ACREDITACIÓN DE OPERADORES
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- Josefina Miranda Castellanos
- hace 8 años
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1 1... GUÍA RÁPIDA ACREDITACIÓN DE OPERADORES de capacitación
2 Acerca de la SETEC a Secretaría Técnica de Capacitación y Formación Profesional -SETEC- es el organismo ejecutor de la política de capacitación y formación profesional. Es una entidad adscrita al Ministerio de Industrias y Productividad, con autonomía administrativa y financiera. Misión Impulsar y facilitar la capacitación y formación profesional laboral de calidad, articulando con otros actores del sistema para formar el talento humano del país, a través del diseño y ejecución de acciones de capacitación y formación basadas en competencias, asegurando la pertinencia de la oferta para propender al mejoramiento de los niveles de producción, productividad, calidad y empleabilidad, y fomentar la inclusión económica y social de los grupos de atención prioritaria fortaleciendo sus capacidades y conocimientos, como sustento del desarrollo social y económico. Visión Ser el organismo técnico y autónomo, referente latinoamericano, que lidera el desarrollo permanente de la cultura de capacitación en el país, fomentando el talento humano y el crecimiento de la productividad del sector privado en el Ecuador. Objetivo Tiene como objetivo articular la gestión de la formación y capacitación profesional enfocada en el reconocimiento de competencias laborales, adaptándolas a la nueva estructura democrática del Estado, lo cual permitirá un sistema de capacitación coherentemente articulado, solidario, inclusivo y pertinente, en continua colaboración interinstitucional en armonía con los preceptos legales vigentes. Busca una formación integral por competencias laborales, y apoya a la fuerza laboral de artesanos, microempresa y a la industria (pequeña, mediana y grande).
3 3 Acreditación de Operadores s el acto mediante el cual la Secretaría Técnica de Capacitación y Formación Profesional, a través de la Secretaria Técnica o las entidades autorizadas por ésta, y una vez cumplidos los procedimientos establecidos en el presente reglamento, reconoce que los operadores de capacitación y formación profesional y los cursos o programas que ellos ofrecen satisfacen los criterios y niveles de calidad definidos por la Secretaría y los autoriza para que puedan acceder al financiamiento ofrecido por ésta. Operadores de capacitación y formación profesional Pueden ser personas naturales o jurídicas, pública, privada o mixta, con o sin fines de lucro, con capacidad legal para obligarse, que tengan entre sus objetivos, fines atribuciones, funciones o competencias, la capacitación y formación profesional, es decir que esté habilitado para ello, así mismo las Universidades y Escuelas Politécnica que a través de la vinculación con la comunidad pueden brindar formación continua, que aseguren y evidencien la calidad, pertinencia y especialización de sus servicios, a través del cumplimiento de los requerimientos que según el caso, exija la SETEC. La acreditación de los operadores de capacitación y formación profesional se realiza conforme a las demandas de los sectores productivos, tanto para las poblaciones que tienen empleo como de aquellas que lo requieren, de acuerdo a los criterios y niveles de calidad y eficiencia definidos por la Secretaría Técnica. Los operadores de capacitación y formación profesional deberán acreditarse para impartir capacitación y formación basada en competencias laborales y del tipo continua. Las personas naturales podrán constituirse como operadores individuales, acordea con lo indicado en la normativa.
4 4 Principios de Acreditación a acreditación de operadores de capacitación y formación profesional se fundamenta en los siguientes principios: Voluntaria La acreditación deberá partir de la solicitud expresa y voluntaria de un operador de capacitación y formación profesional a la Secretaría Técnica de Capacitación y Formación Profesional; Facultativa La acreditación de un operador de capacitación y formación profesional podrá ser concedida o negada por la SETEC, sujetándose a los requisitos, criterios y procedimientos establecidos en el presente reglamento; Temporal La acreditación tendrá una vigencia de hasta tres años, pudiendo ser renovada a solicitud del operador; durante éste periodo el operador deberá superar las evaluaciones que le estableciere la SETEC, para el caso de acreditaciones específicas para programas su duración estará sujeta a la vigencia del programa; Revocable La acreditación podrá ser suspendida o cancelada por parte de la SETEC, cuando el operador de capacitación y formación profesional acreditado no hubiere superado las evaluaciones respectivas, haya incumplido con sus obligaciones o compromisos, o haya incurrido en alguna de las causales determinadas en el presente reglamento. La reincidencia de uno o varios de los aspectos antes señalados, podrá dar lugar a la cancelación permanente, de considerarlo necesario la Secretaría Técnica de Capacitación y Formación Profesional.
5 9 Resolución de Acreditación 5 Procedimiento para la Acreditación l proceso para la acreditación de los Operadores de capacitación y formación profesional, será (gráfico 1): Para el caso de programas específicos, las bases del mecanismo establecerán los formularios y/o el procedimiento para la acreditación de operadores de capacitación y formación profesional de manera específica para el programa presentado. Inducción 10 Ingreso/codificación de en el portal web cursos y programas Ingreso de la solicitud 1 Pago del derecho de de acreditación 2 PROCEDIMIENTO PARA LA ACREDITACIÓN 3 Revisión de la documentación 4 Inspección técnica Suscripción de y calificación convenios 8 5 Evaluación 7 Emisión de la 6 Entrega de garantía Gráfico 1: Procedimiento para la Acreditación
6 6 Procedimiento para la Acreditación ara obtener la acreditación, los operadores de interesados deberán presentar una solicitud, en formatos los proporcionados por la SETEC, adjuntando los documentos a continuación: TIPO DE SOLICITANTE No 1 REQUISITOS PERSONAS PERSONAS UNIVERSIDADES PERSONAS JURÍDICAS CON JURÍDICAS SIN Y NATURALES FINES DE LUCRO FINES DE LUCRO POLITÉCNICAS Solicitud de acreditación debidamente llena (utilizar formulario RG-CPA-01): en versión impresa y digital. Copias certificadas de los documentos que acrediten la naturaleza y constitución legal de la persona jurídica del operador de capacitación y formación profesional solicitante: Estatutos, Certificado de cumplimiento de obligaciones y existencia legal otorgado por la Superintendencia de Compañías. 2 Copias certificadas de los documentos que acrediten la naturaleza y constitución legal de la persona jurídica del operador de capacitación y formación profesional solicitante: Acuerdo Ministerial, Estatutos, Acta de constitución de la personería jurídica. Copias certificadas de los documentos que acrediten la naturaleza y constitución legal de la persona jurídica del operador de capacitación y formación profesional solicitante: Registro Oficial y Estatutos aprobados por la Institución competente que otorgó su acreditación (CONESUP o SENESCYT). Cédula o documentos de identidad personal, certificado de votación del solicitante. Nombramiento del representante legal inscrito en el Registro Mercantil y copia del documento de identidad y certificado de votación vigente del representante legal del operador solicitante. 3 Nombramiento del representante legal actualizado en el Ministerio que otorgó la personería jurídica, copia del documento de identidad y certificado de votación vigente del representante legal del operador solicitante. Nombramiento del representante legal, copia del documento de identidad y certificado de votación vigente del representante legal del operador solicitante Copia del registro único de contribuyentes (RUC) del operador de capacitación y formación profesional solicitante. 8 Hojas de vida detalladas del coordinador académico, los instructores, evaluadores, del personal administrativo, u otros si fuera el caso, cuyos respaldos debidamente certificados deberán mantener los operadores de capacitación y formación profesional (utilizar formato RG-CPA-18 y adjuntar copia de la cédula de identidad de cada uno). Obtención del Registro Único de Proveedores (RUP) del operador de capacitación y formación profesional solicitante. (solicitar en el INCOP en el caso de no contar con este documento). Certificado de no hallarse inscrito como contratista fallido o adjudicatario fallido con respecto del Estado (solicitar en el INCOP). Descripción de la gestión organizativa con detalle de procesos ejecutados, funciones del personal y el organigrama del personal vinculado con el proceso de acreditación. Hoja de vida detallada del operador individual (utilizar formato RG-CPA-18), cuyos respaldos debidamente certificados deberán adjuntarse a la solicitud de acreditación. 9 Descripción de la distribución de las instalaciones: aulas, talleres, laboratorios, espacios para prácticas, servicios de apoyo, área administrativa y otros (REG-CPA-01, sección ). Los operadores individuales de capacitación y formación profesional deberán detallar y evidenciar las facilidades logísticas propias o contratadas para la ejecución de los programas de capacitación, se evidenciará en el Formulario Solicitud de Acreditación (REG-CPA-01, sección ). 10 Inventarios de equipos, maquinas, herramientas, instrumentos y otros requeridos para la capacitación y formación profesional (utilizar formulario RG-CPA-16). 11 El plan de capacitación y formación profesional que, entre otros, contendrá: objetivos (generales y específicos), indicadores, metas, frecuencia, medios de verificación y recursos previstos, en las competencias laborales y áreas en las cuales oferta sus servicios. 12 Descripción del diseño de los programas académicos ofertados, ámbito, alcance, cobertura, objetivos generales y específicos, requisitos de ingreso, módulos formativos, material didáctico, mecanismos de evaluación, metodologías utilizadas, duración en horas, resultados esperados, número de participantes por programa u otros (utilizar formulario RG-CPA-17). 13 Descripción de las normas de higiene y seguridad industrial implementadas. "Acuerdos, contratos o convenios debidamente certificados por las autoridades competentes, de ser el caso, respecto al uso de instalaciones, equipos, realización de prácticas, pasantías, etc. Local propio (Escrituras inscritas en el Registro de la propiedad, comprobante pago impuesto predial). 14 Local arrendado (contrato con una vigencia mínima de 3 años, inscrito en Juzgado Inquilinato). Local en Comodato (convenio de comodato notarizado, vigencia mínima 3 años). Convenios con terceros (debidamente legalizados, para utilización de talleres, laboratorios, realización de prácticas, pasantías, etc.)" 15 Convenios tanto de Responsabilidad y uso de Medios Electrónicos para uso del portal Web y para la Asignación de Recursos para el Financiamiento (dos copias originales con la información completa y debidamente suscritas por le representante legal). Los modelos pueden descargarse del Portal Web de la SETEC.
7 7 Criterios y estándares de evaluación para la Acreditación e rigen de acuerdo a procesos operativos, formativos y de articulación con la demanda, de la siguiente manera: PROCESO / CRITERIO OPERADOR DE OPERADOR DE CAPACITACIÓN CAPACITACIÓN (P. Jurídica) INDIVIDUAL (P. Natural) I. PROCESOS OPERATIVO Gestión Organizativa Planificación 5 N/A 3. Recurso Humano 5 N/A 3.1. Personal Administrativo-Financiero 5 N/A 4. Instalaciones, equipos, logística 5 N/A 4.1. Instalaciones 2 N/A 4.2. Equipos, máquinas, herramientas, 2 N/A instrumentos 4.3. Logística 1 N/A 5. Registro de información y monitoreo 5 5 de las actividades de capacitación II. PROCESO FORMATIVO Diseño de Programas Académicos Materiales y Recursos Didácticos Evaluación de la Formación y de sus Resultados 4. Personal Formativo III. PROCESO DE ARTICULACIÓN CON LA DEMANDA 1. Articulación con la Comunidad y/o Sectores Productivos/Sector Público TOTAL El operador de capacitación podrá presentar solicitud de acreditación, modificación o ampliación*, para lo cual debe adjuntar la documentación definida por la SETEC para el efecto. La documentación será verificada y de cumplir con lo establecido se realizará el pago del derecho de acreditación para el ingreso del trámite, pero si la documentación no cumple con lo establecido la SETEC devolverá la solicitud y documentación adjunta, detallando los requerimientos/documentos específicos que faltaren por cumplirse. * No aplica en acreditación específica solicitud de ampliación y modificación. Cod. Tipo de Operador Derecho a pagar Acreditación/Renovación Derecho a pagar Ampliación/Modificación A Personas jurídicas con o sin fines de lucro $ 200.oo $ 100.oo B Personas naturales sin acceso a establecimiento $ 100.oo $ 50.oo
8 8 Calificación del Operador de Capacitación na vez verificado el grado de cumplimiento de los requisitos a través de los criterios y estándares establecidos, se procederá a la calificación del operador en base a los factores de ponderación definidos por la SETEC y dentro del plazo de hasta 50 días de ingresado el trámite, emitirá la correspondiente resolución que podrá ser: ACREDITACIÓN REGULAR TIPO DE RESOLUCIÓN PUNTAJE / 100 DESCRIPCIÓN Acreditación 70 a 100 puntos Resolución de acreditación, registro en la base de datos, suscripción de convenios conforme a requisitos legales. Suspensión No acreditación 50 a 70 puntos Menor a 50 puntos Resolución indicará observaciones y concederá un plazo de hasta 90 días para superar deficiencias detectadas. Resolución indicará la negación de acreditación y las deficiencias encontradas. El operador luego podrá cumplir con los parámetros observados y solicitará nuevamente la acreditación como un trámite nuevo. La Resolución de acreditación indicará el ámbito, alcance, cobertura, las competencias laborales, las áreas académicas y especialidades en las que el operador ofertará sus programas de capacitación y formación profesional; así mismo se indicará la categoría alcanzada sobre la base de la calificación ponderada y por criterio obtenida. Emitida la Resolución de Acreditación se procederá a la suscripción de convenios entre la SETEC y el operador acreditado para lo cual el operador deberá presentar una garantía de fiel cumplimiento de sus obligaciones, en las condiciones solicitadas por la SETEC y de acuerdo a la naturaleza jurídica de cada caso.
9 9 Para el caso de acreditaciones específicas para programas concursables, el plazo para la emisión de la Resolución será el indicado en las bases o procedimiento del mecanismo de intervención y puede ser de: Acreditación ACREDITACIÓN TEMPORAL O ESPECIFICA TIPO DE RESOLUCIÓN PUNTAJE / 100 DESCRIPCIÓN No acreditación 70 a 100 puntos Menor a 70 puntos Resolución de acreditación si la propuesta es adjudicada o aprobado el convenio, suscripción del convenio conforme requisitos legales y lo estipulado en las bases del mecanismo de intervención. Solicitud negada, con la notificación al solicitante según el caso de no adjudicación o rechazo por incumplimiento de requisitos. Calificación del Operador de Capacitación e acuerdo con la calificación ponderada y por criterios, obtenida individualmente por los operadores de capacitación y formación profesional que sean acreditados, se realizará una categorización: CATEGORÍA A B CALIFICACIÓN OBTENIDA RANGOS/100 >80 hasta 100 puntos >70 hasta 80 puntos
10 10 Registro de los Operadores de Capacitación y formación profesional acreditados a SETEC genera el Registro Nacional de Operadores de Capacitación Acreditados cuyo objetivo es proporcionar información de las personas naturales o jurídicas acreditadas ante la Secretaría Técnica de Capacitación y Formación Profesional y habilitadas para ejecutar actividades de capacitación, mismo que contiene entre otras la siguiente información: Nombre del operador o identificación de las autoridades que la integran; Número y fecha de la última resolución de acreditación; Competencias laborales y áreas en las cuales se encuentra acreditado; Datos de contacto. El Registro Nacional de Operadores de Capacitación Acreditados es actualizado permanentemente conforme existan cambios en los operadores de capacitación acreditados y se encontrará publicado en el portal web de la SETEC. Los operadores acreditados deben incluir el logo de la SETEC que indique la vigencia de su acreditación en el material de difusión, promocional y didáctico que éstos utilicen en relación a los cursos o programas que sean financiados por la SETEC (Consultar el manual de Imagen Institucional, publicado en el portal web).
11 11 Beneficios de la Acreditación a acreditación confiere a los operadores de capacitación y formación profesional acreditados, los siguientes beneficios: Ofertar y brindar servicios de capacitación y formación profesional de conformidad con los lineamientos de la SETEC; Participar en los concursos y procesos desarrollados por la SETEC, para la ejecución de los cursos y programas de capacitación y formación profesional, dentro de los límites fijados por la SETEC una vez que se han suscrito los convenios respectivos; Recibir el certificado de acreditación; Difundir los servicios de capacitación y formación profesional del operador en el portal web del la SETEC; y Otros que sean definidos dentro de las políticas de la SETEC.
12 12... Av. Amazonas 4430 y Villalengua Edif. Amazonas 100, piso 4 telfs: (593-2) / fax: (593-2) info_setec@setec.gob.ec Quito Av. Quito y Padre Solano edif. Secap, mezzanine telfs: (593-4) / Guayaquil Octavio Chacón 198 y Av. Principal, Parque Industrial edif. Secap. telfs: (593-7) / Cuenca Vía al Tena-Archidona km 1½ Centro múltiple del Tena edif. Secap, telfs: (593-6) / Tena
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