BASES DE LICITACION ABIERTA DR CAFTA LA No. 24/2012 SUMINISTRO DE
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- Eva María Francisca Vidal Vera
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1 MINISTERIO DE SALUD BASES DE SUMINISTRO DE SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE VEHICULOS LIVIANOS Y PESADOS DIESEL Y LIVIANOS GASOLINA DE LA FLOTA DE VEHÍCULOS DEL NIVEL SUPERIOR Y PRIMER NIVEL DE ATENCION DEL MINSAL FUENTE DE FINANCIAMIENTO Señor ofertante: Favor leer detenidamente las condiciones que deberá cumplir su oferta 1
2 Contenido INDICE Pág. Condiciones y especificaciones técnicas del suministro requerido 3-10 Periodo para adendas y consultas.. 10 Presentación, Contenido y Apertura de Oferta Vigencia de la oferta Aceptación de bases de Licitación 21 Prohibiciones Evaluación de ofertas Adjudicación 30 Administración del Contrato 31 Recursos de Revisión Plazo para la firma de los contratos Garantías Plazo y lugar de entrega 34 Forma, trámite y plazo de pago Cesación, extinción, caducidad y revocación del contrato 35 Sanciones, Multas y solución de conflictos Solvencias vigentes y aspectos subsanables para celebrar contrato 37 Anexos
3 1. OBJETO DE LA LICITACION El Gobierno de El Salvador representado por el MINISTERIO DE SALUD, que en lo sucesivo se denominará MINSAL, y éste por medio de la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional, que en lo sucesivo se denominará UACI, promueve la presente Licitación Abierta DR CAFTA LA No. 24/2012, que tiene por objeto el SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE VEHICULOS LIVIANOS Y PESADOS DIESEL Y LIVIANOS GASOLINA DE LA FLOTA DE VEHÍCULOS DEL NIVEL SUPERIOR Y PRIMER NIVEL DE ATENCION DEL MINSAL según detalle y especificaciones que se establecen a continuación. 2. MARCO LEGAL Queda entendido que al presentar la oferta, el ofertante acepta sin reserva alguna las condiciones, especificaciones técnicas y demás contenido de las bases de licitación, el Tratado de Libre Comercio de Estados Unidos de América Centroamérica República Dominicana (TLC-DR-CAFTA); la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública de El Salvador, su reglamento y demás legislación salvadoreña aplicable. Las Leyes anteriormente citadas podrán obtenerlas en las direcciones electrónicas y enlace publicaciones. Es entendido que los efectos legales del TLC en cuanto a preferencias arancelarias serán aplicables únicamente a los países suscriptores de dicho tratado. 3. CONDICIONES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL SUMINISTRO REQUERIDO La adquisición del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de vehículos livianos y pesados diesel y livianos gasolina de la flota de vehículos del Nivel Superior y Primer Nivel de Atención del MINSAL, objeto de esta licitación deberá proporcionarse de conformidad a las siguientes condiciones y especificaciones técnicas: NIVEL SUPERIOR RENGLON DESCRIPCION CON SUS ESPECIFICACIONES U/M CANTIDAD 1 SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE VEHICULOS LIVIANOS DIESEL DE LA FLOTA DE VEHICULOS DEL MINSAL 2 SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE VEHICULOS LIVIANOS GASOLINA DE LA FLOTA DE VEHICULOS DEL MINSAL. 3 SERVICIOS DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE VEHICULOS PESADOS DE DIESEL DE LA FLOTA DE VEHICULOS DEL MINSAL. c/u 104 c/u 65 c/u 13 3
4 REGION CENTRAL RENGLON DESCRIPCION CON SUS ESPECIFICACIONES U/M CANTIDAD 4 SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE VEHICULOS LIVIANOS DIESEL DE LA FLOTA DE VEHICULOS DEL MINSAL 5 SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE VEHICULOS LIVIANOS GASOLINA DE LA FLOTA DE VEHICULOS DEL MINSAL. 6 SERVICIOS DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE VEHICULOS PESADOS DE DIESEL DE LA FLOTA DE VEHICULOS DEL MINSAL. c/u 87 c/u 4 c/u 6 REGION PARACENTRAL DESCRIPCION CON SUS ESPECIFICACIONES U/M CANTIDAD RENGLON 7 SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y c/u 102 CORRECTIVO DE VEHICULOS LIVIANOS DIESEL DE LA FLOTA DE VEHICULOS DEL MINSAL 8 SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y c/u 8 CORRECTIVO DE VEHICULOS LIVIANOS GASOLINA DE LA FLOTA DE VEHICULOS DEL MINSAL. 9 SERVICIOS DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE VEHICULOS PESADOS DE DIESEL DE LA FLOTA DE VEHICULOS DEL MINSAL. c/u 7 REGION METROPOLITANA RENGLON DESCRIPCION CON SUS ESPECIFICACIONES U/M CANTIDAD 10 SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE VEHICULOS LIVIANOS DIESEL DE LA FLOTA DE VEHICULOS DEL MINSAL 11 SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE VEHICULOS LIVIANOS GASOLINA DE LA FLOTA DE VEHICULOS DEL MINSAL. 12 SERVICIOS DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE VEHICULOS PESADOS DE DIESEL DE LA FLOTA DE VEHICULOS DEL MINSAL. c/u 21 c/u 9 c/u 2 4
5 REGION ORIENTAL RENGLON DESCRIPCION CON SUS ESPECIFICACIONES U/M CANTIDAD 13 SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE VEHICULOS LIVIANOS DIESEL DE LA FLOTA DE VEHICULOS DEL MINSAL 14 SERVICIOS DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE VEHICULOS PESADOS DE DIESEL DE LA FLOTA DE VEHICULOS DEL MINSAL. c/u 130 c/u 6 REGION OCCIDENTAL RENGLON DESCRIPCION CON SUS ESPECIFICACIONES U/M CANT IDAD 15 SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE VEHICULOS LIVIANOS DIESEL DE LA FLOTA DE VEHICULOS DEL MINSAL 16 SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE VEHICULOS LIVIANOS GASOLINA DE LA FLOTA DE VEHICULOS DEL MINSAL. 17 SERVICIOS DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE VEHICULOS PESADOS DE DIESEL DE LA FLOTA DE VEHICULOS DEL MINSAL. c/u 102 c/u 9 c/u 4 4. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO El servicio consistirá en Mantenimiento Preventivo y Correctivo de vehículos: livianos y pesados; de varias marcas, clases y tipos que incluye el Suministro de repuestos Mayores, Menores, distribuidos en diferentes dependencias del Ministerio de Salud Anexo No. 1). 4.1 Ubicación Geográfica Las dependencias del Ministerio de Salud donde están ubicados los vehículos, están contempladas en el Anexo No Plan de Mantenimiento Preventivo Por mantenimiento preventivo, deberá entenderse la evaluación, elaboración y ejecución de programas de mantenimiento para unidades diesel (livianos y pesado) y gasolina (livianos), con las tareas rutinarias agrupándolas por marca y modelo de vehículos y detallando el costo por servicio, las cuales se desarrollarán pero no se 5
6 limitarán al programa de mantenimiento preventivo detallado en los Anexos No.2a, 2b y 2c, donde se detallará el costo por rutina de Mantenimiento Preventivo al final de cada 5000 km. Quedando a criterio del Supervisor dar la recomendación para que se autorice realizarlo dentro del margen comprendido entre los 4,500 a 5000 km. dependiendo de la condición de trabajo del vehículo. tal como se establece en los mismos anexos, deberá incluirse en el precio ofertado para cada rutina el costo por lubricante y filtro requerido para hacer el cambio de aceite, (para el caso de vehículos que ocupen doble filtro de aceite deberá incluirse el precio en la misma rutina), debiendo tomarse en cuenta para ello el tipo de vehículo detallado en el Anexo No Mantenimiento Correctivo Por mantenimiento correctivo deberá entenderse el cambio de piezas o repuestos nuevos (originales de acuerdo al criterio del supervisor), que sean necesarios para corregir la falla o deficiencia de las unidades, después de efectuar un diagnóstico objetivo y efectivo verificado por el delegado del MINSAL a excepción de aquellos casos en los cuales a criterio de este sea más conveniente la instalación de piezas o repuestos usados (equivalente o la fabricación de los mismos), de los cuales no haya disponibilidad en el mercado local o considerando análisis costo/beneficio. Así mismo se deberá presentar dentro de su oferta un listado de operaciones de mano de obra a nivel más amplio posible, tomando como referencia lo detallado en los Anexos Nos. 3a, 3b y 3c, agrupándolas por marca y modelo, de acuerdo a los siguientes sistemas: Entendiéndose que estos costos no constituirán el monto total de la oferta, sin embargo serán considerados en el proceso de evaluación técnica. A. Sistema motor. B. Sistema de combustible. C. Sistema de enfriamiento. D. Sistema de embrague E. Sistema de suspensión F. Sistema de dirección G. Sistema de frenos H. Sistema de transmisión I. Sistema de diferenciales J. Sistema de carrocería (Tapicería, enderezado y pintura) K. Sistema eléctrico / electromecánico L. Sistema de escape. Cualquier otro servicio adicional tal como: rectificado de piezas, laboratorio diesel, etc., deberá considerarse como parte del servicio a suministrar, cuando sea necesario. 4.4 Personal Requerido El ofertante garantizará que el servicio será brindado por personal idóneo. Es indispensable que el cuadro de mecánicos esté compuesto por personal capacitado en la rama automotriz (ver anexo No. 10) 6
7 4.5 Centro de Servicio El ofertante debe contar con la infraestructura, adecuada y segura; así como las herramientas, instrumentos y equipos apropiados para prestar el servicio de la mejor calidad posible, además deberá presentar fotografías de las instalaciones físicas y esquema de las áreas donde brindará el servicio. En el caso de que la oferta sea total o parcial, el ofertante deberá contar con talleres en el Área Geográfica donde este ofertando, para garantizar la accesibilidad, oportunidad y eficiencia en la prestación de los servicios. Nivel Superior, Región Metropolitana y Paracentral - San Salvador Región Occidental - Santa Ana, Ahuachapán y Sonsonate Región Central - Santa Tecla, San Salvador Región Oriental - San Miguel 4.6 Reportes de Servicio El MINSAL remitirá los vehículos al contratista, llenando para ello el formulario DT-104-A (anexo No. 4) el cual reflejará la descripción del problema, así como los datos del vehículo, el cual deberá ser firmado por el motorista y el encargado donde estén asignados los vehículos. Posterior al diagnóstico presentado por la empresa se realizará la supervisión de acuerdo al anexo No. 5 donde se plasmarán todos aquellos trabajos que no fueren requeridos en el DT-104A, los cuales serán recomendados para su autorización según el criterio del supervisor. El ofertante se compromete a llevar una hoja de vida individual de preferencia mecanizada de cada vehículo desde el inicio de su mantenimiento hasta finalizar la vigencia del contrato, la cual deberá contener los datos del vehículo así como la descripción de los trabajos que se realicen en cada unidad, conteniendo al menos la información indicada en el Anexo No. 8. La hoja de vida individual deberá ser entregada al MINSAL (Nivel Superior y/o Regiones) al finalizar el contrato. 4.7 Suministro del Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo Una vez ingresado el vehículo a las Instalaciones del Taller, el Contratista deberá efectuar un diagnóstico de las fallas reportadas en el formulario DT-104A (anexo No. 4) para posteriormente elaborar el presupuesto respectivo, el cual será verificado por el supervisor designado mediante hoja de supervisión (anexo No. 5) previo a la autorización del presupuesto para mantenimiento preventivo y correctivo, el Supervisor del Nivel Superior y de las Regiones donde estén asignados los vehículos verificará la existencia o no de repuestos en nuestros almacenes; de autorizarse el presupuesto; el contratista deberá presentarlo a precios del mercado; el Ministerio de Salud se reserva el derecho de verificar los precios, si lo considera necesario, para posteriormente emitir su 7
8 autorización ya sea parcial ó total de acuerdo a criterios técnicos a través de los supervisores designados; así mismo cuando se trate de servicios contratados a terceros, el contratista deberá presentar un presupuesto de los servicios a contratar (ejemplo laboratorio diesel, rectificado de piezas de motor, aire acondicionado y rectificado de embrague, tapicería, enderezado y pintura etc.) Para efectos de control, el Encargado de Conservación y Mantenimiento o el Encargado de Transportes del Nivel Superior y Regional del MINSAL de las dependencias donde estén asignados los vehículos, podrá autorizar el presupuesto de Mantenimiento Preventivo y Correctivo que no superen los $ por vehículo, arriba de este monto el presupuesto deberá ser aprobado por los Jefes de las Unidades de Conservación y Mantenimiento, tanto del Nivel Superior como Regional según corresponda. 4.8 Supervisión del Servicio El Ministerio delegará en los Supervisores designados, la función de supervisar los trabajos de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de los vehículos y de verificar que el servicio se realice en los términos establecidos en el contrato, mediante el anexo No. 6 Hoja Control de Calidad y posteriormente la recepción del vehículo por medio de Acta de Recepción, anexo No Condiciones Generales del Servicio de Mantenimiento Será responsabilidad del Contratista: a) El traslado inmediato de la unidad por los medios necesarios (de acuerdo al tipo de vehículo a trasladar) cuando esta no pueda movilizarse a los talleres de servicio y viceversa, durante las 24 horas del día, fines de semana, periodo de vacación y días de asueto dentro de la vigencia del contrato, sin ningún costo adicional para el MINSAL en todo el territorio nacional y para todos los tipos de vehículos detallados en el anexo No. 1) b) Para facilidad de coordinación con el MINSAL, la empresa dispondrá de medios de comunicación, incluyendo fines de semana, periodo de vacación y días de asueto, debiendo comunicar los números de: teléfono de oficina, celular, fax, correo electrónico, etc. c) El Contratista garantizará los trabajos efectuados por mantenimiento preventivo o correctivo, de manera que si la falla por la que fue atendido persiste o debido a que esta resultare con fallas diferentes por las que ingresó, el Contratista asumirá la responsabilidad de entregarlo funcionando a entera satisfacción sin ningún costo adicional para el Ministerio de Salud. d) El plazo de entrega de las unidades sujetas a Mantenimiento Preventivo no excederá de tres días hábiles después de aprobado el presupuesto por el MINSAL. e) El Contratista se comprometerá a realizar los trabajos de Mantenimiento 8
9 Correctivo en un plazo no mayor de 30 días calendario, cuando dichos trabajos así lo ameriten a satisfacción del MINSAL, después de aprobado el presupuesto por el MINSAL. En el caso de que se presentaran situaciones en las que resultare imposible cumplir con el plazo estipulado en el punto anterior, el Contratista presentará las justificaciones pertinentes de forma escrita, las que serán analizadas por el MINSAL. f) Indicar tiempo de garantía que ofrece por cada servicio que brinde, que en todo caso no debe ser menor a 6 meses, el cual debe de especificarlo en la oferta que presente por los servicios de reparación (mantenimiento preventivo y/o correctivo) y pintura. g) Deberá establecer las herramientas de control administrativo para la recepción y salida de vehículos a los cuales se les brinde el servicio de mantenimiento, de dicho control se entregará copia a la Dependencia solicitante para efectos de registro y control de la institución. h) Cuando al taller se le entregue un vehículo a reparación por mantenimiento correctivo, deberá proporcionar a más tardar dentro de tres días hábiles, el presupuesto de la reparación. En caso de exceder este tiempo, el contratista deberá presentar las justificaciones pertinentes. i) Una vez elaborado el diagnostico inicial por el personal idóneo y presentado el presupuesto, este deberá mantenerse sin recibir modificaciones en el proceso de reparación. De existir alguna modificación deberá ser avalada por el supervisor respectivo autorizando la modificación al presupuesto elaborado. j) Una vez elaborado el presupuesto el supervisor verificará que los precios de mano de obra estén de acuerdo a lo ofertado de los anexos 2a, 2b, 2c, 3a, 3b, 3c; de existir operaciones de mano de obra que no estén contemplados en dichos anexos los costos de estas serán negociadas conforme a precios de mercado con el Supervisor designado. k) Los costos de los consumibles tales como: (grasa libra, solución para frenos y embrague pinta, aceites para motor, caja, corona, dirección, etc) deberán ser reflejados en el presupuesto respectivo; en caso de que existiera sobrante deberá devolverse al motorista o la persona designada, reflejándolo en la hoja de repuestos. l) Los vehículos que sean reparados deberán de entregarse completamente limpios posterior al servicio, colocando los repuestos usados a devolver en una bolsa plástica debidamente sellada, en caso de los repuestos considerados de mayor valor a criterio del supervisor se destinará una de las bodegas del Plantel El Matazano para el caso del Nivel Superior y las bodegas destinadas por las Regiones como centro de acopio de acuerdo al anexo No. 11 (Formulario de Entrega de Repuestos Usados). 9
10 m) Las reparaciones deberán iniciarse en 24 horas posteriores a la autorización del presupuesto referida en el numeral 4.7 y que se tengan los repuestos a disposición del taller, el vehículo deberá entregarse a la dependencia solicitante a más tardar un día hábil posterior a la finalización del servicio. n) El MINSAL no pagará bajo ningún concepto cobro que se efectué o trate de requerirse por los talleres en concepto de bodegaje. o) En los casos en los cuales no se autorice el Presupuesto, el taller estará en la obligación de reconstruir lo desarmado en el vehículo que este en reparación y posteriormente remolcarlo o traerlo de regreso a las instalaciones del MINSAL, en un máximo de cinco días hábiles posteriores a la fecha en la que se rechazare el presupuesto, lo cual no implicará ningún costo para el MINSAL. p) En caso de auxilio a vehículos que se hayan quedado sin combustible y que no pueda ser abastecido por los medios establecidos por el MINSAL, el taller contratado brindará el combustible necesario para trasladar el vehículo a las instalaciones del MINSAL o la Región, para lo cual se llenará el formulario respectivo propio del taller (que incluya fecha, lugar, cantidad de combustible y los datos del vehículo), el costo se reflejará en el presupuesto del vehículo. 5. PERIODO PARA ADENDAS Y CONSULTAS 5.1 Consultas y Aclaraciones Toda consulta y aclaración que los interesados consideren necesario, deberá formularse por escrito a la UACI del MINSAL, los días 3 y 4 de mayo de 2012, las que serán contestadas y comunicadas por escrito a todos los interesados que hayan retirado las bases de licitación. Cuando se trate de aclaraciones que soliciten al MINSAL, los que hayan comprado y obtenido gratuitamente las bases de licitación, éstas serán contestadas por el Jefe UACI y tendrán legal validez. 5.2 Adendas o Enmiendas El MINSAL por medio de la UACI podrá hacer por escrito, adendas o enmiendas a las bases de licitación, antes que venza el plazo para la presentación de ofertas, las cuales notificará a todos los interesados que hayan retirado las bases de licitación. Dichas adendas o enmiendas las suscribirá el titular del MINSAL y formará parte de los documentos contractuales; no tendrá ninguna validez las explicaciones o instrucciones verbales. Las adendas y aclaraciones serán notificadas a los interesados que hayan obtenido las bases de licitación en las dos opciones mencionadas en el numeral de las presentes bases. 10
11 6. PRESENTACION, CONTENIDO Y APERTURA DE OFERTAS 6.1 Presentación de la oferta La presentación de las ofertas se efectuará en la UACI de este Ministerio, ubicada en Calle Arce No.827, San Salvador, en fecha 11 de junio de 2012, de las 8:00 a.m. hasta las 10:00 a.m. (hora local). Después de las 10:15 a.m. no se recibirán ofertas Las bases de licitación podrán ser consultadas en la dirección electrónica y si están interesados en presentar su oferta tienen dos opciones: Primera opción Retirarlas en la UACI del MINSAL ubicada en Calle Arce No. 827, San Salvador, para lo cual deberán cancelar en efectivo el valor por el derecho de obtener dichas bases y retirar el documento físico de la base, en las fechas y monto señalado para la presentación de ofertas en la publicación de convocatoria en medios de prensa escrita, por medio de un mandamiento de ingreso extendido por la UACI del MINSAL, dicho pago se hará en la caja corporativa del Banco Agrícola, ubicada en Calle Arce No. 827, San Salvador y en el caso de los extranjeros podrán cancelar en la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda. Segunda opción Los interesados podrán obtener las bases de licitación de forma gratuita descargándolas directamente del sitio electrónico de compras públicas habilitado para ello Las bases podrán ser descargadas electrónicamente desde las 7:30 a.m. hasta las 23:59 p.m. del último día de la venta de bases en la UACI del MINSAL. Los costos y gastos en que pudieran incurrir los ofertantes para la presentación de ofertas serán sin responsabilidad para el MINSAL Los ofertantes deberán presentar sus ofertas con el contenido requerido en los numerales 6.2 y 6.3 con sus respectivos apartados y demás condiciones establecidas en las presentes bases de licitación El ofertante establecerá la dirección del domicilio y dirección de correo electrónico exacto donde recibirá las notificaciones de la UACI y la designación de una persona facultada para recibirlas, así mismo el número de teléfono y fax. En caso de cambio de dirección deberá notificarla de inmediato vía escrita a la UACI del MINSAL. La notificación se hará personalmente al interesado, por fax o por correo electrónico; el ofertante acusará de recibo dichas notificaciones a más tardar dentro de las dos horas siguientes de su envió. En caso de no acusar el recibo de las notificaciones por dicho medio, se entenderá que las han recibido satisfactoriamente y quedarán oficialmente notificados. 11
12 Los ofertantes deberán presentar la OFERTA TÉCNICA Y ECONOMICA en sobre A y la DOCUMENTACIÓN LEGAL Y FINANCIERA en sobre B. Toda la documentación deberá presentarse en original y una copia respectivamente en sobres separados, cerrados y sellados. Los sobres deberán rotularse así: Licitación Abierta DR-CAFTA LA No. 24/2012 Fondo General, nombre o razón social, dirección y teléfono del ofertante. Las copias deberán contener toda la documentación que contiene la oferta original Las ofertas técnica y económica y los documentos que la acompañen deberán estar escritos en idioma CASTELLANO o vertidos al mismo y deberán estar traducidos cumpliendo con los requisitos establecidos en el numeral 6.4 de las presentes bases de licitación Las ofertas técnicas y económicas incluirán los índices que faciliten la ubicación de cualquier información durante el proceso de revisión, evaluación y adjudicación. Todas las páginas deberán ser numeradas La documentación deberá ser presentada en hojas tamaño carta y protegida por cubierta adecuada en forma suficientemente segura para evitar su deterioro por el uso durante las tareas de su revisión y evaluación El ofertante deberá verificar, asegurar y responsabilizarse de que la información contenida en el CD-R coincida exactamente con el formulario de la oferta impresa. EL MINSAL se reserva el derecho de realizar las pruebas necesarias para asegurar la integridad de la información contenida en el CD-R En caso de discrepancia entre la información que aparece en el CD-R y la oferta impresa o escrita, prevalecerá la oferta escrita Las ofertas deberán presentarse con base al formulario de oferta según Anexo No. 1, el cual deberá presentar CD-R El MINSAL no recibirá ninguna oferta que llegue posterior a la fecha y hora límite fijada para la presentación de ofertas. 6.2 Contenido de la oferta LA OFERTA TÉCNICA deberá contener las condiciones y especificaciones técnicas de las presentes bases de licitación, adjuntando además los documentos obligatorios siguientes: Programa de trabajo de Mantenimiento Preventivo, según anexos Nos. 2a 2b y 2C Programa de trabajo de Mantenimiento Correctivo, según anexos Nos. 3a 3b y 3C. 12
13 En caso de ser un servicio no adquirido previamente por la UACI del Nivel Superior del MINSAL, deberá presentar tres cartas de recomendación extendidas por empresas legalmente constituidas públicas o privadas de los últimos tres años (2009, 2010 y 2011), donde se compruebe la buena experiencia técnica del ofertante para la clase de servicio a contratar. En las cartas de experiencia emitidas por Instituciones Públicas debe incluirse el número de contratos que ha tenido a cargo, el monto y la vigencia de los mismos, según anexo No Cuadro técnico resumen del personal que brindará el servicio, detallándose su grado académico, experiencia previa en la rama de mantenimiento automotriz y especificando la cantidad de personal por especialidad, según anexo No. 10. El MINSAL se reserva el derecho de solicitar los atestados que comprueben el grado académico o experiencia laboral del personal que brindará el servicio Nota compromiso firmada por el Representante legal o propietario de suministrar repuestos e insumos necesarios para brindar el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de conformidad a lo solicitado en las presentes bases de licitación, así como la disponibilidad de infraestructura adecuada y segura Nota compromiso firmada por el Representante Legal o propietario en la que se comprometen a que tanto el cuadro técnico del personal y la disponibilidad de la infraestructura, tengan la capacidad de cumplir con los servicios requeridos en los tiempos estipulados en las presentes bases de licitación LA OFERTA ECONÓMICA deberá presentarse de acuerdo a los anexos 2a, 2b, 2c, 3a, 3b, 3c y de acuerdo al formulario de presentación de oferta según Anexo No. 11 y deberán considerar un formulario por renglón ofertado, además agregar lo siguiente: Carta firmada por el Representante Legal indicando en números y letras el monto total ofertado Montos ofertados en dólares de Los Estados Unidos de América y se considerarán únicamente dos decimales Precios ofertados incluyendo el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios y se mantendrán en firme durante la vigencia de la oferta y contrato respectivo. 13
14 6.3 DOCUMENTACIÓN LEGAL Y FINANCIERA QUE DEBEN ADJUNTARSE A LA OFERTA TECNICA SI ES PERSONA JURIDICA NACIONAL Fotocopia Certificada por Notario de: Testimonio de Escritura Pública de Constitución de la Sociedad debidamente inscrita en el Registro de Comercio Testimonio de la Escritura Pública de Modificación, Transformación o Fusión de la Sociedad inscrita en el Registro de Comercio (si las hubiere) Matrícula de Empresa vigente, en caso de no estar vigente, constancia extendida por el Registro de Comercio de que la emisión de la Matrícula se encuentra en trámite de renovación, o primera vez según sea el caso Credencial del Representante Legal u otro documento que lo acredite como tal, debidamente inscrita en el Registro de Comercio y Testimonio de la Escritura del poder otorgada por el Representante Legal, inscrita en el Registro de Comercio, en caso de comparecer por medio de apoderado Documento Único de Identidad (DUI), Pasaporte o Carné de Residente del Representante Legal de la Sociedad y/o apoderado en su caso, documentos que deben estar vigentes Tarjeta de Identificación Tributaria (NIT) del Representante Legal y/o del apoderado según sea el caso Tarjeta de Identificación Tributaria (NIT) de la sociedad Estados Financieros Básicos (Balance General con su respectiva Certificación de Depósito emitida por el Registro de Comercio y Estado de Resultados debidamente inscritos) al 31 de Diciembre del año 2010, o del periodo que tenga de operar el ofertante, según su fecha de creación de la empresa, firmados por los responsables de su elaboración y auditados por Auditor Externo, autorizado por el consejo de Vigilancia de la Profesión de Contaduría Pública y Auditoria, adjuntando el informe y dictamen financiero del examen de auditoría firmado y sellado por el Auditor externo. Originales de los siguientes documentos: Nómina de Accionistas suscrita por el Representante Legal y/o apoderado en su caso Solvencia de Impuestos Internos (IVA y Renta) vigente a la fecha de la apertura de las ofertas. 14
15 Solvencia del Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS) Régimen Salud, vigente a la fecha de la apertura de las ofertas, en caso de no existir registro de empleador y afiliados deberá presentar la respectiva constancia Solvencia del Pago de Cotizaciones Previsionales de la Unidad de Pensiones del Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS), vigente a la fecha de la apertura de las ofertas, de no existir registro de empleador y afiliados deberá presentar la respectiva constancia Solvencia de obligaciones previsionales de las AFP S e IPSFA vigente a la fecha de la apertura de las ofertas, en caso de no tener cotizantes de algunas de las AFP S e IPSFA, deberán presentar las constancias respectivas Solvencia de Impuestos Municipales de la Sociedad, vigente a la fecha de la presentación de oferta, de la Alcaldía Municipal del domicilio del ofertante. En caso de resultar ganador en la presente licitación, todas las solvencias requeridas e indicadas anteriormente deberán estar estrictamente vigentes al momento de la contratación Referencia bancaria que refleje las operaciones crediticias en el Sistema Financiero y donde certifique la categoría de cliente A1 ó A2. En el caso que el suministrante no tenga operaciones crediticias en el Sistema Financiero, bastara con la constancia sin calificación de categoría. Para los participantes nacionales. Sin embargo en el caso que los ofertantes al presentar sus Estados Financieros, reflejen en el Balance General Préstamos a Corto o Largo Plazo deberán presentar referencia bancaria. Dichos documentos deberá estar fechado dentro de los 30 días calendario previos a la fecha de apertura de ofertas Declaración jurada otorgada ante Notario por parte del Representante Legal de la sociedad y/o Apoderado en su caso, sobre la veracidad de la información proporcionada; aceptación plena de los términos de referencia, plazo de entrega, condiciones y especificaciones técnicas y de no estar en cualquiera de las incapacidades establecidas en los artículos 25 y 26, las exclusiones del Artículo 158 y los efectos del artículo 159 de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública y que la Nomina de Accionistas es la vigente y demás condiciones establecidas en las bases de licitación según Anexo No El ofertante deberá presentar una Garantía de Mantenimiento de Oferta por el valor equivalente al 3% del monto total ofertado. La fianza deberá presentarse de acuerdo al formulario descrito en el Anexo No. 14 de la presente Base de Licitación. 15
16 6.3.2 SI ES PERSONA NATURAL NACIONAL Fotocopia Certificada por Notario de: Matrícula de Empresa vigente, en caso de no estar vigente, constancia extendida por el Registro de Comercio de que la emisión de la Matrícula se encuentra en trámite de renovación, o primera vez según sea el caso Documento Único de Identidad (DUI) vigente Tarjeta de Identificación Tributaria (NIT) Tarjeta de Registro de Contribuyente del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios IVA Estados Financieros (Balance General con su respectiva certificación de depósito emitida por el Registro de Comercio y Estado de Resultados debidamente inscritos) al 31 de Diciembre del año 2010 o del período que tenga de operar el ofertante según fecha de creación de la empresa, firmados por los responsables de su elaboración y auditados por Auditor Externo, autorizado por el Consejo de Vigilancia de la Profesión de Contaduría Pública y Auditoría, adjuntando el informe y dictamen financiero del examen de auditoría firmado y sellado por el Auditor Externo. Originales de los siguientes documentos Deberán presentarse los mismos documentos originales solicitados a las personas jurídicas en las presentes Bases de Licitación, exceptuando la Nómina de Accionistas SI ES PERSONA JURIDICA EXTRANJERA Fotocopia Certificada por Notario de: Testimonio de Escritura Pública de Constitución de la Sociedad, debidamente inscrita en el Registro correspondiente al país del ofertante Testimonio de Escritura Pública de Modificación, Transformación o Fusión de la Sociedad debidamente inscrita en el Registro correspondiente al país del ofertante. (en caso que las hubiere) Credencial de Representante Legal u otro documento que acredite como tal, y Testimonio de la Escritura del poder otorgado por el Representante Legal, en caso de comparecer por medio de apoderado. 16
17 6.1.4 Documento de identidad vigente: Pasaporte o Carné de Residente del Representante Legal de la Sociedad, y/o del Apoderado en su caso Estados Financieros Básicos (Balance General debidamente inscritos de acuerdo a la legislación del país de origen y estado de resultados) al 31 de diciembre del 2010 o del periodo que tenga de operar el ofertante según su fecha de creación de la empresa, firmados por los responsables de su elaboración y auditados por Auditor Externo, autorizado de acuerdo a la legislación del país de origen, adjuntando el informe y dictamen financiero del examen de auditoría firmado y sellado por el auditor externo Referencia bancaria que refleje operaciones en el Sistema Financiero del país de origen del ofertante y donde certifique la categoría de cliente como excelente o muy bueno, dicho documento deberá estar fechado dentro de los treinta días calendario anteriores a la fecha indicada para la recepción y apertura de ofertas Declaración jurada otorgada ante autoridad competente por parte del Representante Legal de la Sociedad y/o apoderado en su caso facultado sobre la veracidad de la información proporcionada; aceptación plena de los términos de referencia, plazos de entrega, especificaciones técnicas, de no estar en cualquiera de las incapacidades establecidas en los artículos 25 y 26, las exclusiones del artículo 158, efectos del artículo 159 todos de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública. Que conoce y entiende las disposiciones del Tratado de Libre Comercio (DR-CAFTA), de estar solvente de todos los regímenes Fiscales, Municipales, de Seguridad y Previsión Social y demás condiciones establecidas en las Bases de Licitación, según ANEXO No El ofertante deberá presentar una Garantía de Mantenimiento de Oferta por el equivalente al 3% del monto total ofertado. La fianza deberá presentarse de acuerdo al formulario descrito en el Anexo No. 14 de la presente Base de Licitación SI ES PERSONA NATURAL EXTRANJERA Fotocopia Certificada por Notario de: Documentos de identidad vigente: Pasaporte o Carné de Residente del ofertante y/o apoderado en su caso Estados Financieros Básicos (Estado de Resultados y Balance General debidamente inscritos de acuerdo a la legislación del país de origen) al 31 de Diciembre del año 2010 o del periodo que tenga de operar el ofertante, según fecha de creación de la empresa, firmados por los 17
18 responsables de su elaboración y auditados por Auditor Externo, autorizado de acuerdo a la legislación del país de origen, adjuntando el informe y dictamen financiero del examen de Auditoría firmado y sellado por Auditor Externo Referencia bancaria que refleje operaciones en el Sistema Financiero del país de origen del ofertante y donde certifique la categoría de cliente como excelente o muy bueno, dicho documento deberá estar fechado dentro de los treinta días calendario anteriores a la fecha indicada para la recepción y apertura de ofertas Declaración jurada otorgada ante autoridad competente por parte del ofertante y/o apoderado en su caso, sobre la veracidad de la información proporcionada; aceptación plena de los términos de referencia, plazos de entrega, especificaciones técnicas, de no estar en cualquiera de las incapacidades establecidas en los artículos 25 y 26 las exclusiones del artículo 158, efectos del artículo 159 todos de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública. Que conoce y entiende las disposiciones del Tratado de Libre Comercio (DR-CAFTA), de estar solvente de todos los regímenes Fiscales, Municipales, de Seguridad y Previsión Social y demás condiciones establecidas en las Bases de Licitación, según (ANEXO No. 14) El ofertante deberá presentar una Garantía de Mantenimiento de Oferta por el equivalente al 3% del monto total ofertado. La fianza deberá presentarse de acuerdo al formulario descrito en el Anexo No. 14 de la presente Base de Licitación. Tanto las personas Jurídicas y Naturales Extrajeras en caso de ser adjudicadas, deberán tramitar ante el Ministerio de Hacienda de El Salvador la Tarjeta de Identificación Tributaria (NIT) 6.4 REQUISITOS LEGALES PARA DOCUMENTOS EMANADOS EN EL EXTRANJERO Todos los documentos solicitados en la presente base de licitación que se extiendan en país extranjero, deberán presentarse certificados por el funcionario competente del país que emane, debidamente apostillado y traducidos al idioma castellano y clase de moneda de curso legal (dólares de los Estados unidos de América), con fundamento en lo dispuesto en el Artículo 24 de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias. En caso que el país de origen no sean suscriptor del convenio de la Haya, deberá contener el trámite de autenticas hasta por el consulado de El Salvador más cercano, posteriormente, deberá autenticarse la firma del Cónsul en el Ministerio de Relaciones Exteriores de El Salvador. No será necesario este requisito para aquellos documentos privados que no contengan certificaciones oficiales o por Notarios emitidas en el extranjero, si no únicamente lo referente al trámite de traducción. 18
19 APOSTILLADO O AUTENTICA DE FIRMA: Para que los documentos cumplan con este requisito, la firma que los autoriza debe de estar debidamente autenticada, para lo cual los ofertantes tienen dos opciones, LA PRIMERA a través de APOSTILLA, convenio del cual El Salvador es suscriptor y debe de serlo el país de origen de los documentos y LA SEGUNDA de acuerdo a lo establecido en el ARTÍCULO 261 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES en aquellos casos en que los documentos se hubieren emitido o iniciado su proceso de emisión bajo la vigencia de dicho Código; pero si su fecha de emisión es posterior al 30 de junio de 2010 deberá de cumplir lo establecido en el ARTÍCULO 334 DEL CÓDIGO PROCESAL CIVIL Y MERCANTIL, dichos procedimientos se detallan a continuación: CONVENIO DE LA HAYA SOBRE ELIMINACIÓN DE REQUISITOS DE LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS PÚBLICOS EXTRANJEROS. Art. 1 El presente convenio se aplicará a los documentos públicos que hayan sido autorizados en el territorio de un estado contratante y que deban ser presentados en el territorio de otro estado contratante. Se consideran como documentos públicos en el sentido del presente convenio: a) Los documentos dimanantes de una autoridad o funcionario vinculado a una jurisdicción del estado, incluyendo los provenientes del Ministerio Público o de un Secretario oficial o Agente oficial. b) Los documentos administrativos, c) Los documentos Notariales, d) La certificaciones oficiales que hayan sido puestas sobre documentos privados, tales como la certificación del registro de un documento, la certificación sobre la certeza de una fecha y las autenticaciones oficiales y notariales de firmas en documentos de carácter privado. Sin embargo el presente convenio no se aplicará: a) A los documentos expedidos por funcionarios diplomáticos o consulares, b) A los documentos administrativos relacionados directamente con la operación comercial aduanera. ART CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES: Para que haga fe el instrumento público o auténtico, emanado de país extranjero, la firma que lo autoriza debe estar autenticada por el Jefe de la Misión Diplomática, Cónsul, Vice-Cónsul o encargado de los Asuntos Consulares de la República, o en su defecto, por los funcionarios correspondientes del Ministerio de Relaciones Exteriores de donde proceden tales documentos, y la firma que autoriza tal legalización habrá de ser autenticada también por el Ministro o Subsecretario de Relaciones Exteriores de El Salvador, o por el funcionario del Ministerio de Relaciones Exteriores que, por medio de acuerdo ejecutivo en el mismo ramo, haya sido autorizado de modo general para ello. También harán fe los instrumentos auténticos emanados de país extranjero extendidos por medio de fotocopias, siempre que por razón puesta al reverso de las mismas se haga constar la fidelidad de tales fotocopias y que se han llenado las formalidades exigidas por la ley del país en donde se han extendido. Esta razón deberá ser firmada por el funcionario competente del país de donde proceden, y la firma de éste, autenticada de la manera prevenida en el inciso anterior. 19
20 Si los instrumentos a que se refiere el presente artículo estuvieren escritos en idioma extranjero, vertidos que sean al castellano por intérprete nombrado por Juez Competente, no hay necesidad de nueva versión para que obren en los demás tribunales de justicia, u otras oficinas gubernativas, y tampoco habrá necesidad de esta versión cuando los instrumentos hayan sido ya traducidos de acuerdo con la ley del país de donde proceden y la traducción esté debidamente autenticada. Siempre que el Juez o Tribunal, o el Jefe de la Oficina gubernativa donde el instrumento o instrumentos vertidos en el extranjero, fueren presentados, creyeren conveniente una nueva versión, podrán de oficio acordarla, como también en el caso de solicitarlo persona interesada en ello; y esa nueva versión practicada en forma legal por juez competente, será la única que se tomará en cuenta ARTÍCULO 334 DEL CÓDIGO PROCESAL CIVIL Y MERCANTIL: Los instrumentos públicos se considerarán auténticos mientras no se pruebe su falsedad. Sin perjuicio de lo previsto en Tratados Internacionales, suscritos y ratificados por El Salvador, para que se haga fe el instrumento público, emanado de país extranjero, la firma que los autoriza debe de estar autenticada por el Jefe de la Misión Diplomática, Cónsul, Vice-Cónsul o Encargado de los Asuntos Consulares de la República, o en su defecto, por los funcionarios correspondientes del Ministerio de Relaciones Exteriores de donde proceden tales documentos, y la firma que autoriza tal legislación habrá de ser autenticada también por el Ministro o Viceministro de Relaciones Exteriores de El Salvador, o por el funcionario del Ministerio de Relaciones Exteriores que, por medio de Acuerdo Ejecutivo en el mismo ramo, haya sido autorizado de modo general para ello. También harán fe los instrumentos públicos emanados de país extranjero extendidos por medio de fotocopias, siempre que por razón puesta al reverso de las mismas se haga constar la fidelidad de tales fotocopias y que se han llenado las formalidades exigidas por la ley del país en donde se han extendido. Esta razón deberá ser firmada por el funcionario competente del país de donde proceden, y la firma de éste, autenticada de la manera prevenida en el inciso anterior. Siempre que el Juez o Tribunal, o el jefe de la oficina gubernativa donde el instrumento o instrumentos vertidos al castellano en el extranjero, fueren presentados, creyeren conveniente una nueva versión, podrán de oficio acordarla, como también en el caso de solicitarlo persona interesada en ello; y esa nueva versión practicada en forma legal por juez competente, será la única que se tomará en cuenta. 6.5 VIGENCIA DE LAS OFERTAS El período de vigencia de la oferta, será de 120 días, contados a partir de la fecha de apertura de las ofertas. 6.6 APERTURA PÚBLICA DE OFERTA Y CIERRE DE LAS MISMAS. La apertura de las ofertas se efectuará en la Unidad e Adquisiciones y Contrataciones de este Ministerio (UACI ), ubicada en Calle Arce No.827, San Salvador, en fecha 11 del 20
21 mes de junio del año 2012 a las 10:15 a.m., en adelante (hora local). Cada ofertante podrá enviar un representante debidamente acreditado, el cual deberá estar presente en el acto de apertura en la fecha y hora señalada, debiendo permanecer desde su inicio hasta la finalización. En ese mismo acto tomará de las mismas los datos que consideren necesarios, posteriormente no se dará información alguna. Facultades de la UACI. El Representante de la UACI, procederá a admitir las ofertas siempre y cuando sean presentadas en tiempo y contengan la Garantía de Mantenimiento de Oferta. Las ofertas recibidas extemporáneamente y las que no presenten la Garantía de Mantenimiento de Oferta quedarán excluidas de pleno derecho. Cierre Finalizada la apertura de ofertas, se levantará el acta respectiva, haciendo constar todo lo acontecido, la cual será firmada por los participantes en el acto, a quienes se les entregará una copia de la misma si la desean. 7. ACEPTACION DE BASES DE LICITACION Es entendido y convenido que el Ofertante al presentar su oferta, da por aceptadas las condiciones y especificaciones establecidas en las Bases de Licitación. 8. PROHIBICIONES Después de la apertura de ofertas y antes de la notificación del resultado del proceso, no se brindara información alguna con respecto al examen, tabulación, aclaración y evaluación de las ofertas y las recomendaciones relativas a las adjudicaciones de la misma, a ninguna persona o personas que no estén vinculadas en el proceso de análisis y evaluación de ofertas. Esto se aplica tanto a funcionarios o empleados de la institución contratante, como a personal relacionado con las empresas ofertantes. La infracción a la anterior prohibición dará lugar a la aplicación de las sanciones correspondientes. No obstante lo establecido en el inciso anterior, durante el periodo de prohibición, si la comisión evaluadora de ofertas tuviere la necesidad de realizar consultas sobre la aplicación de la LACAP y el reglamento, podrán realizarse a la UNAC, sin que en dicha consulta se revelen datos identificativos correspondientes a los ofertantes. De conformidad a lo estipulado en el Art. 54 de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública. No se podrá contratar ni directa o indirectamente con aquellas personas naturales o jurídicas, que tengan cualquiera de los impedimentos a que se refieren los Art. 25 y 26 y las exclusiones a que se refiere el Art. 158 y los efectos del Art. 159 de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública. Tal como se detalla a continuación: 8.1 IMPEDIDOS PARA OFERTAR (Art. 26 de la LACAP) 21
22 a) El Presidente y Vicepresidente de la Republica, los Diputados Propietarios y Suplentes de la Asamblea Legislativa y del Parlamento Centroamericano, los miembros de los Concejos Municipales y del Consejo de Ministros, los Titulares del Ministerio Publico, el Presidente y los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia y de la Corte de Cuentas de la Republica, los miembros de la Junta Directiva del Instituto Salvadoreño del Seguro Social, de la Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica del Río Lempa (CEL), los miembros de la Junta Directiva. de las Instituciones Financieras y de Crédito Publico tales como: Banco Central de Reserva de El Salvador, Fondo Social para la Vivienda (FSV), Fondo Nacional de Vivienda Popular (FONAVIPO), Banco de Fomento Agropecuario (BFA), Banco Hipotecario, Banco Multisectorial de Inversiones (BMI), así como los miembros del Tribunal de Servicio Civil, del Consejo Nacional de la Judicatura, del Tribunal Supremo Electoral, del Registro Nacional de Las Personas Naturales, Las miembros de Las Juntas de Gobernadores o Consejos Directivos de Las instituciones Autónomas y todos Los demás titulares de Las instituciones públicas, ni las personas jurídicas en las que estos ostenten la calidad de propietarios, socios, accionistas, administradores, gerentes, directivos, directores, consejales o representantes legales, no podrán ofertar en ninguna institución de la Administración Pública; b) Los funcionarios y empleados públicos y municipales, en su misma institución; ni las personas jurídicas en las que aquellos ostenten la calidad de propietarios, socios, accionistas, administradores, gerentes, directivos, directores, consejales o representantes legales. Esta disposición también será aplicable a los miembros de Las Juntas o Consejos Directivos; c) El cónyuge o conviviente, y Las personas que tuvieren vinculo de parentesco hasta el segundo grado de afinidad y cuarto de consanguinidad, con Los funcionarios públicos y empleados públicos mencionados en el literal anterior, así coma las personas jurídicas en las que aquellos ostenten la calidad de propietarios, socios, accionistas, administradores, gerentes, directivos, directores, concejales o representantes Legales; d) Las personas naturales o jurídicas que en relación con procesos de adquisición o Contratación, hayan sido sancionadas administrativa o judicialmente, o inhabilitados por cualquier institución de la administración pública, por el plazo en que dure la inhabilitación; e) Las personas naturales o jurídicas que hayan tenido relación de control por Administración o propiedad, con las personas a que se refiere el literal anterior al momento de su incumplimiento. Estas inhabilidades se extienden de igual forma a las subcontrataciones. Las restricciones previstas para Las personas jurídicas establecidas en este articulo, no serán aplicables en Los casos que el Estado sea el accionista o cuando la participación de Los socios o accionistas particulares a que el mismo artículo se refiere, no exceda del 22
23 cero punto cero cero cinco por ciento (0.005%). Las contrataciones en que se infrinja lo dispuesto en este artículo son nulas. 8.2 CAPACIDAD PARA CONTRATAR (Art. 25 de la LACAP) Podrán ofertar y contratar con la administración pública, todas las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que tengan capacidad legal para obligarse; y que no concurra en ellas las siguientes situaciones: f) Haber sido condenado con anterioridad, mediante sentencia firme, por delitos contra la Hacienda Pública, corrupción, cohecho activo, tráfico de influencias y los contemplados en la Ley Contra el Lavado de Dinero y de Activos; mientras no hayan sido habilitados en sus derechos por la comisión de esos ilícitos; g) Haber sido declarado en estado de suspensión de pagos de sus obligaciones o declarado en quiebra o concurso de acreedores, siempre que no este rehabilitado; h) Haberse extinguido por parte de la institución contratante el contrato celebrado con alguna de las instituciones, por causa imputable al contratista, durante los últimos cinco años contados a partir de la referida extinción. i) Estar insolvente en el cumplimiento de las obligaciones fiscales, municipales y de seguridad social; j) Haber incurrido en falsedad material o ideológica al proporcionar la información requerida de acuerdo a esta Ley; k) En el caso de que concurra como persona jurídica extranjera y no estuviere legalmente constituida de conformidad a las normas de su propio país, o no haber cumplido con las disposiciones de la legislación nacional, aplicables para su ejercicio o funcionamiento; l) Haber evadido la responsabilidad adquirida en otras contrataciones, mediante cualquier artificio. Los contratos celebrados en contravención a lo dispuesto en este artículo producen nulidad, sin perjuicio de la responsabilidad civil, administrativa y penal en que se incurra. Las situaciones a que se refieren los literales a), b) y e) serán declaradas en sede judicial. Cuando las instituciones de la administración pública tengan conocimiento de las situaciones anteriores, deberán informarlas a la UNAC, para los efectos legales consiguientes, a través del funcionario competente." 23
CAPITULO I OBJETO Y CAMPO DE APLICACION.
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