BASES REGULADORAS DE LA I CONVOCATORIA DE PROYECTOS PILOTO PARA LA IMPLANTACION DE SERVICIOS DE MEDIACIÓN EN ANDALUCIA

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1 BASES REGULADORAS DE LA I CONVOCATORIA DE PROYECTOS PILOTO PARA LA IMPLANTACION DE SERVICIOS DE MEDIACIÓN EN ANDALUCIA 1. Antecedentes La Fundación Pública Andaluza MEDIARA en reunión del Patronato celebrada el pasado 13 de diciembre de 2011 aprobó el Plan de Actuación para El citado documento marca las directrices que orientará las actuaciones de esta institución en el presente ejercicio. En el diseño de este segundo Plan de Actuación se ha optado por presentar Programas en consonancia con las líneas estratégicas definidas para cada área de trabajo. Los Programas no sólo consolidan las actuaciones iniciadas, sino que además, pretenden recoger nuevas propuestas a los retos que la Fundación MEDIARA afronta en el futuro a corto y medio plazo, en el ámbito de la resolución extrajudicial de los conflictos. Tal y como recoge el citado documento de trabajo, el desarrollo de algunas de sus actuaciones se llevará a cabo mediante convocatorias públicas que serán publicadas oportunamente en la página web de la Fundación MEDIARA. Es por lo que, a través del presente se abre la I Convocatoria de Proyectos Piloto de Mediación, incluida en el programa de actuación: TRABAJO EN RED Y TRANSFERENCIA DEL CONOCIMIENTO. TraRedCo. 2. Objetivos de la convocatoria La presente convocatoria persigue los siguientes objetivos: o o o o Facilitar la adquisición de experiencias de mediación, previas a la implantación de servicios de mediación. Impulsar la implantación de nuevos métodos de resolución de conflictos. Profundizar en el conocimiento y análisis de los sistemas extrajudiciales de resolución de conflictos en nuestra comunidad autónoma. Fomentar el estudio y evaluación de los sistemas alternativos de resolución de conflictos en distintos ámbitos de intervención.

2 o Contribuir a cambiar comportamientos, hábitos y valores de la sociedad en relación a la resolución alternativa de conflictos. 3. Tipos de Proyectos Los proyectos financiables habrán de desarrollarse en los ámbitos detallados a continuación, deberán cumplir alguno o algunos de los objetivos del artículo 2 de las presentes bases y se desarrollarán dentro del territorio de la Comunidad Autónoma Andaluza. A) Proyectos de mediación en el ámbito mercantil. Esta modalidad está orientada hacia la puesta en marcha de proyectos pilotos de mediación mercantil. Los proyectos que se presenten en este ámbito de trabajo deben tener por objetivo la puesta en práctica de servicios de mediación empresarial que ofrezcan fórmulas alternativas y /o complementarias de resolución de controversias distintas a la vía judicial. B) Proyectos de mediación en el ámbito de la vivienda. Se encuadrarán dentro de esta tipología, los proyectos pilotos orientados hacia la puesta en marcha de servicios de mediación en el ámbito de la vivienda. Sin tener carácter limitativo, los proyectos que se presenten en esta segunda tipología podrán estar relacionados con temas de impagos de hipotecas, alquileres, acceso a la vivienda, etc. C) Proyectos de mediación comunitaria. Esta modalidad está orientada a la puesta en marcha de servicios de mediación comunitarios que contribuyan a facilitar la convivencia, la prevención de la violencia y la mejora de la calidad de vida de la ciudadanía. D) Proyecto de mediación sanitaria. Esta modalidad está abierta a la presentación de proyecto pilotos de mediación en relación a los conflictos surgidos en el ámbito de la atención sanitaria para dar respuesta a los conflictos que pueden aparecer entre profesionales sanitarios, usuario-profesional, usuario-usuario, institución-profesional y otros organismos relacionados.

3 4. Solicitantes Podrá ser beneficiario las entidades sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, con capacidad de obrar, que no esté incursa en algunas de las prohibiciones relacionadas en el art de la Ley 38/2003 General de Subvenciones, que tengan contemplado entre sus fines la promoción, divulgación o desarrollo de los sistemas extrajudiciales de resolución de conflictos, que cuenten para el desarrollo del proyecto con profesionales de la mediación. 5. Gastos financiables Podrán ser objeto de financiación por parte de la Fundación MEDIARA, todos aquellos gastos que resulten estrictamente necesarios para la realización de la acción objeto de la ayuda y que no puedan clasificarse como superfluos, en particular y sin carácter limitativo, podrán financiarse los siguientes gastos: Gastos de difusión y publicidad del proyecto. Gastos de personal y seguridad social directamente afecto al proyecto. Gastos de desplazamiento del personal afecto al proyecto. Gastos de material de oficina. Gastos de elaboración Memoria final en cualquier formato. En ningún caso se considerarán gastos financiables los de material inventariable, ni gastos clasificables como de representación, entendiendo como tales: comidas, cenas, atenciones protocolarias de cualquier índole, refrigerios, catering, etc. Todos los gastos habrán de ser contraídos durante el periodo de ejecución que se establezca para la realización de las actividades objeto de la ayuda. 6. Importe máximo de ayuda

4 El presupuesto máximo destinado por la Fundación MEDIARA a apoyar las iniciativas presentadas en el marco de la presente convocatoria será de ,00. El importe máximo con el que se financiarán las iniciativas seleccionadas no superarán los ,00 por proyecto y se elegirá un proyecto por cada uno de los ámbitos contemplados en el artículo 3. El importe asignado en ningún caso podrá superar el 75 % del presupuesto total de gastos previstos en la actividad o proyecto. El importe de la ayuda que se conceda será compatible con cualquier otra ayuda, ingreso o recurso, pero en ningún caso podrá ser de tal cuantía, que aislada o en concurrencia con otras ayudas, ingresos o recursos, supere el coste total de la actividad objeto de la ayuda. 7. Plazo de ejecución. La iniciativa o actuación para la que se solicita ayuda tendrá un plazo de ejecución de un año, desde la fecha de firma del convenio suscrito. Podrán establecerse plazos parciales, coincidentes con la anualidad. La fecha concreta de inicio, el plazo de ejecución y el de justificación de las iniciativas seleccionadas se concretarán en el Convenio de Colaboración que se suscriba con la entidad solicitante. 8. Presentación de solicitudes La solicitud irá dirigida a la Presidencia de la Fundación Pública Andaluza MEDIARA y se entregarán directamente en la sede la fundación sita en Plaza Nueva nº 4, 4ª planta de Sevilla, cumplimentando el impreso de solicitud correspondiente o se enviará por correo dentro del mismo plazo, debiendo justificar la fecha del envío mediante el sello de la correspondiente oficina de correos, acompañada de la siguiente documentación: En relación a la entidad solicitante: Acta de constitución. Fotocopia de inscripción en el registro público que legalmente le corresponda.

5 Declaración formal de que la entidad no esté incursa en algunas de las prohibiciones relacionadas en el art de la Ley 38/2003 General de Subvenciones. En relación a la iniciativa planteada: Memoria descriptiva, que comprenderá los siguientes datos: 1º. Descripción de la intervención propuesta, plan de trabajo con descripción de las actividades. 2º. Objetivos o finalidad de la intervención. 3º. Destinatarios. 4º. Indicación del lugar donde se prevé ejecutar la intervención. 5º. Cronograma. 6º. Presupuesto detallado de los gastos a efectuar. 7º. Financiación del proyecto. 8º. Experiencia de la entidad en anteriores proyectos de mediación. Relación de personas que integra el equipo técnico indicando su titulación académica y acreditando la formación en mediación. Declaración responsable relativa a otras subvenciones o ayudas concedidas, así como de las que tuviera solicitadas y no estuviesen resueltas, o las que se fueran a solicitar para la misma actividad. El plazo de presentación de las solicitudes será 45 días contados a partir de la fecha de publicación de la presente convocatoria en la web de esta Fundación Pública. 9. Recepción y evaluación técnica En aquellos supuestos en el que los proyectos observe algún defecto subsanable, el solicitante dispondrá de 5 días naturales desde que se le comunique para su subsanación. De no subsanar en el plazo establecido, la propuesta será excluida de la presente convocatoria 10. Selección de Proyectos

6 El órgano competente para la evaluación de iniciativas es la Dirección-Gerencia. Para tal fin, si la complejidad técnica o el alto grado de especialización de la iniciativa evaluada lo hiciese necesario, podrá solicitar un informa técnico al organismo o persona que se considere pueda estar capacitado para ello. Con carácter previo, se procederá a analizar la relación del proyecto presentado con los fines y actividades de la fundación. Si del análisis no se deduce la necesaria correspondencia, no se entrará a la valoración del mismo. La Dirección-Gerencia elevará a la Comisión Permanente del Patronato de la Fundación un informe que incluirá una propuesta de resolución. A la vista del mencionado informe la Comisión Permanente resolverá al efecto. 11. Criterios de evaluación La Dirección-Gerencia de la Fundación MEDIARA, será la encargada de la selección de los proyectos presentados, atendiendo a los siguientes criterios: Los criterios de evaluación de las propuestas admitidas serán los siguientes: A) Calidad técnica del proyecto: (máxima puntuación 25 puntos) Umbral mínimo de puntuación para cada subcriterio: 3 puntos. Subcriterios: Justificación de la propuesta. (de 0 a 5 puntos). Concreción, claridad, coherencia y factibilidad de los objetivos. (de 0 a 5 puntos). Adecuación de la metodología, diseño y plan de trabajo. (de 0 a 5 puntos). Coherencia del presupuesto, capacidad financiera, recursos humanos y de la ayuda solicitada a las actividades planificadas. (de 0 a 5 puntos). Cronograma realista, definición precisa de tareas y responsabilidades y metodología de trabajo. (de 0 a 5 puntos). B) Idoneidad del equipo: (máxima puntuación 15 puntos) Umbral mínimo de puntuación para cada subcriterio: 3 puntos. Subcriterios: Aptitudes de los miembros del equipo para la consecución de los objetivos y ejecución de actividades previstas. (de 0 a 5 puntos).

7 Experiencia del grupo en la temática propuesta y complementariedad con otras actividades previstas. (de 0 a 5 puntos). Carácter multidisciplinar del equipo asociado al proyecto. (de 0 a 5 puntos). En el caso de que alguna propuesta no alcance el umbral mínimo de puntuación exigido en alguno de los subcriterios, la propuesta quedará excluida de la convocatoria. C) La introducción de la perspectiva de género en el diseño y ejecución del proyecto (10 puntos). 12. Criterios de selección Los proyectos elegidos serán aquellos que alcancen mayor puntuación. La entidad convocante se reserva la facultad de prorratear las ayudas entre los proyectos seleccionados de igual puntuación. 13. Resolución La decisión de concesión de las ayudas a las iniciativas se hará pública en la web de la Fundación MEDIARA y se comunicará personalmente a los beneficiarios, tanto si las iniciativas son seleccionadas como si son denegadas, tan pronto como se haya adoptado la decisión. La resolución será inapelable al no tener las presentes ayudas el carácter de subvenciones públicas sino de entregas dinerarias sin contraprestación de conformidad con la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones y el Real Decreto 887/2006 de 21 de julio que desarrolla su reglamento. La Fundación se reserva la posibilidad de que la convocatoria quede desierta por el incumplimiento de los requisitos o no alcanzar los proyectos la puntuación mínima. 14. Formalización de la colaboración Las ayudas se formalizarán mediante la suscripción de un convenio de colaboración entre la Fundación MEDIARA y la entidad cuya iniciativa haya sido seleccionada. Para la formalización del convenio la entidad solicitante deberá aportar en un plazo de 15 días siguientes a la comunicación de la resolución, entre otros, los siguientes documentos:

8 Documentación acreditativa de la personalidad del solicitante y, en su caso, del poder de representación que ostenta. Certificados de encontrarse al corriente de sus obligaciones con la administración tributaria y con la Seguridad Social, expedidos por los organismos oficiales competentes. En el Convenio se fijarán las condiciones de pago, obligaciones de las partes y forma de justificación en relación a los fondos percibidos de conformidad con la presente convocatoria. El convenio recogerá detalladamente el procedimiento de justificación de la ayuda, la posibilidad de realizar anticipos, pagos parciales asociados a la recepción de informes de seguimiento de proyecto. También contemplará como anexo al mismo la memoria del proyecto que contendrá el plan de trabajo, actuaciones programadas y cronograma detallado. En cualquier caso la entidad vendrá obligada a justificar cien por cien del presupuesto presentado y tomado en consideración para establecer la cuantía de la ayuda. 15. Abono y justificación de la ayuda Con carácter general, la ayuda concedida se hará efectiva a favor de la entidad con la que se suscribe el convenio, en dos plazos: Un primer pago antes de finalizar el año 2012, previa justificación gastos efectuados y presentados hasta el 10 de de diciembre de Un segundo pago final, una vez justificados los gastos y presentado el informe final en el mes siguiente a la fecha de finalización del convenio. Toda justificación se realizará mediante la presentación ante la Fundación de las siguientes memorias y documentos: A. Memoria técnica: a) Memoria técnica de desarrollo de la actividad:

9 Contendrá información de la situación inicial previa al comienzo del trabajo y las acciones emprendidas para su puesta en marcha. Se informará del desarrollo de la acción, sus dificultades, sus éxitos y cuanta información se considere de interés, para conocer la ejecución de la actuación. Esta memoria se presentará previa al cobro del primer pago. b) Memoria técnica final: Contendrá la información detallada en la anterior memoria, más la ejecución de la acción en el segundo periodo de la programación y un apartado final de conclusiones y recomendaciones. Esta memoria se presentará previa al cobro del último pago. B. Memoria económica: Esta memoria se presentará previa al cobro de cada pago y deberá acompañarse de: Una relación clasificada de los gastos de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y fecha de pago. Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que se hace referencia en el párrafo anterior, acompañadas de declaración jurada acreditativa del pago. C. Documentación final adicional: La justificación final deberá incorporar, además de las anteriores memorias señaladas, la siguiente documentación: Declaración responsable en la que se indique el coste total del proyecto y las aportaciones recibidas que hayan financiado la actividad con indicación del importe y su procedencia. Certificado de la persona que desempeñe funciones de control contable, acreditando los siguientes extremos: 1. Que se ha registrado en su contabilidad los ingresos correspondientes a los importes de la aportación entregada.

10 2. Que los fondos recibidos se han destinado a la finalidad para la que se concedió la aportación económica. La Fundación podrá exigir cualquier otra documentación adicional que estime conveniente y realizar todas las actuaciones que considere oportunas a los efectos de comprobar el cumplimiento de las condiciones a que queda sujeta su aportación económica. 16. Resultado y difusión de los proyectos pilotos El objetivo de esta convocatoria es contribuir a acercar a la sociedad los beneficios de la implantación de servicios de mediación transfiriendo los resultados de las experiencias que se seleccionen. La Fundación Mediara se reserva el derecho de publicación y difusión de los resultados de los proyectos de seleccionados en cualquier formato y soporte. Por ello, el convenio deberá recoger entre otras las siguientes obligaciones del beneficiario: 1) Asistencia a las reuniones, previa convocatoria de la dirección gerencia de la fundación. 2) Presentación de las memorias, documentos e informes establecidos en el convenio. 3) Informar puntual y detalladamente a la Fundación de todas aquellas actividades (participación en jornadas, talleres, congresos, etc.) y/o publicaciones (artículos, revistas, comunicaciones, etc.) derivadas de la puesta en marcha del proyecto durante la ejecución del mismo y en los doce meses siguientes a su finalización. 4) Mencionar a la Fundación Pública Andaluza MEDIARA como entidad financiadora del proyecto. 5) Disponibilidad para presentar los resultados del proyecto en la sede de la Fundación si así les fuera requerido, así como para participar en actos de debate sobre el tema objeto del proyecto dentro del periodo de duración del proyecto o en los doce meses siguientes a su finalización. 6) Aceptación del ejercicio de los derechos de explotación sobre los resultados del proyecto por parte de la fundación. 17. Marco legal Las ayudas percibidas no se otorgan bajo el ejercicio de potestades administrativas. Por tanto, se regirán por el derecho privado, y en concreto por lo dispuesto en el presente documento y los convenios que se firmen con los beneficiarios.

11 Sin perjuicio de la aplicación del derecho privado, se aplicarán también los principios de gestión e información establecidos respectivamente en los artículos 8 y 20 de la Ley General de Subvenciones, Ley 38/2003, de 17 de noviembre. 18. Aceptación de las bases La simple presentación de la solicitud de las presentes ayudas implica la aceptación de las bases que la regulan. En la tramitación del procedimiento descrito en el párrafo precedente se garantizará en todo caso el derecho de audiencia del interesado. Contra la decisión de la Fundación no cabe recurso alguno. El interesado acepta el carácter inapelable de la decisión que adopte la entidad convocante. 19. Incumplimiento El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que se fijan en las presentes bases o en la resolución de concesión supondrá la revisión de esta última. El procedimiento de reintegro de las ayudas se iniciará de oficio por la Fundación, quien, en su caso, podrá resolver de forma motivada la anulación, disminución o devolución de la cantidad otorgada. 20. Protección de datos Los datos facilitados por las entidades solicitantes de las ayudas estarán en todo momento protegidos por lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/99 de 13 diciembre de protección de datos de carácter personal.

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