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1 Seguro Nacional de Salud La AR,S de iodos Seguro Nacional de Salud /?/l,.-.".' '..;... l'. J l' /Ui;'U -'1/ X f)tx1v04/1a;'1,;<ji."t%l/ '1--1/ UdH""v!/ COMITÉ DE COMPRAS Y CONTRATACIONES ''AÑO DEL FORTALECIMIENTO DEL ESTADO SOCIAL Y DEMOCRÁTICO DE DERECHO" Resolución El COMITÉ DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DEL SEGURO NACIONAL DE SALUD instituido de conformidad con lo previsto en el artículo 36 del Decreto No de fecha 06 de Septiembre de 2012 como órgano responsable de la organización, conducción y ejecución de los Procesos de Licitación Pública Nacional e Internacional, Licitación Restringida, Sorteo de Obras y Comparación de Precios realizados por el SEGURO NACIONAL DE SALUD (SeNaSa), entidad pública, autónoma, descentralizada, con patrimonio propio y personería jurídicaf] fl l.. creada para administrar los riesgos de salud de sus afiliados mediante la Ley No que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social, debidamente L conformado por sus miembros el DR. JOSE MIGUEL FERRERAS, Coordinador Técnico, quien actúa en representación de la DRA. ALTAGRACIA GUZMAN MARCELlNO, Directora Ejecutiva de SeNaSa y en tal virtud preside dicho comité; la DRA. MAYRA MERCEDES DEL VILLAR, Consultora Jurídica, en calidad de Asesora Legal del comité; el LIC. AMILCAR REYES CUEVAS, Gerente\n (j Administrativo, miembro; el LIC. CARLOS BARRANCO, Responsable de Acceso \ lya la Información, miembro; el LIC. BERNARDO MATIAS, Gerente de Planificación y Evaluación, miembro; y el LIC. ROBERTO L1ZARDO, Gerente Financiero, miembro; estando reunidos en la oficina de la Coordinación Técnica de SeNaSa, ubicada en el 4to. Piso del Edificio Administrativo-Financiero, sitio en la Calle Presidente González, No. 19 del Ensanche Naco, de esta Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional; actuando según las atribuciones conferidas en la Ley sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones del, #J Nivel Central: av. 27 de Febrero #232, casi esq. av. Tiradentes, ensanche La Esperilla, Distrito Nacional, Rep. Dom. Oficinas Administrativas: CI Presidente González #19, ensanche Naco, Distrito Nacional, Rep. Dom. Teléfonos: (809) /24 * Fax: (809) /2608/ * RNC

2 Estado, No de fecha 18 de Agosto del 2006 modificada por la Ley ; en ocasión de la IMPUGNACION sometida por la empresa SINERGIT en fecha 21 de Noviembre 2012 en contra de la Resolución de Adjudicación del Proceso de Licitación Pública Nacional LPN-SeNaSa dictada por este comité en fecha seis (6) de Noviembre del 2012; VISTA: La comunicación remitida a este Comité de Compras y Contrataciones en fecha 21 de Noviembre de 2012 contentiva de la impugnación de la empresa SINERGIT, quien participó como oferente del Proceso de Licitación Pública Nacional LPN-SeNaSa para la implementación de un enlace de fibra óptica, adquisición de equipos para la implementación de red e implementación de red de telecomunicaciones del Seguro Nacional de Salud; VISTA: El acta de reunión del Comité de Compras y Contrataciones de fecha seis (06) de Noviembre de 2012 contentiva de la resolución de adjudicación del proceso de Licitación Pública Nacional LPN-SeNaSa ; 0 0 L VISTA: La propuesta técnica (sobre A) de la empresa oferente SINERGIT presentada ante el Comité de Compras y Contrataciones en fecha 15 de octubre de 2012 en ocasión de la resolución de adjudicación del Proceso de Licitación Pública Nacional LPN-SeNaSa ; 'ol r VISTA: La oferta económica (sobre B) de la empresa oferente SINERGIT presentada ante el Comité de Compras y Contrataciones en fecha 15 de octubre de 2012 en ocasión de la resolución de adjudicación del Proceso de Licitación Pública Nacional LPN-SeNaSa ;./; 11\: 4Ltf(} Página 2

3 VISTA: La propuesta técnica (sobre A) de la empresa oferente NETXAR TECHNOLOGIES presentada ante el Comité de Compras y Contrataciones en fecha 15 de octubre de 2012 en ocasión de la resolución de adjudicación del Proceso de Licitación Pública Nacional LPN-SeNaSa ; VISTA: La oferta económica (sobre B) de la empresa oferente NETXAR TECHNOLOGIES presentada ante el Comité de Compras y Contrataciones en fecha 15 de octubre de 2012 en ocasión de la resolución de adjudicación del Proceso de Licitación Pública Nacional LPN-SeNaSa ; VISTO: Los pliegos de Condiciones del proceso de Licitación Pública Nacional LPN-SeNaSa para la implementación de un enlace de fibra óptica, adquisición de equipos para la implementación de red e implementación de red de telecomunicaciones del Seguro Nacional de Salud; VISTO: Los demás documentos que conforman el expediente de la Licitación Pública Nacional LPN-SeNaSa ;,{ M C VISTA: La Ley sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Servicios, Obras y Concesiones del Estado, de fecha 18 de Agosto de 2006; V) VISTA: La Ley de fecha 06 de Diciembre 2006, que modifica la Ley ; VISTO: El Decreto No que aprueba el reglamento de Compras Servicios, Obras y Concesiones del Estado, de fecha 06 de Septiembre de 2012; \ 41P Rp.olución 01/2012 del Comité de Compras y Contrataciones del Seguro Nacional de Salud Página

4 RESULTA: Que el 21 de Noviembre de 2012 el Comité de Compras y Contrataciones de SeNaSa recibió formal IMPUGNACION de parte de la empresa SINERGIT en contra de los resultados del Proceso de Licitación Pública Nacional LPN-SeNaSa mediante comunicación marcada con la misma fecha y suscrita por el señor GEORGE BRACHE, Vicepresidente Ejecutivo de dicha empresa; RESULTA: Que la empresa reclamante participó como oferente en el Proceso de Licitación Pública Nacional LPN-SeNaSa presentando ofertas para el LOTE 1, LOTE 2 Y LOTE 3, no resultando seleccionada como ganadora para ningún lote de dicho proceso; RESULTA: Que la empresa reclamante plantea en la primera parte de su recurso que "... pese a obtener la totalidad de puntos (100) en las evaluaciones técnicas de los lotes 2 y 3, así como a haber presentado las ofertas económicas de menor precio para los lotes anteriormente mencionados, fue desestimada por no ser representante directo de la marca ofertada, y por entenderse que la garantía de los bienes ofertados sería a través de terceros. "; RESULTA: Que la empresa recurrente solicita a este Comité de Compras y Contrataciones lo siguiente: "Desestimar la adjudicación realizada en lotes 2 y 3. Adjudicar la Licitación a nuestra empresa la cual ha sido ponderada por el Comité de Evaluación con las más altas puntuaciones técnicas y menor precio económico, ahorrándole a SENASA y al Estado Dominicano la suma de RD$3,087, ': RESULTA: Que el 12 del mes Septiembre de 2012 el lng. Enriquillo Mañón, Gerente de Tecnología Informática del Seguro Nacional de Salud (SeNaSa) mediante comunicación dirigida al Departamento de Compras de SeNaSa presentó el proyecto de Red e Infraestructura de SeNaSa al tiempo que solicitó la ;}/1 G \-l. \ \ li 4tt Resolución 01/2012 del Comité de Compras y ContratacIones del Seguro NacIonal de Salud Página 4

5 contratación de una empresa para la implementación de un enlace de fibra óptica y la adquisición de equipos para la implementación de red e implementación de red de telecomunicaciones del Seguro Nacional de Salud (SeNaSa); RESULTA: Que según se explica en el Pliego de Condiciones del referido proceso, la licitación fue dividida en 3 lotes, de la siguiente manera: LOTE 1: Implementación de Enlace de Fibra Óptica; LOTE 2: Adquisición de Equipos para la Implementación de Red; LOTE 3: Implementación de Red de Telecom unicaciones; RESULTA: Que según comunicado del Periódico "El Nacional" de fecha 21 de Agosto de 2012 y comunicado del Periódico "Hoy" de fecha 22 de Agosto de 2012 se realizó la Convocatoria para el Proceso de Licitación Pública Nacional LPN SeNaSa para la Implementación de un enlace de fibra óptica y la adquisición de equipos para la implementación de red e implementación de red de telecomunicaciones del Seguro Nacional de Salud (SeNaSa); RESULTA: Que en el acto público de recepción y apertura celebrado en fecha 15 de Octubre de 2012 se recibieron las propuestas Técnicas y Económicas de dicho proceso de la siguiente manera: Para el LOTE 1: "IMPLEMENTACION DE ENLACE FIBRA OPTICA" presentaron propuestas Técnicas y Económicas las empresas: NETXAR TECHNOLOGIES; MULTICOMPUTOS, SINERGIT Y UNITEC; para el LOTE 2: "ADQUISICION DE EQUIPOS PARA IMPLEMENTACION DE RED" presentaron propuestas Técnicas y Económicas las empresas: CECOMSA, CLARO, SINERGIT, NETXAR TECHNOLOGIES y MULTICOMPUTOS; y para el LOTE 3: "IMPLEMENTACION DE RED DE TELECOMUNICACIONES" presentaron Ofertas Técnicas y Económicas las empresas: CECOMSA; CLARO; SINERGIT; NETXAR TECHNOLOGIES Y 1) M cqy l"\... r t l1k Página 5

6 MULTICOMPUTOS, según consta en el Acto Auténtico No. 03, del instrumentado por la Notario Dra. Zara ida Altagracia Taveras Difó; misma fecha, RESULTA: Que según consta en el expediente de la Licitación Pública LPN SeNaSa las propuestas económicas presentadas por los oferentes participantes para el LOTE 1: "IMPLEMENTACION DE ENLACE FIBRA OPTICA" fueron las siguientes: NETXAR TECHNOLOGIES presentó oferta por un monto de DOS MILLONES TRESCIENTOS SESENTA MIL QUINIENTOS VEINTIUN PESOS CON 46/100 (RD$2,360,521,930.61); MULTICOMPUTOS presentó oferta por un monto de UN MILLON CIENTO UN MIL CUATROCIENTOS VEINTICUATRO PESOS CON 17/100 (RD$1,101,424.17); SINERGIT presentó oferta por un monto de DOS MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS SETENTA Y UN PESOS CON 04/100 (RD$2,553,271.04); y UNITEC presentó oferta por un monto de UN MILLON TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL CIENTO OCHENTA Y CINCO PESOS CON 24/100 (RD$1,353,18524); 8 11 RESULTA: Que según consta en el mismo expediente las propuestas económicas G\) presentadas por los oferentes participantes para el LOTE 2: "ADQUISICION DE EQUIPOS PARA IMPLEMENTACION DE RED" fueron las siguientes: NETXAR 6. TECHNOLOGIES presentó oferta por un monto de DOCE MILLONES I QUINIENTOS VEINTIUNMIL NOVECIENTOS TREINTA PESOS CON 61/100 n (RD$12.521,930.61); MULTICOMPUTOS presentó oferta por un monto de DIEZ MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CIENTO VEINTIUN PESOS CON 69/100 (RD$1 0,354, ); SINERGIT presentó oferta por un monto de NUEVE MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y UN MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS CON 67/100 (RD$9,671,585.67); CECOMSA \ presentó oferta por un monto de DIECISIETE MILLONES CIENTO VEINTICINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS PESOS CON 80/100. (RD$17, 125,856.80); CLARO presentó oferta por un monto de TRECE MILLONES Página 6 ly-

7 CUARENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SIETE PESOS CON 22/100 (RD$13,04S,807.22); RESULTA: Que según consta en el mismo expediente las propuestas económicas presentadas por los oferentes participantes en el LOTE 3: "IMPLEMENTACION DE RED DE TELECOMUNICACIONES" fueron las siguientes: NETXAR TECHNOLOGIES presentó oferta por un monto de UN MILLON CIENTO OCHENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS DOCE PESOS CON 26/100 (RD$1,184,212.26); MULTICOMPUTOS presentó oferta por un monto de TRES MILLONES QUINIENTOS DIEZ MIL SEISCIENTOS TREINTA PESOS CON 03/100 (RD$3,510,630.03); SINERGIT presentó oferta por un monto de NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO PESOS CON 31/100 (RD$946,988.31); CECOMSA presentó oferta por un monto de DOS MILLONES CATORCE MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO PESOS CON 00/100 (RD$2,014,62S.00); CLARO presentó oferta por un monto de DOS MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS SESENTA PESOS CON 39/100); 78 M RESULTA: Que mediante comunicación de fecha OS de Noviembre de 2012, la Comisión de Peritos Técnicos designados para la evaluación de las ofertas \ Técnicas y posteriormente la evaluación d las ofertas económicas conformada por los señores ING. ENRIQUILLO MANON, Gerente de Tecnología; ING. n YESENIA LORA, Encargada de Infraestructura de IT; ING. ALBERTO'\ MAGALLANES, Administrador de Redes; LIC. ANGEL PAULA, Gerente de t\...y. Servicios de Salud, LIC. HUMBERTO MENDEZ, Encargado del Departamento de G Autorizaciones Médicas; y LIC. KELVIN BAUTISTA, Encargado de Compras; presentó al Comité de Compras y Contrataciones su Informe Final de Evaluación \,- de las Propuestas del Proceso de Licitación Pública Nacional LPN-SeNaSa-01-, 2012; Página 7

8 RESULTA: Que en el referido informe, los peritos luego de realizar las evaluaciones de las ofertas técnicas y económicas concluyeron en lo siguiente: "En cuanto al LOTE 1, consistente en la IMPLEMENTACION ENLACE FIBRA OPTlCA, la empresa MULTICOMPUTOS cumple con los requerimientos establecidos en el pliego de condiciones y satisface las necesidades de la institución; en el LOTE 2, consistente en la ADQUISICION DE EQUIPOS PARA IMPLEMENTACION DE RED Y al LOTE 3 relacionado con la IMPLEMENTACION DE RED DE TELECOMUNICACIONES, la empresa NETXAR TECHNOLOGIES cumple con los requerimientos establecidos en el Pliego de Condiciones y satisface las necesidades de la institución"; RESULTA: Que los peritos justificaron su recomendación de adjudicación a la empresa NETXAR TECHNOLOGIES en el LOTE 2: ADQUISICION DE EQUIPOS PARA IMPLEMENTACION DE RED tomando en cuenta lo siguiente: "En el análisis técnico y económico realizado pudimos comprobar que a pesar de que el oferente SINERGIT presentó una oferta económica por un monto inferior al monto del oferente NETXAR TECHNOLOGIES para el Lote 2, resulta más favorable para los intereses de la institución la contratación de esta última debido a que aunque técnicamente ambas empresas cumplen con los criterios definidos en el Pliego de Condiciones, en el caso específico de la garantía de los equipos el oferente SINERGIT la ofrece pero a través de un tercero.; RESULTA: Que agregan en el mismo informe: "Con los documentos presentados no pudo comprobarse que SINERGIT sea distribuidor autorizado de la marca de 1JM G'\) tiik \ \0 1lQ los equipos ofertados. Además, este oferente no presentó los documentos requeridos donde se pueda evidenciar la planificación de escala de soporte en el Lote 2, lo que reduce la calidad de su oferta." Y concluyen: "Por estas razones, recomendamos seleccionar a NETXAR TECHNOLOGIES como oferente Página 8

9 adjudicatario del LOTE 2, requisitos y las necesidades de la institución.; ya que esta es la oferta que más se ajusta a los RESULTA: Que en cuanto al LOTE 3: IMPLEMENTACION DE RED DE TELECOMUNICACIONES, los peritos en su Informe Final de Evaluación justifican su recomendación en lo siguiente: "En cuanto al Lote 3: "Implementación de red de telecomunicaciones", debido a que hemos recomendado la utilización de los equipos CISCO SYSTEMS por las razones arriba esgrimidas, y visto que la empresa MUL TICOMPUTOS está especializada en otra marca diferente (JUNIPER) hemos decidido no considerarla para la implementación de estos equipos y por tanto determinamos sólo evaluar las ofertas presentadas por SINERGIT y NETXAR TECHNOLOGIES, ya que estos son los oferentes calificados que se especializan en la marca de los equipos seleccionados. "; RESULTA: Que en el mismo Informe Final de Adjudicación consta lo siguiente: "Luego de revisar detenidamente el contenido de las ofertas técnicas y económicas de los oferentes calificados para el Lote 3, hemos comprobado que NETXAR TECHNOLOGIES ha demostrado contar con diecisiete (17) certificaciones de especialización diferentes emitidas por CISCO SYSTEM. Por otro lado, la empresa SINERGIT sólo demostró contar con una (1) certificación de especialización, y su asociado IQTEK aportó constancia de cinco (5) certificaciones de especialización emitidas por CISCO G ;.-'-'.. 4-M..J- \ \'\ RESULTA: En ese mismo orden, los peritos explican: "Al verificar la autenticidad de las certificaciones presentadas por los oferentes recurrimos a la sección de consulta de "Partners" de la página oficial del fabricante CISCO SYSTEMS ( donde pudimos comprobar que las certificaciones aportadas son auténticas. Además, en este mismo mecanismo de Resolución 01/2012 del Comité de Compras y Contrataciones delseguro Nacional de Salud Página 9

10 consulta comprobamos que NETXAR TECHNOLOGIES cuenta las siguientes certificaciones y distinciones oficiales emitidas por CISCO SYSTEMS: 1. Certificación "GOLD CERTlFIED PARTNER" que certifica que "El partner cuenta con el abanico de conocimientos más amplio en distintas tecnologías avanzadas, ha integrado Cisco Lifecvcle Services en sus ofertas v ha demostrado un nivel c... RESULTA: Sobre lo mismo, los peritos continúan explicando: "De su parte IQTEK sólo cuenta con la Certificación "PREMIER CERTlFIED PARTNER" que certifica que "El Partner ha logrado competencias técnicas en la integración de tecnologías básicas de enrutamiento y conmutación, LAN inalámbricas y seguridad", y SINERGIT sólo cuenta con la Certificación "SMALL BUSINESS SPECIALIZATlON" que certifica que "El partner cuenta con la experiencia y tecnologías propias de las pequeñas empresas (PYMES)"; RESULTA: Y agregan: "Como ha podido apreciarse, NETXAR TECHNOLOGIES cuenta con los niveles más altos de certificación. especialización y distinción concedidos por el fabricante de los equipos a implementar en la Red de Telecomunicaciones de SeNaSa, superando por mucho a los demás oferentes. Jl M G elevado y medible de satisfacción de los clientes"; 2.-Certificación "MASTER PARTNER" que certifica que "Los Cisco Master Partners han demostrado su habilidad para proporcionar soluciones sofisticadas y han cumplido los requisitos estrictos que refleian la amplitud de sus aptitudes. Todos los Master Partners son sometidos a una auditoría independiente por un auditor externo objetivo."; 3. Certificación "ALTA SATlSFACCION DEL CLIENTE" que certifica que la empresa es "Partner reconocido con la máxima distinción al lograr Cisco Customer Satisfaction Excellence"; 4.-Certificación "PARTNERS DE NUBE" que certifica que "El Partner ha cualificado para desempeñar uno o varios roles (infraestructura de nube/ creador de nube, proveedor de nube, proveedor de servicios de nube) en Cisco Cloud Partner Program."; 1f,1 o \:-'\;- II t Rl;!su!udúu 01/2012 UI;!! CUlIIilé UI;! CUlII JI'as y CUlILl'alaiuul;!s UI;!! Sl;!gulu NadulId! UC Sd!UU Página 10

11 con lo que demuestra su idoneidad para la adjudicación. En ese mismo sentido, al evaluar las ofertas económicas hemos comprobado que la oferta presentada por NETXAR TECHNOLOGIES es la segunda oferta de menor costo, superando sólo a la oferta presentada por SINERGIT por una diferencia de DOCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL DOCIENTOS VEINTITRES PESOS CON 95/100 (RD$237, ). Sin embargo, consideramos que el alto nivel de cualificación, especialización y certificación demostrado por este oferente en la implementación de los equipos a utilizar para la red de telecomunicaciones de SeNaSa justifica sin lugar a dudas el monto de su oferta económica."; RESULTA: Finalmente, los peritos concluyen: "Vistos y analizados todas las documentaciones e informaciones de las ofertas técnicas y económicas para el LOTE 3, recomendamos la adjudicación del LOTE 3: "Implementación de los equipos de Red" a la oferente NETXAR TECHNOLOGIES por haber presentado la oferta que más se ajusta a las necesidades y requerimientos de la institución.;" RESULTA: Que el Comité de Compras y Contrataciones pudo interpretar del informe presentado por los peritos técnicos designados, en los lotes 2 y 3, que en este proceso de licitación se contaba con dos ofertas técnicamente con la misma puntuación, sin embargo al profundizar en el análisis los peritos pudieron comprobar que la oferta de NETXAR TECHNOLOGIES ofrecía mayores niveles de garantía para la inversión que realizará la institución que la presentada por la empresa SINERGIT; # 13 M 6 '\& RESULTA: Que por estas razones, este Comité de Compras y Contrataciones luego de analizar detenidamente las informaciones presentadas por los peritos así como el marco legal que establece los principios a tomar en cuenta para la selección de la oferta ganadora en los procesos de licitación, entendió que debido t Página 11

12 a la naturaleza del SEGURO NACIONAL DE SALUD (SeNaSa) y la altísima importancia que tendrá su red de telecomunicaciones para garantizar el normal desarrollo de todos sus procesos y los servicios de los que dependerán sus 2.7 millones de afiliados actuales y los futuros, resultaba imprescindible contar con los mayores niveles de garantía y respaldo técnico que fuera posible, por lo que entendió conveniente a los fines institucionales y del país acoger como buena y válida la recomendación de los peritos expertos designados y en consecuencia aprobar su Informe Final y su Recomendación de Adjudicación; RESULTA: Que en consecuencia, conforme al acta de reunión de fecha 06 de Noviembre del 2012 el Comité de Compras y Contrataciones del Seguro Nacional de Salud aprobó el Informe Definitivo de Evaluación de Propuestas del Proceso de Licitación Pública Nacional LPN-SeNaSa presentado por los peritos, declarando adjudicatarios a la empresa MULTICOMPUTOS para el LOTE 1 por un monto de UN MILLON CIENTO UN MIL CUATROCIENTOS VEINTICUATRO PESOS CON 17/100 (RD$1,101,424.17); Y a la empresa NETXAR TECHNOLOGIES para el LOTE 2 por un monto de DOCE MILLONES QUINIENTOS VEINTIUN MIL NOVECIENTOS TREINTA PESOS CON 61/100 (RD$12,521,930.61) y para el LOTE 3 por un monto de UN MILLON CIENTO OCHENTA Y CUATRO MIL DOCIENTOS DOCE PESOS CON 26/100 (RD$1,184,212.26); disponiendo en consecuencia la notificación de los resultados a todos los oferentes y la contratación de las empresas seleccionadas; RESULTA: Que en fecha 06 de Noviembre del 2012 el Departamento de Compras notificó a todos los oferentes participantes CECOMSA, CLARO, SINERGIT, NETXAR TECHNOLOGIES y MULTICOMPUTOS la resolución de adjudicación del proceso de Licitación Pública Nacional LPN-SeNaSa , y se procedió a la publicación de dicha resolución en los medios electrónicos indicados en la ley; l --. \J cj) r3m? it /#.-. \ Página 12

13 RESULTA: Que 21 de Noviembre de 2012 el Comité de Compras y Contrataciones de SeNaSa recibió formal IMPUGNACION de parte de la empresa SINERGIT en contra de los resultados del Proceso de Licitación Pública Nacional LPN-SeNaSa , misma que fue presentada dentro del plazo de 10 días establecido para ello en los Pliegos de Condiciones y conforme a la forma indicada en la normativa legal; RESULTA: Que en su escrito contentivo del Recurso de IMPUGNACION la empresa SINERGIT argumenta que: Como parte del contenido de nuestra propuesta técnica (Sobre A), entregamos una comunicación, la cual fue entregada directamente porel fabricante, y que fue presentada en nuestra propuesta técnica. En dicha carta, la corporación Cisco Systems, indica claramente nuestras acreditaciones como partners autorizados de la marca Cisco Systems en la República Dominicana, por lo cual sería inválido el planteamiento de que no representamos la marca de manera directa."; RESULTA: Que en cuanto a ello continúa argumentando: "En adición a esto, decidimos presentar nuestra oferta en consorcio con la empresa IQtek, de la cual también incluimos dentro de nuestra propuesta técnica la carta emitida por Cisco Systems, avalando sus credenciales como partners autorizados de Cisco Systems, junto a la cual desarrollaríamos la implementación indicada en el lote 3"; RESULTA: Que en ese mismo orden agrega que "...hemos presentado en el sobre A de nuestra oferta técnica el contrato de conformación de consorcio el cual claramente establece la mancomunidad, indivisibilidad, y responsabilidades de nuestra oferta ante el Senasa y que para tales efectos fue designado Sinergit como representante de dicho consorcio"; c G1:J fj 1'v1 \ <:- \/) lt Página 13

14 RESULTA: Que en otro orden, SINERGIT alega en su escrito lo siguiente: "En cuanto al comentario de que la garantía no sería cubierta directamente por nuestra empresa quisiéramos esclarecer que nuestra propuesta contempla un soporte y mantenimiento denominado "SmartNet" el cual es otorgado directamente por el fabricante Cisco. El soporte SmartNet es el único soporte que es directamente con el fabricante."; RESULTA: Que en ese mismo sentido, la recurrente explica: "Sinergit con el soporte SmartNet asegura a Senasa: a) La posibilidad de administrar directamente sus requerimientos de soporte con Cisco; b) Realizar consultas y seguimiento a sus casos de servicios; c) Reposición de piezas y partes, tiempo de atención; d) Cisco posee tres almacenes locales en el país con las piezas necesarias para reemplazar cualquier pieza que falle la reemplazan en el tiempo del SLA del soporte. Adicional a esto, nuestro consorcio Sinergit-IQtex estarían apoyando de manera local asistiendo al Senasa en la identificación de problemas y colaboración en la resolución del problema en conjunto con el soporte a ser recibido directamente por el fabricante."; RESULTA: Que este Comité de Compras y Contrataciones ha podido constatar que en expediente de la Licitación Pública Nacional LPN-SeNaSa , dentro de la oferta técnica presentada por la empresa SINERGIT reposa un Acuerdo de Consorcio suscrito entre la empresa SINERGIT y IQTEK; RESULTA: Que en cuanto a la certificación de SINERGIT como representante autorizado de la marca CISCO SYSTEMS ha podido comprobarse que en el expediente de la Licitación Pública Nacional LPN-SeNaSa , dentro de la oferta técnica presentada por la empresa SINERGIT reposa una carta en la que el fabricante de la marca CISCO SYSTEM certifica que la empresa SINERGIT es c9 13 M \A r 'M \t Página 14

15 distribuidor autorizado de su marca, documento que no fue tomado en cuenta por los peritos designados, con lo que se demuestra que el oferente SINERGIT es distribuidor autorizado de la marca de los equipos a adquirir en el LOTE 2; RESULTA: Que este Comité también pudo comprobar que en la oferta presentada por SINERGIT se presenta un soporte y mantenimiento denominado "SmartNet", mediante el cual SINERGIT garantiza a SeNaSa: a) La posibilidad de administrar directamente sus requerimientos de soporte con Cisco; b) Realizar consultas y seguimiento a sus casos de servicios; c) Reposición de piezas y partes, tiempo de atención; d) Cisco posee tres almacenes locales en el país con las piezas necesarias para reemplazar cualquier pieza que falle la reemplazan en el tiempo del SLA del soporte; RESULTA: Que en cuanto al argumento de que SINERGIT: "no presentó los documentos requeridos donde se pueda evidenciar la planificación de escala de soporte en el Lote 2, lo que reduce la calidad de su oferta. ", este comité pudo comprobar que dichos documentos fueron aportados posteriormente por el oferente en el período de subsanación; RESULTA: Que por lo expuesto, este Comité cuenta con elementos suficientes para comprobar que SINERGIT es distribuidor autorizado de CISCO SYSTEM y que la garantía ofrecida cumple con los requisitos establecidos en los pliegos de condiciones para el LOTE 2: ADQUISICION DE EQUIPOS DE RED, Y por tanto satisface las necesidades de la institución; RESULTA: Que en cuanto al LOTE 3: Implementación de la Red de Telecomunicaciones ha podido comprobarse que en el expediente de la c M \+=,./\ 'AY \r Página ls

16 Licitación Pública Nacional LPN-SeNaSa , dentro de la oferta técnica presentada por la empresa SINERGIT reposan, entre otros, los siguientes documentos: 1.-"Certificado para un Canal Autorizado" emitido por Cisco Systems, Inc. a favor de IQTEK SOLUTIONS; 2.-Certificado "Advanced Collaboration Architecture Specialized Partner" emitido por Cisco Systems, Inc. a favor de IQTEK SOLUTIONS, SRL; 3.-Certifícado "Advanced Security Specialized Partner" emitido por Cisco Systems, Inc. a favor de IQTEK SOLUTIONS, SRL; 4. Certificado "Advanced Unified Communications Specialized Partner" emitido por Cisco Systems, Inc. a favor de IQTEK SOLUTIONS, SRL; 5.-Certificado "Advanced Unified Computing Technology Sepecialized Partner" emitido por Cisco Systems, Inc. a favor de IQTEK SOLUTIONS, SRL; 6.-"Certificado para un Canal Autorizado" emitido por Cisco Systems, Inc. a favor de SINERGIT; RESULTA: Que por otro lado en la oferta técnica presentada por NETXAR TECHNOLOGIES contenida en el expediente de la Licitación Pública Nacional LPN-SeNaSa , reposan, entre otros, los siguientes documentos: 1. "Certificado para un Canal Autorizado" emitido por Cisco Systems, Inc. a favor de NETXAR TECHNOLOGIES de fecha 09/10/2012; 2.-Certificado "Qutdoor Wireless Mesh Authorized Technology Provider Jl emitido por Cisco Systems, Inc. a favor de NETXAR TECHNOLOGIES; 3.-Certificado "Unified Contact Center Enterprise Authorized Technology Provider" emitido por Cisco Systems, Inc. a favor de NETXAR TECHNOLOGIES; 4.-Certificado "Video Surveillance Authorized Technology Provider Jl emitido por Cisco Systems, Inc. a favor de NETXAR TECHNOLOGIES; 5.-Certificado "Video Surveillance Authorized Technology Provider" emitido por Cisco Systems, Inc. a favor de NETXAR TECHNOLOGIES; 6.-Certificado "Advanced Unified Communications Specialized Partner Jl emitido por Cisco Systems, Inc. a favor de NETXAR TECHNOLOGIES; 7.-Certificado "Advanced Data Center Networking Infrastructure Specialized Partner" emitido por Cisco Systems, Inc. a favor de NETXAR TECHNOLOGIES; 8.-Certificado "Cisco Authorized DMS Partner" emitido por Cisco Systems, Inc. a favor de NETXAR 1JM cj? \'Í )1Q. Resolución 01/2012 del Comité de Comprasy Contrataciones del Seguro Nacional de Salud Página 16

17 TECHNOLOGIES; 9.-Certificado "Express Foundation Specialized Partner" emitido por Cisco Systems, Inc. a favor de NETXAR TECHNOLOGIES; 1D.-Certificado "Gold Certified Partner" emitido por Cisco Systems, Inc. a favor de NETXAR TECHNOLOGIES; 11.-Certificado "Master Unified Communications Specialized Partner" emitido por Cisco Systems, Inc. a favor de NETXAR TECHNOLOGIES; 12.-Certificado "Advanced Routing and Switching Specialized Partner" emitido por Cisco Systems, Inc. a favor de NETXAR TECHNOLOGIES; 13.-Certificado "Advanced Security Specialized Partner" emitido por Cisco Systems, Inc. a favor de NETXAR TECHNOLOGIES; 14.-Certificado "SMB Specialized Partner" emitido por Cisco Systems, Inc. a favor de NETXAR TECHNOLOGIES; 15.-Certificado "Advanced Data Center Storage Nefworking Specialized Partner" emitido por Cisco Systems, Inc. a favor de NETXAR TECHNOLOGIES; 16.-Certificado "Advanced Wireless LAN Specialized Partner" emitido por Cisco Systems, Inc. a favor de NETXAR TECHNOLOGIES; 17.-Certificado "Data Center Unified Computing Authorized Technology Provider" emitido por Cisco Systems, Inc. a favor de NETXAR TECHNOLOGIES; RESULTA: Que además, los peritos pudieron comprobar que NETXAR TECHNOLOGIES cuenta con las más altas certificaciones emitidas por la empresa fabricante de los equipos a implementar, como son: 1.-Certificación "GOLD CERTIFIED PARTNER" que certifica que "El partnercuenta con el abanico de conocimientos más amplio en distintas tecnologías avanzadas, ha integrado Cisco Lifecycle Services en sus ofertas y ha demostrado un nivel elevado y medible de satisfacción de los clientes"; 2.-Certificación "MASTER PARTNER" que certifica que "Los Cisco Master Partners han demostrado su habilidad para proporcionar soluciones sofisticadas y han cumplido los requisitos estrictos que reflejan la amplitud de sus aptitudes. Todos los Master Partners son sometidos a una auditoría independiente por un auditor externo objetivo."; 3. -Certificación "ALTA SATISFACCION DEL CLIENTE" que certifica que la empresa es "Partner reconocido con la máxima distinción al lograr Cisco Customer Satisfaction '1?J M cq-; y1 )U Página 17

18 Excellence"; 4.-Certificación "PARTNERS DE NUBE" que certifica que "El Partner ha cualificado para desempeñar uno o varios roles (infraestructura de nube/ creador de nube, proveedor de nube, proveedor de servicios de nube) en Cisco Cloud Partner Program."; RESULTA: Que tal como se indicó más arriba, SINERGIT e IQTEK cuentan con un menor nivel de certificación que la adjudicataria NETXAR TECHNc;>LOGIES, siendo éstas: IQTEK: Certificación "PREMIER CERTIFIED PARTNER" que certifica que "El Partner ha logrado competencias técnicas en la integración de tecnologías básicas de enrutamiento y conmutación, LAN inalámbricas y seguridad", y SINERGIT sólo cuenta con la Certificación "SMALL BUSINESS SPECIALIZATION" que certifica que "El partner cuenta con la experiencia y tecnologías propias de las pequeñas empresas (PYMES)"; RESULTA: Que por los documentos evaluados, así como las razones antes expuestas este Comité reitera estar ampliamente convencido que NETXAR TECHNOLOGIES ha presentado la oferta que más se adecúa los requerimientos y las necesidades de la institución exigidas para la adjudicación del LOTE 3; CONSIDERANDO: Que la norma legal que regula la materia es clara al indicar que si bien es cierto que el precio debe ser considerada al momento de seleccionar un adjudicatario, no menos cierto es que este no es el único criterio sino que también debe considerarse la calidad de la oferta y la idoneidad del oferente, de conformidad con el artículo 26 de la Ley sobre Compras y Contrataciones del Estado: "La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la G 1JM \ )/Q r Página 18

19 reglamentación, de acuerdo a las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos"; CONSIDERANDO: Que el artículo 8, numeral 1 de la Ley sobre Compras y Contrataciones establece que el oferente debe demostrar: "Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato"; CONSIDERANDO: Que uno de los principios fundamentales que rigen los procesos de compras y contrataciones del Estado Dominicano es el Principio de Eficiencia, mismo que establece que "Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración':- CONSIDERANDO: Que el artículo 67 de la Ley de Compras y Contrataciones establece que: "Toda reclamación o impugnación que realice el proveedor a la entidad deberá formalizarse porescrito." CONSIDERANDO: Que el numeral 3 del artículo 67 de la misma norma indica que: "Cada una de las partes deberá acompañar sus escritos de los documentos que hará valer en apoyo de sus pretensiones_ Toda entidad que conozca de un recurso deberá analizar toda la documentación depositada o producida por la entidad contratante."; CONSIDERANDO: Que el numeral 4 del artículo 67 de la misma norma indica que: "La entidad estará obligada a resolver el conflicto, mediante resolución c!)fvr 4f l\. LQ Página 19

20 motivada, en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, a partir de la contestación o del recurso o del vencimiento del plazo para hacerlo. "; CONSIDERANDO: Que el Comité de Compras y Contrataciones es el órgano responsable de la organización, conducción, y ejecución de los Procedimientos de Licitación Pública Nacional que realizados por el Seguro Nacional de Salud (SeNaSa), de conformidad con lo indicado en el artículo 35 del Decreto del 6 de Septiembre del 2012; En tal virtud, el Comité de Compras y Contrataciones del Seguro Nacional de Salud, actuando en el ejercicio de sus funciones establecidas en el Reglamento de Aplicación de la Ley sobre Compras y Contrataciones promulgado mediante Decreto del 6 de Septiembre del 2012, en ocasión del Recurso de Impugnación sometido por la empresa SINERGIT en contra del acta de adjudicación de la Licitación Pública Nacional LPN-SeNaSa , de fecha 6 de noviembre del 2012; RESUELVE PRIMERO: En cuanto a la forma, DECLARA BUENO Y VALIDO el Recurso de Impugnación interpuesto por la empresa SINERGIT en contra del acta de adjudicación de la Licitación Pública Nacional LPN-SeNaSa , por haber sido presentado dentro del plazo y la forma establecida en la ley; f?;n G k \/\. m 'j(:;{)j v- Resolución 01/2012 del Comité de Compras y Contratarionf"S dl"l Pgllro N; don; ) ni" Salun Página 20

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