspirantes no podrán alcanzar más de 10 puntos por la valoración de sus méritos. I. Experiencia docente previa (hasta un máximo de 7 puntos). 1.1 Por cada año de experiencia docente en especialidades del Cuerpo de Maestros, en centros públicos: 0,700 puntos. Por cada mes/fracción de año en las plazas que se indican en el apartado anterior: 0,0583 puntos. 1.2 Por cada año de experiencia docente en especialidades de distintos cuerpos al de Maestros, en centros públicos: 0,350 puntos. Por cada mes de fracción de año en las plazas que se indican en el apartado anterior: 0,0291 puntos. DOCUMENTACION JUSTIFICATIVA: Certificado de Servicios expedido por la Administración Educativa competente. En todos los casos deberá figurar el Cuerpo para el que fue nombrado y las fechas exactas de comienzo y terminación de los servicios. En el caso de que en estos certificados no conste que los servicios han sido efectivamente prestados en centros públicos, dichos servicios se valorarán como prestados en otros centros, por los apartados I.1.3 o I.1.4, según corresponda. No serán tenidas en cuenta las hojas de toma de posesión y cese de servicios. El Servicio de Recursos Humanos incorporará de oficio, si así lo solicitan los aspirantes en la instancia de participación, los servicios prestados para el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra de acuerdo con la documentación obrante en el expediente personal de cada participante. La certificación de los servicios prestados para la Dirección Provincial del Ministerio de Educación y Cultura en Navarra antes del día 1 de octubre de 1990 deberá ser solicitada expresamente por los interesados. 1.3 Por cada año de experiencia docente en especialidades del mismo nivel educativo que el impartido por el Cuerpo de Maestros, en otros centros: 0,150 puntos. Por cada mes/fracción de año en las plazas que se indican en el apartado anterior: 0,0125 puntos.
2 1.4 Por cada año de experiencia docente en especialidades de distinto nivel educativo que el impartido por el Cuerpo de Maestros, en otros centros: 0,100 puntos. Por cada mes/fracción de año en las plazas que se indican en el apartado anterior: 0,0083 puntos. DOCUMENTACION JUSTIFICATIVA: Certificado del centro con el visto bueno del Servicio de Inspección Técnica y de Servicios, haciendo constar el nivel educativo y duración real de los servicios, con las fechas exactas de comienzo y terminación de los mismos. Para visar estos certificados el Servicio de Inspección Técnica y de Servicios exigirá a los interesados la presentación del correspondiente certificado de cotización a la Seguridad Social y los contratos correspondientes. Notas al apartado I: 1ª. No serán tenidos en cuenta los servicios acreditados únicamente mediante fotocopia de los contratos suscritos por los interesados, ni los certificados expedidos por centros privados en los que no conste el visto bueno del Servicio de Inspección Técnica y de Servicios, aunque se adjunten los certificados de cotización de la Seguridad Social. 2ª. No serán tenidos en cuenta los certificados de servicios en los que no consten las fechas exactas de comienzo y terminación de los mismos, aunque figure que la duración de los servicios ha sido de un curso académico. 3ª. Si no se acredita el nivel en que se han prestado los servicios se considerarán prestados en otro nivel educativo. 4ª. Los servicios prestados en el extranjero se acreditarán mediante certificados expedidos por los Ministerios de Educación de los respectivos países, en los que deberá constar el nivel educativo impartido, el tiempo de prestación de servicios, con las fechas exactas de comienzo y terminación de los mismos, y el carácter del centro (público o privado). Dichos certificados deberán presentarse traducidos al castellano. Las traducciones deberán ser realizadas por traductores jurados. 5ª. La experiencia docente en Universidades se acreditará mediante certificado del centro en el que consten las fechas exactas de inicio y fin de la prestación de servicios, la prestación de los mismos en condición de Profesor y el carácter público o privado del centro. 6ª. Se entiende por centros públicos los centros a los que se refiere el Capítulo II del Título IV de la Ley
3 Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, integrados en la red pública de centros creados y sostenidos por las Administraciones Educativas. 7ª. A los efectos de este apartado no podrán acumularse las puntuaciones cuando los servicios se hayan prestado simultáneamente en más de un centro docente. II. Formación académica y permanente (hasta un máximo de 4 puntos). 2.1 Expediente académico en el título alegado: Por este apartado se valorará exclusivamente la nota media del expediente académico del título alegado por el aspirante, correspondiente con el nivel de titulación exigido con carácter general para el ingreso en el Cuerpo de Maestros, del modo que a continuación se indica: Igual o superior a 6 e inferior a 7 puntos: 1,000 punto Igual o superior a 7 e inferior a 8,5 puntos: 1,250 puntos De 8,50 a 10 puntos: 1,500 puntos Para la obtención de la nota media en los casos en los que no figure la expresión numérica concreta, se aplicarán las siguientes equivalencias: Aprobado: 5,5 puntos Notable: 7,5 puntos Sobresaliente: 9 puntos Matrícula de Honor: 10 puntos DOCUMENTACION JUSTIFICATIVA: El candidato deberá remitir certificación académica personal, original o fotocopia compulsada, en la que conste las puntuaciones correspondientes a todas las asignaturas y cursos así como, en su caso, el número de créditos asignados a cada una de ellas en el plan de estudios correspondiente, exigidos para la obtención del título alegado. No se tendrá en cuenta la nota media que figure en la certificación académica aportada cuando las puntuaciones de las asignaturas no estén expresadas numéricamente, procediéndose a su obtención según las equivalencias señaladas. La nota media se hallará realizando la suma de todas las puntuaciones y dividiendo por el número de asignaturas. En los títulos obtenidos por el sistema de créditos la media del expediente académico del aspirante será el resultado de la aplicación de la siguiente fórmula: suma de los créditos obtenidos por el aspirante multiplicados cada uno de ellos por el valor de las calificaciones que
4 correspondan y dividida por el número de créditos totales obtenidos, de acuerdo a lo establecido en el Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre. A estos efectos la nota de prácticas se contará como una asignatura más. Cuando en un expediente figuren asignaturas convalidadas o calificadas con apto, éstas no contarán en ningún sentido si el concursante no aporta certificación con el valor numérico de la asignatura convalidada o calificada con apto. Los créditos obtenidos por reconocimiento de créditos correspondientes a actividades formativas no integradas en el plan de estudios, no serán calificados numéricamente ni computarán a efectos de cómputo de la media del expediente académico. 2.2 Postgrados, Doctorado y premios extraordinarios: Por el Certificado-Diploma acreditativo de Estudios Avanzados (Real Decreto 778/1998, de 30 de abril), el Título Oficial de Máster (Real Decreto 56/2005, de 21 de enero), Suficiencia investigadora o cualquier otro título equivalente, siempre que no sean requisito para el ingreso en la función pública docente: 1,000 punto Por poseer el título de Doctor: 1,000 punto Por haber obtenido premio extraordinario en el doctorado: 0,500 puntos. DOCUMENTACION JUSTIFICATIVA: Fotocopia compulsada del título o certificación que acredite, en su caso, haber abonado los derechos para la expedición del certificadodiploma o del título. 2.3 Otras titulaciones universitarias: Las titulaciones universitarias de carácter oficial, en el caso de que no hubieran sido las alegadas como requisito para el ingreso en la función pública docente, se valorarán de la forma siguiente: Titulaciones de primer ciclo: Por cada Diplomatura, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o títulos declarados legalmente equivalentes y por los estudios correspondientes al primer ciclo de una Licenciatura, Arquitectura o Ingeniería: 1,000 punto. No se valorarán por este apartado, en ningún caso, el primer título o estudios de esta naturaleza que presente el aspirante Titulaciones de segundo ciclo: Por los estudios correspondientes al segundo ciclo de Licenciaturas, Ingenierías, Arquitecturas o títulos declarados legalmente equivalentes: 1,000 punto.
5 DOCUMENTACION JUSTIFICATIVA: Fotocopia compulsada del título alegado para el ingreso en el Cuerpo, así como de cuantos presente como méritos o, en su caso, certificación que acredite haber abonado los derechos para la expedición del título. Para que sean puntuadas las titulaciones de primer ciclo, será necesario presentar fotocopia del título de Diplomado o, en su caso, certificación académica personal en la que se haga constar que se han cursado y superado todas las asignaturas correspondientes a los tres primeros cursos de los que consta una licenciatura, ingeniería o arquitectura, no entendiéndose como titulación de primer ciclo la superación del curso de adaptación. La presentación de la fotocopia del título de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto dará lugar, exclusivamente, al reconocimiento de la puntuación correspondiente a la titulación del segundo ciclo, salvo que se aporte la certificación académica a que se refiere el párrafo anterior para su valoración por el apartado Titulaciones de enseñanzas de régimen especial y de la formación profesional específica: Las titulaciones de enseñanzas de régimen especial otorgadas por las Escuelas Oficiales de Idiomas, Conservatorios Profesionales y Superiores de Música y Escuelas de Arte, así como las de la formación profesional específica, caso de no haber sido las alegadas como requisito para ingreso en la función pública docente o, en su caso, no hayan sido necesarias para la obtención del título alegado, se valorarán de la forma siguiente: a) Por cada título Profesional de Música o Danza: 0,500 puntos. b) Por cada Certificado de nivel avanzado o equivalente de Escuelas Oficiales de Idiomas: 0,500 puntos. Por el Título EGA o equivalente: 0,500 puntos. c) Por cada Título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño: 0,200 puntos. d) Por cada Título de Técnico Superior de Formación Profesional: 0,200 puntos. e) Por cada Título de Técnico Deportivo Superior: 0,200 puntos. DOCUMENTACION JUSTIFICATIVA: Fotocopia compulsada del título alegado como mérito o certificación que acredite haber abonado los derechos para la expedición del título, así como la fotocopia compulsada de todos los títulos que han sido necesarios para la obtención del título que alega para el ingreso.
6 No será valorado ningún título de euskera cuando se aspire a plazas a impartir en vascuence. Cuando se aspire a plazas a impartir en castellano y se presenten varios títulos de euskera que sean equivalentes, únicamente será valorado uno de esos títulos. Cuando se presenten varios títulos de idiomas que sean equivalentes, únicamente será valorado uno de estos títulos. 2.5 Formación permanente: Por cada curso de formación permanente y perfeccionamiento superado, relacionado con la especialidad a la que se opta o con la organización escolar, las nuevas tecnologías aplicadas a la educación, la didáctica, la psicopedagogía o la sociología de la educación, convocado por administraciones públicas con plenas competencias educativas o por universidades, o actividades incluidas en el plan de formación permanente organizados por entidades colaboradoras con las administraciones educativas, o actividades reconocidas por la administración educativa correspondiente: a) No inferior a 3 créditos: 0,2000 puntos. b) No inferior a 10 créditos: 0,5000 puntos. Exclusivamente para la especialidad de música, se valorarán en los mismos términos los cursos organizados por los conservatorios de música. A efectos de este subapartado, se podrán acumular los cursos no inferiores a 2 créditos que cumplan los requisitos que se especifican en este subapartado. En ningún caso serán valorados por este apartado aquellos cursos cuya finalidad sea la obtención de un título académico o formación de posgrado. DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA: Certificado de los cursos expedido por el organismo o centro correspondiente, en el que conste de modo expreso el número de créditos u horas de duración del curso. Para las actividades incluidas en el plan de formación permanente o reconocidas por la Administración Educativa deberá constar expresamente que la actividad en cuestión está incluida en el plan mencionado o que está reconocida por la Administración Educativa. Cuando los certificados no se expresen en créditos, sino en horas, se entenderá que 10 horas son un crédito. Los certificados en que no conste duración en horas o créditos no serán valorarados.
7 III. Otros méritos (hasta un máximo de 2 puntos). - Publicaciones y participación en proyectos educativos: Publicaciones de carácter científico o didáctico sobre aspectos específicos de la especialidad o aspectos generales del currículo o la organización escolar. Documentación justificativa: Ejemplares de las publicaciones (únicamente se valorarán aquellas publicaciones en las que conste el I.S.B.N. o I.S.S.N.), de los programas, etc, las críticas y, si procede, documento acreditativo de haber obtenido los premios correspondientes. Notas comunes al baremo de méritos: 1ª. Únicamente serán baremados aquellos méritos perfeccionados a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en la convocatoria, y que hayan sido aportados por el aspirante dentro de dicho plazo. 2ª. Deberán traducirse al castellano los documentos redactados en lengua extranjera o en la lengua oficial propia de otra Comunidad Autónoma, con excepción del euskera. Dichas traducciones deberán ser realizadas por traductores jurados.
ANEXO I. Los aspirantes no podrán alcanzar más de 10 puntos por la valoración de sus méritos.
ANEXO I Baremo para la valoración de méritos para el ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
ANEXO II BAREMO DE MÉRITOS PARA LA ELABORACIÓN DE LISTAS EXTRAORDINARIAS DE ASPIRANTES A OCUPAR PUESTOS DOCENTES EN RÉGIMEN DE INTERINIDAD
ANEXO II BAREMO DE MÉRITOS PARA LA ELABORACIÓN DE LISTAS EXTRAORDINARIAS DE ASPIRANTES A OCUPAR PUESTOS DOCENTES EN RÉGIMEN DE INTERINIDAD Solamente se tomarán en consideración aquellos méritos debidamente
ANEXO XII BAREMO PARA LA VALORACIÓN DE MÉRITOS PARA EL INGRESO EN EL CUERPO DE MAESTROS -.TURNO LIBRE Y DE RESERVA DE DISCAPACITADOS.
ANEXO XII BAREMO PARA LA VALORACIÓN DE MÉRITOS PARA EL INGRESO EN EL CUERPO DE MAESTROS -.TURNO LIBRE Y DE RESERVA DE DISCAPACITADOS.- La puntuación máxima que podrá obtenerse en aplicación del presente
Anexo II Baremo para la valoración de méritos para el ingreso en el cuerpo de maestros
Anexo II Baremo para la valoración de méritos para el ingreso en el cuerpo de maestros Reglas generales para la aplicación del baremo 1.- Únicamente serán baremados aquellos méritos perfeccionados hasta
RESUELVE. b) Tener cumplidos dieciocho años y no haber alcanzado la edad establecida, con carácter general, para la jubilación.
RESOLUCIÓN DE 26 DE OCTUBRE DE 2009, DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE EDUCACIÓN DE LEÓN, POR LA QUE PREVIA AUTORIZACIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, SE EFECTÚA
3.- Los aspirantes no podrán alcanzar más de 10 puntos por la valoración de sus méritos. Reglas específicas para cada apartado.
Baremo para la valoración de méritos en el procedimiento de ingreso Reglas generales para la aplicación del baremo 1.- Únicamente serán valorados aquellos méritos perfeccionados hasta la fecha de finalización
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 36 LUNES 26 DE OCTUBRE DE 2015 B.O.C.M. Núm. 254 I. COMUNIDAD DE MADRID B) Autoridades y Personal Consejería de Educación, Juventud y Deporte 8 RESOLUCIÓN de 22 de octubre de 2015, de la Dirección
Asimismo, la Base Quinta dispone el llamamiento de aspirantes a sustituciones.
RESOLUCION 632/2008, de 11 de abril, de la Directora del Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación, por la que se aprueba la convocatoria de reordenación del profesorado de religión católica
BAREMO DE MÉRITOS EN EL PROCEDIMIENTO DE INGRESO PUNTOS DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA
Anexo III. BAREMO PARA LA VALORACIÓN DE MÉRITOS EN EL PROCEDIMIENTO DE INGRESO Reglas generales para la aplicación del baremo.- Únicamente serán valorados los méritos perfeccionados antes de la finalización
ANEXO IV BAREMO PARA LA CONVOCATORIA ESPECÍFICA DE AMPLIACIÓN DE LAS LISTAS DE EMPLEO
ANEXO IV BAREMO PARA LA CONVOCATORIA ESPECÍFICA DE AMPLIACIÓN DE LAS LISTAS DE EMPLEO Las personas aspirantes no podrán alcanzar más de 10 puntos por la valoración de sus méritos. APARTADOS 1. EXPERIENCIA
Educación. los meritos?
Marqués de Murrieta, 76. Ala Oeste 26071 Logroño Teléfono: 941.291660 Fax: 941.2916 68 Educación Cultura y Turismo Educación La información contenida en esta sección es orientativa y en ningún caso será
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 98 Miércoles 23 de abril de 2014 Sec. II.B. Pág. 32029 II. AUTORIDADES Y PERSONAL B. Oposiciones y concursos COMUNIDAD DE MADRID 4342 Resolución de 21 de abril de 2014,
Gobierno de La Rioja 1.- REQUISITOS. 1.- Quiénes
Marqués de Murrieta, 76. Ala Oeste 26071 Logroño Teléfono: 941.291660 Fax: 941.2916 68 Educación Cultura y Turismo Educación La información contenida en esta sección es orientativa y en ningún caso será
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID ANEXO 2 BAREMO MÉRITOS VALORACIÓN DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS (1) 2,0000 puntos por año.
ANEXO 2 BAREMO 1. Antigüedad 1.1. Antigüedad en el centro 1.1.1. Por cada año de permanencia ininterrumpida como personal funcionario de carrera con destino definitivo en el centro desde el que concursa.
ANEXO II BAREMO DEL CONCURSO DE MÉRITOS PARA LA SELECCIÓN DE DIRECTORES DE CENTROS DOCENTES PÚBLICOS MÉRITOS PUNTOS DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS
ANEXO II BAREMO DEL CONCURSO DE MÉRITOS PARA LA SELECCIÓN DE DIRECTORES DE CENTROS DOCENTES PÚBLICOS 1. EJERCICIO DE CARGOS DIRECTIVOS (ver disposición complementaria primera) MÉRITOS PUNTOS DOCUMENTOS
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 67 I. COMUNIDAD DE MADRID B) Autoridades y Personal Consejería de Educación, Juventud y Deporte 21 RESOLUCIÓN de 29 de septiembre de 2015, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 65 I. COMUNIDAD DE MADRID B) Autoridades y Personal Consejería de Educación, Juventud y Deporte 12 RESOLUCIÓN de 9 de octubre de 2015, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se realiza
ANEXO III DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS MÉRITOS VALORACIÓN 1. ANTIGÜEDAD 1.1
ANEXO III BAREMO DE PRIORIDADES PARA LA PROVISIÓN MEDIANTE CONCURSO DE TRASLADOS DE ÁMBITO ESTATAL DE PUESTOS CORRESPONDIENTES A LOS CUERPOS DE INSPECTORES AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA Y
ANEXO I. MERITOS VALORACION DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS (1) 1. Antigüedad 1.1. Antigüedad en el centro. 2,0000 puntos por año.
ANEXO I ESPECIFICACIONES A LAS QUE DEBEN AJUSTARSE LOS BAREMOS DE PRIORIDADES EN LA ADJUDICACION DE DESTINOS POR MEDIO DE PROCEDIMIENTO DE PROVISIÓN EN LOS CUERPOS DE CATEDRÁTICOS Y PROFESORES DE ENSEÑANZA
GOBIERNO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
RESOLUCIÓN de 28 de septiembre de 2015 de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se aprueba la convocatoria para la elaboración de bolsas de aspirantes a interinidad de los cuerpos docentes que
Dirección General de Recursos Humanos y Programación Educativa Consejería de Educación, Cultura y Deportes
INSTRUCCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y PROGRAMACIÓN EDUCATICA RELATIVAS A LOS CRITERIOS DE VALORACIÓN DE DIFERENTES APARTADOS DEL BAREMO DE MÉRITOS DE LOS CONCURSOS DE TRASLADOS DE
Nº 17 MARZO 2007. C/ Pozo Hilera 5, 1ºA 37002-SALAMANCA Teléfono y FAX: 923 26 11 10 www.stecyl.es www.stes.es
Nº 17 MARZO 2007 C/ Pozo Hilera 5, 1ºA 37002-SALAMANCA Teléfono y FAX: 923 26 11 10 www.stecyl.es www.stes.es SUMARIO: Solicitudes, Plazo y Documentación. Cómo va a ser el examen? Valoración y ponderación
EMBAJADA DE ESPAÑA EN ALEMANIA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN EN ALEMANIA, DINAMARCA, FINLANDIA, NORUEGA Y SUECIA
EMBAJADA DE ESPAÑA EN ALEMANIA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN EN ALEMANIA, DINAMARCA, FINLANDIA, NORUEGA Y SUECIA Resolución de la Consejería de Educación en Alemania por la que se hace pública convocatoria para
ANEXO IV BAREMO DE MÉRITOS. 1. Ejercicio en oficina de farmacia como farmacéutico titular o cotitular, regente, sustituto o adjunto: 5 puntos/año.
ANEXO IV BAREMO DE MÉRITOS I. MÉRITOS Y PUNTUACIONES A) Experiencia profesional. (Máximo 50 puntos) 1. Ejercicio en oficina de farmacia como farmacéutico titular o cotitular, regente, sustituto o adjunto:
ANEXO I. Requisitos de titulación A) CUERPO DE PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
ANEXO I Requisitos de titulación A) CUERPO DE PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA ESPECIALIDAD Administración de Empresas Asesoría y Procesos de Imagen Personal Biología y Geología TITULACIÓN - Licenciado
Guía de Oposiciones Asturias
Boletín Informativo Guía de Oposiciones Asturias Cuerpo de Maestros 2015 Jesús Arias de Velasco 2, Esc Izqd. OVIEDO 985271920 C/Tineo 3, bajo derecha GIJÓN 985345733 anpe@anpe-asturias.com Resolución de
Junta de Castilla y León
Junta de Castilla y León DELEGACION TERRITORIAL DE LEON Dirección Provincial de Educación RESOLUCIÓN DE 25 DE OCTUBRE DE 2007, DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE EDUCACIÓN DE LEÓN, POR LA QUE PREVIA AUTORIZACIÓN
PREGUNTAS MÁS FRECUENTES SOBRE LOS PROCEDIMIENTOS SELECTIVOS DE INGRESO Y ACCESO A LOS CUERPOS DOCENTES DE ENSEÑANZAS MEDIAS Año 2010
PREGUNTAS MÁS FRECUENTES SOBRE LOS PROCEDIMIENTOS SELECTIVOS DE INGRESO Y ACCESO A LOS CUERPOS DOCENTES DE ENSEÑANZAS MEDIAS Año 2010 RESOLUCIÓN QUE APRUEBA LOS PROCEDIMIENTOS SELECTIVOS Qué Resolución
No se valorará el sobresaliente cuando se obtuviese matrícula de honor.
ANEXO IV BAREMO DE MÉRITOS: 40 puntos 1. Formación: 20% (8 puntos) 1.1.- Académica: a) Grado: - Licenciatura: Plan antiguo: Por cada matrícula de honor: 0,50 puntos Por cada sobresaliente: 0,25 puntos
Inspección Técnica Educativa PROCEDIMIENTO DE ACCESO A CUERPO DE CATEDRÁTICOS
Marqués de Murrieta, 76. Ala Oeste 26071 Logroño Teléfono: 941 291 660 Fax: 941 291 269 Educación, Cultura y Deporte Inspección Técnica Educativa PROCEDIMIENTO DE ACCESO A CUERPO DE CATEDRÁTICOS Resolución
1.- Tener nacionalidad de un país de habla inglesa.
RESOLUCIÓN DE 19 DE OCTUBRE DE 2011 DEL DIRECTOR GENERAL DE GESTIÓN DE PERSONAL POR LA QUE SE CONVOCA CON CARÁCTER EXTRAORDINARIO LA AMPLIACION DE LA BOLSA ESPECÍFICA DE MAESTROS INTERINOS, PARA COBERTURA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN EMBAJADA DE ESPAÑA EN BÉLGICA
EMBAJADA DE ESPAÑA EN BÉLGICA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Resolución de la Consejería de Educación de la Embajada de España en Bélgica por la que se hace pública la convocatoria para la formación de listas
A N E X O V I I I ANEXO VIII. BAREMO PARA LOS SISTEMAS DE ACCESOS ENTRE LOS CUERPOS DE FUNCIONARIOS DOCENTES (B-A y A-A)
Boletín Oficial de Canarias núm. 69 9840 Viernes 9 de abril de 2010 A N E X O V I I I ANEXO VIII BAREMO PARA LOS SISTEMAS DE ACCESOS ENTRE LOS CUERPOS DE FUNCIONARIOS DOCENTES (B-A y A-A) Las personas
BORRADOR-ANEXO III. La fracción de año se computará a razón de 0,033 puntos por mes completo.
BORRADOR-ANEXO III BAREMO PARA LA ADJUDICACIÓN DE DESTINOS A LOS PROFESORES QUE IMPARTEN LA ENSEÑANZA DE LAS RELIGIONES CONTRATADOS CON CARÁCTER INDEFINIDO POR EL MINISTERIO. 1.- EXPERIENCIA DOCENTE (Máximo
CONVOCATORIA DE PROFESORES INTERINOS EN CENTROS Y PROGRAMAS DE LA ACCIÓN EDUCATIVA ESPAÑOLA EN LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN EN FRANCIA.
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN EMBAJADA DE ESPAÑA EN FRANCIA CONVOCATORIA DE PROFESORES INTERINOS EN CENTROS Y PROGRAMAS DE LA ACCIÓN EDUCATIVA ESPAÑOLA EN LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN EN FRANCIA. CURSO 2008-2009
OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO 2014/2015 Cuerpo de Maestras y Maestros
Fecha: 11 de marzo 2015 OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO 2014/2015 Cuerpo de Maestras y Maestros ENTREGA DE MÉRITOS Plazo de entrega: Entre el 16 y 27 de marzo de 2015, ambos incluidos (se recomienda no esperar
MODALIDAD DUAL I. REQUISITOS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS EN MODALIDAD DUAL
CONDICIONES DE ACCESO AL CICLO FORMATIVO DE GRADO SUPERIOR PROGRAMACIÓN DE LA PRODUCCIÓN EN FABRICACIÓN MECÁNICA IES. CRISTO DEL ROSARIO EMPRESA DEUTZ DITER S.A., ZAFRA MODALIDAD DUAL I. REQUISITOS DE
Este documento ha sido firmado electrónicamente por: CARLOS QUESADA FRIGOLET - DIRECTOR GENERAL DE PERSONAL Fecha: 15/06/2015-14:08:02
RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL, POR LA QUE SE REALIZA CONVOCATORIA ESPECÍFICA PARA LA CONSTITUCIÓN Y AMPLIACIÓN DE LISTAS DE EMPLEO PARA NOMBRAMIENTO DE PERSONAL DOCENTE POR NO EXISTIR
ANTECEDENTES DE HECHO
Folio 1/17 Borrador 21_02_14 Vista la necesidad de garantizar la atención educativa del alumnado con profesorado que acredite capacitación docente específica a través de procedimientos ágiles que respeten
C/Santa Paula, 35. 18001-Granada. 958-806074. ipao@ipao.es www.ipao.es OPOSICIONES
C/Santa Paula, 35. 18001-Granada. 958-806074. ipao@ipao.es www.ipao.es OPOSICIONES CUERPO DE MAESTROS REQUISITOS DE ACCESO A LA FUNCIÓN PÚBLICA DOCENTE Para el ingreso en el Cuerpo de Maestros: Estar en
NORMATIVA SOBRE LA CONCESIÓN DE LOS PREMIOS EXTRAORDINARIOS EN LOS ESTUDIOS OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA
NORMATIVA SOBRE LA CONCESIÓN DE LOS PREMIOS EXTRAORDINARIOS EN LOS ESTUDIOS OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA (Aprobada por el Consejo de Gobierno de 28 de mayo de 2014)
MODALIDAD DUAL I. REQUISITOS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS EN MODALIDAD DUAL
CONDICIONES DE ACCESO AL CICLO FORMATIVO DE GRADO SUPERIOR PROCESOS Y CALIDAD EN LA INDUSTRIA ALIMENTARIA IES. SAN JOSÉ, BADAJOZ - INSTITUTO TECNOLÓGICO AGROALIMENTARIO DE EXTREMADURA, INTAEX MODALIDAD
1.1.1 Antigüedad como personal funcionario de carrera con destino definitivo.
VALORACIÓN DE LOS DIFERENTES APARTADOS DEL BAREMO DE MÉRITOS (ANEXO I ) DE LOS CONCURSOS DE TRASLADOS DE ÁMBITO NACIONAL CONVOCADOS PARA EL CURSO 2012/2013.- Los Órganos Colegiados de Valoración previstos
Concurso-Oposición Cuerpo de MAESTROS 2011 NAV JUEVES 10 DE MARZO
Concurso-Oposición Cuerpo de MAESTROS 2011 NAV Convoca CONVOCA TORIA Plazo límite http://www.navarra.es/home_es/servicios/ficha/3873/maestro-concurso-oposicion-y-adquisicionde-nuevas-especialidades-(2011)#presentacion
Curso Especifico de Adaptación para Titulados al Grado en Ingeniería Agroalimentaria y del Medio Rural por la UPV
PREINSCRIPCIÓN EN EL CURSO ESPECÍFICO DE ADAPTACIÓN PARA TITULADOS EN INGENIERÍA TÉCNICA AGRÍCOLA AL GRADO EN INGENIERÍA AGROALIMENTARIA Y DEL MEDIO RURAL. CURSO 2014/2015 Se comunica a todos los interesados
CONVOCATORIA DE PROFESORES INTERINOS PARA EL INSTITUTO ESPAÑOL GINER DE LOS RIOS DE LISBOA. CURSO 2008/2009.
EMBAJADA DE ESPAÑA CONSEJERÍA EN PORTUGAL CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN CONVOCATORIA DE PROFESORES INTERINOS PARA EL INSTITUTO ESPAÑOL GINER DE LOS RIOS DE LISBOA. CURSO 2008/2009. En virtud de las competencias
INFORMACIÓN ADICIONAL
INFORMACIÓN ADICIONAL Requisitos académicos para estudios de nivel no universitario. 7.1. Para obtener beca o ayuda en los estudios de Enseñanzas Medias es preciso para el curso 2011-2012 haber promocionado
BOLSA DE TRABAJO DEL CUERPO SUPERIOR FACULTATIVO, OPCIÓN LICENCIATURA EN VETERINARIA VALORACIÓN DE LA FASE DE CONCURSO
BOLSA DE TRABAJO DEL CUERPO SUPERIOR FACULTATIVO, OPCIÓN LICENCIATURA EN VETERINARIA VALORACIÓN DE LA FASE DE CONCURSO 1.- Se valorará con un máximo de 10 puntos la puntuación media del expediente académico
Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 49 Jueves, 12 de marzo de 2015 Pág. 18256 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN B. AUTORIDADES Y PERSONAL B.2. Oposiciones y Concursos CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN EDU/166/2015,
ANEXO III BAREMO DE PRIORIDADES EN LA ADJUDICACIÓN DE DESTINO EN LOS CUERPOS QUE IMPARTEN DOCENCIA CONTEMPLADOS EN LA LOE
ANEXO III BAREMO DE PRIORIDADES EN LA ADJUDICACIÓN DE DESTINO EN LOS CUERPOS QUE IMPARTEN DOCENCIA CONTEMPLADOS EN LA LOE 1. ANTIGÜEDAD 1.1 Antigüedad en el centro: 1.1.1 Por cada año de permanencia ininterrumpida,
Acreditación de Inglés Avanzado
Acreditación de Inglés Avanzado Guía práctica 2015 ANPE, el sindicato de la enseñanza pública Docentes como tú C/ O'Donnell, 42-1.º A 28009 Madrid Tels.: 915 213 111 y 915 214 348 Fax: 915 230 404 anpe@anpe-madrid.com
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y CALIDAD EDUCATIVA
ACLARACIONES SOBRE EL BAREMO Y CRITERIOS APLICADOS POR LAS COMISIONES DE VALORACIÓN DE LOS MÉRITOS RELATIVOS A LOS APARTADOS QUE LE ATRIBUYE LA ORDEN DE 22 DE OCTUBRE DE 2012 (BORM DEL 30), POR LA QUE
ANEXO III BAREMO PARA PLAZAS DE FUNCIONARIOS DOCENTES EN EL EXTERIOR MÉRITOS PUNTOS DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA. Máximo 2,50 1,25 0,25 0,10.
1. SERVICIOS DOCENTES PRESTADOS 1.1. Por ser funcionario de carrera de los Cuerpos de Catedráticos de Enseñanza Secundaria, de Escuelas Oficiales de Idiomas y de Artes Plásticas y Diseño Máximo 2,50 1,25
Artículo 1.º. Premios y requisitos de los solicitantes de un premio extraordinario.-
Reglamento UCA/CG04/2012, de 30 de marzo de 2012, para la concesión de los premios extraordinarios de Fin de Grado y de Fin de Máster en las titulaciones que se imparten en la Universidad de Cádiz Los
Primera.- Los candidatos deberán reunir los siguientes requisitos generales:
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN EMBAJADA DE ESPAÑA EN ANDORRA CONVOCATORIA DE PROFESORES INTERINOS PARA ATENDER LAS VACANTES Y SUSTITUCIONES EN LOS CENTROS DOCENTES ESPAÑOLES DEPENDIENTES DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
NORMATIVA DE LOS ESTUDIOS OFICIALES DE POSTGRADO DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE MADRID
Exposición de Motivos NORMATIVA DE LOS ESTUDIOS OFICIALES DE POSTGRADO DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE MADRID El Real Decreto 56/2005, de 21 de enero, publicado en el BOE el 25 de enero de 2005, regula los
RESUELVO: Primero.- Convocar las pruebas selectivas que son objeto de las presentes bases.
@@@RESOLUCIÓN xxx/1201 5, de xx de mayo, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueban las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la adquisición
CONDICIONES DE ACCESO AL CICLO FORMATIVO DE GRADO SUPERIOR ENERGÍAS RENOVABLES IES. JAVIER GARCÍA TÉLLEZ, CÁCERES EOSA ENERGÍA, S.L.
CONDICIONES DE ACCESO AL CICLO FORMATIVO DE GRADO SUPERIOR ENERGÍAS RENOVABLES IES. JAVIER GARCÍA TÉLLEZ, CÁCERES EOSA ENERGÍA, S.L. MODALIDAD DUAL I. REQUISITOS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS EN MODALIDAD
CGO 01/04/11 (nº 4/11)- Punto 8.1- Modificación al Baremo de contratación de Profesorado.
Consejo de Gobierno - Sesión Ordinaria de 01/04/11 (nº 4/11)- Punto 8.1 ANEXO 20 BAREMO GENERAL DE MÉRITOS PARA TODAS LAS PLAZAS DE PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR CONTRATADO QUE SE CONVOQUEN A CONCURSO
.- El resto de méritos se incorporarán de oficio al programa del concurso con las excepciones previstas en la Resolución de convocatoria.
VALORACIÓN DE LOS DIFERENTES APARTADOS DEL BAREMO DE MÉRITOS (ANEXO I ) DE LOS CONCURSOS DE TRASLADOS DE ÁMBITO ESTATAL CONVOCADOS PARA EL CURSO 2014/2015.- Los Órganos Colegiados de Valoración previstos
La información sobre esta convocatoria está disponible en la página web de la Consejería de Educación de Reino Unido. www.mecd.gob.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN EN EL REINO UNIDO EMBAJADA DE ESPAÑA Resolución de la Consejería de Educación en el Reino Unido e Irlanda por la que se prorrogan para
NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LA UNIVERSIDAD PONTIFICIA DE SALAMANCA PARA LOS TÍTULOS DE GRADO Y MÁSTER
NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LA UNIVERSIDAD PONTIFICIA DE SALAMANCA PARA LOS TÍTULOS DE GRADO Y MÁSTER Exposición de Motivos El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre (BOE
Normativa de reconocimiento y de transferencia de créditos
Normativa de reconocimiento y de transferencia de créditos (Aprobada por la Comisión de Asuntos Académicos, delegada del Consejo de Gobierno de la UAB, el 15 de julio de 2008 y modificada el 28 de julio
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 233 Sábado 26 de septiembre de 2009 Sec. III. Pág. 81535 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO 15310 Resolución de 8 de septiembre de 2009, de la Presidencia
Consejería de Educación, Cultura y Universidades Dirección General de Planificación Educativa y Recursos Humanos
ACLARACIONES SOBRE EL BAREMO Y CRITERIOS APLICADOS POR LAS COMISIONES DE VALORACIÓN DE LOS MÉRITOS RELATIVOS A LOS APARTADOS QUE LE ATRIBUYE LA ORDEN DE 16 DE OCTUBRE DE 2014 (BORM DEL 21), POR LA QUE
[RÉGIMEN PRESENCIAM. Admisión y matrícula. Periodo ordinario:
SECRETARIA DE ESTADO DE EDUCACiÓN. FORMACiÓN PROFESIONAL Y UNIVERSIDADES DIRECCiÓN GENERAL DE EVALUACiÓ N Y COOPERACIÓN TERRITORIAL INSTRUCCIONES SOBRE EL PROCESO DE ADMISIÓN DE ALUMNOS EN CICLOS FORMATIVOS
CONVOCATORIA AUTONÓMICA DECLARADA DE URGENCIA
CONVOCATORIA AUTONÓMICA DECLARADA DE URGENCIA Resolución de 24 de septiembre de 2015 por la que se convoca proceso selectivo para la elaboración de listas de aspirantes a nombramientos interinos de distintas
UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID CURSO 2013 2014
CONVOCATORIA DEL PROCESO DE ADMISIÓN EN ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE MÁSTER (Excepto Máster en Formación del Profesorado de ESO y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas)
B A N D O DON EDUARDO DOLÓN SANCHEZ, ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE TORREVIEJA
B A N D O DON EDUARDO DOLÓN SANCHEZ, ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE TORREVIEJA HAGO SABER A TODA LA CIUDADANIA: Que la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en su
UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID CURSO 2012-2013
CONVOCATORIA DEL PROCESO DE ADMISIÓN EN ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE MÁSTER (Excepto Máster en Formación del Profesorado de ESO y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas)
Indice oferta académica 2014-2015
Colegio Profesional de Castilla -La Mancha Indice oferta académica 2014-2015 ColegioProfesional de Castilla-La Mancha Adáptate a las titulaciones actuales A Distancia - Semipresencial, en sábados GRADO
PREGUNTAS FRECUENTES PROCEDIMIENTOS SELECTIVOS DE INGRESO Y ACCESO A CUERPOS DOCENTES 2015
PREGUNTAS FRECUENTES PROCEDIMIENTOS SELECTIVOS DE INGRESO Y ACCESO A CUERPOS DOCENTES 2015 1. Para ser interino Debo presentarme a oposición? REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES 2. Qué titulación es necesaria
Convocadas a Concurso Público de Méritos plazas de Profesores Asociados en esta Universidad, solicito ser admitido como aspirante para su provisión,
ANEXO III INSTANCIA-CURRÍCULUM ACADÉMICO Convocadas a Concurso Público de Méritos plazas de Profesores Asociados en esta Universidad, solicito ser admitido como aspirante para su provisión, DATOS PERSONALES
Dicha bolsa tendrá una duración de tres años, estando vigente hasta el curso 2013-2014. Los solicitantes deberán reunir los requisitos siguientes:
BOLSA DE TRABAJO PARA LA CONTRATACIÓN TEMPORAL DE PROFESORES/AS Y MONITORES/AS EN LAS ESCUELAS, TALLERES Y CURSOS DEL PATRONATO MUNICIPAL DE CULTURA DE MORÓN PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA. El Patronato
GUÍA DE AYUDA PARA LA CUMPLIMENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE ACREDITACIÓN
GUÍA DE AYUDA PARA LA CUMPLIMENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE ACREDITACIÓN CUMPLIMENTACIÓN DE LA SOLICITUD Además de los datos personales, deben incluirse todos los méritos a evaluar en los diferentes apartados
REGLAMENTO PARA LA TRANSFERENCIA Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
REGLAMENTO PARA LA TRANSFERENCIA Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS Exposición de Motivos La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en su artículo 36. a), establece que el Gobierno, previo
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN EMBAJADA DE ESPAÑA EN MARRUECOS CONVOCATORIA PARA LA FORMACIÓN DE LAS LISTAS DE ASPIRANTES A CUBRIR PUESTOS DOCENTES EN RÉGIMEN DE INTERINIDAD EN LOS CENTROS DOCENTES ESPAÑOLES
La información sobre esta convocatoria está disponible en la página de la Consejería de Educación en el Reino Unido. www.mecd.gob.
EMBAJADA DE ESPAÑA EN EL REINO UNIDO CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Resolución de la Consejería de Educación en el Reino Unido e Irlanda para la formación de listas de aspirantes a desempeñar puestos en régimen
NORMAS REGULADORAS DE LOS ESTUDIOS DE DOCTORADO EN LA UNIVERSIDAD CEU SAN PABLO
NORMAS REGULADORAS DE LOS ESTUDIOS DE DOCTORADO EN LA UNIVERSIDAD CEU SAN PABLO La presente Normativa de los estudios de Doctorado está contenida esencialmente en el Real Decreto 778/1998, de 30 de mayo,
INSTRUCCIONES SOBRE EL PROCESO DE ADMISIÓN EN CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL EN LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE SECRETARIA DE ESTADO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y UNIVERSIDADES DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN Y COOPERACIÓN TERRITORIAL INSTRUCCIONES SOBRE EL PROCESO
OPOSICIONES ASTURIAS 2014
OPOSICIONES ASTURIAS 2014 Resolución de 4 de abril de 2014, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se convoca procedimiento selectivo para ingreso en los cuerpos docentes a que se
OPOSICIONES 2015. Las pruebas se iniciarán el sábado 20 de junio
OPOSICIONES 2015 Las pruebas se iniciarán el sábado 20 de junio Quienes deseen luchar por aprobar la oposición: Tendrán que presentar el día de inicio de las pruebas la programación didáctica. Quienes
PROCEDIMIENTO PARA LA SELECCIÓN DE PROFESORES TUTORES PROVISIONALES DEL CENTRO ASOCIADO MARÍA ZAMBRANO DE LA UNED EN MÁLAGA
PROCEDIMIENTO PARA LA SELECCIÓN DE PROFESORES TUTORES PROVISIONALES DEL CENTRO ASOCIADO MARÍA ZAMBRANO DE LA UNED EN MÁLAGA 1.- Publicidad La convocatoria de las plazas de profesores tutores provisionales
NORMATIVA ACADÉMICA DE LA UNIVERSITAT OBERTA DE CATALUNYA APLICABLE A LOS ESTUDIOS UNIVERSITARIOS EEES
NORMATIVA ACADÉMICA DE LA UNIVERSITAT OBERTA DE CATALUNYA APLICABLE A LOS ESTUDIOS UNIVERSITARIOS EEES (Texto aprobado por el Comité de Dirección Ejecutivo de 18 de diciembre de 2012 y por la Comisión
ANTECEDENTES DE HECHO
Folio 1/27 RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL, POR LA QUE SE REALIZA CONVOCATORIA ESPECÍFICA PARA LA CONSTITUCIÓN Y AMPLIACIÓN DE LISTAS DE EMPLEO PARA NOMBRAMIENTO DE PERSONAL DOCENTE INTERINO
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
27395 2. OPOSICIONES Y CONCURSOS CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO RESOLUCIÓN de 20 de julio de 2015, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se establece el procedimiento para la adjudicación
2. Autoridades y personal
31 de octubre 2014 Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Núm. 213 página 25 2. Autoridades y personal 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias Consejería de Educación, Cultura y Deporte Resolución
ACLARACIONES AL BAREMO DE MÉRITOS ESTABLECIDO EN EL ANEXO III DELA CONVOCATORIA DE SELECCIÓN DE DIRECTORES O DIRECTORAS PARA EL MANDATO 2012-2016.
ACLARACIONES AL BAREMO DE MÉRITOS ESTABLECIDO EN EL ANEXO III DELA CONVOCATORIA DE SELECCIÓN DE DIRECTORES O DIRECTORAS PARA EL MANDATO 2012-2016. De carácter General: a) Todos los méritos alegados han
NORMATIVA INTERNA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS NI-003
NORMATIVA INTERNA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS NI-003 REVISIÓN 8 Realizado por: Revisado por: Aprobado por: Carmen Callao Asistente Jurídico Andy Tunnicliffe Adjunto al Rector en Internacionalización
CRITERIOS PARA LA VALORACIÓN DE LOS APARTADOS 3, 5.1, 5.2, 6.1, 6.2 Y 6
CRITERIOS PARA LA VALORACIÓN DE LOS APARTADOS 3, 5.1, 5.2, 6.1, 6.2 Y 6.3 DEL BAREMO DE MÉRITOS DE LOS CONCURSOS DE TRASLADOS DE ÁMBITO REGIONAL CONVOCADOS PARA EL CURSO 2011/2012. 3. Méritos Académicos
2. Además de los requisitos citados, los aspirantes habrán de cumplir los requisitos siguientes:
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN EMBAJADA DE ESPAÑA EN FRANCIA Resolución de la Consejería de Educación en Francia por la que se hace pública la convocatoria para la formación de listas de aspirantes a desempeñar
NOTAS ACLARATORIAS PARA LA INTERPRETACIÓN DEL BAREMO PARA LA CONTRATACIÓN LABORAL DEL PDI DE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA
NOTAS ACLARATORIAS PARA LA INTERPRETACIÓN DEL BAREMO PARA LA CONTRATACIÓN LABORAL DEL PDI DE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA Aprobadas por la Comisión de Selección de Ayudantes, Profesores Ayudantes Doctores
Tratamientos específicos de la formación permanente en los baremos de las oposiciones en las CCAA
Tratamientos específicos de la formación permanente en los baremos de las oposiciones en las CCAA NORMATIVA GENERAL. RD 276/07 (BOE 2/3/07) III.Otros méritos Serán determinados en las respectivas convocatorias.
VI EDICIÓN BECAS PARA FORMACIÓN MUSICAL O DANCÍSTICA. Curso 2015 2016
VI EDICIÓN BECAS PARA FORMACIÓN MUSICAL O DANCÍSTICA Curso 2015 2016 1. Objeto y finalidad La Fundación Ciudad de Alcobendas tiene por fin reconocido en sus estatutos el desarrollo y promoción de la Ciudad
NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN ESTUDIOS DE GRADO (aprobada por Consejo de Gobierno de 23/04/2009)
NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN ESTUDIOS DE GRADO (aprobada por Consejo de Gobierno de 23/04/2009) Exposición de motivos Capítulo I.- Disposiciones generales Artículo 1.- Ámbito
CONVOCATORIA AUTONÓMICA.
CONVOCATORIA AUTONÓMICA. A la vista de las necesidades surgidas para el curso 2014/2015, en las listas de aspirantes a interinidad de los Cuerpos de Profesores de Profesores de Enseñanza Secundaria 0590,
1.2. Tener cumplidos los dieciocho años y no exceder de la edad establecida para la jubilación.
EMBAJADA DE ESPAÑA EN SUIZA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN EN SUIZA Y AUSTRIA. RESOLUCIÓN DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN EN SUIZA POR LA QUE SE HACE PÚBLICA LA CONVOCATORIA PARA LA FORMACIÓN DE LISTAS DE ASPIRANTES
Fundación General Universidad de Granada - Empresa Centro de Transferencia Tecnológica (CIT) Gran Vía de Colón 48. CP 18071.
RESOLUCIÓN PARA LA CONVOCATORIA DE BECAS PARA LA REALIZACIÓN DE ACCIONES FORMATIVAS VIRTUALES QUE SE IMPARTIRÁN POR LA FUNDACIÓN GENERAL UNIVERSIDAD DE GRANADA-EMPRESA EN COLABORACIÓN CON EL CENTRO DE
GUIA DEL ALUMNO DE MAGISTERIO EN PRÁCTICAS
GUIA DEL ALUMNO DE MAGISTERIO EN PRÁCTICAS ANPE-RIOJA. C/ República Argentina 26-1º Izda 26002 Logroño 941262687 www.anperioja.org e-mail: anperioja@anperioja.org INDICE 1. PRESENTACIÓN.. 2 2. PROCEDIMIENTO
PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE LA NORMATIVA BÁSICA DE
PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE LA NORMATIVA BÁSICA DE LOS REQUISITOS DE ACCESO Y DE LOS PROCEDIMIENTOS DE ADMISIÓN A LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE GRADO 0 1 La Ley Orgánica