PROYECTO DE VERTEDERO DE RESIDUOS NO PELIGROSOS DE IRUATXIETA, T.M. DE MALLABIA, BIZKAIA. Documento I: MEMORIA Y ANEXOS FEBRERO

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1 EMPRESA ACREDITADA POR EL DPTO. DE ORDENACION DEL TERRITORIO, VIVIENDA Y M.A. DEL GOBIERNO VASCO, AREA: TOMA DE MUESTRAS INALTERADAS, ENSAYOS Y PRUEBAS IN SITU DE SUELOS, CODIGO 10009ST00 (BOPV nº230, 30/11/00; BOE 01/05/01) PROYECTO DE VERTEDERO DE RESIDUOS NO PELIGROSOS DE IRUATXIETA, T.M. DE MALLABIA, BIZKAIA. Documento I: MEMORIA Y ANEXOS FEBRERO SOLICITADO POR: pág. 1 de 139

2 EMPRESA ACREDITADA POR EL DPTO. DE ORDENACION DEL TERRITORIO, VIVIENDA Y M.A. DEL GOBIERNO VASCO, AREA: TOMA DE MUESTRAS INALTERADAS, ENSAYOS Y PRUEBAS IN SITU DE SUELOS, CODIGO 10009ST00 (BOPV nº230, 30/11/00; BOE 01/05/01) Indice general 1. INTRODUCCION Y OBJETO DEL PROYECTO Antecedentes Objetivos del Proyecto Finalidad y características de los trabajos realizados División del proyecto en partes Definición y objetivos de la instalación Caracterización del emplazamiento Construcción del vertedero Funcionamiento del vertedero Clausura, sellado y recuperación ambiental IDENTIFICACION DEL TITULAR DE LA INSTALACION MERCADO POTENCIAL PARA LOS VERTEDEROS DE RESIDUOS NO PELIGROSOS EN LA CAPV Criterios normativos sobre depósito de residuos en vertedero Vertederos de Residuos Inertes Vertederos de Residuos No Peligrosos Clasificación de vertederos Datos sobre la generación de residuos en la CAPV Generación de Residuos No Peligrosos Generación de Residuos Peligrosos Residuos Potencialmente Admisibles en Vertederos de RNPs en la CAPV DESCRIPCION Y CLASIFICACION DE LOS RESIDUOS SEGUN RD 1481/ Clasificación del vertedero Residuos Admisibles Conformidad con los Planes de Gestión de residuos Conformidad respecto a la exigencia de un Tratamiento Previo Residuos valorizables Residuos no valorizables Residuos no aceptables Criterios de admisión IDONEIDAD DEL EMPLAZAMIENTO Núcleos de población teniendo en cuenta las previsiones del desarrollo urbanístico Zonas recreativas y de esparcimiento pág. 2 de 139

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4 EMPRESA ACREDITADA POR EL DPTO. DE ORDENACION DEL TERRITORIO, VIVIENDA Y M.A. DEL GOBIERNO VASCO, AREA: TOMA DE MUESTRAS INALTERADAS, ENSAYOS Y PRUEBAS IN SITU DE SUELOS, CODIGO 10009ST00 (BOPV nº230, 30/11/00; BOE 01/05/01) Procedimientos generales de prueba y admisión de vertidos Método de explotación Acceso y control Vertido Salida del vertedero Capacidad y vida útil del vertedero Volúmenes de Proyecto Capacidad del Vertedero Sistema de separación de los residuos reciclables Acceso y movimiento de residuos por vías internas Descarga y vertido Orden de llenado Extendido y compactación de residuos Formación de plataformas Salida del depósito controlado Vida útil Plan de Rellenos Fases de Relleno Fase Fase Fase Areas generadoras de lixiviados durante la explotación del vertedero Maquinaria y Personal previsto en la explotación del vertedero Maquinaria Personal Seguridad y Salud en explotación y periodo posclausura DESCRIPCION TECNICA DE LAS SOLUCIONES Planta de Triaje y Valorizacion del residuo Acondicionamiento del vaso de vertido Cantidades, características y origen de los materiales de préstamo Localización de zonas de acopio temporales, almacenamiento de tierras, instalaciones auxiliares y materiales de obra Impermeabilización Capa de regulación Barrera geológica artificial Geomembrana PEAD Capa de drenaje inferior Diseño del caballón central Sistema de drenaje de aguas limpias pág. 4 de 139

5 EMPRESA ACREDITADA POR EL DPTO. DE ORDENACION DEL TERRITORIO, VIVIENDA Y M.A. DEL GOBIERNO VASCO, AREA: TOMA DE MUESTRAS INALTERADAS, ENSAYOS Y PRUEBAS IN SITU DE SUELOS, CODIGO 10009ST00 (BOPV nº230, 30/11/00; BOE 01/05/01) Cuneta Este Cuneta Oeste Drenaje de cabecera Rain-flaps Sistema de drenaje de lixiviados Depósitos de almacenamiento Pozos de registro Válvula de cierre automático Gestión de lixiviados Sistema de tratamiento de lixiviados Vertido a cauce público Conexión Depuradora-Punto de vertido Gestión de fangos procedentes del tratamiento físico-químico Gestión del efluente de concentrados Conexión Vertedero antiguo-depuradora Tratamiento de aguas de uso higiénico Vial interior Muro verde Explanada de acceso y aparcamiento de vehículos Edificio de oficinas y control de acceso Báscula Lavadero de ruedas Cerramiento y puerta de acceso METODOS DE PREVENCION Y REDUCCION DE LA CONTAMINACION Introducción a la Directiva 96/61 CE del consejo Ambito de Aplicación Valores Límite de Emisión y Mejores Técnicas Disponibles Prevención y Reducción de la Contaminación Justificación de la aplicación de mejores técnicas disponibles (MTD) Código de la Actividad según Decisión de la Comisión PLAN DE CLAUSURA, SELLADO Y RECUPERACION AMBIENTAL Solución de sellado Adaptación de las infraestructuras Cerramiento y control de acceso Edificio de oficinas, servicios y laboratorio Báscula Lavadero de ruedas Línea de abastecimiento de agua y red eléctrica pág. 5 de 139

6 EMPRESA ACREDITADA POR EL DPTO. DE ORDENACION DEL TERRITORIO, VIVIENDA Y M.A. DEL GOBIERNO VASCO, AREA: TOMA DE MUESTRAS INALTERADAS, ENSAYOS Y PRUEBAS IN SITU DE SUELOS, CODIGO 10009ST00 (BOPV nº230, 30/11/00; BOE 01/05/01) Pluviómetro Proyecto de Adecuación paisajística de la infraestructura ESTUDIO ECONOMICO Inversiones Gastos de explotación Ingresos Estudio económico Resumen REPERCUSIONES EN EL MEDIO AMBIENTE Minimización del consumo de recursos Estimación del consumo de recursos Generación de lixiviados Identificación de los focos de vertido Punto de vertido y conexión a la red de saneamiento Puntos de control de lixiviados Cálculo de generación de lixiviados Cuantificación del tráfico de camiones PLAN DE VIGILANCIA Y CONTROL AMBIENTAL PROTOCOLO DE ACTUACION EN SITUACION DE EMERGENCIA AMBIENTAL Fuertes vientos Descripción del problema Identificación de las causas de funcionamiento anómalo Medidas preventivas Efecto medioambiental Intervención Lluvias intensas Situación de funcionamiento anómalo Identificación de las causas de funcionamiento anómalo Medidas preventivas Efecto medioambiental Intervención Inestabilidad de la masa de residuos Situación de funcionamiento anómalo Identificación de las causas de funcionamiento anómalo Medidas preventivas Efecto medioambiental Intervención pág. 6 de 139

7 EMPRESA ACREDITADA POR EL DPTO. DE ORDENACION DEL TERRITORIO, VIVIENDA Y M.A. DEL GOBIERNO VASCO, AREA: TOMA DE MUESTRAS INALTERADAS, ENSAYOS Y PRUEBAS IN SITU DE SUELOS, CODIGO 10009ST00 (BOPV nº230, 30/11/00; BOE 01/05/01) Incendio Situación de funcionamiento anómalo Identificación de las causas de funcionamiento anómalo Medidas preventivas Efecto medioambiental Intervención PLAN DE TRABAJOS, PLAZO DE EJECUCIÓN Y GARANTIAS Plan de Trabajos Cronograma de Trabajos Plazo de ejecución Garantías REVISION DE PRECIOS CLASIFICACION DEL CONTRATISTA Y SISTEMA DE ADJUDICACION PLANOS PLIEGOS DE CONDICIONES PRESUPUESTO DE LAS OBRAS ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD DOCUMENTOS QUE INTEGRAN EL PROYECTO pág. 7 de 139

8 EMPRESA ACREDITADA POR EL DPTO. DE ORDENACION DEL TERRITORIO, VIVIENDA Y M.A. DEL GOBIERNO VASCO, AREA: TOMA DE MUESTRAS INALTERADAS, ENSAYOS Y PRUEBAS IN SITU DE SUELOS, CODIGO 10009ST00 (BOPV nº230, 30/11/00; BOE 01/05/01) Anexos ANEXO 1: ESTUDIO GEOLOGICO-GEOTECNICO. ANEXO 2: ESTUDIO HIDROGEOLOGICO. ANEXO 3: ESTUDIO DE ESTABILIDAD DEL VERTEDERO. ANEXO 4: PLAN DE CONTROL DE LA IMPERMEABILIZACION. ANEXO 5: PROYECTO DE ADECUACION PAISAJISTICA. ANEXO 6: PROYECTO DE PLANTA DE TRATAMIENTO DE LIXIVIADOS. ANEXO 7: SOLICITUDES ADMINISTRATIVAS A LA DIRECCION DE AGUAS: I. REALIZACION DE OBRAS EN DOMINIO PUBLICO HIDRAULICO II. SOLICITUD Y DECLARACION DE VERTIDO A CAUCE PUBLICO. ANEXO 8: CALCULOS HIDROLOGICOS Y DE EVACUACION DE AGUAS PLUVIALES. ANEXO 9: CALCULOS HIDROLOGICOS Y DE EVACUACION DE LIXIVIADOS. ANEXO 10: CALCULOS DE GEOTEXTILES. ANEXO 11: ESTUDIO ECONOMICO. ANEXO 12: AUDITORIA AMBIENTAL. pág. 8 de 139

9 EMPRESA ACREDITADA POR EL DPTO. DE ORDENACION DEL TERRITORIO, VIVIENDA Y M.A. DEL GOBIERNO VASCO, AREA: TOMA DE MUESTRAS INALTERADAS, ENSAYOS Y PRUEBAS IN SITU DE SUELOS, CODIGO 10009ST00 (BOPV nº230, 30/11/00; BOE 01/05/01) 1. INTRODUCCION Y OBJETO DEL PROYECTO 1.1. Antecedentes. En Año ante la necesidad de adecuación del vertedero de residuos de construcción inertes de Iruatxieta a los parámetros que fija el Real Decreto 1481/2001 de 27 de diciembre, que regula la eliminación de residuos mediante el depósito en vertedero, y que reclasifica la tipología de las instalaciones de vertido, la sociedad gestora Betearte s.l. decide dar por finalizada su función como instalación de inertes y transformarlo en vertedero de residuos No Peligrosos (RNP). Esta decisión está basada en los elevados costes que tiene la adaptación de un vertedero al RD 1481/2001, que tratándose de inertes ponen en duda la rentabilidad del mismo, y que sin embargo está garantizada si se trata de otro tipo de residuo con mayor valor añadido. El coste material de la adecuación al RD 1481 de una instalación en funcionamiento a vertedero de residuos inertes (RI) o de no peligrosos (RNP) no difiere en exceso, pero que al coste actual del canon de vertido de inertes, la amortización de las inversiones puede superar ampliamente la vida útil del vertedero. Además existe un control y mantenimiento postclausura que es responsabilidad del propietario durante, como mínimo, los siguientes 30 años tras el cierre de la instalación. Por otra parte, el Plan de Gestión de residuos especiales de la C.A.P.V manifiesta la necesidad de infraestructuras de eliminación de residuos, como depósitos de inertizados y de seguridad, con una cantidad total de vertido estimada de t/año. La propuesta del plan de GV, es la de promover la adecuación de algunos vertederos existentes, en vez de crear nuevos, instalaciones que deberían justificar como mínimo un Plan de Explotación de un millón de toneladas. Esta capacidad, en principio, garantizaría para cada vertedero una vida de 20 años al ritmo de vertido teórico considerado. Por otra parte, también el Plan de Gestión de Residuos Peligrosos de CAPV , considera necesario la existencia de vertederos en los procesos de eliminación. pág. 9 de 139

10 EMPRESA ACREDITADA POR EL DPTO. DE ORDENACION DEL TERRITORIO, VIVIENDA Y M.A. DEL GOBIERNO VASCO, AREA: TOMA DE MUESTRAS INALTERADAS, ENSAYOS Y PRUEBAS IN SITU DE SUELOS, CODIGO 10009ST00 (BOPV nº230, 30/11/00; BOE 01/05/01) Estos argumentos, que coinciden plenamente con la filosofía de Betearte s.l., unidos a la necesidad de una actividad con mayor rentabilidad, el análisis de costes e inversiones que obliga la ley, y la oportunidad actual de nuevos mercados, han inclinado la balanza hacia la construcción de un vertedero de Residuos No Peligrosos en la vaguada de Iruatxieta, como solución viable para el futuro de Betearte s.l. El presente Proyecto de Vertedero de Residuos No Peligrosos, ha sido redactado por los siguientes técnicos de la empresa Lurgintza Ingeniería Geológica s.l. Director del Proyecto Guillermo Bernal Martínez. Geólogo Asistencia Técnica Alfonso Aizpiri Fernández. Geólogo Pedro Pablo Martínez Odriozola. Geólogo Fernando Pascual. Ingeniero Téc. de Minas Javier Prieto. Delineación 1.2. Objetivos del Proyecto El presente proyecto tiene como objeto la definición técnico ambiental del vertedero de No Peligrosos de Iruatxieta, en Mallabia, Bizkaia, que se materializa en las siguientes actuaciones. Acondicionamiento del vaso de vertido sobre el actual vertedero de residuos inertes. Consiste en la transformación del vertedero actual como vaso para el vertedero de Residuos No Peligrosos. Construcción del vertedero de residuos no peligrosos. Definición, diseño y valoración de los elementos e infraestructuras. Definición del Plan de Explotación Amparándose en la capacidad y en el plan de rellenos del vertedero, se redacta el plan de Explotación del vertedero. Constituye el documento que define le método de laboreo del vertedero hasta su colmatación. Definición del Plan de Vigilancia y Control en explotación. pág. 10 de 139

11 EMPRESA ACREDITADA POR EL DPTO. DE ORDENACION DEL TERRITORIO, VIVIENDA Y M.A. DEL GOBIERNO VASCO, AREA: TOMA DE MUESTRAS INALTERADAS, ENSAYOS Y PRUEBAS IN SITU DE SUELOS, CODIGO 10009ST00 (BOPV nº230, 30/11/00; BOE 01/05/01) Por indicación del RD Definido por el Estudio de Impacto Ambiental para evitar y prever posibles agresiones al medio ambiente. Plan de Sellado y Clausura Por indicación del RD Indica la forma de sellado y el mantenimiento durante el periodo de garantía. Definición del Plan de Mantenimiento y Control postclausura. Por indicación del RD Definido por el Estudio de Impacto Ambiental para evitar y prever posibles agresiones al medio tras el cierre de la instalación. A los objetivos recogidos en el punto 1 del Proyecto, sumaremos de forma explícita los principios en los que se inspira la política ambiental de la CAPV, y concretamente el art. 69 de la Ley 3/1998, de 27 de febrero General de protección del medio ambiente del País Vasco. El Proyecto contemplará, por tanto, el depósito en vertedero exclusivamente para aquellos residuos en los que no sea posible efectuar una reutilización, reciclaje y/o valorización. Así mismo, BETEARTE s.a. establecerá dos vías que aseguren que los residuos hayan sido objeto de algún tratamiento previo al vertido. De esta forma: a) Se exigirá al cliente una selección de sus residuos en origen, que de no existir se gravará económicamente en el canon de admisión de vertido. b) Se implementará un sistema de triaje para aquellos residuos que no hayan sido seleccionados en origen como para los que cuenten con fracciones valorizables. Estas fracciones valorizables (madera, férricos, RCIs) se dispondrán provisionalmente en containers al efecto, y se establecerá un contrato de servicios con las empresas proveedoras para agilizar su gestión Finalidad y características de los trabajos realizados. En función a lo establecido en los párrafos precedentes, la finalidad principal de los trabajos realizados ha sido la redacción del proyecto denominado: Proyecto de Vertedero de Residuos No Peligrosos de Iruatxieta, Mallabia. Bizkaia. pág. 11 de 139

12 EMPRESA ACREDITADA POR EL DPTO. DE ORDENACION DEL TERRITORIO, VIVIENDA Y M.A. DEL GOBIERNO VASCO, AREA: TOMA DE MUESTRAS INALTERADAS, ENSAYOS Y PRUEBAS IN SITU DE SUELOS, CODIGO 10009ST00 (BOPV nº230, 30/11/00; BOE 01/05/01) En la realización del proyecto se han realizado las siguientes actividades básicas: o o o o o o o o o o o o o o o o Auditoría ambiental previa del vertedero antiguo Levantamiento topográfico Cartografía geológica Estudio geotécnico Estudio hidrogeológico y de permeabilidad del terreno Diseño del acondicionamiento del vertedero actual como vaso de vertido Estudio de alternativas para ampliar la capacidad del vaso Definición de la impermeabilización del vertedero Alternativas de cierre frontal y estabilidad de la solución adoptada Estudio hidrológico y de evacuación de aguas limpias Estudio de lixiviación y cálculo de necesidades de evacuación Plan de rellenos y estabilidad de los mismos Estudio, diseño y valoración de las instalaciones e infraestructuras necesarias Estudio de impacto ambiental Plan de sellado y Clausura Plan de Vigilancia Ambiental en obra, explotación y postclausura División del proyecto en partes El proyecto se compone de varias capítulos que tienen justificación funcional con independencia del resto. Estos son: Definición y objetivos de la instalación Define el tipo de vertedero, residuos admisibles y condicionantes constructivos y ambientales que conlleva el Proyecto. Se desarrolla en los capítulos 2, 3, y 4 de la Memoria. pág. 12 de 139

13 EMPRESA ACREDITADA POR EL DPTO. DE ORDENACION DEL TERRITORIO, VIVIENDA Y M.A. DEL GOBIERNO VASCO, AREA: TOMA DE MUESTRAS INALTERADAS, ENSAYOS Y PRUEBAS IN SITU DE SUELOS, CODIGO 10009ST00 (BOPV nº230, 30/11/00; BOE 01/05/01) Caracterización del emplazamiento. Sintetiza los resultados de las diferentes estudios y campañas de investigación, describe el emplazamiento y expresa las conclusiones sobre su aptitud para la admisión de vertidos. Se desarrolla en punto 5 y 7 de la Memoria Construcción del vertedero Aborda la solución constructiva elegida para adecuar el vertedero actual y la construcción de la instalación de No Peligrosos. En función de la solución desarrollada, se cuantifica su capacidad, fases constructivas y el diseño de las instalaciones necesarias para su funcionamiento. Se desarrolla en los puntos de la Memoria 6, 8, y Funcionamiento del vertedero. Esta parte se compone de todos los aspectos comprendidos en el funcionamiento de la instalación. Se basa por un lado en el Plan de Explotación, que define cómo se debe llenar el vertedero, y en el Plan de Vigilancia y Control que debe llevarse sobre las instalaciones. Estos puntos están desarrollados en los capítulos 7, 9 y 11 de la Memoria Clausura, sellado y recuperación ambiental. Define el sellado y la clausura de la instalación, con las medidas de recuperación ambiental de la zona y el Plan de mantenimiento y control postclausura que exige el RD 1481/2001. Se desarrolla en el punto 12 de la Memoria. pág. 13 de 139

14 EMPRESA ACREDITADA POR EL DPTO. DE ORDENACION DEL TERRITORIO, VIVIENDA Y M.A. DEL GOBIERNO VASCO, AREA: TOMA DE MUESTRAS INALTERADAS, ENSAYOS Y PRUEBAS IN SITU DE SUELOS, CODIGO 10009ST00 (BOPV nº230, 30/11/00; BOE 01/05/01) 2. IDENTIFICACION DEL TITULAR DE LA INSTALACION. Nombre de la instalación: Vertedero controlado de residuos no peligrosos de Iruatxieta. Titular del vertedero: BETEARTE S.L. Empresa Gestora BETEARTE S.L. Nombre y dos apellidos del responsable de la explotación: Sr. D. Juan María Antzia Eguia Dirección de la empresa: Caserío Iruatxieta, 21 Alto de Areitio Mallabia Teléfono: NIF: B Nombre y dos apellidos del Director Técnico de la explotación: Sr. D. José Miguel Unzaga Maiztegui Formación académica del Director de la explotación: Ingeniero Industrial pág. 14 de 139

15 EMPRESA ACREDITADA POR EL DPTO. DE ORDENACION DEL TERRITORIO, VIVIENDA Y M.A. DEL GOBIERNO VASCO, AREA: TOMA DE MUESTRAS INALTERADAS, ENSAYOS Y PRUEBAS IN SITU DE SUELOS, CODIGO 10009ST00 (BOPV nº230, 30/11/00; BOE 01/05/01) 3. MERCADO POTENCIAL PARA LOS VERTEDEROS DE RESIDUOS NO PELIGROSOS EN LA CAPV 3.1. Criterios normativos sobre depósito de residuos en vertedero La gestión de residuos, y entre ellos los residuos industriales, consistente en su depósito en vertedero se encuentra regulada en el Real Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero. Atendiendo al tipo de vertedero en el que pueden ser admitidos los residuos, éstos se pueden clasificar en: Inertes No Peligrosos Peligrosos Vertederos de Residuos Inertes En los Vertederos de Residuos Inertes solo podrán ser admitidos residuos que cumplan los siguientes criterios: 1. Estar conforme con la definición de residuo inerte establecida en el apartado b) del R.D. 1481/2001: Aquellos residuos no peligrosos que no experimentan transformaciones físicas, químicas o biológicas significativas. Los residuos inertes no son solubles ni combustibles, ni reaccionan física ni químicamente ni de ninguna manera, ni son biodegradables, ni afectan negativamente a otras materias con las cuales entran en contacto de forma que puedan dar lugar a contaminación del medio ambiente o perjudicar la salud humana. La lixiviabilidad total, el contendido de contaminantes de los residuos y la ecotoxicidad del lixiviado deberán ser insignificantes, y en particular no deberán suponer un riesgo para la calidad de las aguas superficiales y/o subterráneas. 2. Cumplir los criterios de admisión establecidos en la Decisión del Consejo de 19 de diciembre de 2002, por la que se establecen los criterios y procedimientos de admisión en los vertederos con arreglo al artículo 16 y al anexo de la Directiva 1999/31/CE, en relación a valores límite de: pág. 15 de 139

16 EMPRESA ACREDITADA POR EL DPTO. DE ORDENACION DEL TERRITORIO, VIVIENDA Y M.A. DEL GOBIERNO VASCO, AREA: TOMA DE MUESTRAS INALTERADAS, ENSAYOS Y PRUEBAS IN SITU DE SUELOS, CODIGO 10009ST00 (BOPV nº230, 30/11/00; BOE 01/05/01) Lixiviación Contenido total de parámetros orgánicos En el País Vasco, la eliminación de residuos inertes en vertederos se encuentra regulada mediante hasta la fecha mediante el Decreto 423/1994 (País Vasco), de 2 de noviembre, sobre gestión de residuos inertes e inertizados. En el artículo 2 se definen los residuos inertes como: residuos sólidos o pastosos que una vez depositados en un vertedero no experimentar transformaciones físico-químicas o biológicas significativas y no son considerados como peligrosos de acuerdo a... En el Anexo I del mencionado Decreto se establece un listado de residuos industriales inertes: Tipo I - Escorias de fabricación de acero - Escorias de fundición de hierro - Escorias de fusión de aluminio - Escorias de fusión de otros metales - Cenizas de combustión de combustibles sólidos y líquidos - Cenizas de combustión residuos sólidos urbanos - Arenas de moldeo - Arenas de machos - Restos y desechos de materiales procedentes delas empresas de materiales para la construcción - Material refractario - Abrasivos - Cascarillas - Catalizadores - Restos de carbonato cálcico - Arenas de filtros - Lodos inorgánicos - Carbón activo no contaminado - Cenizas volantes - Polvos de depuración de humos - Polvos metálicos - Polvos no metálicos - Cenizas de combustión de combustibles para calefacción - Otros residuos de carácter inerte Tipo II - Restos de cal - Chatarras metálicas - Restos cerámicos o producidos por la industria cerámica en general - Vidrio - Plásticos o polímeros en forma de productos acabados, o no conformados, o desechos de producción - Envases de plástico vacíos - Otros plásticos - Fibra de vidrio - Poliésteres en forma de productos acabados, o no conformados, o desechos de producción - Caucho y elastómeros - Neumáticos - Envases metálicos vacíos pág. 16 de 139

17 EMPRESA ACREDITADA POR EL DPTO. DE ORDENACION DEL TERRITORIO, VIVIENDA Y M.A. DEL GOBIERNO VASCO, AREA: TOMA DE MUESTRAS INALTERADAS, ENSAYOS Y PRUEBAS IN SITU DE SUELOS, CODIGO 10009ST00 (BOPV nº230, 30/11/00; BOE 01/05/01) Ahora bien, de acuerdo a la legislación estatal, a partir del 16 de julio de 2005, con la entrada en vigor de los criterios establecidos para la admisión de residuos por la Decisión del Consejo 2003/33/CE, deberán aplicarse los valores límite de los parámetros anteriormente indicados lixiviación y contenido total de parámetros orgánicos- para ser admitidos en un vertedero de residuos inertes. Por consiguiente, es de suponer que muchos de estos residuos no podrán seguir siendo considerados como inertes y deberán ser gestionados en un vertedero de residuos no peligrosos Vertederos de Residuos No Peligrosos En los Vertederos de Residuos No Peligrosos podrán ser admitidos residuos que cumplan los siguientes criterios: 1. Ser un residuo no peligroso de origen no urbano, que cumpla los criterios de admisión establecidos en la Decisión del Consejo 2003/33/CE de 19 de diciembre de 2002, por la que se establecen los criterios y procedimientos de admisión en los vertederos con arreglo al artículo 16 y al anexo de la Directiva 1999/31/CE, 2. Ser un residuo peligroso no reactivo, estable o proveniente de un proceso de estabilización, cuyo comportamiento de lixiviación sea equivalente al de los residuos no peligrosos mencionados en el apartado anterior y que cumplan los criterios de admisión establecidos en la Decisión del Consejo 2003/33/CE de 19 de diciembre de 2002, por la que se establecen los criterios y procedimientos de admisión en los vertederos con arreglo al artículo 16 y al anexo de la Directiva 1999/31/CE. En el País Vasco, la eliminación de residuos inertizados en vertederos se encuentra regulada mediante el mencionado Decreto 423/1994 (País Vasco), de 2 de noviembre, sobre gestión de residuos inertes e inertizados. En el artículo 2 se definen los residuos inertizados como: residuos sólidos o pastosos generados en los procesos de inertización de residuos tóxicos y peligrosos y que han perdido este carácter. pág. 17 de 139

18 EMPRESA ACREDITADA POR EL DPTO. DE ORDENACION DEL TERRITORIO, VIVIENDA Y M.A. DEL GOBIERNO VASCO, AREA: TOMA DE MUESTRAS INALTERADAS, ENSAYOS Y PRUEBAS IN SITU DE SUELOS, CODIGO 10009ST00 (BOPV nº230, 30/11/00; BOE 01/05/01) Estos residuos se corresponden con la definición del apartado 2 señalado anteriormente, por lo que su destino debe ser un vertedero de residuos no peligrosos siempre que cumplan los valores límite de lixiviación y de los otros parámetros señalados en la Decisión del Consejo 2003/33/CE ya mencionada Clasificación de vertederos. Tras la publicación de los procedimientos de admisión de residuos en vertederos, se desprende una clasificación de los Vertederos de Residuos No Peligrosos, en cuatro clases diferentes, tal como se detallan en la Tabla Nº1. Asimismo, en dicha Tabla se muestra la equivalencia con los vertederos de residuos contemplados en el Decreto 423/1994 (País Vasco), de 2 de noviembre, sobre gestión de residuos inertes e inertizados. Tabla nº1: Clases de Vertederos de Residuos No Peligrosos CLASES DE VERTEDERO DESPUÉS Decisión 2003/33/CE ANTES Decisión 2003/33/CE Vertederos de residuos inertes A Inertes Vertedero de residuos inertes de construcción B1a Inorgánicos Vertedero de residuos inertes Industriales Inorgánicos Vertederos de residuos no B1b + Inertizados Vertedero de residuos inertizados peligrosos B2 Orgánicos B3 Mixtos Vertedero de residuos municipales Vertederos de residuos peligrosos C Vertedero de residuos peligrosos pág. 18 de 139

19 EMPRESA ACREDITADA POR EL DPTO. DE ORDENACION DEL TERRITORIO, VIVIENDA Y M.A. DEL GOBIERNO VASCO, AREA: TOMA DE MUESTRAS INALTERADAS, ENSAYOS Y PRUEBAS IN SITU DE SUELOS, CODIGO 10009ST00 (BOPV nº230, 30/11/00; BOE 01/05/01) A continuación se presenta la Figura Nº1 con las opciones de vertido previstas por la Decisión del Consejo 2003/33/CE, en el que se ha subrayado la línea de los residuos objeto del presente Proyecto. pág. 19 de 139

20 Figura nº 1: Opciones de vertido previstas por la Decisión del Consejo 2003/33/CE RESIDUO PARA ELIMINACIÓN NO es peligroso? NO SÍ se cumplen los criterios para el vertido de residuos peligrosos no reactivos en vertederos de residuos no peligrosos? se cumplen los criterios para el vertido de residuos peligrosos? SÍ NO Nuevo tratamiento SÍ es inerte? NO se desea una subclasificación? NO Nuevo tratamiento SÍ SÍ SÍ residuo inorgánico de bajo contenido orgánico? NO NO se cumplen los criterios para el almacenamiento subterráneo de residuos peligrosos? residuo principalmente orgánico? NO SÍ SÍ A B1a & B1b B2 B3 C D HAZ Vertedero de residuos inertes VERTEDERO DE RESIDUOS NO PELIGROSOS: Subcategoría para residuos inorgánicos de bajo contenido orgánico o biodegradable Vertedero de residuos no peligrosos: Subcategoría para residuos predominantemente orgánicos Vertedero de residuos no peligrosos: Subcategoría para residuos municipales sólidos mixtos, con un contenido importante tanto de residuos orgánicos biodegradables como de residuos inorgánicos Vertedero de residuos peligrosos Instalaciones de almacenamiento subterráneo para residuos peligrosos

21 A este respecto hay que señalar, que si bien la mencionada Decisión establece la posibilidad de la codisposición de residuos no peligrosos y residuos peligrosos estabilizados en la misma celda, parece más aconsejables habilitar dos celdas diferenciadas en el nuevo vertedero. (Ver Figura Nº2) Por otra parte, los vertederos de codisposición limitan la entrada de residuos no peligrosos, de forma que los lixiviados de estos no incidan negativamente en los residuos peligrosos estabilizados. A tal efecto, la Decisión del Consejo de 19 de diciembre de 2002, establece los mismos criterios de lixiviación para ambas categorías de residuos. Por consiguiente, tras las obras de adecuación del actual vertedero de residuos de construcción inertes de Iruatxieta, en el nuevo vertedero de residuos industriales no peligrosos se recibirán, de acuerdo al Artículo 6.3 del Real Decreto 1481/2001, los siguientes tipos de residuos: Residuos no peligrosos Residuos peligrosos no reactivos, estables o estabilizados Vertedero clase B1a Vertedero clase B1b pág. 21 de 139

22 Figura nº 2: Disposición de dos celdas en un vertedero RESIDUOS PELIGROSOS ESTABILIZADOS RESIDUOS NO PELIGROSOS Caballón longitudinal de tierras para separar dos tipos de residuos 3.3. Datos sobre la generación de residuos en la CAPV Generación de Residuos No Peligrosos La producción de residuos no peligrosos en la Comunidad Autónoma del País Vasco correspondiente a 1994 fue de aproximadamente t/año, de los cuales un 69% fue destinado a reciclado y el 31% restante fue vertido. pág. 22 de 139

23 En la Tabla Nº2 adjunta a continuación se muestra desglosada dicha producción, así como la estimación de la evolución de su gestión en el futuro, valorada como porcentaje de residuo que va a ser reciclado. Tabla nº2: Gestión de residuos no peligrosos en la CAPV (1994). GESTIÓN 1994 VERTIDO RECICLADO TOTAL % RECICLADO t/año t/año t/año A FUTURO Papel y cartón % Escombros % Vidrio % Plásticos % Envases metálicos % Materiales no metálicos % Restos de madera % Caucho y ruedas % Polvos no metálicos % Polvos metálicos % Escorias % Cenizas % Arenas de moldeo % Arenas de machos % Refractarios % Abrasivos % Chatarra % Cascarilla % Catalizadores % TOTAL % 69% Suponiendo que se alcanzara la estimación de reciclado de residuos, el porcentaje restante de residuos que se destinarían al vertedero sería del 14%, lo que supondrá una cantidad de unas t/año tal y como se muestra en la tabla Nº3 adjunta. pág. 23 de 139

24 Tabla nº3: Gestión futura de residuos no peligrosos en la CAPV. GESTIÓN FUTURO VERTIDO RECICLADO TOTAL t/año t/año t/año Papel y cartón Escombros Vidrio Plásticos Envases metálicos Materiales no metálicos Restos de madera Caucho y ruedas Polvos no metálicos Polvos metálicos Escorias Cenizas Arenas de moldeo Arenas de machos Refractarios Abrasivos Chatarra Cascarilla Catalizadores TOTAL % 86% Generación de Residuos Peligrosos Por otro lado, en cuanto a datos sobre residuos peligrosos no reactivos, estables o provenientes de un proceso de estabilización, hay que señalar que en el Plan de Gestión de Residuos Peligrosos de la Comunidad Autónoma del País Vasco, se indica que: Del total de residuos peligrosos gestionados en instalaciones de la CAPV, el 87,4 % ( t/año) se eliminaron a través del vertido con inertización previa. pág. 24 de 139

25 Tabla nº4: Inventario de residuos peligrosos en la CAPV (1998). Categoría de residuo Total (t/año) Valorización (t/año) Eliminación (t/año) CER 02. Residuos de la producción primaria CER 03. Residuos de la madera, papel y muebles CER 04. Residuos de la industria textil, cuero y piel CER 05. Residuos del refino del petróleo, gas natural y carbón CER 06. Residuos de procesos químicos inorgánicos CER 07. Residuos de procesos químicos orgánicos CER 08. Residuos de la FFDU de revestimientos, pegamentos CER 09. Residuos de la industria fotográfica CER 10. Residuos inorgánicos de procesos térmicos CER 11. Residuos inorgánicos con metales y de la metalurgia CER 12. Residuos de tratamiento de superficies CER 13. Residuos de aceite CER 14. Residuos de disolventes CER 15. Residuos de envases y absorbentes CER 16. Residuos no especificados en otro lugar de la lista CER 17. Residuos de la construcción y demolición CER 18. Residuos de servicios médicos y veterinarios CER 19. Residuos de instalaciones de tratamiento de residuos y aguas CER 20. Residuos municipales y asimilables TOTAL ,6% 68,4% Por consiguiente, y dados los criterios establecidos en el mencionado Plan de Residuos Peligrosos elaborado recientemente por el Gobierno Vasco, cerca de t/año de este tipo de residuos podrán ser gestionados en Vertederos de Residuos No Peligrosos. pág. 25 de 139

26 Residuos Potencialmente Admisibles en Vertederos de RNPs en la CAPV A modo de resumen, se puede concluir que el mercado potencial de residuos en el que va a operar BETEARTE, totaliza las siguientes cantidades: Tabla Nº5: Resumen Inventario de residuos en la CAPV RESIDUOS NO PELIGROSOS RESIDUOS PELIGROSOS ESTABILIZADOS S U M A t/año t/año t/año Por consiguiente parece razonable la estimación media efectuada en los cálculos económicos, de recibir unas t/año de residuos, es decir, alcanzar un 15% del mercado potencial. pág. 26 de 139

27 4. DESCRIPCION Y CLASIFICACION DE LOS RESIDUOS SEGUN RD 1481/ Clasificación del vertedero. Uno de los puntos que configuran las líneas básicas de regulación de la eliminación de residuos mediante su depósito en vertederos según el Real Decreto 1481/2001 de 27 de diciembre, es la clasificación de residuos, y según artículo 4 del mismo, se dividen en tres categorías: 1. Vertedero para residuos peligrosos. 2. Vertedero para residuos no peligrosos. 3. Vertedero para residuos inertes. Un vertedero podrá estar clasificado en más de una de las categorías fijadas anteriormente, siempre y cuando disponga de celdas independientes que cumplan los requisitos especificados en el presente Real Decreto para cada clase de vertedero. El futuro vertedero controlado de residuos no peligrosos de Iruatxieta, situado en el T.M. de Mallabia, se clasificará como vertedero para residuos no peligrosos. Aunque su definición no procede ajustarla a ninguna de las otras dos clases de vertedero, es importante reseñar que la explotación se realizará mediante dos celdas de vertido separadas por caballones de tierra compactada, de suerte que los residuos estarán separados en función de sus características físico-químicas y de su comportamiento en lixiviación Residuos Admisibles. Tal y como se contempla en el artículo 6 del RD 1481/2001, los vertederos de residuos no peligrosos podrán admitir: pág. 27 de 139

28 a) Residuos urbanos. b) Residuos no peligrosos de cualquier otro origen que cumplan los criterios pertinentes de admisión de residuos en vertederos de residuos no peligrosos fijados en el anexo II. c) Residuos peligrosos no reactivos, estables o provenientes de un proceso de estabilización, cuyo comportamiento de lixiviación sea equivalente al de los residuos no peligrosos mencionados en el párrafo b) anterior, y que cumplan los criterios pertinentes de admisión establecidos, en su caso, en el anexo II. Dicho residuos peligrosos no se depositarán en celdas destinadas a residuos no peligrosos biodegradables. El Consejo de la Unión Europea, a través de la Decisión de 19 de diciembre de 2002, desarrolla el anexo II del RD 1481/2001, referente a los criterios y procedimientos para la admisión de residuos en los vertederos. El punto 1 del anexo de la Decisión que establece el procedimiento para determinar la admisión de residuos en los vertederos, exige una caracterización básica obligatoria para cada tipo de residuo, cuyas funciones son determinar el tipo, origen, composición, grado de homogeneidad, lixiviabilidad, comportamiento, evaluar los residuos respecto a valores límite y detección de las variables principales (parámetros críticos) para las pruebas de conformidad. Aún cuando un residuo se considere admisible en un vertedero de residuos no peligrosos atendiendo a la caracterización básica efectuada con arreglo al punto 1 de la citada Decisión, la admisión se condicionará a la realización periódica de las denominadas pruebas de conformidad. Estas determinarán si el residuo se ajusta a los resultados de la caracterización básica y al cumplimiento de los criterios de admisión pertinentes con arreglo a lo establecido en el punto 2 de la Decisión de Consejo. pág. 28 de 139

29 4.3. Conformidad con los Planes de Gestión de residuos. El futuro vertedero dará cumplimiento a lo dispuesto en el art. 6 del Real Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero, conforme al cual sólo podrán depositarse en vertedero residuos que hayan sido objeto de algún tratamiento previo. En cualquier caso, a los objetivos recogidos en el punto 1.2. del Proyecto, sumaremos de forma explícita los principios en los que se inspira la política ambiental de la CAPV, y concretamente el art. 69 de la Ley 3/1998, de 27 de febrero General de protección del medio ambiente del País Vasco. El Proyecto contemplará, por tanto, el depósito en vertedero exclusivamente para aquellos residuos en los que no sea posible efectuar una reutilización, reciclaje y/o valorización. Las medidas adoptadas en este sentido, tendrán su reflejo en el análisis económico del presente Proyecto Conformidad respecto a la exigencia de un Tratamiento Previo. BETEARTE S.L. establecerá dos vías que aseguren que los residuos hayan sido objeto de algún tratamiento previo al vertido. De esta forma: a) Se exigirá al cliente una selección de sus residuos en origen, que de no existir se gravará económicamente en el canon de admisión de vertido. b) Se implementará un sistema de triaje para valorizar aquellos residuos que no hayan sido seleccionados en origen. De esta forma, se distinguirá entre tres tipos de residuos: Residuos valorizables. Se consideran tales la madera, los elementos férricos, neumáticos y residuos de construcción y demolición inertes (RCDs). pág. 29 de 139

30 Tras su selección mediante triaje, se dispondrán individualmente en containers al efecto. Se establecerá un contrato de servicios con las empresas proveedoras que garantice una gestión ágil y eficaz de cada fracción valorizable Residuos no valorizables. Al no ser valorizables, se procederá a su vertido en depósito controlado, siempre previo paso por el protocolo de admisión de residuos Residuos no aceptables. En ocasiones excepcionales, el triaje pondrá de manifiesto fracciones de residuo no admisibles, tales como envases que hayan contenido sustancias inflamables o peligrosas, residuos derivados del amianto, suelos contaminados sin identificar, u otros. Estos residuos serán objeto de estudio particular en cada caso Criterios de admisión. Los criterios y procedimientos de admisión de los residuos en vertederos se encuentran desarrollados en la Decisión del Consejo 2003/33/CE de 19 de diciembre de El punto 1 del anexo de la Decisión que establece el procedimiento para determinar la admisión de residuos en los vertederos, exige una caracterización básica obligatoria para cada tipo de residuo, cuyas funciones son determinar el tipo, origen, composición, grado de homogeneidad, lixiviabilidad, comportamiento, evaluar los residuos respecto a valores límite y detección de las variables principales (parámetros críticos) para las pruebas de conformidad. pág. 30 de 139

31 Aún cuando un residuo se considere admisible en un vertedero de residuos no peligrosos atendiendo a la caracterización básica efectuada con arreglo al punto 1 de la citada Decisión, la admisión se condicionará a la realización periódica de las denominadas pruebas de conformidad. Estas determinarán si el residuo se ajusta a los resultados de la caracterización básica y al cumplimiento de los criterios de admisión pertinentes con arreglo a lo establecido en el punto 2 referente a los criterios de admisión de residuos. Los criterios de admisión en vertederos de residuos no peligrosos así como los criterios para residuos peligrosos admisibles en vertederos de residuos no peligrosos, se encuentran determinados en los apartados 2.2. y 2.3, respectivamente, de la mencionada Decisión del Consejo 2003/33/CE, de 19 de diciembre. En relación a la codificación de los residuos admisibles en el vertedero, según la Orden MAM 34/2002, de 8 de febrero, por la que se publica la lista europea de los residuos, cabe señalar que será aceptado cualquier tipo de residuo que cumpla los criterios de admisión ya mencionados. No se admitirán en ningún caso los residuos siguientes: Residuos líquidos. Residuos explosivos, corrosivos, oxidantes, fácilmente inflamables o inflamables con arreglo a lo estipulado en la Ley Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos. Residuos infecciosos según RD 833/1988. Neumáticos usados enteros o troceados. Cualquier otro residuo que no cumpla los criterios de admisión establecidos en el anexo II del mencionado Real Decreto. Aquellos que no cumplan los valores límite en el test de lixiviación expresados en el punto 2.3. de la Decisión del Consejo de 19 de diciembre de pág. 31 de 139

32 5. IDONEIDAD DEL EMPLAZAMIENTO Núcleos de población teniendo en cuenta las previsiones del desarrollo urbanístico. Como ya se expone en el documento VI de Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto original, el municipio tiene una población censada de (año 1996). El núcleo principal es Areitio, pero existen otros núcleos menores como Gera, Goitana, Osma, Zengotita y Berano. La cuenca del vertedero está totalmente deshabitada. Sólo se contabilizan algunas bordas o casetas de aperos totalmente renovadas pero sin habitar. El núcleo habitado más cercano es Areitio a una distancia aproximada de unos 500 m. Hay pocas posibilidades de que aumenten los asentamientos ya que la zona tiene consideración rural y forestal, y la orografía no invita a la creación de nuevas viviendas. En la zona alta de la zona de estudio está el polígono industrial de Aretillo y algunos caseríos diseminados, pero que no alcanzan la consideración de una población estable Zonas recreativas y de esparcimiento. No existen zonas recreativas y de esparcimiento cercanas al vertedero Carreteras, vías fluviales, humedales, lagos, lagunas y zonas marítimo terrestre. La carretera de acceso al vertedero, codificada como BI-3342, no presenta una circulación de tráfico significativa. Discurre entre repoblaciones forestales, prados y parcelas de caseríos aislados. pág. 32 de 139

33 El vertedero se encuentra a pocos metros de la N-634 pero fuera de su visual directa. La vía fluvial más cercana es el río Ego que como ya se ha comentado en el punto 2.1. del presente informe, se trata de un curso de agua degradado y con fuerte contaminación. En las inmediaciones tampoco existen lagos, humedales y lagunas que pudieran verse afectados por la instalación Red general de saneamiento Uno de los criterios que ha prevalecido en la selección de la ubicación del vertedero es el aislamiento del emplazamiento. Por este motivo, no existe ningún colector de la red general de saneamiento a menos de 1 km de distancia Embalses, captaciones y canalizaciones de agua para abastecimiento No se conoce de la existencia de este tipo de elementos en las proximidades del vertedero. Como ya se comentaba en el punto del Anexo 2 del Proyecto, los únicos puntos de agua relevantes con cierta proximidad a la instalación son: el manantial de Ariatxu; San Trokas, a una distancia de unos 800 m, y la captación superficial denominada como Santrokaz; Akirresakona alejada más de 1 km. Todos se encuentran fuera de la divisoria de aguas de la vaguada en cuestión. En consecuencia, el emplazamiento no supone riesgos para este tipo de recursos y/o reservas Areas de recarga de acuíferos No existen áreas de recarga de acuíferos cerca del vertedero. pág. 33 de 139

34 5.7. Espacios naturales protegidos El espacio natural de interés para la protección más cercano y que se encuentra a unos 3 km de distancia, es el del Monte Oiz. El parque natural más cercano es el de Urkiola, situado a unos 9 km de distancia. El biotopo protegido más cercano es el de Itxina, situado a unos 30 km de distancia al suroeste del emplazamiento. El árbol singular más próximo es la encina de Garai (Quercus ilex ilex) situada en un prado cercano a la ermita de Santa Catalina, a unos 100 m del caserío Etxeita, al que se llega siguiendo la carretera a Goiuria (monte Oiz) desde Garay Yacimientos arqueológicos No se han constatado. pág. 34 de 139

35 6. CONDICIONANTES DEL PROYECTO 6.1. Acondicionamiento del vaso de vertido Para la realización del vertedero de RNP es necesario el sellado y acondicionamiento del vertedero actual de inertes. Para ello es necesario transformar su superficie en una explanada homogénea y compacta, que garantice el apoyo de los nuevos residuos y las instalaciones que se van a disponer encima. En todo caso el acondicionamiento del vertedero cumplirá los requisitos a), b), c) y d) del punto 1 del artículo 15 del RD 1481/2001, sobre vertederos ya existentes. Estas labores son básicas ya que el sellado del vertedero actual se efectuará con la solución de impermeabilización de base de la nueva instalación. Esta fase constructiva exige la elaboración de un proyecto específico que defina el movimiento de tierras y residuos a realizar, volumen de excavación y geometría de los taludes, de forma previa a la construcción del vertedero superior Construcción del Vertedero de No Peligrosos La construcción del vertedero está fuertemente condicionada por el articulado del RD 1481/2001 sobre eliminación de residuos en vertedero. Este Decreto indica la necesidad de barrera artificial impermeable, el correcta captación y drenaje de aguas superficiales y subterráneas, gestión de gases y lixiviados, control de molestias y riesgos, control de la estabilidad y sistema propuesto para la reducción de la contaminación, además de la redacción de planes de explotación, vigilancia y control durante la explotación, de sellado y clausura y de mantenimiento postclausura. El RD no propone ni desarrolla técnicamente ninguna metodología concreta. pág. 35 de 139

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