PROYECTO DE LEY GENERAL DE SEGUROS

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1 Señor Superintendente de Seguros de la Nación Licenciado Juan Antonio Bontempo S.D. Buenos Aires, 7 de junio de 2013 De nuestra mayor consideración: Los integrantes del Consejo Jurídico Asesor Honorario de Seguros que suscribimos la presente elevamos a su consideración el PROYECTO DE LEY GENERAL DE SEGUROS en cumplimiento del honroso encargo que nos hiciera. Queremos expresarle nuestro agradecimiento por todos los aportes que nos realizaron Usted, personalmente, y el Vicesuperintendente licenciado Santiago Fraschina, la Gerenta de Asuntos Jurídicos doctora Mariana Larrañaga, los Subgerentes de Asuntos Contenciosos doctores Juan M. Fabbi y Marina I. Szymanowicz, el Subgerente de Liquidaciones doctor Juan García Morrillo, el Gerente Técnico licenciado Diego Sebastián Marenzi, la Subgerenta Técnica doctora Mariela Ricciuti, el doctor Martin Endere, el Director Nacional de Servicios Financieros del Ministerio de Economía y Finanzas doctor Fernando Maitini y todos los profesionales de la Superintendencia y del Ministerio de Economía y Finanzas que aportaron la visión del rol del Estado en el sector asegurador mediante sus sugerencias y correcciones a los textos que nos fuimos intercambiando a lo largo de nueve meses de intenso y fructífero trabajo. Estos aportes fueron recogidos en numerosas reuniones y memorandos enviados por los funcionarios e incorporados al texto que elevamos a su consideración. También deseamos expresar nuestro reconocimiento a los doctores Eduardo Federico Baeza y Luis Antonio Romiti que integraron el Consejo Jurídico Asesor Honorario de Seguros y participaron activamente en todo el proceso de elaboración de este Proyecto. Saludamos a Usted muy cordialmente. Doctor Miguel Piedecasas, Eduardo Federico Baeza, Doctor Rafael Francisco Barreiro, Doctor Carlos Alberto Ghersi, Doctor Ramón Pablo Massot, Doctor Carlos Alberto Schiavo, Luis Antonio Romiti, Doctor Martín Reich, Doctor Jorge Omar Frega, Cesar Justo Blasco

2 Anteproyecto de LEY GENERAL DE SEGUROS ÍNDICE TÍTULO PRELIMINAR... 1 ARTÍCULO 1.- Alcance... 1 ARTÍCULO 2.- Objetivos... 1 LIBRO I: CONTRATO DE SEGURO Y DE REASEGURO... 3 TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES... 3 CAPÍTULO I: DEFINICIONES Y CLASES DE SEGUROS... 3 ARTÍCULO 3.- Definiciones... 3 ARTÍCULO 4.- Clases de contrato según el contratante... 6 ARTÍCULO 5.- Clases de contrato según el riesgo... 7 ARTÍCULO 6.- Clases de contratos según la voluntad de celebrarlos... 8 ARTÍCULO 7.- Clases de contratos según la modalidad de contratación... 8 ARTÍCULO 8.- Clases de contratos según la extensión de la cobertura del riesgo... 8 CAPÍTULO II: FORMACIÓN DEL CONTRATO DE SEGURO... 9 ARTÍCULO 9.- Carácter consensual del contrato de seguro... 9 Sección 1ª. Características y contenido de las comunicaciones previas a la contratación. 9 ARTÍCULO 10.- Características de las comunicaciones... 9 ARTÍCULO 11.- Gratuidad de la información ARTÍCULO 12.- Publicidad ARTÍCULO 13.- Contenido mínimo de las comunicaciones descriptivas de un seguro ARTÍCULO 14.- Contenido mínimo de la solicitud de seguro ARTÍCULO 15.- Características del cuestionario Sección 2ª. Efectos de la presentación de la solicitud de seguros ARTÍCULO 16.- Aceptación o rechazo de la solicitud de seguro ARTÍCULO 17.- Modificaciones a la solicitud de seguro ARTÍCULO 18.- Inicio de la cobertura del riesgo ARTÍCULO 19.- Oferta al público por la aseguradora Sección 3ª. Contrato de seguro ARTÍCULO 20.- Características y contenido del contrato de seguro ARTÍCULO 21.- Prohibiciones en el texto del contrato ARTÍCULO 22.- Cláusulas y prácticas abusivas ARTÍCULO 23.- Control judicial de las cláusulas y prácticas abusivas ARTÍCULO 24.- Normas interpretativas ARTÍCULO 25.- Libertad de contratación ARTÍCULO 26.- Plazo para la entrega del contrato de seguro y de los certificados de incorporación 21 Sección 4ª. Plazo. Prórroga del contrato de seguro ARTÍCULO 27.- Plazo ARTÍCULO 28.- Propuesta de prórroga ARTÍCULO 29.- Renovación automática Sección 5ª. Seguro por cuenta ajena ARTÍCULO 30.- Seguro por cuenta de terceros Sección 6ª. Vicio de la voluntad de la aseguradora ARTÍCULO 31.- Información brindada por el solicitante ARTÍCULO 32.- Información falsa ARTÍCULO 33.- Requisitos de procedencia de la nulidad del contrato ARTÍCULO 34.- Comunicación ARTÍCULO 35.- Circunstancias que hacen improcedente la nulidad del contrato CAPÍTULO III: RIESGO Sección 1ª. Inexistencia de riesgo ARTÍCULO 36.- Inexistencia de riesgo i

3 Sección 2ª. Exclusiones de cobertura ARTÍCULO 37.- Exclusiones legales de cobertura ARTÍCULO 38.- Exclusiones de cobertura en seguros de cobertura parcial Sección 3ª. Franquicias, descubiertos obligatorios y seguro a segundo o a ulteriores riesgos ARTÍCULO 39.- Precisión de términos empleados en la sección ARTÍCULO 40.- Franquicias, descubiertos obligatorios y seguro a segundo o a ulteriores riesgos 29 ARTÍCULO 41.- Franquicias superiores Sección 4ª. Agravación del riesgo por el asegurado ARTÍCULO 42.- Relevancia de la agravación del riesgo ARTÍCULO 43.- Comunicación de la agravación del riesgo ARTÍCULO 44.- Facultad de rescisión o de modificación del contrato por la aseguradora ARTÍCULO 45.- Notificación de la rescisión ARTÍCULO 46.- Notificación de la modificación del contrato ARTÍCULO 47.- Agravación excusada ARTÍCULO 48.- Agravación entre la presentación de la solicitud y la aceptación ARTÍCULO 49.- Efectos de la agravación no comunicada CAPÍTULO IV: PRECIO DEL CONTRATO DE SEGURO ARTÍCULO 50.- Precio ARTÍCULO 51.- Condiciones del pago ARTÍCULO 52.- Demora en el pago del precio ARTÍCULO 53.- Pago del precio adicional por reajuste del contrato ARTÍCULO 54.- Reajuste del precio ARTÍCULO 55.- Reajuste del precio por agravación del riesgo ARTÍCULO 56.- Compensación legal CAPÍTULO V: PRESTACIÓN DE LA ASEGURADORA Sección 1ª. Prestaciones ARTÍCULO 57.- Prestaciones ARTÍCULO 58.- Reparación o sustitución de cosas dañadas ARTÍCULO 59.- Prestación en los seguros de personas ARTÍCULO 60.- Indemnización del daño causado por el asegurado Sección 2ª. Comunicación del siniestro ARTÍCULO 61.- Comunicación del siniestro ARTÍCULO 62.- Comunicación del siniestro de seguros de personas que cubren el riesgo de muerte 38 ARTÍCULO 63.- Información y documentación adicional ARTÍCULO 64.- Documentos. Exigencias prohibidas ARTÍCULO 65.- Carga y facultad de la aseguradora ARTÍCULO 66.- Derecho a examinar las actuaciones administrativas de la aseguradora ARTÍCULO 67.- Demora en la comunicación Sección 3ª. Procedimiento de reclamo previo ARTÍCULO 68.- Obligatoriedad ARTÍCULO 69.- Excepciones ARTÍCULO 70.- Plazo ARTÍCULO 71.- Lugar del reclamo ARTÍCULO 72.- Forma del reclamo ARTÍCULO 73.- Oferta motivada ARTÍCULO 74.- Aceptación ARTÍCULO 75.- Rechazo del reclamo por la aseguradora ARTÍCULO 76.- Causales de rechazo ARTÍCULO 77.- Contraoferta del reclamante ARTÍCULO 78.- Consignación ARTÍCULO 79.- Silencio u omisión de la aseguradora. Insuficiencia de la oferta motivada Subsección A. Multiplicidad de aseguradoras y de sujetos ARTÍCULO 80.- Multiplicidad de aseguradoras ARTÍCULO 81.- Multiplicidad de reclamantes Sección 4ª. Tribunales Arbitrales Institucionales ARTÍCULO 82.- Juicio arbitral. Juicio pericial Sección 5ª. Acción judicial ii

4 ARTÍCULO 83.- Habilitación de la vía judicial ARTÍCULO 84.- Entrega de copia de trámite de reclamo ARTÍCULO 85.- Pluralidad de damnificados ARTÍCULO 86.- Acción directa ARTÍCULO 87.- Citación del asegurado y de terceros ARTÍCULO 88.- Calidad procesal de la aseguradora ARTÍCULO 89.- Efectos de la sentencia, laudo o transacción ARTÍCULO 90.- Extensión de la obligación de la aseguradora ARTÍCULO 91.- Honorarios ARTÍCULO 92.- Reclamos judiciales excesivos ARTÍCULO 93.- Pago. Modalidades. Comunicaciones CAPÍTULO VI: PRESCRIPCIÓN, CADUCIDAD, COMPETENCIA Y RESCISIÓN Sección 1ª. Prescripción ARTÍCULO 94.- Plazo de la prescripción ARTÍCULO 95.-.Interrupción de la prescripción ARTÍCULO 96.- Suspensión de la prescripción ARTÍCULO 97.- Cómputo del plazo de la prescripción para el cobro de las prestaciones de la aseguradora 60 ARTÍCULO 98.- Abreviación Sección 2ª. Caducidad de derechos ARTÍCULO 99.- Caducidad convencional. Prohibición Sección 3ª. Competencia ARTÍCULO Competencia Sección 4ª. Rescisión ARTÍCULO Rescisión ARTÍCULO Liquidación o cesión de cartera. Rescisión CAPÍTULO VII: SEGUROS DE CONTRATACIÓN PARITARIA ARTÍCULO Acuerdos paritarios ARTÍCULO Vicios de la voluntad de la aseguradora ARTÍCULO Agravación del estado del riesgo ARTÍCULO Modificación o rescisión contractual ARTÍCULO Verificación del siniestro ARTÍCULO Pago a cuenta ARTÍCULO Tribunales Arbitrales ARTÍCULO Caducidad ARTÍCULO Competencia ARTÍCULO Rescisión TÍTULO II: CONTRATOS DE SEGURO EN PARTICULAR CAPÍTULO I: SEGUROS DE DAÑOS PATRIMONIALES Sección 1ª Disposiciones comunes a los seguros de daños patrimoniales ARTÍCULO Obligación de la aseguradora ARTÍCULO Valor de los bienes ARTÍCULO Sobreseguro ARTÍCULO Infraseguro ARTÍCULO Universalidad o conjunto de cosas ARTÍCULO Pluralidad de seguros ARTÍCULO Seguro a segundo riesgo o subsidiario ARTÍCULO Seguros combinados ARTÍCULO Interés asegurado ARTÍCULO Cambio de titular del interés ARTÍCULO Provocación dolosa del siniestro ARTÍCULO Reembolso, gastos, salvamento ARTÍCULO Cambio en las cosas dañadas ARTÍCULO Verificación de los daños ARTÍCULO Subrogación ARTÍCULO Hipoteca y prenda ARTÍCULO Inhibición y embargo Sección 2ª. Seguro de incendio ARTÍCULO Obligación de la aseguradora. Definición ARTÍCULO Seguro de viviendas iii

5 Sección 3ª. Seguro de robo y hurto ARTÍCULO Definición ARTÍCULO Cobertura ARTÍCULO Recupero y cesión del bien ARTÍCULO Configuración del siniestro Sección 4ª. Seguro de lucro cesante ARTÍCULO Definición ARTÍCULO Modalidades ARTÍCULO Pluralidad de seguros ARTÍCULO Cobertura ARTÍCULO Cobertura especial por cese de actividad ARTÍCULO Límite ARTÍCULO Exclusiones Sección 5ª Seguro de transporte ARTÍCULO Seguro de transporte ARTÍCULO Objeto ARTÍCULO Indemnización ARTÍCULO Contratantes ARTÍCULO Período de cobertura ARTÍCULO Inicio de la cobertura ARTÍCULO Fin de la cobertura ARTÍCULO Alteraciones en el transporte ARTÍCULO Modificaciones en el transporte ARTÍCULO Indemnización de los daños sobre los bienes transportados ARTÍCULO Indemnización de los daños sufridos por el vehículo de transporte ARTÍCULO Cobertura de gastos ARTÍCULO Cobertura en casos de pérdida natural ARTÍCULO Cobertura de bienes vulnerables ARTÍCULO Cesión del vehículo a la aseguradora ARTÍCULO Transportes sucesivos o combinados ARTÍCULO Lucro cesante. Regla especial Sección 6ª. Seguro de la agricultura y de animales ARTÍCULO Definición ARTÍCULO Riesgos Cubiertos ARTÍCULO Suscripción individual o colectiva ARTÍCULO Indemnización ARTÍCULO Cobertura ARTÍCULO Cálculo de la indemnización ARTÍCULO Anticipo de indemnización ARTÍCULO Plazo de la cobertura ARTÍCULO Salvamento. Reglas especiales ARTÍCULO Dolo ARTÍCULO Cambio en los bienes dañados ARTÍCULO Inspección ARTÍCULO Sacrificio del animal ARTÍCULO Cambio del titular del interés ARTÍCULO Comunicación del siniestro ARTÍCULO Rescisión en caso de enfermedad contagiosa ARTÍCULO Aplicación a cualquier animal Sección 7ª - Seguro de Caución ARTÍCULO Concepto ARTÍCULO Estipulaciones admitidas por imposición legal ARTÍCULO Cláusulas prohibidas ARTÍCULO Término de vigencia del seguro ARTÍCULO Pago del precio del seguro ARTÍCULO Subsiguientes facturaciones ARTÍCULO Seguro de caución de alquileres Sección 8ª - Seguro de Crédito ARTÍCULO Definición ARTÍCULO Siniestro ARTÍCULO Insolvencia del deudor iv

6 ARTÍCULO Suma asegurada ARTÍCULO Intereses ARTÍCULO Costos y costas ARTÍCULO Obligaciones y cargas del asegurado y del contratante ARTÍCULO Dirección del proceso ARTÍCULO Anticipo ARTÍCULO Cesión ARTÍCULO Exclusiones Sección 9ª. Seguro de comercio exterior ARTÍCULO Definición ARTÍCULO Objeto de la cobertura ARTÍCULO Cobertura especial ARTÍCULO Riesgos Ordinarios ARTÍCULO Riesgos extraordinarios ARTÍCULO Suma asegurada ARTÍCULO Configuración del siniestro ARTÍCULO Cargas especiales del asegurado ARTÍCULO Pago de la indemnización. Anticipos ARTÍCULO Gestiones de cobro y recupero ARTÍCULO Ley y jurisdicción aplicable ARTÍCULO Subrogación. Cesión ARTÍCULO Normas supletorias Sección 10ª. Seguro de responsabilidad civil ARTÍCULO Seguro de responsabilidad civil ARTÍCULO Plazo de cobertura ARTÍCULO Reembolso ARTÍCULO Carácter subsidiario ARTÍCULO Alcance del riesgo cubierto ARTÍCULO Reconocimiento de la responsabilidad. Transacción ARTÍCULO Defensas oponibles ARTÍCULO Titularidad del Crédito del tercero damnificado ARTÍCULO Depósito de la suma asegurada ARTÍCULO Pago concurrente ARTÍCULO Seguro colectivo de responsabilidad civil ARTÍCULO Procedimiento CAPÍTULO II: SEGURO DE PERSONAS Sección 1ª. Disposiciones comunes ARTÍCULO Riesgos cubiertos por los seguro de personas ARTÍCULO Duración del contrato de seguro de personas ARTÍCULO Tipo de prestación ARTÍCULO Garantía de las prestaciones dinerarias ARTÍCULO Reserva matemática ARTÍCULO Inembargabilidad ARTÍCULO Subrogación ARTÍCULO Nombre ARTÍCULO Características especiales del contrato de seguro de personas ARTÍCULO Rescisión unilateral del contrato ARTÍCULO Denuncia inexacta de la edad ARTÍCULO Agravación del riesgo ARTÍCULO Cambio de profesión ARTÍCULO Carencia. Prohibición ARTÍCULO Quiebra del asegurado ARTÍCULO Información al asegurado ARTÍCULO Plazo para pagar las prestaciones Sección 2ª. Derechos del contratante y del asegurado sobre la reserva matemática ARTÍCULO Prohibición ARTÍCULO Propiedad, contabilización y depósito de las reservas matemáticas ARTÍCULO Inembargabilidad ARTÍCULO Valor de rescate ARTÍCULO Derecho a la reserva matemática en caso de incumplimiento de la aseguradora 120 v

7 Sección 3ª. Seguro de personas sobre la vida que cubren el riesgo de muerte Subsección A. Limitaciones para contratar ARTÍCULO Prohibición Subsección B. Seguro sobre la vida ajena ARTÍCULO Seguros sobre la vida ajena ARTÍCULO Seguro sobre la vida ajena en interés propio Subsección C. Exclusiones de cobertura ARTÍCULO Muerte del asegurado causada dolosamente por el beneficiario ARTÍCULO Muerte del asegurado causada dolosamente por el contratante ARTÍCULO Suicidio del asegurado ARTÍCULO Pena de muerte y muerte durante el desarrollo de acciones criminales Subsección D. Beneficiarios ARTÍCULO Seguro de vida en beneficio de terceros ARTÍCULO Forma de la designación ARTÍCULO Designación sin fijación de cuota parte ARTÍCULO Designación de hijos ARTÍCULO Designación de cónyuge ARTÍCULO Designación de herederos ARTÍCULO Acreditación del carácter de heredero ARTÍCULO Inexistencia o nulidad de designación de beneficiario ARTÍCULO Forma de la designación ARTÍCULO Colación o reducción del precio del seguro. Disolución de la sociedad conyugal 127 ARTÍCULO Falta de beneficiarios ARTÍCULO Pago del valor de rescate Sección 4ª. Seguro de sepelio ARTÍCULO Alcance ARTÍCULO Prestación de la aseguradora ARTÍCULO Nómina de prestadores, notificación y actualizaciones ARTÍCULO Pago sustitutivo Sección 5ª. Seguro de sobrevivencia Subsección A. Disposiciones comunes ARTÍCULO Seguro de retiro. Seguro de renta vitalicia ARTÍCULO Contratación independiente ARTÍCULO Reserva matemática. Fondo de fluctuaciones ARTÍCULO Gastos ARTÍCULO Información adicional Subsección B. Seguro de Renta Vitalicia ARTÍCULO Modalidades ARTÍCULO Renta mínima ARTÍCULO Irrevocabilidad ARTÍCULO Inexistencia del contrato. Nulidad Sección 6ª. Seguro de personas que cubre el riesgo de invalidez ARTÍCULO Alcance ARTÍCULO Prestaciones ARTÍCULO Tratamientos de rehabilitación ARTÍCULO Normas para la determinación del tipo y grado de invalidez ARTÍCULO Procedimiento para la determinación del tipo y grado de invalidez ARTÍCULO Arbitraje Sección 7ª. Seguro de dependencia ARTÍCULO Alcance ARTÍCULO Prórroga automática del contrato Sección 8ª. Seguro de accidentes personales ARTÍCULO Alcance ARTÍCULO Extensión de cobertura ARTÍCULO Suma asegurada ARTÍCULO La cobertura total ARTÍCULO La cobertura parcial ARTÍCULO Producción dolosa del accidente ARTÍCULO Normas y procedimientos para la determinación del tipo y grado de invalidez. vi

8 Remisión 140 Sección 9ª. Seguro de personas que cubre el riesgo de enfermedad e internación ARTÍCULO Definición de seguro de enfermedad ARTÍCULO Sistemas de pago de las prestaciones a cargo de la aseguradora ARTÍCULO Prórroga automática del contrato Sección 10ª. Seguro de asistencia médica al viajero ARTÍCULO Prestaciones ARTÍCULO Modalidad de otorgamiento de las prestaciones Sección 11ª. Seguro de personas contratado colectivamente ARTÍCULO Alcance ARTÍCULO Grupos de personas que pueden ser asegurados ARTÍCULO Condiciones para la incorporación al seguro colectivo ARTÍCULO Incorporación ARTÍCULO Información a los asegurados ARTÍCULO Beneficiarios ARTÍCULO Comunicaciones a los asegurados ARTÍCULO Cambio de las condiciones de contratación ARTÍCULO Precio del seguro ARTÍCULO Falta de pago. Plazo de gracia. Oponibilidad ARTÍCULO Participación en las utilidades ARTÍCULO Rescisión de la cobertura individual. Pérdida del derecho eventual por separación del grupo 147 ARTÍCULO Rescisión del contrato Sección 12ª. Seguro de vida colectivo de deudores ARTÍCULO Alcance ARTÍCULO Personas comprendidas ARTÍCULO Requisitos del contrato de seguro ARTÍCULO Tablas de mortalidad e invalidez ARTÍCULO Procedimiento de contratación ARTÍCULO Información al usuario ARTÍCULO Derechos del usuario TÍTULO III: CONTRATO DE REASEGURO CAPÍTULO ÚNICO ARTÍCULO Reaseguro. Definición ARTÍCULO Reaseguro. Retención ARTÍCULO Aplicación de normas sobre seguros ARTÍCULO Prohibiciones específicas ARTÍCULO Intermediarios ARTÍCULO Liquidación de la aseguradora ARTÍCULO Liquidación de la reaseguradora ARTÍCULO Prescripción ARTÍCULO Ley aplicable y jurisdicción competente ARTÍCULO Retrocesión ARTÍCULO Acciones ARTÍCULO Privilegio especial LIBRO II: SEGUROS OBLIGATORIOS TÍTULO I: DISPOSICIONES COMUNES CAPÍTULO ÚNICO ARTÍCULO Obligatoriedad ARTÍCULO Finalidad ARTÍCULO Gestión ARTÍCULO Reglamentación ARTÍCULO Inoponibilidad al damnificado ARTÍCULO Precio ARTÍCULO Incumplimiento de los obligados a la contratación y al pago del precio de los seguros obligatorios 164 ARTÍCULO Cobro judicial del precio ARTÍCULO Beneficiarios ARTÍCULO Suma asegurada. Exceso vii

9 ARTÍCULO Tratamiento impositivo. Eximición de tasas y cargos TÍTULO II. SEGUROS OBLIGATORIOS EN PARTICULAR CAPÍTULO I: SEGURO OBLIGATORIO AUTOMOTOR Sección 1. Disposiciones generales ARTÍCULO Objeto ARTÍCULO Obligados ARTÍCULO Suma asegurada Sección 2. Instrumentación del seguro y control de aseguramiento ARTÍCULO Instrumentación ARTÍCULO Registro de asegurados en mora ARTÍCULO Oblea. Ausencia o caducidad: efectos. Control de autenticidad y vigencia. 169 ARTÍCULO Verificación de contratación y pago del seguro Sección 3. Prestaciones ARTÍCULO Prestaciones en especie ARTÍCULO Prestación dineraria inmediata ARTÍCULO Indemnización definitiva ARTÍCULO Rechazo de la oferta motivada. Indemnización mínima Sección 4. Trámite de los pedidos de prestaciones. Defensas y excepciones. Plazos para dar las prestaciones ARTÍCULO Pedido de prestación ARTÍCULO Plazo y modalidad de pago de las prestaciones en especie ARTÍCULO Plazo de pago de la prestación dineraria inmediata ARTÍCULO Determinación y plazo de pago de la indemnización mínima ARTÍCULO Determinación y plazo de pago de la indemnización definitiva CAPÍTULO II: SEGURO OBLIGATORIO DE ACCIDENTES A PASAJEROS DE FERROCARRIL ARTÍCULO Objeto ARTÍCULO Obligados ARTÍCULO Remisión CAPÍTULO III: SEGURO OBLIGATORIO DE ACCIDENTES DE ESPECTADORES DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS ARTÍCULO Objeto ARTÍCULO Obligados ARTÍCULO Precio del seguro ARTÍCULO Remisión CAPÍTULO IV: SEGURO OBLIGATORIO PARA ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS ARTÍCULO Objeto ARTÍCULO Ámbito de cobertura ARTÍCULO Actividades comprendidas ARTÍCULO Obligados ARTÍCULO Daños amparados ARTÍCULO Interpretación ARTÍCULO Remisión CAPÍTULO V: SEGURO OBLIGATORIO PARA EL FIDEICOMISO Y EL LEASING 181 ARTÍCULO Objeto ARTÍCULO Obligado ARTÍCULO Cobertura ARTÍCULO Exclusiones ARTÍCULO Aplicación de normas CAPÍTULO VI: SEGURO OBLIGATORIO DE INMUEBLES DE PROPIEDAD HORIZONTAL ARTÍCULO Objeto. Obligados ARTÍCULO Suma asegurada ARTÍCULO Cobertura ARTÍCULO Personas amparadas CAPÍTULO VII: SEGURO OBLIGATORIO DE OPERACIONES DE PROPIEDAD HORIZONTAL Y EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS viii

10 ARTÍCULO Objeto ARTÍCULO Obligados ARTÍCULO Riesgos cubiertos y prestaciones CAPÍTULO VIII: SEGURO OBLIGATORIO AMBIENTAL ARTÍCULO Definición ARTÍCULO Suscripción Obligatoria ARTÍCULO Modalidades ARTÍCULO Suma asegurada ARTÍCULO Siniestros cubiertos ARTÍCULO Franquicias ARTÍCULO Pluralidad de responsables ARTÍCULO Prohibiciones ARTÍCULO Procedimiento ARTÍCULO Rescisión del contrato ARTÍCULO Normas aplicables CAPÍTULO IX: SEGURO DE VIDA COLECTIVO OBLIGATORIO ARTÍCULO Objeto ARTÍCULO Obligados ARTÍCULO Alcance ARTÍCULO Prestaciones ARTÍCULO Trabajadores autónomos ARTÍCULO Cobertura de casos especiales ARTÍCULO Suma asegurada adicional CAPÍTULO X: FONDO DE GARANTÍA ARTÍCULO Objeto ARTÍCULO Recursos del Fondo ARTÍCULO Operatividad del Fondo de Garantía ARTÍCULO Estructura jurídica y operativa del Fondo de Garantía ARTÍCULO Acción directa contra el Fondo LIBRO III: ACTIVIDAD ASEGURADORA Y REASEGURADORA TÍTULO I: ASEGURADORAS Y REASEGURADORAS CAPÍTULO I: ÁMBITO DE APLICACIÓN ARTÍCULO Ámbito de aplicación ARTÍCULO Inclusión en el régimen de esta ley ARTÍCULO Obligación de asegurar y reasegurar en el territorio de la República Argentina 198 CAPÍTULO II: CONDICIONES DE LA AUTORIZACIÓN PARA OPERAR ARTÍCULO Autorización previa ARTÍCULO Constitución legal ARTÍCULO Sociedades de seguro solidario ARTÍCULO Sociedades extranjeras ARTÍCULO Organismos y entes oficiales de seguro ARTÍCULO Responsabilidad ARTÍCULO Autorización para operar ARTÍCULO Objeto exclusivo ARTÍCULO Autorización para operar en clases y tipos. Planes de seguro ARTÍCULO Idoneidad ARTÍCULO Personas comprendidas ARTÍCULO Idoneidad técnica ARTÍCULO Idoneidad moral. Inhabilitación ARTÍCULO Seguro de responsabilidad civil ARTÍCULO Capital exigido ARTÍCULO Capacidad económica financiera ARTÍCULO Reservas ARTÍCULO Mantenimiento de la autorización para operar CAPÍTULO III: INICIO DE ACTIVIDADES. MODIFICACIONES. FUSIÓN Y CESIÓN DE CARTERA. ENAJENACIÓN DE ACCIONES. TRANSFORMACIÓN ARTÍCULO Trámite ARTÍCULO Fusión. Escisión ix

11 ARTÍCULO Cesión de cartera ARTÍCULO Enajenación de acciones. Participaciones significativas CAPÍTULO IV : FUNCIONAMIENTO DE LAS ASEGURADORAS ARTÍCULO Manual de normas sobre procedimientos administrativos y controles internos 214 ARTÍCULO Clases, tipos y planes de seguro. Disposiciones generales ARTÍCULO Precio ARTÍCULO Aprobación de planes simples ARTÍCULO Registro de planes de seguro ARTÍCULO Planes prohibidos ARTÍCULO Planes sujetos a reglamentación ARTÍCULO Contenido de los planes de seguro ARTÍCULO Planes de seguros de personas ARTÍCULO Elementos contractuales del plan de seguros ARTÍCULO Elementos técnicos de los planes de seguro ARTÍCULO Mantenimiento de la capacidad económica financiera mínima ARTÍCULO Garantía presentada por la aseguradora ARTÍCULO Asociaciones de garantía ARTÍCULO Disposiciones especiales sobre la cobertura de compromisos técnicos ARTÍCULO Cobertura de compromisos exigibles. Estado de situación financiera ARTÍCULO Obligación de denuncia ARTÍCULO Recomposición del déficit ARTÍCULO Riesgo de pérdida o disminución de la capacidad económica financiera mínima. Control. Indicadores. Alertas tempranas ARTÍCULO Normas de contabilidad y modelos de estados contables ARTÍCULO Pago de las prestaciones ARTÍCULO Reaseguros ineficaces ARTÍCULO Registros contables y reserva de documentación ARTÍCULO Estados contables anuales ARTÍCULO Estados contables periódicos ARTÍCULO Declaración jurada sobre participaciones significativas ARTÍCULO Objeciones a los estados contables ARTÍCULO Dictamen de auditor externo ARTÍCULO Bienes a invertir ARTÍCULO Protección de los bienes ARTÍCULO Operaciones prohibidas CAPÍTULO V: DEBER DE INFORMACION Y PUBLICIDAD ARTÍCULO Deber de información ARTÍCULO Publicidad ARTÍCULO Denominación prohibida CAPÍTULO VI: FONDOS DE GARANTÍA ARTÍCULO Fondos de garantía CAPÍTULO VII: INSUFICIENCIA PATRIMONIAL DE LAS ASEGURADORAS ARTÍCULO Grados de insuficiencia patrimonial ARTÍCULO Procedimiento ante estados de insuficiencia patrimonial ARTÍCULO Garantía ARTÍCULO Medidas precautorias ARTÍCULO Aplicación del procedimiento de pérdida de capacidad económica financiera 238 CAPÍTULO VIII: REVOCACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN. LIQUIDACIÓN Sección 1ª. Revocación ARTÍCULO Causas de revocación de la autorización para operar Sección 2ª. Liquidación voluntaria ARTÍCULO Liquidación voluntaria ARTÍCULO Requisitos ARTÍCULO Liquidador judicial ARTÍCULO Balance de liquidación ARTÍCULO Informe de gestión proyectada ARTÍCULO Revocación de la autorización para operar. Indisponibilidad de inversiones 243 x

12 ARTÍCULO Estados contables ARTÍCULO Informe de auditor externo ARTÍCULO Pago de sentencias firmes ARTÍCULO Valuación ARTÍCULO Finalización del trámite de liquidación Sección 3ª. Liquidación judicial forzosa ARTÍCULO Liquidación judicial forzosa ARTÍCULO Contenido de la presentación ARTÍCULO Liquidador ARTÍCULO Resolución de apertura de la liquidación ARTÍCULO Medidas inmediatas ARTÍCULO Efectos patrimoniales de la apertura de la liquidación ARTÍCULO Efectos personales de la apertura ARTÍCULO Cargas especiales del liquidador ARTÍCULO Informe final. Distribución. Clausura ARTÍCULO Privilegios Sección 4ª. Disposiciones comunes ARTÍCULO Normas supletorias ARTÍCULO Concurso preventivo. Prohibición ARTÍCULO Funciones de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN en el proceso de liquidación TÍTULO II : AUXILIARES DE LA ACTIVIDAD ASEGURADORA Y REASEGURADORA CAPÍTULO I: LIQUIDADORES DE SINIESTROS Y AVERÍAS ARTÍCULO Definición ARTÍCULO Registro ARTÍCULO Exclusiones ARTÍCULO Matriculación ARTÍCULO Requisitos ARTÍCULO Liquidadores sin matrícula ARTÍCULO Funciones y deberes ARTÍCULO Efectos ARTÍCULO Obligaciones ARTÍCULO Prohibiciones ARTÍCULO Honorarios ARTÍCULO Pagos parciales ARTÍCULO Inhabilidades absolutas ARTÍCULO Inhabilidades relativas ARTÍCULO Código único ARTÍCULO Sanciones. Remisión CAPÍTULO II: PRODUCTORES ASESORES DE SEGUROS ARTÍCULO Definición ARTÍCULO Modalidades ARTÍCULO Actividad directa ARTÍCULO Registro ARTÍCULO Matriculación ARTÍCULO Requisitos del productor asesor de seguros directo ARTÍCULO Requisitos del productor asesor organizador ARTÍCULO Funciones y deberes del productor asesor de seguros directo ARTÍCULO Funciones y deberes del productor asesor de seguros organizador ARTÍCULO Comisiones ARTÍCULO Derecho al cobro ARTÍCULO Prohibiciones ARTÍCULO Conocimiento equivalente ARTÍCULO Inhabilidades absolutas ARTÍCULO Inhabilidades relativas ARTÍCULO Código Único ARTÍCULO Sanciones. Remisión CAPÍTULO III: PRODUCTORES ASESORES DE REASEGURO ARTÍCULO Definición xi

13 ARTÍCULO Requisitos ARTÍCULO Actividad directa ARTÍCULO Registro ARTÍCULO Matrícula ARTÍCULO Obligaciones ARTÍCULO Inhabilidades ARTÍCULO Código único ARTÍCULO Comisiones ARTÍCULO Sanciones ARTÍCULO Normas Complementarias LIBRO IV: CONTROL Y PROMOCIÓN DE LA ACTIVIDAD ASEGURADORA TÍTULO I: DEL ORGANISMO DE CONTROL Y PROMOCIÓN DE LA ACTIVIDAD 282 CAPÍTULO I: SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN ARTÍCULO Naturaleza ARTÍCULO Régimen legal ARTÍCULO Domicilio ARTÍCULO Objeto ARTÍCULO Control exclusivo y excluyente ARTÍCULO Competencia ARTÍCULO Personas jurídicas vinculadas, controladas, controlantes y pertenecientes al mismo grupo económico ARTÍCULO Informe de gestión ARTÍCULO Publicidad de las actuaciones CAPÍTULO II: ESTRUCTURA ORGANIZATIVA ARTÍCULO Gobierno ARTÍCULO Delegación de firmas ARTÍCULO Consejo Consultivo ARTÍCULO Consejo Consultivo. Funciones ARTÍCULO Funcionamiento ARTÍCULO Comité de Valuación ARTÍCULO Deberes ARTÍCULO Remuneraciones CAPÍTULO III: FONDOS ARTÍCULO Presupuesto ARTÍCULO Recursos ARTÍCULO Fecha de pago ARTÍCULO Cobro judicial ARTÍCULO Destino de los fondos CAPÍTULO IV: PROCEDIMIENTO Y RECURSOS ARTÍCULO Reglas de procedimiento. Principio general ARTÍCULO Inicio de las actuaciones. Traslado ARTÍCULO Facultades instructorias ARTÍCULO Recepción del descargo. Apertura a prueba ARTÍCULO Clausura de la etapa probatoria. Alegato ARTÍCULO Resolución de las actuaciones ARTÍCULO Inapelabilidad ARTÍCULO Trámite recursivo ARTÍCULO Queja ARTÍCULO Impugnación administrativa TÍTULO II: INFRACCIONES Y SANCIONES CAPÍTULO I: RÉGIMEN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS ARTÍCULO Sanciones ARTÍCULO Alcance ARTÍCULO Graduación ARTÍCULO Reincidencia ARTÍCULO Responsabilidad solidaria ARTÍCULO Prescripción ARTÍCULO Aseguradoras y reaseguradoras ARTÍCULO Tipificación de faltas y sanciones xii

14 ARTÍCULO Auxiliares de la actividad ARTÍCULO Intermediación y contratos celebrados al margen de la ley ARTÍCULO Plazo para el pago de las multas ARTÍCULO Registro de incumplimientos y sanciones CAPÍTULO II: SANCION PECUNIARIA DISUASIVA ARTÍCULO Sanción pecuniaria disuasiva TÍTULO III: FRAUDE CAPÍTULO ÚNICO ARTÍCULO Actos fraudulentos ARTÍCULO Reclamos y pruebas falsas ARTÍCULO Aviso ARTÍCULO Legitimados para accionar ARTÍCULO Procedimiento ARTÍCULO Efectos. Sanciones ARTÍCULO Daños. Delito penal ARTÍCULO Oficina de lucha contra el fraude DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS ARTÍCULO Contratación voluntaria u obligatoria ARTÍCULO Registros ARTÍCULO Obligatoriedad de las normas ARTÍCULO Vigencia ARTÍCULO Derogaciones ARTÍCULO de forma xiii

15 Anteproyecto de LEY GENERAL DE SEGUROS 1 TÍTULO PRELIMINAR ARTÍCULO 1.- Alcance El ejercicio de la actividad aseguradora y reaseguradora en todo el territorio de la República Argentina está sometido al régimen de la presente ley y al control exclusivo y excluyente de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN (Superintendencia). Cuando en esta ley se hace referencia al seguro, al reaseguro o a la actividad aseguradora se entiende comprendida cualquier forma o modalidad de la actividad aseguradora, incluso aquellas operaciones asimilables al seguro cuando su naturaleza o alcance lo justifican. ARTÍCULO 2.- Objetivos 2 Esta ley regula la actividad aseguradora con los siguientes objetivos: a) desarrollar una conciencia aseguradora; b) promover el fortalecimiento de la confianza en la actividad aseguradora y de la calidad de las prestaciones de servicios brindados por las aseguradoras en relación con los contratantes, asegurados, beneficiarios y damnificados, garantizando la protección y defensa de los consumidores y usuarios imponiendo 1 2 Hemos adoptado esta denominación como lo hiciera el doctor Isaac Halperín en su Anteproyecto de 1959 en atención a que esta norma abarca, al igual que el citado anteproyecto, toda la regulación en materia de seguros. Es además un homenaje al insigne juez, jurista y maestro, Isaac Halperín. Objetivos definidos en el Plan Nacional Estratégico de Seguros elaborado por la SSN. 1

16 normativamente los mecanismos que mejoran el pago de siniestros, previniendo conductas abusivas y impulsando las medidas necesarias para una sustancial disminución de la litigiosidad; c) desarrollar herramientas entre aseguradoras para facilitar seguros a personas de bajos recursos favoreciendo la inclusión social; d) implementar las acciones concretas que permitan fortalecer los derechos de los consumidores y usuarios del seguro mejorando el acceso a la información, garantizando la libre elección y la obtención de una debida protección, así como una actuación de las asociaciones de consumidores en su defensa institucional en el ámbito de la Superintendencia; e) reordenar, modificar, crear y actualizar las pautas necesarias para constituir un adecuado marco regulatorio de las normas que ordenan el contrato y la actividad aseguradora, cumpliendo con las exigencias internacionales en la materia, dando protección a los solicitantes, contratantes, asegurados, beneficiarios y damnificados y desarrollando de manera eficiente y sostenible la actividad; f) implementar eficientes modelos de regulación y control de la actividad aseguradora, sobre la base de instituciones públicas y privadas sólidas, actuales y transparentes, con el Estado como rector y articulador de los diversos intereses sectoriales; g) impulsar el crecimiento del Mercado Asegurador en la economía argentina generando más ahorro e inversión para promover el desarrollo sustentable del conjunto de la sociedad en el marco del fortalecimiento del modelo social y económico nacional; 2

17 h) incrementar la participación de aseguradoras y reaseguradoras de capitales nacionales en la industria aseguradora local y su actuación en otros países del mundo; i) acrecentar la participación de las inversiones del Sector de seguros en la economía nacional; j) optimizar los criterios y políticas de inversión de los fondos y reservas de las aseguradoras, incentivando su canalización hacia la economía real; k) alcanzar una mayor sustentabilidad, rentabilidad y solvencia del Sector de seguros; l) procurar un equilibrado nivel de oferta aseguradora que evite la concentración de la producción. LIBRO I: CONTRATO DE SEGURO y DE REASEGURO TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I: DEFINICIONES Y CLASES DE SEGUROS ARTÍCULO 3.- Definiciones 3 a) Contrato de seguro 4 es aquel en el cual la aseguradora, mediante el pago de un 3 Si pretendemos crear una conciencia aseguradora en la población, corresponde que desde la ley hasta los contratos de seguros, tengan una redacción clara y fácilmente comprensible, dejando de lado redacciones oscuras que utilizan términos de uso poco frecuente, técnicos, muchas veces incomprensibles para la mayoría de la población. Ello nos impone, en primer lugar explicar el significado de las palabras que se usan habitualmente en seguros y que también están contenidas en la ley. En segundo lugar cambiar aquellas palabras de uso poco frecuente por las de uso común en la población (por ejemplo prima por precio, póliza por contrato de seguro, tomador por contratante, etcétera). 3

18 precio, se obliga, en los límites convenidos en el contrato, a: I. indemnizar al asegurado por el daño que sufra en razón de un siniestro causado por el riesgo asumido; II. mantener indemne un patrimonio; III. garantizar el cumplimiento de una obligación; o IV. pagar un capital o una renta al producirse un hecho atinente a la vida humana. El contrato de seguro es aleatorio y tiene por objeto un riesgo. b) Interés asegurable y asegurado I. Interés asegurable es la relación lícita de valor económico entre una persona y un bien que puede ser asegurado. II. Interés asegurado es la relación lícita de valor económico respecto de un bien asegurado. c) Los sujetos del contrato son: I. Aseguradora es la persona jurídica cuyo objeto es prestar el servicio de seguros en los términos de esta ley y que está autorizada a tal fin por la Superintendencia. II. Solicitante del seguro 5 es la persona que completa la solicitud para contratar 4 5 Artículo 1 del Anteproyecto de Ley General de Seguros redactado por el doctor Isaac Halperín, 1959, p. 20, con modificaciones. Se agregó la frase en los límites convenidos de acuerdo con el artículo 1 del Proyecto de Ley Modelo sobre el Contrato de Seguro para Latinoamérica, Comité Iberolatinoamericano de AIDA-CILA, del doctor Morandi y al artículo 1 del Proyecto modificando la Ley de Seguros del doctor Baglini R., Pardal J., Perceval M., Verna C., Pichetto M., López Arias M., Rioja J., Usandizaga H., Alfonsín R., Maestro C., Morales G., Raso M., Arancio de Beller M., Taffarel R. y Passo J., presentado ante la Honorable Cámara de Senadores el 5/3/2002 bajo el expediente 0046-S-02. Para una mejor comprensión de la figura del solicitante se ha elegido una redacción que evidencie su trascendencia. En efecto, solo en ella se puede hacer efectivo el derecho a la información contenido en el artículo 42 de la Constitución Nacional, el artículo 4 de la Ley de Defensa del Consumidor (Ley 24240) y el artículo 1100 del Proyecto de Reforma del Código Civil. 4

19 un seguro para sí o para un tercero en los formularios redactados por la aseguradora. III. Contratante es la persona que pacta el seguro con la aseguradora y que se obliga a pagar el precio estipulado en el contrato, sea o no el titular del interés asegurado. IV. Asegurado es el titular del interés asegurado. También es asegurado la persona cuyo riesgo de vida o de salud es el objeto del contrato. V. Beneficiario es la persona en cuyo favor se ha contratado el seguro. VI. Damnificado es la persona que ha sufrido un daño causado por el asegurado con cobertura en el contrato de seguro. d) Manual de selección de riesgos y manual de políticas de suscripción de riesgos son los manuales elaborados por la aseguradora que se encuentran registrados ante la Superintendencia. I. El manual de selección de riesgos contiene los procedimientos técnicos para clasificar los riesgos. II. El manual de políticas de suscripción de riesgos contiene las clases de riesgos que la aseguradora acepta, las que acepta con un precio diferencial y las que no acepta. e) Nombre técnico legal es la denominación que establece la Superintendencia El seguro es un servicio intangible que solo puede representarse por palabras y ese texto debe ser comunicado al potencial asegurado antes de que contrate el seguro, sino sería en vano. Es muy ilustrativo al respecto el doctor Mosset Iturraspe (Mosset Iturraspe, Jorge, Contratos, Editorial Ediar, Buenos Aires, 1987, pág. 93) cuando aborda el estudio del iter contractus, donde el gran maestro santafesino explica con mucha claridad todo el proceso de formación de la voluntad contractual y lo esencial que significa la información que se deben suministrar ambas partes antes de la celebración del contrato. Tal es su importancia que a lo largo del presente proyecto de ley, la figura está citada 44 veces. 5

20 respecto de los seguros que cubren riesgos de la misma clase y tipo. f) Riesgo es un hecho incierto. g) Riesgo asegurado es el riesgo descripto y cubierto en el contrato. h) Siniestro es la ocurrencia del riesgo asegurado. i) Cobertura del riesgo es la obligación de la aseguradora a cumplir la prestación establecida en el contrato cuando ocurre el siniestro. j) Exclusiones de cobertura es el riesgo que total o parcialmente no se encuentra cubierto por el contrato de seguro. k) Solicitud de seguro es el pedido de contrato efectuado por el solicitante del seguro en los formularios redactados por la aseguradora. ARTÍCULO 4.- Clases de contrato 6 según el contratante 7 Según el contratante, los contratos de seguro son de contratación paritaria o de 6 7 La clasificación de los seguros resulta indispensable para su difusión. Existe hoy una total confusión con relación al alcance de la protección que pueda dar un seguro. A ello contribuyen dos factores: el primero, las aseguradoras le dan denominaciones comerciales a sus seguros totalmente apartadas de la finalidad que tienen (por ejemplo pack ahorro o pack clásico, etcétera). En segundo lugar, porque la mayoría de la población solo conoce en forma aproximada la finalidad de los distintos seguros, pues los asegurados pagan su precio y solo una ínfima minoría es la que sufre los siniestros y debe transitar, en muchos casos, un difícil y a veces infructuoso camino para cobrar su indemnización. No en vano se dice que en el seguro la fortuna de muchos compensa la desgracia de unos pocos ; porque efectivamente son pocos los que deben ir a la aseguradora para cobrar su indemnización. Por ello resulta indispensable clasificar los seguros dándoles el nombre adecuado según el riesgo que cubran, la condición de quienes lo contratan, etcétera, y establecer sus distintos tipos dentro de cada clase y finalmente que el organismo de control les de un nombre, para que la población puede identificarlos por su finalidad y no por un nombre comercial, lo cual, por su enorme variedad, resulta imposible. Además, el seguro es un típico intangible que solo se puede conocer por su descripción mediante palabras, las que deben ser muy precisas, comenzando por su denominación. Esto hace al derecho a la información de toda la población, consagrado en la Constitución Nacional y las leyes que reglamentan los derechos de todos los usuarios y consumidores. Esta clasificación, además de la finalidad descripta en la nota anterior, tiene una gran relevancia. Separa claramente aquellos contratos que, por la distinta capacidad de negociación entre asegurado y aseguradora, merecen ser incluidos en las disposiciones del derecho del consumidor, de aquellos que, por similar capacidad de negociación de las partes, quedan fuera de ese marco legal protectorio. 6

21 consumo. a) Seguros de contratación paritaria son aquellos cuyas condiciones se acuerdan libremente entre las partes debido a su equivalente capacidad de negociación. Se aplican las disposiciones del Capítulo VII del Título I del Libro I y las generales del derecho común, en las condiciones que establezca la Superintendencia. b) Seguros de consumo son aquellos que se celebran en beneficio del asegurado o de su grupo familiar o social. Las disposiciones de estos contratos comprenden a los beneficiarios instituidos en los seguros de personas, a los damnificados en los seguros de responsabilidad civil y a quien pueda estar afectado como consecuencia o en ocasión de una relación contractual aunque no sea sujeto del contrato de seguro. Asimismo, están comprendidos en esta clasificación los seguros colectivos de personas. En caso de duda, y en los supuestos de negocio jurídico con características intermedias entre los seguros de contratación paritaria o de consumo, rigen las disposiciones establecidas para los seguros de consumo. ARTÍCULO 5.- Clases de contrato según el riesgo Según el riesgo, los contratos de seguro son de: a) daños patrimoniales cuando establecen, en caso de producirse un siniestro, la obligación de la aseguradora de indemnizar al asegurado los daños que afectan los bienes con los cuales tiene una relación lícita de valor económico; o b) personas cuando establecen la obligación de la aseguradora de pagar prestaciones dinerarias o en especie al asegurado o a sus beneficiarios en caso 7

22 de ocurrir un siniestro vinculado a la existencia de la vida, a la salud o a cualquier otro hecho atinente a la vida del asegurado. ARTÍCULO 6.- Clases de contratos según la voluntad de celebrarlos Según la voluntad de celebrarlos, los contratos de seguros son de contratación: a) obligatoria cuando son establecidos por ley en sentido formal, con carácter obligatorio; o b) contratación voluntaria cuando su contratación no se encuentra impuesta por ley. ARTÍCULO 7.- Clases de contratos según la modalidad de contratación Según la modalidad de contratación, el contrato de seguros es: a) individual si es realizado por el titular individual del interés asegurado o por quien lo hace por cuenta o en favor de un tercero determinado; o b) colectivo si es realizado por una persona en su nombre y a favor de un grupo de personas o bienes que estén agrupados por cualquier causa previa y distinta a la de obtener el seguro. ARTÍCULO 8.- Clases de contratos según la extensión de la cobertura del riesgo Según la extensión de la cobertura del riesgo, los contratos de seguros son de cobertura: a) total cuando cubren la totalidad del riesgo en los términos de su nombre técnico legal. En estos contratos solo son admitidas las exclusiones de cobertura referidas en el artículo 37; o 8

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