DECRETO EXENTO N 8. SANTIAGO, Soy cti VISTOS: MINISTERIO DE HACIENDA OFICINA DE PARTES RECIBIDO. íü6^j
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- Manuel Martin Roldán
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1 (')BIE RN<O DE CHILE NQ STERIO DE JUSTICIA DIVISIÓN JURIDICA DEPTO. D AS OR$A Y ESTUDIOS I! ' A MINISTERIO DE HACIENDA OFICINA DE PARTES APRUEBA CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA LA ADQUISICIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE UN EQUIPO DE ADMINISTRACIÓN CENTRALIZADA DE CORREO ELECTRÓNICO. 1 RECIBIDO DECRETO EXENTO N 8 CONTRALORIA GENERAL TOMA DE RAZON RECEPCION SANTIAGO, Soy cti VISTOS: íü6^j DEPART. JURIDICO DEP. T. R. Y REGISTRO DEPART. CONTABIL SUB. DEP. C. CENTRAL SUB. DEP. E. CUENTAS SUB. DEP. C. P. Y BIENES NAC DEPART. AUDITORIA DEPART. V.O.P., U.YT. SUB. DEP. MUNICIP. REFRENDACION REE POR $ IMPUTAC ANOT. POR $ IMPUTAC DEDUC. DTO : , _ Lo dispuesto en el D.F.L. N 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N , Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el Decreto Ley N' 3.346, Ley Orgánica del Ministerio de Justicia y en el Decreto N 1.597, Reglamento Orgárvco del Ministerio de Justicia, ambos de 1980; en la Ley N' de 200' sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; en el D.S. N 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento cut 11,11 ley N" ; en la Ley N de 2007, ta. Presupuestos del Sector Público para el año 2005; en el D.S. N 19, de 2001, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia; en el D.S. N 924, de 1931 del Ministerio de Justicia; en la Resolución Exenta N `_'926, de Justicia, de fecha 28 de octubre de 2008, que aprueba las Bases de Licitación Pública para la adquisición e implementación de un equipo de administración centralizada de correo electrónico; en la Resolución Exenta N 3149, de fecha 13 de noviembre de 2008, que adjudica licitación pública para la adquisición e implementación de un equipo de administración centralizada de correo electrónico; en la Resolución N 1600, de 2008, de la Contraloría General de la República y,
2 1. Que, por Resolución Exenta N 2926, de 28 de octubre de 2 llamó a licitación pública para la ad 008, la Subsecretaria de Justicia qui sición e implementación de un e centralizada de correo electrónico. equipo de administración 2- Que, las Bases del proceso licitatorio mencionado en el considerando anterior fueron publicadas en el portal mercadopublieo, bajo el número de adquisición ID LE Que, en dicho proceso licitatorio, luego de efectuarse la evaluación de los antecedentes legales, técnicos y económicos presentados por los oferentes, en conformidad a lo estipulado en la Ley N de Bases sobre Contratos Administrativos de Sun nistro y Prestación de Servicios, y en su Reglamento, resultó adjudicatario de los servicios licitados la sociedad Compunet Ltda., todo lo cual consta en la Resolución Exenta N 3149, de fecha 13 de noviembre de Que, de acuerdo a lo dispuesto en las Bases de Licitación que dieron inicio a este proceso de compras, la empresa antes citada ha dado cumplimiento al requisito de entregar una boleta de garantla por un monto equivalente al 10% (diez por ciento) del valor del contrato IVA incluido, para caucionar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato y obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del contratante, por lo tanto, DECRETO: para. la adquisición e implementación de un equipoedeea ministraac ón de electrónico, celebrado entre la empresa. óincenra d Compunet de fecha 17 de diciembre de 2008 Ltda. y el Ministerio de Justicia, s rit o con, cuyo texto es el siguiente: CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA LA ADQUISICIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE UN EQUIPO ADMINISTRACIÓN CENTRALIZADA DE CORREO ELECTRÓNICO ENTRE COMPUNET LTDA, Y SECRETARIA Y ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL MINISTERIO DE JUSTICIA En Santiago de Chile, a 17 de diciembre de 2008, entre la SECRETARÍA. Y ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL MINISTERIO DE JUSTICIA, R.U.T. N , en adelante "EL MINISTERIO", representada don JORGE FREZ TOLEDO, por el Subsecretario de Justicia, cédula nacional de identidad N , ambos domiciliados en calle Morandé N 107, comuna y ciudad de Santiago, v la sociedad COMPUNET LTDA., R.U.T. N , en adelante "COMPUNET" representada por don LUIS ]HERNÁN JARA SANDOVAL, cédula nacional de identidad N , ambos domiciliados en calle General del Canto N 10, Piso 4, comuna de Providencia, Santiago;
3 3.- CONSIDERANDO: 1.- Que, el proyecto de reforma y modernización del Estado, tiene como uno de sus principales objetivos contar con una gestión eficiente, participativa y transparente. 2.- Que, en este contexto, resulta necesario para la mayor eficiencia de dicha gestión, que el Ministerio de Justicia cuente con un equipo de administración centralizada de correo electrónico para dar protección a los servidores de aplicación contra amenazas informáticas que se originen tanto dentro como fuera de la red informática del Ministerio. 3.- Que, por dicho motivo, esta Secretaría de Estado, mediante la Resolución Exenta N 2926, de fecha 28 de octubre de 2008, llamó a licitación pública para contratar la adquisición e implementación de un equipo de administración centralizada de correo electrónico. 4.- Que en dicho proceso licitatorio, luego de efectuarse la evaluación de los antecedentes legales, técnicos y económicos presentados por los oferentes, en conformidad a los estipulado en la Ley N de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y en su Reglamento, resultó adjudicatario de los servicios licitados la sociedad COMPUNET LTDA., todo lo cual consta en la Resolución Exenta N 3149, de 13 de noviembre de 2008, por tanto: PRIMERO : OBJETO DEL CONTRATO. Por medio del presente instrumento, y para dar cumplimiento a lo señalado en el considerando precedente, "COMPUNET" se obliga a prestar al "MINISTERIO", los servicios consistentes en la implementación de un Equipo de Administración Centralizada de Correo Electrónico. Por su parte, el "MINISTERIO" se obliga a pagar el precio correspondiente a la ejecución de los servicios contratados según lo dispuesto en la cláusula cuarta de este contrato. SEGUNDO: ESPECIFICACIONES DEL SERVICIO SOLICITADO. En virtud de este instrumento, "COMPUNET" prestará al "MINISTERIO" los servicios consistentes en la entrega, instalación, implementación, puesta en marcha y capacitación en el uso del Equipo Astaro Mail Gateway 2000 como Equipo de Administración Centralizada de Correo Electrónico. En conformidad al párrafo anterior, los servicios comprometidos por "COMPUNET" se componen de las siguientes obligaciones: 1. Entrega del Equipo : Esta obligación consistirá en la entrega fisica del Equipo a la Contraparte Técnica del Ministerio de Justicia, lo cual se efectuará en las dependencias de la Unidad de Informática del "MINISTERIO", dentro del plazo de 3 días corridos de iniciado el periodo de prestación de los servicios. 2. Instalación e Implementación del Equipo : Esta obligación consistirá en la configuración del Equipo, y de la migración hacia éste de todas las políticas de seguridad informática que se encuentran actualmente en funcionamiento en el Ministerio de Justicia. 3. Puesta en Marcha de los Equipos : Esta obligación consistirá, en hacer operativas para todos los usuarios del "MINISTERIO" todas las políticas de seguridad migradas al Equipo, y en el correcto funcionamiento de éste.
4 Capacitación en el uso de los Equipos : Esta obligación consistirá en capacitar e instruir en el uso del Equipo a los funcionarios de la Unidad de Informática del "MINISTERIO", con el objetivo de que éstos puedan administrar y operar en forma autónoma el Equipo. TERCERO: DESCRIPCIÓN Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL EQUIPO. El Equipo Astaro Mail Gateway 2000 posee las siguientes características y especificaciones técnicas: A. DESCRIPCIÓN DEL EQUIPO n n n n El Equipo Astaro Mail Gateway 2000 provee completa protección y control sobre el Spam, Virus, Gusanos y Troyanos transferidos por correo electrónico. El Equipo Astaro Mail Gateway 2000 posee características avanzadas para la detección de Spam y filtro de Malware, como también en facilitar la administración mediante recursos entregados para que cada usuario administre sus listas de cuarentena: Habilita un portal para usuarios de manera que estos puedan fácilmente controlar su cuarentena personal y registros de correos, logrando con esto una administración más fácil; también es posible definir la notificación diaria de cuarentena mediante correo electrónico a cada usuario y de esta forma ayudar a cada usuario a administrar su cuarentena en base al informe recibido. El Equipo Astaro Mail Gateway 2000 integra características de cifrado que permite una transmisión segura de correos de forma fácil y simple. El Equipo Astaro Mail Gateway 2000 proveerá una solución robusta antispam, antivirus, antispyware y antiphishing para todos los dominios válidos de la red informática del Ministerio de Justicia. B. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL EQUIPO El Equipo Astaro Mail Gateway 2000 se compone de dos aplicaciones: 1. Astaro Filtering 2. Astaro Encryption 1. Especificaciones Técnicas Astaro Filtering: Scanning of inbound and outbound POP3 and SMTP traffic Protection against server exploits with included IPS Unproductive s can be marked, quarantined or deleted Web portal and daily reports about blocked s for user self-servicing actions Antispam featuring techniques such as Recurrent Pattern Detection (TM), grey-listing, RBL, pattern, heuristics, SPF, BATV, URLs and B/W lists Antivirus with two engines featuring over.300,000 patterns and zero-day heuristics Multilingual and multinational character and pattern sets are supported Tecnología de Detección de Patrón recurrente Verificación de dirección de remitente Verificación contra RBL's Verificación contra SURBL's Análisis de encabezados
5 5.- Análisis Heurísticos de cuerpo de mensaje Listas grises, todo correo proveniente de servidores desconocidos son requeridos reenviarse Listas negras y blancas Independiente de idiomas y formatos Los correos sospechosos pueden ser borrados, rechazados, enviados con un mensaje de advertencia o ser enviados a cuarentena Web portal y reportes diarios para auto administración por cada usuario de sus listas de cuarentenas sobre disco duro integrado Escaneo de tráfico entrante y saliente POP3 y SMTP, también de tráfico cifrado y comprimido Doble motor de antivirus: base de datos sobre patterns Detección de virus por: Firmas de virus, Reconocimiento de patrones Emulación: el código sospechoso es ejecutado en un ambiente protegido para detectar la presencia de virus. Actualización automática sin intervención de administrador Análisis de contenidos para detectar patrones conocidos de "Phishing" Detección en correos de contenidos descargables de sitios web que son potenciales "Phishing" Detección de URL's de sitios conocidos como generadores de "Phishing" Reglas de Prevención de Intrusos para servidores de correo Borra, marca o coloca en cuarentena correos peligrosos sobre disco duro integrado en appliance (30 Gb de capacidad) 2. Especificaciones Técnicas Astaro Encryption Transparent en/decryption and digital signing of SMTP s Support for OpenPGP, S/MIME and TLS encryption standards Allows usage of interna] or external certificate authorities (CA) Fully supports X.509 standard for digital certificates C. OTRAS ESPECIFICACIONES GENERALES Y SERVICIOS COMPLEMENTARIOS Consola de Administración vía Web Browser Permite acceso remoto a servidor de correos de manera segura (SSLVPN). Personalización de vistas de log's de s: Permite realizar búsqueda de correos por distintos criterios, por ejem: Asunto, String, Fecha, Dominio, etc. Actualización automática (sin intervención de administrador) de firmware y actualización contra amenazas. Mensajes configurables hacia usuarios en castellano (ej: contactar a Informática, etc) Single sign-on: integración con Active Directory, Ldap, edirectory Setup wizard y ayuda on-line Puede manejar varios dominios, en perfiles configurables y adaptables según requerimientos CUARTO : PRECIO Y ENTREGA DE LOS SERVICIOS COMPROMETIDOS. El "MINISTERIO" pagará a "COMPUNET", por los servicios convenidos en el presente instrumento, la suma bruta, única y total de $ (Nueve millones seiscientos treinta y nueve mil pesos) IVA incluido, la que incluye los impuestos que pudieran corresponder y todos los gastos a que diere lugar la ejecución de los servicios contratados. Dicha suma se pagará una
6 6.- vez realizada la entrega de los equipos y los materiales para la instalación de los servicios requeridos, lo cual deberá contar con la recepción conforme y el informe favorable del Jefe de la Unidad de Informática del Ministerio de Justicia. Sin perjuicio de lo anterior, el pago antes referido se efectuará una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que sanciona el presente contrato, y dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha de recepción de la correspondiente factura. QUINTO: PERIODO DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS. Los servicios serán prestados por "COMPUNET" dentro del plazo de 60 (sesenta) días corridos contados desde el día siguiente a aquél en que quede totalmente tramitado el acto administrativo que aprueba el presente contrato. SEXTO : GARANTÍA DE EQUIPOS, MANTENIMIENTO Y SOPORTE. "COMPUNET", se compromete a otorgar garantía de los equipos por 3 años, contados desde la recepción conforme de los servicios totales. En cuanto a la garantía del servicio, ésta consistirá en una asistencia técnica vía Web/ /Fono en horario 8x5 durante el periodo de 36 meses contados desde la recepción conforme de los mismos. SÉPTIMO : INCUMPLIMIENTO Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO. Sin perjuicio de facultad del "MINISTERIO" de poner término anticipado al contrato en caso de concurrir alguna de las circunstancias previstas en el artículo 77 del Reglamento de la Ley de Compras, el "MINISTERIO" podrá especialmente poner término anticipado al contrato, por resolución fundada, sin derecho a indemnización para "COMPUNET", y en los términos preceptuados en el artículo 79 del Reglamento de la Ley N , en caso que exista: a) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por "COMPUNET". Serán considerados incumplimientos graves, entre otros, el retardo en la entrega de los productos, equipos y servicios materia de este contrato, en los términos señalados en la cláusula octava del presente instrumento ; el incumplimiento de los estándares técnicos de calidad de los bienes y servicios contratados; y las demás infracciones que impidan total o parcialmente otorgar al "MINISTERIO" un equipo de administración centralizada de correo electrónico para dar protección a los servidores de aplicación contra amenazas informáticas que se originen tanto dentro como fuera de la red informática del Ministerio o que permitiéndolo, lo hagan en términos de inferior calidad que la prometida por "COMPUNET". b) Estado de notoria insolvencia económica o quiebra de "COMPUNET", a menos que se mejoren las garantías entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. Cuando proceda la aplicación de una causal de término anticipado del contrato, este hecho será comunicado a "COMPUNET" a través de un aviso mediante carta certificada dirigida a su domicilio señalado en este instrumento, y dentro del plazo de veinte días contados desde el tercer día siguiente a su recepción en la oficina de Correos que corresponda, se dispondrá la terminación anticipada del contrato mediante resolución o decreto fundado, los que deberán publicarse en el Sistema de Información dentro de las 24 horas de dictado, en conformidad a lo preceptuado por el artículo 79 del Reglamento de la Ley N
7 7.- Sin perjuicio de lo anterior, dentro del plazo de veinte días señalado en el párrafo precedente, "COMPUNF T" podrá ofrecer un plan de acción que asegure al "MINISTERIO" que ninguna de estas situaciones se repita, en su caso. La pertinencia del plan será evaluada discrecional mente por el "MINISTERIO" de acuerdo a las necesidades del Servicio. OCTAVO: MULTAS. En caso de atraso en la entrega de los productos, equipos y servicios comprometidos en el presente contrato, imputable a "COMPUNET", se aplicará a ésta una multa ascendente al 1% (uno por ciento) del precio establecido en el contrato, por cada día de atraso en la entrega de los productos, equipos y servicios comprometidos en éste, con un tope de 15 días, continuos o discontinuos, transcurridos los cuales, el retardo se considerará incumplimiento grave de una obligación contractual, y por ende, causal de término anticipado del contrato, quedando en consecuencia el "MINISTERIO" facultado para exigir el cobro de la boleta de garantía de fiel y oportuno cumplimiento. Estas multas podrán ser descontadas al efectuarse el pago de los servicios contratados, de lo que deberá dejarse constancia en la factura y orden de pago pertinente. NOVENO : CONFIDENCIALIDAD. Por este acto "COMPUNET" se obliga a resguardar con absoluta confidencialidad de toda la información o documentos del "MINISTERIO " a que tenga acceso durante la prestación de los servicios materia del presente contrato. Dicha obligación de acceso "COMPUNET" confidencialidad implica que la documentación o información a que tenga no podrá ser objeto de reproducción total o parcial, cesión, préstamo, alquiler, ni transmitirse de ninguna forma, ni por ningún medio, ya sea electrónico, mecánico, fotocopiado, ni ningún otro. El incumplimiento de lo consignado en esta cláusula será causal de término anticipado del contrato, en los términos del artículo 79 del Reglamento de la Ley N , reservándose el "MINISTERIO" el derecho a ejercer las acciones legales correspondientes. DÉCIMO : GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones que impone el contrato, y el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratante, en conformidad al artículo 11 de la Ley , "COMPUNET" deberá entregar, al momento de la suscripción del contrato, una Boleta Bancaria de Garantía, pagadera a la vista, tomada en un banco comercial con oficinas en Santiago de Chile, a la orden de "Secretaría y Administración General del Ministerio de Justicia", R.U.T. N , por un monto equivalente, al 10% (diez por ciento ) del valor del contrato IVA incluido, debiendo expresarse el monto en pesos chilenos. Tendrá vigencia hasta 60 (sesenta) días hábiles posteriores a la fecha en que deba cumplirse la prestación contratada. Esta garantía tendrá carácter de irrevocable. La glosa de esta garantía deberá ser la siguiente: "Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato. y Obligaciones Laborales y Sociales de los Trabajadores del Contratante. BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA ADQUISICIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE UN EQUIPO DE ADMINISTRACIÓN CENTRALIZADA DE CORREO ELECTRONICO". La boleta de garantía será devuelta, una vez ejecutados completamente los servicios materia del contrato, y habiendo señalado por escrito su conformidad con los mismos, el Jefe de la Unidad de Informática del "MINISTERIO". La boleta de garantía podrá ser presentada a cobro cuando "COMPUNET " no cumpla con las obligaciones y/o los plazos que se establecen en el presente contrato, en cuyo caso la
8 8.- Subsecretaría de Justicia queda desde ya autorizada para su presentación a cobro, de acuerdo al procedimiento que corresponda. UNDÉCIMO: PROPIEDAD INTELECTUAL. La propiedad intelectual de los bienes, hardwares, softwares, soluciones, documentación, estudios, informes, investigaciones, anteproyectos, textos, fotos, videos, modelos, diagramas, informes, manuales, flujogramas, u otros que realice "COMPUNET" con motivo de la ejecución de las obligaciones que asume en virtud del presente contrato, serán de propiedad del "MINISTERIO", quien se reserva el derecho de disponer de ellos libremente, sin limitaciones de ninguna especie, no pudiendo por tanto "COMPUNET" realizar ningún acto respecto de ellos ajeno al contrato, sin la autorización previa y expresa del "MINISTERIO". Asimismo, en el desarrollo, ejecución, cumplimiento del contrato, y en general en cualquier etapa del mismo, "COMPUNET" se obliga a no utilizar información confidencial, propiedad intelectual o propiedad industrial de terceros, sin la debida autorización de los correspondientes titulares, y a no infringir derechos de propiedad intelectual o industrial de terceros. DUODÉCIMO : CONTRAPARTE TÉCNICA E INSPECTORES TÉCNICOS. La Unidad de Informática del "MINISTERIO", actuará en calidad de Contraparte Técnica y será la entidad encargada del control y supervigilancia de la fiel ejecución de este contrato, y en su caso, de la aprobación de los informes respectivos que emita "COMPUNET". DÉCIMOTERCERO : DIRECTOR DE PROYECTO. "COMPUNET" designa como Director de Proyecto a don JORGE MORALES SALINAS, cédula nacional de identidad N , el cual estará a cargo y representará a esta empresa ante el "MINISTERIO" para los efectos de la administración, desarrollo y ejecución de los servicios materia del presente contrato, así como en la discusión de todas las materias relacionadas con el desarrollo de los mismos, todo ello a contar de la fecha de firma del presente instrumento. El Director de Proyecto designado por "COMPUNET" se relacionará con el Jefe de la Unidad de Informática del "MINISTERIO", o la persona que éste designe, para los efectos del desarrollo y ejecución de los servicios convenidos. A ambas contrapartes les corresponderá ejercer las siguientes funciones: 1. Facilitar el trabajo de "COMPUNET" al interior de las dependencias del "MINISTERIO". 2. Representar a las partes en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato. 3. Fiscalizar el estricto cumplimiento del contrato. 4. Representar, exponer y resolver en las reuniones periódicas que se realicen en conformidad a la cláusula siguiente, los problemas que pudieran entorpecer el desarrollo de los servicios contratados, dejando constancia en acta de las sugerencias para resolverlos. Cabe señalar, que si los problemas de que se dejare constancia en acta, se mantuvieran por treinta días hábiles, afectando gravemente el cumplimiento de los objetivos o de los plazos comprometidos, el "MINISTERIO" podrá poner término anticipado al contrato, en los términos señalados en la cláusula séptima de este instrumento.
9 9.- DÉCIMOCUARTO: REUNIONES PERIÓDICAS. Las partes se reunirán las veces que estimen necesarias durante la vigencia del presente contrato, para supervisar y revisar el desarrollo de cada uno de los servicios materia de este contrato. DÉCIMOQUINTO: PRÓRROGA DE LA COMPETENCIA. Para todos los efectos derivados del presente contrato, las partes fijan su domicilio en la comuna y ciudad de Santiago, y prorrogan la competencia para ante sus Tribunales Ordinarios de Justicia. DÉCIMOSEXTO: CESIÓN DEL CONTRATO. Las partes no podrán ceder a título alguno los derechos y obligaciones que por este contrato adquieren, salvo que exista autorización por escrito de la otra parte. DÉCIMOSÉPTIMO : PARTE INTEGRANTE DEL CONTRATO. Las partes contratantes dejan constancia que forma parte integrante del presente contrato, el presupuesto presentado por "COMPUNET", con fecha 10 de Noviembre de DÉCIMOCTAVO : RENOVACIÓN DEL CONTRATO. En conformidad a lo establecido en el artículo 12 del Reglamento de la Ley N , y lo señalado en las Bases de Licitación Pública aprobadas mediante Resolución Exenta N 2926, con fecha 28 de octubre de 2008, si "COMPUNET" no alcanzare a concluir la implementación del sistema requerido, dentro del plazo máximo establecido en la cláusula quinta precedente, el "MINISTERIO" tendrá la opción de renovar el contrato, por una sola vez, debiendo dicha renovación ser sancionada por el respectivo acto administrativo. DÉCIMONOVENO : SUBCONTRATACIÓN. Por este acto, y de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 4 inciso 2, de la Ley , su Reglamento, y por la Ley N que regula el trabajo en régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de servicios transitorios, las partes establecen que "COMPUNET" podrá subcontratar a terceros para la ejecución parcial de los servicios contratados, sin perjuicio que la responsabilidad de su cumplimiento permanecerá en "COMPUNET". "COMPUNET", será responsable de las obligaciones laborales y previsionales con los eventuales trabajadores subcontratados conforme a lo dispuesto en la Ley N El "MINISTERIO", según lo señalado en el artículo 4 de la Ley de Compras, y el artículo 183-C del Código del Trabajo, podrá exigir a "COMPUNET" un Certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales, emitido por la Inspección del Trabajo respectiva o bien por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto a sus trabajadores, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los eventuales subcontratistas con sus trabajadores, ello, con el propósito de hacer efectivo los derechos que le asisten al "MINISTERIO" de ser informado y de retención consagrados en los incisos 2 y 3 de la aludida norma legal, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que hace mención el artículo 183-D de la citada ley. "COMPUNET" asume absoluta responsabilidad en el resguardo confidencialidad de toda la información o documentos del "MINISTERIO" a que tengan acceso sus dependientes o subcontratistas durante la ejecución de los servicios convenidos, así como en los eventuales desperfectos que los mismos pudieren producir.
10 VIGÉSIMO : PERSONERiAS. La personería de don Jorge Frei Toledo para representar al "MINISTERIO" consta en el Decreto Supremo de Justicia N 13, del aflo 2008, y la personería de don Luis Hernán Jara Sandoval, para representar a "COMPUNET", consta en la escritura pública de fecha 29 de abril de 2005, otorgada ante el Notario Público Titular de la Cuadragésima Primera Notaria de Santiago, don Felix Jara Cadot. Tales personerías no se insertan al contrato por ser conocidas de ambas partes. VIGÉSIMOPRIMERO: EJEMPLARES. El presente contrato se firma en dos ejemplares de idéntico tenor, quedando uno en poder de cada parte. Hay firmas del Subsecretario de Justicia, don Jorge Frei Toledo y del representante legal de Compunet Ltda., don Luis Hernán Jara Sandoval. 2.- El gasto que irrogue el cumplimiento del contrato que por este decreto se sanciona, impútese, según corresponda, a los recursos disponibles del Plan de Acción año 2008, esto es, al Subtítulo 29: Adquisición de Activos No Financieros; Ítem 06: Equipos Informáticos; Asignación 001: Equipos Computacionales y Periféricos; Código Unidad Demandante: 104 Unidad de Informática; Meta: Actividades Normales; Requerimiento: ANÓTESE, NOTIFÍQUESE, Y ARCHÍVESE POR ORDEN DE LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA NADO CURTI M*.istro'de Justicia Distribución Adquisiciones Informática,ORREI TOLEDO Subsecretario dejusticia
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