Propuesta de Reforma del Plan de Acción Para la Protección del Medio Marino y las Áreas Costeras del Pacífico Sudeste.
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- Raúl Palma Luna
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2 Propuesta de Reforma del Plan de Acción Para la Protección del Medio Marino y las Áreas Costeras del Pacífico Sudeste. La presente propuesta de reforma del Plan de Acción se refiere al Anexo III Dispositivos Institucionales y Financieros para la ejecución del Plan de Acción en la región del Pacífico Sudeste, tal como fuera establecido en la Decisión 1, adoptada en la II Reunión Extraordinaria de la Autoridad General del Plan de Acción, llevada a cabo en Puerto Ayora, Galápagos, el día 16 de agosto de I De su conformación: ANEXO III DISPOSITIVOS INSTITUCIONALES DEL PLAN DE ACCION. El Plan de Acción está formado por Chile, Colombia, Ecuador, Panamá y Perú. II De la sede: La sede de la Secretaría Ejecutiva está en Guayaquil, Ecuador. La Secretaría General de la CPPS es la Secretaría Ejecutiva del Plan de Acción. III Normativa vigente: La Secretaría Ejecutiva del Plan de Acción, se rige de conformidad con las normas establecidas en el Estatuto y Reglamento de la CPPS, vigentes a partir del 1 de enero del IV De la estructura de coordinación y su organigrama: El Plan de Acción cuenta con la siguiente estructura de coordinación: 1. La Autoridad General (AG) 2. El Grupo Consultivo (GC) 3. La Secretaría Ejecutiva (SE) 4. Puntos Focales Nacionales (PFN) 5. Instituciones Nacionales (IN) V De las funciones y reuniones de la Autoridad General (AG) La Autoridad General del Plan de Acción recaerá en las Altas Partes Contratantes del Convenio de Lima de 1981, y se constituye en la máxima instancia de decisión política del Plan, encargándose de evaluar el su estado de ejecución del mismo, determinar los ajustes necesarios para su progreso y las consecuencias financieras del mismo. La Autoridad General se encarga también de aprobar el presupuesto, el Plan Operativo Bienal y demás actividades antes de su puesta en marcha.
3 La Autoridad General se reunirá con carácter ordinario cada dos años. Asimismo, se realizarán reuniones extraordinarias cada vez que circunstancias especiales así lo aconsejen. Las reuniones podrán ser presenciales o virtuales, de conformidad con los procedimientos acordado en el Estatuto y Reglamento de la CPPS. Las decisiones de la Autoridad General se expresan mediante Decisiones adoptadas por consenso, según corresponda. La Secretaría de las reuniones de la Autoridad General será ejercida por el Secretario Ejecutivo del Plan de Acción, como colaborador inmediato del Presidente de la Autoridad General. Corresponde a la Autoridad General: a) Conocer las iniciativas y propuestas que sometan a su consideración las Altas Partes Contratantes y la Secretaría Ejecutiva, y adoptar las decisiones que estime pertinentes; b) Establecer los Grupos de Trabajo que estime pertinentes y determinar sus los términos de referencia que incluyan sus objetivos y plazos; c) Delegar al Grupo Consultivo en los períodos intersesionales, el establecimiento de los grupos de trabajo, determinando los términos de referencia que incluya sus objetivos y plazos; d) Aprobar los informes que presente la Secretaría Ejecutiva sobre el desarrollo del Plan Operativo y conocer los informes que presenten los Puntos Focales Nacionales; e) Evaluar el estado de ejecución del Plan Operativo y adoptar las medidas necesarias para su desarrollo. f) Conocer y aprobar los estados financieros así como la auditoría financiera anual del Plan de Acción; g) Facultar al Grupo Consultivo conocer el estado de ejecución presupuestal del Fondo Fiduciario y de otras fuentes del Plan de Acción, en los periodos intersesionales; h) Aprobar los presupuestos anuales y el Plan Operativo para el bienio siguiente; i) Evaluar y fiscalizar la ejecución de los presupuestos anuales; j) Conocer del procedimiento interno adoptado por el Secretario General relativo al cese de funciones del Coordinador Técnico Regional del Plan de Acción, de acuerdo con lo establecido en el Capítulo X del presente Reglamento; k) Aprobar la agenda y el calendario de las reuniones; l) Determinar la fecha y sede de la siguiente reunión ordinaria; y, m) Aprobar el Acta Final de la Autoridad General. VI De las funciones y reuniones del Grupo Consultivo (GC) El Grupo Consultivo tiene funciones eminentemente técnicas. El Grupo Consultivo, está constituido por los Delegados designados por las Presidencias de los Puntos Focales Nacionales, quienes podrán integrar a expertos designados por sus respectivos gobiernos, con el propósito de analizar y asesorar en los aspectos científicos y técnicos del Plan de Acción. Para su trabajo, celebrará reuniones previas a las de la Autoridad General. El Grupo Consultivo celebrará reuniones ordinarias y extraordinarias.
4 Se reunirá en sesiones ordinarias presenciales cada dos años, antecediendo a la reunión de la Autoridad General y en reuniones ordinarias virtuales al menos una vez al año, de conformidad con los procedimientos acordado en el Estatuto y Reglamento de la CPPS. Las reuniones extraordinarias se llevarán a cabo cuando sean solicitadas por uno de los países miembros o por la Secretaría Ejecutiva, con la agenda a tratar y previo acuerdo unánime de los países miembros. Corresponde al Grupo Consultivo: a) Conocer las iniciativas y propuestas que sometan a su consideración cualquiera de sus miembros o la Secretaría Ejecutiva en los períodos intersesionales de la Autoridad General y proponer las recomendaciones que estime pertinentes; b) Establecer los Grupos de Trabajo que sean necesarios, así como determinar los términos de referencia que incluyan sus objetivos y plazos, en los períodos intersesionales de la Autoridad General; c) Conocer los informes y evaluar las recomendaciones que presenten la Secretaría Ejecutiva y los Grupos de Trabajo; d) Participar, en coordinación con la Secretaría Ejecutiva, en la elaboración de los Planes Operativos bienales; e) Conocer de la ejecución presupuestal del fondo fiduciario y otras fuentes del Plan de Acción y proponer a la Autoridad General los presupuestos anuales en los períodos intersesionales; f) Aprobar la agenda y el calendario de las reuniones; g) Aprobar y suscribir el Acta Final de sus reuniones. VII De la Secretaría Ejecutiva (SE) Para asegurar la ejecución integral del Plan de Acción, la Secretaría General de la CPPS en su calidad de Secretaría Ejecutiva del Convenio de Lima e Instrumentos Complementarios, actuará como Secretaría Ejecutiva del Plan de Acción y contará con el apoyo del Coordinador Técnico Regional, proveniente de uno de los países miembros del Plan de Acción. Para las tareas que requieran una competencia específica, la Secretaría Ejecutiva contará con la asistencia de consultores que, en lo posible, serán contratados en la región. La Secretaría Ejecutiva promoverá la coordinación y acercamiento con los organismos internacionales relacionados y/o vinculados con los alcances y objetivos del Plan de Acción, solicitando el apoyo técnico y financiero para el cumplimiento del Plan de Acción de las Altas Partes Contratantes. Los candidatos al cargo de Coordinador Técnico regional del Plan de Acción, serán propuestos por el país miembro al que corresponda ejercer dicho cargo de acuerdo al mecanismo establecido por la Autoridad General, mediante una lista corta que será puesta a consideración de los órganos competentes del Plan de Acción, teniendo presente los perfiles técnicos requeridos en el Manual de Normas de Procedimiento Administrativo-Financiero y Control Interno de la CPPS.
5 El Coordinador Técnico Regional del Plan de Acción reporta al Secretario Ejecutivo del Plan de Acción. VIII Puntos Focales Nacionales (PFN) Cada una de las Altas Partes Contratantes establecerán su correspondiente Punto Focal Nacional, encargado de asumir el cumplimiento del Plan de Acción, en sus diversas etapas (planificación, ejecución, evaluación y control), cada país nombrará al Presidente del Punto Focal Nacional, así como determinará la composición y estructura de su Punto Focal Nacional. 1. Las funciones de los PFN serán: i. Actuar como canal oficial de comunicación e intercambio de información científica técnica con la Secretaría Ejecutiva y los otros PFN. ii. Coordinar la participación de las instituciones y los organismos nacionales en el programa convenido. iii. Promover y realizar sesiones virtuales de trabajo a fin de mantener el esfuerzo en el cumplimiento del Plan de Acción. iv Conocer los Estados Financieros del Fondo Fiduciario y de otros fondos de proyectos específicos del Plan de Acción. IX Instituciones Nacionales (IN) Las instituciones nacionales (IN) (tales como centros de investigación, laboratorios, servicios del Gobierno, universidades) proporcionarán la base institucional para realizar la labor técnica de las actividades del Plan de Acción. Las instituciones nacionales que participen en las actividades serán seleccionadas por los gobiernos. Se proporcionará a las instituciones nacionales, con cargo al Plan de Acción y dependiendo de los recursos disponibles, asistencia técnica, equipamiento y capacitación, con el fin de reforzar sus capacidades para participar en el programa plena y eficazmente. X Fuentes y Administración de los recursos Financieros: El financiamiento de las actividades del Plan de Acción puede provenir de dos fuentes: i. El Fondo Fiduciario conformado por los aportes de los Estados Miembros, y ii. Un fondo específico, conformado por los aportes de terceros, destinados a proyectos específicos. El Fondo Fiduciario se basa en el principio de igualdad de aportes de los Países Miembros. El valor de los aportes será determinado por la Autoridad General, tendrá una vigencia bienal, deberá ser pagado en dólares de los Estados Unidos de América, preferentemente en el primer trimestre de cada año y podrá ser calculado de acuerdo con el sistema adoptado en el Estatuto y Reglamento de la CPPS.
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