SENSIBILIZACIÓN EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN EL SECTOR AGRÍCOLA-GANADERO

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1 SENSIBILIZACIÓN EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN EL SECTOR AGRÍCOLA-GANADERO

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3 Sensibilización en Materia de Prevención de Riesgos Laborales en el Sector Agrícola Ganadero RESUMEN La Unión General de Trabajadores de Aragón ha desarrollado el estudio de: SENSIBILIZACIÓN EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN EL SECTOR AGRÍCOLA-GANADERO EN ARAGÓN, en el marco de las acciones de apoyo y acompañamiento a la formación de la Comunidad Autónoma de Aragón. El proyecto ha permitido realizar jornadas de sensibilización dirigidas a agricultores y ganaderos con el objetivo de sensibilizar sobre riesgos y medidas preventivas en el sector. Para cumplir este objetivo se ha partido de la situación actual del sector agrícola y ganadero, con una descripción de los riesgos específicos y medidas necesarias a adoptar en cada caso y la elaboración de materiales info - formativos que han sido entregados en las mencionadas jornadas. 3

4 TÉCNICAS DE INVESTIGACIÓN Las técnicas de investigación social utilizadas durante el desarrollo del proyecto han sido: Investigación documental Se identificaron las fuentes documentales (primarias y secundarias) existentes en materia de prevención de riesgos laborales, creándose un archivo con los documentos localizados. Entrevista a empresarios y trabajadores del sector y expertos en materia de prevención de riesgos laborales Se realizaron 27 entrevistas a empresarios y trabajadores que desempeñan a diario faenas agrícolas y ganaderas. Se realizaron 15 entrevistas a expertos en prevención de riesgos laborales y conocedores del sector. Grupos de discusión Se celebraron tres grupos de discusión con una temática general que fue contrastar opiniones sobre la situación actual del sector agrícolaganadero en Aragón en relación a la prevención de riesgos laborales. ACTIVIDADES DE DIFUSIÓN: JORNADAS DE SENSIBILIZACIÓN Posteriormente se celebraron 17 jornadas de sensiblización donde se entregó diferente material informativo elaborado. CONCLUSIONES En materia de prevención de riesgos laborales para el sector agrícola y ganadero, no hay una adecuación de la legislación general que considere las características especiales de este sector. Se ha detectado una falta de 4

5 concienciación general de las partes implicadas para incorporar ésta en la actividad diaria empresarial y una escasa cultura preventiva. La importancia del aspecto técnico de la prevención a través de una correcta evaluación de los riesgos y un plan de prevención no se tiene en cuenta y es imprescindible que los técnicos prevencionistas sean especialistas del sector agrario y ganadero. Las cooperativas del sector, de importante implantación en la Comunidad Autónoma de Aragón, deben implicarse en el desarrollo técnico de la prevención de riesgos de sus cooperativistas. La formación para el sector se orientará más hacia la sesión de trabajo / taller que hacia una formación docente propiamente dicha. Se necesita implementar campañas informativas, charlas, jornadas. PROPUESTAS DE MEDIDAS Propuestas de formación Las propuestas de formación comenzarán con los materiales elaborados para la formación de los trabajadores del sector. La elaboración de manuales de buenas prácticas, fichas técnicas y protocolos de actuación recogerá información útil y actualizada para el sector además de estar adaptados a las distintas lenguas y nacionalidades de los trabajadores. Las actuaciones de difusión de los materiales diseñados se encauzarán a través de organizaciones agrarias, sindicales, empresariales y cooperativas, sedes comarcales, etc. Las acciones formativas serán específicas para el sector con una planificación actual y que dé respuesta a sus necesidades reales en materia de riesgos y medidas preventivas. Los formadores serán especialistas en la 5

6 materia además de adquirir líneas pedagógicas específicas al perfil de los destinatarios finales. La celebración de charlas en riesgos y medidas preventivas de diferentes materias también son actuaciones importantes que deben ser desarrolladas. Otras actuaciones La utilización de las nuevas tecnologías como son las zonas web, blog o las redes sociales específicamente creados para tratar temas relacionados con la prevención de riesgos laborales se convierten en una herramienta útil para sensibilizar al sector. Las actuaciones de investigación, evaluación de riesgos, sensibilización e información al sector, tanto a trabajadores como empresarios, podrán plasmarse a través de la creación de grupos de trabajo, tanto a nivel nacional como internacional, campañas de información, programas de evaluación de riesgos o el desarrollo de documentos periódicos (trípticos). Otro aporte de interés es la creación de vínculos de colaboración con foros de mejoras entre trabajadores, empresarios, organizaciones agrarias y todas aquellas entidades que representan al sector, aunar esfuerzos en la sensibilización ante los riesgos y las medidas preventivas. 6

7 Sensibilización en Materia de Prevención de Riesgos Laborales en el Sector Agrícola Ganadero INDICE 1. PRESENTACIÓN DEL ESTUDIO 1.1. Objetivos 1.2. Fases del Proyecto 1.3. Metodología desarrollada 2. CONTEXTUALIZACIÓN DEL SECTOR AGRÍCOLA GANADERO EN PRL 2.1. Conceptos básicos aplicables 2.2. Normativa de referencia y aplicación 7

8 3. CARACTERIZACIÓN DEL SECTOR AGRÍCOLA - GANADERO 3.1. Caracterización laboral del sector 3.2. Principales riesgos y medidas preventivas 4. CARACTERIZACIÓN DEL SECTOR EN ARAGÓN 4.1. El sector agrícola ganadero en Aragón 4.2. Accidentes con baja 4.3. Enfermedades Profesionales 4.4. Autónomos 4.5. Maquinaria agrícola 5. TRABAJO DE CAMPO 5.1. Entrevistas abiertas 5.2. Grupos de discusión 8

9 6. HERRAMIENTAS INFO FORMATIVAS 7. ACTIVIDADES DE DIFUSIÓN 8. CONCLUSIONES 9. BIBLIOGRAFÍA ANEXOS: Modelos de entrevista Otro material elaborado a. Preguntas de evaluación b. Notas informativas c. Decálogo de buenas prácticas 9

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11 Sensibilización en Materia de Prevención de Riesgos Laborales en el Sector Agrícola Ganadero 1. Presentación del Estudio 11

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13 1. Presentación del Estudio El estudio SENSIBILIZACIÓN EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN EL SECTOR AGRÍCOLA-GANADERO en Aragón se realiza como acción de investigación e innovación, en el marco de las acciones de apoyo y acompañamiento a la formación, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón según la Orden de 21 de enero de 2010, del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo. El estudio ha sido desarrollado por la Unión General de Trabajadores (UGT- Aragón), en colaboración con IFES-Aragón, UPA-Aragón, FTA-Aragón y el 13

14 Departamento de Microbiología de la Facultad de Medicina de la Universidad de Zaragoza. La vigilancia de la salud de los trabajadores engloba un conjunto de actividades encaminadas a la prevención de los riesgos laborales, cuyos objetivos generales tienen que ver con la identificación de problemas de la salud y las actuaciones en materia preventiva en el ámbito empresarial. Los cambios continuos de las condiciones laborales de todos los trabajadores afectan a la forma de trabajo y es imprescindible realizar un esfuerzo para adaptarnos a estos cambios y demandas. En el mundo, unos trabajadores de sector agrícola mueren cada año víctimas de los riesgos laborales, y varios millones sufren lesiones o envenenamientos causados por pesticidas o productos químicos utilizados en la agricultura, o sufren daños de mayor o menor gravedad con el ganado que suponen riesgos para la salud a corto o medio plazo. En Aragón el sector agrícola-ganadero registra un elevado número de accidentes (en proporción al número total de trabajadores del sector siendo comparado con el resto de los sectores productivos) teniendo en cuenta las peculiaridades existentes con altos niveles de pequeñas explotaciones agrícolas y ganaderas. 14

15 Muchos de estos accidentes son leves, menos graves o pueden ser considerados como incidentes y no son declarados ante la autoridad, con lo que no se contabilizan en las estadísticas de siniestralidad laboral, de ahí que los resultados finales sobre las mencionadas estadísticas son parciales, ya que faltan incluir muchos de los accidentes o incidentes que se producen en el devenir diario laboral de un trabajador en el campo. Los accidentes que sí son registrados son los realmente graves con daños importantes en la salud del trabajador, y que sí se computan en las estadísticas oficiales. La actividad del sector está desarrollada también por un gran número de personas que no constan en ninguna parte como trabajadoras y que lo hacen como complemento al titular habitual que suele ser de la familia, o personas que consideran ésta su segunda actividad (están asalariados en un empleo), o bien trabajadores ya jubilados pero que siguen desempeñando faenas agrícolas por ser propietarios de las tierras o de la ganadería. Por tanto, la casuística es muy diversa englobando variedad de situaciones que no son tenidas en cuenta en las estadísticas. Destacar el predominio del trabajo familiar, en el que el titular de la explotación es ayudado por personas de la familia, como el cónyuge, hijos u otros parentescos, y la estacionalidad, según la época del año, con condiciones climatológicas muy distintas, con diversidad de tareas derivadas del trabajo y con gran proporción de autónomos. 15

16 En los últimos años y de forma estacional se han incorporado trabajadores temporeros, que trabajan de forma ocasional, muchos de ellos inmigrantes con diversidad de nacionalidades, por lo que la casuística es variada respecto al perfil del trabajador agrícola. Las principales características del trabajo en el sector agrícola-ganadero, teniendo presente el uso actual de maquinaria, la fuerte mecanización y el incremento progresivo de productos químicos y fertilizantes como abonos, son las siguientes: Tamaño variable de las empresas, pero en general con un elevado número de pequeños agricultores y ganaderos, en ocasiones con dispersión geográfica. Las explotaciones agrícolas y ganaderas (o el conjunto de las dos si el trabajador o empresario realiza ambas actividades) se encuentran aisladas geográficamente, por lo que la persona está sola al realizar sus faenas diarias y con escasos recursos técnicos, formativos y desconocimiento de normas de actuación en caso de emergencia. Se agrava la situación si se produce un accidente y el trabajador se encuentra solo sin ayuda. 16

17 Gran variedad de tareas ejecutadas a lo largo del día, especialmente en pequeñas explotaciones, como son actividades de cultivo, arado, riego, tratamiento y aplicación de productos fitosanitarios, cuidado de animales, etc; utilizando diferentes equipos (gran maquinaria, herramientas de mano, productos químicos) que en algunos casos son inadecuados, están anticuados o no cumplen todas las medidas de protección en materia de prevención de riesgos. Además, la misma tarea agrícola o ganadera puede ser realizada con aperos o maquinaria muy sofisticados o bien manualmente. En cualquier caso, los riesgos son evidentes, a pesar de no ser siempre tenidos en cuenta por los trabajadores o asumirlos como propios del trabajo que ejecutan. El trabajador del campo piensa que son riesgos inevitables, consustanciales al trabajo y que vienen determinados por el azar. Trabajo al aire libre con factores ambientales adversos, dependiendo de la climatología de la zona o de la época del año, altos ritmos de trabajo según el tipo de cultivo o la atención a la ganadería, horarios especiales 17

18 (madrugada, mediodía, por la noche) adaptados a las necesidades agrícolas y ganaderas, sobreesfuerzos con posiciones posturales forzadas que se agravan si las condiciones climáticas no son buenas para la realización de tareas (exposición prolongada al sol durante el verano o bajas temperaturas en el invierno), exposición a agentes químicos peligrosos durante la aplicación de productos fitosanitarios con daños en la salud como infecciones o enfermedades producidas a lo largo del tiempo, en especial si no se dispone de los equipos de protección adecuados EPI s, o teniéndolos el trabajador no se los pone. Tareas realizadas en entornos y maquinaria muy diferenciados, por una parte, trabajos agrícolas en extensiones grandes de terrero con maquinaria pesada (arado, tractores, cosechadoras, sulfatadoras, etc.) y por otra, los realizados en pequeñas explotaciones con aperos más sencillos, pero igualmente peligrosos, en los que en ocasiones no se percibe el peligro del elemento utilizado. 18

19 Temporalidad y contratación periódica en determinadas épocas del año: el trabajador es contratado por temporadas (por tanto de forma intermitente o incluso de forma puntual) según la producción agrícola de la zona en la que trabaja, sin continuidad laboral, con cambio frecuente de trabajo y tareas a desempeñar y movilidad geográfica. En conclusión, la estacionalidad del trabajo del campo provoca en ocasiones una fuerte contratación en periodos breves de tiempo, no estando bien organizados los trabajadores contratados y con niveles de formación adecuados. Muchas de estas personas acceden a este trabajo con la idea de ser un primer peldaño para el acceso a otra actividad laboral en otro sector productivo, por tanto no hay continuidad en su trabajo, y en consecuencia hay una falta de información y formación en la prevención de riesgos laborales específica para el sector. Aumento de productos químicos especializados para el sector agrícola y ganadero con elevados riesgos tóxicos, aplicados directamente por el agricultor y que no son percibidos como tales, ya que las consecuencias se producen con el paso del tiempo y no de forma inmediata, no viéndose la relación entre el uso y aplicación del 19

20 producto fitosanitario y la enfermedad contraída. Hay una falta de colocación de los equipos de protección individual o de alguno de sus elementos, a pesar de disponer de ellos. PRL como carga documental: La materia de prevención de riesgos laborales para el sector agrícola y ganadero es percibida como una carga administrativa, como una cuestión de papeleo, sin valorar el aspecto positivo que en la salud de los trabajadores y en la rentabilidad de la empresa pueden tener. Aplicación menos eficaz de las técnicas de seguridad que en la industria, construcción y otros sectores productivos mucho más controlados y complejidad en el cumplimiento de la normativa de seguridad. Dificultad de comprensión entre trabajadores y empresarios por las diferentes nacionalidades debido al elevado número de trabajadores inmigrantes, que 20

21 suponen, en ocasiones, barreras culturales e idiomáticas, y que impiden una comunicación fluida para detallar tareas y medidas de prevención. Con el objeto de cubrir las necesidades en materia normativa aparece la Ley 31/1995, de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales que se publicó en el B.O.E. núm.269, de 10 de noviembre de Esta ley tiene por objeto la determinación de las garantías y responsabilidades para establecer un adecuado nivel de protección de la salud de los trabajadores frente a los riesgos derivados de las condiciones de trabajo. Uno de los mayores problemas que presenta para el sector que nos ocupa el contenido de dicha ley, es la no inclusión dentro de su ámbito de aplicación de los trabajadores autónomos que suponen un elevado porcentaje dentro del cómputo total. Para el resto de empresarios y trabajadores es de obligado cumplimiento, principalmente las obligaciones y derechos de unos y otros, las posibles sanciones, la obligatoriedad de los diferentes equipos de protección colectiva e individual y otros contenidos recogidos por la normativa en materia de prevención de riesgos laborales. 21

22 A pesar de no existir normativa específica en materia de prevención de riesgos laborales, es de obligado cumplimiento todas las disposiciones sobre: equipos de trabajo y protección individual, manipulación manual de cargas, agentes químicos y biológicos, ruidos y vibraciones, etc. 22

23 1.1. OBJETIVOS Dentro de los objetivos del estudio diferenciaremos entre el objetivo general y definitivo que se persigue como último fin del trabajo, y los objetivos específicos mediante la ejecución de los cuales se constituyen los pilares principales para la consecución del objetivo general. OBJETIVO GENERAL El objetivo final a conseguir durante el desarrollo y la ejecución del presente proyecto ha sido el siguiente: Sensibilizar al colectivo de trabajadores del sector agrícola-ganadero, mediante la elaboración de materiales y la realización de actividades de difusión, donde se pongan en evidencia las actividades con mayor riesgo de accidentes laborales en el mencionado sector. 23

24 OBJETIVOS ESPECÍFICOS Para conseguir el objetivo final se han establecido unas metas a alcanzar a lo largo del periodo de ejecución del proyecto que se traducen en las siguientes acciones: Describir la situación actual del sector agrícola-ganadero en la Comunidad Autónoma de Aragón; tipos de explotación, número y tipología de trabajadores, actividades desempeñadas. Determinar los accidentes más habituales de acuerdo a la gravedad de sus consecuencias y las causas que los provocan. Describir la tipología de riesgos específicos en el sector agropecuario en las distintas tareas y puestos de trabajo y las medidas necesarias que deben adoptarse para cada uno de ellos. Elaborar materiales sobre los principales riesgos para los trabajadores del sector agrícola ganadero. 24

25 Realizar sesiones info-formativas para ofrecer información sobre riesgos del sector, alteraciones en la salud, y medidas preventivas a aplicar para eliminar o disminuir sensiblemente el efecto negativo de estos riesgos laborales sobre su salud dirigidas fundamentalmente a los trabajadores del sector agrícola-ganadero FASES DEL PROYECTO El desarrollo del proyecto de sensibilización en materia de prevención de riesgos en el sector agrícola-ganadero en Aragón se ha llevado a cabo mediante la ejecución de las siguientes fases: FASE 1: Diseño de la investigación FASE 2: Diagnóstico de la situación del sector en PRL FASE 3: Elaboración de herramientas infoformativas FASE 4: Actividades de difusión FASE 5: Elaboración del informe final 25

26 A continuación se desarrolla el contenido específico de las tareas realizadas en cada una de las fases planificadas. FASE DE DISEÑO DE LA INVESTIGACIÓN Esta primera fase, consistió principalmente en la asignación del equipo de trabajo responsable de la ejecución y desarrollo del estudio, definición y concreción de los objetivos específicos y operativos determinados inicialmente, así como la metodología de aplicación, los elementos metodológicos de las herramientas info-formativas a elaborar y la planificación orientativa en el tiempo de todas las actividades a desarrollar dentro de los plazos de ejecución del proyecto. Además, se han acordado en el ámbito interno de trabajo los sistemas de seguimiento y control del proyecto. El objetivo de esta primera fase fue establecer los pilares y ejes básicos sobre los que se desarrollará el estudio y que supondrán en todo momento un referente para los integrantes y participantes del proyecto a seguir durante su ejecución y seguimiento. 26

27 FASE DE DIAGNÓSTICO DE LA SITUACIÓN DEL SECTOR EN PRL Dentro de esta fase se establecieron, a su vez, tres subfases que son las siguientes: Investigación documental Realización entrevistas abiertas Desarrollo de grupos de discusión En cada una de ellas se han llevado a cabo tareas concretas que se especifican a continuación. La investigación documental consistió en la búsqueda de información y documentación existente en relación con el objeto del estudio, fundamentalmente datos y estadísticas del sector e información sobre principales riesgos y medidas preventivas a adoptar (guías, manuales, normativa, textos técnicos, otras experiencias similares, etc). Posteriormente se ha realizado la selección documental y el análisis detallado de dicha información que ha sido utilizada para las siguientes etapas del trabajo. Para la realización de entrevistas, se elaboraron inicialmente dos modelos de guiones, uno por perfil a 27

28 entrevistar (el primero dirigido a trabajadores y empresarios y el otro a expertos del sector y en materia preventiva). Estos modelos una vez elaborados en fase borrador han sido validados por los técnicos del INAEM. Posteriormente se establecieron los contactos con los posibles participantes y se acordaron las fechas de ejecución de las entrevistas. Tras el desarrollo de las mismas, la última parte de esta etapa consistió en analizar los resultados obtenidos y emitir unas conclusiones. En cuanto a los Grupos de discusión, igualmente se realizó una selección de los participantes y un guión como propuesta del tema a tratar. Se han celebrado tres grupos de discusión con integrantes de diferente perfil profesional. Como última tarea de esta fase se han analizado los resultados de cada sesión y se han elaborado unas conclusiones. El objetivo de esta fase ha sido conocer la situación del sector en cuanto a la PRL desde diferentes perspectivas y obtener así una información de partida más variada y realista. 28

29 FASE DE ELABORACIÓN DE HERRAMIENTAS INFO-FORMATIVAS En esta fase como en la anterior, se han desarrollado tres subfases que son las siguientes: Elaboración técnica de contenidos. Desarrollo de contenidos prácticos sobre los riesgos y medidas preventivas del sector agrícola y ganadero. Elaboración y recopilación de imágenes. Selección de imágenes que se incluyeron en los textos elaborados. Selección de formatos y maquetación. Elección de dípticos y trípticos para el desarrollo de las jornadas de sensibilización. A continuación se recogen las tareas llevadas a cabo en cada una de ellas: La elaboración técnica de contenidos ha consistido en una primera planificación siguiendo una línea pedagógica de contenidos que ha desembocado en la elaboración de textos de fácil lectura y contenidos prácticos para que puedan ser asimilados de una forma más clara según el perfil variado de los trabajadores del sector. Una vez definidos todos los contenidos, éstos se desarrollan con el diseño de las herramientas info-formativas. 29

30 La elaboración y recopilación de imágenes estará integrada con los contenidos seleccionados previamente, con el objeto de facilitar la comprensión de mismos y de apoyo a éstos. Una vez definidos los contenidos y las imágenes se procedió a la selección de formatos y maquetación mediante la valoración de las distintas opciones posibles (trípticos, carteles, cuadernillos, exposición, edición en papel y/o CD,..). El objetivo de esta fase radica en la elaboración de material pedagógico, útil y de fácil comprensión y divulgación entre los trabajadores del sector de la agricultura y ganadería, que sirvan de apoyo en el desarrollo de las actividades de difusión de la fase siguiente. FASE DE ACTIVIDADES DE DIFUSIÓN Es la fase en la que se ha entrado en contacto directo con los trabajadores y empresarios del sector. El objetivo en este caso ha sido la sensibilización en sí a través de la comunicación y el contacto directo. 30

31 Para ello, se ha trabajado en una primera parte de planificación de las sesiones con la elaboración de toda la documentación de apoyo y la selección y convocatoria de los participantes. A continuación, desarrollo de las sesiones donde se han expuesto los objetivos iniciales perseguidos a través de charlas participativas con preguntas por parte de los asistentes y de las que se han elaborado unas conclusiones finales. FASE DE ELABORACIÓN DEL INFORME FINAL Como cierre del estudio, se ha elaborado el presente informe con el objetivo de que queden recogidas las actuaciones, así como las herramientas utilizadas y los resultados obtenidos, junto con las conclusiones finales del proyecto. 31

32 1.3. METODOLOGÍA DESARROLLADA La estrategia metodológica ha permitido obtener información real sobre la situación actual en el sector de la agricultura-ganadería en materia de prevención de riesgos laborales en la Comunidad Autónoma de Aragón. Se han recopilado los aspectos más importantes de las tareas agrícolas y ganaderas, así como las necesidades y principales inconvenientes en materia específica de prevención de riesgos laborales pudiendo planificar y orientar pedagógicamente los contenidos de las charlas info-formativas (actividades de difusión) y del material divulgativo al objeto de cubrir dichas necesidades. El estudio se ha desarrollado principalmente para actividades con CNAE-01: Agricultura, ganadería, caza y actividades de los servicios relacionados con las mismas. Las técnicas de investigación llevadas a cabo se pueden clasificar en los siguientes grupos: Técnica estudio documental Técnicas cualitativas: o Entrevista abierta o Grupo de discusión 32

33 También se han desarrollado actividades de difusión: jornadas de sensibilización. TECNICA ESTUDIO DOCUMENTAL El objetivo ha sido identificar las fuentes documentales (primarias y secundarias) existentes en materia de prevención de riesgos laborales tanto a nivel autonómico como estatal, para la obtención de información para el desarrollo posterior del estudio, en concreto las referidas a los sectores agrícola y ganadero. Se ha creado un archivo con todos los documentos localizados (guías, manuales, estudios y/o informes anteriores, buenas prácticas, estadísticas de Aragón, vídeos, etc), así como con la normativa de aplicación, los organismos oficiales y los accesos a las páginas webs identificadas como de interés. A partir de esta información se ha elaborado un listado orientativo de la normativa de aplicación y los conceptos básicos en materia de PRL (ambos se recogen en el siguiente apartado del estudio). 33

34 TRABAJO DE CAMPO: TÉCNICAS CUALITATIVAS La entrevista a empresarios y trabajadores del sector El objetivo de la entrevista ha sido recopilar información directa de los trabajadores y/o empresarios del sector agrícola y ganadero en Aragón para la obtención de una visión general de la situación actual de la prevención de riesgos laborales en el sector en la Comunidad Autónoma, destacando los principales riesgos del sector, medidas preventivas, necesidades y dificultades con que se encuentran en el trabajo diario y en concreto en prevención de riesgos. Se ha elaborado un guión único para la entrevista a empresarios y trabajadores, ya que en el sector es habitual que la misma persona sea empresario y trabaje directamente en el campo, si bien el entrevistado ha especificado su situación laboral. La entrevista a expertos PRL El objetivo de la entrevista ha sido conocer desde el punto de vista de expertos del sector y especialistas en materia de prevención de riesgos laborales la situación del sector agrícola ganadero en la Comunidad Autónoma de Aragón sobre esta materia, inconvenientes detectados, actuaciones inmediatas a realizar, principales riesgos del sector, situación de los trabajadores inmigrantes. 34

35 La importancia de la entrevista radica en el carácter descriptivo e interpretativo de la misma. Se ha tratado de complementar la información obtenida hasta el momento con el desarrollo de las técnicas anteriores (fundamentalmente la entrevista a trabajadores y empresarios), mediante el diálogo con personas con experiencia y conocimientos específicos del sector objeto de estudio. Los grupos de discusión Mediante la reunión de varias personas (entre 6 y 8 personas) se pretende realizar una puesta en común de los temas a debatir previamente establecidos. Se dieron a conocer a los participantes de los grupos las conclusiones obtenidas en la entrevista a los trabajadores y a los expertos, para mediante un guión entregado al inicio del desarrollo del grupo ir comentando los resultados entre los participantes. Se anotaron y resumieron las conclusiones aportadas por los grupos, que se recogen en el presente informe. ACTIVIDADES DE DIFUSIÓN: JORNADAS DE SENSIBILIZACIÓN La metodología adoptada para la realización de la fase de información a los trabajadores y empresarios (charlas jornadas de sensibilización), ha consistido en una primera etapa de diseño de herramientas sencillas e 35

36 intuitivas que posteriormente se han utilizado como soporte en la difusión de riesgos y medidas preventivas y la realización en sí de las jornadas divulgativas. El diseño de herramientas info-formativas se inicia con la planificación y posterior elaboración de materiales pedagógicos (sencillos y gráficos) sobre la prevención de riesgos laborales en el sector de la agricultura y la ganadería, teniendo en cuenta la heterogeneidad de las personas a las que va dirigido y la variedad de actividades que se desempeñan. En la planificación pedagógica se han tenido en cuenta los siguientes principios de actuación: - Línea pedagógica adaptada a las características y necesidades de los trabajadores y empresarios del sector. Textos de fácil lectura con imágenes: dibujos, fotografías, esquemas, etc. Materiales que fomenten la motivación y el interés de sus usuarios. - Contenidos prácticos con aplicación al puesto de trabajo para sensibilizar y concienciar a los trabajadores del sector agrícola ganadero de la CCAA de Aragón. - Conceptos adecuados, claros y relevantes, términos precisos y lenguaje adaptado. 36

37 IV JORNADAS DE FORMACIÓN PARA EL EMPLEO EN ARAGÓN Tiene como objeto dar a conocer los resultados de las Acciones de Investigación e Innovación (AAII) realizadas durante el año 2010, en el marco de las acciones de apoyo y acompañamiento a la formación en la Comunidad Autónoma de Aragón. 37

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39 Sensibilización en Materia de Prevención de Riesgos Laborales en el Sector Agrícola Ganadero 2. Contextualización del Sector Agrícola Ganadero en PRL 39

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41 2. Contextualización del Sector Agrícola Ganadero en PRL Según la OIT (Organización Internacional del Trabajo) el sector agrario y ganadero se considera, junto con la construcción y la minería, una de las actividades laborales más peligrosas. El problema añadido que presenta este sector es que por las peculiaridades mencionadas en el punto anterior, sólo algunos de los accidentes que se producen son contabilizados en las estadísticas de siniestralidad laboral. 41

42 Los accidentes son considerados leves por los implicados, no son declarados como tales ante la autoridad laboral, planteados por los propios trabajadores como una incidencia derivada del trabajo diario, y que se queda en el ámbito de trabajo e interno del agricultor, ganadero, familia, compañeros, etc. Son situaciones que se producen a diario pero que ni siquiera son valoradas como accidentes. Además, si son temporeros o trabajadores por cuenta ajena, prefieren ocultar o minimizar los hechos, en la medida de lo posible, para evitar otras consecuencias derivadas de faltar al trabajo. En el caso de trabajadores autónomos la imposibilidad de ser sustituidos en las faenas agrícolas y ganaderas durante el tiempo de baja y la necesidad de continuar con su trabajo hace también que no se declaren todos los accidentes que se producen en el sector. En definitiva, las estadísticas oficiales de los datos de siniestrabilidad laboral del sector agrario y pecuario son muy inferiores a los datos reales, por la falta de interés de los propios afectados en comunicar accidentes e incidentes producidos en el ámbito diario. La prevención de riesgos laborales supone anticiparse a los hechos derivados del trabajo y prevenir los riesgos (evaluación de riesgos), tal como indica su nombre, para evitar que se produzcan daños en las personas tomando las medidas apropiadas colectivas e individuales. 42

43 La Ley de Prevención de Riesgos Laborales, así como sus normas de desarrollo, es de obligado cumplimiento para todas las empresas incluidas las agrarias, teniendo en cuenta que la ley recoge derechos y obligaciones de todos las partes implicadas CONCEPTOS BÁSICOS APLICABLES A continuación se recogen una serie de términos específicos de la prevención de riesgos con el objeto de familiarizarse con ellos y conocer su significado: CONCEPTO DEFINICIÓN Conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en PREVENCIÓN todas las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo. Posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño RIESGO LABORAL derivado del trabajo. Para calificar un riesgo desde el punto de vista de su gravedad, se valorarán conjuntamente la probabilidad de que se produzca el daño y la severidad del mismo. 43

44 DAÑOS DERIVADOS DEL TRABAJO Enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo. Aquel que resulte probable racionalmente que se materialice en un futuro inmediato y pueda suponer un daño grave para la salud de los trabajadores. En el caso de exposición a agentes susceptibles de causar RIESGO LABORAL GRAVE E INMINENTE daños graves a la salud de los trabajadores, se considerará que existe un riesgo grave e inminente cuando sea probable racionalmente que se materialice en un futuro inmediato una exposición a dichos agentes de la que puedan derivarse daños graves para la salud, aun cuando éstos no se manifiesten de forma inmediata. Para calificar un riesgo desde el punto de vista de su gravedad, se valorarán conjuntamente la probabilidad de que se produzca el daño y la severidad del mismo. 44

45 Nota: se refiere a varios conceptos: actividades operaciones equipos - productos Aquellos procesos, actividades, operaciones, equipos o POTENCIALMENTE PELIGROSOS productos que, en ausencia de medidas preventivas específicas, originen riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores que los desarrollan o utilizan. EQUIPO DE TRABAJO Cualquier máquina, aparato, instrumento o instalación utilizada en el trabajo. 45

46 Cualquier característica del mismo que pueda tener una influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y la salud del trabajador. Quedan específicamente incluidas en esta definición: CONDICIÓN DE a) Las características generales de los locales, instalaciones, equipos, productos y demás útiles existentes en el centro de trabajo. TRABAJO b) La naturaleza de los agentes físicos, químicos y biológicos presentes en el ambiente de trabajo y sus correspondientes intensidades, concentraciones o niveles de presencia. c) Los procedimientos para la utilización de los agentes citados anteriormente que influyan en la generación de los riesgos mencionados. d) Todas aquellas otras características del trabajo, incluidas las relativas a su organización y ordenación, que influyan en la magnitud de los riesgos a que esté expuesto el trabajador. Cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el EQUIPO DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL (EPI) trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud en el trabajo, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin. 46

47 SALUD El estado de bienestar físico, mental y social completo y no meramente la ausencia de daño o enfermedad. Suceso anormal, no deseado, que se presenta de forma brusca e inesperada, que interrumpe la normal continuidad del trabajo ACCIDENTE DE TRABAJO y puede causar lesiones a los trabajadores. Lesiones que se pueden producir tanto en el centro de trabajo como en el trayecto habitual entre éste y el domicilio del trabajador (in itinere). Toda aquella contraída como consecuencia del trabajo. ENFERMEDAD PROFESIONAL Deterioro lento y paulatino de la salud del trabajador, producido por una exposición crónica a situaciones adversas, producidas por el ambiente en que se desarrolla el trabajo o por la forma en que esté organizado. Elementos o conjunto de elementos que, estando presentes en las condiciones de trabajo, pueden desencadenar una FACTORES DE RIESGO disminución de la salud del trabajador. Son las características propias del trabajo que pueden dar lugar a alteraciones de la salud de los trabajadores. 47

48 MEDIDAS PREVENTIVAS Acciones o actuaciones adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo. ERGONOMIA Es la ciencia que estudia las técnicas preventivas que tienen por objeto la adecuación del trabajo a la persona. Conjunto de técnicas que estudian los contaminantes físicos, HIGIENE químicos y biológicos para disminuir la peligrosidad del medio de trabajo. Realización del trabajo de tal manera que no pueda causar SEGURIDAD daños ni a las personas ni a las cosas. Documento donde se describen las actuaciones que se deben PLAN DE EMERGENCIA llevar a cabo así como la organización de los medios humanos y materiales disponibles para la prevención de las emergencias, garantizando el menor daño a las instalaciones y protegiendo la vida humana. 48

49 PLAN DE EVACUACIÓN Documento donde se describen las actuaciones que se deben llevar a cabo para abandonar las instalaciones hacia el exterior o hacia zonas seguras en caso de emergencia NORMATIVA DE REFERENCIA Y APLICACIÓN A continuación indicamos un listado orientativo de la normativa disponible y de aplicación al sector agrícola y ganadero en materia de prevención de riesgos: CONCEPTO DEFINICIÓN DIRECTIVA 2010/22/UE de la Comisión relativa a la homologación de los tractores agrícolas o forestales. DIRECTIVA 2009/104/CE relativa a las disposiciones mínimas EUROPEO de seguridad y de salud para la utilización de los equipos de trabajo. DIRECTIVA 2009/76/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 13 de julio de 2009 relativa al nivel sonoro en los oídos de los conductores de tractores agrícolas o forestales de ruedas. 49

50 DIRECTIVA 2009/68/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 13 de julio de 2009 relativa a la homologación de los dispositivos de alumbrado y señalización luminosa de los tractores, agrícolas o forestales, de ruedas. DIRECTIVA 2009/66/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y EUROPEO DEL CONSEJO de 13 de julio de 2009 sobre el dispositivo de dirección de los tractores agrícolas o forestales de ruedas DIRECTIVA 2009/63/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 13 de julio de 2009 sobre determinados elementos y características de los tractores agrícolas o forestales de ruedas. 50

51 DIRECTIVA 2009/61/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 13 de julio de 2009 relativa a la instalación de los dispositivos de alumbrado y de señalización luminosa en los tractores agrícolas o forestales con ruedas. DIRECTIVA 2000/54/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, de 18 de septiembre de 2000, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo. 51

52 CONCEPTO DEFINICIÓN LEY 31/1995 DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES. REAL DECRETO 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención. REAL DECRETO 337/2010, de 19 de marzo, por el que se modifican el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención; el Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en NACIONAL el sector de la construcción y el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en obras de construcción. REAL DECRETO 171/2004 por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley de Prevención. LEY 54/2003 de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales. REAL DECRETO 485/1997 de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo. 52

53 REAL DECRETO 487/1997 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe, riesgos, en particular dorsolumbares, para los trabajadores. REAL DECRETO 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo. REAL DECRETO 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la NACIONAL exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo. REAL DECRETO 1215/1997, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo. Modificado por el REAL DECRETO 2177/2004 en diferentes aspectos relacionados con equipos para la realización de trabajos en altura (escaleras, andamios y sistemas de acceso mediante cuerdas). REAL DECRETO 773/1997 sobre disposiciones mínimas de seguridad y Salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual. 53

54 REAL DECRETO 1435/1992, sobre disposiciones de aplicación de la Directiva del Consejo 89/392/CEE relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre máquinas. Modificado por el REAL DECRETO 56/1995 en diferentes aspectos particulares. REAL DECRETO 3349/1983, de 30 de noviembre, por el que se aprueba la Reglamentación técnico-sanitaria para la fabricación, comercialización y utilización de plaguicidas. (Establece la obligación de superar unos cursos o pruebas de NACIONAL capacitación a las personas que realicen tratamientos con estas sustancias). ORDEN MINISTERIAL DE 8 DE MARZO DE 1994 por la que se establece la normativa reguladora de la homologación de cursos de capacitación para realizar tratamientos con plaguicidas. Modificada por la ORDEN PRE/2922/2005, DE 19 DE SEPTIEMBRE (BOE 228) regula la homologación de cursos de capacitación para realizar tratamientos con plaguicidas de uso fitosanitario. REAL DECRETO 614/2001 sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico. 54

55 REAL DECRETO 681/2003 sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores expuestos a los riesgos derivados de atmósferas explosivas en el lugar de trabajo. REAL DECRETO 2177/1996, de 4 de octubre, por el que se aprueba la Norma Básica de la Edificación «NBE-CPI-96: Condiciones de protección contra incendios de los edificios» REAL DECRETO 363/1995, de 10 de marzo, por el que se NACIONAL aprueba el Reglamento sobre notificación de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas. BOE 5/6/1995. REAL DECRETO 99/2003, por el que se modifica el Real Decreto 363/1995.Contiene la Guía para la elaboración de Fichas de Datos de Seguridad (FDS). ORDEN PRE/2317/2002, por la que se modifican los anexos I, II, III, IV, V, VI, VII y VIII del Real Decreto 363/1995. Reclasifica el tricloroetileno como cancerígeno de categoría 2 (antes categoría 3). REAL DECRETO 717/2010, de 28 de mayo, que modifican el RD 363/1995, de 10 de marzo y el RD 255/2003, de 28 de febrero, donde se aprueba el Reglamento sobre clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas y preparados peligrosos. 55

56 REAL DECRETO 255/2003, de 28 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre clasificación, envasado y etiquetado de preparados peligrosos. BOE 4/3/2003. Deroga el Real Decreto 1078/1993. REAL DECRETO 379/2001, de 6 de abril por el que se aprueba el Reglamento de almacenamiento de productos químicos y sus instrucciones técnicas complementarias MIE-APQ-1, MIE-APQ- 2, MIE-APQ-3, MIE-APQ-4, MIE-APQ-5, MIE-APQ-6, MIE-APQ- 7. RD 379/2001 NACIONAL REAL DECRETO 2016/2004, de 11 de octubre, por el que se aprueba la Instrucción técnica complementaria MIE APQ-8 «Almacenamiento de fertilizantes a base de nitrato amónico con alto contenido en nitrógeno» REAL DECRETO 1311/2005, de 4 de noviembre, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores frente a los riesgos derivados o que puedan derivarse de la exposición a vibraciones mecánicas. 56

57 REAL DECRETO 1254/1999, de 16 de julio, por el que se aprueban las medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas. REAL DECRETO 119/2005, de 4 de febrero, por el que se modifica el R. D. 1254/1999. REAL DECRETO 948/2005, de 29 de julio, por el que se modifica el R. D. 1254/1999. REAL DECRETO 374/2001, de 6 de abril, sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos NACIONAL relacionados con los agentes químicos durante el trabajo. REAL DECRETO 374/2001, de 6 de abril, sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo. REAL DECRETO 1316/1998, sobre la protección de los trabajadores frente a los riesgos derivados de la exposición al ruido durante el trabajo. REAL DECRETO 178/2005, de 18 de febrero, por el que se regula la concesión de ayudas para la renovación del parque nacional de tractores. 57

58 REAL DECRETO 286/2006 de 10 de marzo, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido. REAL DECRETO 330/2009, de 13 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1311/2005, de 4 de noviembre, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores frente a los riesgos derivados o que puedan derivarse de la exposición a vibraciones mecánicas. NACIONAL REAL DECRETO 1013/2009, de 19 de junio, sobre caracterización y registro de la maquinaria agrícola. DECRETO 515/2009, de 22 de septiembre, por el que se establecen las normas técnicas, higiénico-sanitarias y medioambientales de las explotaciones ganaderas. REAL DECRETO 488/2010, de 23 de abril, por el que se regulan los productos zoosanitarios. 58

59 REAL DECRETO 105/2010, de 5 de febrero, por el que se modifican determinados aspectos de la regulación de los almacenamientos de productos químicos y se aprueba la instrucción técnica complementaria MIE APQ-9 «almacenamiento de peróxidos orgánicos». REAL DECRETO 108/2010, de 5 de febrero, por el que se modifican diversos reales decretos en materia de agricultura e industrias agrarias, para su adaptación a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso de las actividades de NACIONAL servicios y su ejercicio. REAL DECRETO 404/2010, de 31 de marzo, por el que se regula el establecimiento de un sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan contribuido especialmente a la disminución y prevención de la siniestralidad laboral. REAL DECRETO 830/2010, de 25 de junio, por el que se establece la normativa reguladora de la capacitación para realizar tratamientos con biocidas. 59

60 LEY 20/2007, de 11 de julio, del estatuto del trabajo autónomo (art.8) LIBRO BLANCO SOBRE LA VIGILANCIA DE LA SALUD PARA LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. Ministerio de NACIONAL Sanidad y Consumo. ORDEN DE 25 DE MARZO DE 1998, por la que se adapta en función del progreso técnico el Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo. CONCEPTO DEFINICIÓN DECRETO 77/1997, de 27 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Código de Buenas Prácticas Agrarias de la Comunidad Autónoma de Aragón y se designan ARAGÓN determinadas áreas Zonas Vulnerables a la contaminación de las aguas por los nitratos procedentes de fuentes agrarias. DECRETO 226/2005, de 8 de noviembre, del Gobierno de Aragón por el que se modifica el Decreto 77/1997, de 27 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Código de Buenas Prácticas Agrarias. 60

61 Ley 11/2003, de 19 de marzo, de protección animal, de la Comunidad Autónoma de Aragón. (B.O.A. nº 35, de 26 de marzo). DECRETO 187/2008, de 23 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Comité Consultivo para la Protección y Bienestar Animal y de la declaración de las asociaciones de ARAGÓN protección y defensa de los animales, como entidades colaboradoras de la Administración. BOA 6 de octubre). DECRETO 239/2008, de 16 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen las normas de homologación de los cursos de formación y las de acreditación de las entidades de formación, de los cuidadores y manipuladores de animales, de los adiestradores de los animales de compañía y de los animales potencialmente peligrosos. (BOA 24 de diciembre). 61

62 DECRETO 65/2006, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se determinan los órganos competentes de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se establecen reglas de procedimiento, en materia de actividades de utilización confinada, liberación voluntaria y comercialización de los organismos modificados genéticamente (BOA nº 347 de 22 de marzo de 2006). ORDEN DE 27 DE JULIO de 1998, del Departamento de Agricultura y Medio Ambiente, por la que se regula la inscripción y funcionamiento del Registro Oficial de Establecimientos y ARAGÓN Servicios de Plaguicidas en la Comunidad Autónoma de Aragón. ORDEN DE 5 DE MAYO de 2004, del Departamento de Agricultura y Alimentación, por la que se modifica la Orden de 27 de julio de 1998, del Departamento de Agricultura y Medio Ambiente, por la que se regula la inscripción y funcionamiento del Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Plaguicidas. ORDEN DE 26 DE FEBRERO de 2010, del Consejero de Agricultura y Alimentación, por la que se modifica la Orden de 27 de julio de 1998, del Departamento de Agricultura y Medio Ambiente, por la que se regula la inscripción y funcionamiento del Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Plaguicidas en la Comunidad Autónoma de Aragón, y se establecen disposiciones complementarias en materia de productos fitosanitarios. 62

63 DECRETO 87/2005, de 26 de abril, del Departamento de Salud y Consumo, por el que se crea el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas de la Comunidad Autónoma de Aragón. ORDEN de 13 de febrero de 2006, del Departamento de Salud y Consumo, por la que se regula la inscripción y el funcionamiento del Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas de la Comunidad Autónoma de Aragón. ARAGÓN ORDEN DE 13 DE FEBRERO de 2006, del Departamento de Salud y Consumo, por la que se establece la normativa reguladora del Libro Oficial de Movimientos Biocidas de la Comunidad Autónoma de Aragón. ORDEN de 13 de octubre de 2009, de la Consejera de Salud y Consumo por la que se modifica la ORDEN DE 13 DE FEBRERO de 2006, del Departamento de Salud y Consumo, por la que se regula la inscripción y el funcionamiento del Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas de la Comunidad Autónoma de Aragón. 63

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