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1 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA CREATIVIDAD Y PRODUCCIÓN DE LA CAMPAÑA DE PUBLICIDAD SOBRE PROMOCIÓN DE LA IGUALDAD EFECTIVA ENTRE MUJERES Y HOMBRES EN LOS DISTINTOS ÁMBITOS DE LA SOCIEDAD Y FAVORECER ACTITUDES QUE FACILITEN LA FLEXIBILIDAD LABORAL Y LA CORRESPONSABILIDAD EN LA VIDA FAMILIAR EN LA COMUNIDAD DE MADRID DURANTE EL AÑO 2012, COFINANCIADO POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO 1.OBJETO El objeto de este contrato es la creatividad y producción de los materiales necesarios para realizar una campaña de publicidad institucional, con la finalidad de llevar a cabo la promoción de la igualdad efectiva entre mujeres y hombres en los distintos ámbitos de la sociedad y favorecer actitudes que faciliten la flexibilidad laboral y la corresponsabilidad en la vida familiar en la Comunidad de Madrid durante el año 2012, promoviendo la eliminación de obstáculos que impiden la libre participación de todos en los distintos ámbitos de la sociedad. Este proyecto es una iniciativa de la Dirección General de la Mujer, con la que la Comunidad de Madrid trata de informar y sensibilizar a la población sobre el principio de igualdad efectiva entre mujeres y hombres en la sociedad, favorecer actitudes que faciliten la flexibilidad laboral y la corresponsabilidad en la vida familiar. Está cofinanciado al 50% por el Fondo Social Europeo. Se excluye de este contrato la producción de exteriores. 2. CARACTERÍSTICAS DE LA CAMPAÑA 2.1 Objetivos de la campaña El objetivo de la campaña de publicidad institucional sobre la vida personal, familiar y laboral, es corregir los desequilibrios existentes entre mujeres y hombres en el seno del hogar, la empresa y la sociedad, y la necesidad de equiparar las oportunidades para todos, siendo el objetivo final avanzar en la construcción de una sociedad más equilibrada, y equitativa en la que la mujer ejerza una efectiva libertad de elección en el ámbito profesional sin limitaciones discriminatorias por razón de género, impulsada por la Consejería de Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid. La creatividad a desarrollar tendrá en cuenta incidir, sin perjuicio de las líneas de actuación, con el fin de conseguir una mayor eficacia en la difusión tendente a mejorar la penetración de su mensaje al público objetivo, en los siguientes aspectos: Potenciar la campaña incidiendo en la captura del público más joven, manteniendo el reconocimiento de la gente de edad madura. 1

2 Mejorar la valoración de los profesionales por cuenta propia. Equilibrar los componentes emotivos e informativos de la campaña. El citado contrato deberá asegurar la cobertura de los objetivos y actividades que se enumeran a continuación. La campaña publicitaria deberá tener dos líneas de actuación: a) El tratamiento de la igualdad de oportunidades en el mundo empresarial y laboral, destacando los siguientes aspectos: Predisponer e implicar al empresariado madrileño en hacer más efectivaza igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. Promover acciones dirigidas al empresariado para que introduzcan políticas de personal y nuevas formas de trabajo que permitan una mayor flexibilidad en la organización empresarial horarios y formas de trabajo que atienda a las necesidades de sus miembros, y que les facilite efectivamente la corresponsabidad en su de su vida familiar. La sociedad invierte en cualificar y preparar a las mujeres y después no utiliza su potencial. Coste económico que supone prescindir de buenas profesionales y mujeres cualificadas. Coste económico para las empresas de no incorporar la perspectiva de género la conciliación y la corresponsabilidad en sus políticas de recursos humanos. b) El tratamiento de la igualdad en el ámbito social y familiar Conciliar la vida profesional, familiar y personal de mujeres y hombres supone mejorar la calidad de vida y el bienestar de todos. Fomentar el equilibrio entre la vida familiar, personal y laboral. Informar a los mujeres y los hombres sobre la posibilidad de compaginar entre los dos las labores del hogar invocando la corresponsabilidad de ambos como factor esencial para la consecución de la igualdad efectiva. Concienciar a la sociedad madrileña del reparto equitativo de responsabilidades familiares, así como nuevas formas de trabajo, que permitan compaginar la vida familiar con el desarrollo personal y profesional. 2

3 El cuidado de personas dependientes se atribuye mayoritariamente a la mujer dentro del hogar. Fomentar la difusión y sensibilización para mejorar la compatibilidad entre el trabajo y vida personal de mujeres y hombres, eliminando el estereotipo que establece que la conciliación es una cosa de mujeres. La actuación prevista en este contrato se enmarca en la tipología de operación (código 5) Campañas de difusión, aprobada por el Comité de Seguimiento del Programa Operativo, y está incluida en el Eje 2 Fomentar la empleabilidad, la inclusión social y la igualdad entre hombres y mujeres, Tema Prioritario 69 Favorecer la conciliación entre la vida laboral y personal e impulsar la igualdad de oportunidades, del Programa Operativo del Fondo Social Europeo de la Comunidad de Madrid, con una cofinanciación del 50%. Dicha operación se ajusta a los siguientes criterios específicos: Impulsar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres. Favorecer la conciliación entre la vida laboral y personal, reduciendo la segregación sexista en el mercado laboral, mejorando la accesibilidad de la mujer al mundo laboral. Desarrollar un enfoque global en el que se implique tanto a los hombres como a las mujeres para promover la conciliación entre el trabajo y la vida privada Personas beneficiarias: La población madrileña en general (preferentemente mujeres y hombres de edades comprendidas entre los 18 y 65 años y familias en los que ambos adultos realizan tareas remuneradas fuera del hogar familiar, así como el sector empresarial. Todas aquellas personas y grupos socio-profesionales que por sus competencias puedan desarrollar un papel activo en la promoción de los valores de igualdad. 2.2 Medios de comunicación Los medios establecidos como mínimos en que se difundirá la campaña serán los siguientes: - TELEVISIÓN - PRENSA - RADIO - INTERNET 3

4 - EXTERIOR 2.3 Público objetivo El público al que va dirigida, con carácter primordial la campaña, es la población madrileña en general (preferentemente mujeres y hombres de edades comprendidas entre los 18 y 65 años y familias en los que ambos adultos realizan tareas remuneradas fuera del hogar familiar), así como el sector empresarial. 2.4 Referencia y logotipos La creatividad deberá hacer referencia a que la acción divulgativa es promovida por la Comunidad de Madrid. En todo el material que se elabore deberán aparecer los siguientes logotipos: Comunidad de Madrid La Suma de todos. "El fondo social invierte en tu futuro". Los logotipos serán facilitados por la Dirección General de la Mujer de la Consejería de Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid. 3. DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS 3.1 Creatividad: Los trabajos a realizar son: - Estrategia de comunicación de la Campaña - Creatividad de conceptos y claims de campaña. - Adaptación de la creatividad a los distintos soportes: 1. Películas o spots. La propuesta creativa se presentará en storyboard montada en cartón pluma. El storyboard mostrará sus ilustraciones con un buen nivel de comprensión y calidad, explicadas en secuencia con el objetivo de que los contenidos plasmen con claridad la idea creativa. a) Película o spot genérico. 20 segundos. b) Película o spot genérico. 45 segundos. 2. Cuñas. Se presentará el guión de tres propuestas creativas: a) Genérica. 20 segundos. b) Versión centrada en el tratamiento de la igualdad de oportunidades en el mundo empresarial y laboral. 20 segundos. 4

5 c) Versión centrada en el tratamiento de la igualdad en el ámbito social y familiar. 20 segundos. 3. Gráficas. Se presentará un único concepto gráfico montado en cartón pluma. Se requerirá en los siguientes formatos: a) Cartel: DIN A3. b) Adaptación a medio prensa: Página, media página y faldón. c) Adaptación a medio exterior: Metro, marquesinas, vallas, cabinas. d) Adaptación a medio internet: Megabanner, banner y robapáginas. La creatividad presentada podrá ser adaptada y modificada según las circunstancias que decida la Dirección General de la Mujer de la Comunidad de Madrid. No se deberá producir ningún soporte sin la aprobación de la Dirección General de la Mujer. 3.2 Realización, producción y copias: Una vez aprobada la creatividad de todos los soportes se procederá a la producción y arte finalización de los mismos. Los trabajos a realizar son los siguientes: - Realización y producción de 2 películas o spots en alta definición (HD). Los mismos deberán estar subtitulados y con intérprete de la lengua de signos para facilitar el acceso a todos los públicos. Se harán 5 copias de cada versión en Betacam Digital. 1. Película o spot genérico de 20 segundos. 2. Película o spot genérico de 45 segundos. - Realización y producción de 3 cuñas radiofónicas grabadas por locutores profesionales. Se harán 5 copias de cada versión en formato.mp3 1. Cuña genérica de 20 segundos. 2. Versión centrada en el tratamiento de la igualdad de oportunidades en el mundo empresarial y laboral (20 segundos). 3. Versión centrada en el tratamiento de la igualdad en el ámbito social y familiar (20 segundos). - Gráficas. El número de adaptaciones se realizará en función del plan de medios que defina la Administración. Las adaptaciones se entregarán en alta resolución preparadas para su correcta impresión. 1. Cartel: DIN A3 (Se imprimirán 500 ejemplares). 2. Adaptación a medio prensa: Página, media página y faldón. 3. Adaptación a medio internet: Megabanner, banner y robapáginas. 4. Adaptación a medio exterior: Metro, marquesinas, mupis, columnas, vallas, 5

6 cabinas telefónicas y carteles. Este contrato no incluye ni la impresión ni la fijación de las adaptaciones que se realicen para el medio exterior. 3.3 Material a entregar durante la ejecución del contrato Memoria: Previamente a la presentación de la campaña, para la comprobación material de la misma, deberá realizarse una memoria de los trabajos realizados (2 copias) que incluirá, al menos, lo siguiente: Estrategia Creativa y argumentación de las aportaciones de los trabajos aprobados para los medios empleados. Originales aprobados de todo el material impreso (prensa, carteles, etc.) y de publicidad exterior, en CD y en impresión a color. Originales aprobados de TV, Radio e Internet en CD. Otros elementos que la empresa adjudicataria considere que contribuyen a una mejor comprensión y valoración de la campaña Artes finales: a la finalización de los trabajos se entregarán TRES copias del trabajo definitivamente aprobado de: - TELEVISIÓN: el Spot de televisión, en soporte BETACAM digital con los master. - RADIO: todas las piezas en formato MP3. - GRÁFICA: Todos los master y sus respectivas adaptaciones a cada uno de los distintos medios y soportes gráficos en formato PDF de alta resolución y freehand. - Todas las piezas digitales y sus respectivas adaptaciones a cada uno de los soportes. 4. DIRECCIÓN E INTERLOCUCIÓN DE LOS TRABAJOS La supervisión y dirección de del proceso creativo y la resolución de cualquier consulta que pudiera suscitarse respecto a su ejecución corresponderá a la Jefatura de Relaciones Externas y Protocolo de la Consejería de Asuntos Sociales. Todas las actuaciones que realice la empresa adjudicataria deberán llevarse a cabo bajo la supervisión y con el conocimiento previo de la Dirección General de la Mujer de la Consejería de Asuntos Sociales. La empresa adjudicataria destinará al proyecto un coordinador que será el interlocutor de la empresa con la Dirección General de la Mujer. Este coordinador estará dedicado en todo momento a velar por el desarrollo de los trabajos, garantizar el cumplimiento de las condiciones establecidas y resolver los problemas que se planteen en la ejecución del trabajo. 6

7 5. COORDINACIÓN, CONTROL Y SEGUIMIENTO DE LOS TRABAJOS La Dirección General de la Mujer se reserva el derecho a vigilar y comprobar en todo momento el correcto cumplimiento por parte del adjudicatario de todas las obligaciones que asume a través de este contrato. Con idéntica finalidad de disponer de un conocimiento inmediato y puntual, se podrá recabar la información necesaria, obligándose el adjudicatario a facilitar los datos solicitados. Con independencia de lo establecido en el párrafo anterior, el adjudicatario se compromete a suministrar a la Dirección General de la Mujer toda la documentación requerida y una memoria final. La entidad adjudicataria queda sometida al control, seguimiento y verificación de la Cámara de Cuentas, Intervención General de la Comunidad de Madrid, de los organismos competentes de la Unión Europea, Unidad Administradora del Fondo Social Europeo (Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales) y Dirección General de Asuntos Europeos, de la Vicepresidencia Segunda, Consejería de Justicia y Administraciones Públicas. Puesto que se trata de una actuación cofinanciada por el Fondo Social Europeo, la empresa adjudicataria acepta todos los requerimientos derivados de la misma, debiendo tener en cuenta las siguientes cuestiones: que el nombre de su entidad, así como el nombre de la operación y la cantidad de fondos públicos destinados a la misma, pueden ser objeto de publicación. que dicha operación queda sujeta a los organismos de control de actividades cofinanciadas por Fondos Europeos, por lo que, según el artículo 78.1 del Reglamento 1083/2006, los gastos afectos a su realización, y que hayan sido abonados por la entidad beneficiaria para su ejecución, deberán documentarse mediante facturas o documentos contables de valor probatorio equivalente, por lo que deberá custodiarlos debidamente hasta el final del periodo de programación. Recopilación de datos necesarios para la elaboración de los indicadores de realización y resultados. que, al objeto de realizar el seguimiento y evaluación de los objetivos del eje 2, deberá facilitar información suficiente de la actividad desarrollada, incluida una recopilación de datos necesarios para la elaboración de los indicadores de realización y resultados. Para ello, al finalizar la actividad, remitirá en soporte papel y digital: una Memoria de Ejecución en la que de cuenta de los objetivos cubiertos por la actividad, y describa las circunstancias y resultados de la acción. 7

8 los datos pormenorizados de la misma respecto a las acciones que para publicitar o difundir la operación se pudieran poner en marcha, deberá adjuntar un ejemplar de cada material publicitario. Todos ellos, deben incluir información relativa a que la operación ha sido cofinanciada al 50% por el Programa Operativo del Fondo Social Europeo ( ), Eje 2, Tema Prioritario 69, y por la Comunidad de Madrid. Las fotos o grabaciones también pueden ser elementos de prueba. 6. PUBLICIDAD De conformidad con el artº 7 del Decreto 4/2004, de 15 de enero, por el que se establecen normas para la ejecución de las intervenciones cofinanciadas con Fondos Europeos en el ámbito de la Comunidad de Madrid, el contratista deberá cumplir las obligaciones de información y publicidad establecidas en el Anexo del Reglamento (CE) nº 1828/2006, de la Comisión, cualquier actividad o publicidad que se realice en relación al objeto del presente contrato deberá hacer referencia a que la acción es organizada por la Dirección General de la Mujer de la Consejería de Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid y cofinanciada en un 50% por la Comunidad de Madrid y por la Unión Europea a través del Fondo Social Europeo, incluyendo, el emblema de la Unión Europea, de conformidad con las normas gráficas establecidas, y la referencia El Fondo Social Europeo invierte en tu futuro. Las personas destinatarias de la actividad deberán conocer así mismo dicha información. 7. CONFIDENCIALIDAD La empresa adjudicataria y el personal que intervenga en la ejecución de este contrato deberán cumplir con el deber de secreto y confidencialidad sobre los datos o informaciones de los que tenga conocimiento durante la ejecución del contrato estando obligados a no hacer públicos o enajenar cuantos datos conozcan como consecuencia o con ocasión de su ejecución, incluso después de finalizar el plazo contractual (artículo 12 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre). Igualmente serán de aplicación las disposiciones de desarrollo de la norma anterior que se encuentren en vigor en la fecha de adjudicación de este contrato o que puedan estarlo durante su vigencia. A efectos de cumplimiento de lo recogido en el inicio de este párrafo, el contratista se compromete explícitamente a formar e informar a su personal de las obligaciones que dimanan de lo establecido en estas normas. El contratista se compromete a no dar información ni datos proporcionados por la Consejería de Asuntos Sociales para cualquier uso no previsto en el presente Pliego. En particular, no proporcionará, sin autorización expresa de la Consejería de Asuntos 8

9 Sociales copia de los documentos elaborados o datos a terceras personas. Todos los datos manejados por el contratista derivados de la prestación contratada, incluyendo los soportes utilizados (papel, fichas, disquetes, cintas, CD, etc.) serán propiedad de la Consejería de Asuntos Sociales, sin que el contratista pueda conservar copia o utilizarlos con fin distinto al que figura en el contrato. Asimismo, se establecerá como confidencial la información facilitada por los empresarios que éstos hayan designado como tal, acorde a lo que dispone el artículo 140 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. 8. DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL La adjudicataria estará obligada a cumplir con todas las disposiciones vigentes relacionadas con la propiedad industrial e intelectual, concretamente con el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, de aprobación del Texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, que regulariza, aclara y armoniza las disposiciones legales vigentes sobre la materia; con la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y el Real Decreto 687/2002, de 12 de julio, que la desarrolla; con la Ley 20/2003, de 7 de julio, de protección jurídica del diseño industrial; con la Ley 19/2006, de 5 de junio, que amplía los medios de tutela de los derechos de la propiedad intelectual e industrial y establece normas procedimentales para facilitar la aplicación de diversos reglamentos comunitarios; y con normativa que la desarrolla o que la pueda sustituir. La adjudicataria cede a la Consejería de Asuntos Sociales todos los derechos de autoría y de explotación, incluyendo la explotación en Internet, sobre las obras y creaciones producidas y sobre los datos que se puedan derivar de la presente contratación en cualquier forma. Concretamente cede los siguientes derechos: o Derecho de reproducción en forma gráfica incluido el material punto de venta, sonora, visual y audiovisual, y/o en cualquier otro forma o tipos de soporte, por cualquier tipo de procedimiento, analógico, digital u otros. o Derecho de comunicación pública, o sea, su representación y ejecución por todos los medios y procedimientos a partir de soportes sonoros y/o audiovisuales, su emisión, por cualquier medio de retransmisión y de difusión actualmente existentes. o Derecho de transformación, o sea, la actualización, la traducción, adaptación, arreglo, y cualquiera otra modificación de su forma que pueda derivar en otra obra o creación. o Derecho de distribución. La cesión de los derechos de explotación a la Consejería de Asuntos Sociales en cualquier forma y modalidad, incluida la explotación en red reviste carácter de exclusiva por todo el tiempo que tarde la obra en pasar a dominio público y se otorga por el ámbito territorial universal. 9

10 En cuanto a los derechos de imagen de los figurantes o de cualquier persona/s que aparezcan en la obra y en cualquier otro elemento que componga la creación de la misma, la adjudicataria tendrá que contratar los derechos de imagen u otros que pudieran corresponderle por un periodo que cubrirá un plazo de 4 años desde la formalizaron del contrato, para que la Consejería, como propietaria de estas piezas, pueda emitirlas por el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid y universal en el caso de Internet, sin ningún cargo por éste o de otros conceptos durante el periodo mencionado. En este sentido, será condición necesaria que, durante el plazo de ejecución del contrato, la adjudicataria demuestre que dispone de las correspondientes autorizaciones y licencias adquiridas (derechos de imagen, etc.) La adjudicataria asume la obligación de responder, de forma solidaria, de cualquier reclamación que la Consejería de Asuntos Sociales pueda recibir como consecuencia de la explotación, en cualquiera de las modalidades mencionadas, de las piezas, creaciones y datos objeto de la presente contratación. La firma del correspondiente contrato supondrá la formalización de las mencionadas cesiones. En Madrid, a 18 de abril de EL ADJUDICATARIO LA DIRECTORA GENERAL DE LA MUJER Fdo.: Fdo.: Laura Ruiz de Galarreta Barrera 10

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