INFORME LABORAL Asociados ACHIVAL

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1 INFORME LABORAL Asociados ACHIVAL NÚMERO 2 /2011 ABRIL 2011 E L C O N T R A T O D E T R A B A J O P O R O B R A O F A E N A Introducción El contrato por obra o faena es ampliamente usado en varias actividades de la industria y servicios, en especial la construcción y agricultura. En particular, para los asociados a ACHIVAL es un contrato muy recurrido por los armadores, para quienes el contrato con una constructora, usualmente significa recurrir a mano de obra temporal. La contratación de esa mano de obra tiene un tratamiento especial, desde que existe un tipo de contrato que regula su contratación y una causal propia de término de este tipo de contratos. Este informe, siguiendo lo dispuesto actualmente por la Dirección del Trabajo, la jurisprudencia y el Código del Trabajo, intentará explicar las condiciones de contratación bajo esta especie de contrato de trabajo y, dar algunas sugerencias prácticas para hacer más sencillo el proceso de contratación y término del contrato. Para ello es necesario tanto ver el contrato por obra o faena, como la causal específica de término de este contrato de trabajo. Definición de Contrato por Obra o Faena La Dirección del Trabajo lo ha definido como aquella convención en virtud de la cual el trabajador se obliga con el respectivo empleador a ejecutar una obra material o intelectual específica y determinada, cuya vigencia se encuentra circunscrita o limitada a la duración de aquella. Características Pr incipales Por este contrato, el trabajador se obliga con el respectivo empleador, a ejecutar una obra material o intelectual específica y determinada. Esta característica apunta a que en este contrato se debe establecer con precisión la labor que desarrollará el trabajador, la obra material o intelectual específica y determinada que realizará para el empleador. Ejemplos: Instalación de ventanas y puertas en la construcción de una determinada casa o edificio; recolección de frutas de un determinado predio; elaboración de un programa computacional diseñado especialmente para el sistema de la empresa; digitación de una determinada cantidad de información, etc. La vigencia del contrato se encuentra circunscrita o limitada a la duración de la obra material o intelectual. Estos contratos están sujetos a un plazo, pero no se encuentra prefijada su fecha de término, sino que ésta dependerá de la duración de la obra específica para la cual fue contratado el dependiente. La duración del contrato dependerá de la naturaleza de las labores contratadas, es un contrato por tanto de plazo indeterminado. Lo anterior implica que las partes no tienen certeza respecto de la fecha cierta de término del contrato que han celebrado. Por otro lado, existe en estos contratos un plazo referencial, implícito, que se deriva de las labores, como por ejemplo que la cosecha debe hacerse durante la temporada, que las ventanas deben ser instaladas durante la construcción.

2 INFORME LABORAL Ventajas del Contrato de trabajo por Obra o faena Al momento del finiquito, si termina el contrato por su causal natural y no imputable al empleador, no deben pagarse indemnizaciones correspondientes a años de servicio, aún cuando este contrato puede estar vigente por más de un año si ese es el tiempo que toma la ejecución de la labor para la cual fue contratado el trabajador. Pueden establecerse labores específicas a ser desarrolladas por el trabajador dentro de una obra que implica otras labores. Por ejemplo, cuando se contrata la pintura o la instalación de ventanas en una construcción de un edificio. Esto además permite que un mismo trabajador pueda ser contratado en una misma obra mayor para ejecutar en primer lugar una determinada labor, finiquitar esa relación, y luego ser contratado para una nueva labor dentro de la misma obra. Se le puede poner término anticipadamente por cualquiera de las causales imputables al trabajador. Este tema es tratado más adelante en este Informe Laboral. Este contrato no se convierte en contrato de plazo indefinido por causales establecidas en la ley, como ocurre con el contrato a plazo que deviene en indefinido junto con su segunda renovación. Desventajas del Contrato de trabajo por Obra o faena El trabajador bajo este contrato tendrá el incentivo de demorar la ejecución de la obra. Este inconveniente, puede ser solucionado de varias formas, la más frecuente es establecer un incentivo por cumplimiento. Si se opta por incentivos, se sugiere usar un premio por la ejecución completa de la obra más que metas diarias o por unidades, ya que estas últimas formas obligan a pagar semana corrida. Este contrato no puede ser renovado para la ejecución de una obra distinta a la indicada en el contrato original. Si es renovado para otra obra, se considerará al trabajador contratado por plazo indefinido. Se sugiere siempre finiquitar el contrato antes de contratar para una nueva obra o faena. No procede la contratación sucesiva por obra o faena, si la labor convenida por el trabajador no ha finalizado y continúa siendo desarrollada por la empresa hasta su total finalización. Por ejemplo, si éste hubiere sido contratado primeramente para la construcción de 10 kms. de un camino que abarca un total de 100 kms., siendo finiquitado y recontratado posteriormente para la construcción de otros 10 y así, sucesivamente. Atendido que el término de la obra o faena precisa para la cual fue contratado el dependiente debe importar el término de la respectiva relación laboral, no resulta posible la renovación de un contrato de tal naturaleza, sin perjuicio de que una vez que aquella haya finalizado el primer contrato y finiquitado, éste pueda ser recontratado para una faena distinta a la primitiva.

3 NÚMERO 2 /2011 Algunas Sugerencias en la Redacción del Contrato por Obra o Faena Al final de este Informe se contiene un modelo de contrato por obra o faena. Para su llenado se sugiere seguir las siguientes recomendaciones. Indicar en la comparecencia la especialidad u oficio del trabajador y que ella esté vinculada con la naturaleza de la labor que desarrollará. En la cláusula relativa a la naturaleza de la relación, indicar que el trabajador prestará servicios en el marco del contrato de construcción o de especialidades suscrito por el empleador, individualizando la empresa que contrató al empleador y datos de identificación del contrato. En la misma cláusula, indicar con precisión la obra (labor material o intelectual) a ser ejecutada por el trabajador, sin confundirla con la obra general o mayor a ser ejecutada por la empresa para su cliente. En la misma cláusula indicar, en la medida de lo posible, cómo se entenderá cumplida la labor encomendada al trabajador. Esto puede ser por medio de indicar cantidades, unidades de medida, etapa de ejecución, u otros elementos que ayuden a definir el momento del término del contrato. No debe quedar entregado este tema a la decisión del empleador. En la cláusula relativa al lugar de trabajo indicar que el trabajador prestará sus servicios en forma ininterrumpida en la misma faena u obra referida en el contrato firmado por la entidad que presta el servicio o en las dependencias de la empresa para la obra. Indicar asimismo si la labor la desarrollará en dependencias del empleador o en el lugar donde se desarrolle la obra, o en ambas. En el evento que los contratos actuales de la empresa no contengan estos requisitos, se sugiere firmar una anexo a los contratos, en los cuales se incluyan estas condiciones. Término del Contrato por Obra o Faena Existe una causal de término asociada a este contrato y que es: La conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato (Art. 159 N 5 del Código del Trabajo). Esta causal está fundada en un hecho objetivo, cual es, la conclusión de aquellos servicios convenidos y determinados en el contrato. Como se sostuvo, la fecha cierta del término del contrato se producirá naturalmente cuando la obra material o intelectual que ejecuta el trabajador se encuentre concluida. Tal es así, que no requiere para ello la iniciativa del empleador o la manifestación de voluntad de los contratantes en tal sentido. Esta causal no puede, por tanto, aplicarse al contrato de trabajo de duración indefinida ya que dichas labores no concluirán naturalmente, y tampoco puede aplicarse al contrato a plazo, ya que la fecha de término de ese contrato es cierta. La comunicación del despido al trabajador por esta causal debe cumplir con todos los requisitos legales, es decir, comunicación por escrito personalmente o por carta certificada, señalar la causal y los hechos que fundan la aplicación de la causal, acompañar los comprobantes de pago de imposiciones. (Ver Informe Legal de Marzo de 2011). El contrato por obra o faena puede terminar también por cualquiera de las causales imputables al trabajador, aquellas establecidas en el Artículo 160 del Código del Trabajo. Es decir, el contrato puede terminar por no concurrencia al lugar del trabajo, abandono del trabajo, incumplimiento grave del contrato, etc.

4 Efectos que en el Contrato de Trabajo por Obra o Faena Tiene el Término del Contrato del Empleador con su Cliente Finalmente, respecto de este contrato nos referiremos a un asunto de mucha importancia, que es el efecto que en este contrato de trabajo tiene la terminación del contrato del empleador con su cliente y que motivó la contratación laboral. Para mayor claridad, usaremos como ejemplo un contrato de especialidad, por el cual la empresa ha sido contratada por una constructora para la instalación de 100 ventanas en un edificio en construcción. Para cumplir con este contrato de especialidad, la empresa ha contratado a varios trabajadores que efectuarán la instalación completa de las ventanas en el edificio con contrato de trabajo por obra o faena. El contrato de trabajo terminará una vez ejecutada la instalación de las 100 ventanas, y en ese evento terminará también el contrato de especialidad firmado por la empresa empleadora. Pero, qué ocurrirá con esos contratos de trabajo si, instaladas sólo una parte de las ventanas, el contrato de especialidad termina?. Para resolver el problema que acarreará para el empleador en relación con los contratos de trabajo por obra o faena, debe la empresa detenerse en el hecho que motivó el termino anticipado del contrato de especialidad y, si ese hecho es imputable a culpa de la empresa empleadora. Si el motivo de término del contrato no es imputable al empleador, operará la terminación del contrato de trabajo por conclusión de la obra, y se deberá pagar sólo hasta la fecha de término del contrato. Como ejemplo, esto ocurrirá si la empresa empleadora pone término al contrato de especialidad por incumplimiento de la constructora, ya sea por no pago los estados de pago u otro motivo que la autorice el mismo contrato de especialidad o la ley. Si la terminación del contrato es imputable al empleador, operará la causal de término por conclusión de la obra, pero la empresa empleadora deberá pagar la totalidad del contrato de trabajo como si se hubieran instalado las 100 ventanas y el plazo implicado en ello. Esto ocurrirá si la constructora pone término al contrato por incumplimiento del empleador, ya sea en el plazo de ejecución, por no renovación de las garantías, por incumplimientos laborales u otros establecidos en el mismo contrato o la ley. El camino a seguir cuando esto último ocurre, es proceder al despido por la causal de conclusión de la obra o trabajo, pagando en el finiquito la totalidad del contrato o, en su defecto y en caso de dudas respecto de quién tiene responsabilidad en el término del contrato de especialidad, poner término al contrato de trabajo y, en el evento de reclamación del trabajador, dejar la resolución a la Inspección del Trabajo o a Tribunales. Se sugiere mantener siempre respaldo documental del contrato que la empresa suscriba con sus clientes, sus modificaciones y lo que las afecte. Si la causal por la que se ponga término a ese contrato no es imputable a la empresa, solicitar al cliente un respaldo por escrito de los motivos del término. Francisco Delpiano Alonso - Abogado Napoleón 3565 oficina Las Condes fdelpiano@delpianoycia.cl

5 Modelo de Contrato de Trabajo por Obra o Faena CONTRATO POR OBRA O FAENA En..., a... de... del año 2011, entre la Empresa (razón social)... representada por don... en su calidad de..., ambos con domicilio en... N..., comuna de..., en adelante el empleador y don (a)..., de nacionalidad nacido(a) el...de......de..., cédula de identidad Nº..., domiciliado (a) en..., comuna de, de profesión (u oficio)..., de estado civil..., procedente de..., en adelante el trabajador, se conviene el siguiente contrato de trabajo: 1. NATURALEZA DE LOS SERVICIOS. El trabajador prestará las labores de..., labor que se entenderá concluida cuando.. El trabajador declara estar en conocimiento que prestará sus servicios en el marco del contrato (orden de compra u otro) suscrito por el empleador con la empresa., con fecha., para la ejecución en la obra o faena denominada...., la que se ubica en REMUNERACIÓN. El trabajador percibirá una remuneración correspondiente a... ( pesos)... mensual, por las labores indicadas en la cláusula anterior. Además, el empleador pagará gratificación legal de conformidad a lo dispuesto en el artículo 47 del Código del Trabajo, la que se pagará... El Empleador deducirá de la remuneración mensual del Trabajador los descuentos que establece la ley tales como cotizaciones previsionales e impuestos y efectuará cualquier otro descuento que legalmente proceda, ingresándolos en las respectivas instituciones previsionales o en arcas fiscales, según corresponda. Para dichos efectos el Trabajador declara que se encuentra afiliado a la AFP..., a la ISA- PRE... o a FONASA. 3. DURACIÓN. El presente contrato tendrá duración hasta la conclusión de las labores precisas y determinadas para las que ha sido contratado el trabajador y a las que se ha hecho referencia en la cláusula primera. 4. LUGAR DE TRABAJO. El trabajador deberá desempeñarse ininterrumpidamente (en el lugar de la obra señalada en la cláusula primera)/(en las dependencias del empleador) y, exclusivamente para las labores señaladas en la cláusula primera. 5. JORNADA DE TRABAJO. La jornada ordinaria de trabajo será de 45 horas semanales distribuidas de la siguiente forma... El tiempo entre las... y las... será destinado a colación, tiempo que no será imputable a la jornada de trabajo. 6. DEBER DEL TRABAJADOR. El trabajador se compromete y obliga expresamente a cumplir las instrucciones que le sean impartidas por su jefe inmediato o por la Gerencia, a desarrollar su trabajo con el debido cuidado, evitando comprometer la seguridad y salud del resto de los trabajadores de la empresa, y a respetar las normas del Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad, las cuales declara conocer y que para estos efectos se consideran parte integrante del presente contrato, reglamento del cual el trabajador recibe un ejemplar en este acto. 7. INGRESO A SERVICIO. Se deja constancia que el trabajador ingresó al servicio del empleador con fecha... de...de DOMICILIO Y JURISDICCIÓN. Para todos los efectos derivados del presente contrato las partes fijan domicilio en la ciudad de..., y se someten a la Jurisdicción de sus Tribunales. 9. EJEMPLARES DEL CONTRATO. El presente contrato se firma en... ejemplares, declarando el trabajador haber recibido en este acto un ejemplar de dicho instrumento, que es el fiel reflejo de la relación laboral convenida. Firma Empleador Firma Trabajador

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