Empresas S.A.C.I. Falabella

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Empresas S.A.C.I. Falabella"

Transcripción

1 MANUAL PARA LA PREVENCION DEL LAVADO DE ACTIVOS, FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO Y COHECHO Empresas S.A.C.I. Falabella Marzo, 2010

2 Indice I. INTRODUCCION II. III. IV. GLOSARIO GENERAL OBJETIVO ALCANCE DE LA POLITICA V. ENCARGADO DE PREVENCION VI. VII. VIII. IX. MEDIOS Y FACULTADES DEL ENCARGADO DE PREVENCION SISTEMA DE PREVENCION DE DELITOS 7.1 Normativa general de prevención de delitos 7.2 Actividades y procesos que aumentan el riesgo de delito 7.3 Políticas de prevención de los delitos PROCEDIMIENTOS DE DENUNCIA 8.1 Canales de denuncia 8.2 Uso obligatorio de los canales de denuncia 8.3 Manejo de denuncias 8.4 Confidencialidad de la denuncia SANCIONES ADMINISTRATIVAS X. CAPACITACION XI. PROCEDIMIENTOS DE AUDITORIA Pág 1 de 18

3 I. INTRODUCCIÓN El presente Manual de Prevención de Delitos de Lavado de Activos, Cohecho y Financiamiento del Terrorismo, constituye un instructivo para todo el personal de las empresas del grupo Falabella, acerca de la forma de prevenir la comisión de los mencionados delitos en las distintas actividades y procesos realizados por dichas empresas en el cumplimiento de sus respectivos giros. En diciembre de 2009 se promulgó en Chile la Ley N , que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y cohecho. Lo anterior implica que las empresas deben implementar un Modelo de Prevención de Delitos. En este sentido, la ley señala lo siguiente: Artículo 3.- Atribución de responsabilidad penal. Las personas jurídicas serán responsables de los delitos señalados en el artículo 1 que fueren cometidos directa e inmediatamente en su interés o para su provecho, por sus dueños, controladores, responsables, ejecutivos principales, representantes o quienes realicen actividades de administración o supervisión, siempre que la comisión del delito fuere consecuencia del incumplimiento, por parte de ésta, de los deberes de dirección y supervisión. Bajo los mismos presupuestos del inciso anterior, serán también responsables las personas jurídicas por los delitos cometidos por personas naturales que estén bajo la dirección o supervisión directa de alguno de los sujetos mencionados en el inciso anterior. Se considerará que los deberes de dirección y supervisión se han cumplido cuando, con anterioridad a la comisión del delito, la persona jurídica hubiere adoptado e implementado modelos de organización, administración y supervisión para prevenir delitos como el cometido, conforme a lo dispuesto en el artículo siguiente. Las personas jurídicas no serán responsables en los casos que las personas naturales indicadas en los incisos anteriores, hubieren cometido el delito exclusivamente en ventaja propia o a favor de un tercero. Pág 2 de 18

4 Se hace notar que lo anterior es sin perjuicio de las responsabilidades individuales por la comisión de alguno de los delitos señalados, los que de todos modos serán perseguidos legalmente. Para los efectos de la Ley , se considera la designación de un Encargado de Prevención de Delitos y la elaboración del presente Manual de Prevención de Delitos, como parte de un Sistema de Prevención de Delitos, en conjunto con otras políticas de la empresa, las cuales son referenciadas a lo largo de este documento. En relación a la Ley y complementarios a esta, cabe señalar que la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero (Foreign Corrupt Practices Act, FCPA USA, 1977) ha estado siendo replicada a través del mundo y, por otro lado, las acciones anticorrupción y la exactitud en los registros contables han surgido como dos de los mayores temas de gobierno corporativo en los últimos años, por lo cual la legislación en Chile se ha ido adecuando a los nuevos requerimientos en estas materias. II. GLOSARIO GENERAL Administración de la Persona Jurídica: Según el artículo 4 de la Ley , la Administración de la Persona jurídica es la máxima autoridad administrativa de la persona jurídica, sea ésta su directorio, un socio administrador, un gerente, un ejecutivo principal, un administrador, un liquidador, sus representantes, sus dueños o socios, según corresponda a la forma de administración de la respectiva entidad. Cohecho: Según el Art. 250 del Código Penal, se comete acto de cohecho cuando una persona ofrece o consiente en dar a un empleado público un beneficio económico, en provecho de éste o de un tercero, para que realice las acciones o incurra en las omisiones señaladas en los artículos 248, 248 bis y 249, o por haberla realizado o haber incurrido en ellas, será castigado con las mismas penas de multa e inhabilitación establecidas en dichas disposiciones. Además, el artículo 251 bis del Código Penal, estipula que se comete acto de cohecho cuando una persona ofrece dar a un funcionario público extranjero un beneficio económico, en provecho de éste o de un tercero, para que realice una acción o incurra en una omisión con miras a la obtención o mantención, para sí u otro, de cualquier negocio o ventaja en el ámbito de transacciones comerciales internacionales, será sancionado con las mismas penas de reclusión, multa e inhabilitación establecidas en el inciso primero del artículo 248 bis. De igual forma, Pág 3 de 18

5 será castigado el que ofreciere dar el aludido beneficio a un funcionario público extranjero por haber realizado o haber incurrido en las acciones u omisiones señaladas. El que, en iguales hipótesis a las descritas en el inciso anterior, consintiere en dar el referido beneficio, será sancionado con pena de reclusión menor en su grado mínimo, además de las mismas penas de multa e inhabilitación señaladas. Lavado de Activos: Según el título III de la Ley , comete delito de lavado de activo el que de cualquier forma oculte o disimule el origen ilícito de determinados bienes, a sabiendas de que provienen, directa o indirectamente, de la perpetración de hechos constitutivos de alguno de los delitos contemplados en la ley Nº , que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas; en la ley Nº , que determina las conductas terroristas y fija su penalidad; en el artículo 10 de la ley Nº , sobre control de armas; en el Título XI de la ley Nº18.045, sobre mercado de valores; en el Título XVII del decreto con fuerza de ley Nº 3, de 1997, del Ministerio de Hacienda, Ley General de Bancos; en los Párrafos 4, 5, 6 y 9 del Título V del Libro II del Código Penal y, en los artículos 141, 142, 366 quáter, 367 y 367 bis del Código Penal; o bien, a sabiendas de dicho origen, oculte o disimule estos bienes. Financiamiento del Terrorismo: Según el Art. 8 de la Ley ,se comete delito de financiamiento de actos terroristas el que por cualquier medio, directa o indirectamente, solicite, recaude o provea fondos con la finalidad de que se utilicen en la comisión de cualquiera de los delitos terroristas señalados en el artículo 2, será castigado con la pena de presidio menor en sus grados mínimo a medio, a menos que en virtud de la provisión de fondos le quepa responsabilidad en un delito determinado, caso en el cual se le sancionará por este último título, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 294 bis del Código Penal. Sistema de Prevención; Conjunto de personas, políticas, procedimientos, recursos tecnológicos, medios y medidas organizativas e infraestructura, cuya finalidad es prevenir que los servicios de las empresas del Grupo Falabella sean utilizados con fines ilícitos, relacionados al lavado de activos y/o financiamiento del terrorismo. Operación inusual: Es una actividad inconsistente con el negocio conocido de un cliente o con las prácticas comerciales. Cada transacción debe ser evaluada en términos de lo que es una práctica normal y apropiada para una línea de negocios. Una evaluación de una transacción inusual debe basarse en un análisis de todos los factores relevantes, incluyendo el conocimiento del cliente, su negocio y/o actividad, historia financiera, como también su comportamiento. Pág 4 de 18

6 Operación sospechosa: Todo acto, operación o transacción que, de acuerdo con los usos y costumbres de la actividad de que se trate, resulte inusual o carente de justificación económica o jurídica aparente, sea que se realice en forma aislada o reiterada. III. OBJETIVO El propósito de la política contenida en el presente Manual, es establecer un mecanismo de prevención para los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y cohecho, dando cumplimiento al artículo 4 de la Ley Esta política orienta e instruye a los empleados de las empresas S.A.C.I. Falabella sobre las medidas tendientes a mitigar los riesgos a que se encuentra expuesta la entidad a este respecto. IV. ALCANCE DE LA POLÍTICA La presente política, tal como lo estipula la ley, aplicará a los dueños, controladores, responsables, directores, gerentes, ejecutivos principales, representantes o quienes realicen actividades de administración o supervisión, empleados de S.A.C.I. Falabella y todas sus empresas filiales conforme lo dispuesto en la ley vigente. Asimismo, aplicará a las personas naturales que estén bajo la dirección o supervisión directa de alguno de los mencionados en el párrafo anterior. El presente documento será revisado periódicamente o cuando exista una causa justificada para ello. S.A.C.I. Falabella exige a todo su personal, tanto comercial, operativo y de las áreas de apoyo, un comportamiento recto, estricto y diligente, en el cumplimiento de las normas sobre Prevención de Delitos de Cohecho, Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, toda vez que sus empleados entienden que la responsabilidad en la materia es tarea de todos. Por lo expuesto, su conducta está regida por el Código de Ética Corporativo. Además, en el contexto de una cultura de control interno y cumplimiento de las políticas de Prevención de los delitos mencionados, se contemplan programas permanentes de capacitación dirigidos a todos los miembros de la organización, que permitan conocer y detectar los riesgos sobre esta materia, profundizar la Pág 5 de 18

7 comprensión de las normas legales que regulan la prevención de dichos delitos y exigir su cumplimiento. Lo anterior busca también, que cada empleado desarrolle la capacidad necesaria para detectar operaciones inusuales o sospechosas, a través del adecuado conocimiento del cliente y de sus operaciones. V. ENCARGADO DE PREVENCIÓN Según consta en el Acta de Directorio de S.A.C.I. Falabella correspondiente al mes de Enero de 2010, el Comité de Directores designó al señor Fernando Batlle M., Gerente Contralor Corporativo, como el encargado de Prevención para los delitos de cohecho, lavado de activos y financiamiento del terrorismo como lo estipula el artículo 4 de la Ley Este cargo estará vigente por un período de tres años, el que podrá prorrogarse por períodos de igual duración, con acuerdo del Directorio. El encargado designado representa con su actuar los valores que la empresa posee como el respeto, la responsabilidad, la honestidad, el servicio, la iniciativa, el compromiso y el trabajo en equipo. Además, posee un conocimiento pleno de: Las funciones y los responsables de cada área de la empresa La legislación, la normativa emanada de las autoridades reguladoras legítimas y competentes. La Declaración de Ética, manuales de procedimientos, los reglamentos y otras instrucciones internas que poseen las empresas S.A.C.I. Falabella. VI. MEDIOS Y FACULTADES DEL ENCARGADO DE PREVENCIÓN Los medios para que el Encargado de Prevención realice adecuadamente sus labores son los siguientes: Mantener dependencia directa del Gerente General Corporativo y Comité de Directorio, siendo autónomo respecto de las demás gerencias. Contar con un presupuesto para efectuar revisiones de cumplimiento del Sistema de Prevención para delitos de Cohecho, Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo. Pág 6 de 18

8 Contar con las herramientas básicas para el buen funcionamiento de su labor como oficina, sala de reuniones, computador, medios de grabación de entrevistas, entre otros. El Encargado de Prevención es el responsable de: 1. Coordinar que las distintas áreas de las empresas S.A.C.I. Falabella cumplan con las leyes y normas de prevención de los delitos mencionados. 2. Reportar su gestión semestralmente al Directorio. 3. Promover el diseño de procedimientos adecuados para la prevención y control para los delitos estipulados en la Ley Verificar el cumplimiento de la Declaración de Ética, para prevenir conductas indebidas en el actuar diario de los funcionarios. Esto se podrá verificar a través de la entrega acreditada de la Declaración de Ética, verificando que se estén desarrollando capacitaciones sobre esta materia al personal y existan reportes de las denuncias de faltas a la declaración de ética, entre otros. 5. Iniciar una investigación administrativa cuando exista una denuncia o una situación sospechosa que lo amerite. La investigación será de forma reservada y los resultados serán informados al Directorio y al Gerente General correspondiente. 6. Reunir los medios de prueba necesarios, incluyendo computadores o medios de registros para efectuar la investigación. 7. Solicitar al Gerente General Corporativo la suspensión de funciones a las personas bajo investigación. 8. Reportar las acciones que necesiten ser sancionadas al Gerente General Corporativo y al Comité del Directorio. 9. Mantener actualizado el Manual y la Política de Prevención de delitos de Cohecho, Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo. Asimismo, verificar que se mantiene actualizada la Declaración de Ética y las normativas o procedimientos internos, de acuerdo con los cambios legislativos relevantes del país. 10. Determinar auditorías específicas para la verificación del cumplimiento del Sistema de Prevención de delitos. Además, determinar su alcance y extensión. 11. Verificar el diseño y ejecución de un programa de capacitación para el cumplimiento del Sistema de Prevención, dirigido a los empleados de las empresas S.A.C.I. Falabella. Pág 7 de 18

9 12. Verificar la existencia de una lista actualizada de productos comercializados por las empresas S.A.C.I. Falabella, que puedan representar un riesgo de comisión de Lavado de Activos y Financiamiento al Terrorismo. VII. SISTEMA DE PREVENCIÓN DE DELITOS 7.1 Normativa general de prevención de delitos Políticas y Procedimientos Todas las políticas y procedimientos que establecen definiciones, regulaciones y controles para las actividades de la empresa deben estar debidamente documentadas y difundidas al alcance de todo el personal que pueda ser afectado por estas. Declaración de Ética Los empleados no deben ofrecer, prometer, dar o consentir dar a un empleado público o privado, ya sea chileno o extranjero, un beneficio económico bajo ningún pretexto o circunstancia y por ningún medio. Esta restricción incluye, entre otros: estadías en hoteles, o pasajes para transporte en cualquiera de sus modalidades, comisiones, bonos, premios o participación de utilidades, en dinero o en especies, para la obtención o retención de un negocio. La sección "Nuestros Conflictos de Interés" de la Declaración de Ética de la empresa, establece las normas acerca del posible conflicto de interés en la relación de los empleados de Falabella con empleados de las instituciones fiscalizadoras de Falabella, exigiendo al empleado de Falabella reportar las situaciones de conflicto de interés identificadas en tal sentido al Encargado de Prevención de Delitos de Falabella. Contratos de Trabajo de Empleados Todos los contratos de trabajo deben tener incorporadas las obligaciones, prohibiciones y sanciones internas para los delitos previstos en la Ley , por lo que estos deben contar con cláusulas con obligaciones y prohibiciones vinculadas a las materias reguladas por la mencionada ley. Estas cláusulas deben incluirse en un Anexo a los contratos de trabajo. Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad El Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad debe incorporar las obligaciones, prohibiciones y sanciones internas para los delitos previstos en la Ley , salvo por algunas obligaciones relacionadas con el manejo de dinero. En el evento que se impongan sanciones especiales (por ejemplo, multas) a Pág 8 de 18

10 trabajadores que incumplan con las obligaciones establecidas en relación con la Ley, éstas en todo caso debieran estar reguladas en el Reglamento Interno. Lo mismo sucedería en el caso de que se regulen procedimientos de investigación de posibles conductas delictuales al interior de la Compañía. Estos procedimientos se deben encontrar regulados en el Reglamento Interno, y dicha regulación debe ser revisada a la luz de la normativa relativa a los derechos fundamentales de los trabajadores. 7.2 Actividades, procesos y negocios que presentan o incrementan el riesgo de comisión de los delitos de cohecho, lavado de activos y financiamiento del terrorismo Procesos con riesgos: Fiscalizaciones Venta a Empresas públicas/privadas Permisos Municipales Importaciones de productos / Agencias de Aduanas Aceptación de proveedores Venta Tiendas Invitaciones y regalos Giros de dinero Western Union Donaciones Fondo Fijo empleados Viajes Selección de personal Socios de negocios Consumo de sustancias ilegales Otras Actividades de Riesgo: Pago a proveedores Mantención de proveedores Proveedores de países riesgosos (por ejemplo, con bajo puntaje en el ranking de Transparencia Internacional). Proveedores, clientes y socios de negocio en listas negras (p.ej., Lista de Clinton). Subcontratistas logísticos Agencias de Publicidad Medios de comunicación de propiedad estatal Consultoras y otras firmas de servicios profesionales Negocios o Actividades de Mayor Riesgo: Existen ciertas actividades comerciales que revisten un riesgo mayor, desde la perspectiva de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo. Pág 9 de 18

11 Sobre el particular, los principales elementos que se consideran relevantes para establecer una clasificación en base a esta variable, son: Empresas de Factoring no bancarias Empresas de Leasing Financiero no bancarias Casas de Cambio y otras entidades que estén facultadas para recibir moneda extranjera Empresas de Transferencia de Dinero y Transporte de Valores Representantes Legales de Zonas Francas Casinos y Salas de Juegos Casas de Remate y Martillo Corredores de Propiedades Zonas Geográficas de Mayor Riesgo: En relación a las zonas geográficas de alto riesgo, se entiende que los lugares físicos en donde se realizan los negocios, en donde se tiene clientes con los cuales se tiene una relación comercial, deben ser sujeto de atención. En tal sentido, el marco de referencia se considerará como zona de riesgo alto, a aquellos lugares dentro de Chile, donde se incluyen las zonas francas y portuarias, así como ciertas regiones en donde existe conocimiento público de mayor riesgo potencial de comisión de ilícitos, relacionados con el lavado de activos, como aquellas zonas fronterizas con Perú y Bolivia. Productos de Mayor Riesgo: En relación con el uso de productos o servicios requeridos por los clientes, los siguientes deben ser un foco especial de atención en el proceso de monitoreo de transacciones: Productos que puedan ser utilizados como armas (cuchillos de cocina, bate de beisbol, etc) Productos químicos que puedan ser utilizados en la elaboración de explosivos Productos que puedan ser usados como contenedores de explosivos Emisión de tarjetas de crédito 7.3 Políticas de prevención de los delitos de cohecho, lavado de activos y financiamiento del terrorismo Fiscalizadores Los empleados no deben ofrecer, prometer, dar o consentir dar a un empleado público o privado que sea chileno o extranjero un beneficio económico, bajo ningún pretexto o circunstancia." Esta política se incluye como parte integrante de la Declaración de Ética y del Reglamento de Orden, Higiene y Seguridad de Falabella. Pág 10 de 18

12 Todo empleado de las empresas Falabella que, en su relación con los empleados de las instituciones fiscalizadoras, tenga o crea tener algún conflicto de interés, está obligado a reportar las situaciones de conflicto de interés identificadas en tal sentido al Encargado de Prevención de Delitos de Falabella. Viajes Se prohíbe financiar viajes a empleados públicos con fondos de Falabella o por cuenta de Falabella. La Política de Viajes, establece el listado de gastos permitidos como gasto de viaje (taxi, transporte público, arriendo de vehículos privados, estacionamiento, peaje, hotel, restaurantes, etc.) y el listado de gastos no reembolsables (multas de cualquier naturaleza, gastos de medicamentos personales, vuelos en primera clase sin la autorización correspondiente, servicios de hotel, estética personal, servicios de mantención y reparación del vehículo particular, servicio de lavandería, etc.). Importaciones La relación de las empresas S.A.C.I. Falabella con su Agencia de Aduanas debe estar regulada por un contrato firmado entre ambas partes, por el cual la Agencia de Aduanas declara su apego a las leyes y a la Declaración de Ética de Falabella. Falabella no permite que los agentes de aduana efectúen ningún pago indebido a funcionarios de gobierno como tampoco se les puede pagar propinas u otros montos de dinero que no son exigidos por la ley. Invitaciones y regalos a clientes públicos Como política de la empresa, se prohíbe hacer regalos o invitaciones a potenciales clientes del sector público o a sus empleados, o a funcionarios de cualquier institución pública. Fondo Fijo / Vales Provisorios Los Procedimientos Operacionales Corporativos sobre Fondos Fijos en las distintas Gerencias, tendrán incorporado un control de Tesorería para la detección de: gastos inusuales montos excesivos de un solo ítem pagos efectuados a un mismo prestador de servicios. Estos fondos serán utilizados solamente para cubrir gastos menores relacionados con la operación normal y habitual de la gerencia correspondiente (movilización, útiles de oficina, colaciones fuera de horario hábil, y otros gastos menores debidamente justificados. Pág 11 de 18

13 Estos fondos no podrán ser usados para realizar invitaciones a funcionarios públicos, ni gastos de representación ni para otros objetos distintos de los indicados en el párrafo precedente. Aceptación de Proveedores El Procedimiento Creación de Proveedores debe incorporar las siguientes materias: Solicitar el Certificado de Antecedentes de los socios o propietarios del proveedor Verificar situaciones sospechosas en relación al proveedor, tales como precios de productos o servicios muy por debajo del precio de mercado. Obtener información de riesgo de corrupción del país de origen del proveedor (por ejemplo, índices de Transparencia Internacional). Elaborar y mantener una base de datos con los proveedores cuya evaluación ha sido rechazada por su vinculación con los delitos mencionados, con el fin de evitar evaluarlo nuevamente. Cuando se identifica a un proveedor riesgoso, deberá reportarse al Encargado de Prevención de Delitos acerca de alguna situación sospechosa de comisión de los delitos previstos en la Ley por parte del proveedor o potencial proveedor de Falabella, para que éste, a su vez, lo pueda reportar a la autoridad competente. Antes de establecer relaciones comerciales con un proveedor, se usará un documento en que el proveedor declare expresamente su compromiso con la Política de Prevención de Delitos de Falabella. Además debe entregar una declaración jurada en la que expresa que no tiene relación con actividades de financiamiento terrorista ni con lavado de activos ni con cohecho. Este documento debe ser firmado antes de efectuar cualquier negocio con el proveedor. (preferentemente debe ser adjuntado al contrato con el proveedor). Donaciones Las siguientes obligaciones son parte integrante de cualquier procedimiento que regule las donaciones: Establecer la cadena de autorización para realizar donaciones Investigar la entidad receptora de la donación con las debidas acreditaciones (validez legal, constitución, representantes legales, etc.) Verificar la institución en el "REGISTRO DE INSTITUCIONES RECEPTORAS DE DONACIONES - LEY ". Pág 12 de 18

14 Establecer el monto máximo permitido de donación, Identificar la labor que cumple en la sociedad la institución destinataria de la donación Establecer el objetivo de la donación y la utilización de los recursos donados por la empresa. Socios de negocios El proceso de Due Dilligence efectuado a potenciales socios de negocios con alguna de las empresas del grupo Falabella, ya sea en una alianza estratégica, un joint-venture o un co-branding, incorporará la obtención de información suficiente que permita determinar su potencial vinculación a los delitos previstos por la Ley , y no sólo con fines comerciales y financieros. Venta en Tiendas Hay ventas que se realizan en las tiendas y que son calificadas de inusuales si cumplen con los siguientes criterios: Ventas que excedan las unidades de ciertos productos predefinidos de acuerdo al párrafo siguiente. Productos incluidos en listado de ventas inusuales: cuchillos de cocina, artículos de joyería, otros productos identificados como de posible relación con fines de lavado de dinero o terrorismo. Las ventas inusuales serán registradas a través de un formulario diseñado para tales efectos. Los programas de capacitación a vendedores de tienda deberán incluir materias de ventas de productos y cantidades inusuales, y de productos incluidos en el listado de productos sensibles. En relación a descuentos especiales, no debe existir la facultad de otorgar dichos descuentos por parte de los gerentes de tiendas. Los programas de capacitación a vendedores de tienda debieran incorporar capacitar en materia de ventas de productos y cantidades inusuales, y de productos incluidos en el listado de productos sensibles. Venta a clientes institucionales Se debe implementar el proceso Conozca a su Cliente, lo que implica obtener y documentar la información respecto de la situación actual y proyectada del cliente, incluyendo beneficiarios, intermediarios y partes interesadas, estableciendo para cada caso el propósito y naturaleza de cada relación. Adicionalmente, el Área Pág 13 de 18

15 Comercial debe documentar el tipo, volumen y frecuencia de la actividad esperada y requerir información, cuando la situación lo amerite, sobre el origen de los fondos utilizados por el cliente. El personal que gestione la relación con el cliente, es responsable de aplicar el mecanismo de conozca a su cliente. Se deben tomar los debidos resguardos tendientes a mantener segura la información relevada de los clientes, evitando el acceso no autorizado por parte de terceros. Selección de personal La empresa mantendrá en todo momento un procedimiento estricto de selección y contratación de personal, tanto para cargos permanentes como para cargos temporales. Este procedimiento incluye una verificación de sus antecedentes legales, laborales y financieros en cuanto a su potencial relación con los delitos de cohecho, lavado de dinero y financiamiento del terrorismo. Todos los empleados (contratos a plazo fijo, contratos indefinidos, contratos a honorarios, etc.) de las empresas Falabella deben firmar un contrato de trabajo en el cual se compromete específicamente con el cumplimiento estricto de la Política de Prevención de Delitos. Registro de empleados Las empresas Falabella mantendrán un registro de sus empleados y colaboradores el cual contendrá como mínimo la siguiente información: Currículum con fotografía reciente Copia del Documento de Identidad Certificado de antecedentes policiales y penales Declaración Jurada del domicilio del empleado Declaración de haber tomado conocimiento y compromiso de cumplir con el Código de Conducta y el Manual de Prevención de Delitos Constancias de capacitaciones Sanciones por incumplimiento de normas internas Giros de Dinero Las operaciones de giros de dinero se regirán por lo establecido en el Manual de Procedimiento Operativo Prevención y Control de Lavado de Dinero. En relación al reporte a la Unidad de Análisis Financiero (UAF) sobre operaciones sospechosas, los empleados de Falabella deberán regirse por lo dispuesto en el citado procedimiento en todo momento. Control de uso de estupefacientes Tanto la Declaración de Ética como el Procedimiento de Selección de Personal incluyen la prohibición de la posesión, distribución, venta y consumo de drogas ilícitas y/o alcohol. (CLAUSULA EN REVISION) Pág 14 de 18

16 VIII. PROCEDIMIENTO DE DENUNCIA DE INCUMPLIMIENTO Las empresas S.A.C.I. Falabella esperan que sus empleados tomen las medidas responsables para prevenir un incumplimiento del Sistema de Prevención de Delitos, de modo de buscar orientación y plantear situaciones a tiempo con el fin de evitar que se conviertan en problemas. Para aquello, se debe considerar como principio general, que frente a dudas o sospechas respecto a una posible violación de leyes, de esta política u otras que posee la empresa, todo empleado de las empresas Falabella deberá comunicar esta situación mediante los canales formales que poseen dichas empresas para recibir este tipo de reportes Canales de denuncia de actividades sospechosas Las empresas S.A.C.I. Falabella poseen canales adecuados para denunciar sospechas de violación a alguna ley o normativa interna. El canal implementado es internet a través de la página Web de Falabella utilizando la opción: denuncias. Este canal permite el anonimato del denunciante. Aquellas denuncias que se encuentren relacionadas con los delitos estipulados en la Ley , serán derivadas hacia el Encargado de Prevención de Delitos. Este canal de denuncias debe difundirse a través de la intranet de la empresa y en afiches colocados en lugares visibles, tales como cocina y pasillos de la empresa y en oficinas administrativas de cada tienda Uso obligatorio de los canales de denuncia Las sospechas de violación en relación a la ley nacional, o a políticas, normas y procedimientos que posea la empresa que trate alguno de los siguientes asuntos, deben denunciarse a través del canal mencionado anteriormente. Un supuesto soborno a un funcionario del gobierno o a una supuesta vinculación de Falabella con el delito de Cohecho. Conocimiento o sospecha de vinculación de un empleado de Falabella con actos terroristas. Conocimiento o sospecha de un proveedor o un prestador de servicios de Falabella que tenga relación con el delito de lavado de activos. Si existe alguna duda sobre si un asunto cae dentro de las consideraciones citadas anteriormente, éste deberá ser denunciado a través de los canales establecidos por las empresas Falabella. Pág 15 de 18

17 8.3. Manejo de Denuncias El Encargado de Prevención es el responsable de las denuncias recibidas que tienen relación con los delitos estipulados en la Ley , y se asegurará de que se tomen las medidas necesarias para tales denuncias. Las denuncias realizadas sobre incumplimiento del Sistema de Prevención de delitos, deben contemplar los siguientes aspectos: El denunciante debe describir en forma detallada la situación en la cual fue conocida la transacción que motivó la denuncia. Incluir los fundamentos, sobre los cuales está basada la presunción de esta posible operación o situación inusual o sospechosa. Identificar al potencial beneficiario. En el caso de existir un beneficiario de la transacción, indicar sus datos personales. La comunicación debe contener la mayor cantidad posible de información del cliente. El Encargado de Prevención mantendrá un archivo confidencial con toda la información recibida. La persona que haga mal uso de este sistema de denuncias será sancionada Confidencialidad de la denuncia Se harán todos los esfuerzos razonables para asegurar la confidencialidad de los asuntos referentes a sospechas de violación a normativas legales o a las políticas, normas y procedimientos que poseen las empresas S.A.C.I. Falabella. IX. SANCIONES ADMINISTRATIVAS Todo empleado de las empresas S.A.C.I. Falabella será responsable por conocer el contenido de esta política y regirse por sus lineamientos en todo momento. El Encargado de Prevención de Delitos controlará el cumplimiento de esta Política y, pondrá en práctica programas de verificación. El incumplimiento de los términos de esta Política por parte de los empleados será causa de sanciones que pueden ser desde una amonestación hasta la desvinculación. Pág 16 de 18

18 Los empleados deberán informar sobre las infracciones observadas en la Política a sus supervisores o al Encargado de Prevención de Delitos, o a través del mecanismo anónimo de denuncia, establecido en esta Política. Los empleados de Falabella deberán ser conscientes de que podrían ser objeto de investigaciones internas, si es que existe algún indicio o se recibió alguna denuncia que diga relación con el incumplimiento de alguna ley o normativa interna de Falabella. Asimismo, y de acuerdo al mérito que los resultados de la investigación proporcionen, un empleado de Falabella podrá ser objeto de multas, con el objeto de resarcir a Falabella de las pérdidas ocasionadas producto de su falta. Las políticas y procedimientos indicados en la Declaración de Ética y demás disposiciones legales relacionadas son de obligatorio cumplimiento y se incorporan a las funciones y responsabilidades asignadas a cada empleado. En consecuencia, su incumplimiento conlleva las sanciones previstas en el Reglamento Interno de Trabajo, sin perjuicio de las sanciones civiles y penales que correspondan. Los funcionarios y todo el personal en general, deben cumplir estas instrucciones en forma estricta y efectuar los controles con la mayor rigurosidad por tratarse de un tema de especial importancia y cuidado. X. CAPACITACIÓN Para que esta política sea integrada a las labores cotidianas de cada integrante de S.A.C.I. Falabella y sus filiales, se efectuarán capacitaciones de forma periódica a objeto de transmitir los conocimientos mínimos necesarios sobre la materia y la aplicación de sus procedimientos. La capacitación de los funcionarios en materia de prevención deberá ser coordinada por la Gerencia de RRHH en conjunto con cada departamento o gerencia. La capacitación deberá contemplar, como mínimo, los siguientes contenidos: Definición de los delitos de cohecho, lavado de activos y financiamiento del terrorismo y legislación sobre estas materias Políticas del las Empresas sobre el Sistema de Prevención de Lavado de Activos. Breve exposición del contenido del Manual de Prevención Herramientas y mecanismos utilizados, código de conducta. Pág 17 de 18

19 Señales de alerta. Ejemplos de situaciones de riesgo de comisión de estos delitos Procedimiento de comunicación de operaciones inusuales Normas sobre el conocimiento del Cliente y del Personal Reglamentación interna y normativa Obligación de denunciar Consecuencias disciplinarias, así como legales (civiles, penales, administrativas) del incumplimiento de la normativa interna y externa en materia de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y cohecho. Responsabilidad de cada funcionario respecto de esta materia Todo empleado de las empresas S.A.C.I. Falabella deberá recibir por lo menos una capacitación cada dos años, la que podrá ser presencial o virtual. XI. PROCEDIMIENTOS DE AUDITORÍA El Encargado de Prevención de Delitos deberá incluir en el Plan Anual de Auditoría, la ejecución de auditorías específicas para la verificación de la operación de los controles implementados para la mitigación del riesgo de comisión de los delitos establecidos en la Ley en forma periódica. Con ello, definirá los elementos de auditoría necesarios, tales como tipos de auditorías a realizar, materias a revisar, frecuencia de las auditorías, controles a auditar, revisión de reportes a la Unidad de Análisis Financiero (UAF), etc. Se deberán registrar todas las operaciones que hayan dado origen a una investigación por la comisión de algunos de los delitos individualizados en el presente manual. Dicho registro debe conservarse por un plazo de cinco (5) años. Pág 18 de 18

Santiago, Noviembre de 2014. Señores. Presente. De nuestra consideración:

Santiago, Noviembre de 2014. Señores. Presente. De nuestra consideración: Santiago, Noviembre de 2014 Señores Presente De nuestra consideración: Desde Julio de 2014, Servicios Equifax Chile Limitada ha implementado un Modelo de Prevención de Delitos ( MPD ), el cual tiene por

Más detalles

MANUAL PARA LA PREVENCIÓN DEL DELITO DE LAVADO DE ACTIVOS, FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO Y COHECHO E-CL S.A.

MANUAL PARA LA PREVENCIÓN DEL DELITO DE LAVADO DE ACTIVOS, FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO Y COHECHO E-CL S.A. MANUAL PARA LA PREVENCIÓN DEL DELITO DE LAVADO DE ACTIVOS, FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO Y COHECHO E-CL S.A. MANUAL DE PREVENCIÓN DE DELITOS, LEY 20.393 I. INTRODUCCIÓN El presente Manual de Prevención

Más detalles

Política de prevención de delitos (Ley N 20.393) Empresas Copec S.A.

Política de prevención de delitos (Ley N 20.393) Empresas Copec S.A. Política de prevención de delitos (Ley N 20.393) Empresas Copec S.A. Noviembre 2011 Tabla de contenido 1. OBJETIVO... 3 2. ALCANCE... 3 3. PRINCIPIOS Y LINEAMIENTOS DEL MODELO DE PREVENCIÓN... 4 4. ROLES

Más detalles

CÓDIGO DE ETICA Y CONDUCTA PARA LA PREVENCION DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO BOLSA DE VALORES DE LA REPÚBLICA DOMINICANA, S. A.

CÓDIGO DE ETICA Y CONDUCTA PARA LA PREVENCION DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO BOLSA DE VALORES DE LA REPÚBLICA DOMINICANA, S. A. CÓDIGO DE ETICA Y CONDUCTA PARA LA PREVENCION DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO BOLSA DE VALORES DE LA REPÚBLICA DOMINICANA, S. A. Septiembre/2013 Introducción El Código de Ética y Conducta

Más detalles

MANUAL DE PREVENCION Y CONTROL DE OPERACIONES CON RECURSOS ILICITOS DE LA BOLSA DE PRODUCTOS DE CHILE BOLSA DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS S. A.

MANUAL DE PREVENCION Y CONTROL DE OPERACIONES CON RECURSOS ILICITOS DE LA BOLSA DE PRODUCTOS DE CHILE BOLSA DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS S. A. MANUAL DE PREVENCION Y CONTROL DE OPERACIONES CON RECURSOS ILICITOS DE LA BOLSA DE PRODUCTOS DE CHILE BOLSA DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS S. A. INDICE I.- OBJETIVOS 1 II.- ALCANCE 2 III.- MARCO NORMATIVO

Más detalles

Tendencias y experiencias frente a regulaciones para prevenir el cohecho, lavado de activos y financiamiento del terrorismo

Tendencias y experiencias frente a regulaciones para prevenir el cohecho, lavado de activos y financiamiento del terrorismo Risk Compliance Forensic Services Tendencias y experiencias frente a regulaciones para prevenir el cohecho, lavado de activos y financiamiento del terrorismo ADVISORY Marzo 2012 Agenda Introducción Marco

Más detalles

MANUAL DE PREVENCIÓN DEL DELITO SOCIEDAD CHILENA DEL DERECHO DE AUTOR (LEY 20.393)

MANUAL DE PREVENCIÓN DEL DELITO SOCIEDAD CHILENA DEL DERECHO DE AUTOR (LEY 20.393) MANUAL DE PREVENCIÓN DEL DELITO SOCIEDAD CHILENA DEL DERECHO DE AUTOR (LEY 20.393) JULIO 2014 1 INDICE I. INTRODUCCIÓN 03 II. OBJETIVO 04 III ALCANCE 04 IV. DEFINICIONES GENERALES 04 V. MODELO DE PREVENCIÓN

Más detalles

POLÍTICA DE APORTES A LA COMUNIDAD CELULOSA ARAUCO Y CONSTITUCIÓN S.A. Y FILIALES

POLÍTICA DE APORTES A LA COMUNIDAD CELULOSA ARAUCO Y CONSTITUCIÓN S.A. Y FILIALES POLÍTICA DE APORTES A LA COMUNIDAD CELULOSA ARAUCO Y CONSTITUCIÓN S.A. Y FILIALES Santiago, 24 de Noviembre de 2015 INTRODUCCIÓN La Empresa desarrolla sus actividades en un ambiente de negocios en donde

Más detalles

GUÍA CÓDIGO DE CONDUCTA GUÍA DE GOBIERNO CORPORATIVO PARA EMPRESAS SEP

GUÍA CÓDIGO DE CONDUCTA GUÍA DE GOBIERNO CORPORATIVO PARA EMPRESAS SEP GUÍA CÓDIGO DE CONDUCTA GUÍA DE GOBIERNO CORPORATIVO PARA EMPRESAS SEP 1. Introducción El código de conducta es un documento para promover la conducta ética, el compromiso de la Dirección con la integridad

Más detalles

I. GENERALIDADES II. ENTIDADES AUTORIZADAS PARA EMITIR U OPERAR SISTEMAS DE TARJETAS DE CREDITO

I. GENERALIDADES II. ENTIDADES AUTORIZADAS PARA EMITIR U OPERAR SISTEMAS DE TARJETAS DE CREDITO COMPENDIO DE NORMAS FINACIERAS DEL BANCO CENTRAL CAPITULO III.J.1-1. NORMAS FINANCIERAS. ACUERDO Nº 363-04-940721 ( Circular Nº 3013-204) SOBRE EMISION U OPERACION DE TARJETAS DE CREDITO I. GENERALIDADES

Más detalles

POLÍTICAS DEL SISTEMA DE ADMINISTRACION DEL RIESGO DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACION DEL TERRORISMO

POLÍTICAS DEL SISTEMA DE ADMINISTRACION DEL RIESGO DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACION DEL TERRORISMO 1. OBJETIVOS DEL SISTEMA DE ADMINISTRACION DEL RIESGO DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO El Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos tiene por objeto principal establecer

Más detalles

Política antisoborno y de cumplimiento de la Ley sobre Prácticas Corruptas en el Extranjero

Política antisoborno y de cumplimiento de la Ley sobre Prácticas Corruptas en el Extranjero Política antisoborno y de cumplimiento de la Ley sobre Prácticas Corruptas en el Extranjero Crawford & Company y todas sus subsidiarias en todo el mundo están sujetas a ciertas obligaciones de registros

Más detalles

MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN CORREDORES DE BOLSA SURA S.A.

MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN CORREDORES DE BOLSA SURA S.A. CORREDORES DE BOLSA SURA S.A. CORREDORES DE BOLSA SURA S.A. 2 Línea N Documento CB 90 MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN INTRODUCCIÓN En cumplimiento de lo establecido por el artículo 33 de la Ley N 18.045

Más detalles

RP-CSG-027.00. Fecha de aprobación 2012-03-08

RP-CSG-027.00. Fecha de aprobación 2012-03-08 Reglamento Particular para la Auditoría Reglamentaria de Prevención de Riesgos Laborales según el Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/1997) RP-CSG-027.00 Fecha de aprobación 2012-03-08 ÍNDICE

Más detalles

Capitulo 1-14. Prevención de Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo

Capitulo 1-14. Prevención de Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo RECOPILACIÓN N ACTUALIZADA DE NORMAS Capitulo 1-14 Prevención de Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo Gustavo Rivera Intendente de Bancos Abril 2006 INTRODUCCIÓN (1-3) La Superintendencia

Más detalles

UN SERVICIO INTEGRAL PARA CUMPLIR CON TODAS LAS OBLIGACIONES LEGALES VIGENTES EN RELACION A LA PREVENCION DE BLANQUEO DE CAPITALES.

UN SERVICIO INTEGRAL PARA CUMPLIR CON TODAS LAS OBLIGACIONES LEGALES VIGENTES EN RELACION A LA PREVENCION DE BLANQUEO DE CAPITALES. UN SERVICIO INTEGRAL PARA CUMPLIR CON TODAS LAS OBLIGACIONES LEGALES VIGENTES EN RELACION A LA PREVENCION DE BLANQUEO DE CAPITALES. TRANSMITE UNA IMAGEN DE TRANSPARENCIA Y PROFESIONALIDAD Y EVITA SANCIONES

Más detalles

Seminario PricewaterhouseCoopers, noviembre 2010 Santiago

Seminario PricewaterhouseCoopers, noviembre 2010 Santiago Seminario PricewaterhouseCoopers, noviembre 2010 Santiago Ocultar o disimular la naturaleza, origen, ubicación, propiedad o control de dinero o bienes obtenidos ilegalmente. Introducir en la economía

Más detalles

Estatuto de Auditoría Interna

Estatuto de Auditoría Interna Febrero de 2008 Introducción Mediante el presente Estatuto, se pone en conocimiento de toda la Organización la decisión del Consejo de Administración de Grupo Prosegur de implantar a nivel corporativo

Más detalles

GUÍA GESTIÓN DE RIESGOS DE FRAUDE GUÍA DE GOBIERNO CORPORATIVO PARA EMPRESAS SEP

GUÍA GESTIÓN DE RIESGOS DE FRAUDE GUÍA DE GOBIERNO CORPORATIVO PARA EMPRESAS SEP GUÍA GESTIÓN DE RIESGOS DE FRAUDE GUÍA DE GOBIERNO CORPORATIVO PARA EMPRESAS SEP 1. Introducción Hasta hace poco en Chile, casos como los de Enron o Lehman Brothers eran vistos como temas de muy baja probabilidad

Más detalles

POLÍTICAS ESPECÍFICAS De prevención de los Delitos de Cohecho, Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo

POLÍTICAS ESPECÍFICAS De prevención de los Delitos de Cohecho, Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo POLÍTICAS ESPECÍFICAS De prevención de los Delitos de Cohecho, Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo Índice I. INTRODUCCIÓN... 3 II. DEFINICIONES... 4 III. OBJETIVO... 5 IV. ALCANCE DE LA POLÍTICA...

Más detalles

Qué es el Lavado de Dinero?

Qué es el Lavado de Dinero? Qué es el Lavado de Dinero? El lavado de dinero es una operación que consiste en hacer que el dinero obtenido a través de actividades ilícitas (narcotráfico, corrupción, contrabando, falsificación de billetes,

Más detalles

AMERIS CAPITAL ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA EL MERCADO

AMERIS CAPITAL ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA EL MERCADO AMERIS CAPITAL ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA EL MERCADO 1 I. ASPECTOS GENERALES 1. Objeto. Ameris Capital Administradora General de Fondos S.A. (en

Más detalles

C I R C U L A R N 2063

C I R C U L A R N 2063 Montevideo, 17 de agosto de 2010 C I R C U L A R N 2063 Ref: MERCADO DE VALORES - ASESORES DE INVERSIÓN - Prórroga de los plazos establecidos para la presentación y ejecución de los programas de capacitación

Más detalles

INSTRUCTIVO CAMARA DE COMPENSACION Y LIQUIDACION

INSTRUCTIVO CAMARA DE COMPENSACION Y LIQUIDACION INSTRUCTIVO CAMARA DE COMPENSACION Y LIQUIDACION OBJETIVO GENERAL Organizar un mercado eficiente, asegurando el cumplimiento por parte de los Puestos de Bolsa, de los compromisos que hayan adquirido en

Más detalles

EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P. DIRECCIÓN CONTROL INTERNO PROYECTO NORMALIZACIÓN ACTIVIDAD DE AUDITORÍA INTERNA

EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P. DIRECCIÓN CONTROL INTERNO PROYECTO NORMALIZACIÓN ACTIVIDAD DE AUDITORÍA INTERNA DCI-PN-EA-01 VERSIÓN 02 Página 2 de 12 TABLA DE CONTENIDO 1. INTRODUCCIÓN... 3 2. ROL... 3 3. PROFESIONALIDAD... 3 4. AUTORIDAD... 4 5. ORGANIZACIÓN... 4 6. INDEPENDENCIA Y OBJETIVIDAD... 5 7. ALCANCE...

Más detalles

RGIS POLÍTICA ANTI-CORRUPCIÓN

RGIS POLÍTICA ANTI-CORRUPCIÓN RGIS POLÍTICA ANTI-CORRUPCIÓN I. DECLARACIÓN DE LA POLÍTICA La política de RGIS Especialistas en Inventarios S de RL de CV ( RGIS o la Compañía ) es conducir las operaciones mundiales de manera ética y

Más detalles

Código de Conducta y Ética Proveedores

Código de Conducta y Ética Proveedores Empresas Inarco Código de Conducta y Ética Proveedores Auditoría Interna 2014 1. Introducción Las Empresas Inarco y sus filiales (en adelante indistintamente INARCO o Compañia), ha definido como una de

Más detalles

PREVENCION DEL LAVADO DE ACTIVOS: VISION DE LA SUPERINTENDENCIA

PREVENCION DEL LAVADO DE ACTIVOS: VISION DE LA SUPERINTENDENCIA PRESENTACION SEMINARIO SOBRE PREVENCION DEL LAVADO DE ACTIVOS ORGANIZADO POR EL INSTITUTO DE ESTUDIOS BANCARIOS PREVENCION DEL LAVADO DE ACTIVOS: VISION DE LA SUPERINTENDENCIA ENRIQUE MARSHALL SUPERINTENDENTE

Más detalles

Ley 20.393 Responsabilidad Penal de. Santiago, diciembre de 2009.

Ley 20.393 Responsabilidad Penal de. Santiago, diciembre de 2009. Ley 20.393 Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas. Santiago, diciembre de 2009. Temas a Analizar 1.- Ley que introduce la responsabilidad penal de las personas jurídicas. 2.- Delitos respecto

Más detalles

NORMA DE CARÁCTER GENERAL N 341 INFORMACIÓN RESPECTO DE LA ADOPCIÓN DE PRÁCTICAS DE GOBIERNO CORPORATIVO. (ANEXO al 31 de diciembre de 2014)

NORMA DE CARÁCTER GENERAL N 341 INFORMACIÓN RESPECTO DE LA ADOPCIÓN DE PRÁCTICAS DE GOBIERNO CORPORATIVO. (ANEXO al 31 de diciembre de 2014) RMA DE CARÁCTER GENERAL N 341 INFORMACIÓN RESPECTO DE LA ADOPCIÓN DE PRÁCTICAS DE GOBIER CORPORATIVO (ANEO al 31 de diciembre de 2014) Las entidades deberán indicar con una su decisión respecto a la adopción

Más detalles

REGLAMENTO DE MEDIDAS DE SEGURIDAD DE LOS FICHEROS AUTOMATIZADOS QUE CONTENGAN DATOS DE CARÁCTER PERSONAL CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE MEDIDAS DE SEGURIDAD DE LOS FICHEROS AUTOMATIZADOS QUE CONTENGAN DATOS DE CARÁCTER PERSONAL CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DE MEDIDAS DE SEGURIDAD DE LOS FICHEROS AUTOMATIZADOS QUE CONTENGAN DATOS DE CARÁCTER PERSONAL CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Ámbito de aplicación y fines. El presente Reglamento

Más detalles

INFORME SOBRE LA AUTOEVALUACIÓN DE CALIDAD DE LA ACTIVIDAD DE AUDITORÍA INTERNA 2011

INFORME SOBRE LA AUTOEVALUACIÓN DE CALIDAD DE LA ACTIVIDAD DE AUDITORÍA INTERNA 2011 INFORME SOBRE LA AUTOEVALUACIÓN DE CALIDAD DE LA ACTIVIDAD DE AUDITORÍA INTERNA 2011 CONTENIDO RESUMEN EJECUTIVO... 01 OBJETIVOS Y ALCANCE... 03 1. Objetivos de la auto-evaluación. 03 2. Alcance 03 RESULTADOS...

Más detalles

CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS. MORE MONEY TRANSFERS S.A. (Giros Internacionales) GIROS MORE URUGUAY S.A. (Giros desde y hacia Uruguay)

CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS. MORE MONEY TRANSFERS S.A. (Giros Internacionales) GIROS MORE URUGUAY S.A. (Giros desde y hacia Uruguay) CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS DE MORE MONEY TRANSFERS S.A. (Giros Internacionales) Y GIROS MORE URUGUAY S.A. (Giros desde y hacia Uruguay) 1 DECLARACIÓN DE POLITICA La intención perseguida por More Money

Más detalles

Clasificación y gestión de la información y bienes TI Ministerio del Interior N11

Clasificación y gestión de la información y bienes TI Ministerio del Interior N11 Clasificación y gestión de la información y bienes TI Ministerio del Interior N11 Introducción Propósito. Mantener y alcanzar una apropiada protección de los activos del Ministerio del Interior, en donde

Más detalles

RESUMEN DEL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE PREVENCIÓN DEL BLANQUEO DE CAPITALES Y LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO. Febrero, 2014

RESUMEN DEL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE PREVENCIÓN DEL BLANQUEO DE CAPITALES Y LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO. Febrero, 2014 RESUMEN DEL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE PREVENCIÓN DEL BLANQUEO DE CAPITALES Y LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO Febrero, 2014 ÍNDICE 1. ANTECEDENTES 2. NORMATIVA 3. ORGANIZACIÓN INTERNA 3.1. Comité de PBC&FT

Más detalles

Anexo Número Cuatro (4) ÉTICA Y CONDUCTA EN MATERIA ANTILAVADO DE DINERO Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO

Anexo Número Cuatro (4) ÉTICA Y CONDUCTA EN MATERIA ANTILAVADO DE DINERO Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO Anexo Número Cuatro (4) ÉTICA Y CONDUCTA EN MATERIA ANTILAVADO DE DINERO Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO 1 Los funcionarios del Grupo Bancolombia deberán asegurar el cumplimiento de las normas encaminadas

Más detalles

Política de Relación con Funcionarios Públicos. Universidad Andrés Bello

Política de Relación con Funcionarios Públicos. Universidad Andrés Bello Fecha Emisión Política de Relación con Funcionarios Públicos. Universidad Andrés Bello ÍNDICE 1. OBJETIVO... 3 2. ALCANCE... 3 3. GLOSARIO... 3 4. DESCRIPCIÓN DE LA POLÍTICA... 4 4.1. Lineamientos Generales...

Más detalles

Ficheros creados al amparo de la Ley 12/2003, de 21 de mayo, de prevención y bloqueo de la financiación del terrorismo.

Ficheros creados al amparo de la Ley 12/2003, de 21 de mayo, de prevención y bloqueo de la financiación del terrorismo. Ficheros creados al amparo de la Ley 12/2003, de 21 de mayo, de prevención y bloqueo de la financiación del terrorismo. Informe 364/2006 La consulta plantea, si le resulta de aplicación al tratamiento

Más detalles

LIBRO I.- NORMAS GENERALES PARA LAS INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO

LIBRO I.- NORMAS GENERALES PARA LAS INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO LIBRO I.- NORMAS GENERALES PARA LAS INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO TITULO I.- DE LA CONSTITUCIÓN CAPITULO VII.- CONSTITUCIÓN, ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y OPERACIONES DE LAS CORPORACIONES DE DESARROLLO

Más detalles

OFICINA DEL ABOGADO GENERAL

OFICINA DEL ABOGADO GENERAL Lineamientos para la Asignación, Uso, Mantenimiento y Resguardo de los Vehículos Asignados a Funcionarios y Servicios de la Universidad Autónoma del Estado de México. Lineamientos para la Asignación, Uso,

Más detalles

SUNEDISON, INC. Septiembre 2013 POLÍTICA DE ANTICORRUPCIÓN EN EL EXTRANJERO

SUNEDISON, INC. Septiembre 2013 POLÍTICA DE ANTICORRUPCIÓN EN EL EXTRANJERO SUNEDISON, INC. Septiembre 2013 POLÍTICA DE ANTICORRUPCIÓN EN EL EXTRANJERO Declaración de la política. Es política de la empresa que la empresa, todas sus subsidiarias y afiliados, así como todos sus

Más detalles

Modelo de Cumplimiento Normativo y Prevención de Delitos. Protocolo de aceptación y entrega de regalos

Modelo de Cumplimiento Normativo y Prevención de Delitos. Protocolo de aceptación y entrega de regalos Modelo de Cumplimiento Normativo y Prevención de Delitos Protocolo de aceptación y entrega de regalos 1. Introducción El objetivo de este protocolo es definir el procedimiento que debe seguirse para: a)

Más detalles

CUMPLIMIENTO DEL ACTA DE PRÁCTICAS DE ANTICORRUPCIÓN EN EL EXTRANJERO

CUMPLIMIENTO DEL ACTA DE PRÁCTICAS DE ANTICORRUPCIÓN EN EL EXTRANJERO CUMPLIMIENTO DEL ACTA DE PRÁCTICAS DE ANTICORRUPCIÓN EN EL EXTRANJERO Política relacionada con pagos a funcionarios del gobierno Gran Tierra Energy, Inc. ( Gran Tierra o la Compañía ) está incorporada

Más detalles

CIRCULAR Nº 0024, Unidad de Análisis Financiero. CIRCULAR Nº 3, Superintendencia de Casinos de Juego

CIRCULAR Nº 0024, Unidad de Análisis Financiero. CIRCULAR Nº 3, Superintendencia de Casinos de Juego GOBIERNO DE CHILE UNIDAD DE ANÁLISIS FINANCIERO SUPERINTENDENCIA DE CASINOS DE JUEGO CIRCULAR Nº 0024, Unidad de Análisis Financiero CIRCULAR Nº 3, Superintendencia de Casinos de Juego Santiago, 23 de

Más detalles

INSTRUCTIVO ESPECIFICO PARA ENTIDADES DE INTERMEDIACION FINANCIERA INDICE

INSTRUCTIVO ESPECIFICO PARA ENTIDADES DE INTERMEDIACION FINANCIERA INDICE INSTRUCTIVO ESPECIFICO PARA ENTIDADES DE INTERMEDIACION FINANCIERA INDICE OBJETO Artículo 1.- (Emitir normas específicas) ALCANCE Artículo 2.- (Entidades de intermediación financiera) OBLIGACION DE IDENTIFICAR

Más detalles

Política. Anticorrupción. Tenemos la energía de la gente del norte

Política. Anticorrupción. Tenemos la energía de la gente del norte Política Anticorrupción Tenemos la energía de la gente del norte Contenido Entorno Objeto Alcance Responsabilidades Principios de actuación Implementación Aprobación 6 7 2 Política Anticorrupción EMELARI

Más detalles

Prevención de Lavado de Dinero

Prevención de Lavado de Dinero Prevención de Lavado de Dinero CAPACITACIÓN Miguel Tenorio REVISIÓN 1 REQUISITOS PARA UN PROGRAMA ALD/FT EXISTEN CUATRO REQUISITOS PARA DISEÑAR UN PROGRAMA ANTI LAVADO DE DINERO políticas, procedimientos

Más detalles

Todos los derechos reservados. Ideas Publishing Solutions. Valores

Todos los derechos reservados. Ideas Publishing Solutions. Valores Señales de alerta en el sector de los valores La industria de valores evoluciona rápidamente y es una industria de una naturaleza global, internacional, transfronteriza, a través de la cual se movilizan

Más detalles

CONSIDERANDO. Por lo anterior, he tenido a bien a expedir los siguientes:

CONSIDERANDO. Por lo anterior, he tenido a bien a expedir los siguientes: CRITERIOS SESNSP/CNCA/CRI/04/2010, POR EL QUE SE ESTABLECE EL PROCESO PARA LA SUBROGACIÓN DE SERVICIOS RELACIONADOS A EVALUACIONES DE CONTROL DE CONFIANZA Y CRITERIOS A OBSERVAR PARA LA CAPACITACIÓN DE

Más detalles

MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN (N.C.G.278 S.V.S.)

MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN (N.C.G.278 S.V.S.) MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN (N.C.G.278 S.V.S.) Página 1 de 7 INTRODUCCION Se ha preparado este Manual de Manejo de Información de acuerdo a lo dispuesto en la Norma de Carácter General Nº 278, de fecha

Más detalles

SECCIÓN I. Preguntas en relación con la implementación de las disposiciones de la convención seleccionadas para ser analizadas en la tercera ronda.

SECCIÓN I. Preguntas en relación con la implementación de las disposiciones de la convención seleccionadas para ser analizadas en la tercera ronda. SECCIÓN I Preguntas en relación con la implementación de las disposiciones de la convención seleccionadas para ser analizadas en la tercera ronda. CAPÍTULO PRIMERO: Negación o impedimento de beneficios

Más detalles

COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DE COSTA RICA TOMAS EVANS SALAZAR MAYO DEL 2014

COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DE COSTA RICA TOMAS EVANS SALAZAR MAYO DEL 2014 COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DE COSTA RICA TOMAS EVANS SALAZAR MAYO DEL 2014 Alcance La Norma Internacional de Auditoría (NIA) 220, Control de calidad para auditorías de información financiera histórica

Más detalles

RIESGO DE LAVADO DE ACTIVOS

RIESGO DE LAVADO DE ACTIVOS RIESGO DE LAVADO DE ACTIVOS CONOZCA A SU AFILIADO/CLIENTE Una gestión eficaz de los riesgos financieros exige en la actualidad procedimientos de Conozca a su Afiliado/Cliente más sólidos, amplios y seguros.

Más detalles

ADMINISTRADORA DE ESTCIONES DE SERVICIO SERCO LTDA.

ADMINISTRADORA DE ESTCIONES DE SERVICIO SERCO LTDA. ADMINISTRADORA DE ESTCIONES DE SERVICIO SERCO LTDA. MODELO DE PREVE NCIÓN DE DELITOS ADES LTDA. Código Versión Fecha Paginas 01 10/04/2015 9 Elaboró Revisó Aprobó Marcelo Carreño Joaquín García Joaquín

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE CUMPLIMIENTO PENAL

PROCEDIMIENTO DE CUMPLIMIENTO PENAL PROCEDIMIENTO DE CUMPLIMIENTO PENAL INDICE 1. OBJETO 2. ALCANCE 3. REFERENCIAS 4. DEFINICIONES 5. DESCRIPCIÓN 6. RESPONSABILIDADES 1. OBJETO El objeto del presente procedimiento es garantizar los mecanismos

Más detalles

MANUAL DE TRATAMIENTO Y SOLUCIONES DE LOS CONFLICTOS DE INTERÉS NEGOCIO FIDUCIARIO BANCHILE CORREDORES DE BOLSA S.A.

MANUAL DE TRATAMIENTO Y SOLUCIONES DE LOS CONFLICTOS DE INTERÉS NEGOCIO FIDUCIARIO BANCHILE CORREDORES DE BOLSA S.A. MANUAL DE TRATAMIENTO Y SOLUCIONES DE LOS CONFLICTOS DE INTERÉS NEGOCIO FIDUCIARIO BANCHILE CORREDORES DE BOLSA S.A. JULIO 2010 Página 1 de 8 INDICE 1. Introducción 2. Estándares Mínimos para el Negocio

Más detalles

TRANSFERENCIA ELECTRONICA DE INFORMACION Y FONDOS. 1.- Aplicación de las presentes normas.

TRANSFERENCIA ELECTRONICA DE INFORMACION Y FONDOS. 1.- Aplicación de las presentes normas. CAPITULO 1-7 (Bancos y Financieras) MATERIA: TRANSFERENCIA ELECTRONICA DE INFORMACION Y FONDOS. 1.- Aplicación de las presentes normas. Las presentes normas se refieren a la prestación de servicios bancarios

Más detalles

DESCRIPCIÓN DEL PROCESO DE RIESGO OPERACIONAL

DESCRIPCIÓN DEL PROCESO DE RIESGO OPERACIONAL DESCRIPCIÓN DEL PROCESO DE RIESGO Julio 10, de 2012 INDICE Proceso Riesgo Operacional... 1 Objetivo General... 1 Objetivos Específicos... 1 I. Identificación del Riesgo.... 1 II. Medición y Mitigación

Más detalles

I. INTRODUCCIÓN DEFINICIONES

I. INTRODUCCIÓN DEFINICIONES REF.: INSTRUYE SOBRE LA IMPLEMENTACIÓN DE LA GESTIÓN DE RIESGO OPERACIONAL EN LAS ENTIDADES DE DEPÓSITO Y CUSTODIA DE VALORES Y EN LAS SOCIEDADES ADMINISTRADORAS DE SISTEMAS DE COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN

Más detalles

Aviso Legal. Entorno Digital, S.A.

Aviso Legal. Entorno Digital, S.A. Aviso Legal En relación al cumplimiento de la Ley de Protección de Datos, le informamos que los datos personales facilitados por Ud. en cualquiera de los formularios incluidos en este sitio web son incluidos

Más detalles

EVENTOS DE RIESGO SEÑALES DE ALERTA Y CONTROLES. Noviembre 7 de 2007

EVENTOS DE RIESGO SEÑALES DE ALERTA Y CONTROLES. Noviembre 7 de 2007 EVENTOS DE RIESGO SEÑALES DE ALERTA Y CONTROLES Noviembre 7 de 2007 Proceso de Gestión de Riesgos Proceso de Gestión de Riesgos Eventos de Riesgo Señales de Alerta Controles Clasificación de los Eventos

Más detalles

TABLA DE CONTENIDOS. APRUEBA E IMPLEMENTA Gerente de Adm. y Finanzas

TABLA DE CONTENIDOS. APRUEBA E IMPLEMENTA Gerente de Adm. y Finanzas PAGI 1 de 10 MANEJO DE INFORMACION FECHA APROBACION 13 TABLA DE CONTENIDOS.1. Objetivo.2. Alcance.3. Responsables.4. Referencias.5. Definiciones.6. Modo de Operación 7. Registros 8. Modificaciones 9. Anexos

Más detalles

Cuestionario Anti-Lavado de Dinero

Cuestionario Anti-Lavado de Dinero Cuestionario Anti-Lavado de Dinero mbre de la Institución Financiera: Banco de Crédito de Crédito de Bolivia S.A. Ubicación: La Paz - Bolivia (Colón Esq. Mercado N 1308) I. Políticas Anti-Lavado Generales,

Más detalles

REGLAMENTO DE CONDUCTA EN LOS MERCADOS DE VALORES

REGLAMENTO DE CONDUCTA EN LOS MERCADOS DE VALORES REGLAMENTO DE CONDUCTA EN LOS MERCADOS DE VALORES PREAMBULO Con el fin de asegurar el cumplimiento de preceptos contenidos en la ley N 18.045 sobre Mercado de Valores, el directorio de EMPRESA NACIONAL

Más detalles

CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS

CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS 1 INTRODUCCIÓN Y DECLARACION POLÍTICA Con la adopción del presente Código de Buenas Prácticas, Cambilex S.A., pretende establecer un marco de referencia para la relación entre

Más detalles

LINEAMIENTOS DE LA FUNCIÓN DEL AUDITOR GUBERNAMENTAL"

LINEAMIENTOS DE LA FUNCIÓN DEL AUDITOR GUBERNAMENTAL LINEAMIENTOS DE LA FUNCIÓN DEL AUDITOR GUBERNAMENTAL" Introducción El propósito de los Lineamientos de la Función del Auditor Gubernamental es el de promover una cultura ética en la profesión global de

Más detalles

ACUERDO GUBERNATIVO No. 86-2006

ACUERDO GUBERNATIVO No. 86-2006 Acuérdase emitir el REGLAMENTO DE LA LEY PARA PREVENIR Y REPRIMIR EL FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO. ACUERDO GUBERNATIVO No. 86-2006 Guatemala, 2 de marzo de 2006 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:

Más detalles

Informativo de Prevención del Cohecho o Soborno

Informativo de Prevención del Cohecho o Soborno SOBOR N O TRANSACCIONES CORRUPCIÓN INTERNACIONALES COHECHO Informativo de Prevención del Cohecho o Soborno Convención OCDE para Combatir el Cohecho a Funcionarios Públicos Extranjeros en las Transacciones

Más detalles

MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA AUDITORIA INTERNA OFICIALIZACION Y DIVULGACIÓN CON OFICIO NO.0062-2009

MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA AUDITORIA INTERNA OFICIALIZACION Y DIVULGACIÓN CON OFICIO NO.0062-2009 MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA AUDITORIA INTERNA MANUAL DE PROCESOS OFICIALIZACION Y DIVULGACIÓN CON OFICIO NO.0062-2009 ENERO 2009 INDICE PÁGINA PORTADA 01 ÍNDICE 02 INTRODUCCIÓN 03 MANUAL DE PROCESOS

Más detalles

Política Conflicto de Interés

Política Conflicto de Interés Política Conflicto de Interés Seguros de Vida Sura S.A. SURA CHILE INDICE INTRODUCCIÓN... 3 I. DEFINICIONES... 4 PERSONA SUJETA... 4 PERSONAS RELACIONADAS... 4 II. ACTIVIDADES PROHIBIDAS... 6 III. OBLIGACIÓN

Más detalles

Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre

Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre 1.-PROPOSITO DEL MANUAL El presente manual de Auditoria Técnica tiene como propósito el de proveer al Departamento un sistema que le permita realizar actividades de Fiscalización de Regionales. Por medio

Más detalles

Adopción SÍ NO PRÁCTICA. 1.- Del funcionamiento del Directorio.

Adopción SÍ NO PRÁCTICA. 1.- Del funcionamiento del Directorio. 1.- Del funcionamiento del Directorio. A. De la adecuada y oportuna información del Directorio, acerca de los negocios y riesgos de la sociedad, así como de sus principales políticas, controles y procedimientos.

Más detalles

Política sobre relación con clientes

Política sobre relación con clientes 1. PROPÓSITO Y ALCANCE. La presente política se dispone con el fin de asegurar un trato equitativo y un acceso transparente a la información sobre la entidad, tanto para vinculados como para no vinculados

Más detalles

LINEAMIENTOS GENERALES Y RECOMENDACIONES PARA LA CUSTODIA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, INFORMACIÓN

LINEAMIENTOS GENERALES Y RECOMENDACIONES PARA LA CUSTODIA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, INFORMACIÓN LINEAMIENTOS GENERALES Y RECOMENDACIONES PARA LA CUSTODIA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, INFORMACIÓN RESERVADA Y CONFIDENCIAL EN POSESIÓN DE SUJETOS OBLIGADOS DEL ESTADO DE CHIAPAS. CONSIDERANDO 1.

Más detalles

Casos Prácticos de las Declaraciones de Efectivo y Cuasi efectivo y la elaboración de los Manuales de Cumplimiento. Panamá, 18 de febrero de 2014.

Casos Prácticos de las Declaraciones de Efectivo y Cuasi efectivo y la elaboración de los Manuales de Cumplimiento. Panamá, 18 de febrero de 2014. Casos Prácticos de las Declaraciones de Efectivo y Cuasi efectivo y la elaboración de los Manuales de Cumplimiento Panamá, 18 de febrero de 2014. Las opiniones y puntos de vista vertidos en esta presentación

Más detalles

Política General de Control y Gestión de Riesgos

Política General de Control y Gestión de Riesgos Empresas Inarco Política General de Control y Gestión de Riesgos Auditoría Interna 2014 POLITICA GENERAL DE CONTROL Y GESTION DE RIESGOS EMPRESAS INARCO La Política General de Control y Gestión de Riesgos,

Más detalles

I. DISPOSICIONES GENERALES

I. DISPOSICIONES GENERALES POLÍTICA DE CLASIFICACIÓN DE CLIENTES I. DISPOSICIONES GENERALES 1.1. El propósito de esta Política de Clasificación de Clientes de DELTASTOCK es establecer normas internas para la clasificación de los

Más detalles

SISTEMA DE INTEGRIDAD Y TRANSPARENCIA PARA PREVENIR ACTOS DE CORRUPCIÓN EN LA EMPRESA

SISTEMA DE INTEGRIDAD Y TRANSPARENCIA PARA PREVENIR ACTOS DE CORRUPCIÓN EN LA EMPRESA SISTEMA DE INTEGRIDAD Y TRANSPARENCIA PARA PREVENIR ACTOS DE CORRUPCIÓN EN LA EMPRESA INDICE I. ANTECEDENTES 2 II. OBJETIVOS III. ETAPAS DEL SISTEMA DE INTEGRIDAD Y TRANSPARENCIA a. Primera Etapa: Diagnóstico

Más detalles

I. INTRODUCCION 1 II. OBJETO 1 III. AMBITO SUBJETIVO 1 PERSONAL U ORGANO SOCIETARIO RESPONSABLE DE ESTABLECER LAS DISPOCISIONES DEL MANUAL

I. INTRODUCCION 1 II. OBJETO 1 III. AMBITO SUBJETIVO 1 PERSONAL U ORGANO SOCIETARIO RESPONSABLE DE ESTABLECER LAS DISPOCISIONES DEL MANUAL INDICE I. INTRODUCCION 1 II. OBJETO 1 III. AMBITO SUBJETIVO 1 IV. PERSONAL U ORGANO SOCIETARIO RESPONSABLE DE ESTABLECER LAS DISPOCISIONES DEL MANUAL 2 V. PERSONAL U ORGANO SOCIETARIO RESPONSABLE DE HACER

Más detalles

MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN SOCIAL ARTICULO 46 DE LA LEY N 18.046. (Ley N 20.382 Sobre Gobiernos Corporativos) EUROAMERICA SEGUROS DE VIDA S.A.

MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN SOCIAL ARTICULO 46 DE LA LEY N 18.046. (Ley N 20.382 Sobre Gobiernos Corporativos) EUROAMERICA SEGUROS DE VIDA S.A. 1 MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN SOCIAL ARTICULO 46 DE LA LEY N 18.046 (Ley N 20.382 Sobre Gobiernos Corporativos) EUROAMERICA SEGUROS DE VIDA S.A. ENERO 2010 Aprobado en sesión de Directorio Sociedad

Más detalles

POLÍTICAS DE TRATAMIENTO, PRIVACIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL GRUPO TERRANUM

POLÍTICAS DE TRATAMIENTO, PRIVACIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL GRUPO TERRANUM POLÍTICAS DE TRATAMIENTO, PRIVACIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL GRUPO TERRANUM Dando cumplimiento a lo establecido en la Ley 1581 de 2012 y al Decreto 1377 de 2013, nos permitimos informar a

Más detalles

MODELO DE PREVENCIÓN DE DELITOS. Administradora de Ventas al Detalle Ltda. Aprobado por el Directorio de ARCOPRIME. 2014.

MODELO DE PREVENCIÓN DE DELITOS. Administradora de Ventas al Detalle Ltda. Aprobado por el Directorio de ARCOPRIME. 2014. MODELO DE PREVENCIÓN DE DELITOS Administradora de Ventas al Detalle Ltda. Aprobado por el Directorio de ARCOPRIME. 2014. CONTENIDOS 1. OBJETIVO 2. ÁMBITO DE APLICACIÓN 3. MODELO DE PREVENCIÓN LEY N 20.393

Más detalles

REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 Objeto y Alcance del Reglamento Específico I.- El presente Reglamento Especifico del Sistema de Presupuesto,

Más detalles

BASES PARA LA PROVISIÓN DEL CARGO SUBGERENTE DE ÁREA ECONOMÍA DE LA SALUD DE LA UNIDAD EJECUTORA 001 DIRECCIÓN GENERAL DE SECRETARIA

BASES PARA LA PROVISIÓN DEL CARGO SUBGERENTE DE ÁREA ECONOMÍA DE LA SALUD DE LA UNIDAD EJECUTORA 001 DIRECCIÓN GENERAL DE SECRETARIA MINISTERIO DE SALUD PUBLICA OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO OFICINA NACIONAL DE SERVICIO CIVIL BASES PARA LA PROVISIÓN DEL CARGO SUBGERENTE DE ÁREA ECONOMÍA DE LA SALUD DE LA UNIDAD EJECUTORA 001

Más detalles

REPÚBLICA DE PANAMÁ SUPERINTENDENCIA DE BANCOS

REPÚBLICA DE PANAMÁ SUPERINTENDENCIA DE BANCOS REPÚBLICA DE PANAMÁ SUPERINTENDENCIA DE BANCOS ACUERDO No. 7-2003 (de 16 de octubre de 2003) LA JUNTA DIRECTIVA En uso de sus facultades legales; y CONSIDERANDO: Que de conformidad con los numerales 1

Más detalles

COMPAÑÍA MUNDIAL DE SEGUROS S.A. INFORME ANUAL DE GOBIERNO CORPORATIVO 2014

COMPAÑÍA MUNDIAL DE SEGUROS S.A. INFORME ANUAL DE GOBIERNO CORPORATIVO 2014 COMPAÑÍA MUNDIAL DE SEGUROS S.A. INFORME ANUAL DE GOBIERNO CORPORATIVO 2014 COMPAÑÍA MUNDIAL DE SEGUROS S.A., consciente de la importancia de adoptar principios, políticas y prácticas de buen gobierno

Más detalles

EMPRESAS AQUACHILE S.A. ANEXO NCG No. 341

EMPRESAS AQUACHILE S.A. ANEXO NCG No. 341 ANEO NCG No. 341 Práctica Adopción SI NO 1. Del Funcionamiento del Directorio A. De la adecuada y oportuna información del directorio, acerca de los negocios y riesgos de la Sociedad, así como de sus principales

Más detalles

Código de Conducta para Proveedores

Código de Conducta para Proveedores Noviembre 2012 Global Transport and Logistics Código de Conducta para Proveedores Código de Conducta para Proveedores de DSV - 1 Contenido 1 Índice 2 2 Código de Conducta para Proveedores del Grupo DSV

Más detalles

MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN DE INTERÉS DE BOLSA DE CORREDORES BOLSA DE VALORES

MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN DE INTERÉS DE BOLSA DE CORREDORES BOLSA DE VALORES MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN DE INTERÉS DE BOLSA DE CORREDORES BOLSA DE VALORES BOLSA DE CORREDORES BOLSA DE VALORES SOCIEDAD ANÓNIMA ABIERTA INSCRIPCIÓN REGISTRO DE COMERCIO N 397 INTRODUCCIÓN Con

Más detalles

MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA EL MERCADO

MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA EL MERCADO MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA EL MERCADO SEGUROS DE VIDA SURA S.A. SEGUROS DE VIDA SURA S.A. 2 Línea N Documento SV 0202 Manual de Manejo de Información de Interés para el Mercado INTRODUCCIÓN

Más detalles

SERVICIO DE DESARROLLO DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS PRODUCTIVAS SEDEM REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO

SERVICIO DE DESARROLLO DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS PRODUCTIVAS SEDEM REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO SERVICIO DE DESARROLLO DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS PRODUCTIVAS SEDEM REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO La Paz, Noviembre 2010 SERVICIO DE DESARROLLO DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS PRODUCTIVAS - SEDEM

Más detalles

10730029310-12. Modelo de certificación de Comités Paritarios de Higiene y Seguridad

10730029310-12. Modelo de certificación de Comités Paritarios de Higiene y Seguridad 10730029310-12 Modelo de certificación de Comités Paritarios de Higiene y Seguridad INDICE 3 3 3 4 4 4 5 6 9 Modelo de certificación CPHS 1. INTRODUCCIÓN 2. REQUISITOS PARA OBTENER LA CERTIFICACIÓN 3.

Más detalles

ORDEN DE 27 DE DICIEMBRE DE 1991 DE DESARROLLO DEL REAL DECRETO 1816/1991, DE 20 DE DICIEMBRE, SOBRE TRANSACCIONES ECONÓMICAS CON EL EXTERIOR

ORDEN DE 27 DE DICIEMBRE DE 1991 DE DESARROLLO DEL REAL DECRETO 1816/1991, DE 20 DE DICIEMBRE, SOBRE TRANSACCIONES ECONÓMICAS CON EL EXTERIOR ORDEN DE 27 DE DICIEMBRE DE 1991 DE DESARROLLO DEL REAL DECRETO 1816/1991, DE 20 DE DICIEMBRE, SOBRE TRANSACCIONES ECONÓMICAS CON EL EXTERIOR FICHA RESUMEN...2 EXPOSICION DE MOTIVOS...3 Artículo 1...3

Más detalles

MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN DE INTERÉS PROMOTORA CMR FALABELLA S.A.

MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN DE INTERÉS PROMOTORA CMR FALABELLA S.A. MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN DE INTERÉS PROMOTORA CMR FALABELLA S.A. De conformidad a lo establecido en el artículo 16 de la Ley Nº 18.045 sobre Mercado de Valores, y en cumplimiento de lo dispuesto

Más detalles

CUMPLIMIENTO CON LAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE TRANSFERENCIAS DE FONDOS AL EXTRANJERO Y SU REGLAMENTO NÚM. 1965

CUMPLIMIENTO CON LAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE TRANSFERENCIAS DE FONDOS AL EXTRANJERO Y SU REGLAMENTO NÚM. 1965 8 de octubre de 2004 CARTA CIRCULAR 04-07 TODAS LAS COOPERATIVAS DE AHORRO Y CRÉDITO DE PUERTO RICO Y SUS JUNTAS DE DIRECTORES Lcda. Ana Violeta Ortiz Presidenta Ejecutiva CUMPLIMIENTO CON LAS DISPOSICIONES

Más detalles

Nº Delegados de Prevención

Nº Delegados de Prevención NOTAS 1.1 1 Se constituirá un Comité de Seguridad y Salud en todas las empresas o centros de trabajo que cuenten con 50 o más trabajadores. El Comité de Seguridad y Salud es el órgano paritario y colegiado

Más detalles

WINTERBOTHAM FIDUCIARIA S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE INVERSIÓN CÓDIGO DE ETICA

WINTERBOTHAM FIDUCIARIA S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE INVERSIÓN CÓDIGO DE ETICA WINTERBOTHAM FIDUCIARIA S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE INVERSIÓN CÓDIGO DE ETICA 1 Asunto: CÓDIGO DE ETICA Para uso por: Todo el personal Fecha de aprobación: Abril 2015 Contenido: 1. Introducción 2.

Más detalles

Para cumplimiento con esta misión, los objetivos marcados para esta Función son los siguientes:

Para cumplimiento con esta misión, los objetivos marcados para esta Función son los siguientes: Enero 5 de 2015 GESTIÓN Y CONTROL DE RIESGOS Helm Fiduciaria S.A., como parte integrante del Grupo Corpbanca, está soportada por la infraestructura que el Grupo ha diseñado para controlar y gestionar los

Más detalles