AREA TRIBUTARIA. Retenciones del Impuesto a la Renta a Personas Jurídicas no Domiciliadas A C T U A I D A D A P I C A C I O N P R A C T I C A

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "AREA TRIBUTARIA. Retenciones del Impuesto a la Renta a Personas Jurídicas no Domiciliadas A C T U A I D A D A P I C A C I O N P R A C T I C A"

Transcripción

1 RE RBUR.P.. Josué Bernal Rojas Miembro del Staff nterno de la Revista ctualidad Empresarial 3. Rentas de uente Peruana Se considera rentas de fuente peruana, en general cualquiera sea el domicilio o nacionalidad de las partes que intervengan en las operaciones y el lugar de celebración o cumplimiento de los contratos a las siguientes: a. as producidas por predios y los derechos relativos a los mismos, incluyendo las que provienen de su enajenación, cuando los predios estén situa- as personas jurídicas domiciliadas en nuestro país tributan por la rentas obtenidas luego de consolidar las ganancias obtenidas por sus fuentes productoras en cualquier parte del mundo, sin embargo, cuando se trata de personas jurídicas no domiciliadas, es decir, aquellas constituidas en el exterior que generen rentas en cualquier parte del mundo, tributarán en el Perú sólo por las rentas de fuente peruana, para lo cual previamente debemos conocer cuáles son los criterios a tener en cuenta para establecer las rentas de fuente peruana y asimismo es necesario conocer la renta neta o bruta y la tasa que afecta dichas rentas con las que tributará el no domiciliado en el Perú, en el presente artículo realizamos un breve estudio acompañado de algunos casos prácticos para la ilustración del tema. 1. Personas Jurídicas o omiciliadas El criterio para establecer el domicilio de las personas jurídicas está determinado por el lugar donde se encuentran constituidas, es decir, que si una persona jurídica no se encuentra constituida en el país tendrá entonces la condición de Persona Jurídica o omiciliada y como tal puede generar rentas de fuente peruana por sí misma o a través de sucursales, agencias o establecimientos permanentes. En el presente artículo nos ocuparemos de las retenciones de las personas jurídicas no domiciliadas que generan rentas por sí mismas sin nesesidad de sucursales, agencias o establecimientos permamentes. 2. Base jurisdiccional del mpuesto a la Renta En el caso de contribuyentes no domiciliados en el país, el mpuesto a la Renta recae sólo sobre las rentas gravadas de fuente peruana. rt. 6º ey del mpuesto a la Renta, rt. 5º nc. b) del Reglamento de la ey del mpuesto a la Renta. Retenciones del mpuesto a la Renta a Personas Jurídicas no omiciliadas dos en el territorio de la república. Se entiende por predios a los terrenos, edificaciones e instalaciones fijas y permanentes que constituyan partes integrantes de dichos predios urbanos o rústicos, que no pudieran ser separados sin alterar, deteriorar o destruir la edificación. Se entiende por derechos relativos a los predios a todo derecho sobre un predio que surja de la posesión, coposesión, propiedad, copropiedad, usufructo, uso, habitación, superficie, servidumbre y otros regulados por leyes especiales. b. as producidas por bienes o derechos, cuando los mismos están situados físicamente o utilizados económicamente En el caso de regalías, la renta es de fuente peruana cuando los bienes o derechos por los cuales se pagan las regalías se utilizan económicamente en el país o cuando las regalías son pagadas por un sujeto domiciliado c. as producidas por capitales, así como, los intereses, comisiones, primas y toda suma adicional al interés pactado por préstamos, créditos u otra operación financiera, cuando el capital esté colocado o sea utilizado económicamente en el país, o cuando el pagador sea un sujeto domicilado d. os dividendos y cualquier otra forma de distribución de utilidades, cuando la empresa o sociedad que los distribuya, pague o acredite que se encuentra domiciliada ambién se considera rentas de fuente peruana los rendimientos de los R s (merican epositary Receipts) y GR s (Global epositary Receipts) que tengan como subyacente acciones emitidas por empresas domiciliadas e. as originadas por actividades civiles, comerciales, empresariales o de cualquier índole, que se lleven a cabo en el territorio nacional. f. as originadas por el trabajo personal que se lleven a cabo en territorio nacional. o se encuentran comprendidos en los inciso e) y f) las rentas obtenidas en su país de origen por personas naturales domiciliadas, que ingresan al país temporalmente con el fin de efectuar actividades vinculadas con actos previos a la realización de inversiones extranjeras o negocios de cualquier tipo; actos destinados a supervisar o controlar la inversión o el negocio, tales como la recolección de datos o información o la realización de entrevistas con personas del sector público o privado; actos relacionados con la contratación de personal local; actos relacionados con la firma de convenios o actos similares. g. as rentas vitalicias y las pensiones que tengan su origen en el trabajo personal, cuando son pagadas por un sujeto o entidad domiciliada o constituida h. as obtenidas por la enajenación, redención o rescate de acciones y participaciones representativas de capital, acciones de inversión, certificados, títulos, bonos y papeles comerciales, valores representativos de cédulas hipotecarias, obligaciones y valores al portador y otros valores mobiliarios cuando las empresas, sociedades, ondos de nversión, ondos Mutuos de nversión en Valores o Patrimonios ideicometidos que los hayan emitido estén constituidos o establecidos i. as obtenidas por servicios digitales prestados a través de internet, cuando el servicio se utilice económicamente, use o consuma Se entiende por servicio digital a todo servicio que se pone a disposición del usuario a través de internet mediante accesos en línea y que se caracteriza por ser esencialmente automático y no ser viable en ausencia de la tecnología de la información. Se considera servicios digitales entre otros a los siguientes: - Mantenimiento de software - Soporte técnico al cliente en red - lmacenamiento de información (ata warehousing) - plicación de hospedaje (pplication hosting) - Provisión de servicios de aplicación (pplication Service Provider - SP) - lmacenamiento de páginas de internet (Web site hosting) - cceso electrónico a servicios de consultoría - Publicidad (Banner ads) - Subastas en línea - Reparto de información - cceso a una página de internet interactiva - apacitación interactiva - Portales en línea para compra venta El servicio digital se utiliza económicamente, se usa o consume en el país, cuando ocurre cualquiera de los siguientes supuestos: - Sirve para el desarrollo de las actividades económicas de un contribuyente perceptor de rentas de tercera categoría o para el cumplimiento de los fines de una persona jurídica inafecta del mpuesto a la Renta, ambas domiciliadas, con el propósito de generar ingresos gravados o no con el impuesto. P RMER QUE - BR 2005 U Y P P R U EMPRESR 84-3

2 U Y PÓ PRÁ P RMER QUE - BR Sirve para el desarrollo de las actividades económicas de un corredor, un comisionista general, o representante independiente con el proposito de generar ingresos gravados o no con el mpuesto. - Sirve para el desarrollo de las funciones de cualquier entidad del Sector Público acional. j.- a obtenida por asistencia técnica, cuando ésta se utilice económicamente Se entiende por asistencia técnica a todo servicio independiente, sea suministrado desde el exterior o en el país, por el cual el prestador se compromete a utilizar sus habilidades, mediante la aplicación de procedimientos, artes o técnicas, con el objeto de proporcionar conocimientos especializados, no patentables, que sean nesesarios en el proceso productivo, de comercialización, de prestación de servicios o cualquier otra actividad realizada por el usuario. omprende el adiestramiento de personas para la aplicación de los conocimientos especializados referidos anteriormente. a asistencia técnica comprende los siguientes servicios: - Servicios de ingeniería: a ejecución y supervisión del montaje, instalación y puesta en marcha de las máquinas, equipos y plantas productoras; la calibración, inspección, reparación y mantenimiento de las máquinas, equipos; y la realización de pruebas y ensayos, incluyendo control de calidad, estudios de factibilidad y proyectos definitivos de ingeniería y de arquitectura. - nvestigación y desarrollo de proyectos: a elaboración y ejecución de programas pilotos, la investigación y experimentos de laboratorios; los servicios de explotación y la planificación o programación técnica de unidades productoras. - sesoría y consultoría financiera: asesoría en valoración de entidades financieras y bancarias y en la elaboración de planes, programas y promoción a nivel internacional de venta de las mismas; asistencia para la distribución, colocación y venta de valores emitidos por entidades financieras. a asistencia técnica se utiliza económicamente en el país, cuando ocurre cualquiera de los siguientes supuestos: - Sirve para el desarrollo de las actividades o cumplimiento de sus fines, de personas domiciliadas en el país con prescindencia que tales personas generen ingresos gravados o no con el impuesto. - Sirve para el desarrollo de las funciones de cualquier entidad del Sector Público acional. rt. 9º ey del mpuesto a la Renta y rt. 4º- nc. a) Reglamento de la ey del mpuesto a la Renta. 4. oncurrencia de istintas ctividades En caso concurran conjuntamente con la prestación del servicio digital o con la asistencia técnica o con cualquier otra operación, otras prestaciones de diferente naturaleza, los importes relativos a cada una de ellas deberán discriminarse a fin de otorgar el tratamiento que corresponde a cada operación individualizada. Sin embargo, si por la naturaleza de la operación no pudiera efectuarse esta discriminación, se otorgará el tratamiento que corresponde a la parte esencial y predominante de la transacción. rt. 4º- Reglamento ey del mpuesto a la Renta. 5. Momento de efectuar la Retención a los o omiciliados En el caso de la retención a los no domiciliados, los contribuyentes que paguen o acrediten a beneficiarios no domiciliados rentas de cualquier naturaleza, deben retener y abonar al fisco el impuesto correspondiente por las regalías, servicios, cesión en uso u otros de naturaleza similar al momento de su registro contable, es decir, al momento del devengo, pues una vez devengado el gasto corresponde el registro contable de la provisión. rt. 76º ey del mpuesto a la Renta. ctividades ctividades de seguros lquiler de naves lquiler de aeronaves ransporte aereo entre la república y el extranjero ransporte marítimo o fletamiento entre la república y el extranjero Servicio de telecomunicaciones entre la república y el extranjero gencias internacionales de noticias istribución de películas cinematográficas y similares Suministro de contenedores para transporte Sobreestadía de contenedores para transporte esión de derechos de retransmisión televisiva rt. 48º ey del mpuesto a la Renta y rt. 27º Reglamento ey del mpuesto a la Renta. 6. asa de Retención a Personas Jurídicas o omiciliadas El mpuesto a la Renta de las personas jurídicas no domiciliadas se determinará aplicando las siguientes tasas: 1. ntereses de créditos externos: 4.99 % siempre que se cumplan con los siguientes requisitos: a) Que se acredite el ingreso de la moneda extranjera al país cuando se trata de préstamos en efectivo. b) Que el crédito no devengue un interés anual al rebatir superior a la tasa preferencial predominante en la plaza de donde provenga, más tres puntos. ichos tres puntos cubren los gastos y comisiones, primas y toda otra suma adicional al interés pactado de cualquier tipo que se pague a beneficiarios del extranjero. Se aplica la misma tasa a los intereses de los créditos externos destinados al financiamiento de importaciones. 2. ntereses que abonen al exterior las empresas bancarias y las empresas financieras establecidas en el Perú como resultado de la utilización en el país de sus líneas de crédito en el exterior: 1%. 3. lquiler de nave y aeronaves: 10% 4. Regalías: 30% 5. ividendos y otras formas de distribución de utilidades: 4.1% En el caso de sucursales u otro tipo de establecimientos permanentes de personas jurídicas no domiciliadas se entenderán distribuidas las utilidades en la fecha de vencimiento del plazo para la presentación de la eclaración Jurada nual del mpuesto a la Renta. 6.- sistencia écnica: 15% 7.- tras rentas: 30% rt. 56º ey del mpuesto a la Renta y rt. 30º Relamento ey del mpuesto a la Renta. 7. Rentas nternacionales uando las actividades realizadas por los no domiciliados se realicen parte en el país y parte en el extranjero se denominan rentas internacionales, para efectos de la retención del mpuesto a la Renta, primero debe determinarse cuanto es la renta neta de acuerdo con el artículo 48º del U de la ey del mpuesto a la Renta y sobre dicho monto se aplica la tasa correspondiente. El mencionado artículo establece como rentas netas por las actividades internacionales las siguientes: Renta eta 7% del importe bruto 80% del importe bruto 60% del importe bruto 1% del importe bruto 2% del importe bruto 5% del importe bruto 10% del importe bruto 20% del importe bruto 15% del importe bruto 80% del importe bruto 20% del importe bruto 8. ncidencia en el mpuesto General a las Ventas on respecto al mpuesto General a las Ventas se debe tener en cuenta que cuando el servicio es prestado por un no domiciliado, dicho servicio es utilizado en el país cuando es consumido o empleado en el territorio nacional independientemente del lugar en que se pague o se perciba la contraprestación, y del lugar donde se celebre el contrato y como tal la ley del GV grava con dicho impuesto la -4 SU E VESGÓ E PÍ

3 RE RBUR utilización de servicios en el país, es decir, ante la prestación de servicios por no domiciliados nos encontramos ante una utilización de servicios en el país gravados con el GV. Base egal: rt. 1º nc. b) U de la ey del GV y rt. 2º Reglamento de la ey del GV. 9. asos Prácticos aso Práctico 1 Persona Jurídica o omiciliada que percibe rentas por alquiler de inmueble a empresa «nvesment S.. de.v». domiciliada en México es propietaria de un inmueble ubicado en el Perú, dicho inmueble ha sido alquilado a la empresa «a Movida S..» domiciliada en el Perú por la suma mensual de $ 2,000. Se pide determinar la retención que debe efectuarse por concepto de mpuesto a la Renta del mes de marzo 2005 y la incidencia en el mpuesto General a las Ventas sabiendo que el pago de la retribución se realiza el 31 de marzo de el 1041 Utilización de Servicios Prestados no omiciliados y en el período tributario se coloca el mes en que se realiza el pago, es decir, el período abril Este GV pagado puede ser utilizado como crédito fiscal por la empresa domiciliada en la declaración del período a que corresponde el pago realizado, es decir, en la declaración del mes de abril Base egal: rt. 5º Res. e Sup. º /SU ( ) eterminamos el GV a pagar Para determinar el GV a pagar se convierte a moneda nacional con el tipo de cambio publicado promedio venta en la fecha de nacimiento de la obligación, en el presente caso asumimos que la retribución se paga el día 31 de marzo, día en que se remesa el pago al no domiciliado. a empresa domiciliada deberá pagar el impuesto en el mes de abril de acuerdo al cronograma de vencimiento de obligaciones mensuales según su RU. Monto en moneda nacional 6,526 GV 19% 1,240 lenado del formato Guía pagos varios (opcional) El uso del presente formato es opcional para el contribuyente, puede realizar el pago sin nesesidad de dicho formato proporcionando los datos del pago a la entidad bancaria donde realice el pago. Solución En el presente caso la empresa «a Movida S..» al tener que pagar rentas generadas en el Perú a una persona jurídica no domiciliada, se convierte en agente retenedor del impuesto a la renta, para efectuar la retención debe convertir a moneda nacional el importe a pagar a la fecha de devengo del gasto para efectuar el registro contable, es decir, el 31 de marzo de El tipo de cambio es el tipo de cambio promedio ponderado venta del día 31 de marzo 2005, dicho tipo de cambio es de S/ onversión a moneda nacional Monto en moneda extranjera $ 2,000.. S/ Monto en moneda nacional S/. 6,526 eterminamos la retención S/. Monto en moneda nacional 6, Retención 30% -1, eto a pagar 4, omo en este caso se trata de rentas de tercera categoría no se aplica la deducción del 20% sobre la renta bruta en vista que dicha deducción sólo es aplicable a las rentas de primera categoría. ncidencia en el mpuesto General a las Ventas omo se trata de una utilización de servicios en el país, dicha operación se encuentra afecta al GV, siendo de cargo de la empresa domiciliada, el impuesto debe pagarse a través del sistema pago fácil que genera el formulario º 1662 una vez hecho el pago, el código a utilizar es sientos ontables ,240 EBE HBER 63 SERVS PRESS PR ERERS 6, lquileres 40 RBUS PR PGR 1, R Ret. o om. 46 S. PR PGR VERSS 4, /03 Por la provisión del gasto por alquiler de local. 94 GSS E MSR. 6, RGS MPUBES UE E SS 6, /03 Por el destino del gasto por alquiler de local administrativo. 46 UES PR PGR V. 4, J Y BS 4, uentas corrientes 31/03 Por el pago de alquiler de local EBE HBER 64 RBUS J Y BS uentas corrientes 31/03 Por el cargo de 94 GSS E MSR RGS MPUBES UE E SS /03 Por el destino del gasto por. 40 RBUS PR PGR 1, R Ret. o om. 65 RGS VERSS E GESÓ tras cargas diversas de gestión 6592 Redondeo mpuestos 10 J Y BS 1, aja 10/04 Por el pago en efectivo de la retención del.r. P RMER QUE - BR 2005 U EMPRESR 84-5

4 U Y PÓ PRÁ P RMER QUE - BR 2005 EBE HBER 94 GSS E MSR RGS MPUBES UE E SS /04 Por el destino del gasto por redondeo de impuestos. 40 RBUS PR PGR 1, GV por aplicar 10 J Y BS 1, aja 10/04 Por el pago en efectivo del GV por utilización de servicios. 40 RBUS PR PGR 1, GV 40 RBUS PR PGR 1, GV por aplicar x/x Por la aplicación del GV aso Práctico 2 Persona Jurídica o omiciliada que percibe renta por alquiler de naves Una persona juridica domiciliada va a pagar la suma de S/. 40,000 por concepto de alquiler de una embarcación de carga para transporte internacional a una persona jurídica no domiciliada, el servicio culmina el 25 de febrero de Se pide determinar el monto de la retención por impuesto a la renta y la sanción correspondiente por no pagar el GV por utilización se servicios, ya que la empresa por desconocimiento no paga el GV que corresponde, pero regulariza el tributo y multa el 11 de abril de 2005 antes de ser notificado por la SU. El vencimiento de sus obligaciones mensuales es el 14 de marzo de Solución eterminamos el importe a retener por mpuesto a la Renta. osto del servicio 40,000 Renta neta 80% 32,000.R. 10% de la Renta neta 3,200 eto a pagar: 40,000-3,200 = S/. 36,800 a empresa domiciliada deberá retener por mpuesto a la Renta la suma de S/. 3, y debe pagar dicha retención al fisco en el P 617 tras Retenciones en el mes de marzo de acuerdo al cronograma de vencimiento de obligaciones mensuales. ncidencia en el GV S/. osto del servicio 40,000 GV 19% 7,600 a empresa domiciliada debió pagar el GV el 14 de marzo de 2005, al no haberlo hecho ha cometido la infracción tipificad en el artículo 178º del ódigo ributario umeral 5 que consiste en «o pagar en la forma o condiciones establecidas por la administración tributaria o utilizar un medio de pago distinto de los señalados en las normas tributarias, cuando se hubiera eximido de la obligación de presentar declaración jurada». l respecto, la Resolución de Superintendencia º /SU publicada el en su artículo 5º establece que los deudores tributarios estarán eximidos de presentar declaración jurada de GV por el concepto de la utilización en el país de los servicios prestados por no domiciliados. Por lo tanto, en el presente caso se ha configurado la infracción, cuya sanción para el Régimen General es del 40% de la U con derecho a la aplicación del incentivo estipulado en el artículo 179º del ódigo ributario. álculo de intereses moratorios de GV Vencimiento de la oblig.: 14/03/05 echa de pago: 11/04/05 euda: 7,600 ías de atrazo: 28 días M 1.5% mensual M diaria: 1.5/30 = 0.05% M acumulada: 0.05 x 28 = 1.4% Monto del interés: 7,600 x 1.4% = otal deuda al S/. 7, Efectuado el pago del impuesto adeudado la empresa podra utilizarlo como crédito fiscal, en este caso el crédito será aplicado en la declaración del período tributario de abril por que es el mes en que se paga el impuesto. álculo de la multa a pagar Sanción: 40% de la U = 3,300 x 40% = 1,320 plicación del ncentivo Sanción 1,320 Rebaja 90% -1,188 Multa rebajada 132 ntereses 1.4% 1.85 otal a pagar S/ Redondeo: 134 sientos ontables EBE HBER 63 SERVS PRESS PR ERERS 40, lquileres 40 RBUS PR PGR 3, R. EBE HBER Ret. o om. 46 UES PR PGR VERSS 36,800 25/02 Por la provisión del gasto por alquiler de nave. 95 GSS E VE 40, RGS MPUBES UE E SS 40,000 25/02 Por el destino del gasto por alquiler de nave para transporte. 46 UES PR PGR VERSS 36, J Y BS 36, uentas corrientes 25/02 Por el pago de alquiler de nave 64 RBUS J Y BS uentas corrientes 25/02 Por el cargo de 94 GSS E MSR RGS MPUBES UE E SS /02 Por el destino del gasto por. 40 RBUS PR PGR 3, R Ret. no om. 10 J Y BS 3, uentas corrientes 14/03 Por el pago de la retencion 64 RBUS J Y BS uentas corrientes 14/03 Por la provisión del gasto por. 94 GSS E MSR RGS MPUBES UE E SS /03 Por el destino del gasto por. 40 RBUS PR PGR 7, GV por aplicar 67 RGS ERS tras cargas financieras 6791 ntereses moratorios van SU E VESGÓ E PÍ

5 ncidencia en el GV RE RBUR...vienen EBE HBER 75 GRESS VERSS tros ingresos diversos 10 J Y BS 7, aja 11/04 Por el pago en efectivo del GV por utilización de servicios. 97 GSS ERS RGS MPUBES UE E SS /04 Por el destino del gasto por intereses EBE HBER EBE HBER 66 RGS EXEPES Sanciones administrativas fiscales 67 RGS ERS tras cargas financieras 6791 ntereses moratorios 65 RGS VERSS E GESÓ tras cargas diversas de gestión 10 J Y BS aja 11/04 Por el pago de multa SU. 94 GSS E MSR GSS ERS RGS MPUBES UE E SS /04 Por el destino de los gastos. 40 RBUS PR PGR 7, GV 40 RBUS PR PGR 7, GV por aplicar x/x Por la aplicación del GV E G S M E P RMER QUE - BR 2005 U EMPRESR 84-7

ASISTENCIA TÉCNICA, REGALÍAS Y FINANCIAMIENTOS CON ENTIDADES NO DOMICILIADAS. Aspectos tributarios relevantes. Agosto 2014

ASISTENCIA TÉCNICA, REGALÍAS Y FINANCIAMIENTOS CON ENTIDADES NO DOMICILIADAS. Aspectos tributarios relevantes. Agosto 2014 ASISTENCIA TÉCNICA, REGALÍAS Y FINANCIAMIENTOS CON ENTIDADES NO DOMICILIADAS Aspectos tributarios relevantes Agosto 2014 Quién paga impuestos? Por qué operaciones? Base jurisdiccional Criterio de residencia:

Más detalles

NO DOMICILIADOS. Cecilia Delgado Julio 2008

NO DOMICILIADOS. Cecilia Delgado Julio 2008 NO DOMICILIADOS Cecilia Delgado Julio 2008 1 TEMARIO 1. El Impuesto a la Renta y los no domiciliados. 2. Las nuevas reglas para la determinación del domicilio. 3. Problemas que plantean la asistencia técnica

Más detalles

PROBLEMÁTICA TRIBUTARIA DE LOS FONDOS DE INVERSIÓN EN VALORES

PROBLEMÁTICA TRIBUTARIA DE LOS FONDOS DE INVERSIÓN EN VALORES PROBLEMÁTICA TRIBUTARIA DE LOS FONDOS DE INVERSIÓN EN VALORES Francisco Botto Denegri SUMARIO I. Introducción. II. Régimen tributario aplicable a los fondos de Inversión en valores. I. INTRODUCCIÓN. Los

Más detalles

MODIFICACIONES A LA RENTA DE FUENTE PERUANA. Dra. Indira Navarro Palacios Dr. Miguel Angel Torres Morales

MODIFICACIONES A LA RENTA DE FUENTE PERUANA. Dra. Indira Navarro Palacios Dr. Miguel Angel Torres Morales MODIFICACIONES A LA RENTA DE FUENTE PERUANA Dra. Indira Navarro Palacios Dr. Miguel Angel Torres Morales CRITERIOS DE VINCULACIÓN Relacionan las rentas generadas por los contribuyentes con el fisco que

Más detalles

- Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N. 122-94-EF, publicado el 21.9.1994, y no rmas modificatorias.

- Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N. 122-94-EF, publicado el 21.9.1994, y no rmas modificatorias. INFORME N. 027-2012-SUNAT/4B0000 MATERIA: Se plantea el supuesto de una empresa no domiciliada que presta íntegramente en el Perú un servicio de asesoría y consultoría a una empresa domiciliada en el país,

Más detalles

TRATAMIENTO TRIBUTARIO DE LOS INTERESES PROVENIENTES DE CREDITOS EXTERNOS

TRATAMIENTO TRIBUTARIO DE LOS INTERESES PROVENIENTES DE CREDITOS EXTERNOS TRATAMIENTO TRIBUTARIO DE LOS INTERESES PROVENIENTES DE CREDITOS EXTERNOS Francisco Botto Denegri SUMARIO I. Introducción. II. Impuesto a la Renta. III. Impuesto General a las Ventas. I.- INTRODUCCIÓN.

Más detalles

Tipos de retenciones en la fuente Impuesto sobre la renta

Tipos de retenciones en la fuente Impuesto sobre la renta Tipos de retenciones en la fuente Impuesto sobre la renta DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN MARZO 2013 2.8.2.1 Retenciones al salario Tipos de retenciones en la fuente Impuesto sobre la renta Salarios y

Más detalles

INFRACCIONES Y SANCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR DECLARACIONES Y COMUNICACIONES

INFRACCIONES Y SANCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR DECLARACIONES Y COMUNICACIONES Artículo 176º Numeral 1) INFRACCIONES Y SANCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR DECLARACIONES Y COMUNICACIONES INFRACCIONES FRECUENTES 1. INFRACCIÓN POR NO PRESENTAR LAS DECLARACIONES DENTRO

Más detalles

3. En el caso de préstamos en efectivo, cuándo se considera que se ha acreditado el ingreso de la moneda extranjera al país?

3. En el caso de préstamos en efectivo, cuándo se considera que se ha acreditado el ingreso de la moneda extranjera al país? INFORME N. 129-2012-SUNAT/4B0000 MATERIA: Consultas sobre la declaración jurada de la entidad bancaria o financiera que ha participado en una operación de crédito externo, por la cual certifique que no

Más detalles

Las rentas de fuente peruana y sus efectos impositivos

Las rentas de fuente peruana y sus efectos impositivos 2 SECCIÓN TRIBUTARIA INFORME Las rentas de fuente peruana y sus efectos impositivos... 5 OPERATIVIDAD TRIBUTARIA Principales gastos sujetos a límites cuantitativos... 10 INFORME SUNAT En qué momento se

Más detalles

TRIBUTOS EN PERU. A continuación, se describen las principales características de los tributos más relevantes:

TRIBUTOS EN PERU. A continuación, se describen las principales características de los tributos más relevantes: TRIBUTOS EN PERU 1. TRIBUTOS De conformidad con la Constitución Política de la República del Perú, los peruanos están obligados a contribuir de manera proporcional y equitativa para sufragar los gastos

Más detalles

TRATAMIENTOS DE DISTRIBUCION DE DIVIDENDOS DESDE EL PERIODO 2015

TRATAMIENTOS DE DISTRIBUCION DE DIVIDENDOS DESDE EL PERIODO 2015 TRATAMIENTOS DE DISTRIBUCION DE DIVIDENDOS DESDE EL PERIODO 2015 Cuáles son todos los efectos tributarios que conlleva el cambio de tasa a la distribución de los dividendos para el 2015? a) Naturaleza

Más detalles

Tratamiento a los fondos mutuos, fideicomisos y fondos de inversión

Tratamiento a los fondos mutuos, fideicomisos y fondos de inversión Tratamiento a los fondos mutuos, fideicomisos y fondos de inversión Febrero 2010 Arturo Tuesta Madueño PwC Cuál es el régimen de los vehículos de inversión? Artículo 29-A de la Ley del IR Contribuyentes:

Más detalles

Vendedor o prestador del servicio. Contrata con tercero y asume el pago.

Vendedor o prestador del servicio. Contrata con tercero y asume el pago. Ficha Técnica Autor : C.P.C. Josué Alfredo Bernal Rojas Título : Tratamiento tributario contable de los reembolsos de gastos (Parte ) Fuente : Nº 290 - Primera Quincena de Noviembre 2013 1. ntroducción

Más detalles

MANUAL DE CONSULTAS TRIBUTARIAS DIVIDENDOS DE SOCIEDADES ANÓNIMAS TIPO DE PERSONA O CONTRIBUYENTE TIPO DE EMPRESA

MANUAL DE CONSULTAS TRIBUTARIAS DIVIDENDOS DE SOCIEDADES ANÓNIMAS TIPO DE PERSONA O CONTRIBUYENTE TIPO DE EMPRESA DIVIDENDOS DE SOCIEDADES ANÓNIMAS 2 Personas naturales con domicilio o residencia en Chile, que no declaren sus rentas en la Primera Categoría mediante contabilidad. Sociedades anónimas o en comandita

Más detalles

Tributación sobre transacciones con sujetos no domiciliados

Tributación sobre transacciones con sujetos no domiciliados w ww.pwc.com Tributación sobre transacciones con sujetos no domiciliados Ex positor: Ju lio Simión Lavado Gerente TLS Agenda 1. Renta de fuente peruana 2. Intereses por créditos externos 3. Dividendos

Más detalles

INFORME N. 071-2013-SUNAT/4B0000 MATERIA:

INFORME N. 071-2013-SUNAT/4B0000 MATERIA: INFORME N. 071-2013-SUNAT/4B0000 MATERIA: En relación con el supuesto en que un banco del exterior otorgue una fianza o garantía que respalde a bancos locales para que estos emitan una carta fianza que

Más detalles

GUÍA DE NORMAS DE RETENCIONES DEL ITBMS CONTENIDAS A NIVEL DE DECRETO EJECUTIVO

GUÍA DE NORMAS DE RETENCIONES DEL ITBMS CONTENIDAS A NIVEL DE DECRETO EJECUTIVO GUÍA DE NORMAS DE RETENCIONES DEL ITBMS CONTENIDAS A NIVEL DE DECRETO EJECUTIVO I. TEXTO DEL ARTÍCULO 19 DEL DECRETO EJECUTIVO NO. 84 DE 26 DE AGOSTO DE 2005, CON TODAS SUS MODIFICACIONES REGLAMENTARIAS

Más detalles

ACTUALIDAD Y APLICACIÓN PRÁCTICA

ACTUALIDAD Y APLICACIÓN PRÁCTICA TULDD Y PLÓN PRÁT T U L servicio pueda sustentar gastos, costos o créditos tributarios. Por lo tanto, en la medida que el adquirente del bien inmueble requiera deducir como gasto el importe que pagó por

Más detalles

IMPUESTO A LA RENTA SOBRE GANANCIAS EN FONDOS MUTUOS Y ACCIONES - PERSONAS NATURALES

IMPUESTO A LA RENTA SOBRE GANANCIAS EN FONDOS MUTUOS Y ACCIONES - PERSONAS NATURALES IMPUESTO A LA RENTA SOBRE GANANCIAS EN FONDOS MUTUOS Y ACCIONES - PERSONAS NATURALES 2010 Qué son Rentas de 2ª. categoría? Los ingresos de Personas Naturales Por concepto de: Dividendos de acciones Intereses

Más detalles

CONCEPTO 28887 DE 21 DE OCTUBRE DE 2015 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES. Bogotá, D.C.

CONCEPTO 28887 DE 21 DE OCTUBRE DE 2015 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES. Bogotá, D.C. CONCEPTO 28887 DE 21 DE OCTUBRE DE 2015 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES Bogotá, D.C. Doctora PATRICIA GONZÁLEZ VASCO Subdirectora de Gestión de Recursos Financieros DIAN Carrera 7 No. 6 C -

Más detalles

Se plantea las siguientes consultas relacionadas con Fondos de Inversión:

Se plantea las siguientes consultas relacionadas con Fondos de Inversión: INFORME N. 002-2013-SUNAT/4B0000 MATERIA: Se plantea las siguientes consultas relacionadas con Fondos de Inversión: 1. Cuál debe ser la tasa de retención que debe aplicar la Sociedad Administradora de

Más detalles

Su dirección registrada es Calle Centenario 156, La Molina, Lima, Perú.

Su dirección registrada es Calle Centenario 156, La Molina, Lima, Perú. SOLUCION EMPRESA ADMINISTRADORA HIPOTECARIA S.A. NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS Al 31 de Diciembre de 2013 1 Actividad económica Solución Financiera de Crédito del Perú S.A. (en adelante Solución ) fue

Más detalles

Mercado de Capitales, Inversiones y Finanzas www.mcifperu.com

Mercado de Capitales, Inversiones y Finanzas www.mcifperu.com IMPUESTO A LAS TRANSACCIONES FINANCIERAS ITF 1. Están gravados los saldos de remuneraciones abonadas, por ejemplo en marzo, y que se utilicen en abril? No. Es importante saber que el saldo no utilizado

Más detalles

- Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N. 122-94-EF, publicado el 21.9.1994, y no rmas modificatorias.

- Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N. 122-94-EF, publicado el 21.9.1994, y no rmas modificatorias. INFORME N. 052-2013-SUNAT/4B0000 MATERIA: Para efecto de la emisión de la Certificación de recuperación del capital invertido, tratándose de la enajenación de un inmueble que se va a llevar a cabo con

Más detalles

1. Certificado N 3 Sobre Situación Tributaria de Dividendos y Créditos

1. Certificado N 3 Sobre Situación Tributaria de Dividendos y Créditos 1. Certificado N 3 Sobre Situación Tributaria de Dividendos y Créditos Razón Social de la Empresa : RUT N : Certificado N. Dirección : Ciudad y Fecha:.. Giro o Actividad : Tipo de Sociedad Anónima (Indicar

Más detalles

Líneas de Créditos Personales. 1. Línea General de Créditos Personales.

Líneas de Créditos Personales. 1. Línea General de Créditos Personales. Líneas de Créditos Personales. 1. Línea General de Créditos Personales. Monto: hasta $ 100.000.- Tasa Nominal Anual (TNA) Fija = 30,00%. Plazo máximo: hasta 24 cuotas mensuales. Seguro de vida: 0,15% mensual

Más detalles

A estos efectos, se incluirán entre las empresas explotadoras de dichos servicios las empresas distribuidoras y comercializadoras de los mismos.

A estos efectos, se incluirán entre las empresas explotadoras de dichos servicios las empresas distribuidoras y comercializadoras de los mismos. ORDENANZA FISCAL Nº 41.- ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO A FAVOR DE EMPRESAS EXPLOTADORAS DE SERVICIOS DE SUMINISTROS QUE RESULTEN DE INTERÉS GENERAL O

Más detalles

Fórum: Impuesto a la Renta: el nuevo escenario para el 2010. Impacto de las nuevas reglas sobre rentas de capital en el mercado financiero.

Fórum: Impuesto a la Renta: el nuevo escenario para el 2010. Impacto de las nuevas reglas sobre rentas de capital en el mercado financiero. Fórum: Impuesto a la Renta: el nuevo escenario para el 2010 Impacto de las nuevas reglas sobre rentas de capital en el mercado financiero. Miguel Mur Valdivia pwc 1 PricewaterhouseCoopers Temas a tratar

Más detalles

ORDENANZA NUMERO 16. Artículo 1.Al amparo del previsto en los Artículos 57 y 24.1 C del Real Decreto

ORDENANZA NUMERO 16. Artículo 1.Al amparo del previsto en los Artículos 57 y 24.1 C del Real Decreto ORDENANZA NUMERO 16 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PUBLICO LOCAL A FAVOR DE EMPRESAS EXPLOTADORAS DE SERVICIOS DE SUMINISTROS DE INTERÉS GENERAL FUNDAMENTO

Más detalles

MODELO 111 RETENCIONES CURSO GESTIÓN DE AUTÓNOMOS

MODELO 111 RETENCIONES CURSO GESTIÓN DE AUTÓNOMOS MODELO 111 RETENCIONES CURSO GESTIÓN DE AUTÓNOMOS 03/06/2013 Autor Juan Canca Herrera Centro de Enseñanzas Empresariales C/Marques de Estella, 15 29670 San Pedro Alcántara Málaga Tfn.952782877 www.informaticatron.es

Más detalles

CONCEPTOS Y DEFINICIONES

CONCEPTOS Y DEFINICIONES CONCEPTOS Y DEFINICIONES A continuación algunos conceptos y definiciones esenciales para un mejor análisis e interpretación de las estadísticas del Sector Financiero. ARRENDAMIENTO FINANCIERO: Contrato

Más detalles

2. No obstante lo establecido en el apartado anterior serán deducibles:

2. No obstante lo establecido en el apartado anterior serán deducibles: DEDUCIBILIDAD DOTACIÓN PROVISIONES TÉCNICAS Artículo 13.2 e) Ley 43/1995. Provisión para riesgos y gastos 2. No obstante lo establecido en el apartado anterior serán deducibles: e) Las dotaciones a las

Más detalles

Han acordado las disposiciones siguientes que formarán parte integrante del Convenio: ARTICULO I

Han acordado las disposiciones siguientes que formarán parte integrante del Convenio: ARTICULO I SEGUNDO PROTOCOLO ADICIONAL QUE MODIFICA EL CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICION E IMPEDIR LA EVASION

Más detalles

Marimón Abogados OBLIGACIÓN DE REALIZAR DECLARACIONES INFORMATIVAS SOBRE BIENES Y DERECHOS EN EL EXTRANJERO

Marimón Abogados OBLIGACIÓN DE REALIZAR DECLARACIONES INFORMATIVAS SOBRE BIENES Y DERECHOS EN EL EXTRANJERO OBLIGACIÓN DE REALIZAR DECLARACIONES INFORMATIVAS SOBRE BIENES Y DERECHOS EN EL EXTRANJERO En cumplimiento con la normativa comunitaria e internacional en materia de asistencia mutua dentro del marco de

Más detalles

Límite para gastos de vehículos asignados a actividades de dirección, representación y administración

Límite para gastos de vehículos asignados a actividades de dirección, representación y administración TULDD Y PLÓN PRÁT T U L D D Y P L Ó N P R Á T P RMER QUNEN - BRL 7 Límite para gastos de asignados a actividades de dirección, representación y administración.p.. Josué lfredo Bernal Rojas Miembro del

Más detalles

Resolución del Recurso de Alzada STR/LPZ/RA 0354/2007

Resolución del Recurso de Alzada STR/LPZ/RA 0354/2007 Resolución del Recurso de Alzada STR/LPZ/RA 0354/2007 Recurrente: Recurrido: Expediente: Administradora de Tarjetas de Crédito S.A., ATC S.A., representada por Edgar Ruck Camacho Bustios. Gerencia de Grandes

Más detalles

I Determinación de los Intereses Presuntos a tener en cuenta al cierre del ejercicio por préstamos en moneda nacional entre partes no vinculadas

I Determinación de los Intereses Presuntos a tener en cuenta al cierre del ejercicio por préstamos en moneda nacional entre partes no vinculadas Determinación de los ntereses Presuntos a tener en cuenta al cierre del ejercicio por en moneda nacional entre partes no vinculadas Ficha Técnica Autor : C.P.C. Josué Alfredo Bernal Rojas Título : Determinación

Más detalles

Haciendo Negocios en Colombia Desde una perspectiva chilena

Haciendo Negocios en Colombia Desde una perspectiva chilena www.pwc.cl Haciendo Negocios en Colombia Desde una perspectiva chilena Sandra Benedetto Departamento Legal y Tributario Chile Aspectos generales a considerar al momento de hacer negocios en Colombia COLOMBIA

Más detalles

ASPECTOS D E LOS SISTEMAS TRIBUTARIOS EN PARAGUAY MARÍA SOL MARTÍNEZ - CYNTHIA FATECHA VOUGA & OLMEDO ABOGADOS

ASPECTOS D E LOS SISTEMAS TRIBUTARIOS EN PARAGUAY MARÍA SOL MARTÍNEZ - CYNTHIA FATECHA VOUGA & OLMEDO ABOGADOS BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO DEPARTAMENTO DE INTEGRACIÓN Y PROGRAMAS REGIONALES DIVISIÓN DE INTEGRACIÓN, COMERCIO Y ASUNTOS HEMISFÉRICOS INSTITUTO PARA LA INTEGRACIÓN DE AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE

Más detalles

EJERCICIOS OPERACIÓN RENTA AT 2007 EJERCICIO Nº 1 IMPUESTO ADICIONAL SOCIO DE SOCIEDAD DE PERSONAS

EJERCICIOS OPERACIÓN RENTA AT 2007 EJERCICIO Nº 1 IMPUESTO ADICIONAL SOCIO DE SOCIEDAD DE PERSONAS EJERCICIOS OPERACIÓN RENTA AT 2007 EJERCICIO Nº 1 IMPUESTO ADICIONAL SOCIO DE SOCIEDAD DE PERSONAS Los contribuyentes que NO queden gravados con el impuesto Adicional de conformidad a los normas del artículo

Más detalles

CAPITULO IV. TASAS POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O EL APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL.

CAPITULO IV. TASAS POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O EL APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL. CAPITULO IV. TASAS POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O EL APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL. Servicios Fiscales - Ayuntamiento de Getafe - 2012 167 Servicios Fiscales - Ayuntamiento de Getafe

Más detalles

OBLIGADOS A PRACTICAR RETENCIÓN EN LA FUENTE POR RENTA e IVA - Actualizado para aplicación en 2012 -

OBLIGADOS A PRACTICAR RETENCIÓN EN LA FUENTE POR RENTA e IVA - Actualizado para aplicación en 2012 - OBLIGADOS A PRACTICAR RETENCIÓN EN LA FUENTE POR RENTA e IVA - Actualizado para aplicación en 2012-1. Todas las personas jurídicas 2. Las personas naturales que tengan la calidad de comerciantes y que

Más detalles

ROMO & CAMPOS ABOGADOS Y ASESORES TRIBUTARIOS CONSIDERACIONES SOBRE EL TRATAMIENTO FISCAL DE LOS SOCIOS DE

ROMO & CAMPOS ABOGADOS Y ASESORES TRIBUTARIOS CONSIDERACIONES SOBRE EL TRATAMIENTO FISCAL DE LOS SOCIOS DE Circular Informativa ROMO & CAMPOS ABOGADOS Y ASESORES TRIBUTARIOS CONSIDERACIONES SOBRE EL TRATAMIENTO FISCAL DE LOS SOCIOS DE Real Decreto Ley 18/2012, NOTA SOBRE LA NUEVA EXENCION FISCAL POR VENTA DE

Más detalles

(Acceda a estos formularios en formato Excel en www.checkpoint.cl) Instrucciones para confeccionar la Declaración Jurada Nº 1822

(Acceda a estos formularios en formato Excel en www.checkpoint.cl) Instrucciones para confeccionar la Declaración Jurada Nº 1822 Declaración Jurada Nº 1822 Enajenación de acciones de pago de S.A., según normas de la letra c) del Nº 1 de la letra A) del artículo 14 de la Ley de la Renta (Acceda a estos formularios en formato Excel

Más detalles

1. Certificado N 7, Sobre Intereses u Otras Rentas por Operaciones de Captación de Cualquier Naturaleza no acogidas a las normas del Articulo 104 de

1. Certificado N 7, Sobre Intereses u Otras Rentas por Operaciones de Captación de Cualquier Naturaleza no acogidas a las normas del Articulo 104 de 1. Certificado N 7, Sobre Intereses u Otras Rentas por Operaciones de Captación de Cualquier Naturaleza no acogidas a las normas del Articulo 104 de la Ley de la Renta. INSTRUCCIONES PARA CONFECCIONAR

Más detalles

RESIDENTES FISCALES EN ESPAÑA CON RENTAS PROCEDENTES DE ALEMANIA

RESIDENTES FISCALES EN ESPAÑA CON RENTAS PROCEDENTES DE ALEMANIA RESIDENTES FISCALES EN ESPAÑA CON RENTAS PROCEDENTES DE ALEMANIA (El contenido de este documento es meramente informativo y se ha elaborado con carácter divulgativo. Para más información puede consultarse

Más detalles

AGENCIA TRIBUTARIA. Documento de PREGUNTAS FRECUENTES sobre el MODELO 720 de declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero

AGENCIA TRIBUTARIA. Documento de PREGUNTAS FRECUENTES sobre el MODELO 720 de declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero AGENCIA TRIBUTARIA Documento de PREGUNTAS FRECUENTES sobre el MODELO 720 de declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero (Hemos recopilado en este documento word la información

Más detalles

(B.O.P de Guadalajara de 31 de diciembre de 2003)

(B.O.P de Guadalajara de 31 de diciembre de 2003) ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE TASA POR APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL, A FAVOR DE EMPRESAS EXPLOTADORAS DE SERVICIOS DE SUMINISTROS DE INTERÉS GENERAL. (B.O.P de Guadalajara de 31

Más detalles

Investment Promotion Agency Government of Mendoza ASPECTOS IMPOSITIVOS

Investment Promotion Agency Government of Mendoza ASPECTOS IMPOSITIVOS Investment Promotion Agency Government of Mendoza ASPECTOS IMPOSITIVOS MENDOZA JANUARY 2014 2 SISTEMA TRIBUTARIO En Argentina los tributos son recaudados por el gobierno nacional, las provincias y las

Más detalles

Qué es el Fondo de Seguro de Depósito?

Qué es el Fondo de Seguro de Depósito? Qué es el Fondo de Seguro de Depósito? El FSD es una institución cuyo objetivo es proteger a los depositantes en caso la institución financiera miembro de FSD donde mantiene su depósitos quiebre. El Fondo

Más detalles

Supervisión de Operaciones de Crédito de Dinero (Ley 18.010)

Supervisión de Operaciones de Crédito de Dinero (Ley 18.010) Supervisión de Operaciones de Crédito de Dinero (Ley 18.010) Santiago de Chile, julio 2014 Este documento contiene una serie de consultas y respuestas relacionadas con el proceso de implementación de la

Más detalles

DECLARACION DE PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD

DECLARACION DE PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD DECLARACION DE PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD DPC-12. TRATAMIENTO CONTABLE DE LAS TRANSACCIONES EN MONEDA EXTRANJERA Y TRADUCCION 0 CONVERSION A MONEDA NACIONAL DE OPERACIONES EN EL EXTRANJERO ANTECEDENTES

Más detalles

3. De ser negativa la pregunta anterior, procede aplicarlo como gasto deducible en el ejercicio en que el impuesto es efectivamente pagado?

3. De ser negativa la pregunta anterior, procede aplicarlo como gasto deducible en el ejercicio en que el impuesto es efectivamente pagado? INFORME N. 023-2015-SUNAT/5D0000 MATERIA: Se plantea el supuesto de una empresa domiciliada en el Perú que tiene una sucursal en otro país( 1 ), a través de la cual obtiene utilidades que son enviadas

Más detalles

Taxes on Income IMPUESTO A LA RENTA DE PERSONAS NATURALES DOMICILIADAS. Tasa Efectiva 5% (6.25% x 80%RB) Hasta S/. 97,200 aprox.

Taxes on Income IMPUESTO A LA RENTA DE PERSONAS NATURALES DOMICILIADAS. Tasa Efectiva 5% (6.25% x 80%RB) Hasta S/. 97,200 aprox. Taxes on Income IMPUESTO A LA RENTA DE PERSONAS NATURALES DOMICILIADAS Impuesto a la Renta aplicable a las rentas del capital (1) Efectiva 5% (6.25% x 80%RB) Efectiva 5% (6.25% X 80%RB) Impuesto a la Renta

Más detalles

INFORME No. 785-2009

INFORME No. 785-2009 INFORME No. 785-2009 Ref.: Ley que prorroga las exoneraciones contenidas en el artículo 19º de la Ley del Impuesto a la Renta y posterga la entrada en vigencia de varios artículos y disposiciones del Decreto

Más detalles

FORMULARIO 103 INSTRUCTIVO DECLARACION DE RETENCIONES EN LA FUENTE DEL IMPUESTO A LA RENTA

FORMULARIO 103 INSTRUCTIVO DECLARACION DE RETENCIONES EN LA FUENTE DEL IMPUESTO A LA RENTA FORMULARIO 103 INSTRUCTIVO DECLARACION DE RETENCIONES EN LA FUENTE DEL IMPUESTO A LA RENTA IMPORTANTE: Recuerde que posicionando el cursor sobre el casillero de la declaración usted obtiene el detalle

Más detalles

Resolución S.B.S. Nº 1021-98. El Superintendente de Banca y Seguros CONSIDERANDO:

Resolución S.B.S. Nº 1021-98. El Superintendente de Banca y Seguros CONSIDERANDO: Lima, 01 de octubre de 1998 Resolución S.B.S. Nº 1021-98 El Superintendente de Banca y Seguros CONSIDERANDO: Que, la Ley General de Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia

Más detalles

ORDENANZA SOBRE LA FINANCIACIÓN DE LAS ENTIDADES LOCALES MENORES DEL MUNICIPIO DE ORDUÑA

ORDENANZA SOBRE LA FINANCIACIÓN DE LAS ENTIDADES LOCALES MENORES DEL MUNICIPIO DE ORDUÑA ORDENANZA SOBRE LA FINANCIACIÓN DE LAS ENTIDADES LOCALES MENORES DEL MUNICIPIO DE ORDUÑA Artículo 1: Objeto El objeto de la presente ordenanza es la regulación del régimen jurídico general de financiación

Más detalles

RESOLUCION Nº 658/2012

RESOLUCION Nº 658/2012 DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA RESOLUCION Nº 658/2012 Montevideo, 10 de abril de 2012 VISTO: la Ley Nº 18.718 de 24 de diciembre de 2010 y el Decreto Nº 510/011 de 30 de diciembre de 2011. RESULTANDO: que

Más detalles

EL PATRIMONIO Y LAS CUENTAS ANUALES. ANÁLISIS DE ESTADOS CONTABLES

EL PATRIMONIO Y LAS CUENTAS ANUALES. ANÁLISIS DE ESTADOS CONTABLES EL PATRIMONIO Y LAS CUENTAS ANUALES. ANÁLISIS DE ESTADOS CONTABLES 1. LA CONTABILIDAD. EL PLAN GENERAL CONTABLE. 2. LAS CUENTAS ANUALES 3. EL PATRIMONIO EMPRESARIAL 4. EL BALANCE 5. LA CUENTA DE PyG 6.

Más detalles

Ley 19.083 (1) Establece normas sobre Reprogramación de deudas del Crédito Fiscal Universitario

Ley 19.083 (1) Establece normas sobre Reprogramación de deudas del Crédito Fiscal Universitario Ley 19.083 (1) Establece normas sobre Reprogramación de deudas del Crédito Fiscal Universitario Artículo 1.- Los beneficiarios del crédito fiscal universitario establecido en el decreto con fuerza de ley

Más detalles

Tributación de. de Inversión.

Tributación de. de Inversión. Tributación de principales alternativas de Inversión. Ley de Impuesto a la Renta Para la ley tributaria chilena, renta es "(...) todos los beneficios, utilidades eincrementos de patrimonio que se perciban

Más detalles

Ley N 20.712 de Administración de Fondos de Terceros y Carteras Individuales

Ley N 20.712 de Administración de Fondos de Terceros y Carteras Individuales www.pwc.cl Ley N 20.712 de Administración de Fondos de Terceros y Carteras Individuales Resumen de las principales novedades en materia tributaria Newsletter Enero 2014 Con fecha 7 de enero de 2014, se

Más detalles

EL CAMBIO DE DOMICILIO DE LAS PERSONAS JURÍDICAS Y SUS EFECTOS EN EL IMPUESTO A LA RENTA

EL CAMBIO DE DOMICILIO DE LAS PERSONAS JURÍDICAS Y SUS EFECTOS EN EL IMPUESTO A LA RENTA EL CAMBIO DE DOMICILIO DE LAS PERSONAS JURÍDICAS Y SUS EFECTOS EN EL IMPUESTO A LA RENTA 1 CRISTINA CHANG DICIEMBRE DE 2008 CAMBIO DE DOMICILIO (CON CAMBIO DE REGISTRO) 2 En el curso de las actividades

Más detalles

MODELO 720 DECLARACION INFORMATIVA DE BIENES Y DERECHOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO

MODELO 720 DECLARACION INFORMATIVA DE BIENES Y DERECHOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO MODELO 720 DECLARACION INFORMATIVA DE BIENES Y DERECHOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO Tal y como se anunciábamos en nuestra circular del mes de noviembre, el pasado 30 de octubre de 2012 se publicó la Ley

Más detalles

- Texto Único Ordenado (TUO) del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo N. 133-2013-EF, publicado el 22.6.2013 y normas modificatorias.

- Texto Único Ordenado (TUO) del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo N. 133-2013-EF, publicado el 22.6.2013 y normas modificatorias. INFORME N. 73-2015-SUNAT/5D0000 MATERIA: Se formulan las siguientes consultas relacionadas con la utilización del Formulario N. 820 Comprobante por Operaciones No Habituales por personas naturales sin

Más detalles

Resolución de 16 de julio de 2012, de la Dirección. General de Tributos, en relación con la limitación. en la deducibilidad de gastos financieros

Resolución de 16 de julio de 2012, de la Dirección. General de Tributos, en relación con la limitación. en la deducibilidad de gastos financieros Resolución de 16 de julio de 2012, de la Dirección General de Tributos, en relación con la limitación en la deducibilidad de gastos financieros en el Impuesto sobre Sociedades. Área Fiscal de Gómez-Acebo

Más detalles

La multa por no cumplir con Ley 33 equivale al 1% del monto total de las transacciones realizadas

La multa por no cumplir con Ley 33 equivale al 1% del monto total de las transacciones realizadas La multa por no cumplir con Ley 33 equivale al 1% del monto total de las transacciones realizadas El concepto de precios de transferencia surgió en Panamá con la firma de los Convenios de Doble Tributación

Más detalles

OBLIGACIÓN DE INFORMACIÓN SOBRE BIENES Y DERECHOS EN EL EXTRANJERO

OBLIGACIÓN DE INFORMACIÓN SOBRE BIENES Y DERECHOS EN EL EXTRANJERO OBLIGACIÓN DE INFORMACIÓN SOBRE BIENES Y DERECHOS EN EL EXTRANJERO Disposición adicional decimoctava. Obligación de información sobre bienes y derechos situados en el extranjero 1. Los obligados tributarios

Más detalles

El Impuesto sobre la renta de la personas físicas RENDIMIENTOS DEL CAPITAL MOBILIARIO CONTABILIDAD Y AUDITORIA 1

El Impuesto sobre la renta de la personas físicas RENDIMIENTOS DEL CAPITAL MOBILIARIO CONTABILIDAD Y AUDITORIA 1 El Impuesto sobre la renta de la personas físicas RENDIMIENTOS DEL CAPITAL CONTABILIDAD Y AUDITORIA 1 RENDIMIENTOS DEL CAPITAL Qué se entiende por rendimientos del capital mobiliario? Aquellos que provienen

Más detalles

Emmanuel Baeza -Director Área Tributaria e.baeza@mshglobal.info Mshglobal-Chile

Emmanuel Baeza -Director Área Tributaria e.baeza@mshglobal.info Mshglobal-Chile Emmanuel Baeza -Director Área Tributaria e.baeza@mshglobal.info Mshglobal-Chile Principales impuestos en Chile Aplicación Agencias de viaje Tour operadores Emisivo (Empresas de Turismo) Principales impuestos

Más detalles

Sobre la reciente modificación del decreto reglamentario del impuesto a las ganancias.

Sobre la reciente modificación del decreto reglamentario del impuesto a las ganancias. Sobre la reciente modificación del decreto reglamentario del impuesto a las ganancias. Autores: Fernanda Laiún y Florencia Fernández Sabella Socias de Laiún, Fernández Sabella & Smudt. Fernandez Sabella

Más detalles

Los depósitos bancarios

Los depósitos bancarios Depósitos Bancarios 2014 Guías 14 Depósitos bancarios Los depósitos bancarios se caracterizan por ser contratos por los cuales una de las partes (una persona o una entidad) entrega a la otra, generalmente

Más detalles

Cómo presentar las declaraciones informativas anuales de 2008

Cómo presentar las declaraciones informativas anuales de 2008 Cómo presentar las declaraciones informativas anuales de 2008 Para Declaraciones mayor información informativas visita www.aduanas.gob.mx 2009 www.sat.gob.mx www.gobiernofederal.gob.mx Declaración Informativa

Más detalles

FOLLETO INFORMATIVO DE TARIFAS MÁXIMAS EN OPERACIONES Y SERVICIOS DEL MERCADO DE VALORES INDICE

FOLLETO INFORMATIVO DE TARIFAS MÁXIMAS EN OPERACIONES Y SERVICIOS DEL MERCADO DE VALORES INDICE INDICE Capitulo Contenido. Operaciones de intermediación en mercados. Custodia y administración de valores. Gestión de carteras. Asesoramiento en materia de inversión. Operaciones de Deuda Pública Española.

Más detalles

INFORMATIVA DE PRÉSTAMOS Y CRÉDITOS, Y OPERACIONES FINANCIERAS PARTICIPACIONES REPRESENTATIVAS DEL CAPITAL O DEL PATRIMONIO DE LAS

INFORMATIVA DE PRÉSTAMOS Y CRÉDITOS, Y OPERACIONES FINANCIERAS PARTICIPACIONES REPRESENTATIVAS DEL CAPITAL O DEL PATRIMONIO DE LAS Departamento de Gestión Tributaria PROYECTO DE ORDEN POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN EHA/3514/2009, DE 29 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE APRUEBA EL MODELO 181 DE DECLARACIÓN INFORMATIVA DE PRÉSTAMOS Y CRÉDITOS,

Más detalles

DIRECCIÓN DE GESTIÓN JURÍDICA IMPUESTO SOBRE LA RENTA PARA LA EQUIDAD - CREE-

DIRECCIÓN DE GESTIÓN JURÍDICA IMPUESTO SOBRE LA RENTA PARA LA EQUIDAD - CREE- DIRECCIÓN DE GESTIÓN JURÍDICA IMPUESTO SOBRE LA RENTA PARA LA EQUIDAD - CREE- Generalidades de los Tributos 1. Noción de Tributo Los tributos son ingresos públicos derivados de prestaciones pecuniarias

Más detalles

FOLLETO INFORMATIVO DE TARIFAS MÁXIMAS EN OPERACIONES Y SERVICIOS DEL MERCADO DE VALORES INDICE

FOLLETO INFORMATIVO DE TARIFAS MÁXIMAS EN OPERACIONES Y SERVICIOS DEL MERCADO DE VALORES INDICE INDICE Capitulo Contenido. Operaciones de intermediación en mercados. Custodia y administración de valores. Asesoramiento en materia de inversión. Operaciones de Deuda Pública Española. Servicios prestados

Más detalles

APROXIMACIÓN AL BALANCE GENERAL GERENCIA FINANCIERA

APROXIMACIÓN AL BALANCE GENERAL GERENCIA FINANCIERA APROXIMACIÓN AL BALANCE GENERAL 2012 Definiciones. Contabilidad Contabilidad es el arte de recoger, resumir, analizar e interpretar datos financieros, para obtener así las informaciones necesarias relacionadas

Más detalles

- Cargos por: a) cambio de fecha del vuelo; b) cambio de itinerario; c) cambio de clase de vuelo; y, d) reembolso del boleto aéreo.

- Cargos por: a) cambio de fecha del vuelo; b) cambio de itinerario; c) cambio de clase de vuelo; y, d) reembolso del boleto aéreo. INFORME N. 025-2012-SUNAT/4B0000 MATERIA: Se consulta sobre los alcances del término transporte aéreo internacional, en el marco del inciso d) del artículo 48 del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta,

Más detalles

FOLLETO INFORMATIVO DE TARIFAS MÁXIMAS EN OPERACIONES Y SERVICIOS DEL MERCADO DE VALORES INDICE

FOLLETO INFORMATIVO DE TARIFAS MÁXIMAS EN OPERACIONES Y SERVICIOS DEL MERCADO DE VALORES INDICE INDICE Capitulo Contenido. Operaciones de intermediación en mercados. Custodia y administración de valores. Gestión de carteras. Asesoramiento en materia de inversión. Operaciones de Deuda Pública Española.

Más detalles

FOLLETO INFORMATIVO DE TARIFAS MÁXIMAS EN OPERACIONES Y SERVICIOS DEL MERCADO DE VALORES INDICE

FOLLETO INFORMATIVO DE TARIFAS MÁXIMAS EN OPERACIONES Y SERVICIOS DEL MERCADO DE VALORES INDICE INDICE Capitulo Contenido. Operaciones de intermediación en mercados. Custodia y administración de valores. Gestión de carteras. Asesoramiento en materia de inversión * Los importes del presente folleto

Más detalles

Artículo 1.- CONCEPTO

Artículo 1.- CONCEPTO 21.- ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACION PRIVATIVA DEL DOMINIO PUBLICO O APROVECHAMIENTOS ESPECIALES CONSTITUIDOS EN EL SUELO, SUBSUELO O VUELO DE LAS VÍAS PÚBLICAS MUNICIPALES A FAVOR DE LAS

Más detalles

Modelo. Instrucciones para cumplimentar la autoliquidación

Modelo. Instrucciones para cumplimentar la autoliquidación Modelo 130 Instrucciones para cumplimentar la autoliquidación Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas Actividades económicas en estimación directa Pago fraccionado - Autoliquidación Importante:

Más detalles

Informe Jurídico 0494/2008

Informe Jurídico 0494/2008 Informe Jurídico 0494/2008 La consulta plantea si es necesario para las empresas del grupo consultante formalizar un contrato con la central donde se encuentra la base de datos de los empleados del grupo

Más detalles

FOLLETO INFORMATIVO DE TARIFAS MÁXIMAS EN OPERACIONES Y SERVICIOS DEL MERCADO DE VALORES INDICE

FOLLETO INFORMATIVO DE TARIFAS MÁXIMAS EN OPERACIONES Y SERVICIOS DEL MERCADO DE VALORES INDICE INDICE Capitulo Contenido. Operaciones de intermediación en mercados. Custodia y administración de valores. Gestión de carteras. Asesoramiento en materia de inversión. Operaciones de Deuda Pública Española.

Más detalles

Resolución General AFIP 3450

Resolución General AFIP 3450 Resolución General AFIP 3450 Marzo 2013 Impuesto a las Ganancias. Impuesto sobre los Bienes Personales. Adelanto de impuesto. OBJETO A través de la Resolución General 3450 la Administración Federal de

Más detalles

Enajenación Indirecta de Acciones Septiembre, 2012

Enajenación Indirecta de Acciones Septiembre, 2012 Cuando la experiencia es creativa Enajenación Indirecta de Acciones Septiembre, 2012 1 Línea de tiempo - Legislación 2 Régimen anterior a las Leyes 29663 Y 29757 Literal h) del artículo 9.- Renta de fuente

Más detalles

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES (Cierre fiscal ejercicio 2012) (Ajustes y conceptos a considerar)

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES (Cierre fiscal ejercicio 2012) (Ajustes y conceptos a considerar) IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES (Cierre fiscal ejercicio 2012) (Ajustes y conceptos a considerar) (10) OPERACIONES VINCULADAS (III/AJUSTES FISCALES Y CONTABILIZACIÓN) La valoración de operaciones vinculadas

Más detalles

DECRETO 2577 DE 1999 (diciembre 23) Diario Oficial No 43.828, del 23 de diciembre de 1999

DECRETO 2577 DE 1999 (diciembre 23) Diario Oficial No 43.828, del 23 de diciembre de 1999 DECRETO 2577 DE 1999 (diciembre 23) Diario Oficial No 43.828, del 23 de diciembre de 1999 MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO Por el cual se modifica el Decreto 841 del 5 de mayo de 1998, se reglamenta

Más detalles

FOLLETO INFORMATIVO DE TARIFAS MÁXIMAS EN OPERACIONES Y SERVICIOS DEL MERCADO DE VALORES INDICE

FOLLETO INFORMATIVO DE TARIFAS MÁXIMAS EN OPERACIONES Y SERVICIOS DEL MERCADO DE VALORES INDICE INDICE Capitulo Contenido. Operaciones de intermediación en mercados. Custodia y administración de valores. Operaciones de Deuda Pública Española. Servicios prestados diversos. Comisiones y gastos repercutibles

Más detalles

FOLLETO INFORMATIVO DE TARIFAS MÁXIMAS EN OPERACIONES Y SERVICIOS DEL MERCADO DE VALORES INDICE

FOLLETO INFORMATIVO DE TARIFAS MÁXIMAS EN OPERACIONES Y SERVICIOS DEL MERCADO DE VALORES INDICE INDICE Capitulo Contenido. Operaciones de intermediación en mercados. Custodia y administración de valores. Gestión de carteras. Asesoramiento en materia de inversión. Operaciones de Deuda Pública Española.

Más detalles

Asociada. 1.- Requisitos que deben cumplir cuando opten por ingresar al régimen simplificado:

Asociada. 1.- Requisitos que deben cumplir cuando opten por ingresar al régimen simplificado: Artículo 14 ter Documentación Asociada Artículo 14 ter.- Los contribuyentes obligados a declarar renta efectiva según contabilidad completa por rentas del artículo 20 de esta ley, podrán acogerse al régimen

Más detalles

RENTAS DE CAPITAL. NUEVA LEY DEL I.S.R. LIBRO I, DECRETO 10-2012. Expositor: CPA Oscar Chile Monroy

RENTAS DE CAPITAL. NUEVA LEY DEL I.S.R. LIBRO I, DECRETO 10-2012. Expositor: CPA Oscar Chile Monroy RENTAS DE CAPITAL. NUEVA LEY DEL I.S.R. LIBRO I, DECRETO 10-2012 Expositor: CPA Oscar Chile Monroy RENTAS DE CAPITAL, GANANCIAS Y PÉRDIDAS DE CAPITAL ARTICULO 83. HECHO GENERADOR. LA OBTENCIÓN DE RENTAS

Más detalles

FOLLETO INFORMATIVO DE TARIFAS MÁXIMAS EN OPERACIONES Y SERVICIOS DEL MERCADO DE VALORES INDICE

FOLLETO INFORMATIVO DE TARIFAS MÁXIMAS EN OPERACIONES Y SERVICIOS DEL MERCADO DE VALORES INDICE INDICE Capitulo Contenido. Operaciones de intermediación en mercados. Custodia y administración de valores. Gestión de carteras. Asesoramiento en materia de inversión. Servicios prestados diversos. Comisiones

Más detalles

Herramientas financieras para emprendedores. Mag. Oswaldo Sifuentes Bitocchi Jefe División de Mercadotecnia del INICTEL

Herramientas financieras para emprendedores. Mag. Oswaldo Sifuentes Bitocchi Jefe División de Mercadotecnia del INICTEL Herramientas financieras para emprendedores Mag. Oswaldo Sifuentes Bitocchi Jefe División de Mercadotecnia del INICTEL Definición de Estados Financieros Mucha de la información acerca de la empresa está

Más detalles

CET. Revista Electrónica CENTRO DE ESTUDIOS TRIBUTARIOS CONVENIO PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACIÓN ENTRE LA REPÚBLICA DEL PERÚ Y EL REINO DE ESPAÑA

CET. Revista Electrónica CENTRO DE ESTUDIOS TRIBUTARIOS CONVENIO PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACIÓN ENTRE LA REPÚBLICA DEL PERÚ Y EL REINO DE ESPAÑA Revista Electrónica Año 3 / Número 11 / 2009 CONVENIO PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACIÓN ENTRE LA REPÚBLICA DEL PERÚ Y EL REINO DE ESPAÑA Ginannina Galleres Di Gambito CET CENTRO DE ESTUDIOS TRIBUTARIOS

Más detalles

FOLLETO INFORMATIVO DE TARIFAS MÁXIMAS EN OPERACIONES Y SERVICIOS DEL MERCADO DE VALORES INDICE

FOLLETO INFORMATIVO DE TARIFAS MÁXIMAS EN OPERACIONES Y SERVICIOS DEL MERCADO DE VALORES INDICE INDICE Capitulo Contenido. Operaciones de intermediación en mercados. Custodia y administración de valores. Gestión de carteras. Operaciones de Deuda Pública Española. Servicios prestados diversos. Comisiones

Más detalles