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1 Tandil, 29 de Junio de RESOLUCIÓN DE CONSEJO ACADEMICO Nº 109/2009 VISTO: La reunión de Consejo Académico llevada a cabo en el día de la fecha, y CONSIDERANDO: Que durante el transcurso de la misma se llevó a tratamiento el Despacho de la Comisión de Asuntos Académicos y Estudiantiles de fecha 22 de junio, y el Despacho de la Comisión de Reglamentos, Concursos y Presupuesto, de fecha 25 de junio del corriente. Que ambas comisiones analizaron el Proyecto de Prácticas No Rentadas presentado por Secretaría Académica. Que el mismo describe una modalidad adicional de Prácticas Profesionales supervisadas, lo que permite reforzar el actual sistema de Practicas Profesionales de la Facultad. Que el objetivo es que todos los alumnos puedan realizar al menos una experiencia de prácticas de contenido profesional antes de su graduación. Que los miembros de las comisiones antes mencionadas, sugieren su aprobación. Que existió consenso unánime por parte de los miembros del Consejo Académico. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 35º del Estatuto de la Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires; EL CONSEJO ACADEMICO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES R E S U E LV E Artículo 1º: Aprobar el Proyecto de Prácticas No Rentadas para alumnos de la Facultad de Ciencias Económicas, el que como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución.- Artículo 2º: Aprobar los modelos de Convenio Marco y Acuerdo Particular de Prácticas No Rentadas que como Anexos II y III respectivamente forman parte integrante de la presente Resolución.- Artículo 3º: Comuníquese, regístrese, notifíquese y archívese.-

2 ANEXO I RESOLUCION DE CONSEJO ACADEMICO Nº 109/2009 Proyecto Prácticas No Rentadas para alumnos de FCE La presente propuesta intenta describir una modalidad adicional de prácticas profesionales supervisadas, que complementariamente a las existentes, nos permitirán reforzar el actual sistema de prácticas profesionales de la Facultad, con el objetivo último de que, en un futuro, todos los alumnos puedan realizar al menos una experiencia de práctica de contenido profesional antes de su graduación. De este modo existirán en la FCE tres modalidades de prácticas profesionales: las pasantías rentadas y las prácticas solidarias que actualmente existen, a las cuales se adicionarían ahora las residencias, cuya modalidad y características se explican a continuación. Objetivo Generar nuevas oportunidades de experiencias extra aula para alumnos de la Facultad de Ciencias Económicas, abriendo un nuevo campo de acción en la relación con el empresariado y profesionales regionales a través de la participación en actividades profesionales y la mejora en las competencias de nuestros alumnos/egresados. Definiciones Definimos a las prácticas no rentadas como prácticas profesionales supervisadas no laborales desarrolladas en empresas o estudios profesionales de la región, en las que un estudiante se suma a un equipo de trabajo en cualquiera de las etapas o fases de ejecución de un proyecto, actividad o tarea, debiendo cumplir con ciertos objetivos generales y un plan de actividades específicas, en un plazo de tiempo determinado según se estipule de común acuerdo con el Tutor Externo, quién tendrá a su cargo la supervisión de dicha práctica. Las prácticas de este tipo no tendrán una duración estándar, sino que la misma se fijará de acuerdo con el tipo de tarea, actividad o proyecto que involucre. De todas maneras, no podrá superar los dos 2 (dos) meses de duración. Asimismo, la carga horaria semanal de la práctica no podrá exceder las 10 hs. de dedicación efectiva del alumno. En ningún caso el alumno deberá cumplir horarios diariamente en la empresa o estudio, ya que no se trata de una pasantía laboral sino de la participación del alumno en un proyecto o actividad como parte del proceso de aprendizaje. El Programa de Desarrollo Profesional tendrá a su cargo la gestión administrativa de los procesos de asignación de alumnos a las empresas o profesionales que forman parte del cuerpo de tutores externos, el control del efectivo desempeño en los términos previstos para la práctica y la conclusión de la misma a los fines de una nueva asignación al tutor.

3 En términos generales estas prácticas se instrumentarán siguiendo los procesos vigentes en materia de prácticas profesionales de la Facultad, esto es bajo la firma primero de un convenio marco si la empresa o profesional independiente interesada no poseyera, la publicación de la oferta de práctica, la asignación de los alumnos y la elaboración de un acuerdo individual de residencia en el que se pacten las pautas de dicha práctica. El alumno recibiría el seguro obligatorio prescripto para las prácticas profesionales. Finalmente, cada alumno deberá presentar un informe avalado por su tutor externo para poder acreditar la actividad. Aspectos Diferenciadores de las Prácticas no Rentadas: No laboral: El alumno no deberá cumplir horarios diariamente en la empresa, por lo que ésta última no retribuirá al estudiante. Equipo de trabajo: El alumno se sumará a un equipo de trabajo con un rol determinado, en el marco de un cronograma de tareas liderado por el Project Leader o profesional responsable. Supervisión y asesoramiento a cargo de un Tutor Externo: Profesionales y empresarios o gerentes de reconocida trayectoria orientarán y supervisarán las tareas que la práctica contemple. Las actividades del estudiante estarán limitadas a la realización de ciertas tareas de contenido profesional pactadas con el tutor. Corta duración: máximo de 2 (dos) meses de duración o bien la fecha de finalización de las actividades previstas, la que produzca primero. Corte netamente profesional: Si bien no es posible considerar el trabajo del alumno residente como ejercicio profesional, dado su rol de alumno ; las actividades objeto de la práctica deberán tener una importante vinculación con la práctica profesional para asegurar la existencia de situaciones de aprendizajes significativos para el alumno durante su práctica. De los Tutores Externos Los tutores externos serán profesionales en ciencias económicas de reconocida trayectoria profesional y tendrán a su cargo la supervisión de las actividades desarrolladas por los alumnos. Se conformará un grupo de potenciales tutores a quiénes se les asignarán alumnos para desarrollar las prácticas en sus estudios profesionales o empresas. El tutor tendrá a su cargo la elaboración del plan de trabajo, que será avalado por la facultad y el alumno, como también el seguimiento de la práctica y la elaboración del informe final que permitirá acreditar el término de la actividad. Por otra parte, se constituirá también una comisión integrada por los mismos tutores de forma rotativa y que tendrán a su cargo, en conjunto con representantes de la facultad, el monitoreo del proyecto y la incorporación de nuevos tutores.

4 ANEXO II RESOLUCION DE CONSEJO ACADEMICO Nº 109/2009 CONVENIO MARCO DE PRÁCTICAS NO RENTADAS Entre la Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires, con domicilio en la calle Pinto Nº 399 de la ciudad de Tandil, representada en este acto por el Cr Roberto M. Tassara (DNI ) en su carácter de Rector de la misma, y la empresa... con domicilio legal en... representada en este caso por el Sr.... en su carácter de... de dicha firma, convienen en celebrar el presente Convenio Marco de Prácticas no Rentadas, que se regirá en tenor de las siguientes claúsulas y condiciones. PRIMERA: Denomínese práctica no rentada a la extensión orgánica del sistema educativo a instituciones, de carácter público o privado para la realización por parte de los alumnos, de prácticas relacionadas con su educación y formación de acuerdo a la carrera que cursan, bajo la organización y control de la institución de enseñanza a la que pertenecen, durante un lapso determinado. SEGUNDA: La realización de las prácticas no rentadas tendrá por fin posibilitar a estudiantes de la Universidad adquirir experiencia laboral como complemento de la formación académica. Este complemento educativo implicara la aplicación directa de los conocimientos teóricos adquiridos en la carrera universitaria, que de esta manera se podrán volcar en aquellas áreas de la actividad empresaria que resulten afines, buscando el desarrollo de aptitudes y habilidades necesarias para la gestión profesional como la adquisición del manejo de herramientas y técnicas relacionadas con la actividad específica. Asimismo las residencias permitirán a los alumnos tomar contacto con el ámbito en que se desenvuelvan las organizaciones empresarias e integrarse a un equipo de trabajo, contribuyendo a la transición entre la etapa educativa y la laboral buscando el afianzamiento de la propia identidad y personalidad. TERCERA: Las instalaciones de las empresas industriales y de servicios y de las instituciones públicas o privadas donde se desarrollan las prácticas, así como también las propiedades de terceros afectadas a dicha actividad, se considerarán para todos los aspectos legales como una extensión del ámbito de aprendizaje. CUARTA: La situación de práctica no creará ningún otro vínculo para el alumno más que el existente entre el mismo y el Ministerio de Cultura y Educación, no generándose relación jurídica alguna con el organismo público o privado y/o la empresa en donde efectúe su práctica educativa. Las prácticas son de carácter no rentadas, es decir gratuitas. QUINTA: La coordinación e implementación de las prácticas se efectuará de manera tal que se facilitara la supervisión de la misma por parte de la Universidad (a través de la Unidad Académica correspondiente) para lo cuál se preveerá la realización, por parte del alumno, de informes periódicos sobre el desarrollo de las actividades cumplidas. Asimismo se establece que la Facultad a través del Programa de Desarrollo Profesional designará un TUTOR INTERNO en cada caso, para el seguimiento de las tareas del residente, mientras que la empresa designara un profesional de Área como representante para actuar ante la Universidad (TUTOR EXTERNO).

5 SEXTA: Con cada alumno, la empresa suscribirá un acuerdo individual de práctica en el cual se estipulará: a) Área de la empresa en la cual se desarrollará la práctica, b) Duración, c) Horario, d) Cuestiones que hacen a las obligaciones y derechos tanto del alumno como de la empresa referidos a la relación que se establece entre los mismos. La empresa remitirá a la Universidad copia de cada acuerdo individual de práctica que suscriba con alumnos de la misma. SEPTIMA: La protección de que gozan los alumnos a través de los distintos seguros que resguardan su actividad en los establecimientos educativos se extiende a las actividades que desempeñan los mismos en calidad de residentes en los lugares de trabajo. OCTAVA: El alumno se compromete a prestar servicios con la mayor eficiencia, el espíritu de colaboración y confidencialidad, respetando las directivas de LA EMPRESA, en cuanto a la metodología y demás instrucciones que se impartan para la prestación. Asimismo EL ALUMNO se obliga por la presente a dar fiel cumplimiento al reglamento interno de LA EMPRESA. EL ALUMNO se compromete a elevar un informe final sobre el desarrollo de su práctica a LA FACULTAD y LA EMPRESA dentro de los treinta días de concluidas sus actividades. NOVENA: Ambas partes acuerdan que por cualquier contingencia derivada del presente convenio se someterán a la jurisdicción del Juzgado Federal con asiento en la ciudad de Azul y constituyen sus domicilios especiales en los consignados en el presente convenio. DECIMA: El presente convenio tendrá una vigencia de dos (2) años y será renovable automática y sucesivamente por el mismo término, salvo denuncia anticipada que del mismo realizara cualquiera de las partes manifestando su voluntad en tal sentido, la que deberá ser comunicada a la otra por medio fehaciente... de. de 20.

6 ANEXO III RESOLUCION DE CONSEJO ACADEMICO Nº 109/2009 ACUERDO INDIVIDUAL DE PRÁCTICA NO RENTADA Entre..., con domicilio legal en la calle... Nº... de la ciudad de..., provincia de Buenos Aires, representada en este caso por..(nombre del tutor externo)... (DNI:...) y... (Nombre del alumno)... (DNI:...), con domicilio en la calle... Nº... de la ciudad de Tandil, provincia de Buenos Aires, alumno/a regular de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires, convienen en celebrar el presente acuerdo individual de práctica no rentada que se regirá a tenor de las siguientes cláusulas y condiciones: El presente acuerdo se suscribe en el marco del Convenio de Marco celebrado el día..(fecha Firma de Convenio) entre (Nombre de la empresa o tutor) y la Universidad, y en virtud del cual un alumno de dicha casa de estudios realiza la práctica en la mencionada empresa. Ambas partes declaran conocer perfectamente los términos del referido Convenio el que se comprometen a cumplir íntegramente. El presente tendrá por fin regular cuestiones puntuales que hacen al desarrollo de la práctica y que por tal motivo han quedado al margen de las cuestiones pactadas en las cláusulas y condiciones del Convenio marco referido anteriormente. Presente en este acto el Dr. Alfredo Rébori, suscribe el presente en carácter de Decano de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires. La práctica tendrá una duración de..(xx meses/horas)... a partir de la firma del presente acuerdo individual. Dada la flexibilidad del horario de trabajo a realizar por el alumno, el mismo será establecido durante el desarrollo de la práctica. Ambas partes manifiestan conocer y comprometerse a cumplir las disposiciones generales del régimen de prácticas. Asimismo el alumno se compromete a cumplir las reglamentaciones internas de la empresa. En prueba de conformidad y a un solo efecto se firman tres ejemplares de un mismo tenor en la ciudad de Tandil a los.. días del mes de... de 20..

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