LÍMITES DE COBERTURA - PLANES SERVICIOS AMÉRICA DEL SUR INTERNACIONAL EURO TOP

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1 Llame a cobrar a la Central de Atención - 24 horas del día - por el teléfono (desde cualquier Índice General: 1. CUADRO DE GARANTÍAS 2. DISPOSICIONES GENERALES 3. PROCEDIMIENTO PARA EL PEDIDO DE ASISTENCIA 4. DEFINICIONES 5. SERVICIOS DE ASISTENCIA 6. VIGENCIA 7. CONVERSIÓN 8. EXCLUSIONES DE LOS SERVICIOS DE ASISTENCIA 9. TERRITORIALIDAD 10. LIMITACIÓN DE LOS SERVICIOS DE ASISTENCIA 11. EXTENSIONES DE LA VALIDEZ DEL CERTIFICADO 12. CANCELACIONES 13. SUBROGACIÓN 14. SEGUROS 15. SEGURO DE EXTRAVÍO DE EQUIPAJE 16. SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES 17. FORO 1. CUADRO DE GARANTÍAS La validez y aplicación de las garantías descritas a continuación están sujetas a las Cláusulas de estas Condiciones Generales. LÍMITES DE COBERTURA - PLANES SERVICIOS AMÉRICA DEL SUR INTERNACIONAL EURO TOP Alcance geográfico Países en América del Sur, Países en el exterior, Europa y demás países en el Europa y demás países, excepto Colombia excepto Europa y Colombia exterior, excepto Colombia excepto Colombia Asistencia médica por accidente o enfermedad US$ ,00 US$ , ,00 US$ ,00 Asistencia farmacéutica US$ 200,00 US$ 300,00 300,00 US$ 500,00 Asistencia odontológica US$ 200,00 US$ 500,00 500,00 US$ 700,00 Hospedaje tras alta hospitalaria US$ 60,00 por día hasta un US$ 80,00 por día hasta un 80,00 por día hasta un US$ 120,00 por día hasta un Visita al Cliente hospitalizado Clase económica Clase económica Clase económica Clase económica Hospedaje del acompañante US$ 60,00 por día hasta un US$ 80,00 por día hasta un 80,00 por día hasta un US$ 120,00 por día hasta máximo de 05 días un Acompañamiento de menores Clase económica Clase económica Clase económica Clase económica Garantía de viaje de regreso (máximo de) Clase económica Clase económica Clase económica Clase económica Retorno de familiares en caso de fallecimiento del Cliente no se aplica Clase económica Clase económica Clase económica Regreso anticipado por fallecimiento de pariente o cónyuge no se aplica Clase económica Clase económica Clase económica Asistencia jurídica US$ 1.000,00 US$ 1.000, ,00 US$ 2.000,00 Adelanto de Fianza US$ 10, US$ , ,00 US$ ,00 Traslado sanitario entre hospitales US$ ,00 US$ , ,00 US$ ,00 Repatriación sanitaria US$ ,00 US$ , ,00 US$ ,00 Repatriación de restos mortales US$ ,00 US$ , ,00 US$ ,00 Servicio de localización de equipaje Servicio Servicio Servicio Servicio Transmisión de mensajes urgentes Servicio Servicio Servicio Servicio Seguro de Accidentes Personales Clientes de 03 hasta 65 años COL $ COL $ COL $ COL $ Seguro de Extravío de Equipaje Clientes de 03 hasta 64 años COL $ COL $ COL $ COL $ Seguro de Cancelación y/o Interrupción de Viaje 0 COL $ COL $ COL $ *Todos los límites de cobertura se aplican hasta el valor anteriormente mencionado. Nota: Estas coberturas operan únicamente para colombianos y/o Residentes en el territorio. 2. DISPOSICIONES GENERALES es un conjunto de servicios de Asistencia, que complementan las coberturas de seguros, destinado a clientes en viajes respetando el alcance del plan adquirido. Es importante saber que los servicios de asistencia ofrecidos en este producto tienen carácter de emergencia, cuentan con reglas propias y límites de utilización, y no pueden compararse a un plan de salud. ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE es la coordinadora de los servicios previstos en estas Condiciones Generales, en las Cláusulas 4 a 13, que se prestarán a través de una red de profesionales calificados. Para solicitar estos servicios, ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE coloca a disposición del Cliente una Central de Atención disponible las 24 horas del día, 365 días al año. Los servicios se prestarán de acuerdo con la orientación y la indicación del equipo médico de ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE. Siendo así, el Cliente debe siempre entrar en contacto con la Central de Atención para que su atención sea rápida y eficaz. Excepcionalmente, en caso de imposibilidad justificada de contacto previo con ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE, el Cliente podrá, a su retorno, solicitar la restitución de los gastos por él incurridos, debiendo para ello presentar los recibos originales y el informe médico, los cuales serán analizados por nuestros médicos que determinarán si procede o no la solicitud del Cliente. La restitución se efectuará en pesos colombianos, calculada al cambio del dólar comercial del día de la emisión del Certificado ALLIANZ TRAVEL. Los seguros de Accidentes Personales - Muerte Accidental e Invalidez Permanente Total por Accidente y Cancelación y/o interrupción de Viaje relacionados en la Cláusula 16 del presente documento son otorgados y respaldados por Allianz Seguros de Vida S.A. Así mismo el Seguro de Extravío de Equipajes, relacionado en la clausula 15 del presente documento, están a cargo de la compañía ALLIANZ SEGUROS S.A. 3. PROCEDIMIENTO PARA EL PEDIDO DE ASISTENCIA ATENCIÓN: NO ESTÁN CUBIERTAS CUALESQUIERA OCURRENCIAS QUE NO SE HAYAN INFORMADO PREVIAMENTE A LA CENTRAL DE ATENCIÓN, EN ACUERDO CON ESTE ÍTEM: 3.1. En caso de enfermedad o accidente, antes de tomar cualquier medida, el Cliente debe estar con su Certificado, y: Entrar en contacto inmediatamente con la Central de Atención, describiendo lo ocurrido y suministrando toda la información necesaria para ubicar a los prestadores de servicio de la asistencia solicitada; Informar correctamente y con claridad, todos los datos constantes en su Certificado ; Seguir las instrucciones de ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE y tomar las medidas necesarias y posibles para restringir los efectos de lo ocurrido o impedir el agravamiento de sus consecuencias; Atender, siempre que sea necesario, a los pedidos de información solicitados por ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE y remitirle prontamente todos los avisos, originales de convocatorias o citaciones que haya recibido, para cumplir con las formalidades necesarias; Cooperar con ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE a fin de posibilitar que esta recupere los pagos que haya realizado a terceros responsables de las ocurrencias notificadas. Para tanto, el Cliente deberá recopilar y colocar a disposición de ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE los elementos relevantes para

2 Llame a cobrar a la Central de Atención - 24 horas del día - por el teléfono (desde cualquier determinar la responsabilidad de terceros, así como remitir a la misma los documentos y los recibos originales En las ciudades donde no haya la infraestructura de profesionales adecuada para la prestación de los servicios aquí previstos, el Cliente o sus familiares podrán organizarlos, desde que ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE haya sido previamente informada a fin de autorizar tal procedimiento, lo que será confirmado a través de contacto telefónico. El Cliente deberá comunicarse con ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE antes de dejar el lugar de la atención, cuando se trate de emergencia que imposibilite el previo contacto En caso de que el Cliente no consiga comunicarse con la Central de Atención mediante llamada telefónica a cobrar, los gastos de comunicación efectuados por él se reembolsarán en Colombia, mediante la presentación de los comprobantes originales de los gastos telefónicos, en los cuales deberán constar la fecha de la llamada y el número marcado. 4. DEFINICIONES Accidente Personal - Se entenderá por accidente todo suceso imprevisto, externo, violento, visible, repentino, verificable mediante examen médico e independiente de la voluntad del asegurado, no preexistente a la fecha de suscripción del presente seguro. Cliente o Asegurado - Es la persona natural identificada en el Certificado, con residencia habitual en Colombia, adquiriente de la asistencia aún en Territorio Nacional para viajes internacionales, respetando el alcance del plan adquirido. Enfermedad - Alteración aguda y súbita del estado de salud del Cliente, contraída y originada después de la fecha de salida del Cliente de Colombia y constatada por un médico. No se cubrirán exámenes de cualquier especie ni tratamientos relativos a enfermedades que sean preexistentes del cliente al salir de Colombia o de su ciudad de domicilio. Domicilio - Es la dirección del Cliente en Colombia, declarada por él al efectuar la compra del. Emergencia Odontológica - Se considera emergencia odontológica la fractura de dientes naturales por accidente y también cualquier evento que provoque dolor agudo. No están cubiertos los gastos con tratamientos estéticos y de reparación en prótesis, implantes y otras ortesis de cualquier naturaleza. Equipo Médico - Es el grupo de profesionales del área médica de ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE, debidamente calificados para prestar los servicios de acompañamiento, coordinación y supervisión de los servicios médicos exigidos en consecuencia de una enfermedad o accidente. Evento - es la ocurrencia de un accidente o enfermedad durante solamente el período de viaje al exterior que esté cubierto de acuerdo con las definiciones y coberturas definidas en estas Condiciones. Prestadores - Personas Naturales o jurídicas seleccionadas por ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE y por su cuenta contratadas para la prestación de los servicios a los Clientes. 5. SERVICIOS DE ASISTENCIA Los servicios de asistencia deberán ser siempre suministrados por ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE. Para ello, el Cliente deberá llamar a cobrar a la Central de Atención disponible las 24 horas del día, por el teléfono (desde cualquier. Durante el proceso de atención, ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE podrá exigir la presentación del pasaje aéreo o e-ticket que compruebe las fechas de viaje informadas en el momento de la compra de su ALLIANZ Travel. Los servicios descritos a continuación tienen su aplicabilidad y límite monetario de acuerdo con el plan adquirido, conforme se describe en el Ítem 1 Cuadro de Garantías. Ni todos los servicios pueden estar disponibles para todos los Planes Asistencia médica, quirúrgica y de hospitalización por accidente o enfermedad Si, en consecuencia del accidente o enfermedad ocurridos en viaje, el Cliente necesita asistencia médica, quirúrgica u hospitalaria, ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE se responsabilizará del pago de los gastos generados, aplicándose el límite del plan adquirido No están garantizados por este servicio cualesquier tratamientos odontológicos, que estén amparados por el ítem 5.3 a continuación En los casos en que el médico asistente del Cliente en el exterior declare que los tratamientos, clínico, quirúrgico o de rehabilitación, tengan condición de realizarse en Colombia, cabrá al Equipo Médico de ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE la decisión de efectuarlo en el exterior o de repatriar al paciente a su domicilio en Colombia, respetando el límite del plan adquirido Constatado que el cliente está apto a regresar a su domicilio en Colombia, ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE no se responsabilizará más por los costos de este evento, aun cuando no haya sido alcanzado el límite del plan adquirido; Los costos excedentes a los límites estipulados para estos servicios en el Plan adquirido serán de entera responsabilidad del Cliente Estos servicios solamente estarán disponibles en caso de que el además las cláusulas de exclusión de cobertura contenidas en el ítem Asistencia farmacéutica ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE se responsabiliza del pago de los gastos con medicamentos prescritos por un médico indicado por ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE y que sean pertinentes al evento cubierto, hasta el límite presentado en el cuadro de garantías, de acuerdo con el plan adquirido Los gastos farmacéuticos se restituirán mediante la presentación de la receta médica referente al evento cubierto, junto con los comprobantes originales de los gastos efectuados La restitución de los gastos farmacéuticos estará sujeta al análisis de los documentos presentados y del cumplimiento de estas Condiciones Generales Este servicio solamente estará disponible, en caso de que el evento además las cláusulas de exclusión de cobertura contenidas en el ítem Asistencia odontológica ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE se responsabiliza del pago de los gastos odontológicos generados en casos de emergencia, y solamente en esos casos, aplicándose el límite del plan adquirido Están cubiertos por este ítem exclusivamente los procedimientos necesarios para aliviar el dolor o hacer cesar la situación de emergencia vivida por el paciente. En ninguna hipótesis estará cubierto el tratamiento más allá del procedimiento antes mencionado Está excluido todo y cualquier tipo de tratamiento de rutina No están cubiertos los gastos de transporte para el tratamiento odontológico Hospedaje tras alta hospitalaria Si, en caso de enfermedad o accidente, e inmediatamente después del alta hospitalaria, se recomiende la permanencia del Cliente en la ciudad de hospitalización, por razones estrictamente médicas, motivando la alteración de la fecha de su pasaje aéreo de retorno a Colombia, ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE proveerá el hospedaje, hasta el límite presentado en el cuadro de garantías, de acuerdo con el plan adquirido. La recomendación se deberá justificar a través de un informe del médico responsable y confirmado por el Equipo Médico de ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE El servicio de hospedaje se limita al pago de la tarifa diaria y no incluye cualquier gasto extra (mini bar, comidas, estacionamiento, etc.), obedeciendo al límite máximo especificado en el plan adquirido. La selección del establecimiento quedará a exclusivo criterio de ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE Este servicio solamente estará disponible en el caso de que el 5.5. Visita al Cliente hospitalizado Transporte y Hospedaje En el caso de que el Cliente sea hospitalizado por accidente o enfermedad por más de siete días y la internación haya sido indicada por el Equipo Médico, ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE proveerá un pasaje aéreo (ida y vuelta) en clase económica para que un familiar pueda acompañarlo en el lugar de su internación Esta cobertura solamente se aplica en el caso de que el cliente no esté ya acompañado ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE asumirá los gastos con el hospedaje de dicho acompañante aplicándose el límite de días del plan adquirido presentado en el cuadro de garantías, iniciándose después del 7º (sétimo) día de hospitalización del Cliente El servicio de hospedaje se limitará al pago de la tarifa diaria no incluyendo cualesquier gastos extras (mini bar, comidas, estacionamiento, etc.), obedeciendo al límite máximo especificado en el plan adquirido. La selección del establecimiento quedará a exclusivo criterio de ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE Este servicio solamente estará disponible en caso de que el evento 5.6. Acompañamiento de menores - Transporte En el caso de que el Cliente sea menor de edad, y esté viajando con un único adulto acompañante de uno o más menores de 16 años, y este adulto sea internado por accidente o enfermedad, ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE proveerá un pasaje aéreo en clase económica para que un familiar pueda acompañar al menor o menores en el lugar Opcionalmente, ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE proveerá el retorno anticipado del Cliente menor o menores a su domicilio en Colombia Para que este servicio tenga validez, los menores también deberán haber adquirido el vigente.

3 Llame a cobrar a la Central de Atención - 24 horas del día - por el teléfono (desde cualquier Este servicio solamente estará disponible en caso de que el evento 5.7. Garantía de viaje de regreso En el caso de que el Cliente haya sido internado por accidente o enfermedad y haya sido obligado a alterar la fecha de su pasaje aéreo de regreso a Colombia, ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE garantizará el pago de posibles diferencias en las tarifas existentes entre el pasaje pagado y el valor del pasaje para el vuelo reprogramado. En la imposibilidad de realizar el pago directamente al órgano emisor, ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE efectuará la restitución de estos gastos al Cliente, mediante comprobante de pago aplicándose el límite de plan adquirido Esta garantía es válida solamente si la internación haya sido organizada a través de la Central y la continuidad de la internación del Cliente haya sido indicada por los médicos asistentes y el Equipo Médico de ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE Este servicio solamente estará disponible si el evento generador tiene cobertura por las condiciones generales, observándose también las cláusulas de exclusión de cobertura contenidas en el ítem Retorno de familiares en caso de fallecimiento del Cliente En caso de fallecimiento del Cliente durante el viaje, y si hay familiares viajando junto con el Cliente que necesiten anticipar o postergar la fecha del pasaje aéreo de retorno a Colombia, ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE organizará y garantizará el transporte de retorno de hasta 4 (cuatro) familiares al domicilio en Colombia En el caso que los familiares necesiten y sea posible, ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE garantizará el pago de eventuales diferencias en las tarifas existentes entre el pasaje pagado y el valor del pasaje para el vuelo reprogramado. En la imposibilidad de realizar el pago directamente al órgano emisor, ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE efectuará la restitución de estos gastos al Cliente, mediante comprobante de pago aplicándose el límite de plan adquirido Esta garantía solamente tendrá validez si los familiares también poseen con esta cobertura contratada, vigente a la fecha del fallecimiento del Cliente y se encuentren en la misma ciudad donde ocurrió el hecho Este servicio solamente se aplicará en el caso de haber intervención de ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE en la ocurrencia y solamente en el caso de que el evento generador tenga cobertura por las condiciones generales, observándose también las cláusulas de exclusión de cobertura contenidas en el ítem Regreso anticipado por fallecimiento de pariente o cónyuge En el caso de que ocurra el fallecimiento de un pariente en 1er grado o del cónyuge del Cliente durante su viaje, y este necesite anticipar su vuelo de retorno, ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE garantizará el pago de eventuales diferencias en las tarifas existentes entre el pasaje pago y el valor del pasaje para el vuelo reprogramado. En el caso de que no sea posible realizar el pago directamente al órgano emisor, ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE efectuará la restitución de estos gastos al Cliente, mediante comprobante de pago Para la aplicación de este servicio se consideran parientes en 1er grado los ascendientes (padres) o descendientes (hijos) del Cliente Este servicio solamente estará disponible en el caso de que el Asistencia Jurídica En el caso de que el Cliente sea indiciado en un proceso penal debido a un accidente de tránsito, ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE podrá indicar un abogado para acompañar el proceso, costeando los honorarios de abogado hasta el límite indicado para este servicio en el plan adquirido Este servicio solamente estará disponible en el caso de que el Adelanto de Fianza ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE podrá adelantar al Cliente, en caso de prisión resultante de accidente de tránsito, el valor referente a la fianza judicial que le sea impuesta, hasta el límite indicado para este servicio en el plan adquirido El monto adelantado se deberá reembolsar a ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE en el plazo máximo de 60 (sesenta) días, al cambio comercial de la fecha de reembolso La liberación del adelanto de que trata esta Cláusula estará condicionada a la firma de una Declaración de Reconocimiento de la Deuda o la presentación de garantía, por el Cliente o por un representante suyo Este servicio solamente estará disponible en el caso de que el Traslado sanitario entre hospitales En el caso de ocurrir una enfermedad súbita o accidente en el que ya se prestaron los primeros auxilios y se haya verificado la necesidad de trasladar al Cliente a un hospital mejor equipado, el Equipo Médico de ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE organizará su traslado, de la manera más adecuada, del establecimiento en que se encuentra hospitalizado el Cliente Ningún otro motivo, que no sea el de la estricta necesidad médica podrá determinar el traslado del Cliente, así como la opción del medio de transporte. El traslado se iniciará después de la recepción de la solicitud y la liberación formal y por escrito del médico responsable o del servicio hospitalario en donde el Cliente está hospitalizado El traslado del Cliente se iniciará a partir del establecimiento hospitalario que prestó los primeros auxilios. El trayecto hasta el hospital de destino, no podrá ser superior a la distancia entre el lugar del accidente y el municipio de residencia del Cliente Titular Este servicio solamente estará disponible en caso de que el evento Repatriación sanitaria En el caso de que el cliente se encuentre hospitalizado por accidente o por enfermedad, evento cubierto por estas condiciones generales que demande un largo período de tratamiento y recuperación, y haya condiciones clínicas para que este tratamiento se realice en su ciudad de domicilio en Colombia, el Equipo Médico de ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE organizará en el establecimiento hospitalario en que está el Cliente la repatriación sanitaria del mismo, de la manera más adecuada La repatriación solamente tendrá inicio después de la recepción de la solicitud y liberación formales y por escrito del médico responsable o del servicio hospitalario donde el Cliente esté hospitalizado La repatriación solamente se aplicará si el Cliente posee un pasaje aéreo con fecha de regreso a su ciudad de domicilio con fechas coincidentes con la vigencia impresa en el Certificado Asimismo, en cualquier hipótesis, cuando el Cliente se encuentre a una distancia superior a 2000 km de su domicilio, la repatriación solamente se efectuará en avión de línea aérea regular La decisión sobre la necesidad de repatriación a su domicilio quedará a criterio exclusivo del Equipo Médico en consonancia con el parecer del médico asistente del Cliente Este servicio solamente estará disponible en caso de que el evento generador esté cubierto por las condiciones generales, observándose también las cláusulas de exclusión de cobertura contenidas en el ítem Repatriación de restos mortales En caso de fallecimiento del Cliente durante el viaje, ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE se encargará de todas las formalidades en el lugar de fallecimiento, que sean necesarias y adecuadas para el retorno de los restos mortales, transportándolos en féretro estándar hasta el lugar de la inhumación en Colombia Los gastos relativos al funeral y entierro no serán costeados por ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE Este servicio solamente estará disponible en el caso de que el evento generador esté cubierto por las condiciones generales, observándose Servicio de localización de equipajes En el caso de que haya extravío de equipaje del Cliente, regularmente despachado en vuelos nacionales e internacionales regulares, ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE podrá asistirlo en la localización ante la Compañía Aérea responsable del transporte Este servicio se limita exclusivamente a la intermediación de las informaciones adquiridas con la Compañía Aérea al Cliente Para eso es necesario que el Cliente, al momento de tomar conocimiento del extravío de su equipaje y antes de dejar el aeropuerto, comunique el extravío a la Compañía Aérea responsable, oficializando su reclamación a través de formulario apropiado (P.I.R. Property Irregularity Report) Verifique también el ítem 15 de estas Condiciones Generales Transmisión de mensajes urgentes Si el Cliente está imposibilitado de entrar en contacto directamente con su familia por motivo de accidente o enfermedad y tenga que transmitir un mensaje de carácter urgente, ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE se encargará de esta transmisión por el medio más adecuado.

4 Llame a cobrar a la Central de Atención - 24 horas del día - por el teléfono (desde cualquier Los costos de esta transmisión serán de responsabilidad de ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE. 6. VIGENCIA 6.1. El derecho del Cliente sobre la ejecución de los servicios de asistencia brindado por ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE tendrá inicio y fin en las fechas indicadas en el Certificado, respetándose el horario oficial de Brasilia El Certificado solamente podrá ser adquirido por el Cliente en Colombia, antes del inicio da su viaje al exterior, salvo la situación prevista en la Cláusula CONVERSIÓN 7.1. Los valores aquí discriminados en moneda extranjera serán convertidos en pesos colombianos al cambio de la fecha de emisión del. 8. EXCLUSIONES DE LOS SERVICIOS DE ASISTENCIA 8.1. No están garantizadas por estas Condiciones Generales, las prestaciones de servicios que no hayan sido previamente solicitadas por intermedio de ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE o que hayan sido ejecutadas sin su acuerdo, salvo en casos de urgencia o emergencia médica que imposibiliten el contacto con la central de asistencia. En caso de que esto suceda, se debe comunicar lo ocurrido así que haya condiciones por parte del Cliente o de su acompañante Esta excepción solamente se aplicará en el caso de un único evento ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE no se responsabilizará del pago de los gastos del Cliente relativos a, o en consecuencia de: La continuidad, en la ciudad de domicilio, en Colombia, de tratamientos médicos por accidente o enfermedad iniciados en el viaje durante la vigencia del incluyendo hospitalizaciones, consultas a especialistas y compra de medicamentos; Enfermedades diagnosticadas antes del inicio del contrato (preexistentes) su evolución, períodos de agudización y complicaciones naturales, tales como, enfermedades coronarias, diabetes, hipertensión, enfermedades pulmonares obstructivas crónicas, etc.; Cualquier tipo de enfermedad mental (cuadros que involucren patologías de origen psiquiátrica y psicológica), tales como depresión y ansiedad entre otras; Gastos con exámenes para el diagnóstico de embarazo (pruebas de embarazo), así como cualquier problema relacionado con dicho estado fisiológico tales como exámenes prenatales, parto, amenazas de aborto o, en el caso de ocurrir este, cualquier tipo de chequeo médico en general, incluso el simple control de presión arterial; Gastos con consultas para obtenerse recetas médicas para la prescripción de medicaciones de uso crónico como, por ejemplo, antihipertensivos (remedios para presión alta), hipoglucemiantes orales (remedios para diabetes), antidepresivos entre otros; Gastos con reeducación de postura global, quiropráctica, acupuntura, hidroterapia, masajes y sesiones de fisioterapia, y cualquier otra modalidad de medicina alternativa que no se prescriban y realicen durante una internación hospitalaria; Acontecimientos causados por dolo del Cliente, o provocados intencionalmente por el Cliente en sí mismo, o incluso en consecuencia de suicidio consumado o frustrado; Daños sufridos o causados por el Cliente en consecuencia de una alteración patológica de su estado mental o por encontrarse bajo influencia de la ingestión de alcohol, en los términos de la legislación local sobre conducción de automóvil, o incluso por haber ingerido drogas ilícitas o sustancias con acción en el sistema nervioso central sin prescripción médica; Daños sufridos o causados por el Cliente dirigiendo un vehículo, sin la debida habilitación o bajo influencia de la ingestión de alcohol o drogas ilícitas; Gastos con medicamentos, tratamientos odontológicos y fisioterápicos efectuados o prescriptos en Colombia Gastos odontológicos que no sean caracterizados como de emergencia; Gastos con anteojos, lentes de contacto, silla de ruedas, muletas, marcapasos, ortesis y prótesis en general, dentarias o no, de carácter definitivo o provisional; Gastos con funeral, féretro o ceremonia fúnebre; Gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos, odontológicos y de hospitalización, así como repatriación o traslado médico y funerario derivados de epidemias o pandemias Daños sufridos en consecuencia de la práctica o entrenamiento de deportes de competición, como maratones entre otras, así como daños sufridos en consecuencia de apuestas; Práctica de deportes de alto riesgo, incluso, pero no limitados a: motociclismo, ala delta, paracaidismo, parapente, vuelos en globo, kart, carreras y picadas callejeras. También están excluidos de la cobertura los deportes de invierno que no sean practicados en pistas reglamentarias autorizadas; Salvamento en mar, montañas y zonas desérticas; Daños sufridos en consecuencia de temblores de tierra, erupciones volcánicas, inundaciones o cualquier cataclismo derivado de catástrofes naturales o de calamidad pública; Daños sufridos en consecuencia de acontecimientos de guerra, conmociones sociales, actos de terrorismo, sabotaje, huelgas, tumultos y perturbaciones del orden público; Daños sufridos en consecuencia directa o indirecta de la desintegración o fusión del núcleo de átomos, aceleración de partículas o radioactividad, así como casos de fuerza mayor; Asistencias en consecuencia de un accidente de trabajo ; Repatriación, en avión UTI o Compañía Aérea regular, en caso de que el Cliente pueda ser tratado localmente y no haya impedimento en seguir viaje. 9. TERRITORIALIDAD 9.1. Los servicios de asistencia mencionados en estas Condiciones Generales son válidos para viajes respetando el alcance del plan adquirido y la validez impresa en el Certificado Los servicios previstos no son aplicables en Colombia, así como en los países en que, por motivos de fuerza mayor y no imputable a ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE, se vuelvan imposible su ejecución. 10. LIMITACIÓN DE LOS SERVICIOS DE ASISTENCIA Los servicios de asistencia serán válidos para Clientes con hasta 64 años de edad en la fecha de la contratación del Los servicios de asistencia se aplicarán a viajes efectuados por el Cliente dentro del período de validez del Certificado. Asimismo, siempre que la asistencia por evento cubierto haya sido iniciada dentro del plazo de validez del mismo, el Cliente tendrá derecho a la continuidad de los servicios relativos solamente a este evento aún después de vencido el plazo del Certificado, respetados los límites contractualmente previstos. Esta asistencia terminará automáticamente al retorno del Cliente a Colombia Excepto en el caso de ocurrir situaciones que coloquen su vida en riesgo, el Cliente solamente podrá utilizar los servicios de asistencia con la previa autorización de ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE. En esa hipótesis, de imposibilidad de comunicación previa, así que sea posible, deberá informar a la Central de Atención de para el debido registro de la ocurrencia Los servicios de asistencia antes expuestos no se podrán prestar cuando no exista cooperación por parte del Cliente, o por otra persona que venga a requerir la asistencia en su nombre, en lo que se refiere a la información exigida por la Central de Atención. Son datos imprescindibles para la atención: nombre, número del Certificado, dirección, cuál es la asistencia deseada, sin perjuicio de otros que se consideren necesarios conforme la naturaleza del caso. 11. EXTENSIONES DE LA VALIDEZ DEL CERTIFICADO El Certificado podrá tener su validez extendida en el caso que el Cliente decida permanecer por un tiempo superior en viaje, desde que: La solicitud de extensión se efectúe con una antecedencia mínima de 48 horas del vencimiento del Certificado anterior; La suma de los períodos de validez del Certificado original y de su extensión no supere los 120 días; Los servicios de Asistencia Médica, Odontológica y Farmacéutica no hayan sido utilizados por el Cliente; El Cliente autorice la cobranza del nuevo Certificado a través de su tarjeta de crédito Cada Certificado original solamente podrá tener su validez extendida una única vez Para solicitar la extensión de la validez de su, el Cliente deberá llamar a cobrar a la Central de Atención por el teléfono xxxxxxxx. 12. CANCELACIONES El Certificado no podrá cancelarse después del inicio de su validez. Cualquier cancelación solamente será posible si es comunicada a ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE a través de carta o , enviado por el Cliente antes de la fecha de inicio de la vigencia del Certificado; El Cliente podrá solicitar la cancelación de su hasta 2 (dos) días antes de la fecha de inicio de vigencia del Certificado. En ese caso, el reembolso del valor pago se efectuará a través del mismo medio de pago utilizado por el Cliente No habrá reembolso de los días no utilizados, caso el Cliente retorne antes de la fecha de vencimiento estipulada en el Certificado ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE se reserva el derecho de cancelar automáticamente el Certificado del Cliente, así como su derecho a la prestación de los servicios cuando el mismo cause o provoque intencionalmente un acto que dé origen a la necesidad de prestación de cualquier uno de los servicios

5 Llame a cobrar a la Central de Atención - 24 horas del día - por el teléfono (desde cualquier aquí descritos, o cuando el mismo omita o suministre intencionalmente información falsas. 13. SUBROGACIÓN Siempre que ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE adquiera pasajes para que el Cliente pueda retornar a su domicilio, quedará subrogada en los derechos del mismo ante las empresas aéreas, agentes y operadores turísticos, con el fin de usar, negociar o compensar los pasajes originalmente emitidos y no utilizados Asimismo, ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE quedará subrogada en los correspondientes derechos del Cliente, hasta el límite del valor pagado o reembolsado por fuerza de estas Condiciones Generales, contra aquellos que por acto, hecho u omisión, hayan causado los perjuicios o para que los mismos hayan concurrido, obligándose el Cliente a facilitar los medios necesarios al ejercicio de esa subrogación. 14. SEGUROS ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE, en calidad de tomador por cuenta ajena, contrató con la empresa ALLIANZ SEGUROS S.A Y ALLIANZ SEGUROS DE VIDA S.A.., los seguros de Extravío de Equipajes y de Accidentes Personales Muerte Accidental e Invalidez o Desmembración Total por Accidente.- Cancelación y/o interrupción de Viaje respectivamente El plazo de vigencia de los seguros aquí relacionados coincidirán con el plazo de validez del Certificado. 15. SEGURO DE EXTRAVÍO DE EQUIPAJE Riesgos Cubiertos Cada asegurado tendrá el siguiente amparo, con sujeción al límite asegurado En caso de extravío, hurto o robo de Equipaje del Asegurado una vez que el mismo se encuentre bajo la responsabilidad de la aerolínea, acreditado mediante la presentación del correspondiente informe de pérdida o su equivalente (recibo de indemnización de la aerolínea). La Aseguradora pagará el monto de pérdida, de acuerdo al límite del plan adquirido. En cualquier caso, ALLIANZ SEGUROS S.A. se reserva el derecho de solicitar pruebas adicionales cuando el siniestro lo amerite Definiciones Hurto: Es el apoderamiento de una cosa mueble ajena, con el propósito de obtener provecho para sí o para otro Hurto Calificado (robo): Se considera Hurto Calificado, la violencia real (No presuntiva) considerada como aquella cometida sobre las personas o las cosas, y a las amenazas a las personas, bien sea con el uso de armas o sin ellas De la misma manera, se considera que el hurto ha sido calificado en cualquiera de las siguientes circunstancias: a) Con violencia sobre las personas o las cosas. b) Colocando a la víctima en condiciones de indefensión o inferioridad o aprovechándose de tales condiciones. c) Mediante penetración o permanencia arbitraria, engañosa o clandestina en lugar habitado o en sus dependencias inmediatas, aunque allí no se encuentren sus moradores. d) Con escalamiento, o con llave sustraída o falsa, ganzúa o cualquier otro instrumento similar o violando o superando seguridades electrónicas u otras semejantes Si su equipaje se extravió después de haberlo entregado para su transporte a una compañía aérea regular, usted estará garantizado por ALLIANZ SEGUROS S.A. desde que: El extravío, hurto o robo haya ocurrido fuera de Colombia, en vuelos internacionales, incluyendo vuelos internacionales de regreso. Estará cubierto también el extravío en vuelos realizados entre dos ciudades en el exterior, aun cuando sea dentro del mismo país; Haya ocurrido el desaparecimiento total de la maleta o volumen, observándose aún las cláusulas de exclusión de cobertura de la póliza; El extravío, hurto o robo se haya dado en el período entre la entrega del equipaje al personal autorizado de la Compañía Aérea para el embarque y el momento de la devolución al pasajero, al final del viaje; El extravío, hurto o robo sea notificado a la Compañía Aérea inmediatamente, antes de abandonar el lugar de entrega del equipaje en el aeropuerto de destino, a través del llenado del formulario P.I.R. (Property Irregularity Report); Se haya informado a ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE sobre lo ocurrido inmediatamente después de la reclamación efectuada a la Compañía Aérea; La pérdida definitiva del equipaje haya sido atestiguada por la Compañía Aérea, mediante pago de la indemnización dentro de las normas que rigen ese tipo de ocurrencia en el transporte aéreo internacional Límite de indemnización El límite máximo a indemnizarse por los perjuicios sufridos será de acuerdo con el plan adquirido conforme descrito en el ítem 1- Cuadro de Garantías, aun cuando la Compañía Aérea haya extraviado más de un volumen de equipaje Principales Riesgos Excluidos: Los perjuicios sufridos no estarán cubiertos por el seguro si, directa o indirectamente, fuesen ocasionados por: catástrofes naturales o calamidad pública, actos do gobierno, autoridades judiciales, policiales y administrativas y de potencia extranjera, dolo del Asegurado y/o portador del equipaje, riesgos de guerra, revolución, huelga, "lockout", motines o rebelión No estarán cubiertos por el seguro cualesquiera volúmenes o equipajes que contenga animales, dinero, cheques, metales preciosos, obras de arte, aparatos electrónicos, sustancias estupefacientes o también el robo de objetos del interior del equipaje o daños a ellos causados Para recibir la indemnización por extravío de equipaje deberá: Comunicar lo ocurrido inmediatamente a la Compañía Aérea, vía declaración formal (formulario P.I.R.); Comunicar lo ocurrido a las autoridades competentes, solicitando tomar providencias; Comunicar lo ocurrido a ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE, dentro de la 72 horas, inmediatamente después del término del viaje; Aguardar la recepción de la indemnización de la Compañía Aérea; Presentar a ALLIANZ GLOBAL ASSISTANCE los documentos que comprueben el extravío, en original tales como: a) Nº del Certificado de Asistencia al Viajero; b) Copia de la Cédula de Ciudadanía del pasajero y copia de su pasaporte; c) Copia del ticket del equipaje; d) E-ticket del tramo donde haya ocurrido el extravío; e) Comprobante de residencia; f) Formulario original del registro de la reclamación de pérdida del equipaje (P.I.R.); g) Recibo de indemnización de la Compañía Aérea. h) Declaración de Autorización de Crédito, que será suministrado por la Central de Atención de Los documentos relacionados anteriormente deberán enviarse dentro del plazo máximo de 30 (treinta) días, contados a partir de la fecha de término del viaje, bajo pena de pérdida del derecho a cualquier indemnización. 16. SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES El seguro de Accidente personales respaldado por ALLIANZ SEGUROS DE VIDA S.A contiene las coberturas de Muerte por Accidente, Invalidez o desmembración accidental, Cancelación y/o Interrupción en Viaje Vigencia Cobertura Muerte Accidental/ Invalidez o Desmembración Accidental: La vigencia de cada certificado que se adquiera por los asegurados durante la vigencia de la póliza será por el periodo de tiempo que dure el viaje, iniciando desde el momento en que el avión de partida aterrice al sitio de destino y terminando en el instante en que tome el avión de regreso en el puerto de embarque. Nota: bajo ninguna circunstancia el periodo de tiempo entre la fecha de compra del tiquete y la fecha de terminación del viaje puede superar cuatro (4) meses Vigencia Cobertura Cancelación o Interrupción de Viaje: La vigencia inicia desde el día en que la persona asegurada adquiere y paga el tiquete y termina hasta el último día de viaje. Nota: bajo ninguna circunstancia el periodo de tiempo entre la fecha de aterrizaje al sitio de destino y la fecha de embarque para el regreso puede superar cuatro (4) meses. A. Muerte Accidental : Para efectos de este seguro los beneficiarios los de ley B. Invalidez o desmembración y/o cancelación de Vuelo: El beneficiario será el asegurado principal Edades: Pasajeros con edad de ingreso mínima de 3 años y máximo de 65 años de edad en la fecha de expedición del Certificado de Asistencia al Viajero La indemnización de este seguro se pagará en caso de: MUERTE ACCIDENTAL del titular del Certificado de Asistencia al Viajero durante el viaje, a los Herederos Legales. Cubre la muerte del asegurado Principal, siempre y cuando se origine como consecuencia de un accidente ocurrido desde el inicio del viaje hasta la terminación del mismo, y se manifieste dentro de los 180 días siguientes a la fecha del accidente INVALIDEZ PERMANENTE Y TOTAL POR ACCIDENTE del titular del Certificado de Asistencia al Viajero causada por accidente durante el viaje, al propio Titular. Cubre las pérdidas sufridas por el asegurado (según la tabla de indemnizaciones anexa), siempre que sean comprobables mediante dictamen médico y se produzcan como consecuencia directa de un accidente ocurrido desde el inicio del viaje hasta la terminación del mismo y se manifieste dentro de los 180 días siguientes a la fecha de su ocurrencia.

6 Llame a cobrar a la Central de Atención - 24 horas del día - por el teléfono (desde cualquier RIESGOS AMPARADOS SUMA Pérdida de ambas manos o pies, o de una mano y un pie. Pérdida total e irreparable del habla o de la audición por ambos oídos Pérdida total e irreparable de la visión por ambos ojos. 100% del Valor Pérdida total e irreparable de la visión por un ojo junto con la pérdida de una mano o de un pie. Pérdida de una mano o de un pie. Pérdida total e irreparable de la visión por un ojo. Pérdida del dedo pulgar de una de las manos, siempre que comprenda la totalidad de las dos falanges Pérdida del dedo índice de una de las manos, siempre que comprenda la totalidad de las tres falanges Pérdida de uno cualquiera de los restantes dedos de las manos o de los pies, siempre que comprenda la totalidad de las falanges de cada uno SUMA INDEMNIZABLE 60% del valor asegurado 60% del valor asegurado 20% del valor asegurado 15% del Valor asegurado 10% del valor asegurado CANCELACION O INTERRUPCION DE VIAJE Ocurre en el momento en que el asegurado se vea obligado a cancelar o interrumpir su viaje siempre y cuando este evento le ocasione una pérdida patrimonial ya sea porque la aerolínea no le reembolsa el valor del tiquete total o parcialmente o por las multa o penalidades que le sean impuestas por el mismo motivo Si o solo si la compañía otorgará cobertura cuando la Cancelación o Interrupción de Viaje se origine a consecuencia de los siguientes eventos: A. Muerte del Asegurado B. Enfermedad del asegurado C. Invalidez o desmembración accidental del asegurado D. Accidente del asegurado E. Secuestro del Asegurado F. Desastres naturales en la ciudad de destino G. Desastres naturales en la ciudad de residencia del asegurado H. Atentado terrorista contra población civil en el país de destino. I. Requerimiento legal antes del viaje. J. Muerte de familiares en 1ro Y 2do grado de Consanguinidad, cónyuge o compañero(a) permanente, de cualquiera de los Asegurados integrantes Del grupo que toma el Paquete turístico. En caso de cancelación ó interrupción del viaje la indemnización cubrirá el valor de los tiquetes cuando estos fueren no reembolsables o parcialmente reembolsables; los no reembolsables se pagarán en su totalidad, los otros, que son parcialmente reembolsables se pagará el valor no cubierto por la Compañía prestadora del servicio. Así mismo se cubren las multas, sanciones y/o penalidades impuestas al asegurado. NOTA 1: El máximo valor asegurado por persona en uno o varios seguros para este amparo es de COP$ NOTA 2: Se otorga cobertura únicamente para los tiquetes y porciones terrestres. NOTA 3: En caso de enfermedad o accidente de un menor de edad y/o adulto mayor (mayor de 65 años), el seguro cubre la cancelación de viaje o terminación anticipada de un adulto de su grupo familiar de primer grado de consanguinidad o cónyuge o compañero(a) que haya participado en el viaje o fuera a viajar, para efectos de su acompañamiento, siempre y cuando cada integrante del viaje haya adquirido el seguro y pagado la prima. NOTA 4: Para el evento en que los asegurados sean un adulto y un menor de edad únicamente, en caso de enfermedad no preexistente del adulto, el seguro cubre la cancelación de viaje o terminación anticipada de las dos personas, siempre y cuando cada integrante del viaje haya adquirido el seguro y pagado la prima Definiciones para la Cobertura de Cancelación o interrupción Viaje: A. Muerte y/o desmembración o invalidez accidental y Si el viaje es cancelado o interrumpido por estos eventos siempre y cuando el accidente ocurra posterior a la fecha de inicio del viaje o durante el mismo. B. Secuestro: Por tal se entenderá ser el asegurado víctima de alguno de los delitos consagrados en los artículos 168 (Secuestro Simple) y 169 (Secuestro Extorsivo) del código penal y que esta condición permanezca a la fecha de iniciación del respectivo viaje o que el hecho ocurra durante el viaje. En todo caso se comprobará mediante certificación de la autoridad que esté conociendo del ilícito y/o certificación de fondelibertad donde se indiquen las fechas en las cuales se manifestó el delito. Opera sólo por este evento ocurrido en Colombia. C. Desastres Naturales en la Ciudad de destino Se entenderán como tal el temblor, terremoto, erupción volcánica, maremoto o tsunami, huracán, ciclón, tornado, inundaciones o vientos fuertes, que sucedan en la ciudad de destino del respectivo viaje y que impidan a cualquier vuelo comercial arribar a la respectiva ciudad y/o al asegurado usufructuar las porciones terrestres contratadas. La convulsión de la naturaleza debe en todo caso presentarse de manera previa o en el momento del viaje y sus efectos deberán estar vigentes durante el mismo. El viajero puede cancelar el viaje si se presenta una convulsión de la naturaleza que le impida realizarlo y/o terminación anticipada que le impida continuar con el viaje. D. Desastres Naturales en la Ciudad de Residencia Se entenderán como tal el temblor, terremoto, erupción volcánica, maremoto o tsunami, huracán, ciclón, tornado, inundaciones o vientos fuertes, que sucedan en la ciudad de residencia del viajero que afecten directamente al asegurado y le impidan realizar el viaje y/o le impidan a cualquier vuelo comercial arribar y/o despegar de la respectiva ciudad y/o usufructuar las porciones terrestres contratadas. La convulsión de la naturaleza deberá en todo caso presentarse de manera previa o en el momento del viaje y sus efectos deberán estar vigentes durante el mismo. E. Incendio Forestal en la ciudad de destino Incendios forestales que sucedan en la ciudad de destino del respectivo viaje siempre y cuando el evento impacte el flujo de aeronaves y el cierre del aeropuerto que impidan a cualquier vuelo comercial arribar a la respectiva ciudad y/o al asegurado a usufructuar las porciones terrestres contratadas. El evento debe en todo caso presentarse de manera previa o en el momento del viaje y sus efectos deberán estar vigentes durante el mismo. F. Muerte de familiares en 1ro y 2do grado de consanguinidad, cónyuge o compañero(a) permanente, de cualquiera de los asegurados integrantes del grupo que toma el paquete turístico Para efectos de este seguro, se entenderá como tal la muerte ocurrida a algún familiar de alguno de los asegurados en los grados de consanguinidad enunciados, siempre que esta ocurra dentro de los 15 días previos al viaje o durante la ejecución del mismo. G. Atentado terrorista contra Población civil en la ciudad De destino Por atentado terrorista se entenderá aquel efectuado por grupos subversivos o al margen de la ley, que tengan como finalidad aterrorizar a la población civil y que genere una notable conmoción en la población y en los medios de comunicación. Adicionalmente dicho atentado debió ocurrir contra la vida o integridad de 5 o más personas y haberse realizado dentro de los 5 días previos al viaje o durante la ejecución del mismo. H. Requerimiento Legal Antes Del Viaje Cuando el asegurado sea notificado de comparecer a diligencia judicial en proceso civil donde figure como demandado y la fecha de la diligencia se encuentre comprendida dentro del viaje, en todo caso el auto admisorio de la respectiva demanda debió haberse notificado posterior a la compra del respectivo tiquete o paquete turístico. Se excluyen los procesos donde el asegurado actúe como demandante o coadyuvante, de igual manera se excluyen los procesos penales, disciplinarios y en general aquellos procesos que no sean de naturaleza privada o civil Se entenderá por accidente todo suceso imprevisto, externo, violento, visible, repentino, verificable mediante examen médico e independiente de la voluntad del asegurado, no preexistente a la fecha de suscripción del presente seguro Se incluyen, además, en el concepto de Accidente Personal las lesiones o Muerte derivada de: A) Accidentes de tránsito. B) Accidentes resultantes de escape accidental de gases y vapores. C) Secuestro o intento de secuestro. D) Mordedura o picadura de animales o insectos. E) atentados y agresiones por actos de legítima defensa y/o para salvaguardar la vida de otras personas Exclusiones Exclusiones Muerte y Desmembración accidental : Esta póliza y sus anexos no cubren las pérdidas, lesiones o muerte que tengan origen o que sea consecuencia directa o indirecta de: A. Lesiones causadas por otra persona tales como las producidas con arma de fuego, cortante, punzante, contundente, con explosivos o por envenenamiento. B. Suicidio o su tentativa. C. Enfermedades físicas o mentales del asegurado, cualquier clase de hernias y várices, tratamientos médicos o quirúrgicos que no sean necesarios en razón de accidentes amparados por esta póliza, ni los efectos psíquicos o estéticos de cualquier accidente o enfermedad. D. Actos de guerra interior o exterior, rebelión, sedición, conmoción interior, asonada, actos terroristas, huelga o actos violentos cualesquiera que sea su origen.

7 Llame a cobrar a la Central de Atención - 24 horas del día - por el teléfono (desde cualquier E. Participación del asegurado en labores militares, en las fuerzas armadas, navales, aéreas o de policía de cualquier país o autoridad internacional, así como la participación del asegurado en grupos al margen de la ley. F. El uso de cualquier aeronave en calidad de piloto, estudiante de pilotaje, mecánico de vuelo o miembro de la tripulación. G. Accidentes que sufra el asegurado cuando se desplace en helicópteros o cuando viaje como pasajero en vuelos para los cuales no existan itinerarios regulares debidamente publicados. H. Hallarse voluntariamente el asegurado bajo influencia de bebidas alcohólicas, estupefacientes, alucinógenos o drogas tóxicas o heroicas, cuya utilización no haya sido requerida por prescripción médica y solo en los casos en los que la pérdida se produzca como causa directa de este hecho. I. Convulsiones de la naturaleza de cualquier clase; fisión, fusión nuclear o radioactividad. J. Violación de normas de carácter penal. K. Accidentes ocurridos con antelación al inicio de vigencia del amparo individual, o sus secuelas. L. En ningún caso se cubren los siniestros que sean consecuencia directa o indirecta de preexistencias, entendiéndose como tal, cualquier antecedente médico o de salud derivado de enfermedad o accidente que haya tenido conocimiento. M. Lesiones o muerte sufridas por la emisión de materiales nucleares, radiaciones ionizantes o contaminación por la radioactividad de cualquier combustible nuclear o de cualquier desperdicio proveniente de dicha combustión. Para efectos de este aparte, se entiende por combustión cualquier proceso de fisión nuclear que se sostiene por sí mismo, en general riesgos atómicos o nucleares de toda índole. N. Parto o aborto o sus consecuencias, incluso cuando resulten de accidente cubierto; O. Perturbaciones o intoxicaciones alimenticias e intoxicaciones resultantes de la acción de productos químicos, drogas o medicamentos, salvo cuando prescritas por los médicos como resultante de accidente cubierto; P. Cualesquiera alteraciones mentales, inclusive las consecuencias del uso de alcohol, drogas, estupefacientes o substancias tóxicas; Q. Actos reconocidamente peligrosos que no sean motivados por necesidad justificada; R. Práctica de actos ilícitos o contrarios a la ley, inclusive la dirección de vehículos automotores y aeronaves sin la debida habilitación legal; S. Choque anafiláctico y sus consecuencias; T. Enfermedades y lesiones preexistentes a la fecha del inicio de la vigencia individual y que sean de conocimiento del asegurado; U. Las enfermedades (inclusive las profesionales), cualesquier que sean sus causas, aunque provocadas, desencadenadas o agravadas, directa o indirectamente, por accidente. V. Las enfermedades (incluidas como profesionales, incluso cuando consideradas accidentes de trabajo por la legislación previsional, inclusive las resultantes o no de micro traumas de repetición tales como DORT - Disturbios musculo esqueléticos relacionados con el trabajo, LER - Lesiones por Esfuerzos Repetitivos, Tenosinovitis, etc.), cualesquier que sean sus causas, aún cuando provocadas, desencadenadas o agravadas, directa o indirectamente por accidente, excepto las infecciones, estados septicémicos y embolias, resultantes de herida visible; W. Las complicaciones en consecuencia de la realización de exámenes, tratamientos clínicos o quirúrgicos, cuando no sean resultantes de accidente cubierto Exclusiones Cancelación o Interrupción de Viaje : A. Cancelaciones o Interrupciones cuyas causas sean distintas a las enunciadas en la clausula de amparos. B. Tiquetes o porciones terrestres reembolsables o que no generen perjuicio patrimonial al asegurado C. Dolo o culpa grave del asegurado. D. Cancelación o interrupción debido a la emisión de materiales nucleares, radiaciones ionizantes o contaminación por la radioactividad de cualquier combustible nuclear o de cualquier desperdicio proveniente de dicha combustión. Para efectos de este aparte, se entiende por combustión cualquier proceso de fisión nuclear que se sostiene por sí mismo, en general riesgos atómicos o nucleares de toda índole Las coberturas de Muerte Accidental e Invalidez Permanente por Accidente no se acumulan, es decir en una vez se indemnice por la cobertura de Invalidez Accidental, el amparo de la muerte accidental se extingue y cesa la responsabilidad de ALLIANZ SEGUROS DE VIDA S.A La invalidez por accidente se deberá comprobar mediante la presentación a ALLIANZ SEGUROS DE VIDA S.A de una declaración médica idónea a esa finalidad. En cualquier caso, ALLIANZ SEGUROS DE VIDA S.A se reserva el derecho de solicitar pruebas adicionales cuando el siniestro lo amerite Para recibir la indemnización por el seguro de Accidentes Personales usted o su beneficiario deberá: Comunicar lo ocurrido a ALLIANZ SEGUROS DE VIDA S.A.; Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 1077 del Código de Comercio, se sugiere presentar a ALLIANZ SEGUROS S.A. los documentos comprobatorios, tales como: Muerte Accidental a) Copia del Registro Civil de Defunción; b) Copia de la Cédula de Ciudadanía del asegurado; c) Acta de levantamiento del Cadáver y Necropsia en copia autenticada; d) Original o copia del formato de autorización pago por transferencia; e) Copia de la Cédula de Ciudadanía de los beneficiarios. f) Parte de ocurrencia emitido por la autoridad competente local, comprobando la ocurrencia del accidente; g) Partes de expediente policial; h) Informe de pericia técnica (si está disponible ); i) Copia de los tickets de transporte, aéreo, terrestre y marítimo; j) Licencia de conducir (en caso de accidente automovilístico, si el Asegurado era el chofer involucrado/ Si el vehículo fue alquilado, una copia del contrato de alquiler); Invalidez Permanente Total por Accidente a) Copia del Registro Civil de Nacimiento; b) Copia de la Cédula de Ciudadanía; c) Dictamen del médico tratante donde certifique causa, descripción de la invalidez y/o desmembración, y diagnostico y/o dictamen de EPS, AFP,o Junta de calificación de invalidez donde se indique el porcentaje de disminución de la capacidad laboral el cual en deberá ser superior a 50%; d) Historia Clínica completa; e) Si la invalidez se produce en Accidente de Tránsito se deberá solicitar el informe de la Autoridad de Tránsito correspondiente; f) Original o copia del formato de autorización pago por transferencia Cancelación o Interrupción de Viaje : Muerte Accidental a) Copia de la Cédula de Ciudadanía del asegurado b) Copia del respectivo tiquete y certificado de la aerolínea donde indique los tiquetes no reembolsables y no usufructuados. c) Original o copia del formato de autorización pago por transferencia d) Según el evento y cobertura amparada, deberán adjuntar fotocopia del documento de identidad de: padres, cónyuge o compañero(a) permanente, hermanos o hijos, historia clínica completa, registros civiles pertinentes junto con los documentos definidos en las anteriores coberturas. e) Documentos que acrediten la ocurrencia del amparo reclamado 17. ARBITRAMENTO El arbitramento para dirimir eventuales diferencias en torno a estas Condiciones Generales será siempre el del domicilio del Cliente En el caso de Invalidez Permanente Total por Accidente verificada dentro de 180 días a contar de la fecha del accidente, desde que esté terminado el tratamiento y sea definitivo el carácter de la invalidez, ALLIANZ SEGUROS DE VIDA S.A pagará al Cliente una indemnización equivalente al 100% del valor asegurado conforme los límites descritos en acuerdo con el plan adquirido.

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