DIVIDENDOS Y ACTIVOS FIJOS NO GRAVADOS EN EL IICA. Consejo de Estado, Expediente No , mayo 19/11

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "DIVIDENDOS Y ACTIVOS FIJOS NO GRAVADOS EN EL IICA. Consejo de Estado, Expediente No. 18263, mayo 19/11"

Transcripción

1 Agosto de 2011 Boletín Informativo No. 251 DIVIDENDOS Y ACTIVOS FIJOS NO GRAVADOS EN EL IICA Consejo de Estado, Expediente No , mayo 19/11 Varias afirmaciones que deseamos exponer: A) Grava la actividad: Lo que genera la obligación de declarar y pagar IICA no es la naturaleza jurídica de la entidad que realice las actividades gravadas, sino la actividad misma que desarrolle dentro del territorio respectivo. B) Habitualidad o no: Tampoco se exige que la actividad se ejerza de manera profesional (de forma exclusiva, habitual o continua), ya que la actividad que le genere la obligación puede cumplirse de manera concomitante con otras gravadas y de forma permanente u ocasional, lo que excluye la habitualidad como requisito para ser responsable del tributo. C) Activos fijos: La utilidad en venta de construcciones y edificios, si bien en el certificado expedido por la Cámara de Comercio se registra la autorización para comprar y venderlos, indudablemente dichos bienes no se enajenan dentro del giro ordinario de los negocios de la entidad, por lo que se trata de activos fijos, cuya utilidad en venta no puede ser gravada con ICA (Art. 42 Decreto Distrital 352/02). D) Dividendos: Si bien dentro de las actividades mercantiles se incluye la intervención como asociado en constitución de sociedades, actos de administración o negociación onerosa de las cuotas o acciones (numeral 5º artículo 20 C.Co.), considera que la percepción de dividendos en el caso particular (entidad sin animo de lucro) no encaja en ninguna de ellas, ya que no ha constituido ni administrado sociedad comercial alguna, ni tiene como objeto social principal la venta de acciones o cuotas, lo que realiza esporádicamente o las recibe en calidad de donación, ni para enajenarlas en el giro ordinario de sus negocios, sino para que permanezcan en su patrimonio con el fin de obtener ingresos destinados al desarrollo de su objeto. Los ingresos por dividendos no los recibe en ejercicio de actividad alguna enumerada en el Código de Comercio (numeral 5º artículo 20 citado), ya que los dividendos se generan pasivamente al poseer las acciones, sin necesidad de ejecutar ninguna actividad comercial, industrial o de servicios, y son el producto de la distribución ordinaria que hacen las sociedades anónimas en favor de sus accionistas de la utilidad neta realizada en el año gravable, en aplicación del artículo 30 del Estatuto Tributario, utilidad sobre la que ya la sociedad ha pagado el correspondiente impuesto, por lo que gravar de nuevo el resultado de dicha distribución, constituiría además, un doble gravamen (se subraya). Contactos: josehflorez@fastauditores.com saul.garzon@fastauditores.com anibalblanco@fastauditores.com

2 A continuación afirma que los dividendos no devienen del ejercicio de ninguna actividad gravada sino de las acciones que le pertenecen, cuyo objeto es formar parte del activo fijo (se subraya); y siendo las acciones un activo fijo en el caso particular (inversión de carácter permanente) no puede entenderse que con la distribución de los dividendos que de ellas se derivan se realice actividad gravada con el impuesto de industria y comercio, pues ni siquiera la utilidad obtenida en la venta de activos fijos se encuentra sujeta al tributo (subrayamos). Incluso, aún cuando el caso particular es una entidad de beneficencia, también afirma que si la percepción de dividendos no encaja en las actividades mercantiles ya citadas, no es dable encuadrar la percepción de dividendos como actividad mercantil, aún para el evento de que quien los perciba tenga la calidad de comerciante (resaltamos). De su calidad de activo fijo enumera diversa jurisprudencia (Exp de abril 3/08 ver Boletín 219, Exp de noviembre 16/01, Exp de marzo 5/99). Ya comentamos igualmente que similar conclusión (no se deriva de actividad alguna) se ha observado en algunas jurisprudencia reciente en el tema de la diferencia en cambio (Ver Boletín 237). SE PERMITE LA DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES EN ESPECIE Supersociedades, Oficio , Febrero 20/11 Aunque en principio solo se refiere a la posibilidad que en sucursales o sociedades con inversión del exterior se reparta los dividendos en especie diferentes al efectivo o participaciones, lo hace extensivo a todo tipo de sociedad. En principio señala que ello es posible ya que la apertura o incorporación de una sucursal de una sociedad del exterior es una prolongación de la compañía y es parte de una organización, que se descentraliza sin lograr por ello una personificación nueva y distinta de la sociedad. Dichas sucursales de sociedades extranjeras, a pesar de ser establecimientos de comercio, pueden repartir sus beneficios o utilidades de acuerdo a los resultados obtenidos del balance del fin de ejercicio. Luego, una vez decretado el dividendo, las sumas que deben ser enviadas a la casa matriz se constituye en un pasivo a favor de la sociedad en el exterior. Si bien el dividendo debe ser pagado en dinero efectivo (artículo 455), sin embargo, por tratarse de un derecho económico a favor de la sociedad en el exterior o de los partícipes (en el caso de sociedades domiciliadas en el país), puede ser aceptado que el pago sea hecho en un activo distinto al dinero en efectivo (se subraya). Dicho pago en especie es aceptado por quien ha incorporado la sucursal y por quien tiene derecho a percibirlo en dinero en efectivo, consultando los intereses de su sucursal al momento de determinar cuál activo le va a ser entregado en pago de sus dividendos. 2

3 Adiciona que en el caso de sociedades comerciales domiciliadas en el país, la norma general es que el dividendo debe hacerse en dinero efectivo y, excepcionalmente, cuando se trate del reparto del mismo en las sociedades anónimas, puede no obstante hacerse en participaciones. Por tanto, la regla general de distribución de dividendos ha previsto el pago en especie, en participaciones, sin embargo a juicio de esta Oficina es posible hacer el pago en bienes en especie, distinto a las acciones, siempre que los accionistas de manera expresen acepten que les sea entregado un bien distinto al dinero en efectivo y que la asamblea al determinar el dividendo haya previsto esta posibilidad para el pago (su subraya). Quiere decir que no solo se podrán entregar a cambio de las utilidades, el dinero en efectivo o las acciones liberadas de la misma sociedad, sino que sería posible entonces hacerlo con mercancías de la sociedad o en servicios que ésta presta, e incluso en cualquier otro activo social como pueden ser acciones que aquella posea en otras sociedades. DECLARACIÓN DE RETENCIONES SIN PAGO CONCOMITANTE Concepto DIAN No de10 de agosto de 2011 Con base en lo señalado en el art ET incluido por la ley 1430 de 2010, señala que es manifiesto el objetivo perseguido por el legislador de establecer para los agentes de retención, la obligación del pago total de las retenciones en la fuente, concomitante con la presentación de la respectiva declaración, de lo contrario opera su ineficacia de pleno derecho, sin necesidad de acto administrativo que así lo declare. Exceptúa cuando el agente de retención sea titular de un saldo a favor igual o superior a UVT, susceptible de compensarse con la declaración de retención en la fuente, generado antes de su presentación, y solicitarse la compensación dentro del término establecido en la Ley. Tratándose de las declaraciones de retención que se presentan en forma electrónica, el pago debe efectuarse en la misma fecha de presentación de la declaración. Se fundamenta igualmente en la exposición de motivos de la Ley 1430 de 2010, frente al artículo 15, que señaló: La norma consagra, entonces, la ineficacia de pleno derecho, de las declaraciones de retención en la fuente presentadas sin pago, para sancionar efectivamente el incumplimiento en la obligación de trasladar las sumas retenidas a la Administración Tributaria y obligar a los agentes de retención al pago total de las retenciones, junto con sus respectivos intereses y sanciones, en forma concomitante con la presentación de la respectiva declaración, sin que tal ineficacia esté supeditada a un pronunciamiento previo de la Administración Tributaria. El problema que se observa tanto de la norma como de éste concepto es que si la declaración de retención se presenta antes de su vencimiento y se paga hasta el día del vencimiento, la declaración se tiene por no presentada ya que la exigencia como se interpreta debe ser 3

4 concomitante con la presentación. PROPIEDAD HORIZONTAL NO RESPONSABLE DEL IVA POR PARQUEADEROS Consejo de Estado, Expediente No , julio 27/11 Considera no es procedente la sanción por no presentar la declaración del IVA por una propiedad horizontal comercial (Unicentro) ya que de acuerdo con el artículo 33 de la Ley 675 de 2001, régimen jurídico de la propiedad horizontal, la persona jurídica respectiva es de naturaleza civil, sin ánimo de lucro y tendrá la calidad de no contribuyente de impuestos nacionales, así como del impuesto de industria y comercio, en relación con las actividades propias de su objeto social. Afirma que sin excepción, que la persona jurídica originada en la constitución de la propiedad horizontal, tiene la calidad de no contribuyente de impuestos nacionales, y del impuesto de Industria y Comercio, pero sólo en relación con las actividades propias de su objeto social, y que la destinación de algunos bienes que produzcan renta para sufragar expensas comunes, no desvirtúa la calidad de persona jurídica sin ánimo de lucro. Dado que su objeto es administrar correcta y eficazmente los bienes y servicios comunes (artículo 32 de la Ley 675 de 2001), no discrimina entre bienes comunes esenciales y no esenciales, por lo que no es dable que la Administración Tributaria lo haga endilgar la calidad de contribuyente del IVA de la actora. Puede la administración privada optar por alternativas que permita obtener ingresos adicionales al usual concepto de administración, opciones plenamente autorizadas (Ley 675 de 2001, artículo 19 que autorizan la explotación económica de bienes comunes Las contraprestaciones económicas así obtenidas serán para el beneficio común de la copropiedad y se destinarán al pago de expensas comunes del edificio o conjunto, o a los gastos de inversión. En ese sentido el H. Consejo afirma que las actividades de explotación de bienes comunes que realiza la actora, como la de parqueadero, se encuentra dentro de las que puede realizar la administración de la Ciudadela Comercial Unicentro para sufragar gastos inherentes a la existencia de la propiedad horizontal, por lo que al explotar económicamente bienes comunes como el parqueadero para sufragar expensas comunes, lo hace dentro de las actividades propias de su objeto, y por lo tanto no es sujeto pasivo del IVA, (aunque no es parte del proceso, a renglón seguido realiza la misma afirmación frente al impuesto de industria y comercio) en relación con las actividades propias de su objeto social, lo que incluye la explotación de bienes comunes como el parqueadero, porque es un servicio complementario a la actividad del Centro Comercial, sin el cual no podrían ejercer su actividad comercial con comodidad, eficiencia y utilidad a los clientes de la misma, lo que iría en detrimento del actor. Tal posición se vuelve mas relevante con la expedición del Decreto 1060 de 2009, que al 4

5 reglamentar la Ley 675 de 2001, señalo que forma parte del objeto social de la persona jurídica originada en la constitución de la propiedad horizontal los actos y negocios jurídicos que se realicen sobre los bienes comunes por su representante legal, relacionados con la explotación económica de los mismos que permitan su correcta y eficaz administración, con el propósito de obtener contraprestaciones económicas que se destinen al pago de expensas comunes del edificio o conjunto y que además facilitan la existencia de la propiedad horizontal, su estabilidad, funcionamiento, conservación, seguridad, uso, goce o explotación de los bienes de dominio particular. Es pues, parte de la esencia de estas entidades no solo la simple administración de los bienes comunes, sino también su explotación económica para obtener recursos que cubran las expensas comunes. Tribunal Adm/tivo de Cund., Expediente No , agosto 28/11 En el mismo planteamiento jurídico (esta vez con el C.C. Hacienda Santa Bárbara) al que igualmente se le impuso sanción por no declarar en el IVA, concluye en igual sentido. Considera que es dable concluir que la explotación económica de los bienes comunes esenciales y no esenciales, no desnaturaliza la propiedad horizontal como entidad sin ánimo de lucro, porque precisamente el objeto de ésta es el mantenimiento de los bienes comunes y no la distribución de los excedentes o las utilidades de un período. Los bienes comunes no esenciales pertenecen en común y proindiviso a los propietarios, y por disposición legal pueden ser objeto de explotación económica para el beneficio común de la copropiedad. La persona jurídica originada de la constitución de la propiedad horizontal, tiene la calidad de no contribuyente de impuestos nacionales, y del impuesto de industria y comercio, en relación con las actividades propias de su objeto social, sin ningún tipo de discriminación o distinción. Su calidad de no contribuyente sólo se predica en relación con las actividades propias de su objeto social (art. 33 ley 675/01). De realizar actividades ajenas a su objeto social, la persona jurídica (propiedad horizontal) pierde su calidad de no contribuyente de impuestos nacionales, y del impuesto de industria y comercio. Bajo argumentos similares a la sentencia anterior concluye que el objeto social de las copropiedades no cobija de manera exclusiva la administración de los bienes comunes (esenciales y no esenciales), sino que conlleva también su explotación económica con el fin de obtener recursos que se destinen para el pago de las expensas comunes; que en casos como el presente, y en lo atinente a los bienes comunes, tienen relación con la actividad propia del objeto social, ni puede ser considerada como actividad comercial y/o de prestación de servicios paralela a las actividades propias del objeto social de esa persona jurídica. Luego, forzoso concluir que HACIENDA SANTA BÁRBARA no es contribuyente del IVA por explotar económicamente los bienes comunes, por tener la calidad de no contribuyente de impuestos 5

6 nacionales, en este caso, del IVA, en relación con las actividades propias de su objeto social. También hace referencia a la expedición posterior del Decreto 1060 de 2009, que reglamenta la Ley 675 de 2001, señalando que la exclusión del IVA no surge con el decreto (tampoco podía crearlo o devenía en ilegal) sino que está señalada y surge en la misma ley anterior. Tribunal Adm/tivo de Cund., Expediente No , julio 15/11 Como información adicional, resulta curioso que en una sentencia fallada días antes, en sentido contrario al proceso anterior, también en una propiedad horizontal comercial (Centro Comercial Palatino), había señalado que si tiene la calidad de responsable en el IVA, aún enfatizando su carácter de entidad civil. En este caso la Sala estima que el servicio de estacionamiento a terceros distintos de la propiedad horizontal no se encuentra en su objeto social propio, no es un servicio común, y por el contrario, se ajusta a la descripción de servicios gravados con el IVA (artículo 1 del Decreto 1372 de 1992), y por ende, con el ejercicio de dicha actividad se adquiere la calidad de contribuyente, o responsable del IVA de un servicio que es gravado. De ser apelable esta decisión se encontrará con la posición del Consejo de Estado citada en el aparte anterior, que de ser mantenida y reiterada tendrá incluso la misma consecuencia que el mismo Tribunal ya adoptó en sentencia posterior arriba ya enlistada. Cordial saludo, José Hernán Flórez Pachón 6

Definición. Posibilidad de realizar actividades económicas

Definición. Posibilidad de realizar actividades económicas AUTONOMÍA SUR SCA La asociación como fórmula de economía social La fórmula asociativa como una organización autogestionada del trabajo, unidad económica para la subsistencia y el compromiso social Área

Más detalles

Novedades Tributarias

Novedades Tributarias NOVEDADES TRIBUTARIAS Presentamos, a continuación, algunos puntos en materia tributaria que consideramos de su interés: El retiro de bienes corporales muebles efectuado por el responsable para su uso o

Más detalles

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES-DIAN

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES-DIAN DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES-DIAN Concepto 55853 (100208221 693) (Bogotá D.C., 04 de septiembre de 2013) Ref.: Solicitud radicado 43546 del 26/06/2013 Tema: Impuestos Nacionales Descriptores:

Más detalles

ASUNTO: LA SUCURSAL DE SOCIEDAD EXTRANJERA NO TIENE CAPACIDAD PARA SER SOCIA DE SOCIEDADES COLOMBIANAS, LA PARTICIPACIÓN PERTENECE A SU MATRIZ.

ASUNTO: LA SUCURSAL DE SOCIEDAD EXTRANJERA NO TIENE CAPACIDAD PARA SER SOCIA DE SOCIEDADES COLOMBIANAS, LA PARTICIPACIÓN PERTENECE A SU MATRIZ. OFICIO 220-124869 DEL 08 DE AGOSTO DE 2014 ASUNTO: LA SUCURSAL DE SOCIEDAD EXTRANJERA NO TIENE CAPACIDAD PARA SER SOCIA DE SOCIEDADES COLOMBIANAS, LA PARTICIPACIÓN PERTENECE A SU MATRIZ. Me refiero a su

Más detalles

TRATAMIENTOS DE DISTRIBUCION DE DIVIDENDOS DESDE EL PERIODO 2015

TRATAMIENTOS DE DISTRIBUCION DE DIVIDENDOS DESDE EL PERIODO 2015 TRATAMIENTOS DE DISTRIBUCION DE DIVIDENDOS DESDE EL PERIODO 2015 Cuáles son todos los efectos tributarios que conlleva el cambio de tasa a la distribución de los dividendos para el 2015? a) Naturaleza

Más detalles

CONCEPTO 28887 DE 21 DE OCTUBRE DE 2015 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES. Bogotá, D.C.

CONCEPTO 28887 DE 21 DE OCTUBRE DE 2015 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES. Bogotá, D.C. CONCEPTO 28887 DE 21 DE OCTUBRE DE 2015 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES Bogotá, D.C. Doctora PATRICIA GONZÁLEZ VASCO Subdirectora de Gestión de Recursos Financieros DIAN Carrera 7 No. 6 C -

Más detalles

(B.O.P de Guadalajara de 31 de diciembre de 2003)

(B.O.P de Guadalajara de 31 de diciembre de 2003) ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE TASA POR APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL, A FAVOR DE EMPRESAS EXPLOTADORAS DE SERVICIOS DE SUMINISTROS DE INTERÉS GENERAL. (B.O.P de Guadalajara de 31

Más detalles

2.- Consideración de las retribuciones en especie como operaciones sujetas al Impuesto sobre el Valor Añadido.

2.- Consideración de las retribuciones en especie como operaciones sujetas al Impuesto sobre el Valor Añadido. Nota sobre indirecta el tratamiento de las retribuciones en especie en la imposición 1.- Introducción El objetivo de la presente nota es comentar las Consultas de la Dirección General de Tributos V1379-11

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE TAVERNES BLANQUES

AYUNTAMIENTO DE TAVERNES BLANQUES ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL, A FAVOR DE EMPRESAS EXPLOTADORAS DE SERVICIOS DE SUMINISTROS DE INTERÉS GENERAL Artículo 1. Fundamento y naturaleza.

Más detalles

En relación con las operaciones comerciales que pueden realizarse en el país, se formulan las siguientes consultas:

En relación con las operaciones comerciales que pueden realizarse en el país, se formulan las siguientes consultas: INFORME N. 054-2013-SUNAT/4B0000 MATERIA: En relación con las operaciones comerciales que pueden realizarse en el país, se formulan las siguientes consultas: 1. Una empresa no inscrita en el Registro Único

Más detalles

CONCEPTO No. 201. Referencia: Consulta No.17569 del 26 de julio de 1994 Impuesto de Industria y Comercio Subtema: Actividades no sujetas

CONCEPTO No. 201. Referencia: Consulta No.17569 del 26 de julio de 1994 Impuesto de Industria y Comercio Subtema: Actividades no sujetas Santafé de Bogotá, D.C., 21 de octubre de 1994 CONCEPTO No. 201 Referencia: Consulta No.17569 del 26 de julio de 1994 Tema: Impuesto de Industria y Comercio Subtema: Actividades no sujetas Apreciada Señora:

Más detalles

REGIMEN FISCAL DE LAS RETRIBUCIONES PERCIBIDAS POR LOS SOCIOS DE ENTIDADES MERCANTILES.

REGIMEN FISCAL DE LAS RETRIBUCIONES PERCIBIDAS POR LOS SOCIOS DE ENTIDADES MERCANTILES. REGIMEN FISCAL DE LAS RETRIBUCIONES PERCIBIDAS POR LOS SOCIOS DE ENTIDADES MERCANTILES. El pasado mes de marzo la AEAT publicó una nota sobre distintas consideraciones del régimen fiscal de los socios

Más detalles

CONFORMACIÓN DE EMPRESAS Y SOCIEDADES. Número de personas que pueden conformar la empresa:

CONFORMACIÓN DE EMPRESAS Y SOCIEDADES. Número de personas que pueden conformar la empresa: CONFORMACIÓN DE EMPRESAS Y SOCIEDADES Número de personas que pueden conformar la empresa: Una vez el futuro empresario haya identificado y definido la actividad económica a desarrollar deberá definir el

Más detalles

IMPUESTO A LA RIQUEZA INSOLVENCIA - VALORIZACIONES

IMPUESTO A LA RIQUEZA INSOLVENCIA - VALORIZACIONES Calle 102 A No. 47A-09 Carrera42 A No. 7-50 A Of. 612 Bogotá D.C. Colombia Medellín Colombia T +57 17059000 T +57 44446790 F +57 16226614 F +57 43212040 E info@co.gt.com E nestor.jimenez@co.gt.com www.gtcolombia.com

Más detalles

El artículo 45 del Reglamento antes citado, desarrolla este precepto, precisando lo siguiente:

El artículo 45 del Reglamento antes citado, desarrolla este precepto, precisando lo siguiente: Informe 0105/2010 La consulta plantea si resulta conforme a la normativa de protección de datos el envío de comunicaciones publicitarias, relativas a los servicios que presta la empresa consultante, a

Más detalles

DIVISION DE GESTIÓN DE ASISTENCIA AL CLIENTE DIRECCION SECCIONAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS MANIZALES

DIVISION DE GESTIÓN DE ASISTENCIA AL CLIENTE DIRECCION SECCIONAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS MANIZALES DIVISION DE GESTIÓN DE ASISTENCIA AL CLIENTE DIRECCION SECCIONAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS MANIZALES CONTRIBUYENTES DEL REGIMEN TRIBUTARIO ESPECIAL CONTRIBUYENTES CON TRATAMIENTO TRIBUTARIO ESPECIAL Las corporaciones,

Más detalles

que sea suficiente a estos efectos una marca lógica o el mantenimiento de otro fichero alternativo en el que se registren las bajas producidas.

que sea suficiente a estos efectos una marca lógica o el mantenimiento de otro fichero alternativo en el que se registren las bajas producidas. Otras cuestiones de interés. Cumplimiento de obligaciones previstas en la LOPD por parte de la administración Concursal de una sociedad mercantil. Informe 064/2006 El consultante solicita información acerca

Más detalles

ORDENANZA NUMERO 16. Artículo 1.Al amparo del previsto en los Artículos 57 y 24.1 C del Real Decreto

ORDENANZA NUMERO 16. Artículo 1.Al amparo del previsto en los Artículos 57 y 24.1 C del Real Decreto ORDENANZA NUMERO 16 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PUBLICO LOCAL A FAVOR DE EMPRESAS EXPLOTADORAS DE SERVICIOS DE SUMINISTROS DE INTERÉS GENERAL FUNDAMENTO

Más detalles

BOLETÍN TRIBUTARIO - 183 CONCEPTOS DIAN 1. ADMINISTRACIÓN BIENES INCAUTADOS LEY 785 DE 2002 - FACILIDADES DE PAGO INTERESES MORATORIOS

BOLETÍN TRIBUTARIO - 183 CONCEPTOS DIAN 1. ADMINISTRACIÓN BIENES INCAUTADOS LEY 785 DE 2002 - FACILIDADES DE PAGO INTERESES MORATORIOS BOLETÍN TRIBUTARIO - 183 CONCEPTOS DIAN 1. ADMINISTRACIÓN BIENES INCAUTADOS LEY 785 DE 2002 - FACILIDADES DE PAGO INTERESES MORATORIOS La DIAN conforme a la solicitud del consultante, en el sentido de

Más detalles

FACTURACIÓN POR COMPUTADOR - SOFTWARE. Concepto DIAN No. 036081 de abril 30 de 2009

FACTURACIÓN POR COMPUTADOR - SOFTWARE. Concepto DIAN No. 036081 de abril 30 de 2009 FACTURACIÓN POR COMPUTADOR - SOFTWARE Concepto DIAN No. 036081 de abril 30 de 2009 Mayo de 2009 - No. 226 Ahora que esta de moda el envío de oficios de la DIAN requiriendo información acerca de la facturación

Más detalles

ACTIVOS REALES PRODUCTIVOS NOTA: Entiéndase en la lectura que el 30% ha cambiado por 40%, según la Ley 1111 de 2006.

ACTIVOS REALES PRODUCTIVOS NOTA: Entiéndase en la lectura que el 30% ha cambiado por 40%, según la Ley 1111 de 2006. ACTIVOS REALES PRODUCTIVOS NOTA: Entiéndase en la lectura que el 30% ha cambiado por 40%, según la Ley 1111 de 2006. Que son activos reales productivos? Según el Artículo 2 del Decreto 1766 de 2004: Para

Más detalles

ALCALDIA MAYOR DE BOGOTA D.C. Bogotá D.C., Noviembre 24 de 2004

ALCALDIA MAYOR DE BOGOTA D.C. Bogotá D.C., Noviembre 24 de 2004 Bogotá D.C., Noviembre 24 de 2004 CONCEPTO No.1059 Señora MARIELA RANGEL LEON Carrera 37 No. 185-53 Apto 422 Ciudad Al contestar cite este No. 2004EE133417 225/24-11-04 Asunto: Radicación 2004ER82981 del

Más detalles

Reglamento de ejecución de la Ley de nombres comerciales, denominaciones sociales y rótulos de establecimiento

Reglamento de ejecución de la Ley de nombres comerciales, denominaciones sociales y rótulos de establecimiento Reglamento de ejecución de la Ley de nombres comerciales, denominaciones sociales y rótulos de establecimiento EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El Reglamento de ejecución de la Ley de nombres comerciales, denominaciones

Más detalles

CIRCULAR EXTERNA No. 005 (Abril 6 de 2000)

CIRCULAR EXTERNA No. 005 (Abril 6 de 2000) CIRCULAR EXTERNA No. 005 (Abril 6 de 2000) Señores Representantes Legales, Revisores Fiscales y Contadores de las sociedades sometidas a Inspección, Vigilancia o Control de la Superintendencia de Sociedades.

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0238/2009

Gabinete Jurídico. Informe 0238/2009 Informe 0238/2009 La consulta plantea dudas respecto a si, en aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, la comunicación de datos personales

Más detalles

SOCIEDAD NACIONAL DE LA CRUZ ROJA COLOMBIANA. Instructivo Liquidación retenciones de impuestos por anticipos

SOCIEDAD NACIONAL DE LA CRUZ ROJA COLOMBIANA. Instructivo Liquidación retenciones de impuestos por anticipos 1. Objeto Asegurar la actividad de retenciones realizadas en el momento de adquisición de un bien o servicio prestado a la Sociedad de la Cruz Roja Colombiana. 2. Alcance Aplica para todas las retenciones

Más detalles

Notas sobre el Tratamiento Tributario de la Enajenación de Bienes Raíces. Diciembre 2013

Notas sobre el Tratamiento Tributario de la Enajenación de Bienes Raíces. Diciembre 2013 Notas sobre el Tratamiento Tributario de la Enajenación de Bienes Raíces Diciembre 2013 Enajenación de bienes raíces Régimen General Mayor valor obtenido en la enajenación de bienes raíces Régimen Tributario

Más detalles

Prohibición del lucro en las universidades: alcances y consecuencias

Prohibición del lucro en las universidades: alcances y consecuencias Prohibición del lucro en las universidades: alcances y consecuencias Andrés Bernasconi Facultad de Educación Pontificia Universidad Católica de Chile Plan de la exposición 1. Naturaleza jurídica de las

Más detalles

DIAN Resolución 000263 29-12-2014

DIAN Resolución 000263 29-12-2014 DIAN Resolución 000263 29-12-2014 Por la cual se prescriben y habilitan los formularios y formatos para el cumplimiento de las obligaciones tributarias, en el año 2015. El Director General de Impuestos

Más detalles

Establecido el objeto del informe y la problemática que pretende afrontar, se realizan las siguientes consideraciones: I Régimen jurídico

Establecido el objeto del informe y la problemática que pretende afrontar, se realizan las siguientes consideraciones: I Régimen jurídico INFORME DE LA INTERVENCIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID DE 17 DE ENERO DE 2008. OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y DE SEGURIDAD SOCIAL. CERTIFICADOS PARA ACREDITAR HALLARSE AL CORRIENTE DE TALES OBLIGACIONES.

Más detalles

ENTIDADES NO LUCRATIVAS

ENTIDADES NO LUCRATIVAS ENTIDADES NO LUCRATIVAS Marzo 2015 Ricardo García Nieto Conde rgn@asepyme.es ASEPYME BCN S.A.P. C/ Josep Irla i Bosch 1 3 Bajos 08034 Barcelona Spain Telf. 00.34.93.205.33.01 www.asepyme.es 1 Obligaciones

Más detalles

RÉGIMEN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA EN LA INVERSIÓN DE CAPITAL DEL EXTERIOR DE PORTAFOLIO - LEY 1607 de 2012

RÉGIMEN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA EN LA INVERSIÓN DE CAPITAL DEL EXTERIOR DE PORTAFOLIO - LEY 1607 de 2012 RÉGIMEN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA EN LA INVERSIÓN DE CAPITAL DEL EXTERIOR DE PORTAFOLIO - LEY 1607 de 2012 Crowe Horwath CO S.A. www.crowehorwath.com.co Certificado de Gestión de Calidad INVERSIÓN EXTRANJERA-

Más detalles

INSOTAX SAS. COMUNICADOS TRIBUTARIOS De: JOSE LIBARDO HOYOS RAMIREZ Fecha: 1 de Noviembre de 2013 TEMA: DONACIONES PARTIDOS POLITICOS SUB TEMA:

INSOTAX SAS. COMUNICADOS TRIBUTARIOS De: JOSE LIBARDO HOYOS RAMIREZ Fecha: 1 de Noviembre de 2013 TEMA: DONACIONES PARTIDOS POLITICOS SUB TEMA: INSOTAX SAS COMUNICADOS TRIBUTARIOS De: JOSE LIBARDO HOYOS RAMIREZ Fecha: 1 de Noviembre de 2013 TEMA: DONACIONES PARTIDOS POLITICOS SUB TEMA: 1-DONACION PARTIDOS POLITICOS La Ley 1475 de julio 16 de 2011

Más detalles

PREGUNTAS AL FORO IMPUESTO SOBRE LA RENTA PARA LA EQUIDAD CREE FECHA: 8 DE ABRIL DE 2014 MURO

PREGUNTAS AL FORO IMPUESTO SOBRE LA RENTA PARA LA EQUIDAD CREE FECHA: 8 DE ABRIL DE 2014 MURO PREGUNTAS AL FORO IMPUESTO SOBRE LA RENTA PARA LA EQUIDAD CREE FECHA: 8 DE ABRIL DE 2014 MURO 1. Los intereses presuntivos se toman como ingreso base para calcular el CREE? No, los intereses presuntivos

Más detalles

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Concepto 77944 del 2013 Diciembre 4

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Concepto 77944 del 2013 Diciembre 4 Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Concepto 77944 del 2013 Diciembre 4 De conformidad con el artículo 19 del Decreto 4048 de 2008 y la Orden Administrativa No. 000006 de 2009, es función de ésta

Más detalles

La concesión minera es un derecho real e inmueble

La concesión minera es un derecho real e inmueble TRIBUTACIÓN DE LA RENTA DE LA ENAJENACIÓN DE CONCESIONES MINERAS DE EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN Para comenzar a clarificar cuál es la situación tributaria que afecta a las concesiones mineras tanto de exploración

Más detalles

2.11.1 CONTRATAS Y SUBCONTRATAS NOTAS

2.11.1 CONTRATAS Y SUBCONTRATAS NOTAS NOTAS 1 Cuando en un mismo centro de trabajo desarrollen actividades trabajadores de dos o más empresas, éstas deberán cooperar en la aplicación de la normativa sobre prevención de riesgos laborales. A

Más detalles

Responsables del Impuesto Sobre las Ventas en el Régimen Común Responsables del Impuesto Sobre las Ventas en el Régimen Simplificado.

Responsables del Impuesto Sobre las Ventas en el Régimen Común Responsables del Impuesto Sobre las Ventas en el Régimen Simplificado. DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES Bogotá, D. C., 20 de marzo de 2014 100202208-311 Área: Tributaria Señor GUILLERMO ALZATE DUQUE Carrera 20 B N 65-35 Manizales Referencia: Radicado 100011081

Más detalles

VOTO PARTICULAR QUE FORMULA EL SEÑOR MINISTRO SERGIO A. VALLS HERNÁNDEZ, EN LA CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 132/2006.

VOTO PARTICULAR QUE FORMULA EL SEÑOR MINISTRO SERGIO A. VALLS HERNÁNDEZ, EN LA CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 132/2006. VOTO PARTICULAR QUE FORMULA EL SEÑOR MINISTRO SERGIO A. VALLS HERNÁNDEZ, EN LA CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 132/2006. La mayoría del Tribunal en Pleno, determinó reconocer la validez de la Ley Federal de

Más detalles

Cuál es la fiscalidad de los planes y fondos de pensiones?

Cuál es la fiscalidad de los planes y fondos de pensiones? 4 Cuál es la fiscalidad de los planes y fondos de pensiones? 4.1. Cuáles son los principios generales? 4.2. Cuál es la fiscalidad del fondo de pensiones? 4.3. Cuál es la fiscalidad del promotor? 4.4. Cuál

Más detalles

En lo que se refiere a la asignación a la Iglesia Católica, se reproduce aquí lo indicado en informe de 30 de julio de 2009 al respecto:

En lo que se refiere a la asignación a la Iglesia Católica, se reproduce aquí lo indicado en informe de 30 de julio de 2009 al respecto: Informe 0524/2009 La consulta plantea diversas cuestiones relativas al nivel de seguridad que habrá de implantarse sobre los ficheros relacionados con la actividad de asesoramiento fiscal, desarrollada

Más detalles

Desagregando las normas transcritas, tenemos que la capacidad de la sociedad se circunscribe a tres clases de actos:

Desagregando las normas transcritas, tenemos que la capacidad de la sociedad se circunscribe a tres clases de actos: PRESTAMOS Capacidad de las sociedades A fin de dilucidar si una sociedad puede o no hacer préstamos a sus asociados o a terceros, independientemente del tipo societario, según la doctrina vigente de la

Más detalles

COLEGIO COLOMBIANO DE PSICÓLOGOS Concepto Jurídico

COLEGIO COLOMBIANO DE PSICÓLOGOS Concepto Jurídico 1 Bogotá D.C., 20 de Octubre de 2009 COLEGIO COLOMBIANO DE PSICÓLOGOS Concepto Jurídico El Colegio Colombiano de Psicólogos es una entidad gremial, de derecho privado, sin ánimo de lucro, con personería

Más detalles

REFORMA TRIBUTARIA 2012 Modificaciones a los ingresos no constitutivos de renta. JUAN GUILLERMO RUIZ 22 de enero de 2013

REFORMA TRIBUTARIA 2012 Modificaciones a los ingresos no constitutivos de renta. JUAN GUILLERMO RUIZ 22 de enero de 2013 REFORMA TRIBUTARIA 2012 Modificaciones a los ingresos no constitutivos de renta JUAN GUILLERMO RUIZ 22 de enero de 2013 CONTENIDO DE LA EXPOSICIÓN Prima en colocación de acciones. Utilidad en la enajenación

Más detalles

Régimen fiscal de los donativos donaciones y aportaciones realizadas

Régimen fiscal de los donativos donaciones y aportaciones realizadas Régimen fiscal de los donativos, donaciones y aportaciones realizadas a favor de las fundaciones a las que sea de aplicación el régimen fiscal previsto en el Título II de la Ley 49/2002 Página1 Régimen

Más detalles

LA DECLARACION FISCAL CONSOLIDADA

LA DECLARACION FISCAL CONSOLIDADA DECLARACIÓN FISCAL CONSOLIDADA. Jorge Tua Pereda 1 LA DECLARACION FISCAL CONSOLIDADA 1. CARACTERISTICAS Y CONDICIONES GENERALES 2. EL CONCEPTO DE GRUPO A EFECTOS FISCALES 2.1. Condiciones comunes a dominante

Más detalles

MR Consultores. Jornadas de Capacitación y Actualización Tributaria IMPUESTO A LAS GANANCIAS IMPOSICIÓN SOBRE LA RENTA FINANCIERA

MR Consultores. Jornadas de Capacitación y Actualización Tributaria IMPUESTO A LAS GANANCIAS IMPOSICIÓN SOBRE LA RENTA FINANCIERA MR Consultores Jornadas de Capacitación y Actualización Tributaria IMPUESTO A LAS GANANCIAS IMPOSICIÓN SOBRE LA RENTA FINANCIERA Expositor: Marcelo D. Rodríguez GANANCIA POR VENTA DE ACCIONES, TITULOS,

Más detalles

Planes de pensiones:

Planes de pensiones: Planes de pensiones: 1) Características de un plan de pensiones: La persona a cuyo favor se constituye el plan de pensiones : Asume la obligación de realizar a aportaciones al plan de pensiones. Tiene

Más detalles

Ficheros creados al amparo de la Ley 12/2003, de 21 de mayo, de prevención y bloqueo de la financiación del terrorismo.

Ficheros creados al amparo de la Ley 12/2003, de 21 de mayo, de prevención y bloqueo de la financiación del terrorismo. Ficheros creados al amparo de la Ley 12/2003, de 21 de mayo, de prevención y bloqueo de la financiación del terrorismo. Informe 364/2006 La consulta plantea, si le resulta de aplicación al tratamiento

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0049/2009

Gabinete Jurídico. Informe 0049/2009 Informe 0049/2009 La consulta plantea dudas acerca de la necesidad de solicitar el consentimiento de los arquitectos y aparejadores que prestan servicios para la consultante, para poder ceder sus datos

Más detalles

GUÍA DE NORMAS DE RETENCIONES DEL ITBMS CONTENIDAS A NIVEL DE DECRETO EJECUTIVO

GUÍA DE NORMAS DE RETENCIONES DEL ITBMS CONTENIDAS A NIVEL DE DECRETO EJECUTIVO GUÍA DE NORMAS DE RETENCIONES DEL ITBMS CONTENIDAS A NIVEL DE DECRETO EJECUTIVO I. TEXTO DEL ARTÍCULO 19 DEL DECRETO EJECUTIVO NO. 84 DE 26 DE AGOSTO DE 2005, CON TODAS SUS MODIFICACIONES REGLAMENTARIAS

Más detalles

BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO

BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO 1.ª Objeto y finalidad. El objeto de las presentes bases es regular la concesión de subvenciones del Ayuntamiento

Más detalles

LEGAL FLASH I ÁREA DE DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO

LEGAL FLASH I ÁREA DE DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO LEGAL FLASH I ÁREA DE DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO 23 de julio de 2015 MODIFICACIONES DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS Y DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES EN MATERIA DE OBLIGACIONES DE

Más detalles

Con relación al recibo de donaciones en las instituciones educativas, esta Oficina se ha pronunciado así:

Con relación al recibo de donaciones en las instituciones educativas, esta Oficina se ha pronunciado así: Bogotá, D. C. Señora LUZ ELENA SOPO MARTINEZ SAC 415729 CORDIS - 13322 Asunto: Inquietudes sobre gratuidad de la educación OBJETO DE LA CONSULTA ( ) las instituciones educativas pueden recibir donaciones

Más detalles

BANCO DE PREGUNTAS LEY 1607 DE DICIEMBRE 26 DE 2012

BANCO DE PREGUNTAS LEY 1607 DE DICIEMBRE 26 DE 2012 BANCO DE PREGUNTAS LEY 1607 DE DICIEMBRE 26 DE 2012 1º.Respecto a las sanciones independientes que en el acto administrativo no se identifica el año gravable o que en el título ejecutivo no se identifica

Más detalles

CONSORCIOS Y UNIONES TEMPORALES DIVISION DE GESTIÓN Y ASISTENCIA AL CLIENTE DIRECCIÓN SECCIONAL DE IMPUESTOS DE VILLAVICENCIO

CONSORCIOS Y UNIONES TEMPORALES DIVISION DE GESTIÓN Y ASISTENCIA AL CLIENTE DIRECCIÓN SECCIONAL DE IMPUESTOS DE VILLAVICENCIO DIVISION DE GESTIÓN Y ASISTENCIA AL CLIENTE DIRECCIÓN SECCIONAL DE IMPUESTOS DE VILLAVICENCIO MARCO LEGAL El art. 7º de la ley 80 de 1993 Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.

Más detalles

COMO SELECCIONAR LA OPCIÓN MAS APROPIADA AL ESTABLECER UNA SOCIEDAD MEXICANA PARA HACER NEGOCIOS EN MEXICO

COMO SELECCIONAR LA OPCIÓN MAS APROPIADA AL ESTABLECER UNA SOCIEDAD MEXICANA PARA HACER NEGOCIOS EN MEXICO COMO SELECCIONAR LA OPCIÓN MAS APROPIADA AL ESTABLECER UNA SOCIEDAD MEXICANA PARA HACER NEGOCIOS EN MEXICO Resumen preparado por Debido a la complejidad de las leyes que regulan las transacciones internacionales

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0290/2008

Gabinete Jurídico. Informe 0290/2008 Informe 0290/2008 La consulta plantea, que tipo de relación debe mantener la entidad consultante y la propietaria del edificio a los efectos de cumplir con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de

Más detalles

DECLARACIONES DE INFORMACIÓN AL BANCO DE ESPAÑA. NUEVO MODELO DE DECLARACIÓN ENCUESTAS DE TRANSACCIONES EXTERIORES (ETE)

DECLARACIONES DE INFORMACIÓN AL BANCO DE ESPAÑA. NUEVO MODELO DE DECLARACIÓN ENCUESTAS DE TRANSACCIONES EXTERIORES (ETE) CIRCULAR 1/14 Enero 2014 La Circular 4/2012 del Banco de España (BOE del 4 de mayo del 2012), cuya entrada en vigor tuvo lugar el día 1 de enero de 2013, ha introducido modificaciones muy significativas

Más detalles

SOCIEDADES COMERCIALES

SOCIEDADES COMERCIALES Sociedades Comerciales: Son de naturaleza comercial cuando contemplan dentro de su objeto social la ejecución de una o más actividades mercantiles entre ellas se encuentran: o Sociedades de Personas o

Más detalles

Dale Impulso. Dos) Proyecto Crowd-Funding.

Dale Impulso. Dos) Proyecto Crowd-Funding. Dale Impulso Mediante la plataforma DaleImpulso contenida en la página web www.daleimpulso.com, en adelante también denominada la página web, administrada por la empresa Club On Line, los empresarios y/o

Más detalles

NIFBdM C-7 OTRAS INVERSIONES PERMANENTES

NIFBdM C-7 OTRAS INVERSIONES PERMANENTES NIFBdM C-7 OTRAS INVERSIONES PERMANENTES OBJETIVO Establecer los criterios de valuación, presentación y revelación para el reconocimiento inicial y posterior de las otras inversiones permanentes del Banco.

Más detalles

EL PROFESIONAL AUTONOMO ECONOMICAMENTE DEPENDIENTE

EL PROFESIONAL AUTONOMO ECONOMICAMENTE DEPENDIENTE EL PROFESIONAL AUTONOMO ECONOMICAMENTE DEPENDIENTE Introducción Es frecuente en consultas de odontólogos, podólogos, oftalmólogos, etc. encontrar que se ejerce la profesión en forma societaria (sociedades

Más detalles

ALICACION DEL IVA Y EL IMPUESTO DE TRASMISIONES PATRIMONIALES A LA COMPRAVENTA DE EMBARCACIONES.

ALICACION DEL IVA Y EL IMPUESTO DE TRASMISIONES PATRIMONIALES A LA COMPRAVENTA DE EMBARCACIONES. Autor: Yamandú Rodríguez Caorsi Abogado ALICACION DEL IVA Y EL IMPUESTO DE TRASMISIONES PATRIMONIALES A LA COMPRAVENTA DE EMBARCACIONES. I. OBJETO El objeto de este informe es el analizar la sujeción del

Más detalles

EL CAMBIO DE DOMICILIO DE LAS PERSONAS JURÍDICAS Y SUS EFECTOS EN EL IMPUESTO A LA RENTA

EL CAMBIO DE DOMICILIO DE LAS PERSONAS JURÍDICAS Y SUS EFECTOS EN EL IMPUESTO A LA RENTA EL CAMBIO DE DOMICILIO DE LAS PERSONAS JURÍDICAS Y SUS EFECTOS EN EL IMPUESTO A LA RENTA 1 CRISTINA CHANG DICIEMBRE DE 2008 CAMBIO DE DOMICILIO (CON CAMBIO DE REGISTRO) 2 En el curso de las actividades

Más detalles

Ley 1607 de 2012, Art. 3º

Ley 1607 de 2012, Art. 3º DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES Concepto 024059 2013-04-24 Oficio No. 100202208 516 Doctor JAVIER LISARDO MONTOYA GRAJALES Director Seccional de Impuestos de Medellín UAE Dirección de Impuestos

Más detalles

Respecto al tratamiento tributario de las diferencias de cambio para efecto de la determinación del Impuesto a la Renta, se plantea lo siguiente:

Respecto al tratamiento tributario de las diferencias de cambio para efecto de la determinación del Impuesto a la Renta, se plantea lo siguiente: INFORME N. 021-2012-SUNAT/4B0000 MATERIA: Respecto al tratamiento tributario de las diferencias de cambio para efecto de la determinación del Impuesto a la Renta, se plantea lo siguiente: Una persona jurídica

Más detalles

Constitución de fondos de empleados y asociaciones mutuales

Constitución de fondos de empleados y asociaciones mutuales Constitución de fondos de empleados y asociaciones mutuales Recuerde portar su cédula de ciudadanía o de extranjería original vigente cuando nos visite, será necesaria para cualquier trámite! 1_Fondos

Más detalles

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES Concepto 028932 Bogotá, D. C. 14-05-2013. 100202208-00 638 Dirección de Gestión de Aduanas

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES Concepto 028932 Bogotá, D. C. 14-05-2013. 100202208-00 638 Dirección de Gestión de Aduanas DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES Concepto 028932 Bogotá, D. C. 14-05-2013 100202208-00 638 Dirección de Gestión de Aduanas Doctora DIANA CONSTANZA PERDOMO ORTIZ Oficina Económica y Comercial

Más detalles

QUIERO CREAR UNA SOCIEDAD LIMITADA LABORAL

QUIERO CREAR UNA SOCIEDAD LIMITADA LABORAL QUIERO CREAR UNA SOCIEDAD LIMITADA LABORAL CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES Nº SOCIOS Mínimo 3. La mayoría tiene que ser sociotrabajador RESPONSABILIDAD Limitada PERSONALIDAD Jurídica CAPITAL Mínimo 3006. Como

Más detalles

I. QUE ES UNA ENTIDAD? 3. a. CARACTERISTICAS DE UNA ENTIDAD 3. b. TIPOS DE ENTIDAD 3. a. PARTES Y CARACTERISTICAS DE UNA CUENTA. 5

I. QUE ES UNA ENTIDAD? 3. a. CARACTERISTICAS DE UNA ENTIDAD 3. b. TIPOS DE ENTIDAD 3. a. PARTES Y CARACTERISTICAS DE UNA CUENTA. 5 Contabilidad Básica Edición 00 00000000 2015 INDICE: I. QUE ES UNA ENTIDAD? 3 a. CARACTERISTICAS DE UNA ENTIDAD 3 b. TIPOS DE ENTIDAD 3 a. PARTES Y CARACTERISTICAS DE UNA CUENTA. 5 b. CUENTAS REALES 5

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0299/2009

Gabinete Jurídico. Informe 0299/2009 Informe 0299/2009 La consulta plantea, si la Mutua para las que trabaja la consultante tiene la consideración de responsable o encargadas del tratamiento conforme a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre

Más detalles

COMENTARIO A LEY 20/2007, DE 11 DE JULIO, DEL ESTATUTO DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO, SOBRE ASPECTOS DE LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL

COMENTARIO A LEY 20/2007, DE 11 DE JULIO, DEL ESTATUTO DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO, SOBRE ASPECTOS DE LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL COMENTARIO A LEY 20/2007, DE 11 DE JULIO, DEL ESTATUTO DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO, SOBRE ASPECTOS DE LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL 1.- LA SITUACIÓN DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS

Más detalles

RP-CSG-027.00. Fecha de aprobación 2012-03-08

RP-CSG-027.00. Fecha de aprobación 2012-03-08 Reglamento Particular para la Auditoría Reglamentaria de Prevención de Riesgos Laborales según el Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/1997) RP-CSG-027.00 Fecha de aprobación 2012-03-08 ÍNDICE

Más detalles

DOCTRINA No. III NEGOCIACIONES DE VALORES DE RENTA VARIABLE Y DE RENTA FIJA INSCRITOS EN EL REGISTRO DEL MERCADO DE VALORES Y EN LAS BOLSAS DE VALORES

DOCTRINA No. III NEGOCIACIONES DE VALORES DE RENTA VARIABLE Y DE RENTA FIJA INSCRITOS EN EL REGISTRO DEL MERCADO DE VALORES Y EN LAS BOLSAS DE VALORES DOCTRINA No. III NEGOCIACIONES DE VALORES DE RENTA VARIABLE Y DE RENTA FIJA INSCRITOS EN EL REGISTRO DEL MERCADO DE VALORES Y EN LAS BOLSAS DE VALORES El término negociación, entendido en su sentido natural

Más detalles

PENSIÓN, MESADA PENSIONAL, CUENTA CORRIENTE O DE AHORROS, CUOTA DE MANEJO Concepto 2008013624-001 del 4 de agosto de 2008.

PENSIÓN, MESADA PENSIONAL, CUENTA CORRIENTE O DE AHORROS, CUOTA DE MANEJO Concepto 2008013624-001 del 4 de agosto de 2008. PENSIÓN, MESADA PENSIONAL, CUENTA CORRIENTE O DE AHORROS, CUOTA DE MANEJO Concepto 2008013624-001 del 4 de agosto de 2008. Síntesis: Las cuentas corrientes o de ahorro en las que se consignan las mesadas

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0076/2014

Gabinete Jurídico. Informe 0076/2014 Informe 0076/2014 La consulta plantea el procedimiento a seguir en aplicación de los dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal, y su Reglamento

Más detalles

PASOS PARA CREAR UNA EMPRESA

PASOS PARA CREAR UNA EMPRESA Queespersonajurídica: PASOS PARA CREAR UNA EMPRESA Sellamapersonajurídicaaunapersonaficticia,capazdeejercerderechosycontraerobligaciones, ydeserrepresentajudicialyextrajudicialmente.sondedosclases: Las

Más detalles

INFORME UCSP Nº: 2011/0070

INFORME UCSP Nº: 2011/0070 MINISTERIO DE LA POLICÍA CUERPO NACIONAL DE POLICÍA COMISARÍA GENERAL DE SEGURIDAD CIUDADANA INFORME UCSP Nº: 2011/0070 FECHA 07/07/2011 ASUNTO Centro de control y video vigilancia integrado en central

Más detalles

INFORME N. 071-2013-SUNAT/4B0000 MATERIA:

INFORME N. 071-2013-SUNAT/4B0000 MATERIA: INFORME N. 071-2013-SUNAT/4B0000 MATERIA: En relación con el supuesto en que un banco del exterior otorgue una fianza o garantía que respalde a bancos locales para que estos emitan una carta fianza que

Más detalles

JUNTA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

JUNTA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA JUNTA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA INFORME 3/2006, DE LA JUNTA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE NAVARRA, SOBRE LA EXISTENCIA DE OBLIGACIÓN DE EMITIR FACTURA POR LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DOCENTES

Más detalles

2014 Néstor A. Jiménez J. Derechos reservados. Celular 3155003650

2014 Néstor A. Jiménez J. Derechos reservados. Celular 3155003650 Diplomado Práctico en NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA (NIIF) Tema 24: Estados financieros separados NIC 27 Estados financieros consolidados NIIF 10 Estados financieros separados y consolidados

Más detalles

S I N T E S I S T R I B U T A R I A (Agosto, 2011) No.65

S I N T E S I S T R I B U T A R I A (Agosto, 2011) No.65 S I N T E S I S T R I B U T A R I A (Agosto, 2011) No.65 Las ideas son capitales que solo ganan intereses entre las manos del talento Conde de Rivarol PRÉSTAMOS O ANTICIPOS DE DINERO A LOS ACCIONISTAS

Más detalles

Qué tiene que hacer para crear una empresa? Consulte al notario. www.notariado.org

Qué tiene que hacer para crear una empresa? Consulte al notario. www.notariado.org Qué tiene que hacer para crear una empresa? Consulte al notario www.notariado.org La creación de empresas es uno de los principales indicadores de la actividad económica de un país. A mayor tejido empresarial,

Más detalles

DE LOS TIPOS DE COMPAÑIAS PARA CONDUCIR NEGOCIOS EN LOS ESTADOS UNIDOS

DE LOS TIPOS DE COMPAÑIAS PARA CONDUCIR NEGOCIOS EN LOS ESTADOS UNIDOS OCTUBRE 2013 DE LOS TIPOS DE COMPAÑIAS PARA CONDUCIR NEGOCIOS EN LOS ESTADOS UNIDOS Si usted ha pensado en constituir una compañía en los Estados Unidos, debe pensar primero en cuáles son las alternativas

Más detalles

Boletín de Actualización

Boletín de Actualización Boletín de Actualización Diciembre de 2005 - No. 186 ARRENDAMIENTO VS. TRABAJADOR INDEPENDIENTE Concepto 38854 de Junio 23 de 2005. Tomando en consideración la descripción de actividades económicas, y

Más detalles

Ministerio de Hacienda y Crédito Público DECRETO ( )

Ministerio de Hacienda y Crédito Público DECRETO ( ) República de Colombia Ministerio de Hacienda y Crédito Público DECRETO ( ) Por el cual se modifica el Régimen General de Inversiones de Capital del Exterior en Colombia y de Capital Colombiano en el Exterior

Más detalles

1. Fondo Nacional de Formaciòn Profesional de la Industria de la Construcciòn- FIC

1. Fondo Nacional de Formaciòn Profesional de la Industria de la Construcciòn- FIC Concepto de la obligación que tienen los empleadores de la industria de la construcción de realizar un aporte al Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción-FIC y la de vinculación

Más detalles

Ediciones Jurisprudencia del Trabajo, C.A. L. Laboral A. Extraordinario Nº 13 2014 AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 13

Ediciones Jurisprudencia del Trabajo, C.A. L. Laboral A. Extraordinario Nº 13 2014 AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 13 AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 13 LAS ORGANIZACIONES SIN FINES DE LUCRO NO SON APORTANTES INCES En fecha veinticinco (25) de junio de, el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central,

Más detalles

MINUTA TRANSFORMACIÓN DE SOSTENEDORES EN PERSONAS JURÍDICAS SIN FINES DE LUCRO

MINUTA TRANSFORMACIÓN DE SOSTENEDORES EN PERSONAS JURÍDICAS SIN FINES DE LUCRO MINUTA TRANSFORMACIÓN DE SOSTENEDORES EN PERSONAS JURÍDICAS SIN FINES DE LUCRO Introducción. El artículo 2 del Proyecto de Ley que Regula la Admisión de los y las Estudiantes, Elimina el Financiamiento

Más detalles

ASPECTOS TRIBUTARIOS RELACIONADOS CON LA REPARTICION DE DIVIDENDOS. Reforma Tributaria FEBRERO 2011 2

ASPECTOS TRIBUTARIOS RELACIONADOS CON LA REPARTICION DE DIVIDENDOS. Reforma Tributaria FEBRERO 2011 2 1 ASPECTOS TRIBUTARIOS RELACIONADOS CON LA REPARTICION DE DIVIDENDOS Reforma Tributaria FEBRERO 2011 2 CONSIDERACIONES GENERALES DOBLE IMPOSICION DOBLE IMPOSICION JURIDICA DOBLE IMPOSICION ECONOMICA 3

Más detalles

RÉGIMEN FISCAL DE LAS ENTIDADES DE TENENCIA DE VALORES EXTRANJEROS.

RÉGIMEN FISCAL DE LAS ENTIDADES DE TENENCIA DE VALORES EXTRANJEROS. Informe Sobre, RÉGIMEN FISCAL DE LAS ENTIDADES DE TENENCIA DE VALORES EXTRANJEROS. (DOCUMENTO Nº 5) P&A CONSULTORES DEPARTAMENTO TRIBUTARIO Madrid, OCTUBRE 2004. 1 1. INTRODUCCIÓN. El régimen de las ETVE

Más detalles

5.2.1. DECRETO 32/1997, de 25 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para el ejercicio de actividades turístico-informativas privadas.

5.2.1. DECRETO 32/1997, de 25 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para el ejercicio de actividades turístico-informativas privadas. 5.2.1. DECRETO 32/1997, de 25 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para el ejercicio de actividades turístico-informativas privadas. El Estatuto de Autonomía para Cantabria atribuye a esta Comunidad

Más detalles

PREGUNTAS FRECUENTES. relativas a las DECLARACIONES INFORMATIVAS MODELOS 340 Y 347

PREGUNTAS FRECUENTES. relativas a las DECLARACIONES INFORMATIVAS MODELOS 340 Y 347 PREGUNTAS FRECUENTES relativas a las DECLARACIONES INFORMATIVAS MODELOS 340 Y 347 (Declaración informativa de operaciones incluidas en los libros registro y otras operaciones, regulada en el artículo 36

Más detalles

PRIMERA: Importe neto de la cifra de negocios.

PRIMERA: Importe neto de la cifra de negocios. Resolución de 16 de mayo de 1991, del Presidente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas por la que se fijan criterios generales para determinar el "importe neto de la cifra de negocios" (BOE

Más detalles

3. De ser negativa la pregunta anterior, procede aplicarlo como gasto deducible en el ejercicio en que el impuesto es efectivamente pagado?

3. De ser negativa la pregunta anterior, procede aplicarlo como gasto deducible en el ejercicio en que el impuesto es efectivamente pagado? INFORME N. 023-2015-SUNAT/5D0000 MATERIA: Se plantea el supuesto de una empresa domiciliada en el Perú que tiene una sucursal en otro país( 1 ), a través de la cual obtiene utilidades que son enviadas

Más detalles

NOVEDADES FISCALES PARA EL 2013

NOVEDADES FISCALES PARA EL 2013 N.I: 2013-01-22/2 NOTIICIIAS DE IINTERÉS GENERAL NOVEDADES FISCALES PARA EL 2013 Apreciados Clientes, Le pasamos a detallar como continuación de nuestra anterior Circular, las novedades más importantes

Más detalles

BENEFICIOS TRIBUTARIOS APLICABLES EN LA IMPORTACIÓN DE BIENES AL PAÍS POR EMPRESAS DEL SECTOR MINERO Y PETROLERO

BENEFICIOS TRIBUTARIOS APLICABLES EN LA IMPORTACIÓN DE BIENES AL PAÍS POR EMPRESAS DEL SECTOR MINERO Y PETROLERO BENEFICIOS TRIBUTARIOS APLICABLES EN LA IMPORTACIÓN DE BIENES AL PAÍS POR EMPRESAS DEL SECTOR MINERO Y PETROLERO Al momento de hacer una planeación de compras internacionales, los departamentos de logística

Más detalles