LA COORDINACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN OBRAS SIN PROYECTO

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1 El coordinador de seguridad y salud Funciones y responsabilidades Murcia, 26 de Marzo de 2012 LA COORDINACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN OBRAS SIN PROYECTO Francisco José Martínez Montesinos Arquitecto Técnico e Ingeniero de Edificación fjmmontesinos@gmail.com

2 1. Definiciones 1.1. Obra sin proyecto 1.2. Obra de construcción 1.3. Proyecto 2. Tipos de obras sin proyecto 3. Obligatoriedad de designación de CSS en obras sin proyecto Deber de información del promotor 4.2. Planificación preventiva Libro de incidencias 4.4. Otras consideraciones 5. Resumen 6. Difusión

3 1. Definiciones 1.1. Obra sin proyecto 1.2. Obra de construcción 1.3. Proyecto

4 1. Definiciones 1.1. Obra sin proyecto Las obras sin proyecto son obras de construcción que se ejecutan sin contar con proyecto previo (Guía Técnica R.D. 1627/97, art. 2.1.a) OBRA DE CONSTRUCCIÓN PROYECTO

5 1. Definiciones 1.2. Obra de construcción Lugar donde se desarrolla con carácter temporal cualquiera de las actividades señaladas en el anexo I del R.D. 1627/97 ode las relacionadas en el apartado 45 de la CNAE 93 ( CNAE 09), siempre que estén referidas a trabajos intrínsecamente asociados a actividades de construcción (edificación e ingeniería civil) y se ejecuten con tecnologías propias de este tipo de industrias (Guía Técnica R.D. 1627/97, art. 2.1.a)

6 1. Definiciones Relación no exhaustiva de las obras de construcción o de ingeniería civil (anexo I del R.D. 1627/97) a) Excavación b) Movimiento de tierras c) Construcción d) Montaje y desmontaje de elementos prefabricados e) Acondicionamiento o instalaciones f) Transformación g) Rehabilitación h) Reparación i) Desmantelamiento t j) Derribo k) Mantenimiento l) Conservación trabajos de pintura y de limpieza m) Saneamiento

7 1. Definiciones Apartados de la CNAE Actividades de construcción especializada F Construcción 431 Demolición y preparación de terrenos 41 Construcción de edificios 4311 Demolición 411 Promoción inmobiliaria 4312 Preparación de terrenos 4110 Promoción inmobiliaria 4313 Perforaciones y sondeos 412 Construcción de edificios 432 Instalaciones eléctricas, de fontanería y otras 4121 Construcción de edificios residenciales instalaciones en obras de construcción 4122 Construcción de edificios no residenciales 4321 Instalaciones eléctricas 42 Ingeniería civil 4322 Fontanería, instalaciones de sistemas de calefacción y 421 Construcción de carreteras y vías férreas, puentes y aire acondicionado túneles 4329 Otras instalaciones i en obras de construcción 4211 Construcción de carreteras y autopistas 433 Acabado de edificios 4212 Construcción de vías férreas de superficie y subterráneas 4331 Revocamiento 4213 Construcción de puentes y túneles 4332 Instalación de carpintería 422 Construcción de redes 4333 Revestimiento de suelos y paredes 4221 Construcción de redes para fluidos 4334 Pintura y acristalamiento 4222 Construcción de redes eléctricas y de telecomunicaciones 4339 Otro acabado de edificios 429 Construcción de otros proyectos de ingeniería civil 439 Otras actividades de construcción especializada 4291 Obras hidráulicas 4391 Construcción de cubiertas 4299 Construcción de otros proyectos de ingenieríacivil n.c.o.p Otras actividades id d de construcción especializada ili n.c.o.p.

8 1. Definiciones El ámbito de aplicación del R.D. 1627/97 se concreta, mediante ejemplos, en: GuíaTécnica R.D. 1627/97, AnexoI Interesante nota de la Dirección General de la ITSS de 2011, contestando a consultas referidas al ámbito de aplicación del R.D. 1627/97

9 1. Definiciones 1.3. Proyecto Guía Técnica R.D. 1627/97, art. 2.1.a Proyecto es el conjunto de documentos mediante los cuales se definen y determinan las exigencias técnicas de las obras de construcción, de acuerdo con las especificaciones requeridas por la normativa técnica aplicable a cada obra Se considera que la documentación técnica y económica de un proyecto está formada, como mínimo, por las siguientes partes: Memoria Pliego de condiciones Planos Mdii Mediciones y presupuesto

10 2. Tipos de obras sin proyecto La Guía Técnica del R.D. 1627/97, establece la siguiente clasificación, dentro de las obras sin proyecto: Obras en las que el proyecto no es exigible para su tramitación administrativa (revoco y pintura de fachadas, montaje de instalaciones, cableado de fachadas, reparación de humedades, etc.) Obras de corta duración (acometidas a edificios, pequeñas reparaciones de aceras, sustitución de tejas en cubierta, etc.) Obras de emergencia (demoliciones por peligro inminente, apeosy apuntalamientos,refuerzos, obras consecuencia de roturas de conducciones, etc.)

11 3. Obligatoriedad de designación de CSS en obras sin proyecto Criterio dominante hasta 2008: La designación ió del lcss durante la ejecución de la obra únicamente podía exigirse cuando la obra contase con proyecto de ejecución (por estar el CSS integrado en la dirección facultativa, y ser ésta una figura exigible únicamente en obras con proyecto) Criterio de la CNSST, plasmado en la Guía Técnica (2004)

12 3. Obligatoriedad de designación de CSS en obras sin proyecto Año 2004: Se publica el RD R.D. 171/2004 de coordinación ió de actividades iidd empresariales, que desarrolla el art. 24 de la Ley 31/95 de PRL: Se deben establecer medios de coordinación, siendo uno de estos medios la designación de personas encargadas de la coordinación ió de actividades id d preventivas En las obras de construcción, los medios de coordinación serán los establecidos en el R.D. 1627/97 (CSS)

13 3. Obligatoriedad de designación de CSS en obras sin proyecto Año 2008: Se publica el informe sobre la obligatoriedad de designación de coordinador de seguridad y salud en las obras de construcción que carecen de proyecto de ejecución por parte de la Dirección General de Trabajo, que establece que el criterio tradicional debe modificarse tras la entrada en vigor del R.D. 171/2004, y que por tanto la designación de CSS es independiente de la existencia o no de proyecto de ejecución

14 3. Obligatoriedad de designación de CSS en obras sin proyecto Año 2010: El criterio i de la Direcciónió General de Trabajo se ratifica mediante Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que interpreta que la Directiva 92/57/CEE se opone a que exista normativa nacional que establezca excepciones a la obligación de designar un CSS y que por tanto se debe designar a un CSS en cualquier obra en la que estén presentes varias empresas

15 3. Obligatoriedad de designación de CSS en obras sin proyecto Año 2012: En Abril de 2012 se publicará la actualización de la Guía Técnica del R.D. 1627/97, que cambia su criterio inicial y va en la misma línea que el Ministerio de Trabajo y el Tribunal de Justicia de la U.E. (Aunque no aborda de forma específica la CSS de obras sin proyecto)

16 3. Obligatoriedad de designación de CSS en obras sin proyecto Por tanto, a día de hoy, no hay duda de que se debe designar a un CSS en fase de ejecuciónencualquier obra en la que intervengan varias empresas (y/o trabajadores autónomos)

17 4.1. Deber de información del promotor 4.2. Planificación preventiva 4.3. Libro de incidencias 4.4. Otras consideraciones

18 Deber de información ió del promotor R.D. 171/2004. Art. 7. Información del empresario titular El empresario titular deberá informar a los otros empresarios concurrentes sobre los riesgos propios del centro de trabajo que puedan afectar a las actividades por ellos desarrolladas, las medidas referidas a la prevención de tales riesgos y las medidas de emergencia que se deben aplicar. La información deberá ser suficiente y habrá de proporcionarse antes del inicio de las actividades y cuando se produzca un cambio en los riesgos propios del centro de trabajo que sea relevante a efectos preventivos. La información se facilitará por escrito cuando los riesgos propios del centro de trabajo sean calificados como graves o muy graves Disposición adicional primera. Aplicación del R.D. en las obras de construcción La información ió del dlartículo 7 se entenderá cumplida por el promotor mediante el estudio de seguridad y salud o el estudio básico [ ]

19 Deber de información ió del promotor Cómo cumple el promotor con su obligación de informar sobre los riesgos del centro de trabajo, si no existe estudio de seguridad / estudio básico? Documento informativo i

20 Deber de información ió del promotor El promotor empresario titular puede elaborar lb un documento informativo que recoja los riesgos propios del centro de trabajo que puedan afectar a las actividades desarrolladas por las empresas concurrentes en su centro de trabajo, las medidas preventivas para tales riesgos y las medidas de emergencia que se deben aplicar, entregándolo antes del inicio de los trabajos a las empresas contratistas

21 Deber de información ió del promotor Estructura básica del documento informativo: 1.Identificación del centro de trabajo Descripción p de las instalaciones, edificio Accesos al edificio (personal, maquinaria, zonas de parking, acopios, etc...) 2.Actividades que realizan los trabajadores del empresario titular del centro de trabajo y que pueden conllevar interferencias con las obras sin proyecto a realizar Identificación de actividades (mantenimiento, montaje, etc...) Riesgos propios de la actividad. Riesgo del centro de trabajo Riesgos g sobre las empresas concurrentes y terceros Medidas preventivas a implantar por sus trabajadores

22 Deber de información ió del promotor 3.En caso de no existir personal del empresario titular del centro de trabajo (promotores que sólo disponen de la titularidad del centro de trabajo sin realizar actividades dentro de él) Identificación de los riesgos existentes en el centro de trabajo. Medidas preventivas a tener en cuenta. 4.Medidas de emergencia del centro de trabajo Teléfonos de emergencia (vigilantes jurados, centralitas, etc...). Planos de evacuación. 5.Esquema plano de las instalaciones, edificio, etc... (identificación de zonas especiales, actividades, etc...) Ejemplo de documento informativo

23 Deber de información ió del promotor El CGATE pidió a la Dirección General de Trabajo que se pronunciara sobre la posibilidad de exigir, como venían haciendo algunas Corporaciones Locales, para las obras sin proyecto una memoria técnica acompañada de un EBSS La DGT se pronunció, en , confirmando que el ESS / EBSS sólo tiene sentido en el marco del proyecto de ejecución, y que por tantot noprocede elaborarlos lb l sin la existencia it i de dicho proyecto

24 Planificación ió preventiva R.D. 1627/97, art. 7: En aplicación del estudio de seguridad ysalud o, en su caso, del estudio básico, cada contratista elaborará un plan de seguridad y salud en el trabajo en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en el estudio o estudio básico, en función de su propio sistema de ejecución de laobra.

25 Planificación ió preventiva En una obra sin proyecto y por tanto sin ESS/EBSS puede el contratista redactar un plan de seguridad d y salud? NO. Según la definición del R.D. 1627/97 no tiene sentido un PSS sin ESS / EBSS

26 Planificación ió preventiva Por tanto hay que recurrir a la normativa genérica de PRL R.D. 171/2004, art. 10.2: Antes del inicio de la actividad en su centro de trabajo, el empresario principal exigirá a las empresas contratistas y subcontratistas que le acrediten por escrito que han realizado, para las obras y servicios contratados, la evaluación de riesgos y la planificación de su actividad preventiva. Por tanto, todas las empresas intervinientes elaborarán una ER y PAP específica para la obra concreta

27 Planificación ió preventiva La evaluación de riesgos específica (y su planificación preventiva) debe aprobarse por el CSS, al igual que se hace con el PSS? Es recomendable dar el visto bueno, dejando constancia por escrito

28 Planificación ió preventiva NOTA: La Sentencia del Tribunal de Justicia de la U.E. Establece que debe existir un Plan de Seguridad y Salud en las obras sin proyecto que presenten riesgos del anexo II En España, la referencia al Plan de Seguridad de la Sentencia, alcanza tanto al ESS / EBSS como al PSS OBSTÁCULO LEGAL No es posible un ESS/EBSS sin proyecto

29 Libro de incidencias id i Art. 13.1, 1 R.D. 1627/97: En cada centro de trabajo existirá con fines de control y seguimiento del plan de seguridad y salud un libro de incidencias que constará de hojas por duplicado, habilitado al efecto. Según el R.D. 1627/97, parece no tener sentido un Libro de Incidencias en una obra sin PSS

30 Libro de incidencias id i Ahora bien: Las modificaciones introducidas en el R.D. 1627/97 por el R.D. 1109/07 (limitación de la remisión de hojas a la ITSS), refuerzan la idea del L.I. como documento de ód órdenes y control de la seguridad d en la obra En el libro de subcontratación se deben anotar los números de hoja del L.I. donde se han impartido instrucciones de coordinación relativas a cada subcontrata La dedicación del CSS en la obra debe justificarse por escrito, y se recomienda que sea en el propio L.I. debidamente diligenciado (existe jurisprudencia en ese sentido)

31 Libro de incidencias id i Por tanto: Se recomienda solicitar el Libro de Incidencias en el Colegio al visar / registrar la intervención profesional, mediante el impreso de solicitud correspondiente (el Colegio lo facilita también cuando no existe PSS) y utilizarlo como libro de control y seguimientode i laseguridad d enlaobra

32 Otras consideraciones i Libro de subcontratación Art. 8.1 de la Ley 32/2006 de Subcontratación: En toda obra de construcción incluida en el ámbito de aplicación de esta Ley, cada contratista deberá disponer de un Libro de subcontratación Art. 13 del R.D. 1109/07: Cada contratista, con carácter previo a la subcontratación con un subcontratista o trabajador autónomo de parte de la obra que tenga contratada, deberá obtener un Libro de Subcontratación habilitado que se ajuste al modelo que se inserta como anexo III.

33 Otras consideraciones i Libro de subcontratación No se distingue que la obra de que se trate requiera de proyecto o no, por tanto, cada contratista DEBE DISPONER DE UN LIBRO DE SUBCONTRATACIÓN en las obras sin proyecto, a partir de la primera subcontratación

34 Otras consideraciones i Comunicación de apertura R.D. 1627/97, Art. 19.1: La comunicación ió de apertura dl del centro de trabajo a la autoridad laboral competente deberá ser previa al comienzo de los trabajos y se presentará únicamente por los empresarios que tengan la consideración de contratistas de acuerdo con lo dispuesto en este real decreto. La comunicación de apertura incluirá el plan de seguridad y salud al que se refiere el artículo 7 dl del presentereal decreto.

35 Otras consideraciones i Comunicación de apertura Orden TIN/1071/2010, de 27 de abril, sobre los requisitos y datos que deben reunir las comunicaciones cac o de apertura a o de reanudación de actividades en los centros de trabajo. Art Junto a dicho modelo deberá adjuntarse el Plan de seguridad y salud cuando el mismo sea exigible conforme al Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, acompañado de su correspondiente aprobación, conforme al artículo 7 de dicho real decreto. Si no fuera exigible el plan de seguridad y salud, se acompañará áde la correspondiente evaluación de riesgos.

36 Otras consideraciones i Comunicación de apertura

37 Otras consideraciones i Recurso Preventivo Normativa específica: Ley 31/95 de PRL Disposición adicional decimocuarta. Presencia de recursos preventivos en las obras de construcción. Apartado c La preceptiva presencia de recursos preventivos tendrá como objeto vigilar el cumplimiento de las medidas incluidas en el plan de seguridad y salud en el trabajo y comprobar la eficacia de éstas. R.D. 1627/97 Disposición adicional única. Presencia de recursos preventivos en obras de construcción. Apartado a El plan de seguridad y salud determinará la forma de llevar a cabo la presencia de los recursos preventivos.

38 Otras consideraciones i Recurso Preventivo Según la normativa específica de obras de construcción, parece no tener sentido un Recurso Preventivo sin PSS

39 Otras consideraciones i Recurso Preventivo Normativa general: Ley 31/95 de PRL Artículo 32 bis. Presencia de los recursos preventivos. La presencia en el centro de trabajo de los recursos preventivos, cualquiera que sea la modalidad de organización de dichos recursos, será necesaria en los siguientes casos: a) Cuando los riesgos puedan verse agravados o modificados en el desarrollo del proceso o la actividad, por la concurrencia de operaciones diversas que se desarrollan sucesiva o simultáneamente y que hagan preciso el control de la correcta aplicación de los métodos de trabajo. b) Cuandose realicenactividades actividades o procesos que reglamentariamente sean considerados como peligrosos o con riesgos especiales. c) Cuando la necesidad de dicha presencia sea requerida por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, si las circunstancias del caso así lo exigieran debido a las condiciones de trabajo detectadas.

40 Otras consideraciones i Recurso Preventivo En las obras sin proyecto, por tanto, se deben designar Recursos Preventivos, aunque no exista Plan de Seguridad

41 5. Resumen En las obras sin proyecto: 1. Es obligatoria la designación de un CSS 2. El contratista no puede redactar un PSS 3. Las empresas intervinientes elaborarán una evaluación de riesgos específica para la obra y su planificación preventiva, que deberá contar con el visto bueno del coordinador 4. Es conveniente solicitar el libro de incidencias y el CSS debe dejar constanciaen él desu actuación 5. Por lo demás, el procedimiento para desempeñar la CSS y los trámites a realizar sonsimilares a las obras con proyecto

42 6. Difusión Es necesario difundir la obligatoriedad de designación de CSS en las obras sin proyecto, pues aún existe desconocimiento y la mayoría de ellas se siguen ejecutando sin nombrar ningún CSS Es necesaria también la cooperación de los organismos públicos (ISSL e ITSS), informando y exigiendo el cumplimiento de esta obligación a los promotores

43 6. Difusión El Colegio también se ha propuesto difundir esta obligación legal del promotor, pues entre otras cosas, es una importante y real fuente de trabajo para el colectivo. En este sentido se han preparado y se va a proceder a enviar las siguientes cartas informativas:

44 6. Difusión 1. Carta a todos los Ayuntamientos de la Región de Murcia, recomendando la inclusión de un párrafo en las licencias de obra menor, recordando la obligación que tiene el promotor de designar a un CSS si interviene en la obra más de una empresa. 2. Carta a todos los Ayuntamientos de la Región de Murcia, recordándoles su obligación de designar a un CSS en las obras menores que promuevan si interviene más de una empresa.

45 6. Difusión 3. Carta a las diferentes Consejerías de la Comunidad Autónoma, recordándoles la obligación que tienen de designar a un CSS en las obras menores que promuevan si interviene en la obra más de una empresa. 4. Carta a los Administradores de Fincas, recomendándoles que informen en las Juntas de propietarios sobre la obligación que tienen los particulares de designar un CSS en las obras menores que promuevan si interviene en la obra más de una empresa.

46 6. Difusión En todas las cartas: 1. Se informa de la responsabilidad de la no designación de CSS 2. Se adjunta Nota del Ministerio de Trabajo y Sentencia del Tribunal de Justicia de la U.E. 3. Se informa de que los Aparejadores / Arquitectos Técnicos / Ingenieros de Edificación somos técnicos competentes t para llevar a cabo dicho encargo profesional, indicando que se puede acudir al Colegio para encontrar un profesional que realice el trabajo (BOLSA DE TRABAJO)

47 Gracias por vuestra atención Descarga de documentación

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