ISFAS I. OBJETO DEL CONTRATO

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1 MINISTERIO DE DEFENSA INSTITUTO SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS PLIEGO DE PRESCRIPGIONES TECNICAS PARA LA GESTION DE SERVICIOS DE TRANSPORTE SAN TARIO EN ZARAGOZA I. OBJETO DEL CONTRATO El contrato que regula el presente pliego tiene por objeto, la gestión del servicio de transporte sanitario que comprenderá el traslado de los titulares y beneficiarios del adscritos a la Sanidad Militar (Modalidades Asistenciales C y D1) que no requieran asistencia sanitaria en ruta, como apoyo a los dispositivos asistenciales asignados. El facilitará a la empresa la relación de beneficiarios con derecho a la prestación del servicio, mediante un fichero de texto plano, con carácter separador y cifrado mediante aplicaciones de dominio público que se remitirá diariamente por procedimientos telemáticos. Con carácter general, el ámbito territorial de los servicios se circunscribe a! municipio de Zaragoza. Ocasionalmente se requerirá la prestación de servicios interurbanos y, de forma excepcional, interprovinciales con origen o destino en la provincia de Zaragoza. Ef responsable del contrato es el Delegado Regional del en Zaragoza. 2. DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS 2.1. Traslados cubiertos El servicio que se contrata consiste en el traslado de los pacientes a los que se indique, conforme a lo establecido en este PPT, considerando un periodo de tiempo recomendado para realizarlo. En todos los casos los traslados se realizarán con los medios materiales y humanos que se detallan más adelante, que tienen carácter de mínimos, pudiendo los licitadores ampliarlos en sus ofertas El adjudicatario habrá de realizar los siguientes traslados: A) Traslado al Servicio de Urgencias del hospital militar de referencia o a otros servicios de urgencia asignados, en función de la modalidad asistencial de adscripción del paciente para la asistencia por servicios de urgencia. B) Traslado desde el domicilio, habitual o eventual del paciente, al hospital militar de referencia o a centros concertados o asignados para cualquiera de los siguientes servicios: Ingreso hospitalario. Consultas externa. Pruebas diagnósticas o terapéuticas. Tratamientos. C)Traslado desde el hospital militar de referencia, o desde centros concertados asignados, al domicilio del paciente, procedente de los siguientes servicios: Alta Hospitalaria. Consulta Eferna. rg4 (09-00)

2 Pá9.2 rffi Pruebas diagnósticas o terapéuticas. Tratamientos. Alta Servicio de Urgencias. D) Traslado entre distintos centros hospitalarios. E) Traslados interprovinciales cuya cobertura haya de ser atendida por Sanidad Militar, conforme a la normativa reguladora específica Quedan excluidos y, por tanto, la empresa adjudicataria no deberá atender los traslados que se realicen: A petición propia para atención programada o tras alta hospitalaria voluntaria. Traslados interdomiciliarios o desde el domicilio a residencias sociales Modalidades de traslados. Según el momento de su realización, a efectos organizativos, los traslados serán: A) IVo Programados: aquellos de los que no se tiene conocimiento ni se puede prever su realización con antelación, existiendo una diferencia de tiempo inferior a 24 horas entre la solicitud y la realización del servicio. Cuando el traslado tenga como destino el Servicio de Urgencias Hospitalario se considera ran P refere ntes B) Programados: aquellos en los que existe una diferencia de tiempo superior a 24 horas entre la solicitud y la realización del servicio. 3. INDICACIÓN Y SOLICITUD DEL TRANSPORTE 3.1. La indicación de los traslados en transporte sanitario se emitirá por los facultativos de los servicios de Atención Primaria, Atención Especializada y Urgencias asignados, en concreto: a) Servicios y especialistas de Hospitales Militares. b) Facultativos de Consultorios del y de Servicios de Urgencia del Servicio Aragonés de Salud (Salud de Aragón), en el caso de pacientes adscritos a la Modalidad C1 o a la Modalidad D. c) Facultativos de Medicina General o Pediatría y de los Servicios de Urgencia de la correspondiente Entidad de Seguro en el caso de pacientes adscritos a otra Modalidad C. d) ElAsesor médico de la Delegación del. Las prescripciones se realizarán en volante o documento normalizado en el ámbito de los correspondientes servicios asignados (Servicios del, Hospital Militar, Entidad de Seguro o Salud de Aragón), siempre que sea posible La solicitud de los traslados objeto del Contrato al adjudicatario se realizará por: Los servicios de Admisión, Atención al paciente o Urgencias del Hospital Militar de Zaragoza. - Otros Servicios de Urgencia asignados en función de la asistencial de adscripción del paciente. La Delegación Regional del. rg-s (09-00)

3 Pé9.3 TSFAS El paciente o sus familiares, si disponen de la prescripción del traslado en transporte sanitario, conforme a lo previsto en el apartado 3.1, con especificación del destino y, en caso de traslados para tratamientos periódicos, tipo de tratamiento y sesiones precisas. Las solicitudes de traslados con destino a servicios de urgencias hospitalarios se atenderán, a pesar de que el interesado no disponga del informe o documento de prescripción. En este caso, deberá unirse a la facturación de los servicios un justificante o parte del servicio emitido por la empresa y sellado por el hospital de destino. Tras el alta del paciente, se atenderá su traslado de regreso al domicilio si por el servicio de urgencias se tramita la solicitud del traslado o se emite la correspondiente indicación. Los traslados interprovinciales se realizarán exclusivamente cuando la solicitud se tramite por la Delegación Regional del o por el Hospital Militar de Zaragoza. En la siguiente Tabla se resumen los requisitos exigidos para cada tipo de traslado: HOSPITAL MILITAR CUALOUIEM CUALQUIEM HOSPITAL psnunrmco CUALQUIEM HOSPITAL MILITAR OIROS CETTIROS salrrtar os DOMICILIO O RESIDENCIA CUALQUIER HOSPITAL CUALQUIEM PROGMMADO PREFERENTE INTERPROVINCIALES HOSPITAL MILITAR CUALQUIEM SERV, URGENCIA ASIGNADOS HOSPITAL MILITAR solt ct Tt) D o prescrlpclórrr DEL HOSPITAL MILITAR pnescn p a ón DEL H osp tr AL pgauárnco onoru uéotcto pnescnpaón DELIENTRI ORDEN MEDICAO patscnpgóu PARTE DEL TRASUDO EMITIDO POR jempresay SELLADO POREL CENIRO DEDESTINO pnescrupgóny sougrud DEt /SFAS O DEL HOSP. MILITAR ACREDITAR MODALIDAD ASISTENCIAL 4. VEHíCULOS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO 4.1. Recursos mínimos Para la ejecución de los servicios, el adjudicatario ofertará, al menos, cuatro Ambulancias no asistenciales destinadas altraslado individual de pacientes en camilla. Las características técnicas, dotación de material y tripulación de los vehículos se determinan en elanexo 1 de este pliego, con carácter de mínimos. Las empresas deberán cumplir los requisitos establecidos en la Ley 16t1g\7 de 30 de jufio, de Ordenación de los Transportes Terrestres; en el Real Decreto 1211t19g0 de 28 de septiembre, de desarrollo de la Ley de Ordenación del Transporte Terrestre; en el Real Decreto de 17 de abril por el que se establecen las características técnicas, el equipamiento sanitario y la dotación de personal de los vehículos de transporte sanitario por carretera; en la Orden PRE/ , de 23 de julio, por la que se desarrolla el Reglamento de la Ley de Ordenación de Transportes Terrestres, en materia de transporte sanitario por carreteray demás normas vigentes reguladoras de la materia. rg-5 (09-00)

4 Pá Vehículos a utilizar. Los servicios se realizarán en ambulancias sobre las que la empresa posea pleno derecho de uso resultante de propiedad, arrendamiento financiero, tipo <<leasing>>, o arrendamiento ordinario, siempre que, en este último supuesto, se cumplan las condiciones previstas en el artículo de la Ley , de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres. Una ambulancia se entenderá disponible a efectos del contrato cuando teniendo la empresa el pleno derecho de uso en los términos indicados, cuente con ficha técnica, permiso de circulación, tarjeta de transporte y certificación sanitaria, expedidas por la Administración competente y vigentes, así como póliza de seguro. Los vehículos que se utilicen para la prestación de los servicios tendrán una antigüedad inferiora los 5 años. En ningún caso podrán ofertarse para la ejecución de este contrato ambulancias que el último día de entrega de proposiciones se encuentren adscritas en exclusiva a la ejecución de contratos con otras Administraciones Públicas. Las ambulancias deberán mantenerse en todo momento en perfectas condiciones de uso y limpieza, tanto su exterior como en su interior, con todo su equipamiento y material. Las ambulancias podrán ser inspeccionadas por los Servicios del en cualquier momento previo o posterior a la adjudicación del contrato, debiendo la empresa desplazar estas al lugar y en el momento y condiciones que se le indique Cambios en los vehículos e incidencias Los vehículos ofertados para la prestación de servicios podrán sustituirse por otros de iguales o superiores características que dispondrán de los mismos permisos y autorizaciones que los sustituidos. La sustitución deberá ser notificada a la Delegación Regional del en Zaragoza, indicando el periodo de sustitución. Si la sustitución fuera definitiva, la notificación se acompañará de la documentación que acredite que el nuevo vehículo cumple las especificaciones técnicas y los requisitos especificados en el apartado Comunicaciones y medios de localización y posicionamiento Los vehículos dispondrán de sistemas de comunicación con el Centro de coordinación y movilización de recursos de la empresa (radiofónica o telefonía móvil). Además, las ambulancias estarán equipadas con un módulo GPS o similar, que permita obtener los estatus de recogida del paciente, fin de servicio y su posicionamiento geográfico (lugar y hora) en ambos momentos. Estos datos se recogerán en elfichero de actividad definido en elanexo 2 de este PPT. 5. PERSONAL QUE REALICE EL SERVICIO El personal afecto a la ejecución del contrato dependerá laboralmente de la Empresa adjudicataria, de la cual tendrá todos los derechos inherentes a su calidad como empleadora del mismo, siendo el totalmente ajeno a dichas relaciones laborales. La dotación de personal de los vehículos para la realización de un servicio será de conductor y ayudante, que tendrán los conocimientos, adiestramiento y experiencia precisa para cada función y la formación requerida por la legislación vigente en cada rg-5 (0e-00)

5 Pá9. 5 momento, debiendo contar con el certificado de profesionalidad de transporte sanitario previsto en el Real Decreto , de 20 de mayo, o la habilitación regulada en la Disposición Transitoria Segunda del Real Decreto Los traslados para tratamientos periódicos de pacientes con capacidad para la movilización autónoma podrán realizarse sin dotación de ayudante, salvo que la oferta del adjudicatario incluya el compromiso de realizar todos los traslados con conductor y ayudante. El personal de las empresas adjudicatarias deberá vestir debidamente uniformado, según la época del año, y mantendrá especiales condiciones de higiene, tanto en su aseo personal como en el vestuario y elementos que utilice, evitando la utilización de elementos de decoración personal que puedan originar un riesgo personal o para los pacientes, así como otros no autorizados por el. Además, deberá ostentarse en lugar visible una tarjeta de identificación en la que figure la empresa prestadora del servicio, los datos personales y fotografía del trabajador. El personal de los vehículos se someterá a las normas funcionales de los centros y servicios donde acudan, y a las indicaciones del médico que solicite o prescriba el traslado. 6. PRESTACóN DEL SERVICIO 6.1. Reglas Generales. La prestación de los servicios se ajustará a las siguientes reglas generales: La empresa adjudicataria deberá atender los traslados indicados y/o solicitados por las unidades y servicios referidos en el apartado 3. La obligación de traslado se extiende al acompañante del paciente que lo precise, por razón de edad, patología o estado físico. En caso de duda en la aplicación de este precepto se estará a la indicación facultativa. 6'1.2. El traslado se realizará desde el domicilio del paciente hasta el punto más idóneo de los centros asistenciales y viceversa. Salvo circunstancias excepcionales muy justificadas, el punto de descarga no podrá ser en vías públicas o espacios comunes. Tampoco se podrá trans6ordar pacientes a otros vehículos durante el traslado. En caso de existir varias rutas posibles para la realización de un traslado, la empresa optará siempre por la más rápida, cómoda y segura para el paciente Los vehículos deberán mantenerse en todo momento en perfectas condiciones de uso y limpieza tanto en su exterior como en su interior, equipamiento y mate al. 6.1'4' Si por causa de fuerza mayor la empresa no pudiese atender algún servicio, se obliga a efectuarlo con recursos ajenos y en el medio de tranéporte sanitario idóneo, similar al solicitado, siendo los gastos ocasionados a su costa La utilización de servicios ajenos al contratista por insuficiencia de medios, desatención del servicio, desviación de pacíentes, taidanza excesiva o, en general, por cualquier causa imputable al mismo, que den lugar al abono de los sérvicios por el o al reintegro de gastos a los pacientes, serán deducidos directamente de la liquidación mensual, sin perjuicio de las penalidades que se rg-5 (09-00)

6 Pá9. 6 *@* tffi establecen en el Pliego de Cláusulas Administrativas particulares del presente contrato La empresa facilitará a los usuarios, así como a sus familiares, información adecuada y comprensible relacionada con la prestación del servicio El conocimiento de los datos personales de los pacientes está sometido a la confidencialidad debida a la naturaleza de los mismos, quedando expresamente prohibida su cesión o utilización distinta a los fines del Contrato, con respeto a lo previsto en la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, Ley Orgánica de Protección de Datos Tiempos para la prestación del servicio. Para lograr un servicio de calidad para el paciente, los traslados se realizarán con la mayor premura posible y siempre dentro de los límites fijados para cada tipo de traslado. En caso contrario, se aplicará la penalidad específica prevista. Los tiempos para la prestación del servicio definido en este PPT, a los que se obliga el adjudicatario, serán los siguientes: Traslados no programados: a) Alta hospitalaria de planta: El servicio deberá realizarse antes de 120 minutos desde la solicitud. b) Alta del servicio de urgencias: El servicio deberá realizarse antes de 60 minutos desde la solicitud. c) El retorno al domicilio de pacientes que hayan sido trasladados a centros sanitarios y no pueda preverse cuándo linalizará la asistencia y, por tanto, la necesidad de transporte sanitario: El servicio deberá realizarse antes de 60 minutos desde la solicitud. d) Traslados entre centros hospitalarios: Deberán realizarse antes de los 90 minutos desde la solicitud. e) Traslados no programados preferentes, previstos en el apartado 2.2.A): El servicio se realizará antes de los 45 minutos desde la solicitud Traslados programados: a) Traslados desde el domicilio a centro sanitario: El paciente llegará al centro entre 45 y 15 minutos antes de la hora de citación establecida. En los casos en que la hora de citación coincida con la hora de apertura del servicio de destino, el paciente deberá llegar dentro de los primeros 15 minutos de funcionamiento del servicio. b) Desde centro sanitario al domicilio: Deberá iniciarse el traslado antes de que transcurran 45 minutos desde la finalización de la asistencia. c) En el caso de los pacientes de hemodiálisis, el paciente llegará al centro sanitario entre la hora de inicio de tratamiento programada y 30 minutos antes de la misma. La vuelta al domicilio deberá iniciarse dentro de los 30 minutos siguientes a la hora prevista para la finalización del tratamiento. d) Entre dos centros hospitalarios: El paciente llegará al centro sanitario de destino entre 45 y 15 minutos antes de la hora de citación establecida. tg-s (09-00)

7 Fá Excepciones. A los traslados interprovinciales no les serán aplicables los límites temporales establecidos en los apartados precedentes. 7. EJECUCóN DE LA PRESTACIÓN 7.1. Obligaciones relativas a la ejecución de los Seruicios. A los efectos de este Pliego se entiende por: Servicios Solicitados: Son aquellos traslados demandados a los centros de movilización de recursos de la empresa por las vías recogidas en este pliego Servicios Realizados: Son aquellos servicios solicitados que son ejecutados por la empresa. Dentro de ellos se distinguen: a) Servicios Realizados sin Demora: Aquellos servicios prestados dentro de los tiempos establecidos en el apartado G.2. b) Servicios Realizados con Demora: Son aquellos traslados en que se superen en menos de 60 minutos los límites temporales establecidos en el apartado 6.2. c) Servicios Realizados con Demora excesiva: Servicios en los que se superan en más de 60 minutos los tiempos establecidos en el apartado Efectos del incumplimiento de los criterios de puntuaridad. Los Servicios Realizados con Demora o Demora Excesiva darán lugar a las Penalidades específicas recogidas en Pliego de Cláusulas Administrativas Particuiares. Además, cuando la demora excesiva hubiera llevado a utilizar otros medios ajenos para la realización del traslado, los gastos generados se repercutirán en la empresa adjudicataria. 8. HOJAS DE RECLAMACIONES Los vehículos que realicen los servicios deberán disponer de hojas de reclamaciones en las que los usuarios o acompañantes puedan formular sus quejas. La información sobre la disponibilidad de las hojas de reclamaciones deberá figurar en lugar visible del interior del vehículo, en la parte destinada al alojamiento de los pa-cientes. Con independencia de las actuaciones que deba realizar atendiendo a la normativa aplicable en la Comunidad de Aragón, la empresa deberá trasladar a ta Delegación Regional del en Zaragoza cualquier queja o reclamación que reciba, junto Con un informe sobre las circunstancias que la hubieran originado, en el plazo de die2 días desde la presentación. Cuando la queja se hubiera formulado directamente en la Delegación del, se recabará el informe de la empresa que deberá emitirlo en el plazo de diez días. 9. PLAN OPERATIVO 9.1. Medidas Generales. El contratista dispondrá de un Centro de coordinación y movilización de recursos, donde se recibirán las solicitudes de servicio y en el que se procederá a planificar y activar los medios materiales y humanos necesarios para realizar los traslados solicitadoé. rg-s (0s-00)

8 Pá9. üffi 9.2. Medidas de Goordinación La empresa estará obligada a disponer de los medios precisos para recibir las solicitudes de traslado procedentes de los servicios y unidades competentes o de los propios beneficiarios. En el Centro de coordinación y movilización de recursos se asignarán los vehículos necesarios para la realización de los servicios solicitados y su activación posterior en base a la fecha y hora de ejecución del mismo. Para traslados a centros sanitarios, tanto en servicios programados como no programados, desde el centro de coordinación y movilización de recursos se comunicará a los pacientes, la hora de recogida, el número de ambulancia y los datos del conductor, en el momento en que se produzca la asignación del recurso, siempre antes de la movilización, y en caso de traslados programados antes de las 20,00 horas del día anterior a la ejecución del servicio. En traslados programados y no programados desde centros sanitarios, cuando se realice la asignación del recurso, los adjudicatarios deberán comunicar al servicio o unidad solicitante, la hora de recogida del paciente, número de ambulancia y datos del conductor. La comunicación se realizaráviafax o medio alternativo que se indique Medidas de Gontrol. El control de la ejecución del servicio, que será realizado por el Delegado Regional del, atenderá al menos los siguientes aspectos: ldoneidad de los vehículos a las necesidades de los pacientes. Cumplimiento de los tiempos óptimos para la prestación del servicio o de demora. Otros aspectos vinculados con la calidad del servicio, con especial atención a Ia calidad percibida. Para la realización de los procedimientos de inspección y control los adjudicatarios facilitarán todos los datos relativos a la prestación del servicio que sean requeridos por el Delegado del, en el plazo más breve posible que siempre será inferior a 10 días. El contratista está obligado a aceptar la inspección de los recursos utilizados en la prestación del servicio cuando fuera requerida y a remitir toda la documentación e informes que le fueran solicitados por el órgano de contratación. IO. PLAN DE MANTENIMIENTO DE VEHíCULOS Y DOTACIONES La empresa presentará un Plan de Mantenimiento de los vehículos en el que costará la periodicidad de la limpieza, tanto exterior como interior, los cambios y reposición de lencería, materialy equipamiento y el programa de desinfección del habitáculo sanitario. El mantenimiento, reparaciones y limpieza de los vehículos serán por cuenta exclusiva del contratista, a quien corresponderá igualmente la dotación del equipamiento y materiales de la ambulancia. I I. RESPONSABILIDAD POR DAÑOS Y PERJUICIOS. El contratista será responsable de todos los daños y perjuicios directos e indirectos que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio. rg-5 (09-00)

9 Fá9. 9 El adjudicatario, antes de la formalización del contrato deberá acreditar ante el órgano de contratación la constitución de un seguro de responsabilidad civil con tercero que cubra la responsabilidad que sea imputable a la empresa y a los profesionales que presten servicio en la misma con cobertura no inferior a por víctima y por siniestro. Esta póliza de seguro deberá ser independiente del aseguramiento de los vehículos y se mantendrá vigente durante la ejecución del contrato. 12. CLAUSULA DE CONFIDENCIALIDAD El contratista y el personal de él dependiente se comprometen a cumplir la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal. EL JEFE DEL SERVICIO NY' CONFORME LA SECRTETARIA GENERAL GERENTE María Soledad Álvar:ezde Miranda Delgado rg-5 (0e-00)

10 Pá9. 10 rffi ANEXO I REQU IS ITOS TÉC N ICO-SAN ITARIOS DE LAS AMBU LANCIAS CONVENCIONALES NO ASISTENCIALES CLASE A1 Con independencia de lo establecido en el Real Decreto 836/2012, de 25 de mayo, por el que se establecen las características técnicas, el equipamiento sanitario y la dotación de personal de los vehículos de transporte sanitario por carretera, los vehículos deben cumplir las condiciones que se relacionan a continuación. 1.- IDENTIFICACIÓN Y SEÑALIZACIÓN.. ldentificación exterior que permita distinguir claramente que se trata de una ambulancia, mediante la inscripción de la palabra AMBULANCIA, en letras mayúsculas, detrás y delante, en este caso en inverso para que pueda ser leído por reflexión.. Todas las puertas de los vehículos estarán señalizadas en su interior con bandas reflectantes.. Señalización luminosa y acústica de preferencia de paso ajustada a lo dispuesto en la normativa vigente. 2.- CARACTERISTICAS GENERALES DEL VEHICULO.. Vehículo tipo furgón, de techo alto.. Motor diésel de potencia igual o superior a 90 CV.. Suspensión eficaz en las condiciones de carga específica del vehículo.. Sistema de frenos con doble circuito y servo-freno.. Faros anteriores antiniebla y foco rojo posterior antiniebla.. El habitáculo del conductor tendrá una capacidad mínima para dos personas, y hasta cuatro el vehículo completo.. Existirá comunicación del habitáculo sanitario con el del conductor a través de ventanilla y/o de interfono.. Puertas de acceso laterales en el habitáculo del conductor. Puerta lateral de acceso al lado derecho del habitáculo sanitario y puerta trasera con apertura de 180 grados como mínimo o portón único que totalmente abierto permita el fácil acceso del paciente.. Equipo de radio de recepción-emisión eficaz en toda su área de actividad o telefonía móvil.. Sistema de envío de estados por GPS. Dispondrán de un sistema de comunicación con el Centro de coordinación y movilización de recursos, que permita transmitir como mínimo los estatus de recogida del paciente, fin de servicio y posicionamiento geográfico (lugar y hora en ambos momentos). ' Herramientas para la atención mecánica delvehículo.. Extintor de incendios.. Cadenas para hielo y nieve. rg-5 (oe-oo)

11 Pá9.11 Dotación estándar para liberación de accidentados aprisionados en el interior del vehículo (palanca "pata de cabra", desencarcelador, zapapico, cuchilla cortacinturones, etc.) Señales triangulares de peligro. 3.- CAMCTERíSTICAS DEL HABITÁCULO SANITARIO. I I I t I Medidas de isotermia e insonorización aplicadas a la carrocería. Aire acondicionado: permitirá una correcta climatización de la cabina de conducción y de la célula asistencial de forma independiente. Las salidas de aire estarán distribuidas por todo el habitáculo. Lunas dotadas con sistema para preservar la intimidad del paciente. Sistemas de iluminación, climatización y calefacción que permitan el funcionamiento independiente del habitáculo del conductor. Revestimiento interior de suelo y paredes lavable y resistente a los procedimientos de limpieza y desinfección habituales. El del suelo será además antideslizante. Raíles para el soporte, fijación y deslizamiento de una camilla con ruedas. Anclaje para evitar movimientos o desplazamientos de la camilla. Doble cinturón de seguridad para la sujeción del enfermo a la camilla. Dos conexiones eléctricas de 12 V. Armarios para material, instrumental y lencería. 4.- DOTACIÓN DE MATERIAL. t I I I Camilla normalizada automática con patas deslizantes y abatibles e irá provista de cinturones de sujeción, dotada de accesorios y lencería necesaria. Asiento con cinturón de seguridad junto a la camilla. Mantas, sábanas, plástico lavable para camilla y cuña de plástico y botella irrompible. Botellas de oxígeno recargables con caudalímetro y humidificador y con una capacidad mínima de 850 l, mascarilla de oxígeno y conexiones. sistema de ventilación manual con mascarillas para adulto y niño. Sistema de aspiración de secreciones, sonda para aspiración de secreciones. Dispositivo fijo instalado en el techo que permita suspender bolsas o frascos para perfusión intravenosa. Fonendoscopio, esfingomanómetro, termómetro y linterna de exploración, cánulas orofaríngeas de GUEDELL de los números 1, 3 y 5. Botiquín sanitario conteniendo como mínimo: Tijera recta. Tijeras específicas para cortar ropa. Pinzas de disección con dientes. Gasas estériles. rg-s (0e-00)

12 Pá vendas elásticas 5 x 5. 7 vendas elásticas 7 x 10. Esparadrapo de tela. Esparadrapo de papel antialérgico. Paquete de algodón de 250 gr. 6 pares de guantes estériles de plástico desechable de diversos tamaños. Agua oxigenada. Povidona iodada. Paracetamol. Bolsas para mareos.. Silla de ruedas plegable. 5.- DOCUMENTOS OBLIGATORIOS. Además de la documentación obligatoria del vehículo (permiso de circulación, ficha técnica ltv, certificación sanitaria, tarjeta de transporte y póliza de seguro) deberá disponer de: 6.- MANTENIMIENTO. Registro de revisiones de material sanitario. Registro de desinfecciones del habitáculo y equipamiento. Hojas de reclamaciones. Todo el equipamiento y el material de curas, fungible y medicación serán por cuenta de la empresa adjudicataria, que se comprometerá a mantenerlo en perfectas condiciones de uso, incluyendo las balas de oxígeno cargadas. rg-s (os-oo)

13 fdag. 13 ANEXO 2 DESCRIPCIÓN DEL FICHERO DE ACTIVIDAD QUE GENERA LA FACTURA MENSUAL En la misma fecha que se tramita la factura mensual para el pago, se remitirá a la Delegación Regional del un fichero en formato Excel con la denominación TSZRZ seguido del número de mes y año (ejemplo TSZRZ _O1 2015). En cada registro se incorporarán los campos que se detallan en la siguiente tabla. cailpo DESCRIFCIÓN FORMATO CodSecuencial Número secuencial Numérico. Cuatro dígitos NumAfiliacion Número Afiliación Texto: siete dígitos Ejemplo: NumBenef Número de oden del beneficiario Texto. Dos dígitos NIF NIF del paciente Texto. Alfanumérico: Ocho dígitos + una letra Apellidol Apellido 1 delpaciente Texto Apellido2 Apellido 2 del paciente Texto Nombre Nombre del paciente Texto OrigenServicio DestinoServicio Nombre del Centro sanitario o Dirección del lugar de recogida Nombre del Centro sanitario o Dirección del destino Texto Texto DiaAviso Fecha de solicitud del servicio Fecha: dd/mm/aaaa HoraAviso Hora de solicitud del servicio Hora formato 24 horas: hh/mm DiaServicio Fecha de realización del servicio Fecha: dd/mm/aaaa HoraServicio Hora real de recogida al paciente (transmitida a través del GPS) Hora formato 24 horas: hh/mm TipoServicio Código deltipo de servicio Texto: dos dígitos. PrecioServicio lmporte facturado por el servicio Numérico, dos decimales Kilómetros HorasEspera Número Km (sólo en Interurbanos o lnterorovinciales) Horas de espera (en su caso), sólo en I nterurbanos o I nterprovinciales Numérico, sin decimales Hora:hh/mm MatriculaVehiculo Matrícula del vehículo que realiza el servicio CODIGOS DE TIPOS DE SERVICIOS. 01 Urbano Programado rehabilitación 02 Urbano Programado hemodiálisis 03 Urbano Programado otros 08 Preferente 09 Urbano No Programado 10Interurbano 15 Interprovincial Texto: siete caracteres. Eiemplo: 99997fJ. rg-s (0e-00)

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1.3 La cobertura del servicio se realizará mediante las siguientes modalidades de transporte: ANEXO I PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR LA CONTRATACIÓN MEDIANTE LICITACIÓN PÚBLICA (PROCEDIMIENTO ABIERTO) Nº 0023/2008, DEL SERVICIO DE TRANSPORTE SANITARIO EN EL ÁREA

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