COMUNICAFP LAS TRES MODALIDADES DE PENSIÓN DEL SISTEMA DE AFP EN ESTA EDICIÓN: Perfeccionamientos al Sistema Previsional. 84 SEPTIEMBRE 2000.

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1 A COMUNICAFP Nº 84 SEPTIEMBRE 2000 LAS TRES MODALIDADES DE PENSIÓN DEL SISTEMA DE AFP 1 EN ESTA EDICIÓN: Perfeccionamientos al Sistema Previsional. Página 8 L as personas que están próximas a la edad de jubilar se enfrentan a una decisión muy crucial, cual es la de escoger la modalidad de pensión. Para ello deben buscar un apoyo experto y confiable, que sólo le puede entregar la AFP en la cual han cotizado por años. Los afiliados que cumplan los requisitos para tener derecho a una pensión de vejez (a la edad legal o anticipada), invalidez o sobrevivencia, pueden disponer de su saldo de la cuenta de capitalización individual en la que han ahorrado durante todos los años de trabajo, con el objetivo de constituir una pensión. Al momento de pensionarse los trabajadores pueden optar por cualquiera de las tres modalidades de pago de pensión que el Sistema de AFP ofrece: Retiro Programado, Renta Vitalicia Inmediata, y Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida. La elección de la modalidad de pago de pensión es una materia muy sensible y el afiliado debe tener el cuidado de no dejarse llevar por recomendaciones que a primera vista pueden ser muy atractivas, pero que al final conducen a un deterioro de las condiciones económicas de la pensión. El afiliado puede acceder al momento de pensionarse a cualquiera de las tres opciones que la ley contempla, cada una de las cuales tiene una forma de financiamiento y administración determinada. El afiliado debe escoger aquella modalidad que responda mejor a sus necesidades, para lo cual debe considerar la edad de jubilación, las expectativas de vida, el monto del ahorro acumulado, el número de cargas familiares y los proyectos personales. Según estimaciones de la Asociación de AFP, en los próximos 10 años más de 500 mil personas deberán optar por una de las modalidades de pago de pensión. En este sentido, las AFP tienen especial interés en que el trabajador conozca las características de cada modalidad, para que decida por la opción que mejor se ajuste a sus necesidades al momento de pensionarse.

2 RETIRO PROGRAMADO 2 Los afiliados que cumplan con los requisitos para pensionarse y los beneficiarios de pensión de sobrevivencia pueden optar por la modalidad de Retiro Programado. Esta modalidad consiste en mantener el saldo de la cuenta de capitalización individual en la AFP y efectuar, de dicho saldo, retiros mensuales. La propiedad de los fondos no se transfiere, continúa perteneciendo al afiliado, por lo tanto, si ante la muerte del pensionado no se registran beneficiarios con derecho a pensión, el saldo de la cuenta constituye herencia. Esta modalidad de pago de pensión es de carácter revocable, es decir, permite al afiliado cambiarse de modalidad en cualquier momento. Bajo esta modalidad, la pensión que recibe mensualmente el afiliado se expresa en UF y se fija por períodos anuales. Para el cálculo del monto se consideran el saldo de la cuenta individual del afiliado, una tasa de interés 1 y las expectativas de vida del trabajador y su grupo familiar. El monto de las pensiones en Retiro Programado es variable, ya que se recalcula cada año en función del nuevo saldo de la cuenta de capitalización individual y de las nuevas expectativas de vida del afiliado y de su grupo familiar. El saldo de dicha cuenta se beneficia de la rentabilidad del Fondo de Pensiones, dado que es de responsabilidad de la AFP, la que se encarga de pagar mensualmente la pensión. En la eventualidad que el saldo de la cuenta individual sea insuficiente para pagar una pensión igual o superior a la pensión mínima establecida por ley, la pensión efectiva del trabajador se iguala a la mínima legal, acelerándose así la extinción del saldo de la cuenta individual. Una vez agotado el saldo de la cuenta individual, comienza a regir la Garantía Estatal, pagándose de por vida al pensionado que cumpla los requisitos la pensión mínima. Si el pensionado fallece, la ley contempla el pago de pensiones de sobrevivencia a sus beneficiarios. 1 Tasa de interés técnica calculada en función de la rentabilidad histórica del Fondo de Pensiones y de la tasa de interés utilizada el año anterior por las Compañías de Seguros. RENTA VITALICIA Es la modalidad de pensión que contrata el afiliado con una Compañía de Seguros de Vida. Para ello se firma un contrato irrevocable entre el afiliado y la compañía de seguros, mediante el cual el trabajador transfiere los fondos de su cuenta individual a la compañía aseguradora, la cual asume el riesgo de sobrevida del afiliado. La compañía de seguros está obligada a pagar al trabajador una renta mensual fija, de por vida, expresada en U.F., una cuota mortuoria y pensiones de sobrevivencia a los beneficiarios, según sea el caso. Pueden contratar una Renta Vitalicia Inmediata los afiliados que cuenten con fondos suficientes para obtener una pensión igual o mayor que la pensión

3 AL DÍA RENTA TEMPORAL CON RENTA VITALICIA DIFERIDA INMEDIATA mínima de vejez garantizada por el Estado vigente a la fecha en que se haga efectiva la elección de esta modalidad. En la eventualidad que la Pensión Mínima fijada por el Estado supere la renta vitalicia mensual de un pensionado, esta última se ajustará al monto de la pensión mínima vigente, utilizando para ello recursos provenientes de la Garantía Estatal. Dado que en esta modalidad la AFP transfiere a la compañía de seguros el total del saldo de la cuenta individual del afiliado, incluido el bono de reconocimiento si existe, y salvo que el trabajador retire excedentes de libre disposición, el afiliado pierde la propiedad de sus ahorros. En caso de muerte del afiliado y ante la ausencia de beneficiarios, los fondos no constituyen herencia. Las Rentas Vitalicias son otorgadas por las Compañías de Seguros de Vida, las que son ofrecidas en forma directa en sus sucursales, con agentes propios o, indirectamente, por medio de corredores de seguros independientes. Esta alternativa es una combinación de las dos modalidades de pago antes señaladas. En este caso, el afiliado contrata con una Compañía de Seguros de Vida el pago de una renta mensual a contar de una fecha futura expresamente determinada, reteniendo en la cuenta de capitalización individual los fondos suficientes para obtener de la AFP una Renta Temporal para el período que transcurrirá hasta que entre a regir la Renta Vitalicia Diferida. En esta modalidad el afiliado mantiene la propiedad de los fondos correspondientes a la Renta Temporal que se le ha calculado. Los fondos restantes son transferidos a la compañía de seguros con la que contrató la Renta Vitalicia Diferida, compañía que pasa a ser propietaria de los fondos, así como responsable de los riesgos financieros y de longevidad del afiliado. El monto mensual de la Renta Vitalicia Diferida no puede ser inferior al 50% del primer pago mensual de la Renta Temporal, ni superior al 100% de dicho primer pago, cuando se trate de pensiones de vejez, vejez anticipada e invalidez. Lo anterior significa que un afiliado puede llegar a recibir una Renta Temporal en la AFP equivalente al doble de la Renta Vitalicia Diferida. La entidad responsable del pago de la pensión es la AFP mientras se encuentre vigente la Renta Temporal y la Compañía de Seguros cuando esté vigente la Renta Vitalicia Diferida. LAS DIFERENCIAS Cada una de las tres modalidades de pensión tiene sus características que las diferencian. Cada una de ellas responde también a realidades, necesidades y características de los beneficiarios. La elección de la modalidad de pensión, por parte del afiliado, es de vital importancia, ya que determinará el monto de la pensión y su estabilidad en el tiempo. Dada su complejidad es una decisión seria y debe considerar los distintos aspectos que las caracterizan. Hay que considerar, por ejemplo, la mayor o menor tolerancia al riesgo, tema que se pone a prueba en el caso de la reinversión del saldo de la cuenta individual; la longevidad; la preferencia por dejar herencia; las expectativas de vida del afiliado y de los componentes de su grupo familiar, entre otros. El Retiro Programado se caracteriza porque mantiene la propiedad de los fondos en poder de afiliado, permite el cambio a otra modalidad de pago y da la posibilidad de dejar Continúa en página 4 3

4 GRÁFICO Nº1 Retiro Programado Renta Vitalicia 4 Renta Temporal Modalidad denominada Cubierto por el Seguro y reemplazado, a partir de 1987 por La Renta Vitalicia. herencia. Las personas que toman esta opción deben considerar, entre otros aspectos, asumir los costos y beneficios de las variaciones de la rentabilidad de sus fondos y las consecuencias de vivir por un período superior al de sus expectativas de vida. La Renta Vitalicia se diferencia porque permite al afiliado una pensión fija en U.F. durante toda la vida. Este rasgo la hace especialmente adecuada para personas que no estén dispuestas a asumir el riesgo de sobrevida o tolerar que su pensión presente variacio-

5 AL DÍA nes producto de cambios en los mercados financieros. En el caso de la Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida, lo que la distingue es la posibilidad de obtener durante los primeros años una pensión muy superior a la que se percibirá cuando entre en vigencia la Renta Vitalicia Diferida. UNA MIRADA A LAS CIFRAS Las pensiones pagadas por el sistema a diciembre de 1999 ascienden a El 52,06% corresponde a Rentas Vitalicias; un 39,84% a Retiro Programado y un 1,66% a Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida. Por otro lado, un 6,44% continúa recibiendo la pensión denominada Cubierta por el Seguro, opción que estuvo vigente 5 hasta 1987 y que fue sustituida por la Renta Vitalicia. Si se analiza el comportamiento de las pensiones por modalidad de pago en el período 1988 a 1999 (ver Gráfico Nº 1), se observa que el Retiro Programado ha mantenido una participación de entre un 32% y un 45% del total, lo que refleja que en la actualidad esta modalidad se mantiene dentro de los niveles históricos. Por su parte, la Renta Vitalicia ha pasado de un 10% a un 52%, aumento motivado en gran medida por la desaparición de su antecesora, la modalidad Cubierta por el Seguro, la que a diciembre de 1988 representaba un 57,8% del total, y en la actualidad se encuentra en torno al 6%. La Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida no ha sobrepasado el 3,2% del total, por ser una modalidad de pago transitoria, que concluye cuando comienza a regir la Renta Vitalicia Diferida. La Renta Vitalicia y la Renta Temporal son utilizadas especialmente por aquellos afiliados que se pensionan por vejez anticipada (59,09% y 79,90%, respectivamente). Lo anterior refleja la preferencia de los afiliados por aquellas modalidades de pago de pensión que permiten adelantar fondos o anticipar los beneficios. Ello da cuenta también de los esfuerzos de venta de las compañías de seguros de vida hacia los afiliados que poseen fondos importantes en sus cuentas de capitalización individual y cumplen los requisitos para retirar dinero y pensionarse anticipadamente. El Retiro Programado se concentra en las pensiones de vejez por edad legal (40,95%) y sobrevivencia (38,82%). Esto se explica en parte debido a que un grupo de afiliados no cumple los requisitos para acceder a una renta vitalicia. Otro grupo no cumple con el requisito de unanimidad entre los beneficiarios para acceder a una pensión de sobrevivencia bajo la modalidad de renta vitalicia.

6 LOS PERFECCIONAMIENTOS B 6 ENEFICIOS En esta área las principales propuestas son: El Sistema de AFP tiene casi 20 años de funcionamiento, Perfeccionamientos al Retiro Programado los cuales arrojan un Cuando el trabajador opta balance positivo. Esta por el retiro programado asume dos riesgos: el de experiencia permite la rentabilidad de los apreciar aspectos que ahorros y el de longevidad. El primer riesgo pueden ser perfeccionados ha sido aminorado con el Fondo Tipo 2, el que con el propósito de sólo se invierte en proporcionar cada vez mejores pensiones a los trabajadores, que es la razón de ser de este sistema. La Asociación de Administradoras de Fondos de Pensiones, ha planteado a las autoridades una serie de propuestas técnicas relacionadas con los beneficios, las inversiones y los costos, entre otros aspectos. A continuación, se exponen los cambios propuestos más importantes. instrumentos de renta fija de corto plazo y, por consiguiente, genera una rentabilidad más estable. El otro riesgo es que el pensionado viva por un tiempo más largo que el que determinan las estadísticas de longevidad para Chile. Si la persona vive mucho más que el promedio que indican esas tablas, sus

7 AL DÍA QUE PROPONEN LAS AFP ahorros no le alcanzarán para obtener una buena pensión y, probablemente, el Estado deberá aportar lo que le falte para obtener una pensión mínima. Nueva Modalidad de Pensión Para eliminar el riesgo de longevidad individual y para que el afiliado no pierda la propiedad de sus ahorros previsionales, se propone una nueva modalidad de pensión. Esta consistiría en crear fondos específicos para distribuir el riesgo de longevidad con el grupo de pensionados que conforme dicho fondo, de tal forma que el afiliado aminore el riesgo de extinción de sus fondos por sobrepasar las expectativas de vida de las tablas de mortalidad. Es necesario señalar que esta modalidad baja el riesgo de longevidad individual, pero no el riesgo geográfico (longevidad grupal). Asimismo, se ha propuesto: Mejorar la información sobre el Retiro Programado, indicando claramente las características y el funcionamiento de esta modalidad en varios escenarios. Exigir a los afiliados que se jubilen bajo esta modalidad contratar un Seguro de Longevidad, que les asegure contra el riesgo de que se agoten los fondos por haber superado la expectativas promedio de vida. Perfeccionar la Comercialización de Rentas Vitalicias La Renta Vitalicia es una modalidad de pensión que contrata el afiliado con una compañía de seguros de vida. Se han detectado deficiencias en el proceso de comercialización, problemas que, a la larga, terminan perjudicando el monto de la pensión del afiliado. El más grave es la alta comisión cobrada por los corredores de seguros. La evidencia de los problemas en ésta área, que no tienen directa relación con las AFP, llevó a la autoridad a presentar un proyecto de ley para terminar con las dificultades. La Asociación de AFP estima que, en términos generales, el proyecto en trámite es bueno, ya que permite Continúa en página 8 7

8 8 una mayor transparencia en el proceso de venta de rentas vitalicias, solemniza mediante escritura pública el proceso de selección y mejora el monto de las pensiones. Los elementos considerados en el proyecto son: Hacer pública la información de todas las personas que cumplen los requisitos para optar a una pensión y de aquellas que han iniciado los trámites para pensionarse. Esto con el fin de que todos los interesados en ofrecer una renta vitalicia a estos afiliados cuenten con la misma información. Crea un sistema de información automática para que las compañías de seguros realicen ofertas de rentas vitalicias a los trabajadores que lo soliciten. El trabajador puede seleccionar una de entre las tres mayores ofertas de montos de pensión, o cualquier otra que no sea inferior en más de un uno por ciento al promedio de las tres mayores. En este último caso la Compañía de Seguro elegida deberá poseer un nivel de clasificación de riesgo razonable. Cuando no se adopta una decisión en la etapa anterior, el proyecto de ley contempla dos opciones entre las cuales puede elegir el afiliado: a) Requerir un remate, fijando una postura mínima que no deberá ser inferior a la mayor oferta realizada previamente por las Compañías de Seguros seleccionadas que cumplan los determinados niveles de riesgo y monto de pensión (no inferior al uno porciento de las tres ofertas mejores). El remate tendrá el carácter de vinculante y se adjudicará a la compañía que haya efectuado la mayor oferta; b) La alternativa es que el afiliado contrate una pensión de renta vitalicia sobre la base de ofertas realizadas con posterioridad, previo cumplimiento de los requisitos establecidos previamente. La Asociación de AFP estima que la opción de que la Compañía de Seguros seleccionada deba ofrecer una pensión que no sea inferior a un uno por ciento del promedio de las tres mejores, puede limitar la libertad de elegir del afiliado. Sería conveniente ampliar ese margen a un dos o tres por ciento. El proyecto de ley unifica los requisitos de las pensiones anticipadas y del retiro de excedentes de libre disposición. Actualmente, debido a que existen requisitos distintos para pensionarse (los fondos deben ser suficientes para financiar una pensión igual al cincuenta porciento del promedio de las remuneraciones) y para retirar dichos excedentes (70%), el trabajador que cumple las condiciones para pensionarse, pero no con las que se exigen para retirar excedentes, obtiene estos últimos sobre la base de recibir una porción del dinero que obtiene el corredor a través de la comisión que cobra por la gestión comercial.

9 AL DÍA ELIMINAR DISCRIMINACIÓN PARA PENSIONES DE SOBREVIVENCIA De acuerdo a la normativa vigente, frente al fallecimiento del afiliado varón, su cónyuge y demás beneficiarios reciben automáticamente la pensión de sobrevivencia. El viudo, en cambio, sólo tiene derecho a pensión de sobrevivencia de su cónyuge fallecida, si es inválido. Se propone igualar la situación de hombres y mujeres, ya que el seguro de invalidez y sobrevivencia es pagado por ambos, sin diferencia durante su vida activa, de modo que no existen razones para tal discriminación. 9 INVERSIONES Los Fondos de Pensiones tienen bajo porcentaje de inversión en renta variable. En la actualidad un 71% de los afiliados al nuevo sistema tiene menos de 40 años de edad, lo que demuestra que la actual estructura de inversiones no es una situación deseable si se examina la experiencia internacional. Los Fondos de Pensiones de largo plazo (20 años o más) de EE.UU. e Inglaterra poseen carteras de inversión que contienen al menos un 60% de fondos invertidos en acciones. Estudios sugieren que un afiliado joven del sistema previsional chileno estaría dejando de ganar un 1,5% de retorno promedio anual, producto de la actual estructura de inversión. Este menor retorno significa que los afiliados jóvenes están arriesgando recibir una pensión un 45% inferior a la que se podría obtener sólo cambiando la estructura de inversión, sin aumentar el riesgo relevante para ellos. La Asociación de AFP ha propuesto varias medidas para corregir esta situación: Crear un Tercer Fondo El año pasado se creó un segundo fondo, que entró a regir en marzo de este año, destinado a satisfacer las necesidades de las personas pensionadas bajo la modalidad de retiro programado o próximas a pensionarse, que desean evitar los vaivenes que presentan los instrumentos de renta variable en el corto plazo. Lo anterior es una alternativa para un grupo específico de afiliados. El paso siguiente debería ser la autorización para crear un tercer fondo, que invierta preferentemente en instrumentos de renta variable, destinado fundamentalmente a los trabajadores más jóvenes y, en general, a las personas que tengan un menor temor al riesgo de los mercados de capitales. La razón es que los instrumentos de renta variable (acciones) tienen mayor rentabilidad en el largo plazo que los instrumentos de renta fija. Así lo demuestra la evidencia internacional. Eliminar la Rentabilidad Mínima La exigencia de rentabilidad mínima ha perdido importancia. Se justificó en los orígenes del sistema, pero después de casi 20 años de funcionamiento no tiene mucho sentido. Es importante indicar que para garantizar la seguridad de las inversiones la ley establece cuales son los instrumentos en que los Fondos pueden invertir sus recursos, fijando reglas de diversificación por tipo de instrumento, emisor y cartera global, aplicándoles factores de riesgo, liquidez, concentración y otros. Asimismo, existen normas sobre custodia, clasificación de riesgo, conflictos de interés, por mencionar Continúa en página 10

10 10 algunas, que aseguran que los recursos se inviertan en forma segura y rentable. En consecuencia, las normas sobre rentabilidad mínima no son garantía de seguridad. Sólo son garantía de uniformidad. Eliminar la rentabilidad mínima permitirá hacer más productiva la competencia, ya que las AFP podrían ofrecer carteras más diferenciadas, donde los afiliados puedan escoger según sus preferencias. Eliminar Límite Geográfico e Incorporar Límite por Monedas En la actualidad, la mayor parte de los ahorros acumulados por los Fondos de Pensiones se encuentran invertidos en el mercado financiero local, lo que trae consigo problemas como iliquidez, portafolios poco diversificados y una fuerte presión sobre los precios de los activos, entre otras dificultades, las cuales podrían ser más críticas con la existencia de más fondos. Para resolver esta situación la Asociación de AFP ha propuesto eliminar el límite geográfico. En el caso de que esta propuesta no sea acogida, se plantea ampliar el límite máximo de inversión en el extranjero a alrededor de un 50% del valor del fondo respectivo. En fecha reciente la autoridad informó su decisión de ampliar el límite de inversión de los Fondos de Pensiones en el exterior, aumentando el límite general entre 15% y 35%, iniciativa que deberá traducirse en un proyecto de ley. La Asociación ha propuesto ampliar los límites de inversión por tipo de instrumento, ya que no resulta razonable que los Fondos de Pensiones puedan invertir en bonos del gobierno de los EE.UU. como máximo un 4% de lo permitido en instrumentos estatales chilenos. Eliminar el Enfoque de Corto Plazo en la Información La difusión periódica de la rentabilidad obtenida en el mes inmediatamente anterior sobredimensiona la importancia del corto plazo, alarmando muchas veces a la opinión pública cuando se registran rentabilidades negativas en algún mes en particular, lo que repercute en el nivel de traspasos de afiliados y la gestión comercial del sistema. Esta difusión mensual de los resultados obliga a las AFP a fijar excesivamente la atención en la rentabilidad de corto plazo, poniendo un límite muy estrecho a las diferencias que las AFP están dispuestas a aceptar en las composición de sus portafolios, e impidiendo que se produzca una mayor diversidad entre las inversiones de los distintos fondos. Esta situación es la que se ha llamado comúnmente como el efecto manada. La Asociación propone una difusión de la rentabilidad medida en 12 meses y en forma trimestral.

11 AL DÍA 11 REDUCCIÓN DE COSTOS Si bien las comisiones que cobran las AFP son inferiores a las que cobran otros administradores de fondos tanto nacionales como extranjeros, éstas pueden continuar su proceso de reducción, si se materializan algunos cambios administrativos y legales. CAMBIOS ADMINISTRATIVOS La aplicación de nuevas tecnologías de información y transacción y la posibilidad de que las AFP realicen ciertos procesos en forma conjunta, son algunos de los planteamientos efectuados por la Asociación de AFP para seguir reduciendo los costos. En este sentido, se pueden mencionar los siguientes proyectos: Custodia Central de Bonos de Reconocimiento: El objetivo de este proyecto es que los Bonos de Reconocimiento de los afiliados a las AFP se encuentren físicamente en las bóvedas del Depósito Central de Valores (DCV). Con esta medida se evitaría que el bono sea traspasado tantas veces como el afiliado se cambie de AFP. Para perfeccionar este sistema se requiere el apoyo de la autoridad para acelerar la incorporación del INP al proceso, permitiendo el intercambio electrónico de información. Centralización de Historia Previsional: Este proyecto, que se encuentra en etapa de implementación, busca reunir en soportes magnéticos la información de las cotizaciones de todos los afiliados al sistema. Esto facilitaría el acceso de las AFP a la historia previsional de cada trabajador que se cambia de administradora. Asimismo, permitiría agilizar el cálculo de pensiones y, en el caso de despido de un trabajador conocer el estado de pago de sus imposiciones. Recaudación Electrónica a través de Internet: Este proyecto consiste en reemplazar el pago de cotizaciones previsionales actual por un sistema de planilla electrónica, con los correspondientes cargos y abonos en las cuentas corrientes de los empleadores y de las instituciones de seguridad social destinatarias de la cotización (AFP, Isapres, Mutuales de Seguridad, etc.). Este proyecto ayudaría a reducir los costos de recaudación de todas las instituciones de la seguridad social y a mejorar la calidad de la información. Cobranza Conjunta de Cotizaciones Impagas: En caso de no pago de las cotizaciones previsionales por parte de un empleador, éste debe ser demandado por cada una de las Administradoras en donde están afiliados sus trabajadores, lo que obviamente genera una demora innecesaria y mayor trabajo para los Tribunales. Todo ello podría ser corregido si se estableciera una gestión de cobranza conjunta, tanto prejudicial como judicial, para todas las instituciones. Asimismo, se podrían reducir costos implementando sistemas de micrograbación de archivos y documentos; revisión de informes enviados a la Superintendencia de AFP; unificación de la normativa y modernización de los procesos de cálculo de beneficios; incluir al INP en el sistema de consultas que tienen las Continúa en página 12

12 12 AFP para resolver las multiafiliaciones y rezagos, entre otras materias. CAMBIOS LEGALES: Libertad y Formalidad a los Traspasos Se propone reducir el plazo mínimo de permanencia del afiliado en una AFP, que hoy es de 5 meses, para tener el derecho a cambiar de administradora. Así también formalizar el proceso operativo de traspasos, como una forma de evitar la competencia improductiva y las malas prácticas comerciales. De esa manera se asegura que el cambio de AFP corresponda efectivamente a la voluntad del afiliado. Comisiones La rígida estructura de comisiones que establece la ley, impide una adecuada tarificación de los servicios que prestan las administradoras. Para evitar discriminaciones y subsidios cruzados se requiere que todos los servicios que dan las AFP sean valorados y cobrados separadamente, de acuerdo a los efectos de tamaño, frecuencia de las transacciones y cualquier otro que afecte el costo. Se propone, permitir el descuento uniforme de comisiones por tramos o períodos de permanencia efec- tiva, con una estructura de precios absolutamente transparente y de conocimiento público. AMPLIAR COBERTUR A A TRABAJADORES INDEPENDIENTES Dado que existen trabajadores independientes que no están efectivamente protegidos por algún sistema de pensiones, ya que no tienen obligación legal de cotizar, se propone implementar reformas que eliminen los actuales desincentivos, como la inequidad tributaria y el acceso gratuito al sistema de salud, además de crear políticas que incentiven a los trabajadores independientes a cotizar. Se propone generar incentivos para que estos trabajadores se interesen en cotizar en forma regular y permanente, como lo serían, por ejemplo: Establecer distintos niveles de pensiones mínimas garantizadas según los años cotizados. Exigir la afiliación a un sistema de pensiones como requisito para acceder a otros beneficios que entrega el Estado; Establecer la obligación de efectuar cotizaciones previsionales para el ejercicio de determinados oficios que requieran de autorización de algún organismo público. UNIVERSIDAD CATÓLICA Y LAS AFP INICIAN PROGRAMA DE ORIENTACIÓN A PENSIONADOS Con el objetivo de sensibilizar, motivar y educar a los adultos mayores para un envejecimiento activo y saludable, la Pontificia Universidad Católica de Chile con el auspicio de la Asociación Gremial de Administradoras de Fondos de Pensiones crearon un completo ciclo de Programas destinado a formar a este segmento en el área de autocuidado, recreación, actividad física e integración familiar, por mencionar algunos aspectos. Este material consta de ocho programas, los cuales son transmitidos todos los sábados a través de la Corporación de Televisión de la Pontificia Universidad Católica, en el espacio de Teleduc. Además, dicho material se complementa con el libro Así me Gustaría Envejecer, el cual fue elaborado por destacados especialistas y docentes del área gerontológica de la UC. Mejorar la calidad de vida del Adulto Mayor una vez que éste se retira de su vida laboral, así como el desarrollo de vocaciones personales, el uso del tiempo libre, la integración familiar, el rendimiento intelectual, la memoria y el aprendizaje, son algunos de los puntos centrales de este texto, el cual será distribuido en forma gratuita por las AFP a más de pensionados del sistema. REPRESENTANTE LEGAL: Francisco Margozzini C.; DIRECCION: Av. 11 de Septiembre 2155 Torre B, piso 14; TELEFONO: Santiago, Chile. REDACCION Y EDICION: JC & L Comunicaciones; DISEÑO Y PRODUCCION: Dessin Diseño Gráfico Ltda. IMPRESION: Gráfica Avanzada N. de la R.: La información de este Boletín esta destinada a los medios de comunicación, quienes pueden reproducirla íntegramente

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