EL CANON DIGITAL A DEBATE
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- Ricardo Escobar Macías
- hace 8 años
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1 EL CANON DIGITAL A DEBATE REVOLUCIÓN TECNOLÓGICA Y CONSUMO CULTURAL EN UN NUEVO MARCO JURÍDICO-ECONÓMICO
2 CONSEJO EDITORIAL MIGUEL ANGEL COLLADO YURRITA MARÍA TERESA DE GISPERT PASTOR JOAN EGEA FERNÁNDEZ JOSÉ IGNACIO GARCÍA NINET FRANCISCO RAMOS MÉNDEZ SIXTO SÁNCHEZ LORENZO JESÚS-MARÍA SILVA SÁNCHEZ JOAN MANEL TRAYTER JIMÉNEZ BELÉN NOGUERA DE LA MUELA RICARDO ROBLES PLANAS JUAN JOSÉ TRIGÁS RODRÍGUEZ Director de Publicaciones
3 EL CANON DIGITAL A DEBATE REVOLUCIÓN TECNOLÓGICA Y CONSUMO CULTURAL EN UN NUEVO MARCO JURÍDICO-ECONÓMICO Carlos Padrós Reig y Jordi López Sintas (Dirs.)
4 Colección: Atelier Administrativo Directores: Joan Manel Trayter (Catedrático de Derecho administrativo) Belén Noguera de la Muela (Profesora titular de Derecho administrativo) Reservados todos los derechos. De conformidad con lo dispuesto en los arts. 270, 271 y 272 del Código Penal vigente, podrá ser castigado con pena de multa y privación de libertad quien reprodujere, plagiare, distribuyere o comunicare públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica, fijada en cualquier tipo de soporte, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios Carlos Padrós Reig y Jordi López Sintas 2011 Atelier Via Laietana 12, Barcelona editorial@atelierlibros.es Tel.: I.S.B.N.: Depósito legal: Diseño y composición: Addenda, Pau Claris 92, Barcelona Impresión:
5 ÍNDICE PRESENTACIÓN SOBRE LOS AUTORES CAPÍTULO I JUSTIFICACIÓN ANTROPOLÓGICA Y SOCIAL DE LA IDEA DE PROPIEDAD INTELECTUAL José Antonio Muñoz Mori Licenciado en Derecho, Universitat Autònoma de Barcelona - UAB. Técnico Gestión Recursos Escénicos: Teatre Municipal Cooperativa (Barberà del Vallès) 1. Introducción Concepto de propiedad, breve inventario histórico Antecedentes de las formas de protección genéricas del derecho de autor Arte y propiedad intelectual en el mundo clásico La imprenta y el derecho de reproducción La experiencia socialista Algunas perspectivas críticas hacia la propiedad intelectual La crítica neoliberal La crítica alter-globalización y la transacción social del conocimiento Creación cultural y Derecho internacional público Dominio público versus copyright Epílogo Bibliografia CAPÍTULO II ACCESO A LAS EXPRESIONES CULTURALES E INCENTIVOS A LA CREACIÓN: ARGUMENTOS, EVIDENCIA E IMPLICACIONES Jordi López Sintas Universitat Autònoma de Barcelona. Dept. d economia de l empresa i Centre d Estudis i de Recerca d Humanitats 1. Introducción
6 Índice 2. Por qué proteger la creación o invención: La teoría Incentivos a la creación Selección de las invenciones a desarrollar Duración de la protección de la propiedad intelectual El efecto de la propiedad intelectual: la evidencia Efecto en la innovación y la creación de expresiones culturales Influencia sobre el contenido de lo que se inventa o crea Resumen del impacto del monopolio intelectual Incentivos a innovar y crear después de crear el monopolio Incentivos a crear, a producir y reparto de rentas Mercado competitivo en la (re)producción y comercialización Mercado monopólico en la (re)producción y comercialización Comparación Paradoja del acceso frente al incentivo Implicaciones Conclusiones Referencias CAPÍTULO III LA INDUSTRIA CULTURAL EN INTERNET Y LAS ENTIDADES GESTORAS DE DERECHOS DE AUTOR Jesús López González Licenciado en Humanidades. Investigador en formación del Centro de Estudios e Investigación de Humanidades (CERHUM) y del grupo interdisciplinario de investigación Consumo, Mercados y Cultura (CMC) Universidad Autónoma de Barcelona Planteamiento El sector cultural online. Modos de distribución Distribución intermediada Cine Música El libro en Internet Distribución directa Del autor al consumidor El marketing viral Retos de la distribución online. Barreras al desarrollo Programas de intercambio: Peer to peer El caso de Napster. Sistemas de primera generación El caso de Grokster y Streamcast. Sistemas de segunda generación Alternativas al desarrollo de plataformas P2P La Ley de Propiedad Intelectual en la tecnología digital Ayudas a la distribución Límites conceptuales Acciones legales Entidades de gestión La SGAE (Sociedad General de Autores y Editores): monopolio de hecho Conclusiones Bibliografía
7 Índice Figuras Webgrafía Memorias Artículos periodísticos CAPÍTULO IV UNA TEORÍA CONTEXTUAL DEL ACCESO A LA MÚSICA: COMPORTAMIENTO DEL CONSUMIDOR Y SUS ARGUMENTOS ÉTICOS Ercilia García-Álvarez Universitat Rovira i Virgili, Jordi López-Sintas Universitat Autònoma de Barcelona, Konstantina Zerva Universitat de Girona Introducción Revisión de la literatura Factores determinantes del acceso alternativo a los productos digitales Una evaluación crítica de las investigaciones realizadas hasta la fecha Metodología Datos Análisis Resultados Contextos diferentes, diferentes formas moralmente aceptables de acceder a la música Diferentes contextos, diferentes argumentos morales para justificar los comportamientos Diferentes contextos, diferentes predisposiciones para cambiar el comportamiento Discussión y conclusiones Referencias CAPÍTULO V DEBILIDADES Y RETOS DEL RÉGIMEN JURÍDICO VIGENTE DE PROTECCIÓN DE LA COPIA PRIVADA Carlos Padrós Reig Profesor titular de Derecho administrativo. Magistrado del Orden jurisdiccional contencioso-administrativo. Miembro del Centre d Estudis d Humanitats. Universitat Autònoma de Barcelona 1. Introducción Tutela penal de los derechos de propiedad intelectual La circular de la Fiscalía General del Estado 1/ Hecho típico y redes P2P El suministro de datos de carácter personal por parte de las operadoras Tutela civil. La acción de cesación y la indemnización de daños La Ley 19/2006, de 5 de junio La sentencia del Juzgado de lo Mercantil nº 7 de Barcelona de fecha 8 de marzo de El caso francés. Puede la acción de cesación significar la suspensión de la conexión? Protección administrativa El Plan antipiratería. Orden CUL/1079/2005, de 21 de abril
8 Índice 4.2. Existe una Administración pública de la Propiedad Intelectual? La reforma de la ley de la propiedad intelectual LPI (Ley 23/2006, 7 de Julio) Antecedentes La actual reforma de los artículos 25 y Criticas contra la nueva regulación La aplicación práctica del nuevo canon La gestión colectiva ante el derecho europeo La Directiva 2001/29/CE La Recomendación 2005/737/CE, de 18 de mayo El caso SGAE c PADAWAN Bibliografía CAPÍTULO VI LOS MONOPOLIOS DE GESTIÓN DE DERECHOS COLECTIVOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL ANTE LAS AUTORIDADES ESPAÑOLAS DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Carlos Padrós Reig Profesor titular de Derecho administrativo. Miembro del Centre d Estudis d Humanitats Universitat Autònoma de Barcelona 1. Introducción Monopolios de derecho-monopolios de hecho Entidades privadas que desarrollan funciones públicas Algunos casos recientes El Informe de la Comisión Nacional de Competencia. «La gestión colectiva de derechos de propiedad Intelectual». Diciembre Executive summary Valoración La descripción del sector Las barreras a la competencia La fijación de la tarifa Recomendaciones La nueva Ley 25/2009, de 22 de diciembre. Reforma TRLPI Bibliografía CAPÍTULO VII PATRONES DE CONSUMO DE MÚSICA DIGITAL Y SUS MOTIVOS EXPLICATIVOS Nela Filimon Universitat de Girona, Jordi López-Sintas Universitat Autònoma de Barcelona, Konstantina Zerva Universitat de Girona 1. Introducción El consumo y la compra de música Metodología Pregunta de investigación Los datos y las variables Indicadores de consumo de música a través de compras y descargas Indicadores de comportamiento Los motivos que explican los hábitos de consumo de música
9 Índice Las características socioeconómicas de los individuos Procedimiento analítico Resultados Discusión Conclusiones Referencias
10 PRESENTACIÓN Desde hace casi una década, el Centro de Estudios e Investigación en Humanidades se dedica a investigar varios aspectos de las ciencias sociales en relación a las manifestaciones culturales, su producción y consumo. Bajo la dirección académica del profesor López-Sintas, se agrupan un nutrido conjunto de investigadores provenientes de varias universidades y disciplinas del conocimiento. Con esta plataforma se ofrece la posibilidad de contemplar un mismo campo de estudio desde varias perspectivas (Economía, Derecho, Antropología, Sociología, etc.). Los seminarios y actividades organizados por este centro universitario están disponibles en para todo aquel que desee compartirlos. La actividad investigadora desarrollada en este centro constituye el verdadero motor de la publicación de esta obra. Uno de los sectores de la Cultura contemporánea actual que se somete a más debate público es precisamente el de la propiedad intelectual, la remuneración de los creadores y los nuevos modos de acceso y consumo culturales. Lamentablemente, el debate se sitúa en la mayoría de los casos en un maniqueísmo simplista que impide profundizar los argumentos técnicos que expliquen el fenómeno. De manera no inocente, se ha centrado la cuestión en la legalidad de los comportamientos de los consumidores que acceden a las creaciones a través de sistemas informales, vulnerando la legítima expectativa de remuneración de los artistas. En definitiva, se contraponen los malévolos consumidores insolidarios frente a los pobres y abandonados artistas. Esta visión popular fue objeto de discusión en el seno del grupo de investigación del centro, percibiéndose de manera unánime su inadecuación para explicar la vertiginosa transformación tecnológica de los canales de distribución cultural. Fruto, pues, de esas reflexiones y del esfuerzo de los participantes en esta obra, aparece una aproximación técnica a la cuestión del cambio tecnológico, el acceso a la Cultura, la protección de los legítimos intereses de los creadores y los fenómenos de la desmaterialización y desintermediación cutural. La obra reúne el resultado de la investigación de hasta siete expertos adscritos al centro en distintas fórmulas con sus distintas perspectivas de análisis, 13
11 Presentación todo ello con la voluntad última de refutar algunas de las premisas de ese falso debate. Con los argumentos vertidos debería ser posible ofrecer un marco de debate más amplio y complejo, con potencialidad para explicar una realidad a la que el sistema legal no sabe dar nuevos instrumentos de regulación. Por ejemplo, la idea misma de propiedad (intelectual y material) queda fuertemente sujeta a las circunstancias de cada tiempo y lugar. No resulta adecuado fosilizar el concepto de propiedad en un estándar de negocio que ya no existe. Así, se demuestra como mientras para el derecho romano-civil, la propiedad era el derecho a usar y abusar de una cosa, el Estado social y democrático sujeta la propiedad al interés general y prohíbe su uso antisocial. El derecho de propiedad es una construcción social variable y no absoluta y por ello también la extensión de la propiedad intelectual puede verse sujeta a revisión en un nuevo paradigma tecnológico. Lo mismo puede decirse de la línea divisoria entre propiedad privada y dominio público. El derecho constitucional subjetivo de acceso a la Cultura como parte del desarrollo integral de la persona puede erigirse en un valor digno de protección frente a la exclusividad de determinados modos de comercialización cultural (industria discográfica tradicional). La contemplación de un cuadro en un museo no puede considerarse como un acto de consumo cultural que deba ser grabado sino como un goce colectivo de una creación. Determinadas formas de reproducción musical o audiovisual parecen también pertenecer a esta categoría de dominio público cultural. Igualmente, la teoría económica demuestra además como un sistema rígido y extensivo de propiedad intelectual puede dañar seriamente la capacidad creativa de los artistas. Con ello se demostraría que el debate se sitúa entre ciudadanos deseosos de aumentar su capital cultural mediante el consumo de nuevas manifestaciones creadoras y un modelo industrial basado en la intermediación y la comercialización de soportes físicos que ha quedado en gran medida obsoleto. A modo de símil podemos considerar que los buscadores de vuelos y viajes a través de la red constituyen un modo ilegal de planificación de las vacaciones?. La respuesta es obvia. La mayoría de los informes coincide en destacar como el consumo total de música en millones de euros se mantiene constante a lo largo de los últimos años. Lo que ha variado es la procedencia de los ingresos, aumentando el mercado digitial y el de la música en vivo en perjuicio de los discos físicos y las tiendas tradicionales. (Informe Anual 2009 de la Industria de Contenidos Digitales del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio). La tecnología, pues, no perjudica a la creación sino que aumenta el bienestar del ciudadano al facilitarle el acceso. Ello provoca que deban afrontarse cambios en la organización de la producción y distribución de los bienes de las industrias cultuales. No existe en la actualidad un sector normativo donde pueda apreciarse un divorcio tan sonado entre realidad social y normativa reguladora. Aún siendo conscientes de que el legislador casi siempre corre detrás de las transformaciones de la sociedad, ello no obsta para criticar vehementemente el mantenimiento de un régimen legal obsoleto que beneficia ciertos lobbies muy poderosos 14
12 Presentación en perjuicio del conjunto de la sociedad. Este trabajo pretende también demostrar como el acceso informal a las creaciones culturales no tiene lugar por ciudadanos indómitos ante la Ley sino simplemente como respuesta a la incapacidad de la industria de entender los nuevos tiempos y modos de acceso. No hay un reproche ético generalizado al consumo digital de la Cultura. Finalmente, el actual sistema de gestión colectiva de los derechos de propiedad intelectual concentra la protección en un puñado de artistas. El 75% de lo recaudado por la SGAE se reparte entre apenas medio millar de artistas (Informe Comisión Nacional de Competencia 2009). La protección antipiratería no afecta pues al joven artista creador a quien incluso le interesa el libre acceso a su obra como vía para darse a conocer. Como destaca el Informe FEDEA de 2010 sobre las reformas estructurales de la economía española, «desde el punto de vista del bienestar social, la pregunta apropiada es qué regulación facilita que se genere la mayor cantidad de creaciones artísticas que puedan ser disfrutadas por más personas? En otras palabras, la definición de los derechos de propiedad intelectual no debería mirar únicamente a proteger los intereses de algunos productores sino que deberían buscar maximizar la producción y el consumo bajo la restricción que productores y consumidores hagan lo que hacen de manera libre y voluntaria». Todo ello y mucho más se analiza a lo largo de las páginas que el lector tiene en sus manos. La obra se estructura en siete estudios. El primero de ellos se dedica a examinar la justificación antropológica y social de la propiedad intelectual. Se demuestra así como a lo largo de la historia, la noción de propiedad, su objeto y extensión ha variado. La imprenta supuso en su día un fuerte cuestionamiento de la propiedad de los manuscritos donde se acumulaba el saber cultural. Se democratizó en gran manera el acceso a las fuentes de conocimiento y la reacción fue considerar el avance como una creación diabólica. El mismo paradigma transformador puede apreciarse en la actualidad con la revolución tecnológica y la desmaterialización de las creaciones culturales. En el segundo estudio, el profesor López-Sintas elabora una serie de argumentos económicos para encuadrar la estructura económica de las formas contemporáneas de protección de la propiedad intelectual y de intermediación de la Cultura. Se aborda así el papel de la legislación de protección de la propiedad intelectual en la creación de expresiones culturales (libros, música, películas, etc.), sus mercados y en el acceso a su consumo. Se presentan los argumentos teóricos en los que se basan las leyes de protección intelectual, al tiempo que se revisa la evidencia empírica y reconsideran los argumentos teóricos a la luz de la evidencia. Finalmente se elabora una propuesta de transformación de los derechos morales y pecuniarios de los autores y productores que mejoraría el acceso a las creaciones culturales al tiempo que no disminuiría los incentivos a la creación. Es más, se propugna que si se separan los derechos pecuniarios de los autores de los derechos de los productores-comercializadores, los primeros incrementarían sus ingresos mientras que los mercados se transformarían en competitivos, incrementando el acceso y eliminando la pérdida de bienestar 15
13 Presentación social que ahora producen los monopolios temporales que las leyes de protección de la propiedad intelectual crean y garantizan. La transformación de los derechos morales en unos derechos de atribución de la autoría generaría un aumento en la creación de obras derivadas y mejoraría la popularidad de los autores originales e incluso incrementaría los ingresos de los autores originales. Esta contribución hace pues que el debate no se centre en la relación creador-consumidor cultural sino en la relación creador-industria (productor y/o comercializador) donde una nueva regulación de los derechos de propiedad intelectual que eliminara los monopolios de reproducción y comercialización incrementaría las posibilidades de acceso cultural de los ciudadanos al tiempo que incrementaría los ingresos de los autores. El tercer capítulo se dedica a describir de manera profusa las transformaciones que la revolución tecnológica supone para los modos tradicionales de consumo cultural. Así, se discurre acerca de fenómenos como Napster, Grokster, Streamcast y en general sobre los nuevos canales de distribución y consumo cultural de cine, música y libros. El cuarto estudio elaborado por los profesores Lopez-Sintas, García Álvarez y Zerva presenta un trabajo de campo sobre las motivaciones éticas de los consumidores culturales al acceder a las creaciones a través de canales alternativos (informales) de consumo (intercambio de discos, descargas, utilización de bibliotecas públicas, compra en top-manta, etc.). Los resultados demuestran que lo que se considera como éticamente correcto o incorrecto por parte de los individuos depende en gran medida del contexto socio-cultural de los mismos y de los recursos personales. A esta conclusión, en cierta medida esperable, se une otra de mayor calado para el debate: los ciudadanos no perciben un reproche ético general a los actos de consumo informal que no supongan una finalidad lucrativa. O incluso más allá, el acceso libre a la Cultura no pretende infligir un perjuicio a los creadores sino al modelo de explotación industrial vigente. El estudio sirve en última instancia para constatar una enorme discrepancia entre ética individual y regulación jurídica, o lo que es lo mismo, entre sociedad y sistema normativo, de manera que algunos incluso propugnan la inutilidad de cualquier regulación que pretenda encauzar el consumo cultural digital. El profesor Padrós Reig analiza en el capítulo V el régimen legal actual de protección de la copia privada. La copia privada se configura tradicionalmente como una compensación equitativa por el potencial de reproducción colectiva de las creaciones culturales. Supone pues una ficción del ordenamiento jurídico que trasciende la relación civil comercial entre producto y apropiación. La idea de la copia privada se ha trasladado indebidamente al llamado canon digital donde los consumidores deben pagar una tasa por el potencial uso de los soportes para la copia privada (impresoras, CD, DVD, memorias, teléfonos móviles, etc.). Para ello se analiza la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual acometida por la Ley 23/2006, de 7 de julio. Junto con lo anterior, el capítulo VI se dedica a contemplar la forma de administración sobre los recursos recaudados en la gestión de los derechos colectivos de los autores. En este campo se produce una interesante dicotomía 16
14 Presentación entre sujeto privado (entidad de gestión o asociaciones de artistas) y sujeto público (Ministerio de Cultura o Comisión Mediadora de la propiedad intelectual). Desde el punto de vista de la defensa de la competencia y el libre mercado, las entidades de gestión pueden suponer una restricción ilegal de los mercados al acordar la fijación de unas tarifas. Sin embargo, si se considera que las entidades ejercen una potestad pública, se trataría de un comportamiento restrictivo amparado por el ordenamiento jurídico. Dicho en otras palabras, puede una entidad privada ejercer funciones públicas como es la fijación de una tarifa? O bien, puede una Administración pública delegar el ejercicio de funciones administrativas en una estructura corporativa de base privada como son las entidades de gestión?. Para ello resulta de enorme importancia el análisis efectuado por nuestras autoridades de defensa de la competencia en el Informe de la Comisión Nacional de Competencia de diciembre de 2009, con el inequívoco título de «La gestión colectiva de los derechos de propiedad intelectual». Finalmente, el libro se cierra con un estudio sobre los patrones de consumo de música digital. En él se descubre como el comportamiento y los motivos para descargar música, reflejan no sólo un comportamiento generacional de compra y descarga sino también el efecto de la posición social de los individuos en su hábito de consumo de música; los jóvenes principalmente compran y descargan mientras que los adultos reviven la experiencia sus canciones preferidas a través de radio/tv y como consecuencia de esto reducen su hábito de comprar y descargar música. Los oyentes jóvenes, en cambio, necesitan tener acceso a la música en función de su posición social, descargando más de jóvenes y comprando más a medida que se vuelven más viejos y más ricos. En todos los textos se ha procurado ejercer una especie de auto-censura técnica, primando en carácter divulgativo de los contenidos por encima de las complejidades propias de cada disciplina de conocimiento. 17
15 SOBRE LOS AUTORES Dra. ERCILIA GARCÍA ÁLVAREZ, es catedrática del Departamento de gestión de empresas de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales de la Universitat Rovira i Virgili de Tarragona, e investigadora asociada del Centre d Estudis i de Recerca d Humanitats de la UAB. Está interesada en los estudios sobre el ocio, la empresa familiar y la investigación cualitativa asistida por computador, CAQDAS. La Dra. García ha publicado en numerosas revistas internacionales y nacionales, entre las cuales podemos citar: European Sociological Review, Poetics, Social Forces, Journal of Cultural Economics, International Journal of Nonprofit and Voluntary Sector Marketing, Field Methods, Journal of Business Review, and Family Business Review. mariaercilia.garcia@urv.cat Dr. JORDI LÓPEZ SINTAS, es professor titular de Universidad del Departamento de economía de la empresa de la Facultad de Economia y Empresa de la Universitat Autònoma de Barcelona, y director del Centre d Estudis i de Recerca d Humanitats de la UAB. Actualmente está interesado en investigar la producción y el consumo de las diferentes expresiones de la cultura desde una perspectiva interdisciplinaria y en la investigación cualitativa asistida por computador, CAQ- DAS. El Dr. López ha publicado en numerosas revistas internacionales y nacionales, entre las cuales podemos citar: European Sociological Review, Poetics, Social Forces, Journal of Cultural Economics, International Journal of Nonprofit and Voluntary Sector Marketing, Field Methods, Journal of Business Review, M@n@gement: an International Journal, and Family Business Review, y Small Business Economics. Jordi.lopez@uab.es Dr. CARLOS PADRÓS REIG, es profesor titular de Derecho administrativo en el Departamento de Derecho público y ciencias histórico jurídicas de la Universitat Autònoma de Barcelona. Es también investigador permanente y miembro fundador del Centre d Estudis i Recerca d Humanitats. Autor del primer manual español de Derecho y Cultura orientado a los temas de Derecho Administrativo Cultural (Atelier, Barcelona, 2001). También realiza investigación en campos como 19
16 Sobre los autores la intervención en la cinematografía, las industrias culturales y el derecho de la competencia, los derechos de propiedad intelectual ante la revolución tecnológica. Ha publicado en revistas nacionales e internacionales sobre la disciplina. En la actualidad es tambén Magistrado del Orden Jurisdiccional Contencioso- Administrativo en Barcelona. carlos.padros@uab.es KONSTANTINA ZERVA, es profesora visitante en el Departamento de economía de la Universitat de Girona, doctoranda del departamento de Economía de la Empresa de la Universitat Autònoma de Barcelona e investigadora junior del Centre d Estudis i de Recerca d Humanitats de la UAB. Está interesada en investigar el comportamiento del consumidor dentro de las industrias culturales, y especialmente musicales, y de turismo, desde una perspectiva interdisciplinaria. Ha publicado en revistas internacionales. konstantina.zerva@udg.edu Dra. NELA FILIMON, es Profesora Lectora en el Departamento de Economía de la Universitat de Girona (UdG) e investigadora asociada del Centre d Estudis i de Recerca d Humanitats de la UAB. Sus intereses de recerca están relacionados con temas de economía de la cultura, comportamiento del consumidor y consumo cultural y métodos de análisis cuantitativo. Ha publicado artículos en revistas internacionales y nacionales como The Sociological Review, International Journal of Nonprofit and Voluntary Sector Marketing, Advances in Sociology Research y Documentos de Estudios de Ocio. Nela.Filimon@udg.edu JESÚS LÓPEZ GONZÁLEZ. Licenciado en Humanidades por la Universitat Autònoma de Barcelona (UAB), doctorado del departamento de Derecho Administrativo de la UAB e investigador junior del Centre d Estudis i Recerca d Humanitats de la UAB. Está interesado en el consumo cultural, especialemte en la cinematografía, y en la regulación de los «derechos de autor» en las industrias culturales. Su perfil profesional se desarrolla en el campo de la gestión cultural y en el de la producción y realización cinematográfica. JOSÉ ANTONIO MUÑOZ MORI. Licenciado en Derecho por la Universitat Autònoma de Barcelona (UAB). Técnico de Recursos escénicos del Teatro Municipal Cooperativa de Barberà del Vallès. Estudiante de antropologia. 20
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