VUELOS Y RESERVAS / TIQUETE, BILLETE O PASAJE
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- Enrique Prado Fidalgo
- hace 8 años
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1 VUELOS Y RESERVAS / TIQUETE, BILLETE O PASAJE reserva por qué medio puedo hacerlo? Puede solicitar su reserva a través de una agencia de viajes, en los mostradores autorizados (Counters) de la aerolínea, vía telefónica o por medio de Internet. Al solicitar su reserva usted puede escoger los diferentes horarios e itinerarios disponibles para su viaje, así como las tarifas ofrecidas por las compañías aéreas. En caso de algún cambio con el vuelo de su escogencia, la aerolínea deberá informarle por el medio más rápido y eficaz; esto será posible solamente si usted ha registrado sus datos de contacto y ha confirmado su reserva. TENGA EN CUENTA!!!!! Tome nota del récord (números y letras) asignado por la aerolínea al momento de la solicitud de la reserva, lo cual será de utilidad para la confirmación, reconfirmación, cambio o cancelación en sus trayectos. LE RECOMENDAMOS QUE. Una vez expedido su tiquete, verifique datos como el nombre del pasajero, la ruta y trayectos requeridos, las posibles conexiones, horas de presentación en el Aeropuerto y horas de salida. En caso de cualquier observación pregunte inmediatamente y exija correcciones si fuera necesario.
2 TARIFAS / VIAJES TODO INCLUIDO La tarifa aérea es el precio que paga usted por su contrato de transporte desde el aeropuerto de origen hasta el aeropuerto de destino, bajo unos estándares de calidad. SEÑOR PASAJERO, tenga en cuenta que para un mismo vuelo pueden existir varios tipos de tarifas, así que no olvide consultar con su agencia de viajes de confianza o si lo prefiere, directamente con la compañía aérea. TEMPORADAS ALTAS: En Colombia se considera Temporada Alta: Semana Santa (Domingo de Ramos al Domingo de Resurrección) del 20 de Junio al 10 de Julio y del 20 Diciembre al 10 de Enero (Todos los Años). RECONFIRME SU RESERVA PARA NO TENER INCONVENIENTES CON SU REGRESO RECUERDE, usted tiene derecho a conocer las condiciones y restricciones de la tarifa seleccionada. La mayoría de las tarifas económicas y promocionales no son reembolsables. LE RECORDAMOS QUE. es necesario que el pasajero confirme, reconfirme o posponga el cupo asignado por la aerolínea mínimo al vuelo; no hacerlo puede ocasionarle la pérdida de la reserva y en algunos casos multas, especialmente en temporada alta.
3 TRANSPORTE DE PASAJEROS. ES MEJOR PREVENIR QUE LAMENTAR de antelación debo presentarme en el mostrador para vuelos nacionales e internacionales? En vuelos nacionales, se recomienda presentarse con 2 horas de anticipación y para vuelos internacionales se recomienda presentarse con tres horas de anticipación. Una vez haya sido registrado ante la aerolínea y haya recibido su pasabordo debe dirigirse de forma inmediata a la sala de embarque asignada.
4 Apreciado pasajero para evitar perder el vuelo: de registro de embarque, así como los trámites de policía y controles de seguridad. Iguales recomendaciones le hacemos en caso que vaya a efectuar conexiones. puentes de abordaje, será conducido hasta el avión, por un representante de la aerolínea o por un vehículo de la misma. Pasajeros enfermos, con limitaciones físicas o mujeres en estado de embarazo Para que la compañía pueda ofrecerle las ayudas pertinentes, deberá informar en el momento de adquirir el pasaje sobre sus circunstancias especiales, de esta manera la aerolínea le brindará la ayuda pertinente y le dará prelación para el embarque y la asistencia necesaria para la ubicación en la aeronave. una constancia médica no superior a doce horas al vuelo, donde conste las condiciones de salud del pasajero. Así mismo y dependiendo de las condiciones de salud se podrá exigir que un médico o cualquier otra persona idónea lo asista durante el viaje bajo su propia responsabilidad y costo. cargos adicionales en caso de requerirse la asignación de personal para la atención del pasajero o cualquier cuidado que implique costos para ella. discapacidades físicas o mentales, o cualquier otra que requiera de atención especial, tendrán un trato preferencial por parte del personal auxiliar de cabina. pasajera gestante firmará un descargo de responsabilidad de la aerolínea, ante cualquier eventualidad que surja durante el trayecto. Por este motivo se recomienda no efectuar viajes en avión cuando el periodo de gestación supere los siete (7) meses. RECUERDE
5 indebidos debo abstenerme para no atentar contra la seguridad del vuelo, contra mi propia seguridad o contra la de las demás personas abordo? Como pasajero, particularmente usted deber abstenerse de: a. Desabrochar su cinturón de seguridad o levantarse de su asiento en momentos no autorizados por la tripulación. b. Operar durante el vuelo o sus fases preparativas, conforme lo indique la tripulación, teléfonos celulares o satelitales, radios transmisores o receptores portátiles computadoras, y demás equipos electrónicos que puedan interferir con los sistemas de vuelo, comunicaciones o navegación de la aeronave. c. Sustraer o hacer mal uso de los chalecos salvavidas y demás equipos de emergencia u otros elementos existentes a bordo de la aeronave o en los aeropuertos. d. Obstruir las alarmas y sistemas de detección de incendio u otras contingencias instaladas en la aeronave. e. Fumar en cualquier parte de la aeronave en vuelos nacionales, o en áreas no autorizadas de la aeronave en aquellos vuelos internacionales donde se permita fumar. f. Asumir actitudes o expresar comentarios que puedan generar pánico entre los demás pasajeros. g. Agredir física o verbalmente a cualquiera de los pasajeros o tripulantes de la aeronave o personal de tierra al servicio de la misma.
6 h. Llevar consigo a bordo de la aeronave o en los aeropuertos, armas, o elementos cortantes, punzantes o contundentes que puedan ser utilizados como arma. i. Asumir conductas o ejecutar actos obscenos. j. Consumir durante el vuelo, alimentos o bebidas no suministrados por el transportador sin su autorización. k. Ingresar a la aeronave o permanecer en ella en avanzado estado de intoxicación alcohólica o bajo el efecto de drogas prohibidas. l. Cualquier otro acto o hecho que se considere como indebido por parte de la aerolínea o de la autoridad aeronáutica y que se encuentre definido en las condiciones generales del contrato de transporte o en las normas aeronáuticas.
7 TRANSPORTE DE EQUIPAJE Estimado pasajero, tenga presente la cantidad de equipaje permitido, ya que si se excede, esto podría ocasionarle cobros adicionales por sobre peso. Por su seguridad y la de los demás pasajeros, no registre ni transporte consigo objetos cortopunzantes, los objetos prohibidos en cabina se encuentran especificados en la circular 08 de la aeronáutica civil, y se encuentra ubicada en la entrada de los muelles del terminal De igual forma se recuerda a los pasajeros de vuelos internacionales, que no se permite el ingreso de envases o recipientes que contengan más de 100ml de contenido en vuelos internacionales (líquidos, geles, aerosoles), exceptuando: los artículos comprados en el área duty free, las medicinas comprobadas por prescripción, los alimentos necesarios para bebes y niños pequeños, y las sustancias para pasajeros con necesidades de dietas especiales, según la civil, que se encuentra ubicada en la entrada del muelle nacional Si su equipaje no llegase en el mismo vuelo, o si tiene cualquier inconveniente, no olvide diligenciar el formato de irregularidades PIR, el cual deberá ser suministrado por la aerolínea, o el formato para la recepción y tramite de sugerencias y reclamos de OPAIN, suministrado en el punto de información del segundo piso de la terminal, Aeropuerto Internacional el Dorado.
8 y prohibiciones existen para el equipaje? Usted no deberá portar como equipaje de mano elementos cuyo peso o tamaño impidan su transporte seguro, que provoquen incomodidad a las demás personas a bordo o que de cualquier modo obstruyan el tránsito de personas durante una eventual evacuación de emergencia. En todo caso dichos elementos deberán ser ubicados en los compartimentos de la aeronave destinados al efecto, o debajo del asiento según instrucción de la tripulación de cabina. Recuerde que usted no deberá embarcar a la aeronave ningún tipo de elemento que pueda ser considerado como mercancía peligrosa (explosivos, inflamables, tóxicos, corrosivos, radiactivos, etc.) lo cual incluye entre otros, fósforos, fuegos artificiales, combustibles, pinturas, disolventes, pedantes, blanqueadores, ácidos, gases comprimidos o insecticidas. Del mismo modo deberá abstenerse de embarcar cualquier tipo de elemento, droga o sustancia cuyo porte, tenencia, comercio o consumo sea prohibido. Cualquier elemento ordinario, cuyo carácter sea dudoso, deberá ser reportado al momento del chequeo, para que se determine si puede admitirse a bordo. Tenga en cuenta que no debe incluir en su equipaje facturado artículos frágiles o perecederos, dinero, joyas, piedras o metales preciosos, platería, documentos negociables, títulos u otros valores; dinero en efectivo, pasaportes, cámaras fotográficas o de video, filmadoras, computadoras, calculadoras, walkman (o radio casete portátil), lentes, o botellas con licor, respecto de los cuales el transportador no se responsabiliza si se transportan en esas condiciones.
9 transportar mi arma? En caso de portar cualquier tipo de arma o munición legalmente permitida, usted deberá previo al embarque, presentarla ante las autoridades policiales en el aeropuerto de origen, acompañada de sus respectivos documentos de salvoconducto, debidamente descargada, para que sea inspeccionada y llevada a un lugar seguro. Si el transportador acepta su transporte, exigirá la entrega y custodia del arma y su munición asumiendo su custodia hasta su llegada al terminal de destino. El transportador podrá cobrar un valor adicional por el transporte del arma, proporcional a los costos administrativos y operacionales en que incurra la aerolínea para su transporte. En estos casos se le entregará un recibo o constancia para reclamar el arma en dicho terminal una vez concluido el vuelo. Las armas cuyo porte resulte ilegal no serán admitidas a bordo. transportar objetos valiosos? Los objetos valiosos deberán transportarse bajo manifestación de valor declarado. Si dicho valor es aceptado por el transportador, este responderá hasta el límite de ese valor. No obstante, en estos casos el transportador podrá exigir condiciones o medidas de seguridad adicionales para dicho transporte. mi mascota, la puedo transportar en cabina? El transporte de mascotas debe ser informado a la aerolínea o agencia de viajes mínimo con 5 días de anticipación, con el fin de hacer los arreglos necesarios para su adecuado transporte. Tenga en cuenta que el transporte en cabina solo es permitido en caso de perros lazarillos para personas invidentes, bajo ciertas condiciones de regulación.
10 No olvide estimado pasajero, presentar el certificado zoosanitario expedido por la oficina de Sanidad Portuaria ICA, el cual tendrá 24 horas de validez. Este debe incluir, en original y copia: Raza, Sexo, Edad, Copia del carné de vacunación y presentar la mascota para la debida inspección. para el transporte de alimentos y plantas? Usted no deberá incluir en su equipaje registrado o de mano, productos cuyo ingreso al país o a otros países, sea prohibido o restringido por el riesgo de ser portadores de plagas o enfermedades para los humanos, animales o plantas; tales como, semillas, flores, frutas, hierbas aromáticas, verduras, productos cárnicos, plaguicidas, productos biológicos, plantas con o sin tierra y subproductos de origen animal y vegetal. Tenga en cuenta que tales productos pueden ser retenidos y destruidos por las autoridades sanitarias en los aeropuertos.
11 someter a una lista de espera? Sí, el transportador puede someter a listas de espera a los pasajeros que se presenten a un vuelo en cantidad superior a los cupos disponibles. Los turnos de estas listas serán asignados en estricto orden y serán rigurosamente respetados. Recuerde que la inclusión en una lista de espera no da derecho al embarque si este no es posible!. SI USTED TIENE UNA QUEJA: En estos casos usted podrá: personalmente ante la aerolínea, por escrito o de manera verbal, para que se proceda al arreglo directo mediante compensaciones o indemnizaciones en desarrollo de una conciliación o transacción. la Autoridad Aeronáutica (si considera que no se ha compensado adecuadamente) para que esta proceda a la investigación a que haya lugar y/o acudir a la vía judicial en demanda de la indemnización pertinente. Señor pasajero: Le recomendamos tener presente que cuando un vuelo no pueda iniciarse en las condiciones estipuladas o se retrase su iniciación por causa de fuerza mayor o razones meteorológicas, estos hechos exoneran a la aerolínea por tratarse de situaciones de fuerza mayor no imputables a la misma.
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