PROGRAMA OPERATIVO EMPLEO JUVENIL

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "PROGRAMA OPERATIVO EMPLEO JUVENIL"

Transcripción

1 PROGRAMA OPERATIVO EMPLEO JUVENIL VERSION 2.1

2

3 COMISIÓN EUROPEA Bruselas, C(2016) 4416 final DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN de que modifica la Decisión de Ejecución C(2014) 9891, por la que se aprueban determinados elementos del programa operativo «Empleo Juvenil», para el que se solicitan ayudas del Fondo Social Europeo y la asignación específica para la Iniciativa de Empleo Juvenil en el marco del objetivo de inversión en crecimiento y empleo destinadas a España CCI 2014ES05M9OP001 (EL TEXTO EN LENGUA ESPAÑOLA ES EL ÚNICO AUTÉNTICO) ES ES

4 DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN de que modifica la Decisión de Ejecución C(2014) 9891, por la que se aprueban determinados elementos del programa operativo «Empleo Juvenil», para el que se solicitan ayudas del Fondo Social Europeo y la asignación específica para la Iniciativa de Empleo Juvenil en el marco del objetivo de inversión en crecimiento y empleo destinadas a España CCI 2014ES05M9OP001 (EL TEXTO EN LENGUA ESPAÑOLA ES EL ÚNICO AUTÉNTICO) LA COMISIÓN EUROPEA, Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, Visto el Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n. 1083/2006 del Consejo 1, y en particular su artículo 96, apartado 10, Previa consulta al Comité del FSE, Considerando lo siguiente: (1) Mediante la Decisión de Ejecución C(2014) , la Comisión aprobó que determinados elementos del programa operativo «Empleo Juvenil» que recibe ayudas del Fondo Social Europeo (FSE) y la asignación específica para la Iniciativa sobre Empleo Juvenil (IEJ) en el marco del objetivo de inversión en crecimiento y empleo destinadas a España. (2) El 3 de diciembre 2015, España solicitó a la Comisión la modificación del programa operativo a través del sistema de intercambio electrónico de datos. La solicitud iba acompañada del programa operativo revisado, en el que España proponía una modificación de los elementos del programa operativo a que se hace referencia en el artículo 96, apartado 2, párrafo primero, letra b), incisos ii), iii), iv), v), letra c), inciso ii) y letra d), inciso ii) del Reglamento (UE) n.º 1303/2013 a reserva de la Decisión de Ejecución C(2014) (3) De conformidad con el artículo 30, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 1303/2013, la solicitud de modificación del programa presentada está debidamente justificada por la extensión de la elegibilidad de edad para participación en la Garantía Juvenil, la necesidad de actualización de los valores de los indicadores de ejecución y resultado 1 2 DO L 347 de , p Decisión de Ejecución C(2014) 9891 de la Comisión de 12 de diciembre de ES 2 ES

5 como consecuencia del cumplimiento del Plan de Acción relativo a la Condicionalidad General Ex Ante 7, y la necesidad de introducir cambios técnicos, e indica cómo se espera que los cambios repercutan en la capacidad del programa para conseguir los objetivos de la estrategia de la Unión para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador y los objetivos específicos definidos en el propio programa, teniendo en cuenta dicho Reglamento y el Reglamento (UE) n.º 1304/2013 3, los principios horizontales a los que se hace referencia en los artículos 5, 7 y 8 del Reglamento (UE) n.º 1303/2013, así como el Acuerdo de Asociación con España aprobado mediante la Decisión de Ejecución C(2014) 8076 de la Comisión, de 30 de octubre de (4) De conformidad con el artículo 110, apartado 2, letra e), del Reglamento (UE) n.º 1303/2013, el Comité de Seguimiento por procedimiento escrito el 12 de noviembre 2015 examinó y aprobó la propuesta de modificación del programa operativo, formada por el texto del programa operativo revisado y su plan financiero. (5) De acuerdo con su evaluación, la Comisión señaló que la modificación del programa operativo no afecta a la información facilitada en el Acuerdo de Asociación con España. (6) La Comisión evaluó el programa operativo revisado y presentó algunas observaciones conforme a lo dispuesto en el artículo 30, apartado 2, párrafo primero, segunda frase, del Reglamento (UE) n.º 1303/2013 el 18 de diciembre España facilitó información adicional entre el 19 de febrero de 2016 y el 4 de abril de 2016 y presentó una versión modificada del programa operativo revisado el 15 de abril (7) Por tanto, debe aprobarse la modificación de los elementos del programa de operativo revisado sujetos a la aprobación de la Comisión de conformidad con el artículo 96, apartado 10, del Reglamento (UE) n.º 1303/2013. (8) De conformidad con el artículo 65, apartado 9, párrafo primero, del Reglamento (UE) n.º 1303/2013, procede fijar la fecha a partir de la cual el gasto que pase a ser subvencionable como consecuencia de la modificación introducida en un programa operativo objeto de la presente Decisión será subvencionable. (9) Por tanto, debe modificarse en consecuencia la Decisión C(2014) 9891, HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN: Artículo 1 La Decisión de Ejecución C(2014) 9891 se modifica como sigue: 1. En el artículo 1, la frase introductoria se sustituye por el texto siguiente: «Se aprueban los siguientes elementos del programa operativo "Empleo Juvenil", para el que se solicitan ayudas del FSE y la asignación específica para la IEJ en el marco del objetivo de inversión en crecimiento y empleo en España para el periodo del 1 de enero de 2014 al 31 de diciembre de 2020, cuya versión final se presentó el 5 de diciembre 2014 según su modificación en el marco del programa operativo revisado cuya versión final se presentó el 15 de abril de 2016;». 2. El artículo 2 se sustituye por el texto siguiente: 3 4 Reglamento (UE) n.º 1304/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo al Fondo Social Europeo y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 1081/2006 del Consejo (DO L 347 de , p. 470). Decisión de Ejecución C(2014) 8074 de la Comisión de 30 de octubre de ES 3 ES

6 (a) (b) (c) (d) (e) (f) eje prioritario «1A - FOMENTO DEL EMPLEO SOSTENIBLE Y DE CALIDAD Y DE LA MOVILIDAD LABORAL - regiones más desarrolladas - 50%» del FSE; eje prioritario «1B - FOMENTO DEL EMPLEO SOSTENIBLE Y DE CALIDAD Y DE LA MOVILIDAD LABORAL - regiones más desarrolladas - 80%» del FSE; eje prioritario «1C - FOMENTO DEL EMPLEO SOSTENIBLE Y DE CALIDAD Y DE LA MOVILIDAD LABORAL - regiones en transición - 80%» del FSE; eje prioritario «1D - FOMENTO DEL EMPLEO SOSTENIBLE Y DE CALIDAD Y DE LA MOVILIDAD LABORAL - regiones menos desarrolladas - 80%» del ESF; eje prioritario «1E - FOMENTO DEL EMPLEO SOSTENIBLE Y DE CALIDAD Y DE LA MOVILIDAD LABORAL regiones en transición - 85%» del FSE; eje prioritario «5 - INTEGRACIÓN SOSTENIBLE EN EL MERCADO DE TRABAJO DE LAS PERSONAS JÓVENES QUE NO SE ENCUENTRAN EMPLEADAS, NI PARTICIPAN EN LOS SISTEMAS DE EDUCACIÓN NI FORMACIÓN, EN PARTICULAR EN EL CONTEXTO DE LA GARANTÍA JUVENIL» de la asignación específica para la IEJ y del FSE; (g) eje prioritario «8A - ASISTENCIA TÉCNICA - regiones más desarrolladas - 50%» del FSE; (h) eje prioritario «8B - ASISTENCIA TÉCNICA - regiones más desarrolladas - 80%» del FSE; (i) eje prioritario «8C - ASISTENCIA TÉCNICA - regiones en transición - 80%» del FSE; (j) eje prioritario «8D - ASISTENCIA TÉCNICA - regiones menos desarrolladas - 80%» del FSE; (k) eje prioritario «8E - ASISTENCIA TÉCNICA - regiones en transición - 85%» del FSE. 3. El anexo II mencionado en el Artículo 4 se sustituye por el texto que figura en el anexo de la presente Decisión. Artículo 2 El gasto que pase a ser subvencionable como consecuencia de la modificación del programa «Empleo Juvenil» aprobado por la presente Decisión será subvencionable a partir del 3 de diciembre de ES 4 ES

7 Artículo 3 El destinatario de la presente Decisión será el Reino de España. Hecho en Bruselas, el Por la Comisión Marianne THYSSEN Miembro de la Comisión ES 5 ES

8 ES ANEXO Asignación financiera total para la ayuda del FSE y de la IEJ, cofinanciación nacional del programa operativo y cada eje prioritario e importes de la reserva de rendimiento Eje prioritario Fondo Categoría de región Base de cálculo de la ayuda de la Unión (coste total subvencionable o coste público subvencionable ) Ayuda de la Unión (a) Contrapartida nacional (b) = (c) + (d) Desglose indicativo de la contrapartida nacional Financiación pública nacional: (c ) Financiación privada nacional (d) (1) Financiación total (e) = (a) + (b) Tasa de cofinanciación (f) = (a) / (e) (2) Contribuciones del BEI (g) Asignación principal Reserva de rendimiento Importe de la reserva de rendimiento como porcentaje del total de la ayuda de la Unión Ayuda de la Unión (h) = (a) - (j) Contrapartida nacional (i) = (b) (k) Ayuda de la Unión (j) Contrapartida nacional (k) = (b) * ((j) / (a) 1A FSE Más desarrolladas Total , % ,32% (l) = (j) / (a) * 100 1B FSE Más desarrolladas Total , % ,32% 1C FSE Transición Total , % ,30% 1D FSE Menos desarrolladas Total , % ,18% 1E FSE Transición Total , % ,30% 5 IEJ Total , % A FSE Más desarrolladas Total , % B FSE Más desarrolladas Total , % C FSE Transición Total , % D FSE Menos desarrolladas Total , % E FSE Transición Total , % Total FSE Más desarrolladas , % ,00% Total FSE Transición , % ,00% ES ES

9 Eje prioritario Fondo Categoría de región Base de cálculo de la ayuda de la Unión (coste total subvencionable o coste público subvencionable ) Ayuda de la Unión (a) Contrapartida nacional (b) = (c) + (d) Desglose indicativo de la contrapartida nacional Financiación pública nacional: (c ) Financiación privada nacional (d) (1) Financiación total (e) = (a) + (b) Tasa de cofinanciación (f) = (a) / (e) (2) Contribuciones del BEI (g) Asignación principal Reserva de rendimiento Importe de la reserva de rendimiento como porcentaje del total de la ayuda de la Unión Ayuda de la Unión (h) = (a) - (j) Contrapartida nacional (i) = (b) (k) Ayuda de la Unión (j) Contrapartida nacional (k) = (b) * ((j) / (a) Total FSE Menos desarrolladas , % ,00% (l) = (j) / (a) * 100 Total IEJ , % Total general , % (1) Debe cumplimentarse únicamente cuando los ejes prioritarios se expresen en costes totales. (2) Este porcentaje puede redondearse al número entero más próximo de la tabla. El porcentaje exacto utilizado para el reembolso de los pagos es la proporción (f). ES ES

10 COMISIÓN EUROPEA Bruselas, C(2014) 9891 final DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN de por la que se aprueban determinados elementos del programa operativo "Empleo Juvenil", para el que se solicitan ayudas del Fondo Social Europeo y la asignación específica para la Iniciativa de Empleo Juvenil en el marco del objetivo de inversión en crecimiento y empleo destinadas a España CCI 2014ES05M9OP001 (EL TEXTO EN LENGUA ESPAÑOLA ES EL ÚNICO AUTÉNTICO) ES ES

11 DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN de por la que se aprueban determinados elementos del programa operativo "Empleo Juvenil", para el que se solicitan ayudas del Fondo Social Europeo y la asignación específica para la Iniciativa de Empleo Juvenil en el marco del objetivo de inversión en crecimiento y empleo destinadas a España CCI 2014ES05M9OP001 (EL TEXTO EN LENGUA ESPAÑOLA ES EL ÚNICO AUTÉNTICO) LA COMISIÓN EUROPEA, Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, Visto el Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo 1, y, en particular, su artículo 4, apartado 10, Previa consulta al Comité del FSE, Previa consulta al Banco Europeo de Inversiones, Considerando lo siguiente: (1) El 13 de junio de 2014, España presentó, a través del sistema de intercambio electrónico de datos de la Comisión ( SFC2014 ), el programa operativo Empleo Juvenil para recibir ayuda del Fondo Social Europeo (FSE) y la asignación específica para la Iniciativa de Empleo Juvenil (IEJ) en el marco del objetivo de inversión para el crecimiento y el empleo en España. (2) El programa operativo cumple con las condiciones establecidas en las letras (a) (b) (c) del primer párrafo del artículo 90, apartado 2 del Reglamento (UE) n 1303/2013 y es elegible para la asignación específica para la IEJ a tenor del artículo 16, párrafo segundo, del Reglamento (UE) n 1304/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo 2. (3) España ha elaborado el programa operativo en cooperación con los socios a los que hace referencia en el artículo 5, apartado 1, del Reglamento (UE) n 1303/2013 y con la Comisión. 1 2 DO L 347 de , p Reglamento (UE) n 1304/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo al Fondo Social Europeo y por el que se deroga el Reglamento (CE) n 1081/2006 (DO L 347 de , p.470). ES 2 ES

12 (4) De conformidad con el artículo 29 del Reglamento (UE) n 1303/2013, la Comisión evaluó el programa operativo el 3 de octubre de 2014 y ha hecho observaciones conforme a lo dispuesto en el apartado 3 de ese mismo artículo. España proporcionó información adicional el 24 de noviembre de 2014 y presentó su programa operativo revisado el 5 de diciembre de (5) La Comisión ha llegado a la conclusión de que el programa operativo contribuye a la estrategia de la Unión para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador, y a la cohesión económica, social y territorial, y es coherente con el Reglamento (UE) n 1303/2013, el Reglamento (UE) n 1304/2013 y el contenido del acuerdo de asociación con España aprobado mediante la Decisión C(2014) 8076 de la Comisión, del 30 de octubre. (6) El programa operativo contiene todos los elementos contemplados en el artículo 27, apartados 1 a 6, cumple con lo dispuesto en el artículo 96, apartados 1 a 7, del Reglamento (UE) n 1303/2013 y ha sido elaborado en conformidad con el modelo que figura en el anexo I del Reglamento de Ejecución (UE) n 288/2014 de la Comisión 3. (7) Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 76, párrafo segundo, del Reglamento (UE) n 1303/2013, la presente Decisión constituye una decisión de financiación a tenor del artículo 84 del Reglamento (EU, Euratom) n 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo 4. No obstante, es necesario especificar los elementos necesarios para contraer los compromisos presupuestarios relativos al programa operativo. (8) El Reglamento (UE) nº 1303/2013 establece en su artículo 96, apartado 2, párrafo primero, letra d), que, para cada año, debe indicarse el importe del crédito financiero total previsto para la ayuda del FSE, así como identificar los importes relativos a la reserva de rendimiento. También habrá de determinarse el importe de la dotación financiera total de la ayuda del FSE y la cofinanciación nacional en relación con el programa operativo, e identificar los importes relativos a la reserva de rendimiento para todo el periodo de programación y por cada eje prioritario. (9) De conformidad con el artículo 120, apartados 1 y 2, del Reglamento (UE) n 1303/2013, hay que fijar para cada eje prioritario el porcentaje de cofinanciación e indicar si tal porcentaje ha de aplicarse al gasto total subvencionable, tanto público como privado, o sólo al gasto público subvencionable. (10) De conformidad con el artículo 22, apartados 1 y 2, del Reglamento (UE) nº 1304/2013, hay que fijar el importe máximo de la financiación de la asignación 3 4 Reglamento de Ejecución (UE) nº 288/2014 de la Comisión, de 25 de febrero de 2014, que establece normas con arreglo al Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, en relación con el modelo para los programas operativos en el marco del objetivo de inversión en crecimiento y empleo, y con arreglo al Reglamento (UE) nº 1299/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen disposiciones específicas relativas al apoyo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional al objetivo de cooperación territorial europea, en relación con el modelo para los programas de cooperación en el marco del objetivo de cooperación territorial europea (DO L 87 de , p. 1). Reglamento (UE, Euratom) nº 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) nº 1605/2002 del Consejo (DO L 298 de , p. 1). ES 3 ES

13 específica de la Iniciativa de Empleo Juvenil y la ayuda correspondiente del FSE, en términos globales y también por categoría de regiones, para cada eje prioritario, así como el porcentaje correspondiente a las categorías de regiones para la financiación del FSE por cada eje prioritario. (11) De conformidad con el artículo 4, apartado 3, del Reglamento (UE) n 1304/2013, el programa operativo debe concentrar en las regiones más desarrolladas, al menos, el 80% de la dotación del FSE asignada, en las regiones en transición, al menos, el 70% de la dotación del FSE asignada y en las regiones menos desarrolladas, al menos, el 60% de la dotación del FSE asignada en un máximo de cinco de las prioridades de inversión mencionadas en el artículo 3, apartado 1, del Reglamento. (12) De conformidad con el artículo 11, apartado 3, del Reglamento (UE) nº 1304/2013, el programa operativo establece asimismo la contribución de las actuaciones planificadas subvencionadas por el FSE a los objetivos temáticos mencionados en el artículo 9, párrafo primero, puntos 1 a 7, del Reglamento (UE) nº 1303/2013 y a la innovación social y la cooperación transnacional. (13) La presente Decisión se entiende sin perjuicio de la posición de la Comisión en cuanto a la conformidad de las operaciones financiadas en el marco del programa operativo respecto a las normas sobre ayudas estatales aplicables en el momento en que se concede la ayuda. (14) De conformidad con el artículo 96, apartado 10, del Reglamento (UE) nº 1303/2013, procede aprobar los elementos del programa operativo a que se refieren el apartado 2, párrafo primero, letra a), letra b), incisos i) a v) e inciso vii), letra c), incisos i) a iv), y letra d), el apartado 3 y el apartado 6, letra b), de dicho artículo. HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN: Artículo 1 Se aprueban los siguientes elementos del programa operativo Empleo Juvenil para el que se solicitan ayudas del FSE y la asignación específica de la IEJ en el marco de objetivo de inversión en crecimiento y empleo en España para el período del 1 de enero de 2014 al 31 de diciembre de 2020, cuya versión final se presentó el 5 de diciembre de 2014: (a) la justificación de la elección de los objetivos temáticos, las prioridades de inversión correspondientes y las asignaciones financieras, según lo dispuesto en los puntos y 1.2 del programa operativo; (b) los elementos exigidos para cada eje prioritario por el artículo 96, apartado 2, párrafo primero, letra b) y c) del Reglamento (UE) nº 1303/2013, según lo dispuesto en la sección 2 del programa operativo, con excepción de las secciones 2.A.9 y 2.B.7; (c) los elementos del plan de financiación exigidos por el artículo 96, apartado 2, párrafo primero, letra d), del Reglamento (UE) nº 1303/2013, según lo dispuesto en las tablas 17, 18a, 18b y 18c de la sección 3 del programa operativo; (d) el enfoque integrado del desarrollo territorial que muestre cómo el programa operativo contribuye al logro de sus objetivos y resultados esperados, que figuran en el apartado 4 del programa operativo; (e) para cada condición ex ante que resulte aplicable, una evaluación de si se cumplió en la fecha de presentación del Acuerdo de Asociación y del programa operativo y, en los casos en que no se cumplieran las condiciones ex ante, una descripción de las ES 4 ES

14 medidas que deberán tomarse, el calendario de ejecución y los organismos responsables, de conformidad con el resumen presentado en el Acuerdo de Asociación, tal y como se establece en la sección 9 del programa operativo. Artículo 2 El programa operativo apoyará los ejes prioritarios siguientes: (a) eje prioritario "1A - FOMENTO DEL EMPLEO SOSTENIBLE Y DE CALIDAD Y DE LA MOVILIDAD LABORAL - regiones más desarrolladas - 50%"del FSE; (b) eje prioritario "1B - FOMENTO DEL EMPLEO SOSTENIBLE Y DE CALIDAD Y DE LA MOVILIDAD LABORAL - regiones más desarrolladas - 80%"del FSE; (c) eje prioritario "1C - FOMENTO DEL EMPLEO SOSTENIBLE Y DE CALIDAD Y DE LA MOVILIDAD LABORAL - región en transición - 85%"del FSE; (d) eje prioritario "1D - FOMENTO DEL EMPLEO SOSTENIBLE Y DE CALIDAD Y DE LA MOVILIDAD LABORAL - regiones en transición - 80%" del ESF; (e) eje prioritario "1E - FOMENTO DEL EMPLEO SOSTENIBLE Y DE CALIDAD Y DE LA MOVILIDAD LABORAL - región menos desarrollada - 80%" del FSE; (f) eje prioritario "5 - INTEGRACIÓN SOSTENIBLE EN EL MERCADO DE TRABAJO DE LAS PERSONAS JÓVENES QUE NO SE ENCUENTRAN EMPLEADAS, NI PARTICIPAN EN LOS SISTEMAS DE EDUCACIÓN NI FORMACIÓN, EN PARTICULAR EN EL CONTEXTO DE LA GARANTÍA JUVENIL" de la asignación específica para la IEJ y del FSE; (g) eje prioritario "8A - ASISTENCIA TÉCNICA - regiones más desarrolladas - 50%" del FSE; (h) eje prioritario "8B - ASISTENCIA TÉCNICA - regiones más desarrolladas - 80%" del FSE; (i) eje prioritario "8C - ASISTENCIA TÉCNICA - región en transición - 85%" del FSE; (j) eje prioritario "8D - ASISTENCIA TÉCNICA - regiones en transición - 80%" del FSE; (k) eje prioritario "8E - ASISTENCIA TÉCNICA - región menos desarrollada - 80%" del FSE. Artículo 3 Los gastos se financiarán a partir del 1 de enero de 2014, salvo los de la IEJ, que se financiarán a partir del 1 de septiembre de Artículo 4 1. El importe máximo del crédito financiero total previsto para la ayuda del FSE y de la asignación específica para la IEJ y los importes de la reserva de rendimiento se establecen en el anexo I. 2. El importe total del crédito financiero del programa operativo se establece en EUR, y se financiará a partir de las siguientes líneas presupuestarias específicas del presupuesto general de la Unión Europea correspondiente a 2014: ES 5 ES

15 (a) : EUR (FSE regiones menos desarrolladas); (b) : EUR (FSE regiones en transición); (c) : EUR (FSE regiones más desarrolladas); (d) : EUR (asignación específica para la IEJ). 3. El porcentaje máximo de cofinanciación para cada eje prioritario se establece en el Anexo II. El porcentaje de cofinanciación para cada eje prioritario se aplicará al gasto total subvencionable, incluyendo el gasto privado y público. 4. El importe máximo de la financiación de la asignación específica de la IEJ y la correspondiente financiación del FSE, en términos globales y por categoría de regiones, para cada eje prioritario, así como el porcentaje de la financiación del FSE por categoría de regiones y para cada eje prioritario, quedan establecidos en los anexos II y III. Artículo 5 El destinatario de la presente Decisión será el Reino de España. Hecho en Bruselas, el Por la Comisión Marianne THYSSEN Miembro de la Comisión ES 6 ES

16 ES ANEXO I Crédito financiero total para la ayuda del FSE y de la asignación específica para la IEJ e importes de la reserva de rendimiento, por año (en EUR) Fondo Categoría de región Total Asignación Reserva de principal 1 rendimiento Asignación principal Reserva de rendimiento Asignación principal Reserva de rendimiento Asignación principal Reserva de rendimiento Asignación principal Reserva de rendimiento Asignación principal Reserva de rendimiento Asignación principal Reserva de rendimiento Asignación principal Reserva de rendimiento FSE 2 Menos desarrolladas , , , , , , , , , , , , , , , ,00 FSE Transición , , , , , , , , , , , , , , , ,00 FSE Más desarrolladas , , , , , , , , , , , , , , , ,00 Total FSE , , , , , , , , , , , , , , , ,00 IEJ ,00 0, ,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0, ,00 0,00 Total , , , , , , , , , , , , , , , , Asignación total (ayuda de la Unión) menos asignación para la reserva de rendimiento. Asignación total del FSE, incluido su apoyo a la asignación específica para la IEJ. Las columnas relativas a la reserva de rendimiento no incluyen el apoyo del FSE a la asignación específica para la IEJ, que está excluida de la reserva de rendimiento. 1

17 ES ANEXO II Asignación financiera total para la ayuda del FSE y de la IEJ, cofinanciación nacional del programa operativo y cada eje prioritario e importes de la reserva de rendimiento Eje priorita rio Fondo Categoría de región Base de cálculo de la ayuda de la Unión (coste total subvenciona ble o coste público subvenciona ble) Ayuda de la Unión (a) Contrapa rtida nacional (b) = (c) + (d) Desglose indicativo de la contrapartida nacional Financiació n total (e) = (a) + (b) Tasa de cofinanciaci ón (f) = (a) / (e) (2) Contribucio nes del BEI (g) Asignación principal Reserva de rendimiento Importe de la reserva de rendimien to como porcentaj e del total de la ayuda de la Unión Financiación pública nacional: (c ) Financiación privada nacional (d) (1) Ayuda de la Unión (h) = (a) - (j) Contraparti da nacional (i) = (b) (k) Ayuda de la Unión (j) Contrapa rtida nacional 1 (k) = (b) * ((j) / (a) (l) = (j) / (a) * 100 1A FSE Más desarrolladas Total , , ,00 0, ,00 50, % , , , ,00 6,32% 1B FSE Más desarrolladas Total , , ,00 0, ,00 79, % , , , ,00 6,32% 1C FSE Transición Total , , ,00 0, ,00 84, % , , , ,00 6,30% 1D FSE Transición Total , , ,00 0, ,00 80, % , , , ,00 6,30% 1E FSE Menos desarrolladas Total , , ,00 0, ,00 79, % , , , ,00 6,18% 1 La contrapartida nacional se divide proporcionalmente entre la asignación principal y la reserva de rendimiento. 1

18 Eje priorita rio Fondo Categoría de región Base de cálculo de la ayuda de la Unión (coste total subvenciona ble o coste público subvenciona ble) Ayuda de la Unión (a) Contrapa rtida nacional (b) = (c) + (d) Desglose indicativo de la contrapartida nacional Financiació n total (e) = (a) + (b) Tasa de cofinanciaci ón (f) = (a) / (e) (2) Contribucio nes del BEI (g) Asignación principal Reserva de rendimiento Importe de la reserva de rendimien to como porcentaj e del total de la ayuda de la Unión Financiación pública nacional: (c ) Financiación privada nacional (d) (1) Ayuda de la Unión (h) = (a) - (j) Contraparti da nacional (i) = (b) (k) Ayuda de la Unión (j) Contrapa rtida nacional 1 (k) = (b) * ((j) / (a) (l) = (j) / (a) * IEJ 2 Total , , , , ,00 91, % , ,00 8A FSE Más desarrolladas Total , , ,00 0, ,00 50, % 0, , ,00 8B FSE Más desarrolladas Total , , ,00 0, ,00 79, % 0, , ,00 8C FSE Transición Total , , ,00 0, ,00 84, % 0, , ,00 8D FSE Transición Total , , ,00 0, ,00 80, % , ,00 8E FSE Menos desarrolladas Total , , ,00 0, ,00 79, % , ,00 Total FSE Más desarrolladas , , ,00 0, ,00 56, % , , , ,00 6,00% Total FSE Transición , , ,00 0, ,00 80, % , , , ,00 6,00% Total FSE Menos , , ,00 0, ,00 79, % , , , ,00 6,00% 2 Este eje prioritario comprende la asignación específica para la IEJ y la ayuda correspondiente del FSE. 2

19 Eje priorita rio Fondo Categoría de región Base de cálculo de la ayuda de la Unión (coste total subvenciona ble o coste público subvenciona ble) Ayuda de la Unión (a) Contrapa rtida nacional (b) = (c) + (d) Desglose indicativo de la contrapartida nacional Financiació n total (e) = (a) + (b) Tasa de cofinanciaci ón (f) = (a) / (e) (2) Contribucio nes del BEI (g) Asignación principal Reserva de rendimiento Importe de la reserva de rendimien to como porcentaj e del total de la ayuda de la Unión Financiación pública nacional: (c ) Financiación privada nacional (d) (1) Ayuda de la Unión (h) = (a) - (j) Contraparti da nacional (i) = (b) (k) Ayuda de la Unión (j) Contrapa rtida nacional 1 (k) = (b) * ((j) / (a) (l) = (j) / (a) * 100 desarrolladas Total IEJ , , , , ,00 91, % , ,00 0,00 Total general , , , , ,00 84, % , , , ,00 (1) Debe cumplimentarse únicamente cuando los ejes prioritarios se expresen en costes totales. (2) Este porcentaje puede redondearse al número entero más próximo de la tabla. El porcentaje exacto utilizado para el reembolso de los pagos es la proporción (f). 3

20 ES ANEXO III Importe máximo de la financiación de la asignación específica de la IEJ y la ayuda correspondiente del FSE por categoría de región y proporción entre las categorías de regiones del apoyo del FSE, para cada eje prioritario Eje prioritario Fondo 1 Categoría de región Base de cálculo de la ayuda de la Unión (coste total subvencionable o coste público subvencionable) Ayuda de la Unión (a) Contrapartida nacional (b) = (c) + (d) Desglose indicativo de la contrapartida nacional Financiación pública nacional: (c ) Financiación privada nacional (d) (1) Financiación total (e) = (a) + (b) Tasa de cofinanciación (f) = (a)/(e) (2) 5 FSE Menos desarrolladas Total , , , , ,00 85,00% 5 FSE Transición Total , , , , ,00 85,00% 5 FSE Más desarrolladas Total , , , , ,00 85,00% 5 IEJ Total , ,00 100,00% 5 Total , , , , ,00 91,89% Total , , , , ,00 91,89% Ratio % Ratio del FSE para las regiones menos desarrolladas 3,15% Ratio del FSE para las regiones en transición 39,38% Ratio del FSE para las regiones más desarrolladas 57,46% (1) Complétese únicamente cuando los ejes prioritarios se expresen en gastos totales. (2) Este porcentaje podrá redondearse al número entero más próximo del cuadro. El porcentaje exacto utilizado para el reembolso de los pagos es la ratio (f). 1 La IEJ (asignación específica y ayuda correspondiente del FSE) se considera un Fondo y figura en una línea separada, incluso si es parte de un eje prioritario. 1

21

22

23

24

25

26

27

28

29

30

31

32

33 ÍNDICE SECCIÓN 1. ESTRATEGIA DE LA CONTRIBUCIÓN DEL PROGRAMA OPERATIVO A LA ESTRATEGIA DE LA UNIÓN PARA UN CRECIMIENTO INTELIGENTE, SOSTENIBLE E INTEGRADOR Y AL LOGRO DE LA COHESIÓN ECONÓMICA, SOCIAL Y TERRITORIAL ESTRATEGIA DE LA CONTRIBUCIÓN DEL PROGRAMA OPERATIVO A LA ESTRATEGIA DE LA UNIÓN PARA UN CRECIMIENTO INTELIGENTE, SOSTENIBLE E INTEGRADOR Y AL LOGRO DE LA COHESIÓN ECONÓMICA, SOCIAL Y TERRITORIAL Descripción de la estrategia del programa para contribuir al desarrollo de la estrategia de la Unión para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador y al logro de la cohesión económica, social y territorial Justificación de la selección de los objetivos temáticos y las correspondientes prioridades de inversión, basada en la identificación de las necesidades nacionales y regionales citadas anteriormente, incluidas las señaladas en las recomendaciones del Consejo, teniendo en cuenta la evaluación ex ante, y haciendo referencia al Acuerdo de Asociación, las estrategias nacionales o regionales existentes y coherentes con la Estrategia Europa 2020, e incluso el Programa Nacional de Reformas, cuando corresponda (tabla) JUSTIFICACIÓN DE LA ASIGNACIÓN FINANCIERA 27 SECCIÓN 2. EJES PRIORITARIOS 33 2.A. DESCRIPCIÓN DE LOS EJES PRIORITARIOS DISTINTOS DE LA ASISTENCIA TÉCNICA 33 2.A.1.A 1A FOMENTO DEL EMPLEO SOSTENIBLE Y DE CALIDAD Y DE LA MOVILIDAD LABORAL - regiones más desarrolladas-50% 33 2.A.2.A Justificación del establecimiento de un eje prioritario que abarque más de una categoría de región, objetivo temático o Fondo (cuando proceda) 33 2.A.3.A Fondo, categoría de región y base de cálculo de la ayuda de la Unión 34 2.A.4.A Prioridad de inversión 34 2.A.4.A.I. Prioridad de inversión A.4.A.II. Prioridad de inversión A.5.A. Objetivos específicos correspondientes a la prioridad de inversión y resultados esperados 34 2.A.5.A.I. Objetivos específicos correspondientes a la prioridad de inversión y resultados esperados (PI 8.2) 34 2.A.5.A.II. Objetivos específicos correspondientes a la prioridad de inversión y resultados esperados (PI 8.7) 39 2.A.6.A. Acción que se va a financiar en el marco de la prioridad de inversión 43 2.A.6.1.A.I. Descripción del tipo de acciones que se van a financiar, con ejemplos, y su contribución esperada a los objetivos específicos, incluyendo, cuando proceda, la identificación de los principales grupos destinatarios, de los territorios específicos destinatarios y de los tipos de beneficiarios 43 2.A.6.1.A.II. Descripción del tipo de acciones que se van a financiar, con ejemplos, y su contribución esperada a los objetivos específicos, incluyendo, cuando proceda, la identificación de los principales grupos destinatarios, de los territorios específicos destinatarios y de los tipos de beneficiarios 50 2.A.6.2.A. Principios rectores para la selección de operaciones 50 2.A.6.4.A. Uso previsto de grandes proyectos (cuando proceda) 2.A.6.5.A Indicadores de ejecución por prioridad de inversión y, cuando proceda, por categoría de región A.7.A. Innovación social, cooperación transnacional y contribución a los objetivos temáticos 1 a A.8.A. Marco de rendimiento 57 2.A.9.A. Categorías de intervención 58 2.A.10.A. Resumen del uso previsto de la asistencia técnica, incluidas, en su caso, las acciones destinadas a reforzar la capacidad administrativa de las autoridades que participan en la gestión y el control de los programas y beneficiarios (cuando proceda) 59 2.A.1.B. 1B FOMENTO DEL EMPLEO SOSTENIBLE Y DE CALIDAD Y DE LA MOVILIDAD LABORAL regiones más desarrolladas-80% 59 2.A.2.B. Justificación del establecimiento de un eje prioritario que abarque más de una categoría de región, objetivo temático o Fondo (cuando proceda) 60 2.A.3.B. Fondo, categoría de región y base de cálculo de la ayuda de la Unión 60 2.A.4.B. Prioridad de inversión 61 2.A.4.B.I. Prioridad de inversión A.4.B.II. Prioridad de inversión A.5.B. Objetivos específicos correspondientes a la prioridad de inversión y resultados esperados 61 2.A.5.B.I. Objetivos específicos correspondientes a la prioridad de inversión y resultados esperados (PI 8.2) 61 2.A.5.A.II. Objetivos específicos correspondientes a la prioridad de inversión y resultados esperados (PI 8.7) 65 2.A.6.B. Acción que se va a financiar en el marco de la prioridad de inversión 70

34 2.A.6.1.B.I. Descripción del tipo de acciones que se van a financiar, con ejemplos, y su contribución esperada a los objetivos específicos, incluyendo, cuando proceda, la identificación de los principales grupos destinatarios, de los territorios específicos destinatarios y de los tipos de beneficiarios 70 2.A.6.1.A.II. Descripción del tipo de acciones que se van a financiar, con ejemplos, y su contribución esperada a los objetivos específicos, incluyendo, cuando proceda, la identificación de los principales grupos destinatarios, de los territorios específicos destinatarios y de los tipos de beneficiarios 77 2.A.6.2.B. Principios rectores para la selección de operaciones 77 2.A.6.3.B Uso previsto de instrumentos financieros (cuando proceda) 80 2.A.6.4.B Uso previsto de grandes proyectos (cuando proceda) 2.A.6.5.B Indicadores de ejecución por prioridad de inversión y, cuando proceda, por categoría de región A.7.B. Innovación social, cooperación transnacional y contribución a los objetivos temáticos 1 a A.8.B. Marco de rendimiento 84 2.A.9.B. Categorías de intervención 85 2.A.10.A. Resumen del uso previsto de la asistencia técnica, incluidas, en su caso, las acciones destinadas a reforzar la capacidad administrativa de las autoridades que participan en la gestión y el control de los programas y beneficiarios (cuando proceda) 86 2.A.1.C 1 C FOMENTO DEL EMPLEO SOSTENIBLE Y DE CALIDAD Y DE LA MOVILIDAD LABORAL -FSE- regiones en transición-80% 86 2.A.2.C Justificación del establecimiento de un eje prioritario que abarque más de una categoría de región, objetivo temático o Fondo (cuando proceda) 87 2.A.3.C Fondo, categoría de región y base de cálculo de la ayuda de la Unión 87 2.A.4.C Prioridad de inversión 87 2.A.4.C.I. Prioridad de inversión A.4.C.II. Prioridad de inversión A.5.C. Objetivos específicos correspondientes a la prioridad de inversión y resultados esperados 88 2.A.5.C.I. Objetivos específicos correspondientes a la prioridad de inversión y resultados esperados (PI 8.2) 88 2.A.5.A.II. Objetivos específicos correspondientes a la prioridad de inversión y resultados esperados (PI 8.7) 92 2.A.6.C. Acción que se va a financiar en el marco de la prioridad de inversión 98 2.A.6.1.C.I. Descripción del tipo de acciones que se van a financiar, con ejemplos, y su contribución esperada a los objetivos específicos, incluyendo, cuando proceda, la identificación de los principales grupos destinatarios, de los territorios específicos destinatarios y de los tipos de beneficiarios 98 2.A.6.1.A.II. Descripción del tipo de acciones que se van a financiar, con ejemplos, y su contribución esperada a los objetivos específicos, incluyendo, cuando proceda, la identificación de los principales grupos destinatarios, de los territorios específicos destinatarios y de los tipos de beneficiarios A.6.2.C. Principios rectores para la selección de operaciones A.6.4.C Uso previsto de grandes proyectos (cuando proceda) 2.A.6.5.C Indicadores de ejecución por prioridad de inversión y, cuando proceda, por categoría de región A.7.C. Innovación social, cooperación transnacional y contribución a los objetivos temáticos 1 a A.8.C. Marco de rendimiento A.9.C. Categorías de intervención A.10.C. Resumen del uso previsto de la asistencia técnica, incluidas, en su caso, las acciones destinadas a reforzar la capacidad administrativa de las autoridades que participan en la gestión y el control de los programas y beneficiarios (cuando proceda) A.1.D 1 D FOMENTO DEL EMPLEO SOSTENIBLE Y DE CALIDAD Y DE LA MOVILIDAD LABORAL región menos desarrollada-80% A.2.D Justificación del establecimiento de un eje prioritario que abarque más de una categoría de región, objetivo temático o Fondo (cuando proceda) A.3.D Fondo, categoría de región y base de cálculo de la ayuda de la Unión A.4.D. Prioridad de inversión A.4.D.I. Prioridad de inversión A.4.D.II. Prioridad de inversión A.5.D. Objetivos específicos correspondientes a la prioridad de inversión y resultados esperados A.5.A.II. Objetivos específicos correspondientes a la prioridad de inversión y resultados esperados (PI 8.7) A.6.D. Acción que se va a financiar en el marco de la prioridad de inversión A.6.1.D.I. Descripción del tipo de acciones que se van a financiar, con ejemplos, y su contribución esperada a los objetivos específicos, incluyendo, cuando proceda, la identificación de los principales grupos destinatarios, de los territorios específicos destinatarios y de los tipos de beneficiarios A.6.1.A.II. Descripción del tipo de acciones que se van a financiar, con ejemplos, y su contribución esperada a los objetivos específicos, incluyendo, cuando proceda, la identificación de los principales grupos destinatarios, de los territorios específicos destinatarios y de los tipos de beneficiarios A.6.2.D. Principios rectores para la selección de operaciones 127

35 2.A.6.4.D Uso previsto de grandes proyectos (cuando proceda) 2.A.6.5.D Indicadores de ejecución por prioridad de inversión y, cuando proceda, por categoría de región A.7.D. Innovación social, cooperación transnacional y contribución a los objetivos temáticos 1 a A.9.D. Categorías de intervención A.10.D. Resumen del uso previsto de la asistencia técnica, incluidas, en su caso, las acciones destinadas a reforzar la capacidad administrativa de las autoridades que participan en la gestión y el control de los programas y beneficiarios (cuando proceda) A.1.E. 1E FOMENTO DEL EMPLEO SOSTENIBLE Y DE CALIDAD Y DE LA MOVILIDAD LABORAL regiones en transición-85% A.2.E. Justificación del establecimiento de un eje prioritario que abarque más de una categoría de región, objetivo temático o Fondo (cuando proceda) A.3.E. Fondo, categoría de región y base de cálculo de la ayuda de la Unión A.4.E Prioridad de inversión A.4.E.I. Prioridad de inversión A.4.E.II. Prioridad de inversión A.5.E. Objetivos específicos correspondientes a la prioridad de inversión y resultados esperados A.5.E.I. Objetivos específicos correspondientes a la prioridad de inversión y resultados esperados (PI 8.2) A.5.A.II. Objetivos específicos correspondientes a la prioridad de inversión y resultados esperados (PI 8.7) A.6.E. Acción que se va a financiar en el marco de la prioridad de inversión (8.2) A.6.1.E.I. Descripción del tipo de acciones que se van a financiar, con ejemplos, y su contribución esperada a los objetivos específicos, incluyendo, cuando proceda, la identificación de los principales grupos destinatarios, de los territorios específicos destinatarios y de los tipos de beneficiarios A.6.1.A.II. Descripción del tipo de acciones que se van a financiar, con ejemplos, y su contribución esperada a los objetivos específicos, incluyendo, cuando proceda, la identificación de los principales grupos destinatarios, de los territorios específicos destinatarios y de los tipos de beneficiarios A.6.2.E. Principios rectores para la selección de operaciones A.6.3.E Uso previsto de instrumentos financieros (cuando proceda) A.6.4.E Uso previsto de grandes proyectos (cuando proceda) 2.A.6.5.E Indicadores de ejecución por prioridad de inversión y, cuando proceda, por categoría de región A.7.E. Innovación social, cooperación transnacional y contribución a los objetivos temáticos 1 a A.8.E. Marco de rendimiento A.9.E. Categorías de intervención A.10.E. Resumen del uso previsto de la asistencia técnica, incluidas, en su caso, las acciones destinadas a reforzar la capacidad administrativa de las autoridades que participan en la gestión y el control de los programas y beneficiarios (cuando proceda) A.1.F. 5 INTEGRACIÓN SOSTENIBLE EN EL MERCADO DE TRABAJO DE LAS PERSONAS JÓVENES QUE NO SE ENCUENTRAN EMPLEADAS, NI PARTICIPAN EN LOS SISTEMAS DE EDUCACIÓN NI FORMACIÓN, EN PARTICULAR EN EL CONTEXTO DE LA GARANTÍA JUVENIL -IEJ/FSE A.2.F. Justificación del establecimiento de un eje prioritario que abarque más de una categoría de región, objetivo temático o Fondo (cuando proceda) A.3.F. Fondo, categoría de región y base de cálculo de la ayuda de la Unión A.4.F. Prioridad de inversión A.4.F.I. Prioridad de inversión A.5.F. Objetivos específicos correspondientes a la prioridad de inversión y resultados esperados (PI 8.2) A.6.F. Acción que se va a financiar en el marco de la prioridad de inversión A.6.1.F. Descripción del tipo de acciones que se van a financiar, con ejemplos, y su contribución esperada a los objetivos específicos, incluyendo, cuando proceda, la identificación de los principales grupos destinatarios, de los territorios específicos destinatarios y de los tipos de beneficiarios A.6.2.F. Principios rectores para la selección de operaciones A.6.3.F Uso previsto de instrumentos financieros (cuando proceda) A.6.4.F Uso previsto de grandes proyectos (cuando proceda) 2.A.6.5.F Indicadores de ejecución por prioridad de inversión y, cuando proceda, por categoría de región A.7.F. Innovación social, cooperación transnacional y contribución a los objetivos temáticos 1 a A.8.F. Marco de rendimiento A.9.F. Categorías de intervención B. DESCRIPCIÓN DE LOS EJES PRIORITARIOS RELATIVOS A LA ASISTENCIA TÉCNICA B.1.A. 8A ASISTENCIA TÉCNICA -FSE- regiones más desarrolladas-50% B.2.A. Justificación del establecimiento de un eje prioritario que abarque más de una categoría de región, objetivo temático o Fondo (cuando proceda) B.3.A. Fondo, categoría de región y base de cálculo de la ayuda de la Unión B.4.A. Objetivos específicos y resultados esperados 187

36 2.B.5.A. Indicadores de resultados B.6.A. Acciones que van a ser objeto de ayuda y su contribución esperada a los objetivos específicos B.1.B. 8B ASISTENCIA TÉCNICA regiones más desarrolladas-80% B.2.B. Justificación del establecimiento de un eje prioritario que abarque más de una categoría de región, objetivo temático o Fondo (cuando proceda) B.3.B. Fondo, categoría de región y base de cálculo de la ayuda de la Unión B.4.B. Objetivos específicos y resultados esperados B.5.B. Indicadores de resultados B.6.B. Acciones que van a ser objeto de ayuda y su contribución esperada a los objetivos específicos B.1.C. 8C ASISTENCIA TÉCNICA -región en transición-85% B.2.C. Justificación del establecimiento de un eje prioritario que abarque más de una categoría de región, objetivo temático o Fondo (cuando proceda) B.3.C. Fondo, categoría de región y base de cálculo de la ayuda de la Unión B.4.C. Objetivos específicos y resultados esperados B.5.C. Indicadores de resultados B.6.C. Acciones que van a ser objeto de ayuda y su contribución esperada a los objetivos específicos B.1.D. 8D ASISTENCIA TÉCNICA regiones en transición-80% B.2.D. Justificación del establecimiento de un eje prioritario que abarque más de una categoría de región, objetivo temático o Fondo (cuando proceda) B.3.D. Fondo, categoría de región y base de cálculo de la ayuda de la Unión B.4.D. Objetivos específicos y resultados esperados B.5.D. Indicadores de resultados B.6.D. Acciones que van a ser objeto de ayuda y su contribución esperada a los objetivos específicos B.6.2.D Indicadores de ejecución B.7.D. Categorías de intervención B.1.E. 8E ASISTENCIA TÉCNICA -FSE- región menos desarrollada-80% B.2.E. Justificación del establecimiento de un eje prioritario que abarque más de una categoría de región, objetivo temático o Fondo (cuando proceda) B.3.E. Fondo, categoría de región y base de cálculo de la ayuda de la Unión B.4.E. Objetivos específicos y resultados esperados B.5.E. Indicadores de resultados B.6.E. Acciones que van a ser objeto de ayuda y su contribución esperada a los objetivos específicos B.6.2.E. Indicadores de ejecución B.7.E. Categorías de intervención 210 SECCIÓN 3. PLAN DE FINANCIACIÓN CRÉDITO FINANCIERO PROCEDENTE DE CADA UNO DE LOS FONDOS E IMPORTES PARA LA RESERVA DE RENDIMIENTO CRÉDITO FINANCIERO TOTAL POR FONDO Y COFINANCIACIÓN NACIONAL (EN EUR) 220 SECCIÓN 4. ENFOQUE INTEGRADO DEL DESARROLLO TERRITORIAL DESARROLLO LOCAL PARTICIPATIVO (CUANDO PROCEDA) ACCIONES INTEGRADAS PARA EL DESARROLLO URBANO SOSTENIBLE (CUANDO PROCEDA) INVERSIÓN TERRITORIAL INTEGRADA (ITI) (CUANDO PROCEDA) MEDIDAS EN FAVOR DE ACCIONES INTERREGIONALES Y TRANSNACIONALES, EN EL MARCO DEL PROGRAMA OPERATIVO, CON BENEFICIARIOS SITUADOS EN, POR LO MENOS, OTRO ESTADO MIEMBRO (CUANDO PROCEDA) CONTRIBUCIÓN DE LAS ACCIONES PREVISTAS EN EL MARCO DEL PROGRAMA A LAS ESTRATEGIAS MACRORREGIONALES Y DE CUENCAS MARÍTIMAS, SUJETAS A LAS NECESIDADES DE LA ZONA DEL PROGRAMA IDENTIFICADAS POR EL ESTADO MIEMBRO (CUANDO PROCEDA). 223 SECCIÓN 5. NECESIDADES ESPECÍFICAS DE LAS ZONAS GEOGRÁFICAS MÁS AFECTADAS POR LA POBREZA O DE LOS GRUPOS DESTINATARIOS QUE CORREN MAYOR RIESGO DE DISCRIMINACIÓN O EXCLUSIÓN SOCIAL ZONAS GEOGRÁFICAS MÁS AFECTADAS POR LA POBREZA O GRUPOS DESTINATARIOS QUE CORREN MAYOR RIESGO DE DISCRIMINACIÓN O EXCLUSIÓN SOCIAL ESTRATEGIA PARA ABORDAR LAS NECESIDADES ESPECÍFICAS DE LAS ZONAS GEOGRÁFICAS MÁS AFECTADAS POR LA POBREZA O DE LOS GRUPOS DESTINATARIOS QUE CORREN MAYOR RIESGO DE DISCRIMINACIÓN O EXCLUSIÓN SOCIAL Y, EN SU CASO, CONTRIBUCIÓN AL ENFOQUE INTEGRADO RECOGIDO EN EL ACUERDO DE ASOCIACIÓN 228 SECCIÓN 6. NECESIDADES ESPECÍFICAS DE LAS ZONAS GEOGRÁFICAS QUE PADECEN DESVENTAJAS NATURALES O DEMOGRÁFICAS GRAVES Y PERMANENTES 230 SECCIÓN 7. AUTORIDADES Y ORGANISMOS RESPONSABLES DE LA GESTIÓN, EL CONTROL Y LA AUDITORÍA Y PAPEL DE LOS SOCIOS PERTINENTES 231

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 2.2.204 C(204) 989 final DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN de 2.2.204 por la que se aprueban determinados elementos del programa operativo "Empleo Juvenil", para el que se

Más detalles

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 12.12.2014 C(2014) 9891 final DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN de 12.12.2014 por la que se aprueban determinados elementos del programa operativo "Empleo Juvenil", para el

Más detalles

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 6.8.2015 C(2015) 5696 final DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN de 6.8.2015 por la que se aprueban determinados elementos del programa operativo Inclusión Social y Economía

Más detalles

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 24.8.2015 C(2015) 6015 final DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN de 24.8.2015 por la que se aprueban determinados elementos del programa operativo «FSE Ciudad Autónoma de Ceuta

Más detalles

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 27.8.2015 C(2015) 6092 final DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN de 27.8.2015 por la que se aprueban determinados elementos del programa operativo «FSE Comunidad Autónoma del

Más detalles

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 18.7.2016 C(2016) 4416 final DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN de 18.7.2016 que modifica la Decisión de Ejecución C(2014) 9891, por la que se aprueban determinados elementos

Más detalles

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 12.2.2015 C(2015) 895 final DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN de 12.2.2015 por la que se aprueban determinados elementos del programa operativo «Crecimiento Inteligente FEDER

Más detalles

PROGRAMA OPERATIVO EMPLEO JUVENIL

PROGRAMA OPERATIVO EMPLEO JUVENIL PROGRAMA OPERATIVO EMPLEO JUVENIL COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 12.12.2014 C(2014) 9891 final DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN de 12.12.2014 por la que se aprueban determinados elementos del programa

Más detalles

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 12.12.2014 C(2014) 9886 final DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN de 12.12.2014 por la que se aprueban determinados elementos del programa operativo Iniciativa PYME, para el

Más detalles

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 18.12.2014 C(2014) 10206 final DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN de 18.12.2014 por la que se aprueban determinados elementos del programa operativo "La Rioja", para el que

Más detalles

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 19.12.2017 C(2017) 8947 final DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN de 19.12.2017 que modifica la Decisión de Ejecución C(2015) 894, por la que se aprueban determinados elementos

Más detalles

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 13.8.2015 C(2015) 5853 final DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN de 13.8.2015 por la que se aprueban determinados elementos del programa operativo "Canarias", para el que se

Más detalles

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 19.12.2017 C(2017) 8956 final DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN de 19.12.2017 que modifica la Decisión de Ejecución C(2015) 5853, por la que se aprueban determinados elementos

Más detalles

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 11.6.2015 C(2015) 4053 final DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN de 11.6.2015 por la que se aprueban determinados elementos del programa de cooperación «Interreg Europe» para

Más detalles

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 9.2.207 C(207) 8950 final DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN de 9.2.207 que modifica la Decisión de Ejecución C(205) 895, por la que se aprueban determinados elementos del

Más detalles

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 16.1.2018 C(2018) 282 final DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN de 16.1.2018 que modifica la Decisión de Ejecución C(2015) 893 por la que se aprueban determinados elementos

Más detalles

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 3.6.2015 C(2015) 3850 final DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN de 3.6.2015 por la que se aprueban determinados elementos del programa de cooperación «Interreg V A España-Portugal

Más detalles

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 17.12.2014 C(2014) 10111 final DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN de 17.12.2014 por la que se aprueba el Programa Operativo sobre [ayuda alimentaria y/o asistencia material

Más detalles

(Actos no legislativos) REGLAMENTOS

(Actos no legislativos) REGLAMENTOS 22.3.2014 Diario Oficial de la Unión Europea L 87/1 II (Actos no legislativos) REGLAMENTOS REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) N o 288/2014 DE LA COMISIÓN de 25 de febrero de 2014 que establece normas con arreglo

Más detalles

DECISIÓN DE LA COMISIÓN. de

DECISIÓN DE LA COMISIÓN. de ES ES ES COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 25.2.2011 C(2011) 1087 final DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 25.2.2011 que modifica la Decisión C(2007) 6615, de 13 de diciembre de 2007, por la que se aprueba el programa

Más detalles

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 26.5.2015 C(2015) 3531 final DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN de 26.5.2015 por la que se aprueba el programa de desarrollo rural de la Comunidad Autónoma de Aragón a efectos

Más detalles

ORIENTACIONES PARA LA INTEGRACIÓN

ORIENTACIONES PARA LA INTEGRACIÓN ORIENTACIONES PARA LA INTEGRACIÓN DEL PRINCIPIO HORIZONTAL DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y HOMBRES EN LOS PROGRAMAS OPERATIVOS DE LOS FONDOS ESTRUCTURALES DEL PERIODO 2014-2020 30 DE OCTUBRE

Más detalles

DECISIÓN DE LA COMISIÓN. de

DECISIÓN DE LA COMISIÓN. de COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 31.10.2012 C(2012) 7821 final DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 31.10.2012 que modifica la Decisión C(2007) 5927 por la que se adopta el programa operativo de intervención comunitaria

Más detalles

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 27.3.2012 C(2012) 2065 final DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN de 27.3.2012 por la que se aprueba la revisión del programa de desarrollo rural de la Región de Murcia para

Más detalles

[Programación FSE : Programa Operativo Empleo Juvenil ] 11 de julio 2014

[Programación FSE : Programa Operativo Empleo Juvenil ] 11 de julio 2014 [Programación FSE 2014-2020: Programa Operativo Empleo Juvenil ] 11 de julio 2014 1 [ Asignación económica del FSE en España ] España contará con una dotación superior del FSE en el periodo 2014-2020:

Más detalles

PROGRAMA OPERATIVO EMPLEO JUVENIL

PROGRAMA OPERATIVO EMPLEO JUVENIL PROGRAMA OPERATIVO EMPLEO JUVENIL ÍNDICE SECCIÓN 1. ESTRATEGIA DE LA CONTRIBUCIÓN DEL PROGRAMA OPERATIVO A LA ESTRATEGIA DE LA UNIÓN PARA UN CRECIMIENTO INTELIGENTE, SOSTENIBLE E INTEGRADOR Y AL LOGRO

Más detalles

COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS DECISIÓN DE LA COMISIÓN. de 7-XII-2007

COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS DECISIÓN DE LA COMISIÓN. de 7-XII-2007 COMISIÓN DE LAS COMUNIDAD EUROPEAS Bruselas, 7-XII-2007 C(2007)6315 NO DTINADO A PUBLICACIÓN DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 7-XII-2007 por la que se adopta, en el marco del objetivo de convergencia, el programa

Más detalles

Diario Oficial de la Unión Europea

Diario Oficial de la Unión Europea L 54/6 REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2018/277 DE LA COMISIÓN de 23 de febrero de 2018 por el que se modifica el Reglamento (UE) 2015/207 en lo que se refiere a cambios en los modelos para los informes de

Más detalles

EL FSE EN ANDALUCÍA SEPTIEMBRE DE 2015

EL FSE EN ANDALUCÍA SEPTIEMBRE DE 2015 EL FSE EN ANDALUCÍA SEPTIEMBRE DE 2015 1 ÍNDICE Introducción: El FSE Aspectos destacables del marco 2014-2020 El PO FSE Andalucía 2014-2020 2 Qué se entiende por Fondos EIE? Con dicha denominación se reconocen

Más detalles

PROGRAMA OPERATIVO EMPLEO JUVENIL

PROGRAMA OPERATIVO EMPLEO JUVENIL PROGRAMA OPERATIVO EMPLEO JUVENIL VERSION 2.1 ÍNDICE SECCIÓN 1. ESTRATEGIA DE LA CONTRIBUCIÓN DEL PROGRAMA OPERATIVO A LA ESTRATEGIA DE LA UNIÓN PARA UN CRECIMIENTO INTELIGENTE, SOSTENIBLE E INTEGRADOR

Más detalles

(Actos no legislativos) REGLAMENTOS

(Actos no legislativos) REGLAMENTOS 22.9.2010 Diario Oficial de la Unión Europea L 248/1 II (Actos no legislativos) REGLAMENTOS REGLAMENTO (UE) N o 832/2010 DE LA COMISIÓN de 17 de septiembre de 2010 que modifica el Reglamento (CE) n o 1828/2006,

Más detalles

DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2016/1941 DE LA COMISIÓN

DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2016/1941 DE LA COMISIÓN 5.11.2016 ES L 299/61 DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2016/1941 DE LA COMISIÓN de 3 de noviembre de 2016 que modifica la Decisión de Ejecución 2014/190/UE por la que se establecen el desglose anual por Estado

Más detalles

Diario Oficial de la Unión Europea. (Actos no legislativos) REGLAMENTOS

Diario Oficial de la Unión Europea. (Actos no legislativos) REGLAMENTOS 13.2.2015 L 38/1 II (Actos no legislativos) REGLAMENTOS REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2015/207 DE LA COMISIÓN de 20 de enero de 2015 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE)

Más detalles

Informes de ejecución anuales y final en relación con el objetivo de inversión en crecimiento y empleo PARTE A

Informes de ejecución anuales y final en relación con el objetivo de inversión en crecimiento y empleo PARTE A Informes de ejecución anuales y final en relación con el objetivo de inversión en crecimiento y empleo PARTE A IDENTIFICACIÓN DEL INFORME SOBRE LA APLICACIÓN ANUAL/FINAL CCI 2014ES05SFOP010 Denominación

Más detalles

Artículo 1. Modelos de informes de ejecución

Artículo 1. Modelos de informes de ejecución L 219/4 25.7.2014 REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) N o 799/2014 DE LA COMISIÓN de 24 de julio de 2014 por el que se establecen modelos de los informes de ejecución anual y final con arreglo a lo dispuesto

Más detalles

PROGRAMA OPERATIVO EMPLEO JUVENIL

PROGRAMA OPERATIVO EMPLEO JUVENIL PROGRAMA OPERATIVO EMPLEO JUVENIL ÍNDICE SECCIÓN 1. ESTRATEGIA DE LA CONTRIBUCIÓN DEL PROGRAMA OPERATIVO A LA ESTRATEGIA DE LA UNIÓN PARA UN CRECIMIENTO INTELIGENTE, SOSTENIBLE E INTEGRADOR Y AL LOGRO

Más detalles

PROYECTOS POCTEP - PERSONAL DE GESTIÓN DE PROYECTOS EUROPEOS-

PROYECTOS POCTEP - PERSONAL DE GESTIÓN DE PROYECTOS EUROPEOS- PROYECTOS POCTEP - PERSONAL DE GESTIÓN DE PROYECTOS EUROPEOS- PRUEBA DE CONOCIMIENTOS, TEÓRICA TIPO TEST 1. Según el Reglamento (UE) Nº 1301/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo a) el artículo 106

Más detalles

PROGRAMA OPERATIVO EMPLEO JUVENIL

PROGRAMA OPERATIVO EMPLEO JUVENIL PROGRAMA OPERATIVO EMPLEO JUVENIL ÍNDICE SECCIÓN 1. ESTRATEGIA DE LA CONTRIBUCIÓN DEL PROGRAMA OPERATIVO A LA ESTRATEGIA DE LA UNIÓN PARA UN CRECIMIENTO INTELIGENTE, SOSTENIBLE E INTEGRADOR Y AL LOGRO

Más detalles

(Actos legislativos) REGLAMENTOS

(Actos legislativos) REGLAMENTOS 15.12.2017 L 335/1 I (Actos legislativos) REGLAMENTOS REGLAMENTO (UE) 2017/2305 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 12 de diciembre de 2017 por el que se modifica el Reglamento (UE) n. o 1303/2013

Más detalles

Diario Oficial de la Unión Europea L 145/17

Diario Oficial de la Unión Europea L 145/17 10.6.2009 Diario Oficial de la Unión Europea L 145/17 REGLAMENTO (CE) N o 482/2009 DE LA COMISIÓN de 8 de junio de 2009 que modifica el Reglamento (CE) n o 1974/2006, por el que se establecen disposiciones

Más detalles

TEMA 02. MÓDULO 2. LOS FONDOS ESTRUCTURALES Y DE INVERSIÓN EUROPEOS. (FONDOS EIE).

TEMA 02. MÓDULO 2. LOS FONDOS ESTRUCTURALES Y DE INVERSIÓN EUROPEOS. (FONDOS EIE). 1/8 01 Introducción Global Manual de Procedimientos de Control y Verificación para la Gestión y el Control de las actuaciones cofinanciadas por los Fondos Europeos en relación al Marco Comunitario 2014-20.

Más detalles

COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS DECISIÓN DE LA COMISIÓN. de 20/XII/2007

COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS DECISIÓN DE LA COMISIÓN. de 20/XII/2007 COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS Bruselas, 20/XII/2007 C(2007) 6578 final DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 20/XII/2007 por la que se adopta el programa operativo «MED 2007-2013» de intervención estructural

Más detalles

REGLAMENTO DELEGADO (UE) /... DE LA COMISIÓN. de

REGLAMENTO DELEGADO (UE) /... DE LA COMISIÓN. de COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 9.7.2015 C(2015) 4625 final REGLAMENTO DELEGADO (UE) /... DE LA COMISIÓN de 9.7.2015 que complementa el Reglamento (UE) nº 1304/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo

Más detalles

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2017/1242 DE LA COMISIÓN

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2017/1242 DE LA COMISIÓN L 178/4 REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2017/1242 DE LA COMISIÓN de 10 de julio de 2017 que modifica el Reglamento de Ejecución (UE) n. o 809/2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del

Más detalles

EL USO DE INDICADORES DE GÉNERO EN EL PERIODO DE PROGRAMACIÓN (II)

EL USO DE INDICADORES DE GÉNERO EN EL PERIODO DE PROGRAMACIÓN (II) CAPACITACIÓN SOBRE INDICADORES DE GÉNERO RED DE POLÍTICAS DE IGUALDAD EN LOS FONDOS ESTRUCTURALES Y EL FONDO DE COHESIÓN 2007-2013 EL USO DE INDICADORES DE GÉNERO EN EL PERIODO DE PROGRAMACIÓN 2014-2020

Más detalles

AYUDAS COFINANCIADAS POR EL FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL

AYUDAS COFINANCIADAS POR EL FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL SUBDIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN Y FOMENTO DE LA INVESTIGACIÓN AYUDAS COFINANCIADAS POR EL FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL El Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) tiene como objetivo fortalecer

Más detalles

Red de Políticas de Igualdad entre Mujeres y Hombres. ACUERDO DE ASOCIACIÓN N DE 2020

Red de Políticas de Igualdad entre Mujeres y Hombres. ACUERDO DE ASOCIACIÓN N DE 2020 Red de Políticas de Igualdad entre Mujeres y Hombres. ACUERDO DE ASOCIACIÓN N DE ESPAÑA A 2014-2020 2020 Murcia abril de 2014 1 QUÉ ES EL ACUERDO DE ASOCIACIÓN? 2 ACUERDO DE ASOCIACIÓN QUE ES? (I) Es un

Más detalles

RESOLUCIÓN DEL DIRECTOR GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO POR EL QUE SE SELECCIONA LA OPERACIÓN DENOMINADA CICLO FORMA- TIVO GRADO SUPERIOR

RESOLUCIÓN DEL DIRECTOR GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO POR EL QUE SE SELECCIONA LA OPERACIÓN DENOMINADA CICLO FORMA- TIVO GRADO SUPERIOR RESOLUCIÓN DEL DIRECTOR GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO POR EL QUE SE SELECCIONA LA OPERACIÓN DENOMINADA CICLO FORMA- TIVO GRADO SUPERIOR. CURSO 2016-2017, EN EL ÁMBITO DEL PROGRAMA OPERATIVO DE

Más detalles

I. Objeto de la Convocatoria

I. Objeto de la Convocatoria CONVOCATORIA DE MANIFESTACIONES DE INTERÉS DIRIGIDA A LAS CÁMARAS DE COMERCIO PARA LA DOTACIÓN DE FONDOS ADICIONALES ASOCIADOS AL PLAN DE CAPACITACIÓN, EN EL MARCO DEL PROGRAMA INTEGRAL DE CUALIFICACIÓN

Más detalles

(Actos no legislativos) REGLAMENTOS

(Actos no legislativos) REGLAMENTOS 10.11.2015 L 293/1 II (Actos no legislativos) REGLAMENTOS REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2015/1970 DE LA COMISIÓN de 8 de julio de 2015 por el que se completa el Reglamento (UE) n o 1303/2013 del Parlamento

Más detalles

europea Marc LOBET Dirección general de la política regional Braga, 19 de Septiembre de 2012

europea Marc LOBET Dirección general de la política regional Braga, 19 de Septiembre de 2012 Cooperación territorial europea 2014-2020 Marc LOBET Dirección general de la política regional Braga, 19 de Septiembre de 2012 1 Base legal REGLAMENTO GENERAL 1 a parte: Disposiciones comunes para todos

Más detalles

REGLAMENTOS. Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

REGLAMENTOS. Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, 19.11.2014 L 332/5 REGLAMENTOS REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) N o 1232/2014 DE LA COMISIÓN de 18 de noviembre de 2014 por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) n o 215/2014 de la Comisión, con

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO 23716 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO DECRETO 84/2018, de 12 de junio, por el que se modifica el Decreto 90/2016, de 28 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para

Más detalles

(Actos cuya publicación es una condición para su aplicabilidad) de 15 de septiembre de 2004

(Actos cuya publicación es una condición para su aplicabilidad) de 15 de septiembre de 2004 5.10.2004 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 308/1 I (Actos cuya publicación es una condición para su aplicabilidad) REGLAMENTO (CE) N O 1682/2004 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 15 de septiembre

Más detalles

COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. Propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. Propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO ES ES ES COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS Bruselas, 3.12.2008 COM(2008) 838 final 2008/0245 (COD) Propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO que modifica el Reglamento (CE) nº 1080/2006,

Más detalles

RED DE AUTORIDADES AMBIENTALES. [ Programación y aspectos ambientales del Fondo Social Europeo]

RED DE AUTORIDADES AMBIENTALES. [ Programación y aspectos ambientales del Fondo Social Europeo] RED DE AUTORIDADES AMBIENTALES [ Programación 2014-2020 y aspectos ambientales del Fondo Social Europeo] 28 de marzo de 2014 Rosaura del Val Izquierdo Autoridad de Gestión Unidad Administradora del Fondo

Más detalles

La dimensión urbana de la futura política de la futura política de cohesión y los instrumentos territoriales

La dimensión urbana de la futura política de la futura política de cohesión y los instrumentos territoriales La dimensión urbana de la futura política de la futura política de cohesión y los instrumentos territoriales Andrea Mairate Comisión Europea Dirección General de Política y Urbana Junio 2013 Aspectos territoriales

Más detalles

Diario Oficial de la Unión Europea L 144/3

Diario Oficial de la Unión Europea L 144/3 9.6.2009 Diario Oficial de la Unión Europea L 144/3 REGLAMENTO (CE) N o 473/2009 DEL CONSEJO de 25 de mayo de 2009 que modifica el Reglamento (CE) n o 1698/2005 relativo a la ayuda al desarrollo rural

Más detalles

(4) Procede, por tanto, modificar el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1150 en consecuencia.

(4) Procede, por tanto, modificar el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1150 en consecuencia. 15.2.2017 ES L 38/37 REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2017/256 DE LA COMISIÓN de 14 de febrero de 2017 que modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1150 por el que se establecen disposiciones de aplicación

Más detalles

Anexo 5 del PO FEDER Galicia Dictamen de igualdad

Anexo 5 del PO FEDER Galicia Dictamen de igualdad Anexo 5 del PO FEDER Galicia 2014-2020. Dictamen de igualdad DICTAMEN DE LA SECRETARÍA ERAL DA IGUALDADE DE LA UNTA DE GALICIA SOBRE EL PROGRAMA OPERATIVO FEDER DE GALICIA PARA EL PERÍODO 2014-2020 1.

Más detalles

PROGRAMACIÓN FONDOS EUROPEOS Reunión Centros Gestores. 14 de mayo de 2013

PROGRAMACIÓN FONDOS EUROPEOS Reunión Centros Gestores. 14 de mayo de 2013 PROGRAMACIÓN FONDOS EUROPEOS 2014-2020 Reunión Centros Gestores 14 de mayo de 2013 La presentación se estructura en dos bloques: Condicionantes establecidos en el periodo 2014-2020 para poder acceder a

Más detalles

COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES

COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES COMISIÓN EUROPEA Estrasburgo, 12.3.2013 COM(2013) 144 final COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES Iniciativa sobre

Más detalles

Monográfico: Programas Europeos. Fascículo 2

Monográfico: Programas Europeos. Fascículo 2 Monográfico: Programas Europeos Fascículo 2 La concesión de subvenciones para la realización de proyectos de carácter europeo es uno de los aspectos más conocidos de las políticas de la Unión Europea.

Más detalles

Calendario previsto. Nov Ene Dic Oct Jun Mar Acuerdo Marco. Financiero. Plurianual y paquete legislativo

Calendario previsto. Nov Ene Dic Oct Jun Mar Acuerdo Marco. Financiero. Plurianual y paquete legislativo Calendario previsto 5º Informe sobre la cohesión Propuestas 2014-2020 Consulta pública sobre el Marco Entrada en vigor y adopción de programas Mar 2010 Nov. 2010 Jun 2011 Oct. 2011 Dic. 2011 Ene. 2012

Más detalles

Compilación Normativa Política Desarrollo Rural

Compilación Normativa Política Desarrollo Rural Compilación Normativa Política Desarrollo Rural 2014 2020 Subdirección General de Programación y Coordinación DGDRPF 15 de enero de 2015 1 Mayo 2014 INDICE LEGISLACIÓN COMUNITARIA... 3 MARCO ESTRATÉGICO

Más detalles

Informes de ejecución anuales y final en relación con el objetivo de inversión en crecimiento y empleo PARTE A

Informes de ejecución anuales y final en relación con el objetivo de inversión en crecimiento y empleo PARTE A Informes de ejecución anuales y final en relación con el objetivo de inversión en crecimiento y empleo PARTE A IDENTIFICACIÓN DEL INFORME SOBRE LA APLICACIÓN ANUAL/FINAL CCI Denominación Versión 2016.2

Más detalles

Informes de ejecución anuales y final en relación con el objetivo de inversión en crecimiento y empleo PARTE A

Informes de ejecución anuales y final en relación con el objetivo de inversión en crecimiento y empleo PARTE A Informes de ejecución anuales y final en relación con el objetivo de inversión en crecimiento y empleo PARTE A IDENTIFICACIÓN DEL INFORME SOBRE LA APLICACIÓN ANUAL/FINAL CCI 2014ES05SFOP001 Denominación

Más detalles

11813/17 bmp/mmp/bgr 1 DG G 2A

11813/17 bmp/mmp/bgr 1 DG G 2A Consejo de la Unión Europea Bruselas, 4 de septiembre de 2017 (OR. en) 11813/17 BUDGET 27 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Asunto: Proyecto de presupuesto rectificativo n.º 4 del presupuesto general de 2017 que acompaña

Más detalles

ANTECEDENTES. D. Se ha recibido informe del Gobierno que concluye que respeta el principio de subsidiariedad.

ANTECEDENTES. D. Se ha recibido informe del Gobierno que concluye que respeta el principio de subsidiariedad. INFORME 12/2013 DE LA COMISIÓN MIXTA PARA LA UNIÓN EUROPEA, DE 7 DE MAYO DE 2013, SOBRE LA APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE SUBSIDIARIEDAD POR LA PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DE LA PROPUESTA DE LA COMISIÓN COM

Más detalles

L 347/320 Diario Oficial de la Unión Europea

L 347/320 Diario Oficial de la Unión Europea L 347/320 Diario Oficial de la Unión Europea 20.12.2013 REGLAMENTO (UE) N o 1303/2013 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 17 de diciembre de 2013 por el que se establecen disposiciones comunes relativas

Más detalles

CORRECCIÓN DE ERRORES

CORRECCIÓN DE ERRORES L 88/22 Diario Oficial de la Unión Europea 31.3.2017 CORRECCIÓN DE ERRORES Corrección de errores del Reglamento (UE) n. o 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativo

Más detalles

SFC2014 ACUSE DE RECIBO

SFC2014 ACUSE DE RECIBO SFC2014 ACUSE DE RECIBO Este documento es el acuse de recibo por la Comisión Europea, el 20 de julio de 2017, de la versión 2016.1 del informe de ejecución España, enviado a través del sistema SFC2014

Más detalles

Política de cohesión de la UE

Política de cohesión de la UE UE 2014 2020 Propuestas de la Comisión Europea Unión Europea Estructura de la presentación 1. Cuál es el impacto de la política de cohesión de la UE? 2. Por qué propone la Comisión cambios para 2014-2020?

Más detalles

PROGRAMA OPERATIVO EN EL MARCO DEL OBJETIVO DE INVERSIÓN EN CRECIMIENTO Y EMPLEO

PROGRAMA OPERATIVO EN EL MARCO DEL OBJETIVO DE INVERSIÓN EN CRECIMIENTO Y EMPLEO PROGRAMA OPERATIVO EN EL MARCO DEL OBJETIVO DE INVERSIÓN EN CRECIMIENTO Y EMPLEO CCI 2014ES16RFSM001 Título Iniciativa PYMEs FEDER 2014-20 PO Versión 1.2 Primer año 2014 Último año 2020 Subvencionable

Más detalles

1) Reglamento (UE) n o 1301/2013 («Reglamento del FEDER»); 2) Reglamento (UE) n o 1304/2013(«Reglamento del FSE»);

1) Reglamento (UE) n o 1301/2013 («Reglamento del FEDER»); 2) Reglamento (UE) n o 1304/2013(«Reglamento del FSE»); REGLAMENTO (UE) N o 1303/2013 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 17 de diciembre de 2013 por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo

Más detalles

REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2015/1971 DE LA COMISIÓN

REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2015/1971 DE LA COMISIÓN L 293/6 REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2015/1971 DE LA COMISIÓN de 8 de julio de 2015 por el que se completa el Reglamento (UE) n o 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo con disposiciones específicas

Más detalles

Fondos de Gestión Compartida: Fondos Estructurales y de Inversión Europeos Programas Operativos Regionales. Murcia, 25 de septiembre de 2015

Fondos de Gestión Compartida: Fondos Estructurales y de Inversión Europeos Programas Operativos Regionales. Murcia, 25 de septiembre de 2015 Fondos de Gestión Compartida: Fondos Estructurales y de Inversión Europeos Programas Operativos Regionales Murcia, 25 de septiembre de 2015 Qué son los Fondos de Gestión Compartida? Requieren de la aprobación

Más detalles

PROYECTO DE PRESUPUESTO RECTIFICATIVO N.º 3 DEL PRESUPUESTO GENERAL DE 2017

PROYECTO DE PRESUPUESTO RECTIFICATIVO N.º 3 DEL PRESUPUESTO GENERAL DE 2017 COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 30.5.2017 COM(2017) 288 final PROYECTO DE PRESUPUESTO RECTIFICATIVO N.º 3 DEL PRESUPUESTO GENERAL DE 2017 por el que se aumentan los recursos presupuestarios de la Iniciativa

Más detalles

Diario Oficial de la Unión Europea L 111/5

Diario Oficial de la Unión Europea L 111/5 5.5.2009 Diario Oficial de la Unión Europea L 111/5 REGLAMENTO (CE) N o 363/2009 DE LA COMISIÓN de 4 de mayo de 2009 que modifica el Reglamento (CE) n o 1974/2006 por el que se establecen disposiciones

Más detalles

(Actos no legislativos) REGLAMENTOS

(Actos no legislativos) REGLAMENTOS 24.9.2014 L 280/1 II (Actos no legislativos) REGLAMENTOS REGLAMENTO DELEGADO (UE) N o 994/2014 DE LA COMISIÓN de 13 de mayo de 2014 que modifica los anexos VIII y VIII quater del Reglamento (CE) n o 73/2009

Más detalles

EL FONDO SOCIAL EUROPEO

EL FONDO SOCIAL EUROPEO EL FONDO SOCIAL EUROPEO El Fondo Social Europeo (FSE) fue establecido en virtud del Tratado de Roma con el fin de mejorar las posibilidades de movilidad y empleo de los trabajadores en el mercado común.

Más detalles

INSTRUCCIONES PARA LA GESTIÓN POR LAS ENTIDADES LOCALES DEL PLAN DE EMPLEO PARA PERSONAS QUE HAN AGOTADO SU PROTECCIÓN POR DESEMPLEO

INSTRUCCIONES PARA LA GESTIÓN POR LAS ENTIDADES LOCALES DEL PLAN DE EMPLEO PARA PERSONAS QUE HAN AGOTADO SU PROTECCIÓN POR DESEMPLEO INSTRUCCIONES PARA LA GESTIÓN POR LAS ENTIDADES LOCALES DEL PLAN DE EMPLEO PARA PERSONAS QUE HAN AGOTADO SU PROTECCIÓN POR DESEMPLEO Normativa reguladora: Orden de 27/10/2015, de la (DOCM nº 213, de 30/10)

Más detalles

MODELO DE ACUERDO DE COOPERACIÓN PARA El PROYECTO INTERTERRITORIAL/TRANSNACIONAL "denominación del proyecto

MODELO DE ACUERDO DE COOPERACIÓN PARA El PROYECTO INTERTERRITORIAL/TRANSNACIONAL denominación del proyecto MODELO DE ACUERDO DE COOPERACIÓN PARA El PROYECTO INTERTERRITORIAL/TRANSNACIONAL "denominación del proyecto CONSIDERANDO que el Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17

Más detalles

REGLAMENTO (UE) /... DE LA COMISIÓN. de XXX

REGLAMENTO (UE) /... DE LA COMISIÓN. de XXX COMISIÓN EUROPEA Bruselas, XXX [ ](2018) XXX draft REGLAMENTO (UE) /... DE LA COMISIÓN de XXX por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 1408/2013 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108

Más detalles

PROGRAMAS OPERATIVOS DE LOS FONDOS EUROPEOS FEDER, FSE Y FEMP CORRESPONDIENTES AL PERIODO DE PROGRAMACIÓN (EXPTE. C.C.C.

PROGRAMAS OPERATIVOS DE LOS FONDOS EUROPEOS FEDER, FSE Y FEMP CORRESPONDIENTES AL PERIODO DE PROGRAMACIÓN (EXPTE. C.C.C. PLIEGO DE BASES TÉCNICAS REGULADOR DEL ACUERDO MARCO QUE TIENE POR OBJETO LA SELECCIÓN DE AUDITORES QUE COLABOREN CON LA OFICINA DE CONTROL ECONÓMICO DEL GOBIERNO VASCO EN LA REALIZACIÓN, ENTRE EL 1-1-2017

Más detalles

COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. Propuesta de REGLAMENTO (CE) DEL CONSEJO

COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. Propuesta de REGLAMENTO (CE) DEL CONSEJO ES ES ES COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS Bruselas, 15.9.2008 COM(2008)558 final Propuesta de REGLAMENTO (CE) DEL CONSEJO por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 1083/2006, relativo al Fondo Europeo

Más detalles

REGLAMENTO DELEGADO (UE) Nº /.. DE LA COMISIÓN. de

REGLAMENTO DELEGADO (UE) Nº /.. DE LA COMISIÓN. de COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 7.1.2014 C(2013) 9651 final REGLAMENTO DELEGADO (UE) Nº /.. DE LA COMISIÓN de 7.1.2014 relativo al Código de Conducta Europeo sobre las asociaciones en el marco de los Fondos

Más detalles

Semana contratación pública de infraestructuras

Semana contratación pública de infraestructuras Semana contratación pública de infraestructuras María Perez Moro Sofía 3 Febrero 2015 Índice Introducción P. O. Regiones en Crecimiento P. O. Transporte e Infraestructuras del Transporte P. O. Medio Ambiente

Más detalles

INFORME DE EJECUCIÓN ANUAL (ANUALIDAD ) PROGRAMA OPERATIVO DE CANARIAS Nº DE PROGRAMA: CCI2014ES05SFOP014

INFORME DE EJECUCIÓN ANUAL (ANUALIDAD ) PROGRAMA OPERATIVO DE CANARIAS Nº DE PROGRAMA: CCI2014ES05SFOP014 D.G. DEL TRABAJO AUTÓNOMO, DE LA ECONOMÍA SOCIAL Y DE LA RESPONSABILIDAD SOCIAL DE LAS EMPRESAS UNIDAD ADMINISTRADORA DEL FONDO SOCIAL EUROPEO INFORME DE EJECUCIÓN ANUAL (ANUALIDAD 2014-2015) PROGRAMA

Más detalles

Programación

Programación EL FONDO SOCIAL EUROPEO: Programación 2014-2020 Carlos Tortuero Martín Unidad Administradora del Fondo Social Europeo ctortuerom@meyss.es 1 PROPUESTA DE LA CE PARA EL MARCO FINANCIERO 2014-2020 REGLAMENTO

Más detalles

I. Antecedentes. II. Objeto de la Convocatoria

I. Antecedentes. II. Objeto de la Convocatoria CONVOCATORIA DE MANIFESTACIONES DE INTERÉS DIRIGIDA A LAS CÁMARAS DE COMERCIO Y CONSEJOS REGIONALES PARA PARTICIPAR EN LAS FERIAS DE MOVILIDAD 2018, COFINANCIADAS POR FONDO SOCIAL EUROPEO Y LA INICIATIVA

Más detalles

1/5 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya

1/5 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya 1/5 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya DISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE TRABAJO, ASUNTOS SOCIALES Y FAMILIAS SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CATALUÑA RESOLUCIÓN TSF/1911/2016, de 1 de agosto, por

Más detalles

Política de. cohesión de la UE Propuestas de la Comisión Europea. Política de. cohesión

Política de. cohesión de la UE Propuestas de la Comisión Europea. Política de. cohesión Política de cohesión de la UE 2014 2020 Propuestas de la Comisión Europea Política de cohesión Estructura de la presentación 1. Cuál es el impacto de la política de cohesión de la UE? 2. Por qué propone

Más detalles

CARACTERISTICAS DE LA PROGRAMACION

CARACTERISTICAS DE LA PROGRAMACION CARACTERISTICAS DE LA PROGRAMACION Programación 2014 2020 Como se ha destacado anteriormente la Programación de los Fondos 2014 2020 integra la estrategia política de la Unión Europea; por otro lado, las

Más detalles

10 de años de cooperación en el Sudoeste Europeo. Los retos de la cooperación en el SUDOE Bruselas 30 de noviembre 2010

10 de años de cooperación en el Sudoeste Europeo. Los retos de la cooperación en el SUDOE Bruselas 30 de noviembre 2010 10 de años de cooperación en el Sudoeste Europeo Los retos de la cooperación en el SUDOE Bruselas 30 de noviembre 2010 Por qué y para qué cooperamos? La Iniciativa Comunitaria INTERREG Era uno de los instrumentos

Más detalles