Poder Judicial de la Nación

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Poder Judicial de la Nación"

Transcripción

1 Poder Judicial de la Nación LEY DE LEALTAD COMERCIAL. INFRACCIÓN ART. 12 INCS. C) e I) DE LA LEY PRODUCTOS SIN CONSIGNAR EN SUS RÓTULOS PRECIOS DE VENTA POR KILOGRAMO NI PESO NETO. MULTAS. FACULTAD DE GRADUACIÓN DEL PODER ADMINISTRADOR. CONTROL DE RAZONABILIDAD. USO OFICIAL El artículo 9 de la Ley de Lealtad Comercial se encuentra ubicado dentro del capítulo 3 de la mentada normativa cuyo título resulta De la publicidad y promoción mediante premios. De su simple lectura surge que dicha norma describe una conducta diferente a la atribuida a la firma infractora, motivo por el cual resulta correcta la tipificación que realizó la autoridad administrativa respecto de la conducta reprochada. Resulta clara la letra de la Resolución Nacional 7/02 S.C.D.y D.C.- en cuanto en su artículo 14 establece que: Quienes ofrezcan directamente al público productos de venta al peso envasados, deberán indicar en sus rótulos, además del precio de la fracción ofrecida, su peso neto y el precio por kilogramo correspondiente.en ese tipo de causas En virtud de lo establecido en el párrafo precedente, tratándose en el caso de infracciones formales, el de perjuicio a los consumidores se configura en tanto se ha lesionado con este tipo de infracciones la transparencia en las relaciones de consumo, la debida información al consumidor y el derecho que posee éste a una información veraz, motivo por el cual, no resulta procedente la defensa que argumenta la firma sancionada. Si bien la Ley no contiene criterios para graduar la sanción, es preciso tener en cuenta que la Ley de Lealtad Comercial conforma un sistema protector en conjunción con las leyes de Defensa de la Competencia N y de Defensa del Consumidor N El artículo 49 de esta última ley establece: En la aplicación y graduación de las sanciones previstas en el art. 47 se tendrá en cuenta el

2 perjuicio resultante de la infracción para el consumidor o usuario, el grado de intencionalidad, la gravedad de los riesgos, o de los perjuicios sociales derivados de la infracción y su generalización, la reincidencia y las demás circunstancias relevantes del hecho. Se considerará reincidente a quien habiendo sido sancionado por una infracción a esta ley incurra en otra de similar naturaleza dentro del término de tres (3)años.A estos factores deberán adicionarse otros como por ejemplo la ubicación del establecimiento dentro de la zona comercial y cantidad de objetos hallados en infracción.valoradas dichas circunstancias, este Tribunal considera ajustado a derecho el monto que fuera fijado en la instancia administrativa. PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN //Plata,18 de noviembre de 2009.R.S. I T.69 f* 264 AUTOS Y VISTOS: Este expediente N 4616/I, caratulado D.S.A. Acta Nro y 1807 La Plata, proveniente de la Dirección Provincial de Comercio, y CONSIDERANDO: Que contra la Disposición ( ) del señor Director Provincial de Comercio de la Provincia de Buenos Aires de fecha 22 de mayo de 2007(...), interpuso recurso de apelación el apoderado de la firma sancionada, D.S.A., con el patrocinio letrado del Dr. J. I. d.l. C. en los términos del artículo 22 de la Ley (...). Que, previo al análisis de los agravios expresados y con el objeto de dilucidar la cuestión en debate, es necesario resaltar las circunstancias de hecho contenidas en las actuaciones administrativas que dieran origen a la presente. Que, de lo actuado surge que a fojas 1 se encuentra glosada el acta de constatación N por la que se le imputa a la firma inspeccionada la infracción al artículo 14 de la Resolución Nacional N 7/2002 S.C.D. y D.C.,reglamentaria de la Ley Nacional N (art. 12 inciso c) e i)) por comercializar una serie de productos en las instalaciones de su comercio de venta al peso envasados sin que se consignen en sus rótulos los precios de venta por kilogramo ni su peso neto, expresando únicamente el correspondiente a la fracción ofrecida. ( )luce el acta de

3 Poder Judicial de la Nación USO OFICIAL constatación N por la que se le imputa la infracción a los artículos 1 y 2 de la Resolución Nacional N 7/02 S.C. y D.C., sustituido el artículo 2 por el artículo 1 de la Resolución Nacional N 50/02, ambas reglamentarias de la Ley N por diferencias de precio, respecto a determinados productos, entre el ofrecido en góndola y el que efectivamente debe abonar el consumidor en la línea de cajas. Cabe resaltar que ( ) luce el descargo de la imputada en el cual solicitó la absolución en las presentes actuaciones. Concluida la etapa administrativa, la Dirección Provincial de Comercio de la Provincia de Buenos Aires mediante Disposición ( ), de fecha 22 de mayo de 2007, impuso a la firma inspeccionada una multa de $ ( ) al considerarla responsable de infringir lo establecido en el artículo 14 de la Resolución Nacional 7/02 SCD y DC, y artículos 1 y 2 de la Resolución N 7/02 sustituido el artículo 2 por el artículo 1 de la Resolución Nacional N 50/02, ambas reglamentarias de la Ley Nacional N Que los agravios de la firma sancionada se circunscriben a los siguientes: a) falta de tipicidad respecto a la infracción constatada mediante el acta N 1807 b) inaplicabilidad del artículo 14 de la Resolución N 7/02 a la conducta verificada mediante el acta de constatación N 2998, c) inexistencia de perjuicios a los consumidores y d) exceso en la punición. Que, cabe a esta altura realizar un análisis del régimen legal aplicable al caso. El artículo 42 de la Constitución Nacional establece que: Los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz Las autoridades proveerán a la protección de esos derechos, a la educación para el consumo, a la defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados. Por su parte, la Ley N regula los aspectos vinculados con el correcto funcionamiento de los mercados y con ello procura una mayor protección de los consumidores y usuarios.

4 Ha de realizarse, consecuentemente, una interpretación armónica y conjunta de la legislación aplicable, en la cual deben merituarse también las leyes de Defensa de la Competencia N y de Defensa del Consumidor N , a los efectos de cumplir con la finalidad que tienen en común: defender y proteger los derechos del consumidor. Que en lo que aquí interesa cabe señalar que la Resolución N 7/02, reglamentaria de la Ley N establece en su artículo 2 que: Quienes ofrezcan bienes muebles o servicios a consumidores finales deberán indicar el precio expresado en moneda de curso legal y forzoso en la REPÚBLICA ARGENTINA PESOS-. El mismo deberá ser el de contado en dinero efectivo, y corresponderá al importe total que efectivamente deba abonar el consumidor final. Y en su artículo 14 que: Quienes ofrezcan directamente al público productos de venta al peso envasados, deberán indicar en sus rótulos, además del precio de la fracción ofrecida, su peso neto y el precio por kilogramo correspondiente. El artículo 12 de la Ley de Lealtad Comercial N dispone en su artículo 12 inc i) que la autoridad administrativa tendrá la facultad de obligar a exhibir o publicar los precios. Ello así, corresponde a esta altura ingresar al tratamiento de los agravios. a) Se agravia la recurrente en cuanto considera incorrecto el encuadre de la conducta verificada mediante el acta de constatación N Señala que la autoridad administrativa le imputa la infracción a los artículos 1 y 2 de la Resolución Nacional N 7/02 y artículo 1 de la resolución N 50/02, cuando en realidad la conducta mencionada está tipificada en el artículo 9 de la Ley N Cabe señalar que el artículo 9 de la Ley de Lealtad Comercial se encuentra ubicado dentro del capítulo 3 de la mentada normativa cuyo título resulta De la publicidad y promoción mediante premios. De su simple lectura surge que dicha norma describe una conducta diferente a la atribuida a la firma infractora, motivo por el cual resulta correcta la

5 Poder Judicial de la Nación USO OFICIAL tipificación que realizó la autoridad administrativa respecto de la conducta reprochada mediante el acta N b) Del acta acompañada en autos ( ) surge que determinados productos que exhibe y comercializa la firma inspeccionada budín chocolate, pionono, budín de vainilla, tapa de merengue y budín de naranja -, carecen de la indicación en su rótulo del precio por kilogramo y del peso neto, consignando solamente el correspondiente a la fracción ofrecida, circunstancia que se encuentra corroborada por la documental ( ) en la cual lucen agregados los rótulos de los productos hallados en infracción. Queda entonces claro que, correspondiéndose las productos verificados en infracción descriptos en el acta de constatación N 2998 con los elementos probatorios adjuntados ( ), la anomalía descubierta infringe las prescripciones de la normativa en cuestión. Al respecto resulta clara la letra de la Resolución 7/02 en cuanto en su artículo 14 establece q ue: Quienes ofrezcan directamente al público productos de venta al peso envasados, deberán indicar en sus rótulos, además del precio de la fracción ofrecida, su peso neto y el precio por kilogramo correspondiente. Motivo por el cual, la conducta endilgada violenta las prescripciones del mentado artículo. c) Cabe poner de reasalto que resulta clara la letra de la Resolución 7/02 en cuanto en su artículo 14 establece que: Quienes ofrezcan directamente al público productos de venta al peso envasados, deberán indicar en sus rótulos, además del precio de la fracción ofrecida, su peso neto y el precio por kilogramo correspondiente. Motivo por el cual, la conducta endilgada violenta las prescripciones del mentado artículo. c) Cabe poner de reasalto que en ese tipo de causas En virtud de lo establecido en el párrafo precedente, tratándose en el caso de infracciones formales, el de perjuicio a los consumidores se configura en tanto se ha lesionado con este tipo de infracciones la transparencia en las relaciones de consumo, la debida información al consumidor y el derecho que posee éste a una información veraz, motivo por el cual, no resulta procedente la defensa que argumenta la firma sancionada.

6 d) Por último, en cuanto a al monto que fuera impuesto en concepto de multa es necesario remarcar que la facultad de graduación entre el mínimo y el máximo previsto en la Ley es facultad del poder administrador, pero no está exenta del control de razonabilidad que corresponde al poder judicial con respecto a los actos de la administración pública. Si bien la Ley no contiene criterios para graduar la sanción, es preciso tener en cuenta que la Ley de Lealtad Comercial conforma un sistema protector en conjunción con las leyes de Defensa de la Competencia N y de Defensa del Consumidor N Así cabe señalar que el artículo 49 de esta última ley establece: En la aplicación y graduación de las sanciones previstas en el art. 47 se tendrá en cuenta el perjuicio resultante de la infracción para el consumidor o usuario, el grado de intencionalidad, la gravedad de los riesgos, o de los perjuicios sociales derivados de la infracción y su generalización, la reincidencia y las demás circunstancias relevantes del hecho. Se considerará reincidente a quien habiendo sido sancionado por una infracción a esta ley incurra en otra de similar naturaleza dentro del término de tres (3)años. A estos factores deberán adicionarse otros como por ejemplo la ubicación del establecimiento dentro de la zona comercial y cantidad de objetos hallados en infracción. Valoradas dichas circunstancias, este Tribunal considera ajustado a derecho el monto que fuera fijado en la instancia administrativa. Por ello el Tribunal, RESUELVE: Confirmar la Disposición apelada (...). Regístrese, notifíquese y devuélvase. Fdo.: Alberto Ramón Durán Julio Víctor Reboredo Carlos Román Compaired (Jueces de Cámara). Ante mí: Emilio S. Faggi (Secretario).

NEUQUEN, 30 de noviembre de 2009.-

NEUQUEN, 30 de noviembre de 2009.- NEUQUEN, 30 de noviembre de 2009.- VISTOS: Estos autos caratulados:.. S/ DENUNCIA (Expte. Nro. 8 Folio 42 Año 2009), traídos a despacho del Tribunal de Ética y Disciplina del Colegio de Abogados y Procuradores

Más detalles

DEFENSA DEL CONSUMIDOR.INF. ART. 5 LEY 24.240

DEFENSA DEL CONSUMIDOR.INF. ART. 5 LEY 24.240 DEFENSA DEL CONSUMIDOR.INF. ART. 5 LEY 24.240 VENTA DE PRODUCTOS CON FECHA DE VENCIMIENTO YA OPERADO. RECHAZO DE LA PRESCRIPCIÓN ARTICULADA.ART. 50 LEY 24.240. LOS CONCEPTOS "FECHA DE VENCIMIENTO" Y "FECHA

Más detalles

Poder Judicial de la Nación

Poder Judicial de la Nación Poder Judicial de la Nación LEY DE LELTAD COMERCIAL. INFRACCIÓN ART. 12 INCS. C) e I) LEY 22.802. INTERPRETACIÓN ARMÓNICA Y CONJUNTA DE LA LEGISLACIÓN APLICABLE. CONFIRMACIÓN DE LA MULTA IMPUESTA. USO

Más detalles

Poder Judicial de la Nación DAÑOS Y PERJUICIOS. ACCIDENTE DE TRÁNSITO. RESPONSABILIDAD.INTERESES.

Poder Judicial de la Nación DAÑOS Y PERJUICIOS. ACCIDENTE DE TRÁNSITO. RESPONSABILIDAD.INTERESES. Poder Judicial de la Nación DAÑOS Y PERJUICIOS. ACCIDENTE DE TRÁNSITO. RESPONSABILIDAD.INTERESES. USO OFICIAL Es del caso mencionar que cuando el automotor causante de un accidente de tránsito es conducido

Más detalles

S u p r e m a C o r t e :

S u p r e m a C o r t e : S u p r e m a C o r t e : -I- El Colegio de Abogados de Tucumán deduce la acción prevista en el art. 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, contra la Provincia de Tucumán, a fin de obtener

Más detalles

2da.: Qué pronunciamiento corresponde dictar? A LA PRIMERA CUESTION: la señora Juez doctora Ludueña, dijo:

2da.: Qué pronunciamiento corresponde dictar? A LA PRIMERA CUESTION: la señora Juez doctora Ludueña, dijo: INCONSTITUCIONALIDAD Ley 12774 Loquercio Enrique c/ Municipalidad de Morón s/ Daños y Perjuicios Tribunal: Excma. Cámara de Apelación Civil y Comercial - Sala I Causa: 45364 R.S.: 58/03 Fecha: 20/03/03

Más detalles

SALA DE LO PENAL MILITAR, PENAL POLICIAL, TRANSITO

SALA DE LO PENAL MILITAR, PENAL POLICIAL, TRANSITO CORTE NACIONAL DE JUSTICIA SALA DE LO PENAL MILITAR, PENAL POLICIAL, TRANSITO JUICIO PENAL N : 188-2012 RESOLUCIÓN N : 213-12 PROCESADO: GREFA CERDA EllAS DOMINGO OFENDIDO: ESTADO ECUATORIANO INFRACCIÓN:

Más detalles

Normas para la producción, elaboración y circulación de alimentos de consumo humano en todo el país.

Normas para la producción, elaboración y circulación de alimentos de consumo humano en todo el país. CODIGO ALIMENTARIO ARGENTINO Normas para la producción, elaboración y circulación de alimentos de consumo humano en todo el país. LEY N 18.284 En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 5 del

Más detalles

CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V

CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V 27550/2014 TITO GONZALEZ AUTOMOTORES SA c/ DNCI s/defensa DEL CONSUMIDOR - LEY 26361 - ART 35 Buenos Aires, de diciembre de 2014. Y VISTOS; CONSIDERANDO: I.- Que a través de la Disposición D.N.C.I Nº 112/2014,

Más detalles

HONORARIOS Y GASTOS DEL PERITO

HONORARIOS Y GASTOS DEL PERITO HONORARIOS Y GASTOS DEL PERITO COSTAS PROCESALES Son los gastos en que debe incurrir cada una de las partes involucradas en un juicio. Dentro de las mismas se incluyen los gastos inherentes al proceso:

Más detalles

Destinatarios Abogado Procurador Fiscal de Santiago del Consejo de Defensa del Estado.

Destinatarios Abogado Procurador Fiscal de Santiago del Consejo de Defensa del Estado. ID Jurisprudencia: 028925N06 Indicadores de Estado Nº Dictamen 28.925 Fecha 20-06-2006 Destinatarios Abogado Procurador Fiscal de Santiago del Consejo de Defensa del Estado. Materia En demanda interpuesta

Más detalles

COMISION FEDERAL DE IMPUESTOS LEY 23.548

COMISION FEDERAL DE IMPUESTOS LEY 23.548 San Javier, Provincia de Tucumán, 30 de mayo de 2014 RESOLUCIÓN Nº 761 VISTO: Asunto: Expediente N 1160/14. Laboratorio Cuenca S.A. c/ Municipalidad de Lincoln Provincia de Buenos Aires s/ Derecho de Publicidad

Más detalles

Y VISTOS: Estos autos N 568 Año 2009 C., D. E. s/recurso de inconstitucionalidad, de los que

Y VISTOS: Estos autos N 568 Año 2009 C., D. E. s/recurso de inconstitucionalidad, de los que SALA PENAL II Libro de Autos y Sentencia VI Resolución N 122 Folio 241-243 Santa Fe, 27 de octubre de 2009 Y VISTOS: Estos autos N 568 Año 2009 C., D. E. s/recurso de inconstitucionalidad, de los que RESULTA:

Más detalles

Asignan responsabilidad por infracción marcaria a plataforma virtual intermediaria en compra-venta de productos

Asignan responsabilidad por infracción marcaria a plataforma virtual intermediaria en compra-venta de productos Asignan responsabilidad por infracción marcaria a plataforma virtual intermediaria en compra-venta de productos Fuente: http://www.abogados.com.ar/asignan-responsabilidadpor-infraccion-marcaria-a-plataforma-virtual-intermediariaen-compra-venta-de-productos/16859

Más detalles

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA /// del Plata, 21 de enero de 2016. VISTOS: Estos autos caratulados: FRANCES, OSVALDO GUILLERMO c/ PEN s/amparo LEY 16.986, Expediente FMP 34493/2015, provenientes del Juzgado Federal N 4, Secretaría Ad

Más detalles

CAPÍTULO 19 Franquicia

CAPÍTULO 19 Franquicia CAPÍTULO 19 Franquicia ARTÍCULO 1512.- Concepto. Hay franquicia comercial cuando una parte, denominada franquiciante, otorga a otra, llamada franquiciado, el derecho a utilizar un sistema probado, destinado

Más detalles

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN SÉPTIMA SENTENCIA Nº

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN SÉPTIMA SENTENCIA Nº TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN SÉPTIMA RECURSO Nº 2139/03 SENTENCIA Nº En la Villa de Madrid, a Veinte de julio del año dos mil cinco. VISTO el recurso

Más detalles

Poder Judicial de la Nación

Poder Judicial de la Nación Poder Judicial de la Nación USO OFICIAL COMPETENCIA. SOCIEDADES. CUESTIONES DE DISTINTA VECINDAD. INTERPRETACIÓN ARTS. 9 LEY 48 Y 90 INC. 4* CPCCN. DOCTRINA CSJN. COMPETENCIA. DEMANDA CONTRA BANCO. INCONSTITUCIONALIDAD

Más detalles

Reglamento Interno para el uso de las tecnologías de la información

Reglamento Interno para el uso de las tecnologías de la información Reglamento Interno para el uso de las tecnologías de la información Capítulo I. Disposiciones generales Artículo 1. Las faltas disciplinarias que se cometan por los usuarios de la RedUH serán juzgadas

Más detalles

SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA. EVALUACION DE DESEMPEÑO. COMPETENCIA. VEEDURIA: ALCANCES.

SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA. EVALUACION DE DESEMPEÑO. COMPETENCIA. VEEDURIA: ALCANCES. SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA. EVALUACION DE DESEMPEÑO. COMPETENCIA. VEEDURIA: ALCANCES. Al no haber una unidad organizativa de nivel inferior a la citada Dirección General de la que

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0238/2009

Gabinete Jurídico. Informe 0238/2009 Informe 0238/2009 La consulta plantea dudas respecto a si, en aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, la comunicación de datos personales

Más detalles

Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario

Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario USO OFICIAL Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario LEY DE PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR. INF. ARTS. 4 Y 10 BIS LEY 24.240.MULTA IMPUESTA POR ORGANISMO PROVINCIAL. REVISIÓN JUDICIAL ANTE EL FUERO

Más detalles

RESOLUCION OA/DPPT Nº 12

RESOLUCION OA/DPPT Nº 12 RESOLUCION OA/DPPT Nº 12 Ref. Expediente 125.176/00 Buenos Aires, 10 de mayo de 2000. Y VISTOS: Las actuaciones de referencia originadas por la consulta de fs. 62 efectuada por el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA

Más detalles

Que el Decreto Nº 532/09 en su Anexo III, Titulo I: Reglamentación del Artículo 1º de la Ley Provincial Nº 13.927 establece en

Que el Decreto Nº 532/09 en su Anexo III, Titulo I: Reglamentación del Artículo 1º de la Ley Provincial Nº 13.927 establece en La Plata, 20 de noviembre de 2012 VISTO El artículo 55 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, la Ley Nº 13.834, el artículo 22 del Reglamento Interno de la Defensoría del Pueblo de la Provincia

Más detalles

DICTAMEN 195/2009. (Sección 1ª)

DICTAMEN 195/2009. (Sección 1ª) DICTAMEN 195/2009 (Sección 1ª) La Laguna, a 4 de mayo de 2009. Dictamen solicitado por el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Arona en relación con la Propuesta de Resolución del recurso extraordinario

Más detalles

INSTRUMENTO PÚBLICO. EXCLUSIÓN MUTUA DE LOS DELITOS. FALLO TEJERINA CNCP. DOCTRINA CSJN.

INSTRUMENTO PÚBLICO. EXCLUSIÓN MUTUA DE LOS DELITOS. FALLO TEJERINA CNCP. DOCTRINA CSJN. USO DE DOCUMENTO FALSO Y FALSIFICACIÓN DE INSTRUMENTO PÚBLICO. EXCLUSIÓN MUTUA DE LOS DELITOS. FALLO TEJERINA CNCP. DOCTRINA CSJN. Esta Sala (Primera CFALP) analizó en causa n 2404 Tisera del 24/11/03,

Más detalles

Poder Judicial de la Nación

Poder Judicial de la Nación AUTOMOTORES. DOMINIO. INSCRIPCIÓN REGISTRAL. RESPONSABILIDAD CIVIL. DENUNCIA DE VENTA. ALCANCE. corresponde destacar que el dominio de los automotores se constituye y adquiere mediante la inscripción registral

Más detalles

Estudio Parma Pena & Asociados. Buenos Aires, 30 de enero de 2013.

Estudio Parma Pena & Asociados. Buenos Aires, 30 de enero de 2013. Buenos Aires, 30 de enero de 2013. Autos: BBVA Banco Frances S.A. y otros s/ infr. ley 24.144 Expte. Nro. 63.283, Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico. Fallo sobre compra venta de títulos

Más detalles

Id. Cendoj: 41091330012015100002 Organo: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso Sede: Sevilla Sección: 1 Tipo de Resolución: Sentencia

Id. Cendoj: 41091330012015100002 Organo: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso Sede: Sevilla Sección: 1 Tipo de Resolución: Sentencia Id. Cendoj: 41091330012015100002 Organo: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso Sede: Sevilla Sección: 1 Tipo de Resolución: Sentencia Fecha de resolución: 02/06/2015 Nº Recurso: 496/2014

Más detalles

Expediente Nº 21.992: (Doctora Abogada Marta L. Bosch denuncia actuación Doctor C.P. Hector Luis Nogueira).

Expediente Nº 21.992: (Doctora Abogada Marta L. Bosch denuncia actuación Doctor C.P. Hector Luis Nogueira). Expediente Nº 21.992: (Doctora Abogada Marta L. Bosch denuncia actuación Doctor C.P. Hector Luis Nogueira). VISTO: El expediente Nº 21.992 iniciado por denuncia de la Doctora Abogada Marta L. Bosch contra

Más detalles

RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE FISCALIZACIÓN DE GAS NATURAL ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERIA OSINERGMIN N 1384-2015

RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE FISCALIZACIÓN DE GAS NATURAL ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERIA OSINERGMIN N 1384-2015 ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERIA Lima, 16 de junio del 2015 VISTOS: El Expediente N 201500024915, el Informe de Inicio de Procedimiento Administrativo Sancionador N 389-2015-OS-GFGN/DDCN

Más detalles

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA En el Expediente Gubernativo seguido en esta Secretaría de Gobierno con el número 185/08, de conformidad con lo que establecen los artículos 465.8 de la LOPJ y 9 del ROCSJ he dictado en esta fecha la presente

Más detalles

Procuración General de la Nación

Procuración General de la Nación S u p r e m a C o r t e : - I - La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, resolvió a fs, 181/182 de los autos principales (folios a los que me referiré de ahora en mas) confirmar la decisión de

Más detalles

A fs. 15 el a quo corre traslado al partido de autos por el término de cinco (5) días -atento lo previsto en el art. 64 de esa norma- a fin de que

A fs. 15 el a quo corre traslado al partido de autos por el término de cinco (5) días -atento lo previsto en el art. 64 de esa norma- a fin de que CAUSA: "Deza, Osvaldo, apod. Partido Socialista Democrático s/apela resolución de fs. 3349/50 en autos Letra L, N 2, Año 1971, caratulados "Partido Socialista Democrático s/pedido de reconocimiento de

Más detalles

Preguntas frecuentes sobre las reglas asociadas a la autorización para la venta de equipos terminales móviles en el país.

Preguntas frecuentes sobre las reglas asociadas a la autorización para la venta de equipos terminales móviles en el país. Preguntas frecuentes sobre las reglas asociadas a la autorización para la venta de equipos terminales móviles en el país. Atención al Cliente Septiembre de 2012 Comisión de Regulación de Comunicaciones

Más detalles

LINEAMIENTOS GENERALES Y RECOMENDACIONES PARA LA CUSTODIA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, INFORMACIÓN

LINEAMIENTOS GENERALES Y RECOMENDACIONES PARA LA CUSTODIA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, INFORMACIÓN LINEAMIENTOS GENERALES Y RECOMENDACIONES PARA LA CUSTODIA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, INFORMACIÓN RESERVADA Y CONFIDENCIAL EN POSESIÓN DE SUJETOS OBLIGADOS DEL ESTADO DE CHIAPAS. CONSIDERANDO 1.

Más detalles

RES. Nº 06/2010 AUTOS Y VISTOS: RESULTA:: San Miguel de Tucumán, Marzo 15 de 2010

RES. Nº 06/2010 AUTOS Y VISTOS: RESULTA:: San Miguel de Tucumán, Marzo 15 de 2010 RES. Nº 06/2010 San Miguel de Tucumán, Marzo 15 de 2010 AUTOS Y VISTOS: Las presentes actuaciones caratuladas Expte. Nº 19/07 Dra. A.J.,S. s/ Denuncia de ROJAS, JUAN RICARDO, de las cuales. RESULTA:: Que

Más detalles

INFORME SOBRE LA CONSULTA REMITIDA POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE ENERGÍA Y MINAS DE UNA COMUNIDAD AUTONOMA SOBRE COMPATIBILIDAD ENTRE LA ACTIVIDAD DE

INFORME SOBRE LA CONSULTA REMITIDA POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE ENERGÍA Y MINAS DE UNA COMUNIDAD AUTONOMA SOBRE COMPATIBILIDAD ENTRE LA ACTIVIDAD DE INFORME SOBRE LA CONSULTA REMITIDA POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE ENERGÍA Y MINAS DE UNA COMUNIDAD AUTONOMA SOBRE COMPATIBILIDAD ENTRE LA ACTIVIDAD DE DISTRIBUCIÓN DE GAS NATURAL Y LA COMERCIALIZACIÓN AL

Más detalles

BUENOS AIRES, 6 de abril de 1998. VISTO la Ley Nº 24.076 y su decreto reglamentario y la Resolución

BUENOS AIRES, 6 de abril de 1998. VISTO la Ley Nº 24.076 y su decreto reglamentario y la Resolución BUENOS AIRES, 6 de abril de 1998 VISTO la Ley Nº 24.076 y su decreto reglamentario y la Resolución ENARGAS Nº 139 del 17 de marzo de 1995, y CONSIDERANDO: Que la Resolución ENARGAS Nº 139/95 dispuso en

Más detalles

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Concepto 77944 del 2013 Diciembre 4

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Concepto 77944 del 2013 Diciembre 4 Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Concepto 77944 del 2013 Diciembre 4 De conformidad con el artículo 19 del Decreto 4048 de 2008 y la Orden Administrativa No. 000006 de 2009, es función de ésta

Más detalles

Resolución ACTIVIDAD : SERVICIOS DE TELEFONÍA MÓVIL

Resolución ACTIVIDAD : SERVICIOS DE TELEFONÍA MÓVIL Resolución Nº 024-2009/CCD-INDECOPI Lima, 18 de marzo de 2009 EXPEDIENTE Nº 140-2007/CCD DENUNCIANTE : TELEFÓNICA MÓVILES S.A. (TELEFÓNICA) DENUNCIADA : AMÉRICA MÓVIL PERÚ S.A.C. (AMÉRICA MÓVIL) MATERIA

Más detalles

Antecedentes. Prado, 9 01005 VITORIA-GASTEIZ Tel.: (+34) 945 135 118 Faxa: (+34) 945 135 102 E-mail: arartekoa@ararteko.net www.ararteko.

Antecedentes. Prado, 9 01005 VITORIA-GASTEIZ Tel.: (+34) 945 135 118 Faxa: (+34) 945 135 102 E-mail: arartekoa@ararteko.net www.ararteko. Resolución del Ararteko, de 1 de febrero de 2012, por la que se recomienda al Ayuntamiento de Donostia/San Sebastián que deje sin efecto una sanción por infracción de la normativa urbanística. Antecedentes

Más detalles

Lima, 17 de junio de 2013 ANTECEDENTES

Lima, 17 de junio de 2013 ANTECEDENTES PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR N 1 PROCEDIMIENTO : DE PARTE DENUNCIANTE : LUIS RICARDO RUBIANES ARANA DENUNCIADA : AMÉRICA MÓVIL PERÚ S.A.C. MATERIA : DISCRIMINACIÓN IDONEIDAD LIBRO

Más detalles

Poder Judicial de la Nación

Poder Judicial de la Nación Poder Judicial de la Nación LEY DE LEALTAD COMERCIAL.Inf. Arts. 1* inc. d), 6* y.12 incs. c), d) e i) de la Ley 22.802.RAZONABILIDAD DE LA MULTA IMPUESTA. USO OFICIAL * Comercialización de productos de

Más detalles

INFRACCIONES Y SANCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR DECLARACIONES Y COMUNICACIONES

INFRACCIONES Y SANCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR DECLARACIONES Y COMUNICACIONES Artículo 176º Numeral 1) INFRACCIONES Y SANCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR DECLARACIONES Y COMUNICACIONES INFRACCIONES FRECUENTES 1. INFRACCIÓN POR NO PRESENTAR LAS DECLARACIONES DENTRO

Más detalles

Fuente: Ministerio de Economía y Hacienda.

Fuente: Ministerio de Economía y Hacienda. NUM- CONSULTA V1870-07 ORGANO SG de Impuestos sobre el Consumo FECHA- SALIDA 11/09/2007 NORMATIVA Ley 37/1992 arts. 7-10o, 78- tres- 1o, 164- uno- 3o. Rgto Fac: art. 2, 6.7 y 6.8 DESCRIPCION- HECHOS El

Más detalles

AJUNTAMENT DE XIRIVELLA Àrea de Secretaria Servei de Contractació i Règim Jurídic Negociat d Actes

AJUNTAMENT DE XIRIVELLA Àrea de Secretaria Servei de Contractació i Règim Jurídic Negociat d Actes ANUNCIO Aprobado inicialmente la Modificación num. 1 de la Ordenanza Reguladora del Absentismo Escolar, mediante acuerdo plenario de 29 de noviembre de 2007, y en ausencia de reclamaciones la aprobación

Más detalles

Unión de Usuarios y Consumidores c/ Banco Provincia de Neuquén S.A. s/ Ordinario Comp. N 945, L. XLVII 30/03/2012 Procuración General de la Nación

Unión de Usuarios y Consumidores c/ Banco Provincia de Neuquén S.A. s/ Ordinario Comp. N 945, L. XLVII 30/03/2012 Procuración General de la Nación Unión de Usuarios y Consumidores c/ Banco Provincia de Neuquén S.A. s/ Ordinario Comp. N 945, L. XLVII 30/03/2012 Procuración General de la Nación Procesal Civil y Comercial. Parte General. Competencia.

Más detalles

Cuestionario de honorabilidad y buen gobierno

Cuestionario de honorabilidad y buen gobierno Cuestionario de honorabilidad y buen gobierno 1. Observaciones El presente cuestionario tiene por finalidad recoger datos en relación con los requisitos de honorabilidad comercial y profesional y de buen

Más detalles

363-2012 SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, a las doce horas veinte minutos del día trece de

363-2012 SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, a las doce horas veinte minutos del día trece de 363-2012 SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, a las doce horas veinte minutos del día trece de septiembre de dos mil trece. Tiénese por agregado el escrito

Más detalles

COMPETENCIA FEDERAL.EJECUCIÓN FISCAL.

COMPETENCIA FEDERAL.EJECUCIÓN FISCAL. COMPETENCIA FEDERAL.EJECUCIÓN FISCAL. AGUAS ARGENTINAS.COBRO DE SERVICIO PÚBLICO GENERADO CON ANTERIORIDAD A LA RESCISIÓN DEL CONTRATO DE CONCESIÓN.FACULTAD DEL CONCESIONARIO DE EMITIR CERTIFICADO DE DEUDA

Más detalles

Comunicación de datos incorporados a un expediente administrativo. Informe.197/2006

Comunicación de datos incorporados a un expediente administrativo. Informe.197/2006 Comunicación de datos incorporados a un expediente administrativo. Informe.197/2006 La consulta plantea si resulta posible, a la luz de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección

Más detalles

"NORAN INDUSTRIA SRL c / DGA s/ recurso directo". CICLO DE COMERCIO EXTERIOR IDEA 23-10-2014

NORAN INDUSTRIA SRL c / DGA s/ recurso directo. CICLO DE COMERCIO EXTERIOR IDEA 23-10-2014 "NORAN INDUSTRIA SRL c / DGA s/ recurso directo". CICLO DE COMERCIO EXTERIOR IDEA 23-10-2014 (1) Sentencia Cam. Nac. Cont. Adm. Fed. Sala III del 29/05/2014 en autos "NORAN INDUSTRIA SRL c / DGA s/ recurso

Más detalles

En concreto, la Dirección General centra su atención en los siguientes puntos:

En concreto, la Dirección General centra su atención en los siguientes puntos: CONSULTA Nº 10 REF.: SGNAC/1076/2011/F INFORME SOBRE LA POSIBLE CALIFICACIÓN COMO ABUSIVAS DE DETERMINADAS CLAUSULAS DE UN CONTRATO DE TARJETA PREPAGO, UTILIZADAS POR UNA EMPRESA DE TELEFONÍA. La Dirección

Más detalles

, P. s u p r e m a C o r t e:

, P. s u p r e m a C o r t e: , P I CL.A,0~A- S.C. P. 515, L. XLVII s u p r e m a C o r t e: -1- La Sala C de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confi=ó la sentencia del juzgado de primera instancia que había desestimado

Más detalles

Reglamento de Procedimientos a seguir en casos de denuncias o Trámite de Oficio en contra de miembros

Reglamento de Procedimientos a seguir en casos de denuncias o Trámite de Oficio en contra de miembros Reglamento de Procedimientos a seguir en casos de denuncias o Trámite de Oficio en contra de miembros Reglamento de Procedimientos a seguir en casos de Denuncias o Trámite de Oficio en contra de miembros

Más detalles

================ Ref. Queja nº 060293 ================ Gabinete de Alcaldía Secretaría Asunto: Prohibición de fumar en dependencias municipales

================ Ref. Queja nº 060293 ================ Gabinete de Alcaldía Secretaría Asunto: Prohibición de fumar en dependencias municipales 20/07/2006 09931 Excmo. Ayuntamiento de Elda Excmo. Sr. Alcalde-Presidente Pza. de la Constitución, 1 ELDA - 03600 (Alicante) ================ Ref. Queja nº 060293 ================ Gabinete de Alcaldía

Más detalles

Poder Judicial de la Nación

Poder Judicial de la Nación INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA c/ SALEMA S.R.L. s/organismos EXTERNOS Expediente N 864/2015/CA01 Buenos Aires, 9 de abril de 2015. I. Por constituido el domicilio electrónico denunciado. II. Y VISTOS:

Más detalles

SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL.- Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, dos de marzo de dos mil diez.

SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL.- Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, dos de marzo de dos mil diez. SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL.- Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, dos de marzo de dos mil diez. VISTA: Para dictar resolución en el Recurso de Apelación

Más detalles

Consulta Vinculante V2081-14, de 30 de julio de 2014 de la Subdireccion General de. Impuestos sobre la Renta de las Personas Fisicas DESCRIPCIÓN

Consulta Vinculante V2081-14, de 30 de julio de 2014 de la Subdireccion General de. Impuestos sobre la Renta de las Personas Fisicas DESCRIPCIÓN 1/6 Consulta Vinculante V2081-14, de 30 de julio de 2014 de la Subdireccion General de LA LEY 2339/2014 Impuestos sobre la Renta de las Personas Fisicas DESCRIPCIÓN La entidad consultante, extinguió su

Más detalles

CAJA DE ABOGADOS. REQUISITOS PARA TRÁMITE DE AFILIACIÓN A LA CAJA RESOLUCIÓN Nº 19560 Diciembre, 1995 RESOLUCIÓN N 27322 SETIEMBRE, 2003

CAJA DE ABOGADOS. REQUISITOS PARA TRÁMITE DE AFILIACIÓN A LA CAJA RESOLUCIÓN Nº 19560 Diciembre, 1995 RESOLUCIÓN N 27322 SETIEMBRE, 2003 CAJA DE ABOGADOS e-mail: informacion@caja-abogados.com.ar web: www.caja-abogados.com.ar REQUISITOS PARA TRÁMITE DE AFILIACIÓN A LA CAJA RESOLUCIÓN Nº 19560 Diciembre, 1995 RESOLUCIÓN N 27322 SETIEMBRE,

Más detalles

SGNR N RLM Asunto: Uso obligatorio de cinturones de seguridad y otros sistemas de retención. Instrucción 06/S- 87

SGNR N RLM Asunto: Uso obligatorio de cinturones de seguridad y otros sistemas de retención. Instrucción 06/S- 87 SGNR N RLM Asunto: Uso obligatorio de cinturones de seguridad y otros sistemas de retención Instrucción 06/S- 87 La entrada en vigor del Real Decreto 965/2006, de 1 de septiembre (BOE 5.09.2006), por el

Más detalles

GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL LA TRONCAL LATRONCAL CAÑAR -ECUADOR

GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL LA TRONCAL LATRONCAL CAÑAR -ECUADOR EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Pág 1 de 5 El neo constitucionalismo garantista e incluyente, establece el derecho a un hábitat seguro y saludable, a una vivienda adecuada, digna y saludable, que asegure la salud,

Más detalles

SOLICITANTE: HÉCTOR MANUE L VALENCIA ROQUE. RECURSO DE RE VISIÓN: CTAI/RV-02/2009. EXPEDIENTE: DGD/UE-A/042/2009.

SOLICITANTE: HÉCTOR MANUE L VALENCIA ROQUE. RECURSO DE RE VISIÓN: CTAI/RV-02/2009. EXPEDIENTE: DGD/UE-A/042/2009. SOLICITANTE: HÉCTOR MANUE L VALENCIA ROQUE. RECURSO DE RE VISIÓN: CTAI/RV-02/2009. EXPEDIENTE: DGD/UE-A/042/2009. En la Ciudad de México, Distrito Federal, a veinticinco de junio de dos mil nueve, se da

Más detalles

VOTO PARTICULAR QUE FORMULA EL SEÑOR MINISTRO SERGIO A. VALLS HERNÁNDEZ, EN LA CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 132/2006.

VOTO PARTICULAR QUE FORMULA EL SEÑOR MINISTRO SERGIO A. VALLS HERNÁNDEZ, EN LA CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 132/2006. VOTO PARTICULAR QUE FORMULA EL SEÑOR MINISTRO SERGIO A. VALLS HERNÁNDEZ, EN LA CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 132/2006. La mayoría del Tribunal en Pleno, determinó reconocer la validez de la Ley Federal de

Más detalles

Llamadas originadas en el exterior con destino a teléfonos móviles. Procedimiento de marcación con la modalidad abonado llamante paga.

Llamadas originadas en el exterior con destino a teléfonos móviles. Procedimiento de marcación con la modalidad abonado llamante paga. Secretaría de Comunicaciones Resolución 124/2002 (Boletín Oficial Nº 29.964, 16/8/02) Llamadas originadas en el exterior con destino a teléfonos móviles. Procedimiento de marcación con la modalidad abonado

Más detalles

PROCEDIMIENTO PARA IMPONER AMONESTACION ESCRITA: FUNDAMENTO LEGAL. 83 84 LEFP

PROCEDIMIENTO PARA IMPONER AMONESTACION ESCRITA: FUNDAMENTO LEGAL. 83 84 LEFP 5.1) Los procedimientos administrativos disciplinarios LEFP PROCEDIMIENTO PARA IMPONER AMONESTACION ESCRITA: FUNDAMENTO LEGAL. 83 84 LEFP 1. Cuando se presuma que el funcionario ha incurrido en alguna

Más detalles

En la sentencia en alzada se eliminan los. considerandos noveno, décimo, duodécimo y décimo cuarto. Y se tiene en su lugar y además presente:

En la sentencia en alzada se eliminan los. considerandos noveno, décimo, duodécimo y décimo cuarto. Y se tiene en su lugar y además presente: 1 Santiago, cuatro de abril de dos mil doce. Vistos: En la sentencia en alzada se eliminan los considerandos noveno, décimo, duodécimo y décimo cuarto. Y se tiene en su lugar y además presente: Primero:

Más detalles

MUNICIPALIDAD DE CAPITAL

MUNICIPALIDAD DE CAPITAL SEÑOR SUBSECRETARIO: Número 213/09 Tipo DECRETOS MUNICIPALES Origen MUNICIPALIDAD DE CAPITAL Fecha Vie 13/02/2009 Publicado por única vez el 16/02/09 REF: EXPTE Nº 142 - R 2009 REGLA- MENTACIÓN PUBLICIDAD

Más detalles

Buenos Aires,./ Ir,o( f.ian1. Social c/ Action Vis S.A. Y OTRO s/ expedientes civiles".

Buenos Aires,./ Ir,o( f.ian1. Social c/ Action Vis S.A. Y OTRO s/ expedientes civiles. # i CSJ 627/2014 (SO-M)/CSl Ministerio de Trabajo, Empleo y seguridad Social el Action vis S.A. y OTRO s! expedientes civiles..,9 4--~.e'e- "ZI//5, Buenos Aires,./ Ir,o( f.ian1 Vistos los autos: "Ministerio

Más detalles

De este modo, sería posible considerar que la cesión de los datos resulta necesaria para el adecuado ejercicio de la profesión de abogado

De este modo, sería posible considerar que la cesión de los datos resulta necesaria para el adecuado ejercicio de la profesión de abogado Informe Jurídico 0221/2008 La consulta es continuación de la que fue objeto de informe de fecha 19 de septiembre de 2007, relativa a la existencia de amparo en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre,

Más detalles

H. AYUNTAMIENTO DE OTHÓN P. BLANCO 2013-2016

H. AYUNTAMIENTO DE OTHÓN P. BLANCO 2013-2016 ING. ANDRÉS RUÍZ MORCILLO, PRESIDENTE MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE OTHÓN P. BLANCO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES Y CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES QUE ME IMPONE EL ARTÍCULO 90 FRACCIONES

Más detalles

Lima, 6 de junio de 2013 ANTECEDENTES

Lima, 6 de junio de 2013 ANTECEDENTES PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI DE CAJAMARCA PROCEDIMIENTO : DE OFICIO DENUNCIADA : TRADING FASHION LINE S.A. TOPI TOP MATERIAS : DEBER DE INFORMACIÓN LISTA DE PRECIOS ACTIVIDAD

Más detalles

Ministerio de Economía y Finanzas Públicas

Ministerio de Economía y Finanzas Públicas EXPTE. Nº 53.833 BUENOS AIRES, 12.11.2010.- SEÑOR SUPERINTENDENTE: Se inició el presente expediente con motivo de la denuncia efectuada por el Sr. Juan Antonio LUZZI contra el productor Sr. Jorge Omar

Más detalles

L ey: 101 PROGRAMA ALCOHOLEMIA CERO

L ey: 101 PROGRAMA ALCOHOLEMIA CERO La Legislatura de la Provincia de Córdoba Sanciona con fuerza de 10181 L ey: 101 PROGRAMA ALCOHOLEMIA CERO Artículo 1º.- Impleméntase en todo el territorio de la Provincia de Córdoba el Programa Alcoholemia

Más detalles

RES. Nº 39/2010 AUTOS Y VISTOS: RESULTA: San Miguel de Tucumán, Agosto 31 de 2010

RES. Nº 39/2010 AUTOS Y VISTOS: RESULTA: San Miguel de Tucumán, Agosto 31 de 2010 RES. Nº 39/2010 San Miguel de Tucumán, Agosto 31 de 2010 AUTOS Y VISTOS: Las presentes actuaciones caratuladas Expte. Nº 78/06 Dres. A., L.M. y C., A. S/ Denuncia de JUAREZ, LUIS SEBASTIAN, de las cuales

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0049/2009

Gabinete Jurídico. Informe 0049/2009 Informe 0049/2009 La consulta plantea dudas acerca de la necesidad de solicitar el consentimiento de los arquitectos y aparejadores que prestan servicios para la consultante, para poder ceder sus datos

Más detalles

Poder Judicial de la Nación Juzgado Federal de Primera Instancia Nro. 1 de Rosario

Poder Judicial de la Nación Juzgado Federal de Primera Instancia Nro. 1 de Rosario Rosario, 30 de octubre de 2014. Y VISTOS: Los autos caratulados, COLEGIO DE ABOGADOS DE ROSARIO c/ ANSES s/ Amparo Ley 16.986, Expte. N 18878/2014 de ingreso por ante este Juzgado Federal N 1, a mi cargo,

Más detalles

Ministerio de Desarrollo Social Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social

Ministerio de Desarrollo Social Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social BUENOS AIRES, 06 SEPTIEMBRE 2012 VISTO, el Expediente Nº 5337/12 del registro del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL y, CONSIDERANDO: Que la Resolución N 11/2012 de la Unidad de Información

Más detalles

Santiago, 24 de Mayo de 2007. Señor Pablo Bello Arellano Subsecretario de Telecomunicaciones PRESENTE

Santiago, 24 de Mayo de 2007. Señor Pablo Bello Arellano Subsecretario de Telecomunicaciones PRESENTE Señor Pablo Bello Arellano Subsecretario de Telecomunicaciones PRESENTE Santiago, 24 de Mayo de 2007 Ref.: Responde Consulta Pública sobre creación de Superintendencia de Telecomunicaciones De nuestra

Más detalles

DESCRIPCION: TEMA RELEVANTE: SISTEMA ELECTORAL. FORMULAS ELECTORALES. MATERIA: REEMPLAZO DE CONCEJAL (AUTORIDAD COMUNAL) TIPO DE RECURSO: RECURSO DE

DESCRIPCION: TEMA RELEVANTE: SISTEMA ELECTORAL. FORMULAS ELECTORALES. MATERIA: REEMPLAZO DE CONCEJAL (AUTORIDAD COMUNAL) TIPO DE RECURSO: RECURSO DE DESCRIPCION: TEMA RELEVANTE: SISTEMA ELECTORAL. FORMULAS ELECTORALES. MATERIA: REEMPLAZO DE CONCEJAL (AUTORIDAD COMUNAL) TIPO DE RECURSO: RECURSO DE APELACION. SENTENCIA DE SEGUNDA INSTANCIA FECHA: 21

Más detalles

EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA SANCIONAN CON FUERZA DE LEY

EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA SANCIONAN CON FUERZA DE LEY EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA SANCIONAN CON FUERZA DE LEY TITULO I CREACIÓN DE LAS DEFENSORIAS OFICIALES DE LA VICTIMA DEL DELITO ARTÍCULO 1º.- CREACIÓN. Créanse en el

Más detalles

^ i J /o RESOLUCIONN- 05.0CT.2012* 65. Ho./"* ^.^.^?/ ''^^'A^^-

^ i J /o RESOLUCIONN- 05.0CT.2012* 65. Ho./* ^.^.^?/ ''^^'A^^- ^ i J /o Superintendencia de V'ío ' " ^ Ho./"* ^.^.^?/ ''^^'A^^- RESOLUCIONN- 05.0CT.2012* 65 VISTOS: a) Las facultades que la Ley confiere a esta Superintendencia, especialmente las contenidas en los

Más detalles

ACUERDO DE SUPERINTENDENTE SGS-DES-A-031-2014 CARTA DE DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES DE SEGUROS

ACUERDO DE SUPERINTENDENTE SGS-DES-A-031-2014 CARTA DE DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES DE SEGUROS Tomás Soley Pérez Superintendente de Seguros ACUERDO DE SUPERINTENDENTE CARTA DE DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES DE SEGUROS El Superintendente General de Seguros, a las quince horas del veinticuatro de febrero

Más detalles

CONTABILIDAD ANALISIS VERTICAL Y HORIZONTAL DE ESTADOS CONTABLES

CONTABILIDAD ANALISIS VERTICAL Y HORIZONTAL DE ESTADOS CONTABLES CONTABILIDAD ANALISIS VERTICAL Y HORIZONTAL DE ESTADOS CONTABLES El análisis de Estados Contables dispone de dos herramientas que ayudan a interpretarlos y analizarlos. Estas herramientas, denominadas

Más detalles

Disposición 55/2015. AFIP. Seguridad Social. Deudas. Infracciones. Multas. Impugnaciones

Disposición 55/2015. AFIP. Seguridad Social. Deudas. Infracciones. Multas. Impugnaciones Disposición 55/2015. AFIP. Seguridad Social. Deudas. Infracciones. Multas. Impugnaciones Se sustituye la normativa aplicable, adecuando al reciente cambio en la estructura organizativa, al procedimiento

Más detalles

Foro Permanente de Direcciones de Presupuesto y Finanzas de la República Argentina AL CONSEJO FEDERAL DE RESPONSABILIDAD FISCAL

Foro Permanente de Direcciones de Presupuesto y Finanzas de la República Argentina AL CONSEJO FEDERAL DE RESPONSABILIDAD FISCAL (1310) Ciudad Autónoma de Buenos Aires - AL CONSEJO FEDERAL DE RESPONSABILIDAD FISCAL La aprobación de la Ley N 25.917 que instituye el Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal, marca un hito en materia

Más detalles

Poder Judicial de la Nación

Poder Judicial de la Nación Poder Judicial de la Nación c. 45.935 Inc. de restitución de rodado Juz. 12 - Sec. 24 Reg. 1095 USO OFICIAL //////////////////nos Aires, 29 de septiembre de 2011. Y VISTOS Y CONSIDERANDO: Llegan las presentes

Más detalles

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público. REGLAS PARA EL ESTABLECIMIENTO Y OPERACIÓN DE LAS SUCURSALES DE BANCOS EXTRANJEROS A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 6 DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y ORGANIZACIONES AUXILIARES Al margen un

Más detalles

En la segunda parte de esta serie de tres artículos analizamos las disposiciones reglamentarias aplicables a este instituto negocial.

En la segunda parte de esta serie de tres artículos analizamos las disposiciones reglamentarias aplicables a este instituto negocial. Título: Un tema inadecuadamente legislado. La "venta de carteras crediticias" en el impuesto al valor agregado. (ultima parte). I. Introducción En la segunda parte de esta serie de tres artículos analizamos

Más detalles

I. Declaración de siniestro.

I. Declaración de siniestro. I. Declaración de siniestro. ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS POLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL PROTOCOLO DE ACTUACIONES El conocimiento de la reclamación formulada contra el Letrado asegurado puede

Más detalles

Esta obra forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM www.juridicas.unam.

Esta obra forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM www.juridicas.unam. IV. VOTO CONCURRENTE QUE FORMULA EL SEÑOR MINISTRO JUAN N. SILVA MEZA EN EL JUICIO DE AMPARO DIRECTO 15/2009 Por resolución de fecha veintiséis de mayo de dos mil diez, la Primera Sala de esta Suprema

Más detalles

LA RESPONSABILIDAD LEGAL DEL EMPLEADOR ANTE LA OCURRENCIA DE UN ACCIDENTE DE TRABAJO O EL DIÁGNOSTICO DE UNA ENFERMEDAD PROFESIONAL

LA RESPONSABILIDAD LEGAL DEL EMPLEADOR ANTE LA OCURRENCIA DE UN ACCIDENTE DE TRABAJO O EL DIÁGNOSTICO DE UNA ENFERMEDAD PROFESIONAL LA RESPONSABILIDAD LEGAL DEL EMPLEADOR ANTE LA OCURRENCIA DE UN ACCIDENTE DE TRABAJO O EL DIÁGNOSTICO DE UNA ENFERMEDAD PROFESIONAL Qué se entiende por responsabilidad legal? De manera general la responsabilidad

Más detalles

RESPONSABILIDAD CIVIL POR LOS DAÑOS CAUSADOS POR PRODUCTOS DEFECTUOSOS

RESPONSABILIDAD CIVIL POR LOS DAÑOS CAUSADOS POR PRODUCTOS DEFECTUOSOS LEY de RESPONSABILIDAD CIVIL POR LOS DAÑOS CAUSADOS POR PRODUCTOS DEFECTUOSOS (Actualizado a Octubre/2004) Servicio de Normativa Técnica, Supervisión y Control Dirección General de Arquitectura y Vivienda

Más detalles

Contabilidad. BASE DE DATOS NORMACEF FISCAL Y CONTABLE Referencia: NFC051331 ICAC: 01-06-2014 Consulta 2 BOICAC, núm. 98 SUMARIO:

Contabilidad. BASE DE DATOS NORMACEF FISCAL Y CONTABLE Referencia: NFC051331 ICAC: 01-06-2014 Consulta 2 BOICAC, núm. 98 SUMARIO: BASE DE DATOS NORMACEF FISCAL Y CONTABLE Referencia: NFC051331 ICAC: 01-06-2014 Consulta 2 BOICAC, núm. 98 SUMARIO: PRECEPTOS: Auditoría de cuentas. Contratación y rotación el auditor. Sobre determinados

Más detalles

Poder Judicial de la Nación

Poder Judicial de la Nación CIUDADANÍA. REQUISITO DE RESIDENCIA POR DOS AÑOS EN EL PAÍS. PLENARIO GONZALEZ MORALES CFALP. FALLO NI,I S/CARTA DE CIUDADANÍA CSJN. Como se estableció en el plenario González Morales y de acuerdo al precedente

Más detalles

COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR Voto #762-01 Comisión Nacional del Consumidor, San José a las dieciocho horas y veinte minutos del veinte de junio

COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR Voto #762-01 Comisión Nacional del Consumidor, San José a las dieciocho horas y veinte minutos del veinte de junio COMISION NACIONAL DEL CONSUMIDOR Voto #762-01 Comisión Nacional del Consumidor, San José a las dieciocho horas y veinte minutos del veinte de junio del año dos mil uno. Denuncia de la JUNTA DE PROTECCION

Más detalles

DICTAMEN 43/2013. (Sección 1ª)

DICTAMEN 43/2013. (Sección 1ª) DICTAMEN 43/2013 (Sección 1ª) La Laguna, a 19 de febrero de 2013. Dictamen solicitado por el Excmo. Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria en relación con la Propuesta de

Más detalles

Poder Judicial de la Nación

Poder Judicial de la Nación Poder Judicial de la Nación EXPTE. 17.966 SALA 3 FD. N* CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES BOL 64 DE LA PLATA.OF. DE JURISPRUDENCIA USO OFICIAL PUBLICACIÓN EN SITIO WWW.PJN.GOV.AR B 300 Carpeta HONORARIOS HONORARIOS.

Más detalles

artículos 31, 32 y concordantes de la Ley Nº 2095; la Resolución C.C. de switches core marca CISCO, DIEZ (10) switches de acceso con soporte Power

artículos 31, 32 y concordantes de la Ley Nº 2095; la Resolución C.C. de switches core marca CISCO, DIEZ (10) switches de acceso con soporte Power Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 19 de marzo de 2009. RESOLUCIÓN FG Nº 51/2009 VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; los artículos 1, 2, 3, 21 inciso 2º, 22, 23 y concordantes de

Más detalles