ANEXO 8. MATRIZ DE MAPEO FINAL DE LA DISTRIBUCIÓN ACTUAL DE COMPETENCIAS Y RECURSOS Y OPINIÓN DE LA CONSULTORÍA

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1 POLITICA Y DESARROLLO SOCIAL EDUCACION Poder Ejecutivo Educación Artículos 77, 78, 79, 80, 81, 82 y 83 de la ORIGINARIA En el caso del tema de la educación no se esta contemplando La presente matriz se realizó tomando como Constitución Política. ninguna posibilidad de que los municipios intervengan en la competencia el tema de la educación y siendo que la organizaciòn del tema educativo, En la presente matriz, la cual organización y prestación del servicio educativo en el constituyó base fundamental para la elaboraciòn del proyecto de ley país es reserva constitucional, ( Artìculo 78 de la para autorizar a los gobiernos locales a intervenir en el Constitución Política) se concluyó que la construcciòn y mantenimiento y construcción de la infraestructura educativa, por lo el mantenimiento de la infraestructura educativa no que no se establecen requisitos, salvo el traslado de los recursos califica como reserva, por lo que es susceptible de necesarios los cuales se estipulan bajo el principio de coordinaciòn. trasladarse al municipio, máximo que las municipalidades actualmente llevan adelante dicha competencia. Ministerio de Educación Pública Organización de la educación Ley Orgánica del Ministerio de Educación No. 3481, Enero 1965 Ministerio de Educación Pública Prestación de servicios educativos Reglamento de la Ley General de Educación Ministerio de Educación Pública Organización de la educación Ley Fundamental de Educación No del 25 de setiembre de Se refiere a las atribuciones del Concejo Municipal e integración de las Juntas de Educación y Juntas Administradoras de Centros Educativos; becas de estudiante y subvenciones a instituciones educativas. Artículo 13 inciso g), 57 inciso a) y 62 párrafo III de la Ley 7794 del 30 de abril de 1998 que es Código Municipal y Ley 8772 del 19 de agosto de 2009 que es reforma del código municipal Ministerio de Hacienda, Ministerio de Asignación de recursos financieros Planificación y Política Económica y provenientes de partidas específicas Artículos 1 párrafo II y IV de la Ley 7755 Ley sobre Control de las Partidas Específicas con cargo al Presupuesto Nacional. CONCURRIDA+E33 Instituto Mixto de Ayuda Social y Otorgamiento de becas de estudio para Artículos 4, 5 y 6 de la Ley 4760 del 4 de estudiantes y protección de estudiantes mayo de 1971 que es Ley de Creación del en riesgo social Instituto Mixto de Ayuda Social Juntas de Educación y Subvención del impuesto de bienes inmuebles Artículos 1 de la Ley 7552 del 2 de octubre de CONCURRIDA entre todos las dependencias 1995 que es Ley de Subvenciones a las Juntas gubernamentales y las de Educación por las TOTAL DE PARTIDA PRESUPUESTARIA PARA EDIFICACIONES NACIONALES DEL MOPT 4,751,762,495 TOTAL DEL PRESUPUESTO ASIGNADO AL INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL PARA ASIGNACION DE BECAS DE SECUNDARIA 78,214,644,80 Es importante hacer notar que para el caso de la sética ley especial que se está proponiendo no alcanza para asignar los recursos. Sin embargo, de mejor acuerdo y tratándose de que este proyecto se presentaría dentro de 5 años, es menester revisar su contenido. TOTAL DE PARTIDAS PARA MANTENINMIENTO Y EQUIPAMIENTO DE INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA 42,974,415,128 TOTAL A TRASLADAR 42,070,459,953 Pag 1de 48

2 POLITICA Y DESARROLLO SOCIAL SALUD PUBLICA Poder Ejecutivo Derecho a la vida y a un ambiente sano Artículo 21 y 50 de la Constitución Política. ORIGINARIA La prestación de los servicios de salud pública de los En el tema de la salud pública la presente matriz de y equilibrado habitantes de la República es reserva constitucional (Artículo 50 marco lógico, ha sido creada con el fin de de la Constitución Política) y en consecuencia, aún y cuando determinar las diversas actividades que se realizan, algunas actividades se desarrollan en forma conjunta, por de las cuales en algunas de ellas intervienen los disposición de otras leyes, la competencia no es susceptible de gobiernos locales. No obstante se considera que no trasladarse, por razones de legalidad, oportunidad y es conveniente ni pertinente trasladar conveniencia. competencias asignadas al Ministerio de Salud Pública, salvo aquellas que constituyen otro tipo de actividades propias del gobierno local, como la disposiciòn y tratamiento de desechos sólidos, alcantarillado y otras Administración de los intereses locales Artículo 169 y 170 de la Constitución Política ORIGINARIA Ministerio de Salud Pública Definición de políticas, normación, Artículos 2 y 4 de la Ley General de planificación y coordinación en materia Salud No del 30 de Octubre de 1973 de salud pública Atribuciones del Concejo y de las en materia de salud Ministerio de Hacienda, Ministerio de Asignación y planificación de partidas Planificación y Política Económica y específicas Ministerio de Ambiente, Energía y Autorización para operaciones en actividades de minería Ministerio de Obras Públicas y Otorgamiento de permisos para Artículo 71 de la Ley Orgánica de Ambiente Transportes y colocación de vallas publicitarias No del 4 de Octubre de 1995, 116 y 177 de la Ley de Transito de Vías Públicas y Terrestres No del 8 de marzo de 1993, y el artículo 1 del Reglamento de los derechos de vía y publicidad exterior que es Decreto Ejecutivo MOPT 5 de febrero del Artículos 13 inciso d), 75 inciso a), b), e), f) y h), COMPARTIDA Ambos ejercen actividades de párrafo II de la Ley 7794 del 30 de abril de 1998 salud. que es Código Municipal. Artículos 1 párrafo II y IV de la Ley 7755 Ley CONCURRIDA sobre Control de las Partidas Específicas con cargo al Presupuesto Nacional. Artículo 101, 102, 103, 104, 105, y 107 de la Ley 6797 del 4 de octubre de 1982 que es Código de Minería. COMPARTIDA entre el Ministerio de Obras Públicas y Transportes a través del Dpto de Vallas Publicitarias y las a través de sus Planes y Reglamentos de Publicidad Exterior. Debe tenerse en cuenta que las actividades son coordinadas, salvo el tema de los rellenos sanitarios, que hay que verlo con lo que se dispone en otras leyes y normas, materia de contaminación en general, protección de ambiente, y otras áreas es competencia municipal. Ver matriz de desechos sólidos, forestal, áreas protegidas, y tributario. Verlo con respecto a los reglamentos de publicidad exterior de los planes reguladores. TOTAL DEL PRESUPUESTO MINISTERIO DE SALUD 130,781,000,000 Pag 2de 48

3 POLITICA Y DESARROLLO SOCIAL SUB ACTIVIDAD SALUD PUBLICA SERVICIOS PUBLICOS DESECHOS SOLIDOS Poder Ejecutivo Derecho a la vida y ambiente sano Artículo 21 y 50 de la Constitución Política ORIGINARIA No se cuentaifcan por cuánto se encuentra establecidos en No se señalan pues es una actividad ejercida por las El tema de la recolección, tratamiento y disposiciòn final los presupuestos ordinarios y extraordinarios de las municipalidades de los desechos sólidos es una competencia que diferentes municipalidades corresponde a las municipalidades y ha sido ha sido definida y ejercida desde Administración de intereses locales Artículo 169 y 170 de la Constitución Política. ORIGINARIA Atribución de la municipalidades, del Concejo Municipal y regulaciones a materia tributaria Artículos 3, 13 inciso d), 75 inciso c), f) (reformado por el artículo 1º de la ley No.7898 de 11 de agosto de 1999) y 76 de la Ley 7794 del 30 de abril de 1998 que es Código Municipal. Ministerio de Hacienda Pública, Asignación de recursos de partidas Ministerio de Planificación y Política específicas Económica y Artículos 1 párrafo II y IV de la Ley 7755 Ley CONCURRIDA sobre Control de las Partidas Específicas con cargo al Presupuesto Nacional. Ministerio de Salud Pública y Supervisión y otorgamiento de permisos en materia de rellenos sanitarios Ministerio de Salud Pública y Artículos 278, 279 y 280 de la Ley General de Salud No del 30 de Octubre de 1973 Reglamento sobre el Manejo de Desechos COMPARTIDA Sólidos (Decreto N S, así como reformas según Decretos 27376, según La Gaceta N 204, del 21 de octubre de 1998 y, Reglamento sobre Rellenos Sanitarios (Decreto Ejecutivo N S, publicado en La Gaceta del 23 de octubre de 1998), COMPARTIDA Ministerio de Ambiente, Energía y Otorgamiento de permisos para y recursos geológicos Artículo 103 inciso f) de la Ley 6797 del 4 de COMPARTIDA octubre de 1982 que es Código de Minería Ministerio de Ambiente, Energía y Supervisión y definición de políticas de Artículos 2, 6, 59, 69 y 71 de la Ley Orgánica y prioridad para la operación de rellenos de Ambiente No del 4 de Octubre de para el manejo de desechos 1995 Incorpora el tema de desechos sólidos en planes reguladores Obligadas a velar porque las ciudades reúnan las condiciones de salubridad Dispone como deben almacenarse, tratarse, transportarse y disponerse de las basuras Artículo 19 de la Ley de Planificación Urbana No del 15 de Noviembre de 1968 COMPARTIDA Artículo 1 de la Ley de Construcciones No. 833 del 2 de Noviembre de 1949 Artículos 4 Reglamento sobre el Manejo de Basuras que es Decreto Ejecutivo 19049_S del 20 de junio de 1989 Autoridad Reguladora de los Servicios Fijación de las tasas para recolección Ley 7593, que es Ley de la Autoridad Públicos y Reguladora de los Servicios Públicos y artículos 68 y 74 de la Ley 7794 del 30 de abril de 1998 que es Código Municipal. Pag 3de 48

4 POLITICA Y DESARROLLO SOCIAL SALUD PUBLICA SUB SERVICIOS PUBLICOS ACTIVIDAD ALCANTARILLADO SANITARIO Y PLUVIAL Ministerio de Seguridad Pública Derecho a la vida y ambiente sano Artículo 21 y 50 de la Constitución Política ORIGINARIA Los recursos financieros propuestos para el ejercicio de esta No se establecen requisitos pues son actividades contempladas para En el tema de alcantarillado sanitario es urgente que se actividad de alcantarrillados sanitario se encuentran en el Acueductos y Alcantarillados y para los gobiernos locales tomen medidas al respecto. Esta es una actividad que presupuesto de Instituto Costarricense de Acueductos y puede ser llevada adelante por los municipios, Alcantarillados; en el prespuesto de la Empresa de Servicios Públicos de Heredia y para esa actividad y alcantarillado pluvial en el de las. En el primr caso, es una limitante para la presente investigación, pues el Transitorio Constitucional solo autoriza trasladar actividades del Poder Ejecutivo y no de las autonomas. conjuntamente con el alcantarillado pluvial. No obstante al ser un actividad que la ley le asigna a Acueductos y Alcantarillados, no es susceptible de ser trasladada en este proceso, salvo si se hiciera a través de la creación de una nueva imposición tributaria, lo cual ya no es del alcance de esta investgiación. Solo para efectos de información se consigna que el presupuesto aprobado parcialmente por el ente contralor para Acueductos supera los 127.OOO,OO+H1 millones de colones. Administración de los interés locales Artículos 169 y 170 de la Constitución Política ORIGINARIA Organizar la prestación de los servicios municipales Artículos 4 inciso c) y 13 inciso d) de la Ley 7794 del 30 de abril de 1998 que es Código Municipal Empresa de Servicios Púbicos de Heredia y Prestación de servicio de aguas pluviales y negras Artículos 1, 2 incisos f) y g) de la Ley Constitutiva del Instituto de Acueductos y Alcantarillados número 2726, y Ley 5889 del 8 de marzo de 1976 modificada por Ley 7789 del 30 de abril de 1998 Instituto Costarricense de Acueductos y Prestación de servicio de aguas Artículo 4 y 6 de la Ley General de Agua Alcantarillados y pluviales y negras Potable número 1634 del 12 de Octubre de 1953 COMPARTIDA Ministerio de Hacienda Pública, Asignación de recursos de partidas Ministerio de Planificación y Política específicas Económica y Artículos 1 párrafo II y IV de la Ley 7755 Ley CONCURRIDA sobre Control de las Partidas Específicas con cargo al Presupuesto Nacional. TOTAL DEL PRESUPUESTO ASIGNADO PARA ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS Colocación de alcantarillado sanitarios y pluviales Artículos 32 y 38 del Decreto Ejecutivo MOPT que es Reglamento sobre la Inversión Pública en la Red Vial Cantonal ,000,00 Pag 4de 48

5 POLITICA Y DESARROLLO SOCIAL SUB ACTIVIDAD SALUD PUBLICA SERVICIOS PUBLICOS LIMPIEZA DE VIAS PUBLICAS Administración de los interés local Artículos 169 y 170 de la Constitución Política Es una actividad ejercida actualmente por los Municipios, No se detallan por ser una competencia ejercida por los municipios Esta actividad actualmente esta ejercida por las por lo que no es de interés para esta investigación municipalidades y al consignarse en esta matriz se propone dotar al sector interesado del marco juridico básico para el ejercico de esta competencia. Limpieza de desechos acumulados en las vías públicas Artículos 4 inciso c) y 74 del Código Municipal que es Ley 7794 del 30 de abril de Artículo 2 de la Ley General de Caminos Públicos número 5060 del 22 de agosto de 1972 Artículo 44 de la Ley de Planificación Urbana número 4240 del 15 de noviembre de 1968 Artículos 4 y 6 de la Ley General de Agua Artículo III.2.4 del Reglamento Nacional para el Potable 1853 del 18 de agosto de 1953 Control de Fraccionamientos y Urbanizaciones del 13 de diciembre de 1982 Incorporen en planes reguladores Dirección de Seguridad y Seguridad y Embellecimiento de Artículo 15, Decreto Ejecutivo No Embellecimiento de Carreteras Mnisterio Carreteras, MOPT del 31 de Mayo de 1999 de Obras Públicas y Transportes COMPARTIDA Pag 5de 48

6 POLITICA Y DESARROLLO SOCIAL SUB ACTIVIDAD SALUD PUBLICA SERVICIOS PUBLICOS MANTENIMIENTO DE PARQUES Y ZONAS VERDES Administración de los interés local Artículos 169 y 170 de la Constitución Política ORIGINARIA Los recursos presupuestarios se encuentran contemplados No es necesario establecer requisitos pues es una actividad ejercida Es una actividad ejercida por los municipios y en los presupuestos de las municipalidades. Es una por las municipalidades subsidiada mediante tasa lo que garantiza la prestación competencia ejercida por los gobiernos locales del servicio Mantenimiento de áreas verdes y parques destinados al uso público Artículos 4 inciso c) y 74 del Código Municipal que es Ley 7794 del 30 de abril de Artículo 44 de la Ley de Planificación Urbana número 4240 del 15 de noviembre de 1968 Artículos III.2.4 del Reglamento para el Control Nacional de Fraccionamientos y Urbanizaciones número Artículo 1 de la Ley de Construcciones que es número Pag 6de 48

7 POLITICA Y DESARROLLO SOCIAL SALUD PUBLICA SUB SERVICIOS PUBLICOS ACTIVIDAD MERCADOS MUNICIPALES Administración de los interés local Artículos 169 y 170 de la Constitución Política ORIGINARIA Las asignaciones presupuestarias para este tipo de actividad No se establecen por innecesarios se encuentran en los presupuestos de las municipalidades Esta actividad ha sido ejercida por las municipaldiades con fundamento en la ley Sin embargo, existen empresas privadas prestando este servicio público Construcción y arriendo de locales en Mercados Municipales Artículos 3 y 4 inciso c) del Código Municipal que es Ley 7794 del 30 de abril de 1998 Articulos De la Ley de la Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor que es número 7472 Artículos todos de la Ley sobre Arrendamiento de Locales Municipales número 7027 del 4 de abril de 1986 Pag 7de 48

8 POLITICA Y DESARROLLO SOCIAL SUB ACTIVIDAD SALUD PUBLICA SERVICIOS PUBLICOS CEMENTERIOS PUBLICOS Administración de los interés local Artículos 169 y 170 de la Constitución Política ORIGINARIA Los recursos provienen del canon que se cobra a los No se establecen por considerarse innecesarios al amparo de la Es importante aportar en esta materia que debe contribuyentes por el pago de derechos de cementerio y de presente investigaciòn revisarse el concepto tan antiguo y la forma de las asignaciones fijas que se encuentran en los administrarse los cementerios municipales presupuestos municipales Ministerio de Salud Pública Control y vigilancia de los cementerios Artículos 327, 328, 329 y 330 de la Ley General de Salud que es número Juntas de Protección Social, Juntas Administradoras de los Cementerios Públicos y Administración y construcción de los cementerios locales Artículos 3 y 4 inciso c) del Código Municipal COMPARTIDA que es Ley 7794 del 30 de abril de Juntas de Protección Social, Juntas Administradoras de los Cementerios Públicos y Reglamento General de Cementerios que es Decreto Ejecutivo S de 6 de mayo de 1993 Artículos Del Decreto Ley número 704 de la Junta Fundadora de la Segunda República de 7 de setiembre de 1949, y de la Ley 6000 del 10 de noviembre de COMPARTIDA Pag 8de 48

9 POLITICA Y DESARROLLO SOCIAL SUB SALUD PUBLICA SERVICIOS PUBLICOS ACTIVIDAD ESTACIONAMIENTOS EN VIA PUBLICA Administración de los interés local Artículos 169 y 170 de la Constitución Política ORIGINARIA Los recursos presupuestarios se encuentran establecidos en No requiere los presupuestos de las municipalidades Ministerio de Obras Públicas y Control y vigilancia de los Artículos 1 y 2 de la Ley de Instalación de Transportes y aparcamientos en la vía pública Estacionómetros que es número 3580 del 13 de noviembre de 1965 COMPARTIDA entre el Mopt que hace estudios técnicos de donde colocarse. En este tema se está incorporando bajo el principio de coordinaciòn en el tercer proyecto de ley para autorizar a los gobiernos locales a intervenir en señalización y seguridad vial en red vial nacional. PODRIA PASARSE CON EL TEMA DE INFRAESTRUCTURA Pag 9de 48

10 POLITICA Y DESARROLLO SOCIAL SUB ACTIVIDAD SALUD PUBLICA SERVICIOS PUBLICOS FERIAS DEL AGRICULTOR Administración de los interés local Artículos 169 y 170 de la Constitución Política ORIGINARIA En este tema los recursos que corresponden a los No se establecen municipios, son aquellos provenientes del ejercico de su competencia tributaria y las cuotas corresponden a los entes administradores de las ferias El tema de las ferias del agricultor debe regularse al amparo del principio de que el gobierno local es el ente que planifica y administra su territorio Ministerio de Economía, Industria y Ferias del agricultor Ley Regulación de las Ferias del Agricultor 8533 COORDINADA Comercio, Ministerio de Salud Pública, Ministerios de Agricultura y Ganadería del 18 de Julio del 2006 y Artículos 2, 10, 11, 12, 17, del Decreto MAG del 15 de abril Ministerio de Obras Públicas y de 1991 Transporte y Pag 10de 48

11 POLITICA Y DESARROLLO SOCIAL SUB ACTIVIDAD SALUD PUBLICA SERVICIOS PUBLICOS SUMINISTRO DE AGUA POTABLE Administración de los interés local Artículos 169 y 170 de la Constitución Política ORIGINARIA Instituto Costarricense de Acueductos y Planeamiento, proyección y ejecución Ley General de Agua Potable No del Alcantarillados y, de las obras de abastecimiento de agua 12 de Octubre de 1953 Ministerio de Obras Públicas y potable Transportes, Ministerio de Salud y COMPARTIDA Los recursos presupuestarios se encuentran asignados en El suministro de agua potable cuando es ejercido por los gobiernos La competencia para el ejercicio de la actividad es los presupuestos de cada una de estas instituciones y de las locales ya ha contemplado las necesidades y requisitos para el compartida entre el Poder Ejecutivo, Instituciones municipalidades ejercicio de la actividad Autonomas, Empreas Públicas y. Instituto Costarricense de Acueductos y Suministro de agua potable Alcantarillados y Artículos 3 y 4 inciso c) del Código Municipal COMPARTIDA que es Ley 7794 del 30 de abril de Instituto Costarricense de Acueductos y Suministro de agua potable Alcantarillados y Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, Empresa de Servicios Públicos de Heredia, organizaciones comunales y Suministro de agua potable Artículos 1 y 2 de la Ley Constitutiva del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados que es número 2726 del 14 de abril de 1961 Artículos 1, 2 incisos f) y g) de la Ley Constitutiva del Instituto de Acueductos y Alcantarillados número 2726 del 14 de abril de 1961 y Ley 5889 del 8 de marzo de 1976 modificada por Ley 7789 del 30 de abril de Artículo38 de la Ley de Planificación Urbana 4240 y Reglamento para la aplicación del Artículo 38 de la Ley de PLanificación Urbana en obras de acueductos y alcantarillados, acuerdo del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados del 11 de Setiembre del 2007 COMPARTIDA COMPARTIDA TOTAL DE ACUEDUECTOS Y ALCANTARILLADOS ,00 Pag 11de 48

12 POLITICA Y DESARROLLO SOCIAL SEGURIDAD CIUDADANA Artículo 169 y 170 de la Constitución Política ORIGINARIA Ministerio de Seguridad Pública Velar por la seguridad de la Nación Artículo 12 de la Constitución Política ORIGINARIA Los recursos presupuestarios asignados al Ministerio se No existen requisitos de carácter administrativo por tratarse de El tema de seguridad ciudadana es un tema de interés globalizan al final en una partida total y la asignación con el personal de confianza y en cuánto a los técnicos deberá bajo el público nacional. Con esta asignación presupuestaria tercer proyecto de ley se globliza en una partida aparte principio de coordinación realizarse los enlaces necesarios para podrán darse los primeros pasos para garantizar el poner a operar la policía municipal inicio del proyecto de policía municipal. Para garantizar su crecimiento y operatividad es necesario aprobar una fuente sostenible de financiamiento Ministerio de Seguridad Pública Velar por la seguridad de la Nación Ley Orgánica del Ministerio de Seguridad Pública No del 12 de diciembre de 1973 Ministerio de Seguridad Pública Organización de las fuerzas de policía Artículo 76 del Reglamento de Organización del Ministerio de Seguridad Pública Ministerio de Seguridad Pública Organiza las diferentes fuerzas de Ley General de Policía No del 26 de policía mayo de 1994 Minicipalidades Atribuciones de las, del Concejo Municipal, del Alcalde Municipal y Organización de las municipalidades Artículo 3, 4 inciso a), 13 inciso d) de la Ley 7794 del día 30 de abril de 1998 que es Código Municipal Instalación de alarmas por monitoreo Artículo 13, 62 y 74 de la Ley 7794 del 30 de abril de 1998 que es Código Municipal y sus reformas. Instalación de cámaras de seguridad en áreas públicas TOTAL ASIGNADO AL MINISTERIO DE SEGURIDAD PUBLICA ASIGNACION DEL 1.5% A MUNICIPALIDADES Artículo 3 y 4 inciso a) de la Ley 7794 del 30 de abril de 1998 que es Código Municipal 133,899,000,00 42,070,459,953 Pag 12de 48

13 POLITICA Y DESARROLLO SOCIAL CULTURAL Ministerio de Educación Pública, Es obligación del Estado velar por la Artículo 89 de la Constitución Política ORIGINARIA El presupuesto del Ministerio de Cultura, Juventud y No se incorporan por no ser de interès No se incorpora por no ser de interès Ministerio de Cultura, Juventud y cultura de los habitantes Deportes no representa el 1.55 del presupuesto nacional Deporte Ministerio de Cultura, Juventud y Promover y velar por la cultura Ley Orgánica del Ministerio de Cultura, Deporte Juventud y Deporte No del 13 de enero de 1965 Ministerio de Cultura, Juventud y Organiza la forma de promover la Reglamento de la Ley Orgánica del Ministerio Deporte cultura de Cultura, Juventud y Deporte Ley No del 5 de Julio de 1971 Atribuciones del Concejo Municipal y autorización para utilizar fondos de la ley de licores en bibliotecas municipales Artículo 13 inciso d) y 182 de la Ley 7794 del 30 de abril de 1998 que es Código Municipal. Ministerio de Hacienda Pública, Asignación de recursos provenientes de Ministerio de Planificación y Política las partidas específicas. Económica y TOTAL DEL PRESUPUESTO DEL MINISTERIO DE CULTURA JUVENTUD Y DEPORTES Artículos 1 párrafo II y IV de la Ley 7755 Ley CONCURRIDA sobre Control de las Partidas Específicas con cargo al Presupuesto Nacional. 28,734,000,000 Pag 13de 48

14 SUB POLITICA Y DESARROLLO SOCIAL CULTURAL PATRIMONIO Ministerio de Cultura, Juventud y Conservar y desarrollar el patrimonio Artículo 89 de la Constitución Política ORIGINARIA En las leyes que se citan en la materia solo se dispone una No se incluyen por no ser de interès No se incorpora por no ser de interès a los fines de la Deporte histórico y artístico de la Nación asignación de tres millones de colones anuales al Museo Nacional presente investigaciòn. Administrar los intereses y servicios locales Atribuciones del Concejo Municipal y fijaciones tributarias Ministerio de Cultura, Juventud y Deporte (museos) Condición dominical de los bienes y Artículo 1 de la Ley sobre el control de la obligación de llevar registro Explotación y Comercio de Reliquias arqueológico Arqueológicas, No. 7 del 06 de octubre de 1938, Ministerio de Cultura, Juventud y Rescate de los bienes arqueológicos Artículo 1 y 36 de la Ley del Patrimonio Deporte (Museos) Nacional Arqueológico, No de 28 de diciembre de 1981 Ministerio de Ambiente, Energía y Obligación de realizar estudio de Artículos 29 de la Ley No de 4 de (Secretaria Técnica impacto ambiental previo a las octubre de 1982 Código de Minería. de Ambiente) excavaciones mineras Ministerio de Cultura, Juventud y Prohibición de realizar excavaciones en Ley Indígena, No de 16 de noviembre Deporte (Comisión Nacional Indígena) y cementerios indígenas. de Ministerio de Ambiente, Energía y Obligación de vigilar las áreas Ley Orgánica del Ambiente, No de 4 de (Áreas Protegidas protegidas octubre de y Artículos 169 y 170 de la Constitución Política ORIGINARIA Artículo 13 inciso d) y 75 inciso i) de la Ley 7794 del día 30 de abril de 1998 que es Código Municipal. al Museo Nacional y la Comisión Mixta Arqueológica al Museo Nacional y la Comisión Mixta Arqueológica COMPARTIDA entre la Dirección de Áreas En este ministerio se establece un presupuesto para el tema Protegidas del Ministerio de Ambiente, Energía y de protección de ambiente y areas protegidas de 17, y las y 455,560,000 fuerzas de policía. Ministerio de Cultura, Juventud y Velar por la protección del patrimonio Artículos 6 y 36 de la Ley de Patrimonio Deporte y arqueológico. Histórico-Arquitectónico de Costa Rica, No de 4 de octubre de 1995, COMPARTIDA entre el Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes y las municipalidades y fuerzas de policía. PARTIDA TOTAL PARA CONSERVACION DEL PATRIMONIO CULTURAL 8,853,006,295 Pag 14de 48

15 POLITICA Y DESARROLLO SOCIAL SUB CULTURAL DEPORTE Ministerio de Cultura, Juventud y Derecho al mayor bienestar para todos Artículo 50 de la Constitución Política ORIGINARIA Como puede verse en la totalización la asignación No es posible enlistar requisitos a partir de esa partida En este tema la asignación presupuestaria no solo es Deporte presupuestaria es muy baja. presupuestaria muy baja sino que las competencias en materia de deporte se encuentran regentadas ahora por el Instituto del Deporte definida por ley como instituciòn semiatuonoma. Al disponer el transitio constitucional de las atribuciones y competencias del Ejecutivo, no es susceptible de ser trasladada sin una reforma constitucional que autorice trasladar las competencias de las autonomas. Administración de los intereses locales Artículo 169 y 170 de la Constitución Política. ORIGINARIA Creación de los Comités Cantonales de Deportes y Recreación; administración de instalaciones deportivas, construcciones deportivas y recreativas Artículos 164, 165, 166, 167, 168, 169, 170, 171 y 172 de la Ley 7794 del 30 de abril de 1998 que es Código Municipal. Instituto Costarricense del Deporte Ley Orgánica del Instituto Costarricense del Deporte No del 30 de abril de 1998 Concejos Municipales de Distrito TOTAL DEL PRESUPUESTO ASIGNADO AL INSTITUTO COSTARRICENSE DEL DEPORTE TOTAL DE LA PARTIDA PRESUPUESTARIA DEL MINISTERIO DE CULTURA JUVENTUD Y DEPORTE DENOMINADA SERVICIOS RECREATIVOS Y DEPORTIVOS Creación de los comités distritales de deportes y recreación para atender lo del distrito Artículo 5 de la Ley 8173 Ley General de Concejos Municipales de Distrito. 5,000,000,00 2,920,513,875 Pag 15de 48

16 SUB POLITICA Y DESARROLLO SOCIAL CULTURAL RECREACION Ministerio de Cultura, Juventud y Derecho al mayor bienestar para todos Artículo 50 de la Constitución Política ORIGINARIA Se encuentra en el mismo caso de la matriz anterior Deporte Administración de los intereses locales Artículo 169 y 170 de la Constitución Política. ORIGINARIA Creación de los Comités Cantonales de Deportes y Recreación; administración de instalaciones deportivas, construcciones deportivas y recreativas Artículos 164, 165, 166, 167, 168, 169, 170, 171 y 172 de la Ley 7794 del 30 de abril de 1998 que es Código Municipal. Instituto Costarricense del Deporte Ley Orgánica del Instituto Costarricense del Deporte No del 30 de abril de 1998 Concejos Municipales de Distrito TOTAL DEL PRESUPUESTO ASIGNADO EN EL INSTITUTO COSTARRICENSE DEL DEPORTE INCLUYE RECREACION Creación de los comités distritales de deportes y recreación para atender lo del distrito Artículo 5 de la Ley 8173 Ley General de Concejos Municipales de Distrito. 5,000,000,00 Pag 16de 48

17 POLITICA Y DESARROLLO SOCIAL VIVIENDA Administración de los intereses locales Artículo 169 de la Constitución Política ORIGINARIA Las asignaciones presupuestarias se encuentran En estos momentos la actividad esta siendo ejercida baja el principio En esta matriz es la primera en donde se puede tener contempladas además de las del Ejecutivo que se detallan al de coordinación entre todas las instituciones competentes final, en los presupuestos de las diferentes municipalidades claro que todas las actividades son compartidas o concurridas, pero el presupuesto del Ministerio no se que participan en la actividad de construir soluciones considera conveniente, dada la crisis de vivienda a nivel habitacionales nacional y los programas que se atienden que sea susceptible de ser trasladado. Ministerio de Vivienda y Asentamientos Erradicación de tugurios Humanos, Banco Hipotecario de la Vivienda (BANHVI), Instituto de Vivienda y Urbanismo INVU, AYA, Ministerio de Salud, ICE, IDA, Ley de erradicación de Tugurios No del 16 de junio de 1961, Ley Organica del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo No del 24 de agosto de 1954, Ley de Planificación Urbana No. 4240, Ley Orgánica del Ministerio de Salud No del 8 de Noviembre de 1973 Ministerio de Vivienda y Asentamientos Construcción de soluciones Ley 7052 del Sistema Financiero Nacional Humanos, Banco Hipotecario de la habitacionales para la vivienda del 13 de Noviembre de Vivienda 1986 Ministerio de Vivienda y Asentamientos Construcción de soluciones Humanos, Banco Hipotecario de la habitacionales Vivienda y Ministerio de Vivienda y Asentamientos Donación de terrenos municipales para Humanos, Banco Hipotecario de la la construcción de soluciones Vivienda y habitacionales a entidades estatales TOTAL DEL PRESUPUESTO DEL MINISTERIO DE VIVIENDA Y ASENTAMIENTOS HUMANOS CONCURRIDA COMPARTIDA Artículo 3 y 62 del Código Municipal que es Ley CONCURRIDA 7794 del 30 de abril de 1998 y la reforma producida mediante Ley 8772 del día 19 de agosto del 2009 Artículo 3 y 62 del Código Municipal que es Ley COMPARTIDA 7794 del 30 de abril de 1998 y la reforma producida mediante Ley 8772 del día 19 de agosto del ,353,000,000 Pag 17de 48

18 ACTIVIDAD POLITICA Y DESARROLLO SOCIAL DESARROLLO SOCIAL ATENCION DE INDIGENTES Administración de los intereses locales Artículo 169 de la Constitución Política ORIGINARIA Los únicos recursos se encuentran asignados en los No se establecen por no ser de interes para la presente investigaciòn No se estima prudente ni conveniente trasladar presupuestos de las ; en el presupuesto del asignaciòn presupuestaria alguna con respecto a este Instituto Mixto de Ayuda Social y en el Ministerio de Trabajo tema por tener el Fondo de Desarrollo Social y a través de la Dirección de Asignaciones Familiares. Asignaciones Familiares, otras asignaciones, como comedores escolares, becas y otras que no es conveniente trasladar. Por otra parte la asignación presupuestaria no es susceptible de considerarse para cualquier asignaciòn presupuestaria. En el caso del Instituto Mixto de Ayuda Social requiere de reforma constitucional dada su naturaleza jurìdica de instituciòn autónoma. Instituto Mixto de Ayuda Social Creación, administración y Artículo 3 inciso b), c), d), f) de la Ley 4760 mantenimiento de centros de atención del 4 de mayo de 1971 que es Ley de de indigentes y adultos mayores y Creación del Instituto Mixto de Ayuda Social atenuar y disminuir la indigencia Creación, administración y mantenimiento de centros de atención de indigentes y adultos mayores y atenuar y disminuir la indigencia FONDO DE DESARROLLO SOCIAL Y Atención de familiares de Ley de Desarrollo Social y Asignaciones ASIGNACIONES FAMILIARES discapacitados, habitación, vestido y Familiares No del 23 de diciembre de FODESAF alimentación de indigentes 1974 TOTAL DEL PRESUPUESTO ASIGNADO EN EL MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL PARA ASIGNACIONES FAMILIARES TOTAL ASIGNADO AL INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL PARA PROGRAMAS MADRES JEFAS DE HOGAR Y AVANCEMOS Artículo 3 del Código Municipal que es Ley 7794 del 30 de abril de ,251,399,709 64,000 MILLONES Pag 18de 48

19 ACTIVIDAD POLITICA PRODUCTIVA FINANCIERO IMPUESTOS Y GESTION FINANCIERA Asamblea Legislativa Establecer impuestos y contribuciones Artículo 121 inciso 13 de la Constitución nacionales y autorizar los municipales Política Administrar los intereses locales Artículos 169 y 170 de la Constitución Política Fijación de tasas, precios públicos, contribuciones especiales, multas, intereses y cánones Artículos 4 inciso b), 13 inciso b), e), p), 17 inciso f), h), i), 57 inciso d), 61, 62, 68, 69, 76 bis, 76 ter, 77, 79, 80, 81, 81 bis, 82, 83, 84, 86, 87,88, 89, 90, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 100, 101, 102, 103, 104, 105, 106, 107de la Ley 7794 del 30 de abril de 1998 que es Código Municipal, Concejos Municipales de Distrito Participación proporcional en lo que se percibe por impuestos de patentes y otros. Artículos 10 de la Ley 8173 Ley General de Concejos Municipales de Distrito del 7 de diciembre del 2001 Ministerio de Hacienda Pública, Asignación de recursos de partidas Ministerio de Planificación y Política específicas Económica y Ministerio de Hacienda Pública, Procedimientos de supervisión en la Ministerio de Planificación y Política asignación de recursos de partidas Económica y específicas Artículos 1, 2, 5, 6, 8 de la Ley sobre Control de las Partidas Específicas con cargo al Presupuesto Nacional No del 23 de Febrero de 1998 Artículos 2, 10, 11 y 24 del Decreto Ejecutivo H-MP-PLAN del 21 de abril de 1999, que es Reglamento a la Ley de Control de Partidas Específicas con cargo al Presupuesto Nacional No del 23 de Febrero de 1998 Creación de impuesto de explotación de canteras Artículo 36 de la Ley 6797 que es Código de Minería del 4 de octubre de 1982 Artículo 70, 76, 79 de la Ley de Planificación Urbana 4240 del 15 de noviembre de 1968 Impuesto de construcciones y multas Artículo, 1, 74 y 89 de la Ley de Construcciones 833 del 4 de noviembre de 1949 Impuesto de bienes inmuebles Artículo III.3.6 y III del Reglamento de Control Nacional de Fraccionamientos No del 13 de diciembre de 1982 Ley de Bienes Inmuebles No del 9 de mayo de 1995 Artículo 1, 2 y 3 de la Ley número 7509 del 9 de mayo de 1995 reformada por Ley 7729 del 1 de enero de 1998 que es Ley de Impuesto de Bienes Inmuebles Transferencias legales obligatorias Artículos de la Ley 7509 y 7729 que es transferencias a servicios públicos de educación y artículos 1 de la Ley 7552 del 2 de octubre de 1995 que es Ley de Subvenciones a las Juntas de Educación por las. Impuesto sobre los espectáculos públicos Porcentaje que perciben los municipios para transferir sobre el impuesto de licores Artículos ley 6824 del 11 de enero de 1983 reformada por Ley 6890 del 14 de setiembre de 1983 que es Ley de Impuesto de Espectáculos Públicos. Artículos 37 de la Ley 10 que es Ley de Licores del 7 de octubre de 1936 COMPARTIDA entre el Municipio y el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal. Pag 19de 48

20 Impuesto que crea el timbre municipal. Articulo 84 del Código Municipal No del 27 de abril de 1998 Transferencia legal obligatoria para Parques Nacionales Articulo 43 inciso 1 de la Ley de Conservación y Uso de los Recursos Naturales No del 23 de abril de 1998 que crea el timbre de Parques Nacionales Canon que se paga por el arriendo de locales en mercados municipales Ley sobre Arrendamientos de Locales Municipales No del 4 de abril de 1986 que crea canon por concepto de Alquiler de Locales en Mercados Municipales. Multas que se pagan por infracciones en estacionómetros Multas que perciben los municipios por construir sin aceras y sin canoas Ley de Instalación de Estacionómetros No del 17 de Noviembre de 1965 que es multas por infracciones a la ley de estacionamientos. Artículos que impone las multas por aceras y canoas sin construir que es Ley 7898 Código Municipal Impuesto de ventas ambulantes y estacionarias Transferencia legal obligatoria para el COSEVI De la Ley 6587 del 30 de junio de 1981 que es Ley de Impuesto de Ventas Ambulantes y Estacionarias Aportes de fondo de Consejo de Seguridad Vial (ley de Transito por vías públicas terestres No del 30 de marzo de 1983) Transferencia legal obligatoria Aporte del IFAM por impuesto al ruedo (ley 6909 del 24 de noviembre de 1983) Transferencia legal obligatoria Transferencias de capital gobierno central CONAVI (Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias No del 9 de julio del 2001) Transferencia legal obligatoria a la Municipalidad de San José Transferencia de Cía Nacional de Fuerza y Luz (ley 4197 y 4977 solo a la Municipalidad de San José) Transferencia legal obligatoria Transferencia a Consejo Nacional de Rehabilitación que es Ley Transferencia legal obligatoria Transferencia a Junta Administrativa del Registro Nacional que es Ley 7729 del 15 de diciembre de 1997 Posibles subvenciones autorizadas Artículos 19 de la Ley 3859 que es Ley de Desarrollo de la Comunidad del 7 de abril de 1967 y sus reformas. Subvenciones autorizadas La Ley número 4760 del 4 de mayo de 1971 en su artículo 14 inciso C) del Instituto Mixto de Ayuda Social Posibles subvenciones autorizadas Ley de Fundaciones número 5338 del 28 de agosto de 1973 que fue modificada por Ley número 7687 del 6 de agosto de 1997 Sistema Bancario Nacional, Obligación de vender terrenos Artículo 53 de la Ley de Tierras y Instituciones Autónomas y preferente al Instituto de Tierras y Colonización número 2825 del 14 de Colonización octubre de PERMITE QUE LAS ORGANIZACIONES COMUNALES RECIBAN DONACIONES Y SUBVENCIONES DEL GOBIERNO LOCAL. FACULTA A RECIBIR DEL GOBIERNO LOCAL PARA EL IMAS Permite que fundaciones reciban cualquier ayuda Pag 20de 48

21 POLITICA PRODUCTIVA FINANCIERO SUB TRIBUTARIO Y GESTION FINANCIERO Asamblea Legislativa Establecer impuestos y contribuciones Artículo 121 inciso 13 de la Constitución ORIGINARIA Los recursos financieros se encuentran debidamente No se establecen dada la materia nacionales y autorizar los municipales Política asignados en los presupuestos municipales, o en la creación de tasas, precios, cánones, multas e intereses por los respectivos Concejos Municipales Se estima prudente recomendar que se promueva la aprobación del proyecto de ley de autonomía tributaria de los gobiernos locales. Administrar los intereses locales Artículos 169 y 170 de la Constitución Política ORIGINARIA Fijación de tasas, precios públicos, contribuciones especiales, multas, intereses y cánones y emisión de bonos municipales Artículos 4 inciso b), 13 inciso b), e), p), 17 inciso f), h), i), 57 inciso d), 61, 62, 68, 69, 76 bis, 76 ter, 77, 79, 80, 81, 81 bis, 82, 83, 84, 86, 87,88, 89, 90, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 100, 101, 102, 103, 104, 105, 106, 107de la Ley 7794 del 30 de abril de 1998 que es Código Municipal, Artículos 4 párrafo segundo del Código de Normas y Procedimientos Tributarios Concejos Municipales de Distrito Perciben los mismos impuestos en sus distritos (proporcional) Artículo 9 de la Ley 8173 Ley General de Concejos Municipales de Distrito. Patente municipal Artículo 49 del Código de Minería. Canon que se percibe por derechos de ocupación o concesiones en la zona marítimo terrestre Artículo 62 y 63 del Decreto Ejecutivo, número COORDINACION Con el Instituto Geológico 7841-P, de 16 de diciembre del 1977 que es Nacional (amojonamiento de la zona marítimo Reglamento a la Ley de la Zona Marítimo terrestre). Terrestre. Tasas y cánones que se cobran Artículos 22 y 23 del Reglamento a la Ley del a las el cobro de Catastro Nacional que es Decreto Ejecutivo No. tasas y cánones J, de 24 de abril de Canon por colocación de rótulos Artículo 29 y 40 de la Ley de Construcciones a las (licencia para 833 del 4 de noviembre de 1949 rótulos). Pag 21de 48

22 POLITICA PRODUCTIVA FINANCIERO CATASTRO Administración de los intereses locales Artículos 169 y 170 de la Constitución Política ORIGINARIA No se detallan por no ser de interès para la presente No se detallan por no ser de interès investigaciòn Las actividades del catastro nacional se coordinan y complementan con las actividades de los catastros municipales, por lo que son actividades ejercidas en forma compartida Catastro Nacional, Instituto de Vivienda y Urbanismo y. Inscripción de planos de urbanizaciones Artículos 72 inciso b), 74, 98 de la Ley de COMPARTIDA Catastro Nacional número 6545 del 25 de marzo de 1981 y sus reformas Registro Nacional 2 3% del impuesto de bienes inmuebles Artículos 30 de la Ley número 7509 del 9 de mayo de 1995 reformada por Ley 7729 del 1 de enero de 1998 que es Ley de Impuesto de Bienes Inmuebles Pag 22de 48

23 SUB POLITICA PRODUCTIVA FINANCIERO BIENES INMUEBLES Administración de los intereses locales Artículo 169 de la Constitución Política ORIGINARIA Los fondos provenientes del impuesto de bienes inmuebles No se establecen pues la actividad y la asignación fueron traslados No se incorpora por no resultar de interès se invierten en desarrollo local y estan contemplados en los en 1998 presupuestos de las municipalidades Creación y destino del impuesto de bienes inmuebles Órgano de Normalización Técnica del Valoración y fijación de la base Ministerio de Hacienda Pública y imponible Competencia sobre el impuesto de bienes inmuebles Artículo 1, 2, 3 de la Ley número 7509 del 9 de mayo de 1995 reformada por Ley 7729 del 1 de enero de 1998 que es Ley de Impuesto de Bienes Inmuebles Artículos 10, 10 bis, 11, 12 y 13 la Ley número CONCURRIDA 7509 del 9 de mayo de 1995 reformada por Ley 7729 del 1 de enero de 1998 que es Ley de Impuesto de Bienes Inmuebles Artículos 1 del Reglamento de la Ley de Bienes Inmuebles que es Decreto Ejecutivo número H del 11 de diciembre de 1995 Pag 23de 48

24 POLITICA PRODUCTIVA TURISMO Instituto Costarricense de Turismo y Administración y supervisión de zona Artículo 121 inciso 14 de la Constitución Artículos 169 y 170 de la Constitución Política ORIGINARIA Los recursos se encuentran asignados en los presupuestos No se incprporan por no resultar de interès ya que la actividad es No se incorpora por no resultar de interés por ser marítimo terrestre Politica de las municipalidades provenientes de los cobros de los ejercida en forma compartida cánones en concesiones de zona marítima, permisos de construcción y otras actividad ya ejercida en forma conjunta Multas por infracciones municipales Artículo 76 bis de la Ley 7794 del 30 de abril de 1998 que es Código Municipal Instituto Costarricense de Turismo Supervisión y declaratoria de terrenos Artículo 2,17, 19,34 y 35 de la Ley 6043 de con aptitud turística 2 de marzo de 1977 que es Ley de la Zona Marítimo Terrestre. COMPARTIDA con el Instituto Costarricense de Turismo (supervisión de la Zona Marítimo Terrestre, la administración corresponde a la municipalidad). El Plan Nacional de Desarrollo Turístico lo hace el ICT. La declaratoria de terrenos con aptitud turística. Instituto Costarricense de Turismo y Organización de actividades para Artículo 5 de la Ley Orgánica del ICT, Ley promover el turismo No del 29 de julio de 1955 Instituto Costarricense de Turismo y Concesión y Operación de Marinas Artículo 1 de la Ley de Concesión y operación de marinas turísticas número 7744, de 19 de diciembre de Instituto Costarricense de Turismo y Zona Marítimo Terrestre de Puntarenas, Artículo 7 y 76 de la Ley de la Zona Marítimo autorización de venta de demasías Terrestre mediante Ley número 4071, de 22 de enero de lo asigna a las municipalidades. A LEY DE ZONA MARITIMO TERRESTRE (Caso de Puntarenas). Instituto Costarricense de Turismo, Declaratoria de ciudades litorales Instituto Geográfico Nacional y Artículo 6 de la Ley de la Zona Marítimo Terrestre que es ley 6043 de 2 de marzo de 1977 y el artículo 3 del Código Municipal que es ley 7794 del 30 de abril de APLICA LEY DE PLANIFICACION URBANA. En cantones Jaco, Limón y Golfito) La declaratoria de ciudad de ciudad litoral la hace el Instituto Geográfico Nacional. Pag 24de 48

25 POLITICA PRODUCTIVA INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE SUB RED VIAL NACIONAL Ministerio de Obras Públicas y Administración de la red vial nacional y Artículo 121 inciso 14 de la Constitución Artículos 169 y 170 de la Constitución Política ORIGINARIA Los recursos asignados al Poder Ejecutivo, para el En el primr proyecto de ley para la autorizaciòn a los gobiernos En el primer proyecto de ley para la autorización a los Transportes y de los intereses locales Politica cumplimiento del objetivo de atención de la red vial nacional locales de intervención en la red vial nacional, se establece que la gobiernos locales de intervención en la red vial naciona, se desglosan al final de esta columna actividad sera realizada bajo el principio de coordinaciòn y que el se establece como requisito que la actividad será traslado de funcionarios se hara en forma voluntaria llevada bajo el principio de coordinación Construcción, administración, control y fiscalización de la red vial nacional Artículo 13, 14, 68, 74, 75 inciso a), d), e), g), j), 77, 78 de la Ley 7794 del 30 de abril de 1998 que es Código Municipal. Ministerio de Obras Públicas y Transportes y Artículo 1,3, 4, 10, 13, 44,45,59, 60, 61 y 62 Artículo 15 y 16 de la Ley 4240 que es Ley de COMPARTIDA entre el Estado y la de la Ley de Planificación Urbana que es la Planificación Urbana 4240 de 15 de noviembre Municipalidad (administración y supervisión en 4240 de 15 de noviembre de 1968 de 1968 plan regulador) Ministerio de Obras Públicas y Transportes y Artículo 2, de la Ley General de Caminos Artículo 2, La Ley General de Caminos Públicos COMPARTIDA (el Estado a través del Ministerio Públicos # 5060 de 22 de agosto de 1972 # 5060 de 22 de agosto de 1972 reformada por de Obras Públicas y Transportes en carreteras reformada por Leyes 5113 de 21 de Leyes 5113 de 21 de noviembre de 1972, 5908 primarias, secundarias y terciarias) y las noviembre de 1972, 5908 de 2 de junio de de 2 de junio de 1976, 6312 de 12 de enero de municipalidades (caminos vecinales, locales y 1976, 6312 de 12 de enero de 1979, 6676 de 1979, 6676 de 18 de setiembre de 1981; 6890 no clasificados). 18 de setiembre de 1981; 6890 de 14 de de 14 de setiembre de 1983 y 7495 de 3 de setiembre de 1983 y 7495 de 3 de mayo de mayo de Ministerio de Obras Públicas y Administración de la red vial nacional Transportes Artículos 1 y 2 de la Ley de Administración vial que es ley 6324 del 30 de abril de 1979 (El Estado a traves del Ministerio de Obras Pùblicas y Transportes y el Consejo Nacional de Vialidad) Ministerio de Obras Públicas y Administración de la red nacional Transportes y Consejo Nacional de Vialidad Artículos 1 y siguientes de la Ley 7798 que es ley de creación del Consejo Nacional de Vialidad (El Estado a traves del Ministerio de Obras Pùblicas y Transportes y el Consejo Nacional de Vialidad) Ministerio de Obras Públicas y Definición de vías públicas y derecho Artículos 4, 5, La Ley de Construcciones 833 La Ley de Construcciones 833 del 4 de Transportes del 4 de noviembre de 1949 y sus noviembre de 1949 y sus respectivas reformas respectivas reformas Ministerio de Obras Públicas y Inversión en la red vial nacional Transportes Artículo 5 inciso a), 6, de la Ley 8114 que es Ley de Simplificación de Trámites y Eficiencia Administrativa del 4 de julio del 2001 al Ministerio de Obras Públicas y Transportes Ministerio de Obras Públicas y Colocación de vallas publicitarias en red Reglamento en esta materia que es Decreto Transportes vial nacional Ejecutivo MOPT publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 25 del 5 de febrero del 2001 al MOPT a través del Dpto. de Vallas Publicitarias y de la Dirección de Ingeniería de Transito. Ministerio de Obras Públicas y Inversión en red vial nacional Transportes Artículos 17 y siguientes del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Nacional de Vialidad que es Decreto MOPT de 12 de junio de 1998 TOTAL DEL PRESUPUESTO DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES PARA LA ATENCION DE LA RED VIAL NACIONAL 158,856,192,473 TOTAL DEL 1.5% A TRASLADAR A LAS MUNICIPALIDADES 42,070,459,953,045 Pag 25de 48

26 POLITICA PRODUCTIVA ANEXO 8. MATRIZ DE MAPEO FINAL DE LA DISTRIBUCIÓN ACTUAL DE COMPETENCIAS Y RECURSOS Y OPINIÓN DE LA CONSULTORÍA INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE SUB RED VIAL CANTONAL INSTITUCIÓN O DEPENDENCIA COMPETENCIA MARCO JURIDICO MARCO MUNICIPAL TIPO DE COMPETENCIA RECURSO PRESUPUESTARIO O FINANCIERO REQUISITOS OPINIÓN Ministerio de Obras Públicas y Administración y supervisión de red vial Artículo 45 y 121 de la Constitución Política Artículo 169 de la Constitución Política ORIGINARIA Los recursos financieros están ya asignados y son girados No se incorporan los requisitos por no ser de interés para esta No se emita por no ser de interès para esta Transportes y cantonal y de intereses locales para la atenciòn de la red vial cantonal, cuya competencia es investigación. municipal investigación Rótulos y vallas; entrega de calles públicas y cesión de áreas en red vial cantonal Artículos 24 inciso f), 33, 40 y 43, de la Ley de a las municipalidades a través del Planificación Urbana que es la 4240 de 15 de reglamento de zonificación y uso de suelo noviembre de 1968 (rótulos y vallas) (entrega de calles públicas), (cesión de áreas públicas y otros) Cesión de áreas en fraccionamientos Artículos II.3, III.3.6, III.3.6.1, III.3.6.2, III y a las municipalidades refiere a la VI.6.1 del Reglamento Nacional de cesión de áreas por parte del fraccionador. Fraccionamientos y Urbanizaciones de 13 de diciembre de 1982 Colocación de rótulos y vallas en red vial cantonal Cobro de canon por rótulos en red vial cantonal Artículos 6, 29, 30, 31, 32 y 33 de la Ley de a las municipalidades (rótulos y Construcciones que es Decreto Ley 833 del 4 vallas) de noviembre de 1949 reformada por leyes 1605 de 16 de julio de 1953, 1714 de 9 de diciembre de 1953, 2760 de 16 de junio de 1961, 4240 de 15 de noviembre de 1968 y 7029 de 23 de abril de 1086 Artículos IV.15 del Reglamento de la Ley de a las municipalidades para cobro Construcciones del 22 de marzo de 1986 de canon para licencias (rótulos y vallas) publicado en La Gaceta 56 Alcance 17 Ministerio de Obras Públicas y Transportes y Alineamientos en red vial cantonal Artículos 2, 18 ibídem. Reformado por Ley Nº 1605 de 16 de julio de a las municipalidades el alineamiento. COMPARTIDA la administración de la red vial Ministerio de Obras Públicas y Creación del Consejo Nacional de Artículo 2 inciso a) de la Ley Orgánica del Transportes Vialidad Ministerio de Obras Públicas y Transportes. Y artículo 4 inciso f) de la Ley de Creación del Consejo Nacional de Vialidad Intervención de caminos a través de la Unidad Técnica de Gestión Vial y reapertura de caminos públicos Artículos 27, 28, 29, 30, 32 y 33 de la Ley de a las municipalidades intervención Caminos Públicos 5060 de 22 de agosto de de caminos a través de la Unidad Técnica de 1972 reformada por Leyes 5113 de 21 de Gestión Vial, cierre y reapertura de caminos, noviembre de 1972, 5908 de 2 de junio de 1976, 6312 de 12 de enero de 1979, 6676 de 18 de setiembre de 1981; 6890 de 14 de setiembre de 1983 y 7495 de 3 de mayo de 1995 Inversión en la red vial cantonal Artículos 5 inciso b) de la Ley 8114 que es Ley le compete a las municipalidades la de Simplificación de Trámites y Eficiencia red vial cantonal. Administrativa del 4 de julio del Artículos 3, 4, 16, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, es competencia municipal la red 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38 vial cantonal. y 39 del Decreto Ejecutivo MOPT que es Reglamento sobre la Inversión Pública en la Red Vial Cantonal. Ministerio de Obras Públicas y Intervención de caminos a través de la Reglamento para la Participación conjunta Transportes, organizaciones comunales Unidad Técnica de Gestión Vial y del MOPT,, entidades y reapertura de caminos públicos públicas y otras organizaciones comunales en la Conservación de la Red Vial Nacional (Gaceta 96 del 20 de mayo de 1998) COMPARTIDA Ministerio de Obras Públicas y Cierre transitorio de vías en la red vial Reglamento para el cierre transitorio de vías Transportes cantonal que es al Decreto Ejecutivo # T del MOPT COMPARTIDA entre Municipios y la Dirección General de Ingeniería y Policía de Transito del MOPT Pag 26de 48

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