Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN"

Transcripción

1 Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 30 Viernes, 13 de febrero de 2015 Pág I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN C. OTRAS DISPOSICIONES CONSEJERÍA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ORDEN FAM/58/2015, de 9 de febrero, por la que se convoca el programa de actividades formativas de la Escuela de Formación Juvenil de Castilla y León para el año La Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades a través del Instituto de la Juventud de Castilla y León, tiene entre sus funciones promover acciones encaminadas a favorecer la inserción laboral de los jóvenes en los distintos ámbitos y equiparar las condiciones laborales y sociales entre trabajadores jóvenes, así como impulsar actuaciones de apoyo a la emancipación juvenil, sin perjuicio de las competencias que en este ámbito corresponden a otras Consejerías. La Ley 11/2002, de 10 de julio, de Juventud de Castilla y León y sus disposiciones de desarrollo, regulan las competencias que en materia de formación juvenil se atribuyen a la Escuela de Formación de Castilla y León, integrada dentro del Instituto de la Juventud de Castilla y León. La presente orden se estructura en cuatro secciones, la primera comprende los aspectos generales, aplicables a todas las actividades formativas organizadas por el Instituto de la Juventud que son objeto de esta convocatoria. La sección segunda establece los requisitos, características y condiciones especiales de las Titulaciones de Formación Juvenil en los ámbitos de la formación de formadores, actividades de tiempo libre conducentes a la obtención de las titulaciones de monitor y coordinador de nivel, de la información juvenil y de las instalaciones juveniles. En la sección tercera se establecen los requisitos, características y condiciones especiales de las Actividades Formativas Complementarias, en las áreas de formación para la creación de empresas, autoempleo y búsqueda de empleo, tecnologías de la información y de la comunicación así como otras de interés general para los jóvenes. La sección cuarta establece las características y condiciones especiales para el acceso al desarrollo de la fase práctica de las titulaciones juveniles en instalaciones del Instituto de la Juventud y del Consejo de la Juventud de Castilla y León. Con el fin de que los alumnos que hayan finalizado la fase teórica de las titulaciones juveniles puedan completar las etapas formativas conducentes a la obtención de las titulaciones, el Instituto de la Juventud facilita la realización de las prácticas no remuneradas en los ámbitos de las actividades de tiempo libre para la obtención de las titulaciones de Monitor y Coordinador de nivel, de la información juvenil para la obtención de las titulaciones de Informador Juvenil y Gestor de Información Juvenil y de las instalaciones juveniles para la obtención de las titulaciones de Logista y Gestor de Instalaciones.

2 Pág El programa que se convoca está dentro de las atribuciones conferidas en el artículo 5 del Decreto 33/2014, de 31 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, al Instituto de la Juventud de Castilla y León como órgano directivo central de esta Consejería. Por cuanto antecede y en virtud de las atribuciones conferidas por Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, Primero. Objeto. DISPONGO: Sección 1.ª Disposiciones Generales 1. La presente orden tiene por objeto convocar el programa de actividades formativas de la Escuela de Formación Juvenil de Castilla y León para el año 2015 y establecer las condiciones de participación en el mismo. 2. Se reservan plazas en algunos cursos a los jóvenes en los que concurra la condición de beneficiarios de la renta garantizada de ciudadanía, en adelante colectivo prioritario. Las plazas no cubiertas de esta reserva se adjudicarán al resto de solicitantes. Segundo. Características de las actividades formativas. Los interesados podrán informarse sobre los diferentes aspectos del programa, obtener los modelos de solicitudes de participación y del resto de documentación en las Secciones de Juventud de cada provincia, en los Puntos de Información y Atención al Ciudadano, en el portal de juventud y en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, Tercero. Plazo para la presentación de solicitudes. Las solicitudes podrán presentarse desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el «Boletín Oficial de Castilla y León» hasta el 3 de marzo incluido. Concluido este plazo y finalizado el turno de suplentes, si hubiese plazas disponibles, la convocatoria permanecerá abierta a lo largo del año, admitiéndose solicitudes en cada curso hasta completar el número total de plazas. Cuarto. Obligaciones de los participantes. Los adjudicatarios de las plazas tendrán las siguientes obligaciones: Observar en todo momento un comportamiento respetuoso y correcto con sus compañeros y profesores, haciendo un buen uso de las instalaciones. Asistir a las clases y actividades que se programen. Los alumnos, podrán abandonar la actividad bajo su propia responsabilidad comunicándolo de forma fehaciente previamente al responsable del desarrollo del programa.

3 Pág Los adjudicatarios de las plazas se deberán incorporar por sus propios medios a las instalaciones donde se desarrollará el curso, en las fechas y horario indicados. Quinto. Cuota y bonificaciones. 1. Las cuotas de participación para estos cursos serán las siguientes: Cuota general: Según Anexo I: «Cursos. Requisitos. Codificación. Cuota», Titulaciones de Formación Juvenil» y Anexo II: «Cursos. Requisitos. Codificación. Cuota», Actividades Formativas Complementarias». Cuota para titulares de Carné Joven (Bonificación del 15%). Cuota para miembros de familia numerosa de categoría general (Bonificación del 50%) siempre que cumplan los requisitos exigidos en el punto 3 de este artículo. Bonificación del 100% a los miembros de familias numerosas de categoría especial que cumplan los requisitos exigidos en el punto 3 de este artículo. Bonificación del 100% a los jóvenes pertenecientes al colectivo prioritario que cumplan los requisitos exigidos en el punto 4 de este artículo. 2. En el caso de que concurran varias circunstancias de las señaladas, se aplicará el mayor de los descuentos referidos. Los descuentos no son acumulables. 3. Los solicitantes que dispongan de título de familia numerosa de categoría general o especial, tendrán derecho a las bonificaciones establecidas en la Ley 1/2007, de 7 de marzo, de Medidas de apoyo a las familias de la Comunidad de Castilla y León, cuando la capacidad económica familiar per cápita mensual sea inferior a 1,1 veces el IPREM vigente en el momento de la solicitud, correspondiente a una mensualidad, conforme establece el Decreto 27/2013, de 4 de julio, por el que se establecen los precios públicos por la prestación de servicios en las residencias juveniles titularidad de la Comunidad de Castilla y León y se establece su régimen de bonificaciones. 4. La bonificación prevista para los jóvenes pertenecientes al colectivo prioritario se aplicará en el caso de que obtengan plaza por el procedimiento ordinario previsto en los apartados duodécimo y décimo octavo. 5. La cuota del curso incluye docencia, dossier de contenidos y seguro de accidentes. El alojamiento y manutención durante la celebración del curso será gratuito siempre que exista disponibilidad de plazas en el Albergue Juvenil Castilla de Palencia. Sexto. Incidencias y modificaciones. El Director General del Instituto de la Juventud de Castilla y León resolverá aquellas incidencias que pudieran producirse en el desarrollo y gestión de los cursos programados, pudiendo modificar o ampliar alguno, cuando fuera necesario a la vista del número de solicitudes presentadas.

4 Pág Séptimo. Cancelación del programa y devolución de cuotas. 1. Los cursos convocados podrán ser cancelados si no se cubren el 80% de las plazas ofertadas 5 días antes de su inicio, en cuyo caso se procederá a la devolución íntegra de las cuotas pagadas. Además, si el número de solicitudes presentadas no supera el doble de las plazas convocadas en cada curso, se podrá anular el mismo con anterioridad a la fecha de confirmación de plazas. 2. Se procederá a la devolución del 80% de la cuota pagada, cuando se renuncie a la plaza adjudicada antes del inicio del curso, por alguna de las siguientes causas: Enfermedad, fallecimiento o accidente del solicitante o de un familiar de primer o segundo grado de consanguinidad o afinidad. Deber inexcusable legalmente previsto. Por contrato de trabajo con posterioridad a la confirmación de la plaza. 3. La solicitud de devolución de la cuota se presentará, en el plazo máximo de un mes desde la finalización del curso, preferentemente en el Instituto de la Juventud de Castilla y León, en las Secciones de Juventud de cada provincia o en los Puntos de Información y Atención al Ciudadano, y se indicarán los datos personales y bancarios del participante, junto con la documentación que, de la siguiente, en su caso, proceda, a saber: Copia del justificante de ingreso de la cuota. Documento original o fotocopia compulsada de la siguiente documentación: Certificado médico que justifique la imposibilidad de realizar la actividad en las fechas de desarrollo previstas. Justificación correspondiente al deber inexcusable alegado. Contrato de trabajo y alta en la Seguridad Social. Declaración responsable en que se indique la titularidad de una cuenta corriente con indicación de sus 20 dígitos o alternativamente fotocopia de la 1.ª hoja de la libreta donde figuren sus titulares y los 20 dígitos identificativos de la cuenta corriente. 4. A los efectos de facilitar la ocupación de la plaza por otro solicitante, las renuncias producidas por estas causas, se deberán comunicar de forma fehaciente en el plazo más breve posible al Instituto de la Juventud de Castilla y León. Sección 2.ª Titulaciones de Formación Juvenil. Bloque troncal Octavo. Requisitos de los participantes. Podrán participar en los cursos convocados en la Escuela de Formación Juvenil de Castilla y León, las personas con un interés particular o profesional que cumplan los requisitos establecidos en el Anexo I: «Cursos. Requisitos. Codificación. Cuota», Titulaciones de Formación Juvenil», para cada curso.

5 Pág Noveno. Presentación de solicitudes. 1. Los interesados podrán obtener el formulario de solicitud de participación y el resto de documentación en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en las Secciones de Juventud de cada provincia, en el portal de juventud y en los puntos de información y atención al ciudadano que se relacionan en el Anexo IX: «Directorio». 2. Las solicitudes se presentarán del siguiente modo: a) Para los solicitantes que deseen beneficiarse de las bonificaciones de familia numerosa. La solicitud, dirigida a la Sección de Juventud de la provincia de residencia de cualquiera de los solicitantes, se formalizará en la «Solicitud Titulaciones de Formación Juvenil», Anexo IV. En la solicitud se indicará el código de curso según el Anexo I: «Cursos. Requisitos. Codificación. Cuota. Titulaciones de Formación Juvenil» y se acompañará de la «Autorización para la Verificación Electrónica de Datos Personales», Anexo VIII, que será firmada por los miembros de la unidad familiar mayores de 18 años, requisito imprescindible para poder beneficiarse, en su caso, de la bonificación establecida. Los solicitantes que deseen beneficiarse de las bonificaciones de familia numerosa presentarán sus solicitudes exclusivamente de forma presencial, en soporte papel, preferentemente, en los registros de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León de la provincia de residencia de cualquiera de los solicitantes o en alguna de las unidades que integran los servicios de información y atención al ciudadano de la administración de la Comunidad de Castilla y León, así como en cualquier otro centro de los que se señalan en el artículo 15 del Decreto 2/2003, de 2 de enero, por el que se regulan los servicios de información y atención al ciudadano y la función de registro en la administración de la Comunidad de Castilla y León. Si la solicitud se presenta en algún registro diferente a los anteriormente mencionados, se deberá enviar copia de la solicitud y de la autorización para la verificación electrónica de datos personales por fax al o por correo electrónico: gestioncursos.formacionjuvenil@jcyl.es, antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. b) Solicitantes pertenecientes al colectivo prioritario. La solicitud, dirigida a la Sección de Juventud de la provincia de residencia de cualquiera de los solicitantes, se formalizará conforme al Anexo IV «Solicitud Titulaciones de Formación Juvenil». En la solicitud se indicará el código de curso según el Anexo I: «Cursos. Requisitos. Codificación. Cuota. Titulaciones de Formación Juvenil», con indicación expresa de la condición de Beneficiario de Renta Garantizada de ciudadanía marcando la casilla correspondiente de la solicitud (requisito indispensable para poder ser considerado a los efectos de bonificación), pudiéndose presentar por los medios que se señalan en el siguiente apartado para el resto de solicitantes.

6 Pág c) Para el resto de solicitantes. La solicitud, dirigida a la Sección de Juventud de la provincia de residencia de cualquiera de los solicitantes, se formalizará en la «Solicitud Titulaciones de Formación Juvenil», Anexo IV. En la solicitud se indicará el código de curso según el Anexo I: «Cursos. Requisitos. Codificación. Cuota, Titulaciones de Formación Juvenil». Estos Anexos estarán disponibles en la sede electrónica ( y en el portal de juventud Las solicitudes podrán presentarse: a) Presencialmente. Preferentemente, en los registros de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León de la provincia de residencia de cualquiera de los solicitantes; o en alguna de las unidades que integran los servicios de información y atención al ciudadano de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, así como en cualquier otro centro de los que se señalan en el artículo 15 del Decreto 2/2003, de 2 de enero, por el que se regulan los servicios de información y atención al ciudadano y la función de registro en la Administración de la Comunidad de Castilla y León. b) De forma electrónica. En la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, a cuyos efectos, los solicitantes deberán disponer de DNI electrónico, o de un certificado digital de clase 2CA de firma electrónica emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, así como aquellos otros certificados que hayan sido previamente reconocidos por esta Administración y sean compatibles con los diferentes elementos habilitantes y plataformas tecnológicas corporativas. Las entidades prestadoras del servicio de certificación a que se refiere el apartado anterior reconocidas por la Junta de Castilla y León, figuran en una relación actualizada publicada en la sede electrónica: Los interesados que dispongan de los medios indicados podrán cursar su solicitud por vía telemática, acompañada de la documentación escaneada exigida como requisito para acceder a los cursos, que se digitalizará y aportará como archivos anexos a la solicitud, a través del registro electrónico de la administración de la Comunidad de Castilla y León, sin perjuicio de la posibilidad de requerir al particular la exhibición del documento o información original, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos. El modelo de solicitud estará disponible en la sede electrónica: y en el portal de juventud, Las solicitudes así presentadas producirán los mismos efectos jurídicos que las formuladas de acuerdo con el artículo 38.4 de la Ley 30/1992. El Registro Telemático emitirá un recibo de confirmación de la recepción, consistente en una copia autenticada de la solicitud, escrito o comunicación que incluye la fecha, hora y número de registro. Esta copia está configurada de forma que puede ser impresa o archivada por el interesado, garantizando la identidad del registro y teniendo valor de recibo de presentación. La falta de

7 Pág recepción del mensaje de confirmación o, en su caso, la aparición de un mensaje de error o deficiencia de transmisión implica que no se ha producido la recepción correctamente, debiendo realizarse la presentación en otro momento o utilizando otros medios disponibles. c) Por telefax en las condiciones establecidas en el Decreto 118/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan las transmisiones por telefax para la presentación de documentos en los registros administrativos de la administración de la Comunidad de Castilla y León, y se declaran los números telefónicos oficiales, siendo el número oficial a estos efectos el Décimo. Documentación complementaria. Las solicitudes estarán acompañadas de los siguientes documentos: Certificado de empadronamiento, salvo autorización a la Administración de la Comunidad de Castilla y León para acceder al servicio de verificación de datos de residencia. Fotocopia de las titulaciones académicas exigidas. Documentos que acrediten los criterios preferenciales para la selección de los alumnos. Los interesados que opten por presentar la solicitud por vía telemática, escanearán esta documentación, que se digitalizará y aportará como archivos Anexos a la solicitud. Undécimo. Instrucción del procedimiento. La instrucción del procedimiento corresponde al Servicio de Formación, Tiempo Libre y Turismo Juvenil del Instituto de la Juventud de Castilla y León, quien examinará la solicitud y la documentación presentada y, si la misma no reúne los requisitos exigidos, requerirá al solicitante para que, en su caso, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos en los términos previstos en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992. Asimismo, el órgano competente para la instrucción realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales formulará la correspondiente propuesta de resolución. Duodécimo. Criterios de selección. 1. Cuando el número de solicitudes exceda al de las plazas ofertadas, se tendrá en cuenta el empadronamiento del solicitante en Castilla y León, así como los siguientes criterios, debidamente justificados documentalmente, por este orden de prelación: Las necesidades de acceso a las actividades formativas de una entidad, pública o privada, debidamente acreditadas. La finalización de etapas formativas en el espacio más breve de tiempo. La valoración curricular. El desarrollo de las actividades relacionadas con la materia en el medio rural.

8 Pág Si concurriese un empate en la valoración de los criterios anteriores, se tendrá en cuenta el orden de entrada de registro de las solicitudes. Si hubiera un número excesivo de solicitudes de un mismo colectivo o entidad, para la misma actividad formativa, se establecerán criterios de proporcionalidad. Decimotercero. Resolución. 1. La resolución del procedimiento corresponde al Director General del Instituto de la Juventud de Castilla y León y contendrá la relación ordenada de admitidos y suplentes. La resolución se publicará en las Secciones de Juventud, en los Puntos de Información y Atención al Ciudadano, en el Portal de Juventud de Castilla y León, y en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, 2. El plazo máximo de resolución y notificación será de diez días anteriores al inicio de la actividad formativa, según las fechas que figuran para cada curso en el Anexo I: «Cursos. Requisitos. Codificación. Cuota. Titulaciones de Formación Juvenil». Transcurrido dicho plazo sin que se haya dictado y notificado la resolución, se entenderá desestimada la solicitud por silencio administrativo. 3. Contra la resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el titular de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación. Decimocuarto. Pago de la cuota, confirmación de las plazas y renuncia. La cuota se abonará antes del inicio del curso, en el plazo máximo de tres días naturales desde la comunicación de la resolución de admisión, en el número de cuenta de la entidad bancaria que figura en el Anexo I: «Cursos. Requisitos. Codificación. Cuota Titulaciones de Formación Juvenil», para cada uno de los cursos. Desde la finalización del plazo de abono de la cuota se dispondrá de dos días naturales para enviar al Instituto de la Juventud de Castilla y León, a través del correo electrónico gestioncursos.formacionjuvenil@jcyl.es, o del fax n.º , la siguiente documentación: Fotocopia del justificante bancario de ingreso de la cuota. Fotocopia de la acreditación, en su caso, del descuento al que se acoge. En caso de no actuarse así, se procederá a adjudicar la plaza a las personas que figuren en la lista de suplentes. Si finalizado el turno de suplentes hubiese plazas disponibles, se admitirán solicitudes hasta cinco días antes del inicio de cada curso, a los que solamente se aplicará, en su caso, el descuento previsto para los titulares de carné joven, salvo que se hubiera presentado la solicitud en el primer plazo establecido en esta convocatoria. De conformidad con lo establecido en los artículos 5 y 11.1 de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, previo consentimiento de los interesados, los datos identificativos podrán ser tratados y comunicados a otros órganos administrativos y a entidades colaboradoras en la gestión de programas juveniles para el cumplimiento de los fines directamente relacionados con sus funciones legítimas.

9 Pág Decimoquinto. Asistencia a los cursos, títulos y certificados. Obtendrán el correspondiente certificado de apto en el bloque troncal, los alumnos que hayan asistido como mínimo al 90% del total de las horas lectivas, debiendo justificar el alumno la ausencia, además de realizar las medidas compensatorias que el coordinador del curso estime oportunas y superar, en su caso, la fase de evaluación. Los aspectos relativos al sistema modular de las titulaciones de formación juvenil, se recogen en el Capítulo III de la Orden FAM/1693/2004, de 26 de octubre, por la que se desarrolla el Título I, «de la formación juvenil», del Decreto 117/2003, de 9 de octubre, por el que se regulan las líneas de promoción juvenil de Castilla y León. En el citado Capítulo, se detalla la duración de las etapas formativas, los plazos para la superación de estas etapas, así como los bloques de contenidos para cada una de ellas. Una vez superadas todas las fases formativas del curso, se expedirán las titulaciones de formación juvenil. Sección 3.ª Actividades Formativas Complementarias Decimosexto. Participantes y Requisitos. Podrán participar en las Actividades Formativas Complementarias del Instituto de la Juventud de Castilla y León los jóvenes, con edades comprendidas entre los 16 y 35 años ambos inclusive, en quiénes concurra alguna de estas circunstancias: a) Estar empadronado en Castilla y León en la fecha de presentación de solicitudes para participar en estos cursos. b) Ser descendiente de castellanos y leoneses en el extranjero. c) Además, sólo en la fase de adjudicación directa, podrán participar: Los nacidos en Castilla y León, con residencia o empadronamiento en otra Comunidad Autónoma. Los descendientes de castellanos y leoneses, nacidos y residentes en otra Comunidad Autónoma. Decimoséptimo. Presentación de solicitudes. 1. Los interesados podrán obtener el formulario de solicitud de participación y el resto de documentación en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en las Secciones de Juventud de cada provincia, en el portal de juventud y en los puntos de información y atención al ciudadano que se relacionan en el Anexo IX «Directorio».

10 Pág Las solicitudes se presentarán del siguiente modo: a) Para los solicitantes que deseen beneficiarse de las bonificaciones de familia numerosa. La solicitud, dirigida a la Sección de Juventud de la provincia de residencia de cualquiera de los solicitantes, se formalizará en la «Solicitud Actividades Formativas Complementarias», Anexo V. En la solicitud se indicará el código de curso según el Anexo II: «Cursos. Requisitos. Codificación. Cuota, Actividades Formativas Complementarias» y se acompañará del Anexo VIII: «Autorización para la Verificación Electrónica de Datos Personales» que será firmada por los miembros de la unidad familiar mayores de 18 años, requisito imprescindible para poder beneficiarse en su caso, de la bonificación establecida. Los solicitantes que deseen beneficiarse de las bonificaciones de familia numerosa, presentarán sus solicitudes exclusivamente de forma presencial, en soporte papel, preferentemente, en los registros de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León de la provincia de residencia de cualquiera de los solicitantes o en alguna de las unidades que integran los servicios de información y atención al ciudadano de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, así como en cualquier otro centro de los que se señalan en el artículo 15 del Decreto 2/2003, de 2 de enero, por el que se regulan los servicios de información y atención al ciudadano y la función de registro en la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Si la solicitud se presenta en algún registro diferente a los anteriormente mencionados, se deberá enviar copia de la solicitud y de la autorización para la verificación electrónica de datos personales por fax al o por correo electrónico: gestioncursos.formacionjuvenil@jcyl.es, antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. b) Solicitantes pertenecientes al colectivo prioritario. La solicitud, dirigida a la Sección de Juventud de la provincia de residencia de cualquiera de los solicitantes, se formalizará conforme al Anexo V: «Solicitud Actividades Formativas Complementarias». En la solicitud se indicará el código de curso según el Anexo II: «Cursos. Requisitos. Codificación. Cuota. Actividades Formativas Complementarias» con indicación expresa de la condición de beneficiario de la Renta Garantizada de Ciudadanía marcando la casilla correspondiente de la solicitud, (requisito indispensable para poder ser considerado a los efectos de bonificación), pudiéndose presentar por los medios que se señalan en el siguiente apartado para el resto de solicitantes. c) Resto de solicitantes. La solicitud, dirigida a la Sección de Juventud de la provincia de residencia de cualquiera de los solicitantes, se formalizará en la «Solicitud Actividades Formativas Complementarias», Anexo V, que estará disponible en la sede electrónica ( y en el portal de juventud En la solicitud se indicará el código de curso según el Anexo II: «Cursos. Requisitos. Codificación.Cuota, Actividades Formativas Complementarias».

11 Pág Las solicitudes podrán presentarse: Presencialmente. Preferentemente, en los registros de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León de la provincia de residencia de cualquiera de los solicitantes; o en alguna de las unidades que integran los servicios de información y atención al ciudadano de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, así como en cualquier otro centro de los que se señalan en el artículo 15 del Decreto 2/2003, de 2 de enero, por el que se regulan los servicios de información y atención al ciudadano y la función de registro en la Administración de la Comunidad de Castilla y León. De forma electrónica. En la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, o través del portal de juventud, De conformidad con lo establecido en el Decreto 118/2002, se excluye la posibilidad de presentar las solicitudes por telefax, en atención a la naturaleza de la convocatoria. 3. Cuando un interesado figure en más de una solicitud para una misma actividad, únicamente se tendrá como válida para esa actividad la grabada en último lugar. 4. Cada participante podrá solicitar todos los cursos ofertados en los que esté interesado. 5. Todas las solicitudes que se presenten irán configurando una única lista por curso. 6. La presentación de la solicitud supone la plena aceptación de las presentes condiciones de participación. Decimoctavo. Instrucción del procedimiento. 1. La instrucción del procedimiento corresponde al Servicio de Formación, Tiempo Libre y Turismo Juvenil del Instituto de la Juventud de Castilla y León. 2. Las listas provisionales de los solicitantes se podrán consultar, a efectos de comprobar su correcta inclusión en las mismas, en el Portal de Juventud de Castilla y León, y en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en las Secciones de Juventud, en los puntos de información y atención al ciudadano, recogidos en el Anexo IX: «Directorio» y en el Instituto de la Juventud de Castilla y León, a partir del 4 de marzo de Se podrán presentar alegaciones en el caso de no estar incluidos en la lista o de existir datos erróneos, presentando copia de la solicitud, exclusivamente en las Secciones de Juventud de cada provincia, hasta las horas del día 9 de marzo de Los solicitantes seleccionados cuyos datos no coincidan con los reseñados en el D.N.I. (excepto domicilio) no podrán confirmar su plaza. 3. Comprobación de los requisitos de familia numerosa. Los solicitantes miembros de familia numerosa, a los efectos de comprobar si cumplen con los requisitos de capacidad económica per cápita y poder acceder a las bonificaciones, podrán consultar dicha

12 Pág información, a través del portal de juventud, introduciendo su D.N.I. o N.I.E., en las Secciones de Juventud de cada provincia o en los puntos de información y atención al ciudadano y en el Instituto de la Juventud de Castilla y León, a partir del 9 de marzo. 4. Los interesados que hubieran presentado su solicitud en la modalidad de Familia Numerosa, podrán consultar si cumplen los requisitos de capacidad económica per cápita familiar para poder beneficiarse de los descuentos establecidos a través de Internet en la página Web introduciendo su NIF en las Secciones de Juventud, en los puntos de información y atención al ciudadano, recogidos en el Anexo IX: «Directorio», el día anterior al sorteo informático de las plazas. Además y de forma complementaria, con efectos meramente informativos, los titulares de familia numerosa que en su solicitud hayan autorizado el envío de información a través del teléfono móvil, podrán ser informados mediante un mensaje de texto telefónico (SMS). 5. La adjudicación de plazas se realizará mediante sorteo informático el día 10 de marzo. En este sorteo se obtendrá la relación de seleccionados para las plazas ofertadas, asignándose igualmente, el número de suplencia para el resto de solicitantes. Decimonoveno. Resolución. 1. Mediante Resolución del Director General del Instituto de la Juventud de Castilla y León se dará publicidad a la relación de seleccionados y suplentes, en los términos que hubiera resultado el sorteo. 2. La relación de seleccionados y suplentes se expondrá desde el día 10 de marzo en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y en el Portal de Juventud de Castilla y León, De forma complementaria, con efectos meramente informativos, los seleccionados que así lo hayan solicitado, podrán ser informados, siempre que sea técnicamente posible, mediante un mensaje de texto telefónico (SMS). Dicho mensaje también se enviará, en su caso, cuando se inicie el turno de suplencia, así como el de adjudicación directa, comunicando la existencia de plazas. 3. Contra la citada resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el titular de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación. Vigésimo. Pago de la cuota, confirmación de las plazas y renuncia. 1. Los solicitantes seleccionados de las plazas ingresarán la cuota correspondiente en la entidad y número de cuenta que figura en el Anexo II: «Cursos. Requisitos. Codificación. Cuota. Actividades Formativas Complementarias», indicando nombre y apellido del participante y código del curso. 2. Los solicitantes seleccionados deberán confirmar la plaza asignada los días 11 y 12 de marzo en horario de 9,00 a 14,00 horas, solo y exclusivamente en las Secciones

13 Pág de Juventud de cada provincia o en los puntos de información y atención al ciudadano de la provincia donde hayan presentado su solicitud, la siguiente documentación: a) «La ficha de confirmación de actividades formativas complementarias: Anexo VII», publicada en la sede electrónica es y en el portal de juventud, b) Documento original que acredite el ingreso de la cuota correspondiente en la entidad bancaria y número de cuenta señalado en el Anexo II: «Cursos. Requisitos. Codificación. Cuota. Actividades Formativas Complementarias» haciendo constar el nombre y apellidos del participante y el código del curso. c) Copia del documento nacional de identidad, del solicitante seleccionado, salvo autorización al órgano gestor para obtener directamente y/o por medios telemáticos la comprobación de los datos de identidad personal. d) Certificado de empadronamiento en Castilla y León, salvo autorización al órgano gestor para consultar este documento a través del servicio de verificación de datos de residencia. e) Copia del documento nacional de identidad del padre o la madre, en caso de los descendientes de castellanos y leoneses en el extranjero y/ o nacidos y residentes en otra Comunidad Autónoma. f) Copia del título de familia numerosa expedido por otra Comunidad Autónoma en el caso de ser beneficiario de cuota bonificada. g) Carné Joven Europeo expedido por otra Comunidad Autónoma o que no conste en la base de datos del Instituto de la Juventud de Castilla y León, en caso de beneficiarse de bonificación en la cuota. h) Copia del título de familia numerosa de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, salvo autorización al órgano gestor para verificar este dato. Si dicha documentación se presenta en algún registro diferente a los anteriormente mencionados, se deberá enviar copia de toda la documentación por fax al o por correo electrónico gestioncursos.formacionjuvenil@jcyl.es, antes de la finalización del plazo de confirmación. De conformidad con lo establecido en los artículos 5 y 11.1 de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, previo consentimiento de los interesados, los datos identificativos podrán ser tratados y comunicados a otros órganos administrativos y a entidades colaboradoras en la gestión de programas juveniles para el cumplimiento de los fines directamente relacionados con sus funciones legítimas. 3. Una vez finalizado el plazo anterior, las plazas no confirmadas, pasarán al turno de suplencia que se realizará los días 16 y 17 de marzo hasta las 14:00 horas. 4. Las plazas vacantes por falta de confirmación en fases anteriores, se asignarán por riguroso orden de petición presencial desde el día 19 de marzo de 2015 en las Secciones de Juventud de cada provincia así como en los puntos de información y atención al ciudadano recogidos en el Anexo IX: «Directorio», a los que solamente se aplicará, en su caso, el

14 Pág descuento previsto para los titulares de carné joven, salvo que se hubiera presentado la solicitud en el primer plazo establecido en esta convocatoria. El plazo para su confirmación finalizará a las 14:00 horas del día siguiente al de realización de la reserva. Si transcurridos los plazos indicados anteriormente no se confirmara la plaza, se considerará que se renuncia a ella. Las plazas vacantes podrán ser cubiertas por la entidad adjudicataria de la actividad, sin descuentos, previa autorización del Instituto de la Juventud de Castilla y León. Sección 4.ª Prácticas correspondientes a las titulaciones de formación juvenil Vigésimo primero. Requisitos de los participantes. Podrán solicitar la realización de las prácticas aquellos alumnos que hayan obtenido la calificación de apto en la fase teórica de la titulación correspondiente. Vigésimo segundo. Presentación de solicitudes. 1. Las solicitudes se formalizarán en formulario de «Solicitud de Prácticas de las Titulaciones de Formación Juvenil» (Anexo VI) En la solicitud se indicará el código de curso según el Anexo III «Prácticas de las titulaciones juveniles», dirigidas a la Sección de Juventud de cada provincia, pudiendo presentarse en los registros de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León de la provincia correspondiente, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992. Las solicitudes se acompañarán del certificado de empadronamiento, salvo autorización a la Administración de la Comunidad de Castilla y León para acceder al servicio de verificación de datos de residencia. 2. Igualmente, podrán presentarse por telefax en las condiciones establecidas en el Decreto 118/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan las transmisiones por telefax para la presentación de documentos en los registros administrativos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León y se declaran los números telefónicos oficiales, siendo el número oficial a estos efectos el Asimismo, podrán presentarse de forma telemática y a cuyos efectos, los solicitantes deberán disponer de DNI electrónico, o de un certificado digital de clase 2CA de firma electrónica emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, así como aquellos otros certificados que hayan sido previamente reconocidos por esta Administración y sean compatibles con los diferentes elementos habilitantes y plataformas tecnológicas corporativas. Las entidades prestadoras del servicio de certificación a que se refiere el apartado anterior reconocidas por la Junta de Castilla y León, figuran en una relación actualizada publicada en la sede electrónica, Los interesados que dispongan de los medios indicados podrán cursar su solicitud por vía telemática, acompañada de la documentación escaneada exigida como requisito para acceder a los cursos, que se digitalizará y aportará como archivos anexos a la solicitud, a través del registro electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla

15 Pág y León, sin perjuicio de la posibilidad de requerir al particular la exhibición del documento o información original, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos. El modelo de solicitud estará disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y en el portal de juventud, Las solicitudes así presentadas producirán los mismos efectos jurídicos que las formuladas de acuerdo con el artículo 38.4 de la Ley 30/1992. El Registro Telemático emitirá un recibo de confirmación de la recepción, consistente en una copia autenticada de la solicitud, escrito o comunicación que incluye la fecha, hora y número de registro. Esta copia está configurada de forma que puede ser impresa o archivada por el interesado, garantizando la identidad del registro y teniendo valor de recibo de presentación. La falta de recepción del mensaje de confirmación o, en su caso, la aparición de un mensaje de error o deficiencia de transmisión implica que no se ha producido la recepción correctamente, debiendo realizarse la presentación en otro momento o utilizando otros medios disponibles. Vigésimo tercero. Instrucción del procedimiento. La instrucción del procedimiento corresponde al Servicio de Formación, Tiempo Libre y Turismo Juvenil del Instituto de la Juventud de Castilla y León, quien examinará la solicitud y la documentación presentada y, si la misma no reúne los requisitos exigidos, requerirá al solicitante para que, en su caso, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos en los términos previstos en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992. Asimismo, el órgano competente para la instrucción realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales formulará la correspondiente propuesta de resolución. De conformidad con lo establecido en los artículos 5 y 11.1 de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, previo consentimiento de los interesados, los datos identificativos podrán ser tratados y comunicados a otros órganos administrativos y a entidades colaboradoras en la gestión de programas juveniles para el cumplimiento de los fines directamente relacionados con sus funciones legítimas. Vigésimo cuarto. Criterios de selección. 1. Cuando el número de solicitudes exceda al de las plazas ofertadas, se tendrá en cuenta el empadronamiento del solicitante en Castilla y León, así como la finalización de etapas formativas en el espacio más breve de tiempo. 2. Si concurriese un empate en la valoración de los criterios anteriores, se tendrá en cuenta el orden de entrada de registro de las solicitudes. Vigésimo quinto. Resolución. 1. La resolución del procedimiento corresponde al Director General del Instituto de la Juventud de Castilla y León y contendrá la relación ordenada de admitidos y suplentes. La Resolución se publicará en las Secciones de Juventud, en los puntos de información y atención al ciudadano, en el Portal de Juventud de Castilla y León,

16 Pág y en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, 2. El plazo máximo para resolver y notificar a los interesados la resolución expresa será de tres meses, a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo, los interesados podrán entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo. 3. Contra la resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el titular de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación. Vigésimo sexto. Desarrollo de las prácticas. Las fechas de realización de las prácticas deberán acordarse previamente con el responsable de la instalación. El alumno presentará un proyecto de trabajo al Servicio de Formación, Tiempo Libre y Turismo Juvenil del Instituto de la Juventud antes del inicio del periodo de prácticas. Dado el carácter formativo de las prácticas, el contenido de las mismas no podrá dar lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo, ni de su realización se derivarán obligaciones propias de una relación administrativa y en ningún caso implicarán relación de servicios, ni relación contractual con la Administración. Igualmente los alumnos y los tutores no percibirán ninguna cantidad económica en concepto de beca, bolsa, ayuda al estudio, o compensación por la realización o por la supervisión y control de las actividades formativas. Vigésimo séptimo. Régimen de impugnación. Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, recurso potestativo de reposición ante el titular de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades en el plazo de un mes, o bien, directamente, recurso contencioso administrativo ante la Sala de igual nombre del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Valladolid, en virtud de lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses, en ambos casos contados desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León». Valladolid, 9 de febrero de La Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades, Fdo.: Milagros Marcos Ortega

17 Pág ACTIVIDADES FORMATIVAS DE LA ESCUELA DE FORMACIÓN JUVENIL DE CASTILLA Y LEÓN PARA EL AÑO 2015 ANEXO I CURSOS. REQUISITOS. CODIFICACIÓN. CUOTA. TITULACIONES DE FORMACIÓN JUVENIL. CÓD. CURSO HORAS PLAZAS EF01 Monitor de Nivel. Bloque Troncal. 1ª edición al 18 de abril EF02 Monitor de Nivel. Bloque Troncal. 2ª edición al 10 y 15 al 17 de mayo EF03 Monitor de Nivel. Bloque Troncal. 3ª edición al 23 de agosto EF04 Monitor de Nivel. Bloque Troncal. 4ª edición al 22 y 27 al 29 de noviembre EF05 Coordinador de Nivel. Bloque Troncal al 7 de junio EF06 Profesor de Formación. Bloque Troncal. 1ª edición al 20 de junio EF07 Profesor de Formación. Bloque Troncal. 2ª edición al 13 y 18 al 20 de septiembre EF08 Director de Formación. Bloque Troncal al 15 de noviembre EF09 Logista de Instalaciones. Bloque Troncal. 1ª edición al 9 de mayo RENTA G.CIUD. FECHAS INSTALACIÓN NORMAL C.JOVEN F.N. GENERAL F.N. ESPECIAL Escuela de Formación Ser Monitor o Coordinador de tiempo libre 98,00 83,30 49, Juvenil de Palencia Escuela de Formación Ser Monitor o Coordinador de tiempo libre 98,00 83,30 49, Juvenil de Palencia Escuela de Formación Ser Monitor o Coordinador de tiempo libre 98,00 83,30 49, Juvenil de Palencia Escuela de Formación Ser Monitor o Coordinador de tiempo libre 98,00 83,30 49, Juvenil de Palencia Escuela de Formación Poseer el título de Coordinador de Tiempo Libre y Juvenil de Palencia Monitor de Nivel RENTA G.CIUD. 76,00 64,60 38, Escuela de Formación Ser Coordinador de Tiempo Libre 98,00 83,30 49, Juvenil de Palencia Escuela de Formación Ser Coordinador de Tiempo Libre Juvenil de Palencia 98,00 83,30 49, Cordinadores tiempo libre con título de Profesor de Formación, o que siendo mayores de 22 años, Escuela de Formación Juvenil de Palencia REQUISITOS PARTICIPANTES acrediten documentalmente experiencia de dos años de impartición actividades formativas y/o actividades de gestión de Esccuelas de Animación y Tiempo Libre Escuela de Formación Ser mayor 18 años y poseer como mínimo Juvenil de Palencia Graduado Escolar o ESO CUOTA (euros) 98,00 83,30 49, ,00 89,25 52, Nº CUENTA BANCARIA ES ES ES ES BBVA ES ES ES ES La Caixa ES EF10 Logista de Instalaciones. Bloque Troncal. 2ª edición al 11 y 16 al 18 de octubre EF11 Gestor de Instalaciones Juveniles. Bloque Troncal al 28 de junio EF12 Informador Juvenil. Bloque Troncal. 1ª edición al 14 de junio Escuela de Formación Ser mayor 18 años y poseer como mínimo Juvenil de Palencia Graduado Escolar o ESO Escuela de Formación Juvenil de Palencia Poseer título de Logista de Instalaciones o ser mayor de 22 años y acreditar documentalmente experiencia de dos años con al menos 200 horas en el ámbito de las Instalaciones Juveniles y poseer como mínimo el Graduado Escolar o ESO Escuela de Formación Ser mayor 18 años y poseer como mínimo Juvenil de Palencia Graduado Escolar o ESO 105,00 89,25 52, ,00 102,00 60, ,00 89,25 52, La Caixa ES La Caixa ES La Caixa ES EF13 Informador Juvenil. Bloque Troncal. 2ª edición EF14 Gestor de Información Juvenil. Bloque Troncal. Parte Común. 25 al 27 de septiembre y 2 al 4 de Escuela de Formación Ser mayor 18 años y poseer como mínimo 105,00 89,25 52, octubre Juvenil de Palencia Graduado Escolar o ESO al 25 de octubre EF15 Acreditación de Experto. Rapel y tirolina al 27 de mayo EF16 Protección Civil. Bloque de Libre Elección. Curso de Coordinador de Nivel de mayo EF17 Acreditación de experto en Escalada al 27 de septiembre Escuela de Formación Juvenil de Palencia Poseer título Informador Juvenil o ser mayor de 22 años y acreditar documentalmente experiencia de dos años con al menos 200 horas en el ámbito de la Información Juvenil y poseer como mínimo Graduado Escolar o ESO Mayores 18 años. Tendrán preferencia aquellos Escuela de Formación que tengan superado el bloque troncal de Monitor Juvenil de Palencia de Nivel Mayores 18 años. Tendrán preferencia aquellos Escuela de Formación que tengan superado el bloque troncal de Juvenil de Palencia Coordinador de Nivel Mayores 18 años. Tendrán preferencia aquellos Escuela de Formación que tengan superado el bloque troncal de Monitor Juvenil de Palencia de Nivel 86,00 73,10 43, ,00 198,90 117, ,00 36,55 21, ,00 187,00 110, La Caixa ES BBVA ES ES BBVA ES La Caixa ES

18 Pág CÓD. CURSO HORAS PLAZAS EF18 EF19 EF20 EF21 EF22 EF23 Bloque convalidable de la parte de libre elección del curso de Informador Juvenil Bloque convalidable de la parte de libre elección del curso de Profesor de Formación Bloque convalidable de la parte de libre elección del curso de Director de Formación Bloque convalidable de la parte de libre elección del curso de Logista de Instalaciones Juveniles Bloque convalidable de la parte de libre elección del curso de Gestor de Instalaciones Juveniles Bloque convalidable de la parte de libre elección del curso de Profesor de Formación: Habilidades de comunicación: El conflicto como recurso educativo. RENTA G.CIUD FECHAS INSTALACIÓN REQUISITOS PARTICIPANTES 31 de octubre al 3 de noviembre y del Escuela de Formación Mayores 18 años. Tendrán preferencia aquellos 19 al 22 de noviembre Juvenil de Palencia que tengan superado el bloque troncal de Informador Juvenil al 22 de octubre Online de noviembre a 16 de diciembre Online de octubre a 18 de noviembre Online al 21 de septiembre Online al 18 y 23 al 25 de octubre y del 6 al 8 y 13 al 15 de noviembre Mayores 18 años. Tendrán preferencia aquellos que tengan superado el bloque troncal de Profesor de Formación. Mayores 18 años. Tendrán preferencia aquellos que tengan superado el bloque troncal de Director de Formación. Mayores 18 años. Tendrán preferencia aquellos que tengan superado el bloque troncal de Logista de Instalaciones Juveniles. Mayores 18 años. Tendrán preferencia aquellos que tengan superado el bloque troncal de Gestor de Instalaciones Juveniles. Mayores 18 años. Tendrán preferencia aquellos Escuela de Formación que tengan superado el bloque troncal de Profesor Juvenil de Palencia de Formación. NORMAL C.JOVEN CUOTA (euros) F.N. GENERAL F.N. ESPECIAL RENTA G.CIUD. 198,00 168,30 99, ,00 110,50 65, ,00 154,70 91, ,00 110,50 65, ,00 154,70 91, ,00 195,50 115, Nº CUENTA BANCARIA BBVA ES La Caixa ES La Caixa ES La Caixa ES La Caixa ES ES

19 Pág ACTIVIDADES FORMATIVAS DE LA ESCUELA DE FORMACIÓN JUVENIL DE CASTILLA Y LEÓN PARA EL AÑO 2015 ANEXO II CURSOS. REQUISITOS. CODIFICACIÓN. CUOTA. ACTIVIDADES FORMATIVAS COMPLEMENTARIAS. RENTA CÓD. CURSO HORAS PLAZAS G.CIUD. FECHAS INSTALACIÓN NORMAL C.JOVEN CUOTA (euros) F.N. GENERAL F.N. RENTA ESPECIAL G.CIUD. Nº CUENTA BANCARIA ÁREA DE FORMACIÓN PARA LA CREACIÓN DE EMPRESAS, AUTOEMPLEO Y BUSQUEDA DE EMPLEO FC01 Utilización de redes sociales para la búsqueda activa de empleo al 15 de julio Online 25,00 21,25 12, FC02 Creación de empresas on-line mayo al 22 junio Online 83,00 70,55 41, FC03 Técnicas de Búsqueda de Empleo mayo al 29 mayo Online 70,00 59,50 35, FC04 Búsqueda creativa de empleo: el videocurriculum abril al 30 abril Online 50,00 42,50 25, FC05 Identidad Corporativa mayo al 13 junio Valladolid - Pº Arco Ladrillo, ,00 204,00 120, FC06 Curso de tienda virtual - comercio electrónico mayo al 29 mayo Valladolid - Pº Arco Ladrillo, ,00 68,00 40, FC07 Marketing y comunicación junio al 11 julio Valladolid - Pº Arco Ladrillo, ,00 204,00 120, FC08 Desarrollo de gestor de contenidos y tienda virtual septiembre al 5 noviembre Valladolid - Pº Arco Ladrillo, ,00 340,00 200, FC09 Análisis de problemas y toma de decisiones empresariales ª Edición del 20 de abril al 29 de mayo Online 33,50 28,48 16, FC10 Comercialización exterior de productos ª Edición del 20 de abril al 29 de mayo Online 35,00 29,75 17, FC11 Comercialización exterior de productos ª Edición del 5 de octubre al 13 noviembre Online 35,00 29,75 17, FC12 Cómo hacer negocios en internet ª Edición del 20 de abril al 29 de mayo Online 35,00 29,75 17, FC13 Cómo hacer negocios en internet ª Edición del 5 de octubre al 13 noviembre Online 35,00 29,75 17, FC14 Creación de empresas ª Edición del 20 de abril al 29 de mayo Online 35,00 29,75 17, FC15 Creación de empresas ª Edición del 5 de octubre al 13 noviembre Online 35,00 29,75 17, FC16 Creatividad e innovación en la empresa ª Edición del 20 de abril al 29 de mayo Online 35,00 29,75 17, FC17 Finanzas para no financieros ª Edición del 20 de abril al 29 de mayo Online 27,00 22,95 13, FC18 Finanzas para no financieros ª Edición del 5 de octubre al 13 noviembre Online 27,00 22,95 13, FC19 Habilidades directivas para emprendedores ª Edición del 20 de abril al 29 de mayo Online 48,00 40,80 24, FC20 Habilidades directivas para emprendedores ª Edición del 5 de octubre al 13 noviembre Online 48,00 40,80 24, FC21 Nuevas técnicas de marketing y comunicación ª Edición del 20 de abril al 29 de mayo Online 35,00 29,75 17, ES Ibercaja ES Ibercaja ES ES ES ES ES ES

20 Pág RENTA CÓD. CURSO HORAS PLAZAS G.CIUD. FECHAS INSTALACIÓN NORMAL C.JOVEN CUOTA (euros) F.N. GENERAL F.N. RENTA ESPECIAL G.CIUD. FC22 Nuevas técnicas de marketing y comunicación ª Edición del 5 de octubre al 13 noviembre Online 35,00 29,75 17, FC23 Organización y gestión del trabajo administrativo ª Edición del 20 de abril al 29 de mayo Online 32,50 27,63 16, FC24 Organización y gestión del trabajo administrativo ª Edición del 5 de octubre al 13 noviembre Online 32,50 27,63 16, FC25 Organización y planificación empresarial ª Edición del 20 de abril al 29 de mayo Online 35,00 29,75 17, FC26 Preparar la entrevista de trabajo ª Edición del 20 de abril al 29 de mayo Online 32,50 27,63 16, FC27 Preparar la entrevista de trabajo ª Edición del 5 de octubre al 13 noviembre Online 32,50 27,63 16, FC28 Redes sociales para la proyección empresarial en internet ª Edición del 20 de abril al 29 de mayo Online 35,00 29,75 17, FC29 Redes sociales para la proyección empresarial en internet ª Edición del 5 de octubre al 13 noviembre Online 35,00 29,75 17, FC30 Técnicas de comunicación oral y escrita ª Edición del 20 de abril al 29 de mayo Online 35,00 29,75 17, FC31 Técnicas de comunicación oral y escrita ª Edición del 5 de octubre al 13 noviembre Online 35,00 29,75 17, FC32 Técnicas de negociación ª Edición del 20 de abril al 29 de mayo Online 35,00 29,75 17, FC33 Técnicas de negociación ª Edición del 5 de octubre al 13 noviembre Online 35,00 29,75 17, FC34 Uso profesional de las redes sociales. Branding Personal ª Edición del 20 de abril al 29 de mayo Online 35,00 29,75 17, FC35 Uso profesional de las redes sociales. Branding Personal ª Edición del 5 de octubre al 13 noviembre Online 35,00 29,75 17, FC36 Gestión de conflictos ª Edición del 20 de abril al 29 de mayo Online 35,00 29,75 17, FC37 Gestión de conflictos ª Edición del 5 de octubre al 13 noviembre Online 35,00 29,75 17, FC38 Habilidades de Coaching ª Edición del 20 de abril al 29 de mayo Online 35,00 29,75 17, FC39 Habilidades de Coaching ª Edición del 5 de octubre al 13 noviembre Online 35,00 29,75 17, FC40 Mandos Intermedios ª Edición del 20 de abril al 29 de mayo Online 25,00 21,25 12, FC41 Mandos Intermedios ª Edición del 5 de octubre al 13 noviembre Online 25,00 21,25 12, FC42 Tratamiento de quejas y reclamaciones ª Edición del 20 de abril al 29 de mayo Online 35,00 29,75 17, FC43 Tratamiento de quejas y reclamaciones ª Edición del 5 de octubre al 13 noviembre Online 35,00 29,75 17, FC44 Calidad en la atención y servicio al cliente ª Edición del 20 de abril al 29 de mayo Online 33,50 28,48 16, FC45 Calidad en la atención y servicio al cliente ª Edición del 5 de octubre al 13 noviembre Online 33,50 28,48 16, FC46 Coaching para alcanzar objetivos mayo al 21 mayo Online 40,00 34,00 20, FC47 Inteligencia emocional. Gestionar las emociones y resolver conflictos septiembre al 24 septiembre Online 40,00 34,00 20, Nº CUENTA BANCARIA ES ES ÁREA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 49 Viernes, 11 de marzo de 2011 Pág. 17794 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN C. OTRAS DISPOSICIONES CONSEJERÍA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES INSTITUTO DE

Más detalles

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 15 Lunes, 23 de enero de 2012 Pág. 3862 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN C. OTRAS DISPOSICIONES CONSEJERÍA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES INSTITUTO DE LA

Más detalles

Actualmente, no es necesario justificar la importancia del adecuado conocimiento y empleo del idioma inglés en el entorno laboral.

Actualmente, no es necesario justificar la importancia del adecuado conocimiento y empleo del idioma inglés en el entorno laboral. RESOLUCIÓN DE 9 DE MARZO DE 2012, DEL INSTITUTO DE LA JUVENTUD DE CASTILLA Y LEÓN, POR LA QUE SE CONVOCA EL PROGRAMA CURSOS INTENSIVOS EN LENGUA INGLESA VERANO JOVEN 2012. La Ley 11/2002, de 10 de julio,

Más detalles

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 34 Jueves, 19 de febrero de 2015 Pág. 13736 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN C. OTRAS DISPOSICIONES CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN RESOLUCIÓN de 9 de febrero de 2015, de

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN 4672 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN RESOLUCIÓN de 17 de febrero de 2010, de la Dirección General de Formación Profesional y Aprendizaje Permanente y de la Dirección General de Calidad y Equidad Educativa, por

Más detalles

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 136 Jueves, 16 de julio de 2015 Pág. 45273 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN C. OTRAS DISPOSICIONES CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN RESOLUCIÓN de 7 de julio de 2015, de la

Más detalles

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 145 Miércoles, 29 de julio de 2015 Pág. 47664 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN C. OTRAS DISPOSICIONES CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN RESOLUCIÓN de 20 de julio de 2015, de

Más detalles

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 108 Jueves, 7 de junio de 2012 Pág. 37786 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN C. OTRAS DISPOSICIONES CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN RESOLUCIÓN de 28 de mayo de 2012, de la

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA 14578 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA ORDEN de 12 de junio de 2012 por la que se convoca el proceso de admisión en la modalidad a distancia de los módulos voluntarios de programas de cualificación profesional

Más detalles

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN Pág. 3804 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN C. OTRAS DISPOSICIONES CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN EDU/1/2015, de 2 de enero, por la que se convocan los Premios Extraordinarios de Formación Profesional correspondientes

Más detalles

C U R S O C U R O S I D D I O M A S O M A S J O V E N J O V E N

C U R S O C U R O S I D D I O M A S O M A S J O V E N J O V E N C U R S O S ÍNDICE Solicitudes y confirmación de plazas, calendario 2 Información general 4 C U R S O S VERANO es: 14 a 30 años : julio y agosto Plazo de presentación de solicitudes hasta 15 abril el 15

Más detalles

13-19 abril. Edades comprendidas entre 14 a 17 años (*) Edades comprendidas entre 14 a 17 años (*)

13-19 abril. Edades comprendidas entre 14 a 17 años (*) Edades comprendidas entre 14 a 17 años (*) CURSOS DE IDIOMAS PARA JÓVENES 2014 RESOLUCIÓN DE 6 DE FEBRERO DE 2014, del Instituto de la Juventud de Castilla y León (BOCYL 14 DE FEBRERO) CONSEJERÍA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES (INSTITUTO

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN 19314 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN RESOLUCIÓN de 29 de junio de 2011, de la Dirección General de Formación Profesional y Aprendizaje Permanente, por la que se convoca la admisión del alumnado en centros públicos

Más detalles

ADJUDICACIÓN DE DESTINOS PROVISIONALES CURSO 2015-2016

ADJUDICACIÓN DE DESTINOS PROVISIONALES CURSO 2015-2016 Colectivos 1.1 y 1.2: del 23 de junio al 3 de julio inclusive Resto colectivos: desde 27 de mayo al 8 de junio, ambos inclusive Solicitudes Formas de presentación ADJUDICACIÓN DE DESTINOS PROVISIONALES

Más detalles

2º. Ordenar la publicación de la Convocatoria adjunta y su anexo en las páginas web www.educacion.navarra.es/portal/ y www.navarra.es.

2º. Ordenar la publicación de la Convocatoria adjunta y su anexo en las páginas web www.educacion.navarra.es/portal/ y www.navarra.es. RESOLUCIÓN 222/2014, de 21 de mayo, del Director General de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan 250 plazas en cursos de inglés de los niveles B2 y C1 de las enseñanzas

Más detalles

Entre otros aspectos se recordará al alumnado los siguientes puntos:

Entre otros aspectos se recordará al alumnado los siguientes puntos: ASUNTO: COMUNICACIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACION PROFESIONAL Y RÉGIMEN ESPECIAL SOBRE ACTUACIONES A DESARROLLAR POR LOS CENTROS DOCENTES PARA INFORMAR AL ALUMNADO SOBRE LAS PRUEBAS DE ACCESO A

Más detalles

3. Ot r a s disposiciones

3. Ot r a s disposiciones Página 5049 I. Comunidad Autónoma 3. Ot r a s disposiciones Consejería de Educación, Formación y Empleo 1700 Resolución de 21 de enero de 2011, de la Dirección General de Formación Profesional y Educación

Más detalles

III. Otras Resoluciones

III. Otras Resoluciones 13477 III. Otras Resoluciones Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad 2231 Dirección General de Personal.- Resolución de 14 de mayo de 2014, por la que se convocan licencias por estudios

Más detalles

INSTRUCCIONES SOBRE EL PROCESO DE ADMISIÓN EN CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL EN LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN

INSTRUCCIONES SOBRE EL PROCESO DE ADMISIÓN EN CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL EN LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE SECRETARIA DE ESTADO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y UNIVERSIDADES DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN Y COOPERACIÓN TERRITORIAL INSTRUCCIONES SOBRE EL PROCESO

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 147 Miércoles 18 de junio de 2014 Sec. III. Pág. 46201 III. OTRAS DISPOSICIONES CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL 6441 Acuerdo de 10 de junio de 2014, de la Comisión Permanente del Consejo General

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA 13112 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA RESOLUCIÓN de 21 de abril de 2014, de la Secretaría General de Educación, por la que se convocan las pruebas para la obtención del Título de Graduado en Educación

Más detalles

En su virtud, y de conformidad con las atribuciones que tengo conferidas por el ordenamiento jurídico, RESUELVO:

En su virtud, y de conformidad con las atribuciones que tengo conferidas por el ordenamiento jurídico, RESUELVO: 13734 RESOLUCIÓN de 9 de abril de 2015, de la Secretaría General de Educación, por la que se convocan las pruebas para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, por el alumnado

Más detalles

REGLAMENTO DE ADMISIÓN A ESTUDIOS DE GRADO DE MAYORES DE 40 AÑOS POR ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA LABORAL O PROFESIONAL

REGLAMENTO DE ADMISIÓN A ESTUDIOS DE GRADO DE MAYORES DE 40 AÑOS POR ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA LABORAL O PROFESIONAL REGLAMENTO DE ADMISIÓN A ESTUDIOS DE GRADO DE MAYORES DE 40 AÑOS POR ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA LABORAL O PROFESIONAL (Aprobado por el Consejo de Gobierno, sesión de 29 de abril de 2010 y modificado en

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 119 Martes 19 de mayo de 2015 Sec. III. Pág. 42733 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS 5519 Resolución de 13 de mayo de 2015, del Instituto Nacional de Administración

Más detalles

Fundación Instituto de Estudios y Ciencias de la Salud de Castilla y León.

Fundación Instituto de Estudios y Ciencias de la Salud de Castilla y León. Fundación Instituto de Estudios y Ciencias de la Salud de Castilla y León. Convocatoria: Fecha 10 de Noviembre de 2010 Curso de Diplomado en Salud Pública (Diplomado en Sanidad) Año: 2011 La Ley 1/1993,

Más detalles

En su virtud, y de conformidad con las atribuciones que tengo conferidas por el ordenamiento jurídico, RESUELVO:

En su virtud, y de conformidad con las atribuciones que tengo conferidas por el ordenamiento jurídico, RESUELVO: 14558 RESOLUCIÓN de 20 de abril de 2015, de la Secretaría General de Educación, por la que se convoca la admisión y matriculación del alumnado en las Escuelas Oficiales de Idiomas para el curso 2015-2016.

Más detalles

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN Pág. 43416 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN A. DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN EDU/493/2013, de 20 de junio, por la que se modifican las Órdenes EDU/1061/2008, de 19 de junio, por

Más detalles

RESUELVE. Primero Objeto

RESUELVE. Primero Objeto RESOLUCIÓN de -- de julio de 2014, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se realiza una convocatoria específica para determinadas especialidades bilingües del Cuerpo de Profesores de

Más detalles

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 124 Viernes, 29 de junio de 2012 Pág. 43812 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN C. OTRAS DISPOSICIONES CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN EDU/490/2012, de 28 de junio, por

Más detalles

46 Viernes, 1 de febrero 2008 Suplemento n.º 2 al Núm. 22

46 Viernes, 1 de febrero 2008 Suplemento n.º 2 al Núm. 22 46 Viernes, 1 de febrero 2008 Suplemento n.º 2 al Núm. 22 ORDEN MAM/125/2008, de 31 de enero, por la que se convocan ayudas para paliar los daños producidos en Castilla y León por lobos y perros asilvestrados

Más detalles

ADMISIÓN Y MATRÍCULA EN EL CONSERVATORIO PROFESIONAL DE DANZA ENSEÑANZAS PROFESIONALES (CURSO 2014-2015)

ADMISIÓN Y MATRÍCULA EN EL CONSERVATORIO PROFESIONAL DE DANZA ENSEÑANZAS PROFESIONALES (CURSO 2014-2015) CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Conservatorio Profesional de Danza Kina Jiménez Almería ADMISIÓN Y MATRÍCULA EN EL CONSERVATORIO PROFESIONAL DE DANZA ENSEÑANZAS PROFESIONALES (CURSO 2014-2015) SOLICITUD DE ADMISIÓN

Más detalles

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN Pág. 45308 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN A. DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ORDEN FAM/585/2015, de 1 de julio, por la que se regulan los contenidos, duración,

Más detalles

Núm. 152. Boletín Oficial de Aragón

Núm. 152. Boletín Oficial de Aragón RESOLUCIÓN de 21 de julio de 2014, del Director General de Ordenación Académica, por la que se establecen instrucciones para la matrícula a efectos de convalidación de módulos profesionales de ciclos formativos

Más detalles

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 35 Viernes, 20 de febrero de 2015 Pág. 13998 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN C. OTRAS DISPOSICIONES CONSEJERÍA DE CULTURA Y TURISMO ORDEN CYT/82/2015, de 4 de febrero,

Más detalles

I. Comunidad Autónoma

I. Comunidad Autónoma Página 19157 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Educación, Cultura y Universidades 5728 Resolución de la Dirección General de Universidades, por la que se dictan instrucciones sobre

Más detalles

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 33 Lunes, 18 de febrero de 2013 Pág. 11495 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN C. OTRAS DISPOSICIONES CONSEJERÍA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES INSTITUTO DE

Más detalles

La Diputació de València, convoca las ayudas que se indican de acuerdo con las siguientes BASES

La Diputació de València, convoca las ayudas que se indican de acuerdo con las siguientes BASES BASES DE CONVOCATORIA DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS (CON NÚMERO DE HABITANTES HASTA 15.000), MANCOMUNIDADES Y ORGANISMOS AUTÓNOMOS LOCALES DE LA PROVINCIA DE VALENCIA, PARA LLEVAR A CABO

Más detalles

OTRAS RESOLUCIONES III PRESIDENCIA DE LA JUNTA

OTRAS RESOLUCIONES III PRESIDENCIA DE LA JUNTA 8384 III OTRAS RESOLUCIONES PRESIDENCIA DE LA JUNTA RESOLUCIÓN de 10 de abril de 2013, de la Dirección del Instituto de la Juventud de Extremadura, por la que se efectúa la convocatoria de las actividades

Más detalles

I. Comunidad Autónoma

I. Comunidad Autónoma Página 21300 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Educación, Cultura y Universidades 7169 Resolución de 19 de mayo de 2014, de Dirección General de Bienes Culturales y Enseñanzas

Más detalles

a) Bases reguladoras y diario oficial en que están publicadas: c) Objeto, condiciones y finalidad de la concesión de la subvención:

a) Bases reguladoras y diario oficial en que están publicadas: c) Objeto, condiciones y finalidad de la concesión de la subvención: CONVOCATORIA PÚBLICA DE AYUDAS MUNICIPALES A PERSONAS INMIGRANTES, PARA FACILITAR EL PAGO DE FIANZA EN ALQUILER DE VIVIENDA EN EL EJERCICIO 2010. Por la presente convocatoria se inicia el procedimiento

Más detalles

AJUNTAMENT DE RAFELGUARAF (VALENCIA)

AJUNTAMENT DE RAFELGUARAF (VALENCIA) BASES PARA LA CONSTITUCION DE BOLSA DE EMPLEO DE PERSONAL EDUCATIVO INFANTIL PARA PRESTAR SERVICIO EN LA ESCUELA DE VERANO MUNICIPAL PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA. El objeto de la presente convocatoria

Más detalles

DISPOSICIONES GENERALES

DISPOSICIONES GENERALES 22533 I DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA ORDEN de 13 de septiembre de 2013 por la que se convocan las pruebas de madurez y de carácter específico para el acceso a las enseñanzas

Más detalles

CONCESIÓN DE AYUDAS POR NACIMIENTO O ADOPCIÓN EN CASILLAS Y SU CONVOCATORIA

CONCESIÓN DE AYUDAS POR NACIMIENTO O ADOPCIÓN EN CASILLAS Y SU CONVOCATORIA Ayuntamiento de Casillas (ÁVILA) Plaza España, 1 Telef.: 91 866 71 15 Fax: 91 866 70 73 05428 Casillas (Ávila) ayuntamiento@casillas.es CONCESIÓN DE AYUDAS POR NACIMIENTO O ADOPCIÓN EN CASILLAS Y SU CONVOCATORIA

Más detalles

DATOS DEL/ DE LA REPRESENTANTE

DATOS DEL/ DE LA REPRESENTANTE COMUNICACIÓN DE TERMINACIÓN DE OBRAS SOLICITUD SUBVENCIONADAS INSTANCIA INDIVIDUAL GENERAL Espacio reservado para el Registro de entrada ÁREAS DE REHABILITACIÓN: Página 1 de 2 A CUMPLIMENTAR POR EL PERSONAL

Más detalles

RESUMEN DE LA NORMATIVA SOBRE EL ACCESO, LA MATRICULACIÓN EL PROCESO DE EVALUACIÓN Y LA ACREDITACIÓN ACADÉMICA EN LOS CICLOS FORMATIVOS.

RESUMEN DE LA NORMATIVA SOBRE EL ACCESO, LA MATRICULACIÓN EL PROCESO DE EVALUACIÓN Y LA ACREDITACIÓN ACADÉMICA EN LOS CICLOS FORMATIVOS. RESUMEN DE LA NORMATIVA SOBRE EL ACCESO, LA MATRICULACIÓN EL PROCESO DE EVALUACIÓN Y LA ACREDITACIÓN ACADÉMICA EN LOS CICLOS FORMATIVOS. Esta guía trata de resumir la nueva normativa (Orden 2694/2009 de

Más detalles

DIRECCIÓN GENERAL DE ENSEÑANZAS ESCOLARES http:/www.carm.es/educacion/

DIRECCIÓN GENERAL DE ENSEÑANZAS ESCOLARES http:/www.carm.es/educacion/ INSTRUCCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ENSEÑANZAS ESCOLARES POR LAS QUE SE ESTABLECE EL PROCESO DE MATRICULACIÓN EN CENTROS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS DE SEGUNDO CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL, EDUCACIÓN

Más detalles

Requisitos de acceso.

Requisitos de acceso. SECRETARIA DE ESTADO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL y UNIVERSIDADES DIRECCION GENERAL DE EVAlUACiÓN Y dispuesto en la Orden ECI/994/2008, de 2 de abril, por la que se establecen las normas que han

Más detalles

Ref: 09/114422.9/15. La autenticidad de este documento se puede comprobar en www.madrid.org/csv

Ref: 09/114422.9/15. La autenticidad de este documento se puede comprobar en www.madrid.org/csv Ref: 09/114422.9/15 INSTRUCCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN SECUNDARIA, FORMACIÓN PROFESIONAL Y ENSEÑANZAS DE RÉGIMEN ESPECIAL POR LAS QUE SE REGULA EL PROCESO DE ADMISIÓN DE ALUMNOS EN LOS

Más detalles

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 234 Lunes, 5 de diciembre de 2011 Pág. 92308 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN C. OTRAS DISPOSICIONES CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN EDU/1503/2011, de 24 de noviembre,

Más detalles

III. Otras Resoluciones

III. Otras Resoluciones 24100 III. Otras Resoluciones Otras Administraciones Públicas Universidad de La Laguna 3809 RESOLUCIÓN de 31 de julio de 2015, por la que se efectúa convocatoria para la selección de un becario de colaboración

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Dirección General de Gestión de Recursos Humanos

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Dirección General de Gestión de Recursos Humanos RESOLUCIÓN DE XX DE ABRIL DE 2015, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS, POR LA QUE SE HACE PÚBLICA CONVOCATORIA PARA LA FORMALIZACIÓN DE LA ACREDITACIÓN DE LA FORMACIÓN PEDAGÓGICA Y

Más detalles

Los proyectos podrán ser propuestos por el profesorado del ciclo formativo o por el alumnado.

Los proyectos podrán ser propuestos por el profesorado del ciclo formativo o por el alumnado. Instrucción nº 3/2011, de la Dirección General de Formación Profesional y Aprendizaje Permanente, sobre el módulo profesional de Proyecto incluido en los títulos de formación profesional de grado superior

Más detalles

INSTRUCCIONES DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR 2015

INSTRUCCIONES DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR 2015 INSTRUCCIONES DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR 2015 1. Requisitos. - Tener como mínimo 19 años cumplidos en el año de realización de

Más detalles

Primero.- Objeto de la convocatoria.

Primero.- Objeto de la convocatoria. RESOLUCIÓN DEL RECTORADO DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID, DE 9 DE ENERO DE 2015, POR LA QUE SE CONVOCAN AYUDAS ECONÓMICAS A LOS ESTUDIANTES MATRICULADOS EN ENSEÑANZAS DE PRIMER, SEGUNDO CICLO O GRADO EN

Más detalles

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 30 Lunes, 13 de febrero de 2012 Pág. 9410 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN C. OTRAS DISPOSICIONES CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN RESOLUCIÓN de 31 de enero de 2012, de la

Más detalles

CURSO PARA LA HABILITACIÓN COMO ASESOR O EVALUADOR DE UNIDADES DE COMPETENCIA DE CUALIFICACIONES PROFESIONALES

CURSO PARA LA HABILITACIÓN COMO ASESOR O EVALUADOR DE UNIDADES DE COMPETENCIA DE CUALIFICACIONES PROFESIONALES CURSO PARA LA HABILITACIÓN COMO ASESOR O EVALUADOR DE UNIDADES DE COMPETENCIA DE CUALIFICACIONES PROFESIONALES Objeto y ámbito de aplicación de la convocatoria: Se convoca, en el marco del Real Decreto1224/2009

Más detalles

CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE BECAS PARA EL CURSO 2015/2016 PROGRAMA DE AYUDAS AL ESTUDIO. www.fundacionintes.org/ayudas

CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE BECAS PARA EL CURSO 2015/2016 PROGRAMA DE AYUDAS AL ESTUDIO. www.fundacionintes.org/ayudas CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE BECAS PARA EL CURSO 2015/2016 PROGRAMA DE AYUDAS AL ESTUDIO www.fundacionintes.org/ayudas La Fundación Instituto de Promoción Social Intes tiene como objeto la atención

Más detalles

CONSEJERÍA DE EMPLEO, MUJER Y POLÍTICAS SOCIALES

CONSEJERÍA DE EMPLEO, MUJER Y POLÍTICAS SOCIALES 7095 CONSEJERÍA DE EMPLEO, MUJER Y POLÍTICAS SOCIALES ORDEN de 4 de marzo de 2015 por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al primer trimestre natural de 2015 para presentación de solicitudes

Más detalles

BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO

BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO 1.ª Objeto y finalidad. El objeto de las presentes bases es regular la concesión de subvenciones del Ayuntamiento

Más detalles

Normativa reguladora de las BECAS PARA EL DESARROLLO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES EN EMPRESAS.

Normativa reguladora de las BECAS PARA EL DESARROLLO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES EN EMPRESAS. Normativa reguladora de las BECAS PARA EL DESARROLLO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES EN EMPRESAS. Recogida en el DECRETO 2/2015 DE 3 DE MARZO, DE MEDIDAS URGENTES PARA FAVORECER LA INSERCIÓN LABORAL, LA ESTABILIDAD

Más detalles

RESOLUCION DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y EDUCACIÓN DE ADULTOS, POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES

RESOLUCION DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y EDUCACIÓN DE ADULTOS, POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES Folio 1/8 RESOLUCION DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y EDUCACIÓN DE ADULTOS, POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES Y SE ESTABLECE EL CALENDARIO DE ESCOLARIZACIÓN DE ALUMNADO DE CICLOS DE

Más detalles

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Orden ECI/ /2008, de 4 de febrero, por la que se convocan ayudas para cursos de lengua inglesa, durante el verano de 2008, destinadas a jóvenes de entre 18 y 30 años. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El conocimiento

Más detalles

ANEXO I. 1 DATOS PERSONALES DEL INTERESADO: Nombre y Apellidos: Municipio: Provincia: Teléfonos: E-mail:

ANEXO I. 1 DATOS PERSONALES DEL INTERESADO: Nombre y Apellidos: Municipio: Provincia: Teléfonos: E-mail: ANEXO I REGISTRO DE ENTRADA Consejería de Salud y Política Social Dirección General de Política Social y Familia SERVICIO DE PROGRAMAS SOCIALES Y MIGRACIONES SOLICITUD DE INFORME DE ESFUERZO DE INTEGRACIÓN

Más detalles

CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA ESTUDIANTES CON NECESIDADES ESPECIALES POR CAUSA DE DISCAPACIDAD CURSO 2013-14

CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA ESTUDIANTES CON NECESIDADES ESPECIALES POR CAUSA DE DISCAPACIDAD CURSO 2013-14 CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA ESTUDIANTES CON NECESIDADES ESPECIALES POR CAUSA DE DISCAPACIDAD CURSO 2013-14 El compromiso de la Universidad Carlos III de Madrid en la integración de las personas

Más detalles

III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS

III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS AÑO XXXIV Núm. 235 1 de diciembre de 2015 33301 III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS Consejería de Bienestar Social Orden de 25/11/2015, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se modifica la Orden

Más detalles

DISPOSICIONES GENERALES

DISPOSICIONES GENERALES 15142 I DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN de 14 de junio de 2010 por la que se modifica la Orden de 13 de abril de 2010 por la que se convocan las pruebas de acceso y se establecen

Más detalles

13.2 de la Ley 28/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

13.2 de la Ley 28/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Propuesta Concejalía Delegada de Bienestar Social Expte. Área de Bienestar Social Asunto: BASES REGULADORAS DEL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE AYUDAS SOCIALES PARA LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO Y MATERIAL

Más detalles

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 59 Jueves, 26 de marzo de 2015 Pág. 23259 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN C. OTRAS DISPOSICIONES CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN RESOLUCIÓN de 16 de marzo de 2015, de la

Más detalles

Becas para la participación y asistencia al IV Congreso sobre Comunicación Social de la Ciencia Madrid, 21, 22 y 23 de noviembre de 2007

Becas para la participación y asistencia al IV Congreso sobre Comunicación Social de la Ciencia Madrid, 21, 22 y 23 de noviembre de 2007 Becas para la participación y asistencia al IV Congreso sobre Comunicación Social de la Ciencia Madrid, 21, 22 y 23 de noviembre de 2007 PRESENTACIÓN Y CONDICIONES 1.- Objetivos de las ayudas En el marco

Más detalles

3. Ot r a s disposiciones

3. Ot r a s disposiciones Página 64948 I. Comunidad Autónoma 3. Ot r a s disposiciones Consejería de Educación, Formación y Empleo 19287 Orden de 9 de noviembre de 2009, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la

Más detalles

FACULTAD DE DERECHO DURACIÓN DE LA AYUDA

FACULTAD DE DERECHO DURACIÓN DE LA AYUDA FACULTAD DE DERECHO CONVOCATORIA DE AYUDA PARA LA PROVISIÓN DE UN/A BECARIO/A PARA LA SALA ARANZADI DE LA FACULTAD DE DERECHO (Curso Académico 2015-2016) En el marco normativo de las ayudas de la Universidad

Más detalles

TARJETA DE ASISTENCIA Y VOTO A DISTANCIA. Datos de identificación del Accionista

TARJETA DE ASISTENCIA Y VOTO A DISTANCIA. Datos de identificación del Accionista TARJETA DE ASISTENCIA Y VOTO A DISTANCIA Datos de identificación del Accionista Nombre y apellidos o Razón Social Domicilio Personas físicas: Documento Nacional de Identidad (España), pasaporte o cualquier

Más detalles

A la solicitud (Modelo 790) Código 077, deberán unirse los siguientes documentos:

A la solicitud (Modelo 790) Código 077, deberán unirse los siguientes documentos: SECRETARÍA DE ESTADO DE SECRETARÍA GENERAL DE Resolución de 28 de diciembre de 2.009, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se convocan exámenes teóricos ordinarios para la obtención

Más detalles

3.- Las presentes bases y anuncios sucesivos se publicarán íntegramente en la página Web de este Ayuntamiento: http://www.mutxamel.org.

3.- Las presentes bases y anuncios sucesivos se publicarán íntegramente en la página Web de este Ayuntamiento: http://www.mutxamel.org. BASES PARA LA CONCESIÓN DE UNA BECA DE FORMACIÓN PARA JOVENES DESEMPLEADOS EN EL MARCO DEL LA CONVOCATORIA DE SUBVENCION DE LA DIPUTACION DE ALICANTE DESTINADA A AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA. BASE PRIMERA.

Más detalles

RESUELVO Primero.- Segundo.- Tercero.-

RESUELVO Primero.- Segundo.- Tercero.- Resolución de 18 de septiembre de 2015, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, por la que se convoca segundo proceso de adjudicación informatizada de sustituciones en

Más detalles

III. Otras Resoluciones

III. Otras Resoluciones 6764 III. Otras Resoluciones Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad 1442 Instituto Canario de Administración Pública (I.C.A.P.).- Resolución de 25 de marzo de 2015, del Director, por la que se

Más detalles

CONVOCATORIA DE BECAS-PREMIO PARA ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS. FUNDACIÓ PRIVADA P. i P. PIZARROSO BASES PARA EL CURSO 2015-2016

CONVOCATORIA DE BECAS-PREMIO PARA ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS. FUNDACIÓ PRIVADA P. i P. PIZARROSO BASES PARA EL CURSO 2015-2016 CONVOCATORIA DE BECAS-PREMIO PARA ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS FUNDACIÓ PRIVADA P. i P. PIZARROSO BASES PARA EL CURSO 2015-2016 La Fundación Privada P. i P. Pizarroso, convoca para el curso 2015-2016 las

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA 12932 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA ORDEN de 25 de abril de 2014 por la que se regula la admisión y matriculación de alumnado en régimen de enseñanza libre, en las Escuelas Oficiales de Idiomas. (2014050090)

Más detalles

Por todo ello, esta Dirección General ha resuelto dictar las siguientes Instrucciones:

Por todo ello, esta Dirección General ha resuelto dictar las siguientes Instrucciones: Ref: 09/646409.9/13 DIRECCIÓN GENERAL DE BECAS Y Resolución de la Dirección General de Becas y Ayudas a la Educación por la que se dictan instrucciones relativas a la organización y financiación de los

Más detalles

2º BACHILLERATO EXPERIMENTAL. BACHILLER SUPERIOR. TÍTULO UNIVERSITARIO O EQUIVALENTE. TÉCNICO AUXILIAR (FP1)

2º BACHILLERATO EXPERIMENTAL. BACHILLER SUPERIOR. TÍTULO UNIVERSITARIO O EQUIVALENTE. TÉCNICO AUXILIAR (FP1) EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 8 DE ABRIL DE 2015: INSTRUCCIONES Y CALENDARIO DE LOS PROCESOS ORDINARIO Y EXTRAORDINARIO DE ADMISIÓN DE ALUMNOS A LOS CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO Y GRADO SUPERIOR DE

Más detalles

Por ello, esta Dirección General, ha resuelto dictar las siguientes instrucciones:

Por ello, esta Dirección General, ha resuelto dictar las siguientes instrucciones: INSTRUCCIONES de la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente para el desarrollo del Programa de Formación en centros de trabajo durante el curso 2007-2008 La Orden de la Consejería

Más detalles

III. Otras Resoluciones

III. Otras Resoluciones 20657 III. Otras Resoluciones Otras Administraciones Públicas Universidad de La Laguna 4003 RESOLUCIÓN de 16 de julio de 2013, por la que se efectúa convocatoria para la selección de un becario de colaboración

Más detalles

3. El acuerdo del Consejo Social aprobando los precios públicos de los cursos se producirá en las fechas convenientes.

3. El acuerdo del Consejo Social aprobando los precios públicos de los cursos se producirá en las fechas convenientes. NORMAS DE MATRICULA DE TITULOS PROPIOS DE POSGRADO (Reglamento aprobado por la Comisión Permanente de Junta de Gobierno el 16 de Julio de 1999 y modificado el 16 de junio de 2000 y 31 de enero de 2002.)

Más detalles

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 58 Miércoles, 25 de marzo de 2015 Pág. 21870 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN B. AUTORIDADES Y PERSONAL B.2. Oposiciones y Concursos CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN RESOLUCIÓN

Más detalles

ANTECEDENTES. 1 de 5. Plaza Dr. Juan Bosch Millares, nº 1 35004 - Las Palmas de Gran Canaria Telf.: 928 30 80 02

ANTECEDENTES. 1 de 5. Plaza Dr. Juan Bosch Millares, nº 1 35004 - Las Palmas de Gran Canaria Telf.: 928 30 80 02 RESOLUCION DE LA DEL SCS, EN EL MARCO DEL PROCESO SELECTIVO PARA LA PROVISIÓN DE PLAZAS BÁSICAS VACANTES DE LA CATEGORÍA DE TÉCNICO/A TITULADO/A MEDIO DIPLOMADO/A EN EMPRESARIALES, CONVOCADO POR RESOLUCIÓN

Más detalles

desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos.

desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos. RESOLUCIÓN DE 31 DE MAYO 2012, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA POR LA QUE SE APRUEBAN NUEVAS APLICACIONES INFORMÁTICAS PARA LAS ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS AUTOMATIZADAS

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 266 Viernes 4 de noviembre de 2011 Sec. III. Pág. 115755 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO 17437 Orden ITC/2973/2011, de 26 de octubre, por la que se convocan las

Más detalles

INSTRUCCIONES AUTOMATRÍCULA INSTITUTO DE IDIOMAS (sólo Estudios propios) CURSO 2014/2015

INSTRUCCIONES AUTOMATRÍCULA INSTITUTO DE IDIOMAS (sólo Estudios propios) CURSO 2014/2015 INSTRUCCIONES AUTOMATRÍCULA INSTITUTO DE IDIOMAS (sólo Estudios propios) CURSO 2014/2015 Todos los estudiantes del Instituto de Idiomas (sólo estudios propios), con las excepciones que se indican en el

Más detalles

INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DE PRECIOS REDUCIDOS DEL COMEDOR ESCOLAR PARA EL CURSO 2012-2013

INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DE PRECIOS REDUCIDOS DEL COMEDOR ESCOLAR PARA EL CURSO 2012-2013 Ref: 09/643833.9/12 Dirección General de Becas y Ayudas a la INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DE PRECIOS REDUCIDOS DEL COMEDOR ESCOLAR PARA EL CURSO 2012-2013 Mediante la Orden 9955/2012, de 30 de agosto,

Más detalles

Comercio Secretariado

Comercio Secretariado Ciclos Formativos a los que afecta esta guía: Comercio Secretariado UN CURSO ACADÉMICO + UN TRIMESTRE (FCT) Curso 2014/2015 Página1 1. Organización de la Formación Profesional 3 2. Asistencia a clase.

Más detalles

AYUDAS DESTINADAS A PRESTAR APOYO FINANCIERO A LAS PYMES MADRILEÑAS PARA MEJORA DE SU COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO TECNOLÓGICO.

AYUDAS DESTINADAS A PRESTAR APOYO FINANCIERO A LAS PYMES MADRILEÑAS PARA MEJORA DE SU COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO TECNOLÓGICO. AYUDAS DESTINADAS A PRESTAR APOYO FINANCIERO A LAS PYMES MADRILEÑAS PARA MEJORA DE SU COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO TECNOLÓGICO. 1 Os comunicamos en el día de hoy, el ACUERDO de 5 de mayo de 2011, del Consejo

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA 22487 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA ORDEN de 30 de junio de 2014 por la que se convoca el proceso de admisión en la modalidad a distancia de los módulos voluntarios de Programas de Cualificación Profesional

Más detalles

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA ACOGIMIENTO TEMPORAL DE MENORES EXTRANJEROS.

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA ACOGIMIENTO TEMPORAL DE MENORES EXTRANJEROS. CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA ACOGIMIENTO TEMPORAL DE MENORES EXTRANJEROS. PRIMERA. OBJETO. El objeto de la presente convocatoria es la concesión de ayudas para la financiación de gastos de desplazamiento

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Pág. 45 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Educación, Juventud y Deporte 10 ORDEN 1317/2015, de 7 de mayo, de la Consejeria de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regula

Más detalles

Igualmente, VIVA podrá incorporar otras viviendas que, siendo de su propiedad, así lo determine su consejo de Administración.

Igualmente, VIVA podrá incorporar otras viviendas que, siendo de su propiedad, así lo determine su consejo de Administración. Protocolo de actuación relativo al procedimiento de selección de adquirentes de las viviendas de protección pública usadas en el que interviene la Sociedad Municipal de Suelo y Vivienda, S.L. El Ayuntamiento

Más detalles

Es objeto de las presentes Bases, elaborar una bolsa de trabajo URGENTE para la cobertura temporal del

Es objeto de las presentes Bases, elaborar una bolsa de trabajo URGENTE para la cobertura temporal del BASES PARA LA FORMACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO URGENTE DE MONITORES DEPORTIVOS ( especialidad de Taekwondo y Balonmano ), EN EL AYUNTAMIENTO DE PILAR DE LA HORADADA. PRIMERA.- OBJETO Es objeto de las

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 225 Jueves 17 de septiembre de 2009 Sec. I. Pág. 77569 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN 14719 Real Decreto 1374/2009, de 28 de agosto, por el que se establecen dos certificados

Más detalles

Normativa para Trabajos Fin de Grado. Escuela Te cnica Superior de Ingenierı a Informa tica. Universidad de Sevilla

Normativa para Trabajos Fin de Grado. Escuela Te cnica Superior de Ingenierı a Informa tica. Universidad de Sevilla Normativa para Trabajos Fin de Grado Escuela Te cnica Superior de Ingenierı a Informa tica Universidad de Sevilla Contenido 1. Propósito... 3 2. Naturaleza... 3 3. Comisión de Centro... 3 4. Coordinador...

Más detalles

Formación de Especialistas en Ciencias de la Salud GUIA PARA LA GESTIÓN DE ROTACIONES EXTERNAS DE ESPECIALISTAS EN FORMACIÓN EN CIENCIAS DE LA SALUD

Formación de Especialistas en Ciencias de la Salud GUIA PARA LA GESTIÓN DE ROTACIONES EXTERNAS DE ESPECIALISTAS EN FORMACIÓN EN CIENCIAS DE LA SALUD Formación de Especialistas en Ciencias de la Salud GUIA PARA LA GESTIÓN DE ROTACIONES EXTERNAS DE ESPECIALISTAS EN FORMACIÓN EN CIENCIAS DE LA SALUD Subdirección General de Formación y Acreditación Docente

Más detalles

CONVOCATORIA DE BECAS-PREMIO PARA ALUMNADO UNIVERSITARIO. FUNDACIÓ PRIVADA P. i P. PIZARROSO BASES PARA EL CURSO 2014-2015

CONVOCATORIA DE BECAS-PREMIO PARA ALUMNADO UNIVERSITARIO. FUNDACIÓ PRIVADA P. i P. PIZARROSO BASES PARA EL CURSO 2014-2015 CONVOCATORIA DE BECAS-PREMIO PARA ALUMNADO UNIVERSITARIO FUNDACIÓ PRIVADA P. i P. PIZARROSO BASES PARA EL CURSO 2014-2015 La Fundación Privada P. i P. Pizarroso, convoca para el curso 2014-2015 las Becas-Premio

Más detalles