INSTRUCCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL,
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- Vanesa Hernández San Segundo
- hace 8 años
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1 INSTRUCCIONES DE LA ORDENACIÓN Y PROMOCIÓN EDUCATIVA SOBRE LA ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO LAS ENSEÑANZAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL EN LA MODALIDAD DE ENSEÑANZA A DISTANCIA, CORRESPONDIENTES AL CICLO FORMATIVO DE GRADO SUPERIOR DE EDUCACIÓN INFANTIL, PARA EL CURSO EN EL IES SANTA CLARA DE SANTANDER La Ley Orgánica 2/2006, 3 mayo, Educación, en su preámbulo, concibe la formación como un proceso permanente, que se sarrolla durante toda la vida. En su Artículo 69.1 establece que las Administraciones educativas promoverán medidas tenntes a ofrecer a todas las personas la oportunidad accer a las enseñanzas bachillerato o formación profesional. En su artículo 67.2 establece que la organización y la metodología las enseñanzas para las personas adultas se basarán en el autoaprendizaje y tendrán en cuenta sus experiencias, necesidas e intereses, pudiendo sarrollarse a través la enseñanza presencial y también mediante la educación a distancia. La Ley Orgánica 5/ junio, las Cualificaciones y la Formación Profesional termina en su Título II, artículo 9, que la Formación Profesional compren el conjunto acciones formativas que capacitan para el sempeño cualificado las diversas profesiones, el acceso al empleo y la participación activa en la vida social, cultural y económica. El Real Decreto 1180/1992, 2 Octubre por el que se crea el Centro para la Innovación y Desarrollo la Educación a Distancia ( BOE l 20 ), dispone, en su artículo 2, que este Centro podrá sarrollar una oferta educativa a distancia que posibilite el acceso todos los ciudadanos a todos los niveles y grados obligatorios y no obligatorios. 1
2 Para el sarrollo estas enseñanzas, y con el fin unificar los criterios actuación en los distintos centros educativos don se impartan, es necesario precisar algunas cuestiones que afectan a su organización y funcionamiento. Por todo ello, esta Dirección General ha resuelto dictar las siguientes Instrucciones: Primera. Descripción la oferta Las enseñanzas a las que se refieren las presentes Instrucciones son las l Ciclo Formativo grado superior Educación Infantil, con las oportunas adaptaciones curriculares específicas para su impartición a personas adultas, a través la modalidad enseñanza a distancia. Segunda. Alumnado La Formación Profesional a Distancia es una oferta educativa que tiene como finalidad la formación carácter profesional para personas en edad adulta. Podrán matricularse en los ciclos formativos Formación Profesional impartidos en la modalidad a distancia las personas adultas, preferentemente trabajadores con experiencia laboral, que seen mejorar su cualificación profesional o prepararse para el ejercicio otras profesiones y las personas que no puedan asistir modo regular a los centros docentes. Las personas que seen seguir estas enseñanzas berán reunir los requisitos académicos acceso directo a las mismas, o bien estar en posesión l certificado acreditación haber superado la prueba acceso que da recho a cursar el ciclo formativo. Tercera. Preinscripción La preinscripción se realizará en los centros entre el 1 y el 20 septiembre l año En el impreso preinscripción, los alumnos harán constar, por orn preferencia, los módulos profesionales en los que sea matricularse. Los interesados berán aportar la siguiente documentación: - Fotocopia l D.N.I. o pasaporte, o bien, para los aspirantes extranjeros, permiso resincia en vigor o en trámite, tarjeta estudiante emitida por la Delegación l Gobierno o certificado empadronamiento. 2
3 - Original y fotocopia para su cotejo la documentación acreditativa reunir alguna las condiciones para accer a la Formación Profesional inicial grado superior. - En su caso, original y fotocopia para su cotejo haber superado algún módulo l ciclo formativo al que pertenezca el módulo que se sea cursar. - En su caso, documentación acreditativa la situación sempleo y experiencia laborales, mediante certificación l Servicio Cántabro Empleo y/o la Tesorería General la Seguridad Social. - En su caso, documentación acreditativa que certifique la imposibilidad acudir modo regular a los centros docentes. Cuarta. Admisión alumnos De los objetivos propios esta oferta educativa y las características específicas la educación a distancia, se spren la necesidad establecer unas normas admisión alumnos propias esta modalidad formativa. El proceso admisión alumnos en cada uno los ciclos formativos será realizado por la Comisión formada por el director/a l centro, que la presidirá, el profesor-tutor coordinador l ciclo a distancia, que actuará como secretario y dos miembros l Consejo Escolar que actuarán como vocales. La Comisión elaborará confeccionará una lista ornada l alumnado solicitante, acuerdo con la siguiente prelación: 1º.-Trabajadores, ocupados o parados, con experiencia profesional relacionada con el ciclo que seen cursar, que no tengan titulación universitaria, que reúnan los requisitos académicos para el acceso directo o hayan superado la prueba acceso establecida, ornados según criterio mayor a menor antigüedad en la profesión. La situación sempleo berá acreditarse mediante documentación fehaciente facilitada por el Servicio Cántabro Empleo. 2º.- Trabajadores, ocupados o parados, que reúnan los requisitos académicos para el acceso directo o hayan superado la prueba acceso establecida, que no tengan titulación universitaria, ornados según criterio mayor a menor antigüedad en esta situación. La situación sempleo berá acreditarse mediante documentación fehaciente facilitada por el Servicio Cántabro Empleo. 3º.-Otras personas que no puedan acudir modo regular a los centros docentes. 3
4 Esta situación se acreditará mediante certificación. En el caso situaciones personales o familiares se hará mediante certificación médica o los servicios sociales correspondientes. 4º.-Aspirantes que reúnan los requisitos académicos para el acceso directo o hayan superado la prueba acceso establecida, ornados según criterio fijado por la Comisión admisión l centro. Dentro cada uno los grupos establecidos anteriormente, la prioridad adjudicación se regirá por los siguientes criterios: a) Solicitantes que vayan a completar un curso l ciclo formativo. b) Solicitantes que tengan superado algún módulo. c) Asignación por sorteo público ante la Comisión. La lista provisional, en la que figurará el número orn cada alumno, se hará pública el 21 septiembre en el tablón anuncios l Centro, estableciéndose el día 22 septiembre para posibles reclamaciones. Junto con la lista finitiva, el día 25 se publicará una convocatoria reunión informativa para el día 26, previa a la matriculación, en la que los aspirantes seleccionados serán asesorados por el equipo educativo l ciclo sobre los horarios l centro, criterios evaluación, anulación matrícula y renuncia convocatoria, condiciones acceso al Módulo FCT y normativa exención en este módulo profesional y, en general, sobre los aspectos didácticos y ornación académica que conforman esta oferta educativa. Quinta. Matriculación La matrícula se realizará en el centro durante los días 27, 28 y 29 septiembre En el impreso solicitud matrícula, el alumno/a hará constar, por orn preferencia, los módulos profesionales en los que sea matricularse. El 2 octubre 2006, la Secretaría l centro publicará en el tablón anuncios la relación los alumnos matriculados en cada módulo profesional, en la que se incluirán, en primer lugar, los que hubieran iniciado el ciclo en el curso anterior y hayan solicitado matrícula y, a continuación, los nuevo ingreso, acuerdo con el orn establecido en la lista admisión solicitantes. Como norma general, para por ser impartido un ciclo formativo en la modalidad a distancia, el número mínimo alumnos matriculados, calculado entre todos los módulos, ha ser 15 y, en ningún módulo, el número alumnos admitidos podrá excer
5 Para cualquier excepción a la norma general, la dirección l centro solicitará autorización a la Dirección General Formación Profesional, Ornación y Promoción Educativa. El alumnado tendrá recho a cuatro convocatorias, como máximo, en cada uno los módulos, a excepción l módulo Formación en Centros Trabajo, que será dos, como máximo. En casos excepcionales, el alumno podrá solicitar a la dirección l centro una convocatoria gracia. Los alumnos podrán ejercer su recho a anular terminadas convocatorias. Las solicitus se formularán con una antelación mínima dos meses a la evaluación final l módulo correspondiente. Los alumnos/as tendrán, a todos los efectos, la consiración alumnado oficial l centro don se matriculen. La matrícula en estas enseñanzas será incompatible con cualquier otra matrícula oficial enseñanzas este tipo, a excepción las que se efectúen en las Escuelas Oficiales Idiomas y Conservatorios Música. Sexta. Medios Didácticos La oferta educativa cuenta con el material didáctico específico acuado a la modalidad distancia. En el caso que sea necesario efectuar petición material didáctico al CIDEAD, habrá que seguir las normas que se tallan en el Anexo que se adjunta con las presentes instrucciones. El CIDEAD enviará al centro los materiales didácticos específicos para el sarrollo estas enseñanzas en el régimen a distancia. Cada centro autorizado se responsabilizará la solicitud, recepción, almacenamiento, distribución y correspondiente pago l material didáctico que se entregue al alumnado. Este material será facilitado exclusivamente a los alumnos matriculados en la modalidad distancia, sin que pueda ser utilizado para otros fines. El alumnado utilizará el impreso correspondiente para la compra l material didáctico que será el instrumento para el abono en la cuenta l centro, las cantidas que procedan, biendo quedar validado por la entidad bancaria. El centro berá verificar que existe tal validación y comprobará que en el impreso constan los datos personales l alumno/a. 5
6 La entrega l material didáctico al alumnado se efectuará una vez que haya formalizado la matrícula en los módulos que solicite, tras haber realizado los pagos correspondientes. El centro archivará, como justificante los materiales entregados a cada alumno, copia l impreso matrícula bidamente sellado y con el recibí y firma l alumno al que se hace entrega l material solicitado. Todos los profesores que impartan esta oferta educativa berán utilizar obligatoriamente para las tutorías los materiales didácticos específicos y actividas elaborados por el Ministerio Educación a través l CIDEAD, y respetar las programaciones establecidas en los mismos, con inpenncia l material apoyo que elaboren para completar terminados aspectos los programas. Séptima. Atención Tutorial Debido a la naturaleza los diferentes procesos aprendizaje que se dan en cada uno los módulos profesionales l ciclo formativo correspondiente, la acción tutorial se realizará forma individual y colectiva. En el primer caso se encuentran todas aquellas acciones orientadoras y apoyo a los procesos aprendizaje que se correspondan con objetivos formativos que el alumnado pueda superar modo autosuficiente, y que se articulan a partir los materiales didácticos. En el segundo, se encuadran las acciones tutoriales necesarias para la consecución los objetivos formativos que precisen sarrollar procesos enseñanza-aprendizaje para los que son necesarios la intervención directa l profesortutor. La tutoría individual será telemática, por corresponncia, telefónica y presencial. Para el apoyo tutorial individual se programarán dos periodos lectivos semanales y, en ellos, el alumnado podrá consultar sus dudas, acudiendo al centro, mediante llamada telefónica o por medio comunicación telemática. Para la realización las actividas autoaprendizaje que requieren la utilización por el alumno l equipamiento l centro educativo, el profesor-tutor asistirá al alumnado como administrador los recursos utilizados. Para las tutorías colectivas, el grupo alumnos se dividirá en subgrupos y la asistencia al centro educativo l alumnado se realizará en días diferentes, en sesiones cuatro horas duración. (En ningún caso se podrán dividir las tutorías colectivas en periodos inferiores a cuatro horas). Las tutorías tendrán un horario fijo que será conocido por los alumnos. El horario tutorías será vespertino-nocturno. La asistencia a las tutorías colectivas tiene carácter obligatorio para el alumnado. Los alumnos que no puedan asistir forma continuada a estas tutorías justificarán su ausencia y en este caso el profesorado programará la realización actividas 6
7 enseñanza y aprendizaje necesarias que permitan la consecución l proceso evaluación continua. La dirección l centro elaborará, acuerdo con los criterios pedagógicos establecidos en la programación general, el horario tutorías, teniendo en cuenta la disponibilidad aulas, profesorado y el número grupos. Al comienzo l curso se harán públicos los horarios las tutorías, tanto individuales como colectivas, el programa actividas estas últimas, el calendario las evaluaciones y cuanta otra información pueda ser interés general para el alumnado. Una copia esta información se remitirá a la Dirección General Formación Profesional, Ornación y Promoción Educativa. Octava. Profesorado El profesorado encargado la atención tutorial esta oferta educativa estará constituido por profesores l centro que impartan el ciclo en régimen presencial. Se recomienda que el profesorado que imparta estas enseñanzas tenga experiencia y formación en educación a distancia, así como en el uso las Tecnologías la Información y la Comunicación. La aprobación l horario general l centro e individual l profesorado para el régimen a distancia correspon a la Dirección General Coordinación, Centros y Renovación Educativa. A tal efecto, el director l centro berá incluirlos en el Documento Organización l Centro. Uno los profesores l equipo educativo l ciclo formativo será el responsable la coordinación. El coordinador l ciclo tendrá las siguientes funciones : Orientar el proceso formativo. Realizar las funciones y competencias l profesor-tutor la Formación en Centros Trabajo ( FCT) l grupo alumnos, conforme se establece en el artículo 56 l Real Decreto 83/1996, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico los Institutos Educación Secundaria. Realizar informes sobre la exención total o parcial l módulo FCT, que el alumnado pudiera solicitar para acreditar su experiencia laboral. Cumplimentar informes relativos al sarrollo la Formación Profesional en la modalidad distancia. Coordinar todas las actividas necesarias para la solicitud, recepción, reparto y liquidación l material didáctico. 7
8 Realizar cualquier otra función, relacionada con esta modalidad enseñanza, que le sea asignada por la dirección l centro educativo. Al coordinador l ciclo en modalidad a distancia se le asignarán tres horas lectivas para el sempeño estas funciones. Cada profesor-tutor realizará las siguientes funciones: Programar, preparar e impartir las sesiones tutoría correspondientes a los módulos que tenga asignados. Comunicar a sus alumnos el día, hora y lugar realización todas y cada una las sesiones tutoría, pruebas, etc. Atenr las cuestiones que el alumnado plantee sobre contenidos propios los módulos que tenga asignados. Evaluar y calificar las actividas y pruebas evaluación realizadas por los alumnos. Llevar un registro incincias la tutoría, tanto individual como colectiva, que pondrá a disposición l responsable la coordinación l ciclo cuando éste lo solicite. Facilitar, para la cumplimentación informes relativos a la experiencia profesional o laboral, todos los datos solicitados por la coordinación l ciclo referidos al módulo que imparte. Realizar cualquier otra función, relacionada con esta modalidad enseñanza, que le sea asignada por la dirección l centro educativo. Novena. Evaluación y Calificación Al terminar el periodo tutoría establecido para cada módulo, y para aquellos alumnos los que el profesor tutor no tenga evincia haber alcanzado los objetivos formativos, se convocará una prueba carácter global en cada uno los módulos, que se completará con los datos provenientes l proceso evaluación continua las distintas tutorías tanto individuales como colectivas. En cada uno los módulos, se establecerá, en el último mes impartición l ciclo, un período extraordinario tutoría. El profesor-tutor correspondiente orientará el proceso formativo los alumnos para la superación l módulo, a través la correspondiente prueba extraordinaria. 8
9 Las calificaciones los módulos profesionales, a excepción l módulo FCT. que será Apto, No Apto o Exento, serán siempre cuantitativas y así se harán constar en las Actas. Las solicitus evaluación y calificación en convocatoria gracia, una vez se hayan agotado las convocatorias previstas en la Instrucción quinta, para un módulo profesional un ciclo formativo en la modalidad a distancia, se realizarán ante la Dirección General Formación Profesional, Ornación y Promoción Educativa que resolverá teniendo en cuenta la siguiente documentación: a) Fotocopia compulsada l Libro Calificaciones Formación Profesional l solicitante, dado el carácter acreditativo l mismo o, en su fecto, Certificación Académica Personal, en la que conste con claridad la fecha y el carácter las convocatorias en las que aparece calificado el módulo profesional objeto la solicitud convocatoria gracia. A efectos la concesión, be valorarse la concurrencia alguna las circunstancias señaladas en el apartado Decimocuarto la Resolución la Secretaría Estado Educación 30 abril 1996 (BOE 17 mayo), en relación con la renuncia a la evaluación. Se aplicará, asimismo, como principio carácter general que, siempre que sea posible, los alumnos finalicen los estudios comenzados y obtengan el correspondiente título. b) Informe l Servicio Inspección Educación. Una vez efectuada la convocatoria gracia, se berá hacer constar el resultado la misma mediante diligencia en el expediente l alumno y en el Libro Calificaciones Formación Profesional, procediendo, en su caso, a efectuar los trámites necesarios para la expedición l título correspondiente. Décima. El tratamiento administrativo correspondiente a esta modalidad educativa es el mismo que el seguido para la modalidad presencial, con las salvedas impuestas por las características específicas la modalidad educación a distancia en lo referente a matriculación y certificaciones parciales. En la Programación General Anual (PGA) l centro se incluirá un apartado dicado a esta oferta educativa que seguirá el mismo tratamiento que la modalidad presencial. Undécima. Formación en Centros Trabajo (FCT) En los aspectos referidos a la FCT, el centro berá ajustarse a lo dispuesto en la normativa vigente y en lo terminado en la circular por la que se dictan instrucciones a 9
10 los centros docentes en los que se imparte Formación Profesional durante el curso 2006/2007. No obstante, podrán tenerse en cuenta periodos y horarios diferentes en los que se realizará la FCT. Estos casos excepcionalidad berán ser autorizados por la Dirección General Formación Profesional, Ornación y Promoción Educativa. La petición para la autorización dicha excepcionalidad se dirigirá al Servicio Inspección; berá incluir nombre y apellidos los alumnos, D.N.I., lugar y periodo realización las prácticas formativas; amás se hará constar: La justificación dicha excepcionalidad. La inexistencia otras alternativas que permitan al alumno la realización las prácticas en el periodo ordinario. Las condiciones establecidas para el seguimiento y control tutorial dichas prácticas. Duodécima. Titulación. Al alumnado que obtenga evaluación positiva en todos los módulos y en el módulo la FCT que conforman el Ciclo Formativo se le expedirá el Título Oficial Técnico Superior en Educación Infantil. Santanr, a 23 agosto 2006 EL DIRECTOR GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL, ORDENACIÓN Y PROMOCIÓN EDUCATIVA Fdo.: Roberto Cayón Fernánz 10
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