BOLETÍN LEGAL MHOV. Normas que regirán las operaciones de monedas extranjeras en el Sistema Financiero Nacional a partir del mes de Septiembre de 2018
|
|
- Mercedes Fernández
- hace 5 años
- Vistas:
Transcripción
1 BOLETÍN LEGAL MHOV Caracas, 10 de Septiembre Normas que regirán las operaciones de monedas extranjeras en el Sistema Financiero Nacional a partir del mes de Septiembre de 2018 Se les informa que el día 7 de Septiembre de 2018, fue publicada la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N 6.405, Extraordinaria. De lo publicado se resalta lo siguiente: Banco Central de Venezuela Convenio Cambiario N 1. Este Convenio Cambiario constituye, desde un punto de vista jurídico y conceptual, una apertura del sistema bajo el establecimiento de una libre convertibilidad de la moneda en todo el territorio nacional 1, por lo que queda permitida la compra y venta de divisas y monedas extranjeras en el país, para personas naturales y jurídicas, así como el Banco Central de Venezuela (BCV), provenientes del sector público y de la actividad exportadora del sector privado, mediante las instituciones del sector bancario y demás operadores cambiarios autorizados. Al respecto, presentamos a continuación resumen sobre los puntos relevantes que se desprenden del contenido de dicho Convenio, a saber: I. POSICIONES GENERALES Como fue indicado anteriormente, con la entrada en vigencia de este Convenio cambiario el BCV podrá realizar operaciones de compra y venta divisas y monedas extranjeras en el país, de acuerdo con la disponibilidad que determine su Directorio, considerando las condiciones monetarias, crediticias y cambiarias relacionadas con la estabilidad de la moneda y los niveles de reserva internacional. Deberá además desplegar, de manera conjunta con el Ministerio del Poder Popular con competencia 1 Artículo 1, literal e. Convenio Cambiario N 1. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N 6.405, Extraordinaria.
2 en finanzas, todas las acciones pertinentes y sanas prácticas para el funcionamiento del sistema cambiario, a los fines de evitar y/o contrarrestar los potenciales perjuicios de tal sistema. El pago de tales obligaciones extranjeras será realizado de acuerdo a lo siguiente: De las obligaciones pactadas en moneda extranjera como moneda en cuenta: podrá efectuarse el pago en dicha moneda o, en su defecto, en bolívares soberanos (Bs.S.) al tipo de cambio vigente a la fecha del pago. De obligaciones pactadas en moneda extranjera como moneda en pago: únicamente en la referida moneda, aun cuando se haya pactado en vigencia de restricciones cambiarias. Únicamente será modificable cuando se haya pactado previo al establecimiento a tales restricciones cambiarias y siempre que estas sean un impedimento para el cumplimiento del deudor. En todo caso, el tipo de cambio que regirá para la compra y venta de monedas extranjeras fluctuará libremente; para ello, los operadores de cambio autorizados deberán anunciar en sus oficinas el tipo de cambio de referencia y hacer de conocimiento al público en general, a través de avisos disponibles en sus oficinas, el porcentaje o monto aplicable por concepto de comisión, tarifa y/o recargo establecido al efecto. En el caso puntual de operaciones efectuadas directamente por el BCV, se regirán bajo los mismos términos a excepción de la compra, en la cual se entenderán al tipo de cambio vigente para la fecha reducido en un cero coma veinticinco por ciento (0,25%). II. DE LOS OPERADORES CAMBIARIOS Los operadores cambiarios autorizados serán los bancos universales regidos por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Instituciones del Sector Bancario. Quedará a discreción del Directorio del BCV el autorizar a otras instituciones bancarias para actuar como operadores cambiarios en dicho Sistema; además, su participación estará regulada por las autorizaciones particulares que imparta este de manera conjunta el Ministerio del Poder Popular con competencia en finanzas. Tales instituciones deberán llevar un registro de sus transacciones u operaciones realizadas en el país en moneda extranjera, sea cual fuere su naturaleza, así como suministrar la información que le sea requerida por el BCV. Asimismo, los operadores
3 cambiarios autorizados deberán mantener la documentación soporte de las operaciones de compra venta de moneda extranjera, por al menos el lapso de diez (10) años calendario; sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa especial dictada en la materia por la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (SUDEBAN). No obstante lo anterior, las instituciones de los sectores bancario, asegurador y del mercado de valores no podrán hacer cotizaciones de demanda a través del Sistema de Mercado Cambiario. El Directorio del Banco Central de Venezuela, cuando lo estime conveniente, podrá autorizar que tales instituciones presenten posturas de demanda para la atención de compromisos o inversiones indispensables para el cumplimiento de su objeto, previa solicitud motivada; para ello, se deberá garantizar la existencia y disponibilidad de los fondos en bolívares soberanos (Bs.S.) y en moneda extranjera que soporten las posiciones que sean ofertadas o demandadas, para lo cual las instituciones bancarias deberán realizar un bloqueo preventivo de los fondos al momento de realizar la cotización. III. OPERACIONES DE COMPRA Y VENTA DE POSICIONES PROPIAS Tanto las personas naturales como jurídicas del sector privado, estarán sujetas a los términos convenidos en el marco de la regulación del mercado cambiario. En dichas operaciones, el BCV podrá adquirir los excedentes de aquellas ofertas de monedas extranjeras que, por los términos de las mismas o volumen de la demanda, no puedan pactarse. En todos los casos, estas operaciones se realizarán mediante sistema automatizado, sin que los participantes conozcan las cotizaciones de oferta y demanda durante el proceso de cotización y cruce de las transacciones, información esta que conjuntamente con la identificación de la contraparte resultante, se conocerá luego del proceso de pacto a los fines de la liquidación de las transacciones pactadas. IV. DE LAS OPERACIONES CAMBIARIAS AL MENUDEO Las personas naturales y jurídicas interesadas en realizar operaciones de ventas de moneda extranjera por cantidades iguales o inferiores a ocho mil quinientos Euros ( 8.500), o su equivalente en otra moneda extranjera, por operación, podrán hacerlo a través de los operadores cambiarios autorizados y al tipo de cambio correspondiente al día inmediatamente anterior a la fecha de la respectiva operación. Para ello, los bancos universales y las casas de cambio regidos por el Decreto con Rango, Valor y
4 Fuerza de Ley de Instituciones del Sector Bancario, podrán actuar como intermediarios especializados. El tipo de cambio aplicable a las operaciones de venta de moneda extranjera en el mercado cambiario al menudeo será el de referencia del día inmediatamente anterior a la fecha de la respectiva operación, incrementado en un uno por ciento (1%). V. DE LAS OPERACIONES CAMBIARIAS DEL SECTOR PRIVADO EXPORTADOR Las personas naturales y jurídicas privadas, dedicadas a la exportación de bienes y servicios, podrán retener y administrar libremente hasta el ochenta por ciento (80%) del ingreso que perciba en divisas. Dichos pagos deberán ser recibidos exclusivamente en divisas, con excepción de aquellas operaciones que sean tramitadas a través del Convenio de Pagos y Créditos Recíprocos de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI) y del Sistema Unitario de Compensación Regional de Pagos (SUCRE), para lo cual el BCV informará a la Administración Aduanera y Tributaria de tales operaciones conforme a la información disponible en sus sistemas. El veinte por ciento (20%) restante de las divisas serán vendidas al BCV, al tipo de cambio de compra. VI. OTROS ASPECTOS RELEVANTES Operaciones realizadas a través de terminales puntos de venta (TPV) Las personas naturales con tarjetas de débito y de crédito giradas en establecimientos comerciales contra cuentas o líneas de crédito en moneda extranjera, así como a las operaciones de avance de efectivo con cargo a dichas tarjetas, serán procesadas al tipo de cambio de compra, en los términos que determine el BCV. Base imponible de las obligaciones tributarias derivadas de las operaciones aduaneras La conversión de la moneda extranjera para la determinación de las obligaciones tributarias derivadas de operaciones aduaneras, se efectuará al tipo de cambio de referencia vigente para la fecha de la liquidación de la obligación tributaria.
5 Igualmente, será aplicable para la determinación de los montos a ser pagados por servicios prestados por auxiliares de la Administración Aduanera y Tributaria y demás servicios conexos, vigente para la fecha de la liquidación de la obligación. Aquel relativo a los regímenes sancionatorios aduaneros y tributarios, será el tipo de cambio de referencia vigente para la fecha de determinación de la sanción correspondiente. Obligaciones tributarias establecidas en leyes especiales Estas, así como las tarifas, comisiones, recargos y precios públicos que hayan sido fijados en la normativa correspondiente en moneda extranjera, podrán ser pagadas alternativamente en la moneda en que están denominadas, en su equivalente en otra moneda extranjera conforme a la cotización publicada al efecto por el BCV, o en bolívares soberanos (Bs.S.) aplicando para ello el tipo de cambio de referencia vigente para la fecha de la operación. Las monedas extranjeras que se obtengan por concepto de estos pagos deberán ser vendidas al BCV, aplicando para ello el tipo de cambio de compra, dentro de las setenta y dos (72) horas siguientes a su percepción, a través de los operadores cambiarios autorizados al efecto, salvo que los entes u órganos receptores o recaudadores acuerden mantener dichos montos depositados en cuentas en moneda extranjera, para lo cual deberán requerir la autorización del BCV. Finalmente, mediante la entrada en vigencia del Convenio Cambiario objeto del presente, quedan derogados los Convenios Cambiarios N 1, 4, 5, 6, 9, 10, 11, 13, 18, 20, 23, 26, 27, 28, 30, 31, 34, 36, 37 y 39. Se adjunta en archivo separado: Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N 6.405, Extraordinaria; y, Convenio Cambiario N 1. El presente Boletín no constituye una opinión legal, para cualquier aclaratoria con relación al contenido del mismo, pueden comunicarse con: MÁRQUEZ HENRÍQUEZ ORTIN & VALEDÓN (MHOV ABOGADOS).
CONVENIO CAMBIARIO N 34
CONVENIO CAMBIARIO N 34 El Ejecutivo Nacional representado por el ciudadano Ramón Augusto Lobo Moreno, en su carácter de Ministro del Poder Popular de Economía y Finanzas, autorizado por el Decreto 2.278
Más detallesBOLETÍN INFORMATIVO CONVENIO CAMBIARIO N 35
Marzo 2016 BOLETÍN INFORMATIVO CONVENIO CAMBIARIO N 35 En la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 40.865 del 9 de marzo de 2016, se publicó el Convenio Cambiario N 35 celebrado entre
Más detallesEl SIMADI tiene tres mecanismos para el cambio de moneda extranjera:
SIMADI: UNA VENTANA DE FLEXIBILIDAD (Aspectos relevantes del Convenio Cambiario Nº 33) El 10 de febrero de 2015, el Ministerio del Poder Popular de Economía, Finanzas y Banca Pública y el Banco Central
Más detallesAVISO OFICIAL. Dado en Caracas, a los veintinueve (29) días del mes de enero de dos mil dieciocho (2018). CONVENIO CAMBIARIO N 39
AVISO OFICIAL Por cuanto en el Convenio Cambiario N 39 publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N 41.329 de fecha 26 de enero de 2018, se incurrió en falla en el original,
Más detallesQué normativa rige las operaciones que se realicen a través del SITME por parte de las personas jurídicas hasta el 31/12/2011?
ABC para realizar Operaciones de compra y venta en bolívares de Títulos en Moneda Extranjera a través del Sistema de Transacciones con Títulos en Moneda Extranjera (SITME) para las Personas Jurídicas A
Más detallesEL NUEVO CONVENIO CAMBIARIO N 1:
EL NUEVO CONVENIO CAMBIARIO N 1: PRINCIPALES MODIFICACIONES AL RÉGIMEN CAMBIARIO JOSÉ IGNACIO HERNÁNDEZ G. 10/09/2018 EL NUEVO CONVENIO CAMBIARIO N 1: PRINCIPALES MODIFICACIONES AL RÉGIMEN CAMBIARIO En
Más detallesCONVENIO CAMBIARIO N 38
CONVENIO CAMBIARIO N 38 El Ejecutivo Nacional, representado por el ciudadano Ramón Augusto Lobo Moreno, en su carácter de Ministro del Poder Popular de Economía y Finanzas y Vicepresidente Sectorial de
Más detallesTODO LO QUE NECESITA CONVENIO N 38 QUE SABER SOBRE EL REGULA AL DICOM JOSÉ IGNACIO HERNÁNDEZ G.
TODO LO QUE NECESITA SABER SOBRE EL CONVENIO N 38 QUE REGULA AL DICOM JOSÉ IGNACIO HERNÁNDEZ G. 24/05/2017 TODO LO QUE NECESITA SABER SOBRE EL CONVENIO N 38 QUE REGULA AL DICOM En la Gaceta Oficial N 6.300
Más detallesConvenio cambiario N 35
Convenio cambiario N 35 El pasado 9 de marzo de 2016, el Ejecutivo Nacional publicó la Gaceta Oficial N 40.865 el Convenio Cambiario N 35 (en lo sucesivo denominado Convenio Cambiario ), mediante la cual
Más detallesBoletín de Actualidad Corporativa Convenio Cambiario No. 28
www.pwc.com/ve Boletín de Actualidad Corporativa Convenio Cambiario No. 28 Asesoría Fiscal (Tax) Abril, 2014 - N 4 Espiñeira Pacheco y Asociados En fecha 04 de abril de 2014 fue publicado en la Gaceta
Más detallesConvenio Cambiario N 27. (Gaceta Oficial N del 10 de marzo de 2014) CONVENIO CAMBIARIO N 27
Convenio Cambiario N 27 (Gaceta Oficial N 40.368 del 10 de marzo de 2014) CONVENIO CAMBIARIO N 27 El Ejecutivo Nacional, representado por el ciudadano Rodolfo Clemente Marco Torres, en su carácter de Ministro
Más detallesReforma a las políticas cambiarias del sector exportador
Avance Legal 19 de septiembre de 2016 Reforma a las políticas cambiarias del sector exportador En Gaceta Oficial Nº 40.985 del 9 de septiembre de 2016, se publicó reforma al Convenio Cambiario Nº 34, mediante
Más detallesBANCO CENTRAL DE VENEZUELA AVISO OFICIAL
BANCO CENTRAL DE VENEZUELA AVISO OFICIAL Por cuanto en la Resolución Nº 10-03-01 de fecha 2 de marzo de 2010, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.379 del 4 de
Más detallesCONVENIO CAMBIARIO N 11
CONVENIO CAMBIARIO N 11 El Ejecutivo Nacional, representado por el ciudadano Rodolfo Clemente Marco Torres, en su carácter de Ministro del Poder Popular de Economía, Finanzas y Banca Pública, autorizado
Más detallesBANCO CENTRAL DE VENEZUELA RIF: G
BANCO CENTRAL DE VENEZUELA RIF: G-20000110-0 Caracas, 30 de enero de 2017 CIRCULAR El Banco Central de Venezuela, en función de lo previsto en el artículo 318 de la Constitución de la República Bolivariana
Más detallesBANCO CENTRAL DE VENEZUELA AVISO OFICIAL
BANCO CENTRAL DE VENEZUELA AVISO OFICIAL Por cuanto en la Resolución N 13-03-01 de fecha 21 de marzo de 2013, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N 40.133 de esa misma
Más detallesBOLETÍN LEGAL MHOV. Nueva normativa aplicable a las Inversiones Extranjeras
Caracas, 17 de Abril de 2018 BOLETÍN LEGAL MHOV Nueva normativa aplicable a las Inversiones Extranjeras Se les informa que el día 29 de diciembre de 2017, fue publicada la Gaceta Oficial de la República
Más detallesPKF NEWSLETTER. No. 91 SUMARIO. Convenio cambiario N 35: DIPRO Y. PKF CABRERA COLMENARES & ASOCIADOS Contadores Públicos Consultores Gerenciales
SUMARIO De las operaciones de divisas con tipo de cambio Convenio cambiario N 35: DIPRO Y DICOM protegido (DIPRO) Exoneración de pago de ISLR a personas naturales residentes hasta un monto equivalente
Más detallesREFORMA PARCIAL DEL CONVENIO CAMBIARIO N 4
REFORMA PARCIAL DEL CONVENIO CAMBIARIO N 4 El Ejecutivo Nacional, representado por el ciudadano Tobías Nóbrega Suárez, en su carácter de Ministro de Finanzas, autorizado por el Decreto Nº 2.278 de fecha
Más detallesBOLETÍN INFORMATIVO*
RIF: J403938270 BOLETÍN INFORMATIVO* NORMAS QUE REGIRÁN LA CONSTITUCIÓN DEL ENCAJE En la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela signada con el número 41.560 de fecha 09 de enero de 2019
Más detallesBANCO CENTRAL DE VENEZUELA RIF: G
BANCO CENTRAL DE VENEZUELA RIF: G-20000110-0 INSTRUCTIVO PARA TRAMITAR OPERACIONES DE COMPRA Y VENTA EN BOLÍVARES DE TÍTULOS VALORES DENOMINADOS EN DIVISAS A TRAVÉS DEL SISTEMA DE TRANSACCIONES CON TÍTULOS
Más detallesBreve visión de la Legislación Cambiaria en materia de exportaciones.
Foro: Jornada de Derecho Marítimo y Portuario. materia de exportaciones. Cámara de Comercio de Puerto Cabello. Econ. Jose Pinto. Puerto Cabello,. 1 Agenda. 1 Como cambiaron las exportacion en 2017. 2 Convenio
Más detallesCONVENIO CAMBIARIO Nº 1
CONVENIO CAMBIARIO Nº 1 El Ejecutivo Nacional representado por el ciudadano Simón Alejandro Zerpa Delgado, en su carácter de Ministro del Poder Popular de Economía y Finanzas (E), según Decreto N 3.126
Más detallesTarifas y comisiones por servicio Vigentes
Noviembre 2018 I. INSTITUCIONES BANCARIAS 1.1 OPERACIONES EN MONEDA NACIONAL CUENTA DE AHORRO Emisión de libreta (a partir de la segunda) Emisión de libreta por extravio (primera anual gratis) Actualización
Más detallesTarifas y comisiones por servicio Vigentes
I. OPERACIONES EN MONEDA NACIONAL Tarifas y comisiones por servicio Agosto 2018 CUENTA DE AHORRO Emisión de libreta (a partir de la segunda) Emisión de libreta por extravio (primera anual gratis) Actualización
Más detallesQué normativa rige las operaciones que se realicen a través del SITME por parte de las personas naturales hasta el 31/12/2011?
ABC para realizar Operaciones de compra y venta en bolívares de Títulos en Moneda Extranjera a través del Sistema de Transacciones con Títulos en Moneda Extranjera (SITME) para las Personas Naturales A
Más detallesBOLETÍN INFORMATIVO*
RIF: J403938270 BOLETÍN INFORMATIVO* RESOLUCIÓN N 14-07-01 BANCO CENTRAL DE VENEZUELA CASAS DE CAMBIO OPERACIONES MENUDEO EN EL MERCADO CAMBIARIO En Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela
Más detallesBANCO CENTRAL DE VENEZUELA
BCV: Convenio Cambiario N 39 Para todos es bien sabido que el Banco Central de Venezuela es una institución autónoma que maneja el sistema financiero nacional, controla la emisión y las formas y maneras
Más detallesBoletín Extraordinario Marzo, Boletín sobre Convenio Cambiario No. 27 y sus regulaciones. El SICAD II
Boletín Extraordinario Marzo, 2014 Boletín sobre Convenio Cambiario No. 27 y sus regulaciones El SICAD II Las que siguen son una serie de preguntas y respuestas con las que buscamos explicar el contenido
Más detallesBoletín de Actualidad Corporativa PwC Venezuela - Tax Convenio Cambiario N 35 Normas que regirán las operaciones del régimen administrado de divisas
www.pwc.com/ve Boletín de Actualidad Corporativa PwC Venezuela - Tax Convenio Cambiario N 35 Normas que regirán las operaciones del régimen administrado de divisas Asesoría Fiscal Marzo 2016 N 6 Espiñeira,
Más detalles~Superintendencia Nacional de Valores
B República Bolivariana de Venezuela Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario Q ~Superintendencia Nacional de Valores Superintendencia Nacional de Valores N 009 y Superintendencia de las
Más detallesSUMARIO. AÑO CXLV - MES IV Caracas, viernes 26 de enero de 2018 MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
AÑO CXLV - MES IV Caracas, viernes 26 de enero de 2018 Número 41.329 SUMARIO PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA que ésta designe, así como a la Empresa Nacional Aurífera, S.A. (ENA); el derecho a desarrollar
Más detallesTarifas y comisiones por servicio Vigentes
Diciembre 2016 CUENTAS DE AHORRO Monto de apertura No aplica Emisión de libreta (a partir de la segunda libreta al año) Bs. 5,00 Emisión de libreta por extravío (primera anual gratis) Sin cargo Actualización
Más detallesTarifas y comisiones por servicio
CUENTAS DE AHORRO Monto de apertura No aplica Emisión de libreta (a partir de la segunda libreta al año) Bs. 5,00 Emisión de libreta por extravío (primera anual gratis) Sin cargo Actualización de libreta
Más detallesAvance Visor Informativo
Auditoría, Impuestos y Asesores de negocios Convenio Cambiario Nº 38. CONVENIO CAMBIARIO Nº 38 (DICOM) CONVENIO CAMBIARIO N 38, MEDIANTE EL CUAL SE ESTABLECE QUE LAS SUBASTAS DE DIVISAS LLEVADAS A CABO
Más detallesBoletín de Actualidad Corporativa PwC Venezuela - Tax Convenio Cambiario N 36
www.pwc.com/ve Boletín de Actualidad Corporativa PwC Venezuela - Tax Asesoría Fiscal Diciembre 2016 N 13 Espiñeira, Pacheco y Asociados (PricewaterhouseCoopers) En la Gaceta Oficial N 41.040 de fecha 28
Más detallesBANCO CENTRAL DE VENEZUELA RESOLUCION N Resuelve:
BANCO CENTRAL DE VENEZUELA RESOLUCION N 04-03-01 El Directorio del Banco Central de Venezuela, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 7 numeral 5, y 110 de la Ley que rige al Instituto, y conforme
Más detallesEmisión de libreta (a partir de la segunda libreta al año). 50,00
Vigente a partir del 16 de noviembre de 2018 Tarifas y Comisiones ajustadas al Aviso Oficial emanado del Banco Central de Venezuela publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela
Más detallesTarifas y comisiones por servicio Vigentes
CUENTAS DE AHORRO Monto de apertura No aplica Emisión de libreta (a partir de la segunda libreta al año) Bs. 5,00 Emisión de libreta por extravío (primera anual gratis) Actualización de libreta CUENTAS
Más detallesMayo 2017 N 4. En ese sentido, El Convenio Cambiario prevé lo siguiente: I. Características fundamentales del DICOM:
Dictan Convenio Cambiario N 38 que regula las subastas de divisas llevadas a cabo a través del Sistema de Divisas de Tipo de Cambio Complementario Flotante de Mercado (DICOM) El pasado 19 de mayo de 2017
Más detallesGonzalo Capriles Consultor IMPACTO DE LA RECONVERSION MONETARIA EN EL COMERCIO INTERNACIONAL
Gonzalo Capriles Consultor IMPACTO DE LA RECONVERSION MONETARIA EN EL COMERCIO INTERNACIONAL OBLIGACIONES EN MONEDA EXTRANJERA Permitidas por el artículo 116 de la Ley del Banco Central de Venezuela No
Más detallesVisor Informativo Noviembre Auditoría, Impuestos y Asesores de negocios
Noviembre NORMATIVAS EMITIDAS EN NOVIEMBRE 2016 TRIBUTARIO Providencia Administrativa N SNAT/2016/0098, mediante la cual se establece el Calendario de Sujetos Pasivos Especiales y Agentes de Retención
Más detallesGaceta Oficial N : Modificación del Convenio Cambiario Nº 36
Gaceta Oficial N 41.040: Modificación del Convenio Cambiario Nº 36 finanzasdigital.com/2016/11/gaceta-oficial-n-41-040-modificacion-del-convenio-cambiario-no-36/ En Gaceta Oficial N 41.040 del 28 de noviembre
Más detallesOFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
N 6.405 Extraordinario GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 1 AÑO CXLV - MES XI Caracas, viernes 7 de septiembre de 2018 N 6.405 Extraordinario SUMARIO PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Decreto
Más detallesBANCO CENTRAL DE VENEZUELA
N 6.405 Extraordinario GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 1 AÑO CXLV - MES XI Caracas, viernes 7 de septiembre de 2018 N 6.405 Extraordinario SUMARIO PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Decreto
Más detallesCONVENIO CAMBIARIO Nº 36
CONVENIO CAMBIARIO Nº 36 El Ejecutivo Nacional, representado por el ciudadano Rodolfo Medina Del Río, en su carácter de Ministro del Poder Popular para la Banca y Finanzas, autorizado por el Decreto Nº
Más detallesSUMARIO. AÑO CXLV - MES IV Caracas, viernes 26 de enero de 2018 MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
AÑO CXLV - MES IV Caracas, viernes 26 de enero de 2018 Número 41.329 SUMARIO PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Decreto N 3.189, mediante el cual se transfiere a la Corporación Venezolana de Minería, S.A. (CVM),
Más detallesBANCO CENTRAL DE VENEZUELA AVISO OFICIAL
BANCO CENTRAL DE VENEZUELA AVISO OFICIAL El Banco Central de Venezuela, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 21 numeral 26), y 50 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Especial
Más detallesBANCO CENTRAL DE VENEZUELA CONVOCATORIA N SUBASTA ESPECIAL DE DIVISAS PERSONAS NATURALES SICAD
BANCO CENTRAL DE VENEZUELA CONVOCATORIA N 01- SUBASTA ESPECIAL DE DIVISAS PERSONAS NATURALES SICAD El Banco Central de Venezuela invita a todas las personas naturales residentes en Venezuela, debidamente
Más detallesBENSON, PEREZ MATOS, ANTAKLY & WATTS FUNDADO EN 1953 ABOGADOS CONSULTORES CONTROL DE CAMBIO
BENSON, PEREZ MATOS, ANTAKLY & WATTS FUNDADO EN 1953 ABOGADOS CONSULTORES Caracas, 13 de enero de 2010 CONTROL DE CAMBIO REPORTE INSTANTÁNEO CONVENIO CAMBIARIO Nº 14 En fecha 8 de enero de 2010, en la
Más detallesI. OPERACIONES EN MONEDA NACIONAL a) Fondo de Activos Líquidos (FAL) Personas Naturales y/o Jurídicas: Comisión, Tarifa o Recargo (Bs.
I. OPERACIONES EN MONEDA NACIONAL a) Fondo de Activos Líquidos (FAL) Personas Naturales y/o Jurídicas: b) Cuentas Corrientes No Remuneradas de Personas Naturales: c) Cuentas Corrientes No Remuneradas de
Más detallesTARIFAS Y COMISIONES POR SERVICIO Vigente a partir del 16 de mayo de 2018
TARIFAS Y COMISIONES POR SERVICIO Vigente a partir del 16 de mayo de 2018 Tarifas y Comisiones ajustadas al aviso oficial emanado del Banco Central de Venezuela publicado en Gaceta Oficial Nº 41.392, de
Más detallesa) Fondo de Activos Líquidos (FAL) Personas Naturales y/o Jurídicas: b) Cuentas Corrientes No Remuneradas de Personas Naturales:
Vigente a partir del 16 de mayo de 2018 Tarifas y Comisiones ajustadas al aviso oficial emanado del Banco Central de Venezuela publicado en Gaceta Oficial Nº 41.392, de fecha 8 de mayo de 2018 I. OPERACIONES
Más detallesLÍMITE MÁXIMO DE COMISIÓN, TARIFA O RECARGO Bs.S Emisión de libreta (a partir de la segunda libreta al año). 50,00
I. INSTITUCIONES FINANCIERAS I.1. OPERACIONES EN MONEDA NACIONAL a) Fondo de Activos Líquidos (FAL) Personas Naturales y/o Jurídicas: Emisión de libreta (a partir de la segunda libreta al año). 50,00 b)
Más detallesLA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DECRETA
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA La siguiente, DECRETA LEY DE REFORMA PARCIAL DE LA LEY GENERAL DE BANCOS Y OTRAS INSTITUCIONES FINANCIERAS PRIMERO. Se modifica el artículo
Más detallesTARIFAS Y COMISIONES Vigentes a partir del 16 de Noviembre de 2018
PRODUCTOS Y SERVICIOS I. INSTITUCIONES BANCARIAS: I.1 OPERACIONES EN MONEDA NACIONAL OPERACIÓN Y/O ACTIVIDAD TARIFAS Y COMISIONES Vigentes a partir del 16 de Noviembre de 2018 LÍMITE MÁXIMO DE COMISIÓN,TARIFA
Más detallesVisor Informativo Agosto
www.bakertillyvenezuela.com Auditoría, Impuestos y Asesores de negocios Agosto AVISO OFICIAL DEL BANCO CENTRAL DE VENEZUELA, MEDIANTE EL CUAL SE INFORMA AL PÚBLICO EN GENERAL LAS TASAS DE INTERÉS APLICABLES
Más detallesI. OPERACIONES EN MONEDA NACIONAL a.1) Cuentas de Ahorro:
I. OPERACIONES EN MONEDA NACIONAL a.1) Cuentas de Ahorro: TARIFAS Y COMISIONES POR SERVICIO Vigentes a partir del 01 de Diciembre de 2016 Tarifas y comisiones ajustadas a la Resolución Nro 13-03-02, emanada
Más detallesLÍMITE MÁXIMO DE COMISIÓN, TARIFA O RECARGO Bs. LÍMITE MÁXIMO DE COMISIÓN, LÍMITE MÁXIMO DE COMISIÓN,
I. OPERACIONES EN MONEDA NACIONAL a) Fondo de Activos Líquidos (FAL) Personas Naturales y/o Jurídicas: Emisión de libreta (a partir de la segunda libreta al año). TARIFA O S 500,00 0,005 b) Cuentas Corrientes
Más detallesLÍMITE MÁXIMO DE COMISIÓN, TARIFA O RECARGO Bs. LÍMITE MÁXIMO DE COMISIÓN, TARIFA O RECARGO Bs.
I. OPERACIONES EN MONEDA NACIONAL a) Fondo de Activos Líquidos (FAL) Personas Naturales y/o Jurídicas: Emisión de libreta (a partir de la segunda libreta al año). COMISIÓN, COMISIÓN, TARIFA O S 500,00
Más detallesTARIFAS Y COMISIONES Vigentes a partir del 16 de Mayo de 2018
TARIFAS Y COMISIONES Vigentes a partir del 16 de Mayo de 2018 PRODUCTOS Y SERVICIOS I. OPERACIONES EN MONEDA NACIONAL OPERACIÓN Y/O ACTIVIDAD a) Cuentas de Ahorro Naturales y/o Jurídicas: Emisión de libreta
Más detallesI. OPERACIONES EN MONEDA NACIONAL a.1) Cuentas de Ahorro:
TARIFAS Y COMISIONES POR SERVICIO Vigentes a partir del 01 de Mayo de 2018 Tarifas y comisiones ajustadas al Decreto Nro. 3.332 sobre Reconversión Monetaria de fecha 22/03/18, Gaceta Oficial Nro. 41.366
Más detallesCONVENIO CAMBIARIO Nº 33
12 de febrero de 2015 BOLETIN INFORMATIVO CONVENIO CAMBIARIO Nº 33 En Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 6.171 Extraordinario del 10 de febrero de 2015, el Ministerio del Poder
Más detallesTARIFAS Y COMISIONES Vigentes a partir del 01 de Mayo de 2018
TARIFAS Y COMISIONES Vigentes a partir del 01 de Mayo de 2018 PRODUCTOS Y SERVICIOS I. OPERACIONES EN MONEDA NACIONAL OPERACIÓN Y/O ACTIVIDAD a) Cuentas de Ahorro Naturales y/o Jurídicas: Emisión de libreta
Más detallesI. OPERACIONES EN MONEDA NACIONAL a) Fondo de Activos Líquidos (FAL) Personas Naturales y/o Jurídicas / Cuentas de Ahorro:
Vigente a partir del 1 de diciembre de 2016 Tarifas y Comisiones ajustadas al aviso oficial emanado del Banco Central de Venezuela publicado en Gaceta Oficial N 41.042, de fecha 30 de noviembre de 2016.
Más detallesREPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DE FINANZAS. 193 y 145
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DE FINANZAS 193 y 145 Caracas, 15 de marzo de 2004 RESOLUCIÓN N 1.534 De conformidad con lo establecido en los numerales 1, 3 del artículo 8 del Decreto sobre
Más detallesTARIFAS Y COMISIONES POR SERVICIOS - vigentes a partir del 16 de mayo de 2018
TARIFAS Y COMISIONES POR SERVICIOS - vigentes a partir del 16 de mayo de 2018 I. OPERACIONES EN MONEDA NACIONAL a) Fondos de Activos Líquidos (FAL) personas naturales y/o jurídicas: LÍMITE MÁXIMO DE COMISIÓN,
Más detallesTODO SOBRE EL NUEVO DICOM.
TODO SOBRE EL NUEVO DICOM El gabinete económico presentó el nuevo Sistema de Divisas Complementarias (Dicom), que comenzó a funcionar desde la última semana de mayo. Personas jurídicas y naturales podrán
Más detallesVisor Informativo Noviembre
www.bakertillyvenezuela.com Auditoría, Impuestos y Asesores de negocios Noviembre DECRETO N 3.148, MEDIANTE EL CUAL SE CREA LA CIUDADELA COMERCIAL Y DE SERVICIOS DE LA ZONA ECONÓMICA ESPECIAL DE PARAGUANA,
Más detallesEmisión de libreta (a partir de la segunda libreta al año). 50,00
I. INSTITUCIONES FINANCIERAS I.1. OPERACIONES EN MONEDA NACIONAL a) Cuenta de Ahorro y Fondo de Activos Líquidos (FAL) Personas Naturales y/o Jurídicas: Bs. Emisión de libreta (a partir de la segunda libreta
Más detallesTARIFAS, COMISIONES Y RECARGOS POR OPERACIONES Y ACTIVIDADES
I. OPERACIONES EN MONEDA NACIONAL a) Fondos de Activos Líquidos (FAL) Persona Naturales y/o Jurídicas: Emisión de libreta F.A.L. (A partir de la segunda Libreta al año) 83,00 b) Cuentas Corrientes No Remuneradas
Más detallesPREGUNTAS FRECUENTES
PREGUNTAS FRECUENTES 1. Cómo abrir una cuenta en dólares? Puede dirigirse a nuestras oficinas donde será atendido por nuestros Ejecutivos. 2. A partir de cuándo podré abrir una cuenta en dólares? Desde
Más detallesÍNDICE NORMATIVA LÍNEA DE INVESTIGACIÓN SISTEMA FINANCIERO. Actualizado al 04/02/2015
ÍNDICE NORMATIVA LÍNEA DE INVESTIGACIÓN SISTEMA FINANCIERO Actualizado al 04/02/2015 SISTEMA FINANCIERO (ASPECTOS REGULATORIOS Y DE SUPERVISIÓN DE BANCA, SEGUROS Y MERCADO DE VALORES) Instrumento Normativo
Más detallesTarifas, Comisiones y Recargos Por Operaciones y Actividades
I. OPERACIONES EN MONEDA NACIONAL a) Fondo de Activos Líquidos (FAL) Persona Naturales y/o Jurídicas: Emisión de libreta (a partir de la segunda libreta al año) 500.00 0.01 b) Cuentas Corrientes No Remuneradas
Más detallesBANCO CENTRAL DE VENEZUELA AVISO OFICIAL
BANCO CENTRAL DE VENEZUELA AVISO OFICIAL El Banco Central de Venezuela, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 21 numeral 26) y 50 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Especial
Más detallesTARIFAS Y COMISIONES POR SERVICIO
TARIFAS Y COMISIONES POR SERVICIO V Vigentes a partir del 19 de Febrero de 2015 Fecha de publicación 11-03-2016 El Banco Central de Venezuela, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos
Más detallesTARIFAS Y COMISIONES POR SERVICIO
TARIFAS Y COMISIONES POR SERVICIO V Vigentes a partir del 30 de Junio de 2016 Fecha de publicación 01-07-2016 El Banco Central de Venezuela, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos
Más detallesUNIVERSIDAD SIMÓN BOLÍVAR SECRETARÍA DIRECCIÓN DE INGENIERÍA DE INFORMACIÓN
TRÁMITES EN DIVISAS EXTRANJERAS: MODALIDAD CADIVI SALUD INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS DEPORTE CULTURA Y CASOS DE ESPECIAL URGENCIA 2 CONTENIDO I.- ASPECTOS GENERALES I.1.Objetivo I.2. Alcance I.3. Unidades
Más detallesV COMISIONES, TARIFAS O RECARGOS POR PRODUCTOS Y SERVICIOS
V COMISIONES, TARIFAS O RECARGOS POR PRODUCTOS Y SERVICIOS Vigentes a partir del 15 de mayo de 2018 Se informa a los clientes, usuarios y usuarias, los límites máximos de comisión, tarifa o recargo que
Más detallesBANCO CENTRAL DE VENEZUELA AVISO OFICIAL
BANCO CENTRAL DE VENEZUELA AVISO OFICIAL El Banco Central de Venezuela, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 21 numeral 26) y 50 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Especial
Más detallesBANCO CENTRAL DE VENEZUELA CONVOCATORIA N SUBASTA ESPECIAL DE DIVISAS PERSONAS NATURALES SICAD
BANCO CENTRAL DE VENEZUELA CONVOCATORIA N 03-2013 SUBASTA ESPECIAL DE DIVISAS PERSONAS NATURALES SICAD El Banco Central de Venezuela invita a todas las personas naturales residentes en Venezuela, debidamente
Más detalles1 de 9 05/08/ :42
1 de 9 05/08/2013 09:42 volver CONVENIO CAMBIARIO N 1 El Ejecutivo Nacional, representado por el ciudadano Tobías Nóbrega Suárez, en su carácter de Ministro de Finanzas, autorizado por el Decreto N 2.278
Más detallesEDICIONES JURISPRUDENCIA DEL TRABAJO, C.A.
N 6.396 Extraordinario GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 1 AÑO CXLV - MES XI SUMARIO ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE Decreto Constituyente mediante el cual se establece el Régimen
Más detallesAÑO CXXX MES V Caracas, jueves 27 de febrero de 2003 Número CONVENIO CAMBIARIO N 1 CONSIDERANDO CONSIDERANDO CONSIDERANDO CONSIDERANDO
AÑO CXXX MES V Caracas, jueves 27 de febrero de 2003 Número 37.641 CONVENIO CAMBIARIO N 1 El Ejecutivo Nacional, representado por el ciudadano Tobías Nóbrega Suárez, en su carácter de Ministro de Finanzas,
Más detallesTARIFAS Y COMISIONES Vigentes a partir del 30 de Junio de 2016
TARIFAS Y COMISIONES Vigentes a partir del 30 de Junio de 2016 PRODUCTOS Y SERVICIOS I. OPERACIONES EN MONEDA NACIONAL OPERACIÓN Y/O ACTIVIDAD jun-16 a) Cuentas de Ahorro Naturales y/o Jurídicas: Emisión
Más detallesCONVOCATORIA NRO. 3 Título de Ahorro Oro Soberano
BANCO CENTRAL DE VENEZUELA RIF N G -20000110-0 CONVOCATORIA NRO. 3 Título de Ahorro Oro Soberano El Banco Central de Venezuela (BCV), conforme a lo previsto en el artículo 318 de la Constitución de la
Más detallesCASAS DE CAMBIO Instrucciones para realizar operaciones de venta de divisas al Banco Central de Venezuela
Vicepresidencia de Operaciones Internacionales Instrucciones para realizar operaciones de venta de divisas FEBRERO, 2003 Versión 01 : Instrucciones para realizar operaciones de venta de divisas 1 El Convenio
Más detallesRESOLUCIÓN Nº 904, MEDIANTE LA CUAL SE ESTABLECEN MODALIDADES Y CONDICIONES DE PAGO DE LA DECLARACIÓN DEFINITIVA Y ESTIMADA DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA
RESOLUCIÓN Nº 904, MEDIANTE LA CUAL SE ESTABLECEN MODALIDADES Y CONDICIONES DE PAGO DE LA DECLARACIÓN DEFINITIVA Y ESTIMADA DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA (Gaceta Oficial N 37.409 de fecha 21 de marzo de 2003)
Más detallesREPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE DIVISAS (CADIVI) Providencia N 093 Caracas, 30 de diciembre de 2008.
AÑO CXXXVI MES III Caracas, 30 de diciembre de 2008 Número: 39.089 REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE DIVISAS (CADIVI) Providencia N 093 Caracas, 30 de diciembre de 2008 Año
Más detallesAÑO CXL MES VI Caracas, miércoles 13 de marzo de 2013 Número REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE DIVISAS (CADIVI)
AÑO CXL MES VI Caracas, miércoles 13 de marzo de 2013 Número 40.128 REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE DIVISAS (CADIVI) Providencia N 113 Caracas, 26 de febrero de 2013 Año
Más detallesBANCO CENTRAL DE VENEZUELA RIF: G
BANCO CENTRAL DE VENEZUELA RIF: G-20000110-0 Caracas, 9 de septiembre de 2014 CIRCULAR El Banco Central de Venezuela reitera a las Instituciones Operadoras del Sistema Cambiario Alternativo de Divisas
Más detallesI. OPERACIONES EN MONEDA NACIONAL
Operación Tarifa Bs. I. OPERACIONES EN MONEDA NACIONAL a) Fondo de Activos Líquidos (FAL) Personas Naturales y/o Jurídicas: Emisión de libreta (a partir de la segunda libreta al año)* 31,00 EXTERIOR chequera
Más detallesSíntesis LegalFebrero
Síntesis LegalFebrero 2003 Convenio Cambiario N 1 mediante el cual se dicta el Régimen para la Administración de Divisas, Convenio Cambiario N 2 mediante el cual se fija el tipo de cambio para la compra
Más detalles