LICITACION ABREVIADA 2013LA Cartel para adquisición e instalación de la herramienta Web Logic Suite 11g Processor License

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1 LICITACION ABREVIADA 2013LA Cartel para adquisición e instalación de la herramienta Web Logic Suite 11g Processor License I. CONDICIONES GENERALES 01) Objeto de la contratación Contratación una empresa (persona jurídica legalmente habilitada conforme a la ley) que brinde al Banco Hipotecario de la Vivienda, en adelante BANHVI, los servicios de adquisición e instalación herramienta Web Logic Suite Processor License que le permita al BANHVI contar con una arquitectura de sistemas, capaz de desarrollar las aplicaciones bajo un modelo orientado a Servicio y NCapas. 02) Plazo para recepción de ofertas El BANHVI recibirá ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 6 de diciembre del 2013, procediéndose posteriormente con el acto de apertura de ofertas. 03) Dirección a la que debe ser dirigida la oferta La oferta debe entregarse en el Área de Proveeduría del Departamento Administrativo del BANHVI, ubicado en el cuarto piso del edificio. 04) Garantías de participación y de cumplimiento El oferente debe aportar junto con la oferta en el momento de su entrega, una garantía de participación de un tres por ciento (3%) de la oferta económica del objeto de contratación y en caso de ser adjudicado, una garantía de cumplimiento de un cinco por ciento (5%) de la oferta económica, a favor del BANHVI. Las garantías de participación y de cumplimiento se rendirán independientemente, mediante depósito de bono de garantía del Instituto Nacional de Seguros o de uno de los bancos públicos o privados del Sistema Bancario Nacional, bonos del Estado o de sus Instituciones, cheque certificado o de gerencia de un banco público o privado del Sistema Bancario Nacional, certificados de depósito a plazo extendidos por un banco miembro del Sistema Bancario Nacional o dinero en efectivo, mediante depósito a la orden de un banco del citado Sistema, presentando la boleta respectiva, mediante garantías hipotecarias, sean estas de cédulas o comunes o cartas de crédito de un banco miembro del Sistema Bancario Nacional. El plazo de la garantía de participación debe ampliarse, si el BANHVI amplía a su vez, el plazo para resolver previsto en el cartel. La ampliación deberá hacerse dentro del plazo que al efecto indique el BANHVI. Las garantías podrán además ser extendidas por otro banco o Institución garante, cuando cuente con el aval de un banco público o privado del Sistema Bancario Nacional o del Instituto Nacional de Seguros. Los títulos valores se recibirán por su valor de mercado y deben acompañarse de una

2 estimación emitida por una bolsa de valores que esté operando legalmente. No se reconocerán intereses por las garantías entregadas; sin embargo, los que devenguen los títulos valores durante su vigencia como garantía, pertenecen a su legítimo dueño o depositante. Las garantías pueden ser sustituidas o modificadas por el adjudicatario siempre que la nueva garantía cumpla con las condiciones de monto y forma citadas. Al momento de presentar la oferta se deberá adjuntar la garantía de participación, la cual deberá ser entregada en el Área de Tesorería del BANHVI, situada en el primer piso del edificio de esa entidad, en la dirección antes anotada. La garantía de participación tendrá una vigencia de treinta (30) días hábiles, contados a partir de la fecha de recepción de las ofertas. La garantía de participación será devuelta a las empresas no favorecidas con la adjudicación, o al representante que éstas designen, dentro de los ocho días hábiles siguientes a la firma de la adjudicación por parte de la Gerencia General del BANHVI o de la exclusión de la oferta. La garantía de cumplimiento deberá otorgarse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al día en que se comunique la adjudicación y antes de que se firme el respectivo contrato. La entrega se hará en la misma dirección anotada para la entrega de la garantía de participación. La garantía de cumplimiento tendrá una vigencia de al menos el plazo del contrato más un mes más y será devuelta al adjudicatario un mes después de que el BANVHI tenga por cumplida -a su satisfacción- las obligaciones a cargo del adjudicatario. 05) Precio de la Oferta El precio de la oferta debe ser unitario, firme, total y definitivo durante la vigencia de la oferta, el cual podrá consignarse en moneda nacional o en dólares estadounidenses. Para la conversión y comparación de ofertas en moneda extranjera, se utilizará como referencia el tipo de cambio de venta del dólar registrado para el día de recepción y apertura de ofertas y para efecto de pago se tomará como referencia el tipo de cambio de venta oficial del dólar de la factura respectiva. Los números y letras del precio deben ser coincidentes. En caso de diferencia entre los números y las letras, se asumirá como válido el monto estipulado en letras. En caso de diferencia entre letras y letras, se descalificará de inmediato la oferta. Deberá tomarse en cuenta que el BANHVI no reconocerá ningún cargo extra que no haya sido incluido en la oferta, por lo que elementos de costo tales como transporte, viáticos, fotocopias, servicios secretariales, papelería e impresión y cualesquiera otros conceptos en que el oferente prevea incurrir no se podrán cotizar de manera separada y deberán formar parte del precio único, firme y definitivo que se cotice. Se ratifica que para el caso de ofertas en dólares estadounidenses, el pago se hará en colones conforme lo establecen los términos antes indicados. 2

3 Se aclara que para efectos de extender la oferta económica, el BANHVI se encuentra exento del impuesto de ventas. 06) Datos de los Participantes Todo participante, nacional o extranjero debe consignar claramente en su oferta: 6.1 La denominación social o razón social y número de cédula jurídica. 6.2 Los extranjeros deben aportar la identificación correspondiente en concordancia con los requisitos señalados en este cartel. Si se trata de una sociedad extranjera deberá acreditar documentalmente la existencia de la misma y la representación que ostenta quien la suscribe, con la correspondiente autenticación consular debidamente legalizada y con el compromiso de que posteriormente, podrá realizar en Costa Rica la formalización del contrato. 6.3 Su representante debe aportar la autorización correspondiente que lo faculte para realizar la oferta. 6.4 Todo participante deberá consignar en su oferta el domicilio, número de teléfono y lugar donde recibir notificaciones. 07) Declaración jurada autenticada por notario público Las empresas participantes deben presentar junto con su oferta una declaración jurada autenticada por notario público en donde hagan constar los siguientes: 7.1 Que no se encuentran inhibidos para contratar con el BANHVI, de acuerdo con los artículos 22 y 22 bis de la Ley de Contratación Administrativa Nº7494, específicamente en relación con las siguientes personas: Guido Alberto Monge Fernández, Luis Fernando Salazar Alvarado, Sol Salas Morales, Santiago Villalobos Garita, Juan Muñoz Giró, Oscar Saborio Saborio, Alan Thompson Chacón, Juan de Dios Rojas Cascante, Marco Tulio Méndez Contreras, Rodolfo Mora Villalobos, Margoth Campos Barrantes y Margie Conejo Carmona. 7.2 Que se encuentran al día en el pago de sus obligaciones con la Caja Costarricense del Seguro Social. 7.3 Que se encuentran al día con sus obligaciones con el Fondo de Asignaciones Familiares. 7.4 Que cuenta con personal de planta capacitado en el producto ofertado para lograr la instalación requerida en el BANHVI. 08) Forma de pago Una vez recibido el producto a satisfacción por parte de la Departamento Tecnología de Información, se procederá con recibo de factura y el pago respectivo. 3

4 09) Disponibilidad Presupuestaria El BANHVI hace constar que cuenta con contenido presupuestario para realizar la compra respectiva. 10) Vigencia de la Oferta Debe consignarse expresamente la vigencia de la oferta, la cual no podrá establecerse por un plazo inferior a veinte (20) días hábiles, contados a partir de la fecha señalada para abrir las ofertas. La vigencia de las ofertas se entenderá prorrogada automáticamente si el BANHVI amplía el respectivo plazo para resolver la adjudicación, en cuyo caso el oferente debe ampliar el plazo de vigencia de la garantía de participación. 11) Plazo de entrega El plazo de entrega empezará a regir el día hábil siguiente a la firma del contrato, una vez que cuente con aprobación interna por parte de la Asesoría Legal del BANHVI. Los días de atraso que sean imputables al BANHVI no serán contabilizados para efectos del plazo de entrega. 12) Contrato El adjudicatario se compromete a suscribir un contrato con el BANHVI, en los términos especificados en este Cartel. Formarán parte del Contrato: a) El presente Cartel. b) La oferta de servicios. c) Sus anexos y cartas aclaratorias aceptadas, o solicitadas por el BANHVI. d) La resolución firme de adjudicación. e) La Garantía de Cumplimiento. f) Cualquier otro documento emitido por el contratista y aceptado por el BANHVI. Si el adjudicatario no se presenta a firmar el contrato una vez convocado, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles luego de que reciba la respectiva comunicación, se tendrá por resuelta la adjudicación en forma automática y de pleno derecho, con las consecuencias legales que ello implica y se ejecutará la garantía de cumplimiento. En tal caso, el BANHVI se reserva el derecho de tener por adjudicado el concurso al oferente que ocupare el segundo lugar en la tabla de evaluación. Si el segundo lugar lo ocuparen dos o más oferentes con igual puntaje, la adjudicación será a favor de la empresa que hubiere presentado su oferta primero en tiempo. El BANHVI está exento de impuestos según Ley Nº 7052, artículo Nº 38 publicada en La Gaceta Nº 226 del 27 de noviembre, 1986, no así el oferente, quien deberá pagar el 50% de los derechos e impuestos fiscales. 4

5 13) Multas Por cada día hábil de atraso en el cumplimiento del tiempo establecido en el punto 11 del cartel, el BANHVI cobrará un 0.5% del valor total del contrato, hasta un máximo de 15%. Luego de superado dicho límite el BANHVI procederá a la resolución del contrato, con las consecuencias legales que ello implica. 14) Validez y eficacia del acto de adjudicación y del contrato Es entendido para todo oferente que la validez y la eficacia del acto de adjudicación y del contrato correspondiente, quedará sujeta a la aprobación interna del contrato por parte de la Asesoría Legal del BANHVI, de conformidad con el Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública. 15) Cláusula de Confidencialidad Las partes contratantes mantendrán reserva absoluta sobre la información que cada una reciba de la otra para la ejecución del objeto contractual, incluyendo la forma de operar y administrar de cada parte, sobre los datos y cifras que por razón de este Contrato, una parte llegue a conocer o utilizar de la otra, aceptando cada parte que la información a la cual puede tener acceso constituye un secreto industrial y comercial de cada parte y que su utilización o divulgación por cualquier medio puede causar perjuicio a la otra. Cada parte se obliga a instruir a sus trabajadores, asesores, dependientes, directores, dignatarios, accionistas sobre la existencia de esta cláusula y de la obligación de confidencialidad y no divulgación. Para los efectos de la privacidad requerida de la información compartida entre las partes, se establecerá un mecanismo de solicitud y otro de entrega que garantice que los datos compartidos serán utilizados únicamente para lo definido en el objeto contractual de la contratación administrativa. Lo anterior no se aplica para los casos en que se esté en presencia de información de carácter público de acuerdo con los artículos 27 y 30 de la Constitución Política de la República de Costa Rica. 16) Resolución de controversias, diferencias, disputas o reclamos Todas las controversias, diferencias, disputas o reclamos de carácter patrimonial que pudieran derivarse de la presente contratación administrativa, su ejecución, incumplimiento, liquidación; podrán ser resueltas bajo la modalidad de un Proceso de Arbitraje, el cual se hará de conformidad con la Ley Sobre Resolución Alterna de Conflictos y Promoción de la Paz Social. El arbitraje será de derecho. Los árbitros serán designados uno por cada Parte y el tercero en conjunto por los dos árbitros designados por las partes contratantes. El laudo arbitral se dictará por escrito, será definitivo, vinculante para las partes e inapelable, salvo el recurso de revisión o de nulidad. Una vez que el laudo se haya dictado y se encuentre firme, producirá los efectos de cosa juzgada material y las partes deberán cumplirlo sin demora. Los gastos relacionados con el arbitraje y los honorarios de los árbitros serán asumidos por las partes en igual proporción. Los montos y porcentajes de las costas serán los que se establezcan en la reglamentación del Centro de Arbitraje que al efecto escogieran las partes. En caso de que las partes no acuerden bilateralmente la realización del arbitraje, deberán acudir a los mecanismos y procesos administrativos y judiciales previstos en la legislación. 17) Daños en los Activos de la Institución Si en el proceso de implementación de la solución ofrecida, el adjudicatario dañara o afectara cualquiera de los activos del Banco por razones de omisión, negligencia, 5

6 ejecución técnica indebida o ejecución técnica no autorizada por el BANHVI; según los alcances de la contratación definida entre las partes, el proveedor se hará responsable de reparar o sustituir los componentes dañados o afectados sin costo alguno para el BANHVI, en los tiempos que el Banco defina. Si por el daño o afectación causada, se viera interrumpida la continuidad en la prestación de los servicios del Banco, el Proveedor deberá cubrir todos los costos necesarios o adicionales que fueran requeridos para restablecer la prestación de los servicios del BANHVI que quedaron fuera de operación, producto de los daños o afectación presentada. El BANHVI se reserva el derecho de entablar los procesos legales correspondientes, a fin de que le sean resarcidos los montos estimados, por los daños y perjuicios ocasionados durante el tiempo en que sus servicios estuvieron fuera de operación. II. CONDICIONES TÉCNICAS 18) Alcances 18.1 El BANHVI requiere la migración del licenciamento de Oracle Application Server Enterprise Edition al Oracle WebLogic Suite 11g Processor License a fin de cumplir con el processo de alineamiento de herramientas corporativas acorde com la Dirección Tecnológica definida en el PETI que indica que se deberá instalar una Arquitectura de Sistemas capaz de desarrollar las aplicaciones bajo um modelo orientado a Servicios y NCapas. La instalación de la herramienta Web Logic ayudará a proyectar el desarrollo de nuevos aplicativos y migrar los sistemas actuales. Para ello se requieren las siguiente licencias: Cant Producto Weblogic Suite Procesador, Como producto nuevo. Con el respectivo soporte anual por parte del fabricante. Weblogic Suite NUPS, Migración del Oracle Application Server con que cuenta el BANHVI actualmente. Con el respectivo soporte anual por parte del fabricante. CSI actual Soporte de la herramienta (licencias) El soporte anual del fabricante debe contar, como mínimo, con los siguientes servicios: a. Descarga de nuevas versiones del producto sin costo b. Descarga de parches del producto sin costo c. Solicitud de soporte en línea 24/7 sin costo 18.2 Servicio Requerido: Como parte del servicio de licenciamiento, la empresa adjudicataria deberá realizar las siguientes actividades: Instalación y Configuración en dos equipos de Oracle Virtual Machine (VM). 6

7 Migrar a Oracle VM, dos Equipos Virtuales definidos en Hyper-v, los equipos virtuales contienen: a. Sistema Operativo Windows server 2008 R2 de 64 b. Web Logic Suite 18.3 Configurar en Oracle Virtual Machine (VM), que los equipos virtuales se puedan respaldar y copiar de forma automática (sin intervención humana), todos los días a un medio de almacenamiento SAN, la hora y ubicación deben ser parámetros que los técnicos del BANHVI definirán. Además los equipos deben ser instalados y configurados para que trabajen en un entorno de alta disponibilidad o de forma independiente, preparados para que en cualquier momento operen en alta disponibilidad, con ajustes mínimos en la configuración La instalación en ambiente de alta disponibilidad o equipos separados se definirá en el momento de iniciar la instalación de los equipos en el BANHVI El proveedor deberá aportar un documento (manual de instalación) indicando el procedimiento para que los equipos instalados de forma independiente, trabajen en alta disponibilidad Entrega de medios originales de Oracle Virtual Machine. El Soporte a Oracle Virtual Machine por parte del fabricante será por un plazo de un año y corresponde al soporte denominado Licenciamiento Oracle Premier Support. II. MECANISMO DE EVALUACION El siguiente cuadro presenta las ponderaciones que se otorgarán a cada factor a calificar: Factores Porcentaje a. Precio de la Oferta 70% b. Plazo de entrega del producto final 10% c. Soluciones implementadas en el territorio 20% nacional en los últimos 3 años La adjudicación se hará a favor de la oferta que resulte con mayor puntaje en la evaluación. En caso de resultar dos o más empresas con igual puntaje, se adjudicará a favor de la oferta que contenga el precio menor. Si aun así persiste el empate, se adjudicará a favor de la oferta que hubiere sido presentada de primero, en aplicación del principio primero en tiempo primero en derecho. Para aquellos casos en que existan puntajes con valores decimales, únicamente serán tomados en cuenta los dos primeros valores, sin redondear, de tal forma que la estructura numérica comprenderá el siguiente formato: (##, ##). De seguido se presenta el mecanismo que se empleará, para asignar puntaje a cada uno de los factores descritos en cuadro anterior: 7

8 a. Precio de la Oferta (70%) Se evaluará el precio indicado en la oferta económica, de conformidad con lo señalado en el punto 5 del cartel. El puntaje se asignará de la siguiente manera: Puntaje = 70 * (Precio de la Oferta Mínimo de los oferentes / Precio de la Oferta del Oferente) b. Plazo de entrega del producto final (10%) Se evaluará el número de días hábiles que el oferente establezca en la oferta. Los oferentes que indiquen un plazo de entrega menor o igual a diez (10) días hábiles obtendrán el total de los puntos. Caso contrario el puntaje se asignará de la siguiente manera: Puntaje = 10 * (Plazo menor ofertado / Plazo a calificar) Nota: El plazo de entrega no podrá ser superior a 22 días hábiles. c. Soluciones implementadas en el territorio nacional en los últimos 3 años (20%) Se evaluará la cantidad de soluciones que demuestren que han instalado y configurado ambientes de alta disponibilidad (Cluster) con Oracle VM, en el territorio nacional en los últimos 3 años como la solicitada por el BANHVI en este cartel, para lo cual deberá presentar una declaración jurada autenticada por notario público en la cual indique la siguiente información: Institución a la que brindó el servicio, contacto de la empresa, número telefónico, fecha de implementación de la solución. Se asignará el puntaje de la siguiente manera: 2 a 4 soluciones 5 5 a 7 soluciones 10 Más de 7 soluciones 20 Para mayor información pueden comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información o al Área de Proveeduría al teléfono:

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