CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
|
|
- José Francisco Caballero Gil
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS Que celebran, por una parte, ( ), a la que en lo sucesivo se denominara EL PRESTADOR, y por la otra parte, MetLife México, S.A., a la que en lo sucesivo se denominara METLIFE, representada por en su carácter de su Apoderado Legal, de conformidad con las declaraciones y cláusulas siguientes: D E C L A R A C I O N E S I. METLIFE DECLARA por conducto de su apoderado legal, que: I.1 Ser una sociedad constituida al amparo de las leyes mexicanas, con el Registro Federal de Contribuyentes MME EM3; y que su apoderado legal cuenta con las facultades legales necesarias para obligarla en los términos descritos en el presente documento, mismas que no le han sido revocadas o limitadas en forma alguna. I.2 Señala como domicilio para todos los efectos de este acto jurídico el ubicado Blvd. Manuel Ávila Camacho No. 32, pisos Sky Lobby, 14 a 20 y PH, Colonia Lomas de Chapultepec, C.P , Delegación Miguel Hidalgo, México, D.F. I.3 Que su representante cuenta con facultades suficientes para obligarla, las que manifiesta no le han sido revocadas, modificadas ni restringidas en forma alguna. II. II.1 II.2 II.3 II.4 II.5 EL PRESTADOR DECLARA, que: Que cuenta con la autorización de Comisión Nacional de Seguros y Fianzas con cédula para desarrollar la actividad de agente de seguros de manera libre e independiente, habiendo sido expedida la autorización o cédula respectiva, así como cuenta con el Registro Federal de Causantes número Su domicilio esta ubicado en: Que conoce las necesidades de METLIFE y cuenta con la capacidad técnica, humana, económica, así como la experiencia suficiente para dar cumplimiento al presente contrato y, hacer frente, en su oportunidad, a cualquier clase de responsabilidades, además de que dispone de los recursos humanos y materiales, así como de los medios administrativos necesarios para llevar a cabo el objeto de este contrato. Que en el desarrollo de su actividad se encuentra comprendida la prestación de servicios al publico en general, como los que se obliga en los términos del presente contrato, que no pretende que los servicios que le son requeridos sean realizados en forma única ni principal para METLIFE, ni pretende que estos sean su única forma de ingreso. Que cuenta con la capacidad para la celebración de este contrato, la cual no le ha sido limitada, restringida o modificada en forma alguna. 1
2 III. AMBAS PARTES DECLARAN QUE: Única.- Que es voluntad celebrar el presente contrato, el cual suscriben obligándose en los términos de las siguientes: C L A U S U L A S PRIMERA.- OBJETO.- METLIFE y EL PRESTADOR convienen en que éste, con personal, recursos e insumos propios, bastantes y suficientes, lleve a cabo el reclutamiento, selección, contratación, capacitación, coordinación y administración de agentes de seguros con cédula provisional y cédula definitiva autorizados por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, para la intermediación de seguros de manera independiente con base en contratos de mercantiles de intermediación de seguros, de acuerdo con las necesidades de su operación, así como brindar el asesoramiento necesario para los mismos efectos. EL PRESTADOR desarrollará e implementará los servicios pactados en este instrumento, a efecto de cumplir con los objetivos que le han sido comunicados previamente, los cuales se detallan en el Anexo. Asimismo, EL PRESTADOR, deberá solicitar a los nuevos agentes de seguros y entregar a METLIFE, la documentación necesaria para la firma del contrato mercantil de intermediación de seguros, así como para la asignación de la clave de control interno, que a su vez servirá de control de los agentes de seguros reclutados por EL PRESTADOR.En este sentido, EL PRESTADOR canalizará a METLIFE la producción de las pólizas de seguros intermediadas por los agentes de seguros, a través de la citada clave de control interno. Por otra parte, METLIFE se compromete a proporcionar a EL PRESTADOR lo marcado en el Anexo, para la adecuada prestación de los servicios objeto de este contrato, siempre y cuando EL PRESTADOR cumpla con los objetivos pactados en el mencionado Anexo. EL PRESTADOR se compromete a llevar un estricto control sobre toda la documentación que reciba por parte de METLIFE, acorde a lo señalado en la cláusula décima del presente instrumento. SEGUNDA.- CONTRAPRESTACION.- Como compensación, METLIFE entregará a EL PRESTADOR la cantidad que resulte de aplicar los montos y porcentajes estipulados en el plan de incentivos del año en curso relativo a la vigencia del presente contrato establecido en el Anexo así como los señalados en el Anexo, los cuales forman parte integrante del presente contrato como si a la letra se insertasen, en el entendido que éste podrá ser modificado total o parcialmente, o en su caso cancelados. Las cantidades señaladas serán pagaderas exclusivamente en moneda nacional, y compensarán a EL PRESTADOR por los materiales, insumos, sueldos, honorarios, organización, dirección técnica, administrativa, prestaciones sociales y laborales al personal que en su caso pudiera destinar al cumplimiento del presente contrato, así como todos los demás gastos que se originen como consecuencia de los mismos, por lo que EL PRESTADOR no podrá exigir alguna retribución adicional por ningún otro concepto. 2
3 TERCERA.- RECLUTAMIENTO, SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN.- Los agentes de seguros con cédula provisional o definitiva serán reclutados, seleccionados capacitados y coordinados por EL PRESTADOR, conforme a las recomendaciones que realice METLIFE, estos agentes de seguros no tendrán ningún vínculo laboral con METLIFE, ya que su esquema de contratación será de carácter mercantil según los dispuesto por el inciso b) del artículo 23 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros o aquel que lo sustituya. EL PRESTADOR se obliga expresamente a no cobrar a los agentes de seguros que reclute cantidad alguna por este motivo o de cualquier otra persona distinta a EL PRESTADOR, así como a no permitir o realizar la transferencia de agentes de seguros que sean reclutados por EL PRESTADOR, a otro prestador de servicios que tenga celebrado contrato con las mismas características de servicio objeto de este instrumento con METLIFE y sin la autorización previa y por escrito de este último, CUARTA.- CAPACITACIÓN.- METLIFE elaborará un Programa de Capacitación para los agentes de seguros que sean reclutados, seleccionados, contratados y administrados por EL PRESTADOR que será implementado de manera conjunta con EL PRESTADOR. Los programas de capacitación que realice METLFE serán intensivos y de actualización dirigida a instruir a los aspirantes a obtener el carácter y registro de agente de seguros con cédula provisional o definitiva, con el fin de que éstos reciban, mantengan y actualicen conocimientos adecuados de la normatividad, operación y desarrollo de la actividad independiente de intermediación de agentes de seguros. QUINTA.- REGISTRO Y CERTIFICACIÓN.- Todos los trámites referentes al registro de agentes de seguros persona física con cédula provisional ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas se realizarán a través de METLIFE. SEXTA.- INFORMACIÓN.- METLIFE informará por escrito a EL PRESTADOR, oportunamente sobre las autorizaciones otorgadas a los agentes de seguros de cédula provisional. EL PRESTADOR deberá de apegarse a la información que proporcione METLIFE, para el anterior efecto. Asimismo, EL PRESTADOR no proporcionará datos falsos o confusos de METLIFE, ni detrimentos o adversos en cualquier forma a la misma. SEPTIMA.- CONFIDENCIALIDAD.- EL PRESTADOR acepta y se obliga a guardar la Confidencialidad de toda la información que METLIFE le proporcione para el desarrollo de los servicios contratados al amparo de este instrumento, así como a respetar y hacer cumplir las disposiciones que en materia de Marcas y Patentes, Propiedad Intelectual, así como del resguardo y/o custodia de la información que se describe a continuación: 7.1 Confidencialidad de la Información: Por ésta se entiende que EL PRESTADOR se obliga a no divulgar, reproducir, difundir, destruir, alterar o usar de manera indebida toda 3
4 la información, en lo sucesivo la información confidencial, que se refiera de manera enunciativa más no limitativa a las estrategias de negocio, operaciones, precios de productos, clientes, consumidores, colaboradores, estructura organizacional, administrativa, planes, reservas técnicas, estados financieros, tarifas, comisiones, premios, concursos, licitaciones, adquisiciones, sistemas u otras materias que METLIFE considere importantes para la consecución de sus fines, objetivos y su operación; sea cual fuere el medio en que dicha información se encuentre contenida o se haya proporcionado. 7.2 Marcas y Patentes: Se entiende que la firma del presente, no permite ni da derecho a EL PRESTADOR al uso en cualquier medio publicitario, ya sea en forma publica o privada de las marcas y nombres comerciales, patentes, derecho de autor, derecho de trabajo oculto, secreto comercial o cualquier otro derecho de propiedad intelectual o industrial registrados a favor de METLIFE y/o cualquiera de sus empresas filiales, por lo que queda expresamente prohibido su uso por su parte o a través de cualquier persona moral de la que forme o llegue a formar parte EL PRESTADOR, salvo convenio expreso y por escrito en contrario. 7.3 Propiedad Intelectual: Se entiende que toda la información confidencial entregada o revelada a EL PRESTADOR por motivo o consecuencia de la celebración de este contrato continuará siendo propiedad de METLIFE, por lo que cualquier derecho que otorguen la leyes sobre cualquier obra, invención, desarrollo, mejora tecnológica, diseño industrial, modelo de utilidad o cualquier tipo de descubrimiento, invento u otro concepto similar, que realice EL PRESTADOR por encargo de METLIFE o por el desarrollo de la prestación del servicio objeto del presente contrato, se entenderá cedido a METLIFE por virtud de la firma del presente acuerdo; además EL PRESTADOR acuerda en entregar a METLIFE toda la documentación necesaria a efecto de que está pueda realizar el registro correspondiente y pueda demostrar en todo momento que es titular de los derechos de propiedad intelectual antes mencionados. 7.4 Resguardo y/o custodia de la información: Consiste en que EL PRESTADOR los empleados, subsidiarias o filiales de EL PRESTADOR, quedarán obligadas en los términos del presente contrato a guardar confidencialmente las claves de acceso a los sistemas y plataformas de cómputo y de comunicaciones que le hayan sido proporcionadas por METLIFE incluyendo los medios físicos de consulta de dicha información (vgr. Equipo de cómputo, redes, línea telefónica, cajas de seguridad, áreas restringidas, etc.) y no compartir con nadie dichas claves de acceso, además de prevenir la perdida de la información confidencial por descuido, mal uso o negligencia, a través del cabal cumplimiento de las políticas, normas y procedimientos de protección, respaldo, recuperación, protección y seguridad de la información confidencial establecidos por METLIFE, reportando cualquier incidente que pudiera dañar la misma, incluyendo mal uso de recursos, uso ilegal de software, virus, etcétera. EL PRESTADOR esta de acuerdo en que responderá por los daños y perjuicios probados que se puedan causar o se causen por incumplimiento de ésta cláusula, independientemente de las sanciones a las que pueda ser acreedora de acuerdo a la legislación mexicana 4
5 EL PRESTADOR conoce las responsabilidades y sanciones legales previstas en los Artículos 210 y 211 del Código Penal Federal y sus correlativos en el Distrito Federal y en los Estados de la República Mexicana; así como de las establecidas en la Ley Federal del Derecho de Autor y la Ley de la Propiedad Industrial, las cuales serán aplicables en caso de incumplimiento a lo estipulado en la presente cláusula. Si EL PRESTADOR proporciona información a cualquiera de sus empleados, subsidiarias o filiales, éstas quedarán obligadas en los términos del presente contrato. EL PRESTADOR podrá divulgar la información entregada por METLIFE, sin incurrir en ningún incumplimiento a la presente cláusula, sólo en el caso en que sea requerida la misma por alguna autoridad judicial, caso en el cual EL PRESTADOR deberá de notificar de inmediato tal situación a efecto de que METLIFE tome las medidas necesarias. OCTAVA.- RELACIÓN LABORAL.- EL PRESTADOR reconoce y acepta que cuenta con los recursos materiales, económicos y humanos para el cumplimiento de las obligaciones a su cargo, y que la única relación jurídica existente entre las partes contratantes es la derivada del presente contrato, razón por la cual no existe ninguna relación OBRERO-PATRONAL entre METLIFE y EL PRESTADOR así como los trabajadores, personal, y/o terceros que éste contrate o destine para el cumplimiento del presente instrumento jurídico, en tal virtud EL PRESTADOR reconoce ser el patrón y único responsable de dichos trabajadores, personal, y/o terceros, aceptando a su vez que éstos se encontrarán bajo su inmediata dirección, supervisión, subordinación y dependencia, obligándose de manera enunciativa más no limitativa al pago de salarios ordinarios, extraordinarios, vacaciones, aguinaldo, prima de antigüedad, liquidaciones, riesgos de trabajo, despidos, IMSS e INFONAVIT y demás prestaciones y obligaciones obrero-patronales que establece la Ley Federal del Trabajo en vigor, por lo que METLIFE no será considerado como responsable solidario respecto de dichas obligaciones, y por tanto no asumirá ninguna reclamación por las responsabilidades antes citadas, obligándose EL PRESTADOR a sacar en paz y a salvo a METLIFE por cualquier reclamación, demanda, denuncia, querella, queja o cualquier otra acción judicial o extrajudicial de cualquier índole. En tal virtud, EL PRESTADOR reconoce y acepta expresamente que cuenta con los elementos propios a que se refieren los artículos 13 y 15 de la Ley Federal del Trabajo y en consecuencia manifiesta que es el único patrón de cada una de las personas que intervengan en la prestación del servicio objeto del presente contrato, liberando a METLIFE de cualquier responsabilidad laboral. En cumplimiento de lo anterior, EL PRESTADOR se obliga a exhibir a METLIFE en el momento en que este lo requiera, la documentación necesaria para comprobar que se encuentra al corriente respecto de las obligaciones obrero-patronales que deriven de las responsabilidades y obligaciones que determina la Ley del Seguro Social y de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda de los Trabajadores, así como la debida formalización y existencia de los contratos individuales y/o colectivos de trabajo que tenga EL PRESTADOR celebrado con sus trabajadores, personal, y/o terceros utilizados ya sea contratados bajo el régimen de honorarios y/o bajo las disposiciones del Código Civil Vigente para el Distrito Federal para la prestación del 5
6 servicio encomendados, así como el debido cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones exigidas por la Ley Federal del Trabajo. En la prestación de los servicios consignados en éste contrato, los trabajadores, personal y/o terceros de EL PRESTADOR actuarán en todo momento bajo las órdenes y responsabilidad de EL PRESTADOR. En ningún caso y bajo ninguna circunstancia se presumirá que son empleados de METLIFE, ni se deberán ostentar como tales ante terceros o intentar suscribir o celebrar contratos o contraer obligaciones en nombre o representación de METLIFE, así mismo el personal que contrate EL PRESTADOR para el cumplimiento del presente contrato tiene estrictamente prohibido recibir órdenes de METLIFE. Queda establecido que EL PRESTADOR es el único responsable de los trabajadores, personal y/o terceros que haya contratado para los fines de este contrato; por lo que se compromete a poner en marcha todas las acciones necesarias para solucionar un paro laboral, huelga de su personal, clausura, así como en todo evento que impida la ejecución de todo o parte de los servicios contratados en condiciones normales según lo pactado al amparo de éste instrumento. En caso de que el paro laboral, huelga, clausura o factor ajeno a la voluntad de EL PRESTADOR impida el cumplimiento de sus obligaciones y éste se prolongue por mas de 48 horas, METLIFE tendrá derecho de contratar con un tercero todo o parte de las obligaciones no cumplidas materia del presente contrato, así como descontar a EL PRESTADOR de la contraprestación pactada en el mismo y/o sus anexos, el costo de la contratación del tercero, sin ninguna responsabilidad para METLIFE, ni la necesidad de declaración judicial al respecto, debiendo EL PRESTADOR pagar a METLIFE, el monto de los daños y perjuicios que le ocasione. Para el caso de un paro laboral y/o huelga, y/o demandas laborales en que se vea involucrado METLIFE, por parte de los trabajadores, personal y/o terceros de EL PRESTADOR, METLIFE podrá rescindir el presente contrato, sin responsabilidad para ella, ni necesidad de declaración judicial al efecto. EL PRESTADOR se obliga expresamente a remunerar a METLIFE, de cualquier acción judicial intentada en su contra por los gastos erogados para su atención o substanciación, previa cuantificación que de los mismos realice ésta. NOVENA.- ADMINISTRACIÓN Y CONTROL.- EL PRESTADOR llevará un control exacto y preciso que permita el buen funcionamiento y seguimiento de la siguiente información: 1. Relación de los agentes de seguros con cedula provisional o definitiva que seleccione o reclute, para la firma del contrato mercantil de intermediación de seguros, de acuerdo con las necesidades de la operación de METLIFE. 2. Participar en la implementación los Programas de Capacitación que METLIFE elabore para los agentes de seguros. 3. Llevar un control de los estado de los trámites referentes al registro de Agentes de Seguros con cédula provisional o definitiva ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas y que se realizarán a través de METLIFE. 6
7 4. Mantener una comunicación efectiva con METLIFE para conocer en forma oportuna del reclutamiento, selección, contratación y capacitación de de agentes de seguros con cédula provisional y cédula definitiva a METLIFE para la intermediación de seguros de manera independiente con base en contratos de seguros de carácter mercantil. 5. Para tal efecto, EL PRESTADOR se obliga a asistir a todas las reuniones que convoque previamente METLIFE, a efecto de solucionar cualquier problemática que se presente con motivo de la prestación del servicio e instrumentar las medidas pertinentes para su solución EL PRESTADOR tendrá el compromiso ante METLIFE de desarrollar las estrategias creativas necesarias para el cumplimiento de los objetivos de este contrato así como recomendar cualquier otro curso de acción necesario para el mejor cumplimiento de los objetivos antes descritos. Asimismo, EL PRESTADOR podrá designar dentro de su personal administrativo una persona que tendrá las funciones de la administración, entrega de solicitudes de reclutamiento a los prospectos de agentes de seguros con cédula provisional o definitiva y el seguimiento de los mismos, envío de reportes, resguardo de la documentación contractual y publicitaria de METLIFE para uso de los fines de este contrato y que será previamente autorizados por METLIFE. DÉCIMA.- PROHIBICIONES.- Ambas partes convienen expresamente que, en virtud de que EL PRESTADOR de conformidad con lo estipulado en este contrato, no es apoderado, mandatario, ni representante de METLIFE, por lo que no podrá contraer a nombre de ésta obligación alguna. EL PRESTADOR no podrá asumir directa ni indirectamente ninguna clase de riesgos; tampoco podrá otorgar, modificar, ni rescindir los contratos de intermediación mercantil de los agentes de seguros con cédula provisional o definitiva en nombre de METLIFE ni obligar a METLIFE bajo ningún concepto. Asimismo, EL PRESTADOR no proporcionará datos falsos de METLIFE, ni detrimentos o adversos en cualquier forma a la misma. En todo momento EL PRESTADOR se abstendrá de realizar, propiciar o fomentar actos tendientes a cancelarla maliciosamente, o bien, de trasladarla a cualquier otra Institución o tercero. DÉCIMA PRIMERA.- CESIÓN.- EL PRESTADOR es el responsable único y directo de la debida prestación de los servicios estipulados en este contrato, por lo que, tal responsabilidad no podrá ser delegada en terceras personas. DÉCIMA SEGUNDA.- GASTOS.- METLIFE no asume ningún gasto que EL PRESTADOR lleve a cabo en el desempeño de su actividad, en virtud de que la contraprestación señalada en la cláusula primera y en los respectivos Anexos de este contrato, constituyen la única contraprestación en favor del mismo, en términos de lo estipulado en este instrumento. 7
8 DÉCIMA TERCERA.- VIGENCIA.- Las partes convienen que el presente contrato inicia el, y terminará el. DÉCIMA CUARTA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA.- Cualquiera de las partes en cualquier momento podrán dar por terminado este contrato por previo aviso por escrito con diez días naturales de anticipación, sin necesidad de declaración judicial, acordándose que METLIFE adquirirá todos registros sobre el objeto del presente contrato que haya formado EL PRESTADOR. En dicho supuesto, las partes acuerdan expresamente que METLIFE determinarán la forma y términos en que extinguirán las prestaciones pendientes de cumplir entre ellas. En el supuesto anterior, METLIFE cubrirá a EL PRESTADOR las cantidades por concepto de contraprestación que se encuentren pendientes de pago, devolviéndole EL PRESTADOR a METLIFE toda la documentación que obre en su poder y se abstendrá de dar información alguna a terceros y especialmente a otras compañías o Administradoras, ya que en caso contrario estaría violando el secreto profesional o confidencialidad de METLIFE reservándose ésta ejercitar cualquier acción legal en contra de EL PRESTADOR. DÉCIMA QUINTA.- RESCISIÓN.- El presente contrato se podrá dar por rescindido por alguna de las partes, en caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones mercantiles pactadas en este contrato mediante aviso por escrito y con efectos a partir de la fecha en que incurra el incumplimiento. Para la rescisión del contrato se señalan algunas de las siguientes causas de manera enunciativa más no limitativa: a) El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones estipuladas en el presente contrato. b) La falsedad de las manifestaciones indicadas en el capítulo de Declaraciones. c) La resolución o mandamiento de autoridad administrativa o judicial que así lo ordene. d) La mala calidad, la impericia, la negligencia o la culpa que cause un daño a METLIFE y que sea imputable a EL PRESTADOR en la ejecución del objeto del presente contrato. e) Que EL PRESTADOR realice actividades materia de este acuerdo de voluntades por su cuenta, que contravengan el objeto de este contrato y/o afecten los intereses de de METLIFE. f) Si EL PRESTADOR se declara en concurso mercantil, o realiza actos que en forma alguna afecten al objeto del presente contrato. g) Si EL PRESTADOR cede, enajena, arrienda, promete, compromete o bajo cualquier modalidad transfiere parte o la totalidad de los derechos adquiridos en el presente documento. h) SI EL PRESTADOR incumple con cualquiera de sus obligaciones fiscales, patronales o de Seguridad Social que pudieran afectar el cumplimiento del objeto del presente contrato. i) Para el caso de un paro laboral o huelga por parte del personal de EL PRESTADOR. j) Que por cualquier motivo pierda la autorización de la Comisión nacional de Seguros y Fianzas, declarada por EL PRESTADOR, en el respectivo inciso II.1 del capítulo de declaraciones del presente contrato. 8
9 Cuando se presente cualquiera de los casos mencionados, METLIFE quedará expresamente facultada para optar por exigir el cumplimiento del contrato, aplicando las penas convencionales y/o rescindirlo, sin perjuicio en ninguno de los casos mencionados, de las acciones derivadas de los daños y perjuicios que pudiera ocasionar a METLIFE. DÉCIMA SEXTA.- RESPONSABILIDAD CIVIL.- EL PRESTADOR asume frente a METLIFE la responsabilidad civil que pudiera ocurrir con motivo de la ejecución de las actividades que se deban realizar al amparo del presente contrato, derivada de los daños que se llegaren a ocasionar a personas y cosas durante la ejecución del mismo, por lo cual, EL PRESTADOR asume y se obliga a responder por cualquier daño, faltante o robo total causado directamente a METLIFE, a sus empleados, colaboradores, clientes, proveedores, y en general a cualquier personal que se encuentre dentro de sus instalaciones, cuando dicho daño, faltante o robo haya sido causado directa o indirectamente por los empleados, colaboradores, contratistas o proveedores, etc. de EL PRESTADOR DÉCIMA SEPTIMA.- LIBERTAD CONTRACTUAL.- EL PRESTADOR y METLIFE convienen en que METLIFE podrá celebrar libremente contratos similares al presente, con otras personas físicas o morales. En todo caso, si EL PRESTADOR lleva a efecto cualquier otra actividad, en esta no deberá involucrarse a METLIFE. DECIMA OCTAVA.- PAPELERÍA.- EL PRESTADOR no podrá alterar o de cualquier forma modificar la papelería, documentación o estructuras de las marcas que son propiedad de METLIFE o de sus afiliadas, así como no hacer uso indebido de los recursos. DECIMA NOVENA.- CAPACITACION.- EL PRESTADOR y METLIFE están de acuerdo y deberán de asegurar que la capacitación siempre tendrá como objetivo el proporcionar las mejoras de herramientas para una buena venta adecuada al cliente, entendiéndose, un buen entrenamiento del producto, técnicas de ventas, entre otros. En caso de existir productos que mantengan una inversión o fondo, asegurar que el entrenamiento sea encausado a dejar claro al cliente los beneficios y eventualidades del producto. VIGESIMA.- PERFIL DE LOS AGENTES.- EL PRESTADOR de forma proactiva está de acuerdo que las políticas de contratación de los agentes deberán ser encaminadas a tener a los candidatos mejor calificados. VIGÉSIMA PRIMERA.- IMPUESTOS Y DERECHOS.- Los impuestos y derechos que se generen con motivo de la prestación de servicios objeto del presente contrato, serán pagados por la parte a que corresponda de conformidad con las disposiciones fiscales aplicables, por lo que a cada factura se le realizarán las retenciones que las disposiciones legales establezcan. 9
10 VIGÉSIMA SEGUNDA.- DOMICILIOS Y COMUNICACIONES.- Para todos los efectos de este contrato, las partes señalan como sus respectivos domicilios los citados en las declaraciones del presente instrumento y convienen en que los cambios que de ellos se lleguen a efectuar, deberán notificárselos con treinta días naturales de anticipación, en el concepto de que cualquier notificación o comunicado se tendrá por hecho correctamente al ultimo domicilio señalado. VIGÉSIMA TERCERA.- TITULOS DE LAS CLÁUSULAS.- Los títulos de las cláusulas que aparecen en el presente contrato se han colocado con el exclusivo propósito de facilitar su lectura, por tanto, no necesariamente definen ni limitan el contenido de las mismas. Para efectos de interpretación de cada cláusula deberá atenderse exclusivamente a su contenido, y de ninguna manera a su título VIGÉSIMA CUARTA.- AUTORIDADES Y COMPETENCIA.- Para la interpretación y cumplimiento de este contrato, las partes por su libre voluntad convienen en sujetarse a lo dispuesto por disposiciones legales aplicables para este contrato, que en caso de controversia se someterán a los Tribunales competentes de la Ciudad de México, Distrito Federal. VIGÉSIMA QUINTA.- RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO.- Las partes manifiestan estar debidamente enteradas del contenido y alcance de todas y cada una de las disposiciones legales que se encuentran al amparo del presente contrato, manifestando que éste contrato constituyen la totalidad del acuerdo entre las partes por lo que cualquier acuerdo previo, oral o escrito entre las partes queda finiquitado y sin validez legal a partir de la firma del presente instrumento, el cual firman las partes por triplicado, el día en la Ciudad de México, Distrito Federal. EL PRESTADOR METLIFE METLIFE MEXICO, S.A. APODERADO LEGAL APODERADO LEGAL 10
CONTRATO DE LICENCIA DE SIGNOS DISTINTIVOS DE LA OTC- UAEM
CONTRATO DE LICENCIA DE SIGNOS DISTINTIVOS DE LA OTC- UAEM CONTRATO DE LICENCIA DE USO DE SIGNOS DISTINTIVOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE SUJETO A REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR SUJETO C A QUIEN EN LO SUCESIVO
Más detallesCONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN DE QUE CELEBRAN POR UNA PARTE
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN DE QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL ORGANISMO CERTIFICADOR DENOMINADO BAS INTERNATIONAL CERTIFICATION CO., A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ BASICCO,
Más detallesCONVENIO DE CONFIDENCIALIDAD
CONVENIO DE CONFIDENCIALIDAD QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE., EN LO SUCESIVO, REPRESENTADA POR, EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL Y, POR LA OTRA, EL INSTITUTO NACIONAL DE ASTROFISICA, OPTICA Y ELECTRONICA
Más detallesCONTRATO DE INTERMEDIACIÓN MERCANTIL DE SEGUROS
CONTRATO DE INTERMEDIACIÓN MERCANTIL DE SEGUROS Que celebran, por una parte,, representada en este acto por en su carácter de Apoderado Legal, a lo que en lo sucesivo se denominara EL AGENTE DE SEGUROS
Más detallesAviso Legal. Entorno Digital, S.A.
Aviso Legal En relación al cumplimiento de la Ley de Protección de Datos, le informamos que los datos personales facilitados por Ud. en cualquiera de los formularios incluidos en este sitio web son incluidos
Más detallesCONTRATO DE MANDATO PRIMERA.- PARTES.
CONTRATO DE MANDATO PRIMERA.- PARTES. El presente contrato de mandato se regirá por las siguientes cláusulas, y en lo no previsto en ellas, por las disposiciones del Código Civil y Código de Comercio,
Más detallesCONTRATO DE ACCESO A DATOS PERSONALES ENTRE RESPONSABLE DEL FICHERO
CONTRATO DE ACCESO A DATOS PERSONALES ENTRE RESPONSABLE DEL FICHERO Y ENCARGADO DE TRATAMIENTO En..., a... de... de 20... REUNIDOS De una parte, D...., en nombre y representación de... (en adelante el
Más detallesAVISOS LEGALES Sistema de Control de Solicitudes ( SICS )
AVISOS LEGALES Sistema de Control de Solicitudes ( SICS ) SEGUROS ARGOS, S.A. DE C.V. (en adelante ARGOS ), es una sociedad mercantil legalmente constituida de acuerdo a las Leyes de la República Mexicana
Más detallesGUÍA PARA LA PREPARACIÓN DE CONTRATOS INVOLUCRADOS EN LAS RELACIONES COMERCIALES Y LABORALES DE LAS AGENCIAS DE PUBLICIDAD
GUÍA PARA LA PREPARACIÓN DE CONTRATOS INVOLUCRADOS EN LAS RELACIONES COMERCIALES Y LABORALES DE LAS AGENCIAS DE PUBLICIDAD OBJETIVO Presentar las condiciones mínimas recomendables en la elaboración de
Más detallesMODELO DE CONTRATO DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL DE MERCADERÍAS E INSTRUCTIVO
MODELO DE CONTRATO DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL DE MERCADERÍAS E INSTRUCTIVO Contrato de compraventa que celebran por un parte la empresa (1) representada en este acto por (2) y por la otra la empresa
Más detallesDECLARACIONES: PRIMERA.- Declara LA UNISON :
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA UNIVERSIDAD DE SONORA, A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LE DENOMINARA COMO LA UNISON,
Más detallesCONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL COMERCIAL U OFICINA
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL COMERCIAL U OFICINA CONTRATO DE ARRENDAMIENTO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU APODERADO LEGAL EN LO SUCESIVO EL ARRENDADOR Y POR LA OTRA,,
Más detallesCONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE MARKETING Y PUBLICIDAD
CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE MARKETING Y PUBLICIDAD REUNIDOS De una parte. con CIF.. y domicilio, con código postal.,. En nombre. que se denominará en el presente contrato a partir de ahora: EL CLIENTE
Más detallesCONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS CON ACCESO A DATOS ART. 12 LOPD
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS CON ACCESO A DATOS ART. 12 LOPD REUNIDOS De una parte, la parte contratante del servicio online E-conomic como EL RESPONSABLE DEL FICHERO. De otra parte, E-conomic Online
Más detallesI.2 Cuenta con facultades para suscribir el presente contrato, de conformidad con lo dispuesto en el artículo del.
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA EL CURSO DE CAPACITACIÓN EN LA PRÁCTICA LABORAL, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL SERVICIO NACIONAL DE EMPLEO, REPRESENTADO POR EL C., EN SU CARÁCTER DE Y POR LA
Más detalles$52,591.00 CON I.V.A.
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS DENOMINACIÓN: "PAGO POR SERVICIO DE ALIMENTOS PARA CENA DE FIESTAS PATRIAS DEL DIA 15 DE SEPTIEMBRE DE 2013" No. DE EXPEDIENTE: UBICACIÓN: MUNICIPIO DE ATLIXCO MONTO:
Más detallesCONTRATO DE COTITULARIDAD DE INVENCION OTC UAEM DECLARACIONES
CONTRATO DE COTITULARIDAD DE INVENCION OTC UAEM CONTRATO DE COTITULARIDAD Y REGLAS DE USO DE LOS DERECHOS SOBRE INVENCIÓN Y/O PATENTE QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL SUJETO A A QUIEN EN LO SUCESIVO DE LE
Más detallesCondiciones de servicio de Portal Expreso RSA
Condiciones de servicio de Portal Expreso RSA Le damos la bienvenida a Portal Expreso RSA 1. Su relación con Portal Expreso RSA 1.1 El uso que el usuario haga de la información, software, servicios prestados
Más detallesMODELO DE CONTRATO DE AGENTE DE PUBLICIDAD REUNIDOS
MODELO DE CONTRATO DE AGENTE DE PUBLICIDAD Murcia, a.. de de 2013 REUNIDOS De una parte, D. Diego Pedro García García, Director General, actuando en nombre y representación de la Empresa Pública Regional
Más detallesD E C L A R A C I O N E S. 1ª.- Ser una sociedad legalmente constituida bajo las Leyes de la República Mexicana.
CONTRATO PRIVADO DE PRESTACION DE SERVICIO DE REPARACION Y MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA SOCIEDAD SUPERAUTOS UNIVERSIDAD, S.A. DE C.V., A TRAVES DE SU APODERADO LEGAL,
Más detallesCONTRATO DE CESIÓN DE USO DE APLICACIÓN INFORMÁTICA
REUNIDOS CONTRATO DE CESIÓN DE USO DE APLICACIÓN INFORMÁTICA En Madrid, a dd de mm de 2011 De una parte, GRUPO CONFORSA, ANÁLISIS, DESARROLLO Y FORMACIÓN, S.A., (en adelante GRUPO CONFORSA) con domicilio
Más detallesRP-CSG-027.00. Fecha de aprobación 2012-03-08
Reglamento Particular para la Auditoría Reglamentaria de Prevención de Riesgos Laborales según el Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/1997) RP-CSG-027.00 Fecha de aprobación 2012-03-08 ÍNDICE
Más detallesANEXO II. Términos de los Servicios del Auditor Externo del Fideicomiso.
ANEXO II Términos de los Servicios del Auditor Externo del Fideicomiso. ANEXO II DEL CONTRATO DE FIDEICOMISO F 998 TÉRMINOS DE LOS SERVICIOS DEL AUDITOR EXTERNO DEL FIDEICOMISO CONTRATO DE PRESTACIÓN DE
Más detallesCONTRATO DE COMPRAVENTA BIENES MUEBLES
CONTRATO DE COMPRAVENTA BIENES MUEBLES En,, el día de del año, comparecen a celebrar contrato de compraventa por una parte el (la) a quien en lo sucesivo se le denominará como LA VENDEDORA, por otra parte
Más detallesEJEMPLOS DE CLÁUSULAS QUE SUELEN INCORPORARSE EN UN CONTRATO DE FRANQUICIA
EJEMPLOS DE CLÁUSULAS QUE SUELEN INCORPORARSE EN UN CONTRATO DE FRANQUICIA A continuación se exponen ejemplos de diversas cláusulas que se incorporan usualmente en un contrato de franquicia. El contenido
Más detallesAVISO DE PRIVACIDAD INTEGRAL
AVISO DE PRIVACIDAD INTEGRAL ATRACCIONES CULTURALES DE MÉXICO, S.A. DE C.V. con domicilio en LONDRES # 4 COLONIA JUAREZ, DELEGACION CUAUHTEMOC, MEXICO D.F. C.P.06600 es responsable de la confidencialidad,
Más detallesGOBIERNO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA CONTRATO DE CONCESIÓN POR TIEMPO DETERMINADO
CONTRATO DE CONCESIÓN POR TIEMPO DETERMINADO Contrato de concesión que celebran por una parte, la Secretaría de Educación Pública de Baja California Sur, representada por el C. Profr. Héctor Jiménez Márquez,
Más detallesContrato de Agente Persona Física
Contrato de Agente Persona Física 2000014-C CONTRATO DE COMISIÓN MERCANTIL SIN REPRESENTACIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA LATINOAMERICANA, SEGUROS, S.A., A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ LA
Más detallesCONTRATO DE SERVICIOS DE DISEÑO GRÁFICO INTERVIENEN
CONTRATO DE SERVICIOS DE DISEÑO GRÁFICO INTERVIENEN De una parte mayor de edad, con N.I.F. y con domicilio en calle REAL 40 ESC1 BJA 28500 Arganda del Rey (Madrid) representando el grupo freelance pixel
Más detallesAVISO LEGAL y POLITICA DE PRIVACIDAD
AVISO LEGAL y POLITICA DE PRIVACIDAD AVISO LEGAL. OBJETO: La presente página Web ha sido diseñada para dar a conocer los servicios ofertados por la entidad Análisis de Riesgos para Entidades Aseguradoras
Más detallesCONTRATO DE TERMINOS Y CONDICIONES
CONTRATO DE TERMINOS Y CONDICIONES La política de términos y condiciones de UXI SOFTWARE SAPI DE CV (en lo sucesivo e indistintamente "UXI SOFTWARE") tiene por objetivo dar a conocer a los clientes las
Más detallesCONDICIONES DEL CONTRATO DE FINANCIAMIENTO: MONTO A FINANCIAR:
CONDICIONES DEL CONTRATO DE FINANCIAMIENTO: MONTO A FINANCIAR: CLÁUSULA PRIMERA: EL PRESTATARIO que suscribe declara que ha recibido en este acto de MERCANTIL FINANCIADORA DE PRIMAS, C. A., en lo sucesivo
Más detallesLIBERTY SEGUROS S.A. Política De Tratamiento de Datos Personales. Introducción
LIBERTY SEGUROS S.A Política De Tratamiento de Datos Personales Introducción Con fundamento en lo dispuesto en la Constitución Política de Colombia y, particularmente en la Ley 1581 de 2012 y sus Decretos
Más detallesD E C L A R A C I O N E S. 1. El INSTITUTO DE INVESTIGACIONES ELÉCTRICAS (IIE) por conducto de su representante declara que:
CONVENIO DE COLABORACIÓN CON EMPRESA DE BASE TECNOLÓGICA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL INSTITUTO DE INVESTIGACIONES ELÉCTRICAS, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ EL INSTITUTO", REPRESENTADO EN ESTE
Más detallesLIBERTY SEGUROS DE VIDA S.A. Política De Tratamiento de Datos Personales. Introducción
LIBERTY SEGUROS DE VIDA S.A Política De Tratamiento de Datos Personales Introducción Con fundamento en lo dispuesto en la Constitución Política de Colombia y, particularmente en la Ley 1581 de 2012 y sus
Más detallesGestión de Dominio y Cesión de DNS www.ayto-torrelodones.org
Gestión de Dominio y Cesión de DNS www.aytotorrelodones.org Entidad solicitante: AYUNTAMIENTO DE TORRELODONES (SER. INFOR.) A la atención de: FRANCISCO TORRENTE Código propuesta: 120228/21855/versión 1
Más detallesGabinete Jurídico. Informe 0545/2009
Informe 0545/2009 La consulta plantea diversas dudas respecto a la aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en lo sucesivo LOPD), a la prestación
Más detallesManual interno políticas y procedimientos para dar cumplimiento a la ley estatutaria 1581 del 17 de octubre de 2012
Manual interno políticas y procedimientos para dar cumplimiento a la ley estatutaria 1581 del 17 de octubre de 2012 1. PROPOSITO Establecer los criterios sobre la obtención, recolección, uso, tratamiento,
Más detallesANEXO II. Los datos facilitados no serán incorporados a sistemas o soportes distintos de los del responsable del fichero.
ANEXO II COMPROMISO RELATIVO AL TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL, DE OBLIGADA ACEPTACIÓN PARA AQUELLAS ENTIDADES QUE OBTENGAN LA CONDICIÓN DE ENTIDAD COLABORADORA DE LANBIDE-SERVICIO VASCO DE
Más detallesI. RESPONSABLE DE LA PROTECCIÓN DE SUS DATOS PERSONALES.
I. RESPONSABLE DE LA PROTECCIÓN DE SUS DATOS PERSONALES. ADMINISTRACIÓN PUERTA DE PIEDRA PRIVADA DIAMANTE A.C., con domicilio en Avenida Parque Chapultepec 404-A, Colonia Colinas del Parque, C.P. 78260,
Más detallesCONTRATO DE DISEÑO WEB
CONTRATO DE DISEÑO WEB En, a de de 20 REUNIDOS D, mayor de edad, con DNI y domicilio en, actuando en nombre y representación de inscrita en el Registro Mercantil de. con domicilio social en, actuando en
Más detallesDefensoría CONVENIO CORPORACIÓN DE ASISTENCIA JUDICIAL, REGION DEL BIO BIO DEFENSORIA PENAL PUBLICA. Sin defensa no hay Justicia
Defensoría Sin defensa no hay Justicia Ministerio de Justicia Corporación de Asistencia Judicial Región del Bío Bío CONVENIO ( \ CORPORACIÓN DE ASISTENCIA JUDICIAL, REGION DEL BIO BIO y,, DEFENSORIA PENAL
Más detallesCondiciones Generales de los Servicios DSS EADTRUST (European Agency of Digital Trust, S.L.)
Condiciones Generales de los Servicios DSS EADTRUST (European Agency of Digital Trust, S.L.) Miembro de Histórico de versiones Versión Fecha Documentos sustituidos Descripción / Detalles 1 14/09/09 Cambios
Más detallesREPÚBLICA DE PANAMÁ SUPERINTENDENCIA DE BANCOS
REPÚBLICA DE PANAMÁ SUPERINTENDENCIA DE BANCOS ACUERDO No. 7-2003 (de 16 de octubre de 2003) LA JUNTA DIRECTIVA En uso de sus facultades legales; y CONSIDERANDO: Que de conformidad con los numerales 1
Más detallesContrato de Adhesión
Contrato de Adhesión Lea detenidamente las condiciones de uso que figuran a continuación antes de proceder al uso del sitio web. Las mencionadas condiciones de uso rigen el acceso y utilización del sitio
Más detallesTÉRMINOS Y CONDICIONES TERVIU CHILE SPA
TÉRMINOS Y CONDICIONES TERVIU CHILE SPA Estos Términos y Condiciones rigen el uso que toda persona natural o jurídica, o representante en cualquier forma de los mismos, hace de la plataforma, aplicación,
Más detallesJUNTA MUNICIPAL DE AGUA Y SANEAMIENTO DE MADERA
JUNTA MUNICIPAL DE AGUA Y SANEAMIENTO DE MADERA CONVENIOS Y CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO Fecha de actualización: 31 de marzo 2015 CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR TIEMPO DETERMINADO CONTRATO INDIVIDUAL
Más detallesCONVENIO PRESTACIÓN DE SERVICIOS MEDIANTE CANALES DE AUTOSERVICIO ( Personas Naturales )
CONVENIO PRESTACIÓN DE SERVICIOS MEDIANTE CANALES DE AUTOSERVICIO ( Personas Naturales ) En..., a......, entre CORP BANCA, Rol Unico Tributario Nº 97.023.000-9, representado por don..., cédula nacional
Más detallesISITOS PARA EL USO DEL PORTAL DE CONSULTA COMPROBANTES FISCALES DIGITALES POR INTERNET (CFDI
TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA EL USO DEL PORTAL DE CONSULTA DE CFDI DE ZURICH VIDA COMPAÑÍA DE SEGUROS, S.A. ( ( ZURICH VIDA ) De acuerdo a los siguientes términos y condiciones, Zurich Vida permitirá a
Más detallesDECLARACIONES. 1.- Declara MUNDO ASERTA por conducto de su representante legal y bajo protesta de decir verdad que:
CONTRATO DE MEDIACIÓN MERCANTIL QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, MUNDO ASERTA, S.A. DE C.V., A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ MUNDO ASERTA, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL SEÑOR CONTADOR PÚBLICO FRANCISCO
Más detallesCondiciones Generales y Términos de Uso de la Marca de Certificación de TÜV Rheinland en todas sus variantes
Condiciones Generales y Términos de Uso de la Marca de Certificación de TÜV Rheinland en todas sus variantes General (1) Estas Condiciones Generales y Términos de Uso de la Marca de Certificación (en adelante
Más detallesCONVENIO DE CONFIDENCIALIDAD Y RECONOCIMIENTO DE DERECHOS INTELECTUALES (Anexo I)
Entre Providencia Compañía Argentina de Seguros SA, con domicilio en Reconquista 458, Ciudad de Buenos Aires, representada en este acto por (en adelante la Compañía ), y, con domicilio en,ciudad de, Con
Más detallesEn el proceso de obtención de apoyo ciudadano para el registro como candidato (a) independiente al cargo de [formula de diputado (a) o planilla de
MODELO ÚNICO DE ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN CIVIL QUE DEBERÁN CONSTITUIR LAS Y LOS CIUDADANOS INTERESADOS EN POSTULARSE COMO CANDIDATOS INDEPENDIENTES A LOS CARGOS DE DIPUTADOS POR EL PRINCIPIO DE MAYORÍA
Más detallesRelaciones profesionales
Asesoría Jurídica de fepfi Relaciones profesionales Con empleados y colaboradores Por TERESA MORÁN GARRIDO Relaciones profesionales con empleados y colaboradores. A veces un fotógrafo contrata a otro para
Más detallesBASES DEL CONCURSO TUS COMPRAS DEL BUEN FIN EN SUBURBIA GRATIS
BASES DEL CONCURSO TUS COMPRAS DEL BUEN FIN EN SUBURBIA GRATIS Las presentes bases (en adelante, las Bases ), tienen por objeto reglamentar y establecer los procedimientos aplicables al concurso denominado
Más detallesCONVENIO PARA DESCUENTO DE FACTURAS CARGO DE (GRAN PAGADOR)_
CONVENIO PARA DESCUENTO DE FACTURAS CARGO DE (GRAN PAGADOR)_ Entre los suscritos, mayor de edad y vecino de, identificado con la cédula de ciudadanía número, expedida en, obrando en su calidad de y por
Más detallesTEXTOS A AÑADIR EN LOS CONTRATOS LABORALES CON LOS TRABAJADORES DE LA EMPRESA
CONTRATOS LABORALES TEXTOS A AÑADIR EN LOS CONTRATOS LABORALES CON LOS TRABAJADORES DE LA EMPRESA Deberá usted añadir este texto en el contrato de los trabajadores, tanto en el caso de los nuevos, como
Más detallesCONVENIO DE EXCLUSIVIDAD Y CONFIDENCIALIDAD EN LA MANUFACTURA, PRODUCCIÓN Y DESARROLLO INDUSTRIAL CON LA UAEM
CONVENIO DE EXCLUSIVIDAD Y CONFIDENCIALIDAD EN LA MANUFACTURA, PRODUCCIÓN Y DESARROLLO INDUSTRIAL CON LA UAEM CONVENIO DE EXCLUSIVIDAD Y CONFIDENCIALIDAD EN LA MANUFACTURA, PRODUCCIÓN Y DESARROLLO INDUSTRIAL
Más detallesANEXO JJ. Términos de los Servicios del Asesor Financiero del Fideicomiso.
ANEXO JJ Términos de los Servicios del Asesor Financiero del Fideicomiso. CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES QUE CELEBRAN POR UNA PARTE DEUTSCHE BANK MEXICO, S.A., INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE,
Más detallesCONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PUBLICITARIOS REUNIDOS
1 CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PUBLICITARIOS En..., a... de... de.... REUNIDOS De una parte D... en su calidad de (Administrador Unico ; Consejero-Delegado; Director General, etc. ) de la empresa...
Más detallesAVISO DE PRIVACIDAD DE MEXICO LEGAL, S. C.
AVISO DE PRIVACIDAD DE MEXICO LEGAL, S. C. De conformidad en lo dispuesto por la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares y su Reglamento, se emite el presente Aviso de
Más detallesSegunda Licitación, Nacional e Internacional, para la venta de los Activos que conforman el fondo de comercio de ASTER COMUNICACIONES, S. A.
Segunda Licitación, Nacional e Internacional, para la venta de los Activos que conforman el fondo de comercio de ASTER COMUNICACIONES, S. A. DECLARACIÓN DE ACEPTACIÓN DE LOS LICITANTES ELEGIDOS, CARTA
Más detallesTÉRMINOS Y CONDICIONES
Uso del canal de comunicación mediante mensaje de texto TÉRMINOS Y CONDICIONES 1) Partes intervinientes Las partes intervinientes son: Energía de Entre Ríos S.A., con domicilio en calle Buenos Aires 87
Más detallesACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS
ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS En REUNIDOS De una parte, [NOMBRE_COMPLETO], en adelante denominada [EMPRESA].con domicilio en con C.I.F., representada por D..., mayor de edad, con Documento
Más detallesReglamento del Centro de Mediación del Ilustre Colegio de Abogados de Valladolid (CEMICAVA):
Reglamento del Centro de Mediación del Ilustre Colegio de Abogados de Valladolid (CEMICAVA): Artículo 1 El Instituto de Mediación del Ilustre Colegio de Abogados de Valladolid, tiene por objeto organizar
Más detallesPROCEDIMIENTO DE CONSULTORIA Y CONTRATO
Procedimientos de Consultoría y Capacitación Diseño, negociación y ejecución de servicios de consultoría capacitación y adiestramiento. Procedimientos: El solicitante presentará, a través de la Ventanilla
Más detallesCondiciones generales
Condiciones generales Objeto. Descripción de los servicios IURISCAR S.L. domiciliada en C/ Fuencarral nº 135, 3º exterior izda. 28010 Madrid, CIF: B-83610352, es el creador y propietario de la Base de
Más detallesRelacionada con los términos y condiciones establecidos en el artículo # Términos especiales contenidos en el suplemento - México
El presente suplemento específico para el país mencionado tendrá validez si el Comprador libera el Pedido dentro de México o si el Pedido señala en particular, que las disposiciones contenidas en este
Más detallesACUERDO DE INCORPORACIÓN DEL VOLUNTARIO A LA SOCIEDAD PROTECTORA DE ANIMALES Y PLANTAS DE MURCIA EL COBIJO Cañada Hermosa
IDENT: VOL. Nº: www.elcobijo.net protectora@elcobijo.net C.I.F: G-30148472 Paraje de los carotas, 173, Cañada Hermosa, 30837, Murcia. Cajamar 3058 0327 17 2720013313 ACUERDO DE INCORPORACIÓN DEL VOLUNTARIO
Más detallesAVCA : Associació Valenciana de Crítics d Art
AVCA : Associació Valenciana de Crítics d Art MODELO DE CONTRATO DE ENCARGO DE TEXTO En ( ) a ( ) REUNIDOS De una parte, Don/Doña ( ), (CARGO) de ( ), en nombre y representación de ( ), con CIF ( ) y con
Más detallesAviso de Privacidad de MANUFACTURAS 8-A S.A. DE C.V.
Aviso de Privacidad de MANUFACTURAS 8-A S.A. DE C.V. Estimado Cliente o Usuario: MANUFACTURAS 8-A S.A. DE C.V., (en lo sucesivo LA EMPRESA ), reconoce la importancia del tratamiento legítimo, controlado
Más detallesCONTRATO PARA ACTIVIDADES DE INVESTIGACIÓN C O M P A R E C E N
CONTRATO PARA ACTIVIDADES DE INVESTIGACIÓN Murcia, a.. de. de 2006. C O M P A R E C E N De una parte D..., con D.N.I., en calidad de. de la empresa., (en adelante.), con C.I.F, con sede en., calle, nº..,
Más detalleswww.asanog.org - asanog@asaanog.org
AASSOOCCIIAACCIIOONN DDEE AAYYUUDDAA AA NNIIÑÑOOSS OONNCCOOLLOOGGIICCOOSS DDEE GGAALLIICCIIAA www.asanog.org - asanog@asaanog.org DOCUMENTO DE INCORPORACIÓN Y/O COMPROMISO DE VOLUNTARIO DE ASANOG DOCUMENTO
Más detallesTURISTAS. DEBE DECIR (SUSTITUYE). (Ley de Instituciones de Seguros y del Fianzas)
TURISTAS. Endoso que forma parte del contrato de seguro, y por medio del cual se sustituyen las referencias hechas a la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, por las correspondientes
Más detallesCONTRATO DE EDICIÓN ELECTRÓNICA DE TESIS DOCTORALES. En Huelva, a... de... de...
CONTRATO DE EDICIÓN ELECTRÓNICA DE TESIS DOCTORALES En Huelva, a... de... de... DE UNA PARTE, la Universidad de Huelva, representada por D. FRANCISCO JOSÉ MARTÍNEZ LÓPEZ, en su calidad de Rector Magnífico
Más detallesTérminos y Condiciones aplicables a las agencias de viajes registradas en volaris.com
Términos y Condiciones aplicables a las agencias de viajes registradas en volaris.com Declara el LA AGENCIA que: a) En caso de Personas Físicas: Es una persona física, mayor de edad, con plena capacidad
Más detallesEn este sentido y en cumplimiento de las disposiciones de la Ley 25/2
Suministro y mantenimiento industrial PROTECCIÓN DE DATOS DE CARACTER PERSONAL 1.- CLISER ODIN S.L. (en adelante Piensa Solutions), en cumplimiento de las disposiciones de la Ley Orgánica 15/1999, de 13
Más detallesAVISO DE PRIVACIDAD. Datos Personales que se recaban
AVISO DE PRIVACIDAD VFS México, S.A. DE C.V. SOFOM E.N.R. (en adelante VFS ) con domicilio en Avenida Santa Fe No. 495, Mz B Lt B1 20, Col. Cruz Manca, C.P. 05349, Mexico, D.F., es responsable del tratamiento
Más detallesCONTRATO DE AUXILIAR DE CORREDURÍA DE SEGUROS REUNIDOS:
CONTRATO DE AUXILIAR DE CORREDURÍA DE SEGUROS En Madrid, a 1 de octubre de 2.014. REUNIDOS: De una parte " " (en adelante el Auxiliar) a través de su representante legal D., con NIF, con domicilio en la,
Más detallesACCIDENTE: Es toda acción imprevista, fortuita súbita, violenta y externa que produce un daño físico o material, sobre un bien o una persona.
GLOSARIO DE SEGUROS A ACCIDENTE: Es toda acción imprevista, fortuita súbita, violenta y externa que produce un daño físico o material, sobre un bien o una persona. AGENTE O CORREDOR DE SEGUROS: Es toda
Más detallesCONVENIO DE SERVICIOS VÍA INTERNET
CONVENIO DE SERVICIOS VÍA INTERNET En, a de 201 entre la empresa en adelante, indistintamente la Empresa Adherente, RUT -, representada, según se acreditará, por don, Cédula Nacional de Identidad N -,
Más detallesMANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA OBRA PÚBLICA PROCEDIMIENTO PARA ENTREGA. RECEPCIÓN, FINIQUITO Y TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE OBRA PÚBLICA O SERVICIOS
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA OBRA PÚBLICA PROCEDIMIENTO PARA ENTREGA. RECEPCIÓN, FINIQUITO Y TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE OBRA PÚBLICA O SERVICIOS OBJETIVO Que los contratos de Obra Pública y Servicios
Más detallesANEXO DE INVERSIÓN A PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL Registro No. 01032011-1413-A-37-VIANVIIR 026
ANEXO DE INVERSIÓN A PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL Registro No. 01032011-1413-A-37-VIANVIIR 026 METLIFE COLOMBIA SEGUROS DE VIDA S.A., QUE PARA EFECTOS DE ESTA PÓLIZA SE DENOMINA LA COMPAÑÍA, CON
Más detallesInforme Jurídico 0494/2008
Informe Jurídico 0494/2008 La consulta plantea si es necesario para las empresas del grupo consultante formalizar un contrato con la central donde se encuentra la base de datos de los empleados del grupo
Más detallesCONTRATO DE CONFIDENCIALIDAD
CONTRATO DE CONFIDENCIALIDAD Este Contrato de Confidencialidad, en adelante denominado como el CONTRATO, se celebra entre, Universidad de los Andes, RUT71.614.000-8, con domicilio en San Carlos de Apoquindo
Más detallesANEXO NÚMERO 5 D E C L A R A C I O N E S
ANEXO NÚMERO 5 CONTRATO DE DONACIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE. REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EN SU CARÁCTER DE, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ LA DONANTE Y POR LA OTRA PARTE, LA SECRETARÍA DE
Más detallesColegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Madrid
ESTATUTOS DEL CENTRO DE MEDIACION DEL COLEGIO OFICIAL DE AGENTES DE LA PROPIEDAD INMOBILIARIA DE MADRID -MediAPI- TÍTULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES. Artículo 1.- Denominación y naturaleza. En virtud
Más detallesACUERDO PARA LA PRESTACIÓN Y UTILIZACIÓN DE SERVICIOS A TRAVÉS DE CANALES REMOTOS
ACUERDO PARA LA PRESTACIÓN Y UTILIZACIÓN DE SERVICIOS A TRAVÉS DE CANALES REMOTOS Entre Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Héroes, en adelante Los Héroes, RUT: 70.016.330-K, representada por
Más detalles2. El accionista no deberá tener derecho para exigir el pago de dividendos anticipadamente. 3. Deberá haberse estipulado previamente en los estatutos
(164) ANEXO 1-R CONDICIONES PARA CONSIDERAR A LOS TÍTULOS REPRESENTATIVOS DEL CAPITAL SOCIAL DE LAS INSTITUCIONES Y A LOS INSTRUMENTOS DE CAPITAL COMO PARTE DEL CAPITAL BÁSICO NO FUNDAMENTAL Las Instituciones
Más detalles4. Honorarios y gastos
CONDICIONES GENERALES 1. Relación profesional Reg. Merc. De Madrid, Libro de Sociedades Hoja M-349746 Folio 44 Tomo 19.852 Sección 8. C.I.F. B-83933481 Todos los encargos profesionales relativos a Abogados
Más detallesCONDICIONES GENERALES DE USO DE LA OFICINA VIRTUAL DE AQUALIA AVISO PARA EL USUARIO DE LA OFICINA VIRTUAL DE AQUALIA.
CONDICIONES GENERALES DE USO DE LA OFICINA VIRTUAL DE AQUALIA AVISO PARA EL USUARIO DE LA OFICINA VIRTUAL DE AQUALIA. LEA CUIDADOSAMENTE ESTE DOCUMENTO. EL ACCESO Y USO DE LA OFICINA VIRTUAL IMPLICA, POR
Más detallesDECLARACIONES DE EL INSTITUTO.
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR OBRA Y TIEMPO DETERMINADO QUE CELEBRAN,POR UNA PARTE, EL INSTITUTO NACIONAL DE ANTROPOLOGIA E HISTORIA, EN LO SUCESIVO EL INSTITUTO, REPRESENTADO POR SU SECRETARIO ADMINISTRATIVO,
Más detallesContrato de servicios ebusining Básico: Domiciliación en La Finca
Contrato de servicios ebusining Básico: Domiciliación en La Finca 1. PARTES. a. Busining Desarrollos Empresariales, S.L. (a partir de ahora Busining), con CIF B85618361, domiciliada en Pº del Club Deportivo,
Más detallesGeneralitat de Catalunya Departament de Salut Direcció General de Recursos Sanitaris
MODELO DE CONTRATO PARA ENSAYOS CLÍNICOS CON MEDICAMENTOS CONTRATO ENTRE (nombre de la entidad promotora) Y EL (nombre del centro donde se realizará el ensayo) PARA LA REALIZACIÓN DEL ENSAYO CLÍNICO (título
Más detallesDECLARACIONES contratar HSI090804GZ1
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES DE ADMINISTRACION CONDOMINAL QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA EMPRESA DENOMINADA HIDSA SERVICIOS INTELIGENTES ADMINISTRATIVOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
Más detallesMERINVEST SOCIEDAD DE CORRETAJE DE VALORES, C.A.
Entre, MERINVEST SOCIEDAD DE CORRETAJE DE VALORES, C.A., RIF J003003840, sociedad mercantil de este domicilio e inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal
Más detallesREF: Expte MJyDH Nº 155.107/06 DICTAMEN DNPDP N 160/06 BUENOS AIRES, 20 JUL 2006
REF: Expte MJyDH Nº 155.107/06 DICTAMEN DNPDP N 160/06 BUENOS AIRES, 20 JUL 2006 SRA. J. G.: Me dirijo a usted con relación a su solicitud de fecha 05/07/06, en la que adjunta al formulario Certificado
Más detallesPublicado en el Diario Oficial de la Federación el día 4 de agosto de 1997
Lineamientos que Deberán Observar las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal en los Procedimientos de Contratación de Seguros de Bienes Patrimoniales y de Personas. Publicado en
Más detallesAviso Legal y Política de Privacidad del Portal del Registro Electrónico Común (REC)
Aviso Legal y Política de Privacidad del Portal del Registro Electrónico Común (REC) INFORMACIÓN GENERAL Para dar cumplimiento con lo establecido en la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad
Más detalles