GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE PLANES DE EMERGENCIA PEQUEÑO COMERCIO

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3 GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE PLANES DE EMERGENCIA

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5 0 ÍNDICE 1 Objeto 1 Objeto Sobre la Guía 2 Sobre la Guía Contenido Uso de la guía Recorridos de aprendizaje Normativa sobre Emergencias 3 Normativa sobre emergencias Ley de Prevención de Riesgos Laborales Reglamento de los Servicios de Prevención Otra normativa aplicable a emergencias Contenido de un Plan de Emergencia 4 Contenido de un Plan de Emergencia Las Emergencias. Definiciones 5 Las Emergencias. Definiciones Tipos de emergencias Graduación de las emergencias GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE PLANES DE EMERGENCIA.

6 GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE PLANES DE EMERGENCIA. 6 Datos del centro de trabajo 6 Datos del centro de trabajo Emplazamiento del centro de trabajo Accesos y circulación interior Actividad Personal y ocupación Características constructivas Solado y revestimientos Materiales almacenados. Mobiliario Elementos exteriores Instalaciones Identificación y Evaluación del Riesgo 7 Identificación y Evaluación del Riesgo Riesgo de origen natural Conductas antisociales Riesgo de incendio y explosión Valoración de la emergencia sanitaria Medios técnicos de protección 8 Medios técnicos de protección Medios técnicos y materiales para emergencias El Extintor Bocas de agua contra incendios equipadas (BIE s) Pulsadores de alarma de incendios Detección y alarma de incendios Ventilación natural Alumbrado de emergencia Botiquín Vías y salidas de evacuación Señalización Directorio de emergencia Medios humanos de protección 9 Medios humanos de protección Jefe de Emergencia Jefe de Intervención Centro de Comunicaciones Equipo de Primera Intervención Equipo de Primeros Auxilios Equipo de Alarma y Evacuación

7 10 Plan de Actuación 10 Plan de Actuación Actuaciones en casos particulares de emergencia Vías de evacuación Implantación y Mantenimiento 11 Implantación y Mantenimiento Medios materiales Medios humanos Mantenimiento de las instalaciones Medios materiales de protección contra incendios Investigación de emergencias Revisión del Plan de Emergencia Simulacros Responsable del Plan de Emergencia ANEXOS ANEXOS ANEXO 1 Definición de las actividades ANEXO 2 Características de los materiales de construcción y resistencia al fuego de muros de hormigón sin revestir ANEXO 3 Ejemplo de cálculo de la carga de fuego ANEXO 4 Diseño y mantenimiento de las instalaciones ANEXO 5 Agentes extintores y adecuación al tipo de fuego ANEXO 6 Fichas del Plan de Emergencia ANEXO 7 Mantenimiento de los medios técnicos de mantenimiento del alumbrado de emergencia y señalización ANEXO 8 Sistemas de detección y alarma ANEXO 9 Vías de evacuación y salidas ANEXO 10 Ejemplo de Planes de Emergencia A 10.1 Plan de Emergencia en las micro empresas A 10.2 Ejemplo de Plan de Emergencia en micro empresas ANEXO A Funciones asignadas ANEXO B Relación de trabajadores ANEXO C Actividades de implantación y mantenimiento A 10.3 Plan de emrgencia en las pequeñas empresas A 10.4 Ejemplo de Plan de Emergencia en una empresa pequeña ANEXO A Funciones asignadas ANEXO B Relación de personal ANEXO C Actividades de implantación y mantenimiento ANEXO 11 Glosario ANEXO 12 Guón para la presentación del Plan de Emergencia GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE PLANES DE EMERGENCIA.

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9 9 Objeto 1 Objeto El objetivo de esta guía es servir de apoyo a las empresas para la elaboración e implantación de un Plan de Emergencia dando así respuesta a las obligaciones que impone la Ley 31/95 de prevención de riesgos laborales. Esta guía está dirigida a las empresas dedicadas al pequeño comercio, aunque su aplicación pueda extenderse, con matices y alguna adaptación, a otras actividades que se desarrollan en la comunidad de Madrid y las referencias normativas serán las de esta comunidad y las de ámbito nacional. Por lo que se verá a lo largo de esta guía, la elaboración de un Plan de Emergencia es una actividad técnica compleja y especializada que depende de las peculiaridades de la actividad, del centro de trabajo, del número y tipología de los ocupantes y de los recursos disponibles. Sin embargo, el objetivo de esta guía es un acercamiento a su elaboración para todos aquellos comercios que no requieran de la intervención de un técnico especializado. El resultado del análisis de las emergencias posibles y de la consiguiente actuación que se determine, se recogerá por escrito en un documento que pueda ser presentado a la autoridad laboral que lo requiera y a los trabajadores, a través de sus representantes en su caso, para informarle y darles participación en su implantación. Al material que aquí se presenta le denominaremos guía. GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE PLANES DE EMERGENCIA.

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11 11 Sobre la Guía 2 Sobre la Guía 2. 1 Contenido Esta Guía se ha estructurado en bloques de contenido más o menos independientes que se presentan a continuación: Normativa BLOQUE Contenido de un Plan de Emergencia CONTENIDO En este apartado se recoge la normativa legal que fija la obligatoriedad de realizar un Plan de Emergencia y la que nos orienta del contenido y el alcance del mismo. Se estructura como la parte central de la guía, en ella se define la estructura de un Plan de Emergencia y el contenido mínimo del mismo. Implantación Mantenimiento Fichas de Actuación Ejemplos Se describen en este bloque los pasos adecuados para que el Plan de Emergencia pueda implantarse con éxito en la empresa. Este bloque describe los elementos de apoyo necesarios para que el plan continúe operativo a lo largo del tiempo. A modo de ejemplo se dan fichas de actuación para las personas que participan en una emergencia. En el ANEXO 10 se presentan unos ejemplos para que puedan tomarse como referencia Uso de la Guía La Guía consta de un cuerpo principal en el que se da la información suficiente para elaborar un Plan de Emergencia, y por otro lado a lo largo de la guía irán apareciendo cuadros con información complementaria. GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE PLANES DE EMERGENCIA.

12 GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE PLANES DE EMERGENCIA. Aunque la guía esté pensada para pequeños comercios, se incluyen varias funciones en la actuación frente a emergencias propias de establecimientos más grandes. En esta descripción de funciones aparecen muchas figuras: jefe de emergencias, jefe de primera intervención, equipo de evacuación y alarma, centro de comunicaciones... El lector puede pensar que ese planteamiento no es adaptable a su plantilla en la que no habría personal suficiente para tantas funciones. Sin embargo, estas funciones se presentan diferenciadas para explicar mejor su contenido y deben entenderse como conjuntos de tareas que pueden recaer varias en una misma persona. Por lo tanto, en plantillas reducidas, los contenidos de cada función son menores y recaerán varias en un mismo trabajador, de forma que el encargado/a de la tienda asuma a la vez las funciones de, por ejemplo, el jefe de emergencia, jefe de intervención y equipo de primera intervención. Por razones didácticas, se mantienen a lo largo de la guía la referencia a todas las funciones posibles en la organización de las emergencias Recorridos de aprendizaje En este capítulo se van a indicar los apartados de la guía que se consideran de lectura imprescindible para cada una de las personas del centro de trabajo. Esta selección se ha hecho basándose en las funciones y responsabilidades que cada persona tiene antes, durante y después de una emergencia y pretende lograr en poco tiempo un alto grado de comprensión de la guía. JEFE DE EMERGENCIA Normativa sobre emergencias. Contenido de un Plan de Emergencias. Las emergencias, definiciones. Datos del centro de trabajo. Identificación del riesgo. Medios humanos de protección. Plan de actuación Implantación y mantenimiento. Fichas del Plan de Emergencia. Ejemplo de Planes de Emergencia. 12

13 13 JEFE DE INTERVENCIÓN Normativa sobre emergencias. Las emergencias definiciones. Datos del centro de trabajo. Identificación del riesgo. Medios técnicos de protección. Medios humanos de protección. Plan de Actuación. Implantación y mantenimiento. Diseño y mantenimiento de las instalaciones auxiliares. Fichas del Plan de Emergencia. Mantenimiento de los medios técnicos de emergencia. Vías de evacuación y salidas. Sobre la Guía CENTRO DE COMUNICACIONES Directorio de emergencia. Medios humanos de protección. Fichas del Plan de Emergencia. EQUIPO PRIMERA INTERVENCIÓN Las emergencias definiciones. Medios técnicos de protección. Medios humanos de protección. Agentes extintores y adecuación al tipo de fuego. Fichas del Plan de Emergencia. EQUIPO PRIMEROS AUXILIOS Botiquín. Medios humanos de protección. Manual de primeros auxilios. (no incluido) Fichas del Plan de Emergencia. EQUIPO ALARMA Y EVACUACIÓN Vías y salidas de evacuación. Señalización. Medios humanos de protección. Fichas del Plan de Emergencia. RESTO DEL PERSONAL Medios humanos de protección. Fichas del Plan de Emergencia. GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE PLANES DE EMERGENCIA.

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15 15 3 Normativa sobre Emergencias Normativa sobre Emergencias 3. 1 Ley de Prevención de Riesgos Laborales La Ley 31 /95 de prevención de riegos laborales (LPRL) recoge en su articulado varios aspectos sobre emergencias que a continuación recogemos. Artículo 14. Derecho a la protección frente a los riesgos laborales En cumplimiento del deber de protección, el empresario deberá garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo. A estos efectos, en el marco de sus responsabilidades, el empresario realizará la prevención de los riesgos laborales mediante la adopción de cuantas medidas sean necesarias para la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores con las especialidades que se recogen en los artículos siguientes en materia de evaluación de riesgos, información, consulta y participación y formación de los trabajadores, actuación en casos de emergencia y de riesgo grave e inminente, vigilancia de la salud, y mediante la constitución de una organización y de los medios necesarios en los términos establecidos en el capítulo IV de la presente Ley. El empresario desarrollará una acción permanente con el fin de perfeccionar los niveles de protección existentes y dispondrá lo necesario para la adaptación de las medidas de prevención señaladas en el párrafo anterior a las modificaciones que puedan experimentar las circunstancias que incidan en la realización del trabajo.... GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE PLANES DE EMERGENCIA.

16 GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE PLANES DE EMERGENCIA. Artículo 20. Medidas de emergencia. El empresario, teniendo en cuenta el tamaño y la actividad de la empresa, así como la posible presencia de personas ajenas a la misma, deberá analizar las posibles situaciones de emergencia y adoptar las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores, designando para ello al personal encargado de poner en práctica estas medidas y comprobando periódicamente, en su caso, su correcto funcionamiento. El citado personal deberá poseer la formación necesaria, ser suficiente en número y disponer del material adecuado, en función de las circunstancias antes señaladas. Para la aplicación de las medidas adoptadas, el empresario deberá organizar las relaciones que sean necesarias con servicios externos a la empresa, en particular en materia de primeros auxilios, asistencia médica de urgencia, salvamento y lucha contra incendios, de forma que quede garantizada la rapidez y eficacia de las mismas. El artículo 20 de la Ley 31/95 orienta el contenido mínimo del Plan de Emergencia: Análisis de las situaciones de Emergencia Adoptar las medidas necesarias para luchar contra la emergencia, en concreto la misma Ley nombra tres actuaciones imprescindibles. Lucha contra incendios Primeros auxilios Evacuación de los trabajadores Artículo 24. Coordinación de actividades empresariales. (Este artículo ha sido modificado a través del Real Decreto 171/2004) El empresario titular del centro de trabajo adoptará las medidas necesarias para que aquellos otros empresarios que desarrollen actividades en su centro de trabajo reciban la información y las instrucciones adecuadas, en relación con los riesgos existentes en el centro de trabajo y con las medidas de protección y prevención correspondientes, así como sobre las medidas de emergencia a aplicar, para su traslado a sus respectivos trabajadores. 16

17 17 El artículo 20 y el 24 Ley 31/95 fijan las principales obligaciones del empresario: Realizar el Plan de Emergencia. Implantarlo en la empresa. Mantenerlo plenamente operativo y actualizado. Proveer a la empresa de los medios Humanos y Materiales necesarios. Dar formación a todas las personas que participan en la emergencia. Compartir la información con otros empresarios del mismo centro de trabajo. Colaborar con los medios de ayuda exteriores, bomberos, protección civil... Normativa sobre Emergencias Artículo 31. Servicios de prevención. 1. Si la designación de uno o varios trabajadores fuera insuficiente... el empresario deberá recurrir a uno o varios servicios de prevención propios o ajenos a la empresa, que colaborarán cuando sea necesario Los servicios de prevención deberán estar en condiciones de proporcionar a la empresa el asesoramiento y apoyo que precise en función de los tipos de riesgo en ella existentes y en lo referente a: a) El diseño, aplicación y coordinación de los planes y programas de actuación preventiva. b) La evaluación de los factores de riesgo que puedan afectar a la seguridad y la salud de los trabajadores en los términos previstos en el artículo 16 de esta Ley. c) La determinación de las prioridades en la adopción de las medidas preventivas adecuadas y la vigilancia de su eficacia. d) La información y formación de los trabajadores. e) La prestación de los primeros auxilios y planes de emergencia.... GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE PLANES DE EMERGENCIA.

18 GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE PLANES DE EMERGENCIA. Artículo 47. Infracciones graves No adoptar las medidas previstas en el artículo 20 de esta Ley en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores. 14. No informar el empresario titular del centro de trabajo a aquellos otros que desarrollen actividades en el mismo sobre los riesgos y las medidas de protección, prevención y emergencia Reglamento de los Servicios de Prevención En el Real Decreto 39/97 por el que se aprueba el reglamento de los servicios de prevención se recoge lo siguiente: Artículo 9. Contenido. 1. La planificación de la actividad preventiva incluirá, en todo caso, los medios humanos y materiales necesarios, así como la asignación de los recursos económicos precisos para la consecución de los objetivos propuestos. 2. Igualmente habrán de ser objeto de integración en la planificación de la actividad preventiva las medidas de emergencia y la vigilancia de la salud previstas en los artículos 20 y 22 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, así como la información y la formación de los trabajadores en materia preventiva y la coordinación de todos estos aspectos. Artículo 35. Funciones de nivel básico. 1. Integran el nivel básico de la actividad preventiva las funciones siguientes:... e) Actuar en caso de emergencia y primeros auxilios gestionando las primeras intervenciones al efecto. 18

19 19 Por otra parte, en el Real decreto 171/2004, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, se recoge lo siguiente: Artículo 4. Deber de cooperación. Cuando en un mismo centro de trabajo desarrollen actividades trabajadores de dos o más empresas, éstas deberán cooperar en la aplicación de la normativa de prevención de riesgos laborales en la forma que se establece en este capítulo.... La información deberá ser suficiente y habrá de proporcionarse antes del inicio de las actividades, cuando se produzca un cambio en las actividades concurrentes que sea relevante a efectos preventivos y cuando se haya producido una situación de emergencia.... Normativa sobre Emergencias En la Comunidad de Madrid, el Decreto 31/2003 establece la obligatoriedad de elabora un Plan de Autoprotección en función de la peligrosidad de la actividad o del número de personas presentes en el centro de trabajo Otra Normativa aplicable a Emergencias Norma Básica de la Edificación NBE-CPI/96 aprobada por RD 2177/1996, de 4 de octubre. Decreto 31/2003 Reglamento de Prevención de Incendios de la Comunidad de Madrid. Decreto 341/1999 Reglamento de Prevención de Incendios de la Comunidad de Madrid. (RPICM) RD 1942/1993, de 5 de noviembre de 1993, Reglamento de las instalaciones de protección contra incendios. Orden de 16 de abril de 1998 sobre normas de procedimiento y desarrollo del RD 1942/1993. GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE PLANES DE EMERGENCIA.

20 GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE PLANES DE EMERGENCIA. RD 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de señalización de seguridad y salud en el trabajo. RD 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de traba Ley 2/1985, de 21 de enero, de Protección Civil. ORDEN de 24 de noviembre de 1984 por la que se aprueba el Manual de Autoprotección para el desarrollo del Plan de Emergencia contra Incendios y de Evacuación en Locales Y Edificios. Ordenanza de Prevención de Incendios del Ayuntamiento de Madrid (OPI) (Acuerdo plenario de 26 de junio de 1993). De todo lo anterior se deduce que existe una normativa abundante que obliga y orienta al empresario a hacer una previsión de las posibles emergencias en el centro de trabajo haciendo partícipe a todos los trabajadores en las actuaciones que se diseñen. 20

21 21 4 Contenido de un Plan de Emergencia El contenido mínimo de un Plan de Emergencia quedó definido en el Art. 20 de la Ley 31/1995. Contenido de un Plan de Emergencia Análisis de las situaciones de Emergencia Adoptar las medidas necesarias para luchar contra la emergencia, en concreto la misma Ley nombra tres actuaciones imprescindibles. Lucha contra incendios Primeros auxilios Evacuación de los trabajadores A continuación se adjunta un contenido o índice tipo, que se irá desarrollando en los próximos capítulos. DATOS DE LA EMPRESA Actividad Ubicación Accesos EL CENTRO DE TRABAJO Superficie Características constructivas Carga de personal Condiciones de evacuación RECURSOS MATERIALES Extintores BIE s Otros medios de detección o extinción Ventilación Alumbrado emergencia Botiquín Medios de evacuación GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE PLANES DE EMERGENCIA.

22 GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE PLANES DE EMERGENCIA. RECURSOS HUMANOS Jefe de Emergencia Jefe de Intervención Centro de Comunicaciones Equipo de Primera Intervención Equipo de Primeros Auxilios Equipo de Alarma y Evacuación PLAN DE ACTUACIÓN Funciones del personal asignado Incendios. Explosión. Emergencia sanitaria. Accidente laboral. Amenaza de bomba. Robo. Escapes de sustancias tóxicas o peligrosas. Catástrofe natural. ACTUACIONES EN CASO DE EMERGENCIA Incendio Explosión Aviso de bomba Escape de gases Intoxicación Emergencia médica ACTIVIDADES DE IMPLANTACIÓN. LISTAS DE PERSONAL Personal interno a avisar Personal y organismos externos a avisar Lista EPI Lista EPA Lista EAE Listas personal a evacuar MATERIAL PARA LOS MEDIOS DE AYUDA EXTERIOR Planos de ubicación centro de trabajo. Plano situación medios de detección y lucha contra incendios. Plano situación cuadros eléctricos. Fichas de Datos de Seguridad productos existentes en el centro de trabajo. 22

23 23 5 Las Emergencias. Definiciones Una vez analizada la necesidad y obligatoriedad legal de llevar a cabo un estudio de las posibles emergencias en un centro de trabajo, la siguiente pregunta es saber qué es una emergencia. Las emergencias son circunstancias o acontecimientos inesperados que alteran la dinámica normal en el centro de trabajo y que, en muchas ocasiones, además, ponen en riesgo a las personas o al patrimonio de la entidad. Las Emergencias. Definiciones 5. 1 Tipos de Emergencias Las emergencias pueden ser de muchos tipos: Incendios. Explosión. Emergencia sanitaria. Accidente laboral Amenaza de bomba. Robo. Escapes de sustancias tóxicas o peligrosas. Catástrofe natural, etc... En la mayor parte de los casos aparece la necesidad de evacuar o, en algunos casos, de aislar a los afectados. En el caso que nos ocupa analizaremos las tres primeras por ser las más probables y haremos una consideración sobre el resto. GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE PLANES DE EMERGENCIA.

24 GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE PLANES DE EMERGENCIA. SOBRE LOS INCENDIOS Cómo se produce el fuego? El fuego es una combustión (oxidación) que se caracteriza por la emisión de calor acompañada de humo o llamas o de ambos. Al ser la combustión una oxidación, habrán de intervenir para que se produzca ésta un material que se oxide al que llamamos combustible y un elemento oxidante, que llamaremos comburente y que generalmente es el oxígeno. Para que la oxidación empiece hemos de disponer además de una cierta cantidad de energía, que llamaremos energía de activación, habitualmente calor. Por tanto, para que se pueda obtener un fuego necesitamos tres componentes: combustible, comburente y calor. Todo ello constituye lo que se denomina EL TRIÁNGULO DE FUEGO COMBUSTIBLE COMBURENTE CALOR Cuando estos tres factores están presentes en cantidad suficiente y simultáneamente se produce una reacción en cadena y la aparición de fuego es segura. Por el contrario, cuando eliminamos alguno de estos factores, por ejemplo, por enfriamiento (se elimina el calor) o por asfixia (se elimina el comburente), el proceso se interrumpe, o sea, en su caso, el incendio se apaga. 24

25 25 Las causas que provocan un incendio son múltiples pero recogeremos las más frecuentes: Cigarrillos mal apagados en papeleras o sobre material combustible. Cortocircuito que provoca una chispa que da origen a que los conductores eléctricos y sus canalizaciones comiencen a arder. Estos dos puntos pueden representar el 90% de los incendios, un incendio típico y muy peligroso es Después de cerrar. Este incendio es especialmente peligroso, ya que al estar el centro de trabajo vacío no se actúa sobre él en su fase incipiente, cuando todavía es posible apagarlo con los medios de lucha que hay en el centro de trabajo. Dos causas típicas Cigarrillos mal apagados. Calefactores eléctricos que terminan funcionando 24h 7 días a la semana. Las Emergencias. Definiciones La exposición a la llama directa de materiales combustibles que en algunos procesos pueden utilizarse sin el debido control. El sobre calentamiento de materiales por cercanía a un foco de calor llegando al punto de inflamación. Por ejemplo, cuando se almacena material combustible en contacto con tubos de alumbrado o en su cercanía. Chispas consecuencia de la electricidad estática que originan el inicio de una ignición. Chispas desprendidas de algún elemento de la maquinaria que llega a tomar contacto con material combustible. Derrames de combustible y/o grasas de las furgonetas (o cualquier vehículo de la empresa) sobre el suelo de las zonas donde se aparcan o en las zonas de carga y descarga que constituyen un foco de peligro importante. GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE PLANES DE EMERGENCIA.

26 GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE PLANES DE EMERGENCIA. SOBRE LAS EXPLOSIONES Las explosiones en los centros de trabajo a los que nos referimos en esta guía son, en su mayoría, originadas por el escape de gas cuando se utiliza como combustible para la calefacción o el agua caliente o como herramienta de trabajo, p.e. el acetileno. También, de forma excepcional, habrá que considerar las explosiones por las cercanías del centro de trabajo a gasolineras o plantas de producción o tratamiento de materiales inflamables o combustibles. EMERGENCIA SANITARIA Se denomina así a la circunstancia que se puede dar cuando algún ocupante del centro de trabajo sufre una alteración importante de su metabolismo provocándole un desmayo, un derrame de sangre o un malestar repentino que se llega a agravar hasta plantear una situación que debe ser controlada por un especialista. Otra causa de emergencia sanitaria es la que resulta de un accidente con daño corporal: un corte, una salpicadura en un ojo, un golpe por desprendimiento de material, un atrapamiento, etc... Esta emergencia también puede darse superpuesta a un incendio por la inhalación de los gases desprendidos durante su desarrollo o por quemaduras. Algunos ejemplos de emergencia sanitaria son los siguientes: Infarto de miocardio. Infarto cerebral. Ataque de epilepsia. Hemorragia no controlable. Fractura de algún hueso. Torceduras. Caída o golpe con consecuencias traumáticas. 26

27 27 Contusiones de cualquier origen. Cortes o pinchazos. Síntomas de emergencia o preparto en embarazadas. Perdida de consciencia por alteración en la tensión. Quemaduras. Atragantamiento. Afección ocular aguda por golpes, salpicaduras, proyección de partículas, etc. Ataque de nervios. Intoxicación. Paralización de alguna parte del cuerpo. En cualquiera de estas emergencias se hace necesaria la presencia de un especialista sanitario, la intervención de los socorristas del centro de trabajo debe limitarse a controlar la situación hasta que acuda la ayuda externa. Las Emergencias. Definiciones OTRAS EMERGENCIAS En un centro de trabajo pueden aparecer otras emergencias menos frecuentes, pero que habrá que considerar con mayor o menor probabilidad dependiendo de la actividad, del entorno y otras circunstancias. Nos referimos a las situaciones de emergencias siguientes: Accidentes laborales, que en muchas ocasiones dan lugar a una emergencia sanitaria. Amenaza de bomba. Robo. Escapes de sustancias tóxicas o peligrosas. Catástrofe natural, etc. En general, todas las actuaciones para estas emergencias están protocolizadas por los especialistas en estas materias y se recogen algunas en el apartado correspondiente. GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE PLANES DE EMERGENCIA.

28 GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE PLANES DE EMERGENCIA Graduación de las emergencias Las situaciones de emergencia se clasifican en función de su gravedad. Siguiendo un criterio de menor a mayor gravedad nos encontramos con una clasificación, generalmente referida a los incendios: Conato de emergencia. Es una situación que puede ser neutralizada con los medios de lucha contra incendios y emergencias disponibles en el lugar donde se produce por el personal presente en ese lugar. Emergencia parcial. Situación de emergencia que no puede ser subsanada de inmediato y tan fácilmente como un conato. Para afrontarla es necesaria la ayuda de un grupo de actuación más preparado que disponga de mayores medios contra incendios y emergencias. Emergencia general. Situación de emergencia que supera la capacidad de los medios humanos y materiales de lucha contra incendios y emergencias del centro de trabajo. Es necesario alterar toda la organización habitual de la empresa, teniendo que solicitar ayuda exterior. En función de cada tipo de emergencia se plantearán las actuaciones más operativas como, por ejemplo, las que se señalan: Avisar al responsable de emergencias. Socorrer al herido. Sofocar el conato de incendio. Desalojar una zona del centro de trabajo o todo el centro. Avisar a los recursos externos, etc. MEDIDAS DE EMERGENCIA: DEFINICIONES DE INTERÉS Otro aspecto de la cuestión que estamos tratando es diferenciar algunos conceptos que se usan de forma indistinta pero que tienen significados diferentes: medidas de emergencia, Plan de Emergencia, Manual de Autoprotección, Plan de Autoprotección, procedimientos de actuación ante emergencias, Plan de Actuación, etc... 28

29 29 Cuando se maneja el concepto de medidas de emergencia se pueden hacer varias interpretaciones. En primer lugar nos podemos estar refiriendo a un conjunto de estrategias y de sus correspondientes procedimientos que se comunicarán a toda la plantilla. Por otra parte, el concepto de medidas de emergencia se refiere a un conjunto de instrucciones básicas que se trasladan por escrito a los ocupantes de un centro de trabajo y que orienta su actuación frente a una emergencia, generalmente enfocada a la evacuación y es con este significado como las contemplamos en este manual. La idea de Plan de Emergencia tiene un alcance mayor y se utiliza, en términos generales, para denominar a un documento que recoge todo lo referido a la valoración de los riesgos, los sistemas de control y extinción de incendios y los procedimientos de evacuación del centro de trabajo. La extensión y profundidad en el tratamiento de sus contenidos depende de muchos factores pero, sobre todo, del propósito del documento en función del tipo de centro de trabajo y de quién lo haya elaborado. Las Emergencias. Definiciones El concepto Manual de Autoprotección tiene su referencia principal en la Orden de protección civil y se utiliza el término Plan de Autoprotección como equivalente. Por otra parte, Plan de Autoprotección está definido en el RD 31/2003 como el estudio de organización de medios humanos y materiales disponibles en una actividad para la prevención del riesgo de incendio así como para garantizar la evacuación e intervención inmediata. Cuando se requiere un Plan de Actuación se suele hacer referencia a una parte del Plan de Emergencia o a un documento especialmente diseñado para describir la actuación en caso de emergencia. Como se puede ver, la terminología no está suficientemente consolidada y homologada, pero nuestra propuesta es la que se recoge a continuación: MEDIDAS DE EMERGENCIA Conjunto de instrucciones o consignas, en una formulación sencilla y clara, que se dan a los trabajadores sin función asignada en el Plan de Emergencia para orientar su actuación en caso de emergencia. GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE PLANES DE EMERGENCIA.

30 GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE PLANES DE EMERGENCIA. PLAN DE ACTUACIÓN Documento que establece las actuaciones necesarias que deben llevar a cabo los equipos de emergencia para cada una de las emergencias previstas en el Plan de Emergencia. PLAN DE EMERGENCIA Documento que, principalmente, describe el centro de trabajo, analiza los riesgos de emergencia posibles en él, describe los recursos disponibles internos y externos y define los Planes de Actuación, una secuencia de actuaciones programadas con asignación de responsables en cada caso. PLAN O MANUAL DE AUTOPROTECCIÓN Conjunto de documentos en los que, principalmente, se describen las características del centro de trabajo de forma pormenorizada, se analizan y valoran los riesgos de emergencia, se define una secuencia de actuaciones programadas con asignación de responsables y funciones, se establece un programa y un procedimiento de implantación y mantenimiento del Plan de Emergencia. PLAN DE EVACUACIÓN Documento que, principalmente, describe el centro de trabajo, la ocupación, los recursos disponibles internos y externos para actuar en caso de emergencia y determina y justifica los caminos de evacuación de los ocupantes. En el diagrama siguiente y teniendo en cuenta la recomendación anterior de hacer un Plan de Emergencia tan sencillo como sea posible, se muestra el contenido y relación entre los documentos aquí definidos. 30

31 31 6 Datos del Centro de Trabajo El centro de trabajo se define como el lugar en el que se desarrolla las tareas profesionales. Un aspecto importante del centro de trabajo es su titularidad; aquí nos referimos a la propiedad de los derechos en relación a los permisos administrativos para ejercer una actividad y no al derecho de propiedad del local. Es al titular del centro al que le corresponde tomar las debidas medidas de prevención de emergencias. Los aspectos a analizar de un centro de trabajo los vamos a considerar pormenorizadamente y de acuerdo al propósito de esta guía en los apartados siguientes. Datos del Centro de Trabajo En esos apartados se describirán los factores a considerar para luego pasar a su valoración, que en algunos casos también se avanza Emplazamiento del Centro de Trabajo El emplazamiento del centro de trabajo es un aspecto a considerar porque puede condicionar el análisis posterior. Por ejemplo, un caso puede ser que un centro de trabajo forme parte de un conjunto de otros centros. Tal es el caso de los centros comerciales. En estos casos los riesgos de las diversas empresas pueden potenciarse entre sí y los recursos de actuación se compartirán existiendo una necesidad de coordinación. GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE PLANES DE EMERGENCIA.

32 GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE PLANES DE EMERGENCIA. El emplazamiento del centro es importante en relación a las ayudas externas con las que se cuenta: distancia a parque de bomberos, hospitales, centros de urgencias, ambulancias, policía, etc... El Plan de Emergencia debe indicar claramente la situación del centro de trabajo Accesos y circulación interior Los accesos han de valorarse en dos sentidos: el de la capacidad de evacuar a los ocupantes y el de la posibilidad de acceso de los medios externos cuando se solicite apoyo. Como norma general, las características de los caminos de evacuación en el centro de trabajo y el edificio deben cumplir las siguientes características. Ningún recorrido debe ser mayor de 25 metros hasta una salida o hasta otro sector de incendios. En caso contrario los criterios deben ser valorados por un Técnico. Cuando un centro de trabajo o un sector está ocupado por menos de 50 personas, una única puerta de 80 cm es suficiente y no es necesario que abra en el sentido de la evacuación. Para las zonas bajo rasante las exigencias son mayores y deben ser valoradas por un Técnico El ancho de pasillos y escaleras debe ser de un metro como mínimo. Si no es así, se está incumpliendo la norma y se debe corregir la situación o compensarla con puertas o recorridos alternativos, estas compensaciones deben ser evaluadas por un Técnico. El término bajo rasante tiene distintas interpretaciones en la normativa de incendios, en las normas urbanísticas y en alguna norma de seguridad industrial, por lo tanto, cuando la interpretación de distintos criterios pueda ser contradictoria o más crítica, la debe hacer un Técnico. 32

33 Actividad La actividad define en una única palabra los posibles riesgos que puede haber en un lugar de trabajo, esta información es muy importante para los servicios de emergencia exterior y debe quedar claramente indicada en Plan de Emergencia. En el ANEXO 1 se presenta la definición que la normativa hace de las actividades de comercio Personal y Ocupación El factor clave de las emergencias es el personal, su disponibilidad, formación e integración en los planes de actuación diseñados. Datos del Centro de Trabajo La organización del personal se analizará más adelante, pero para asignarle a una u otra función (Jefe de Emergencia, Equipo de Primera Intervención, etc...), se deben tener en cuenta estos aspectos: Presencia en el centro de trabajo. Horarios. Titulares y sustitutos de las diferentes funciones. Características personales. La ocupación de un centro de trabajo y en cada una de sus estancias tiene dos valores. Por un lado, la ocupación teórica de cálculo a efectos de dimensionar sus salidas y por otro el valor de la ocupación real cuando se conoce. Para nuestro propósito consideraremos la ocupación máxima real sin entrar en otras consideraciones que complican el cálculo. Por otra parte, la presencia de personas con discapacidad de automoción, algún tipo de minusvalía o circunstancia personal que requiera la ayuda de otra persona en la evacuación deberá ser contemplado cuando se dimensionen los anchos de las salidas o recursos auxiliares. GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE PLANES DE EMERGENCIA.

34 GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE PLANES DE EMERGENCIA. Un ejemplo de la descripción del centro en este sentido se recoge en la tabla siguiente: ZONAS Oficina Zona de venta Trastienda Almacén general de prendas OCUPACIÓN (*) Esporádica CONDICIONES DE EVACUACIÓN (**) Adecuadas Ancho de 0,80 metros Recorrido máximo hasta el exterior de 12 metros Adecuadas Ancho de 0,80 metros Recorrido máximo hasta el exterior de 20 metros Adecuadas Ancho de 0,80 metros Recorrido máximo hasta el exterior de 22 metros Adecuadas Anchos de 0,80 metros Escalera de 1 metro Recorrido 1 máximo hasta el exterior de 28 metros a través de escalera Recorrido 2 máximo por puerta de emergencia 15 metros (*) Se refleja la ocupación máxima considerando la que puede acumularse por el paso desde otras zonas. (**) Se utilizan los criterios del apartado de accesos y circulación interior 6. 5 Características constructivas Las características constructivas son una variable a considerar porque la normativa exige una determinada estabilidad y resistencia al fuego de los elementos constructivos y se debe valorar si se cumplen con esas exigencias. Esta valoración la debe hacer un Técnico pero como orientación general se presentan algunos criterios. La estabilidad al fuego es la facultad que tiene un elemento de edificación para mantener la capacidad portante para la que ha sido instalado, durante el tiempo que se especifica, bajo la acción de un incendio. Por ejemplo EF 90 minutos 34

35 35 La resistencia al fuego es la facultad que tiene un elemento de edificación, expuesto al incendio, para mantener las condiciones de compartimentación durante el período de tiempo requerido en cada caso, tanto por clasificación Nacional como por clasificación de la Unión Europea (Euroclases), Decisión 2000/367/CE. Por ejemplo RF 120 minutos En el Anexo 2 se dan unos ejemplos de aplicación. Para ser riguroso y que un Plan de Autoprotección tenga una defensa técnica frente a una inspección o a cualquier instancia técnica de la administración, y por otra parte, para garantizar que se han considerado todos los factores presentes en el centro de trabajo, estos factores de estabilidad y resistencia al fuego hay que conocerlos y compararlos con los exigidos por la normativa Solado y revestimientos Datos del Centro de Trabajo El solado y los revestimientos de paredes es otro factor a valorar para determinar si puede representar algún factor de riesgo respecto a su reacción al fuego. Los materiales de revestimiento y solado, así como los empleados para otros propósitos de decoración deben incluir severos requisitos de resistencia a la combustión y producción de humos, en el anexo 2 se adjunta su clasificación y algunas limitaciones a su uso Materiales almacenados. Mobiliario Los materiales almacenados deben ser valorados respecto a su carga de fuego, inflamabilidad, etc... La principal valoración que se hace para los materiales es su carga de fuego que requiere de unos cálculos que debe realizar un Técnico, ya que hay que consultar GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE PLANES DE EMERGENCIA.

36 GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE PLANES DE EMERGENCIA. tablas donde se especifica el poder calorífico del material y aplicar unas fórmulas que la normativa establece. Como referencia se muestra un ejemplo de un cálculo de la carga de fuego en el Anexo Elementos exteriores La evacuación de un centro de trabajo se puede ver entorpecida por un mal diseño del espacio exterior circundante o por un descuido en su mantenimiento. Este factor deberá ser contemplado a la hora de prever caminos de evacuación seguros. En el caso de detectar elementos que interfieran en esa evacuación hay que eliminarlos o solicitar a los propietarios su eliminación Instalaciones En general, las instalaciones de un centro de trabajo deben estar en manos de especialistas a los que se contrata su mantenimiento. Para el propósito de este manual, las instalaciones que deben ser valoradas son todas aquellas que pueden representar algún riesgo de provocar una situación de emergencia, a saber: Instalación eléctrica. Instalación de gas. Instalación de aire acondicionado. En el anexo 4 se dan unas recomendaciones de diseño y mantenimiento para mantener estas instalaciones en buen estado y reducir al mínimo los riesgos. 36

37 37 7 Identificación y Evaluación del Riesgo Una vez efectuada la descripción del centro de trabajo y de la actividad, hay que proceder al análisis del riesgo a que está sometida la actividad. Como ya se explicó, las emergencias pueden ser de carácter muy diverso por eso las iremos analizando cada una de forma particular. La preguntas a las que queremos responder en este apartado son: A qué riesgo estamos expuestos? y En qué grado estamos expuestos a cada uno de ellos? La respuesta serán unas conclusiones sobre las que se basarán los recursos de los que disponer y se diseñará un plan de acción. La primera consideración es que los riesgos pueden ser ajenos a la actividad y al centro de trabajo o tener su origen en la actividad y en las condiciones del centro de trabajo. Identificación y evaluación del riesgo Los riesgos ajenos a la empresa pueden ser derivados de varios factores y los vamos a enumerar, sin pretender que sea un listado exhaustivo. La valoración de un riesgo potencial es tarea compleja y, casi siempre subjetiva o susceptible de manipulación sesgada, por eso debe hacerla un Técnico independiente suficientemente formado para ello. La gradación de las emergencias en conato, emergencia parcial y emergencia general se definió inicialmente para los incendios, pero puede ser usada para cualquier otro tipo de situación de emergencia. GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE PLANES DE EMERGENCIA.

38 GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE PLANES DE EMERGENCIA Riesgos de origen natural En este apartado podemos considerar las grandes nevadas. En el caso de la Comunidad de Madrid, esta circunstancia está vinculada a las zonas de sierra donde, en invierno, pueden ser de una magnitud importante. Las grandes nevadas y otras circunstancias climatológicas no son acontecimientos que no puedan preverse con la tecnología actual, pero su consideración es pertinente aunque sólo sea a efectos de la previsión que se tendrá cuando se alerte a la población general desde los órganos de información de protección civil. La misma consideración ofrecen las inundaciones. Sin embargo, en este caso habrá que valorar si la ubicación del centro de trabajo y sus condiciones de comunicación con el resto de la ciudad son favorables a resolver una eventualidad como esta. En esta misma categoría de emergencias, también puede ocurrir que pequeñas precipitaciones afecten a las instalaciones o al material ubicado en zonas de sótano. Si es así, es importante tenerlo en cuenta por el trastorno que supone. En general, no serán admisibles puestos de trabajo en zonas de sótano Conductas antisociales Se denominan así a los actos que pueden comprometer la seguridad del personal o de las instalaciones, tales como: vandalismo, robo, averías provocadas en las instalaciones (sabotaje), etc. La probabilidad de materialización de este riesgo, en general, es baja pues se suele dar en situaciones de conflictividad o descontento laboral protagonizado por el personal propio o ajeno que pueden preverse. No obstante, estas denominadas conductas antisociales son cambiantes y dependen de la zona donde se ubique el centro de trabajo. En el caso de robo, se deberá hacer un procedimiento de actuación, siempre con el objetivo del Plan de Autoprotección, proteger la integridad física de los trabajadores y del público. 38

39 Riesgo de incendio y explosión Cuando el riesgo es de incendio, una respuesta a su valoración la podemos encontrar, en primer lugar, en la ORDEN de por la que se aprueba la Guía de Autoprotección para el desarrollo del plan de emergencia contra incendios y de evacuación en locales y edificios tal y como se refleja en el siguiente cuadro: USO Administración y oficinas ALTO (A) III y II NIVEL DE RIESGO MEDIO (B) I BAJO (B) 0 USO DE ADMINISTRACIÓN Y OFICINAS Grupo 0: Edificios cuya altura no sea superior a 10 m y cuya superficie útil por planta no supere los 500 m 2. Grupo I: Edificios cuya altura no sea superior a 28 m y cuya superficie útil por planta no supere los m 2. Grupo II: Edificios cuya altura no sé superior a 50 m y cuya superficie útil por planta no supere los m 2. Grupo III: Edificios cuya altura sea superior a 50m. cualquiera que sea la superficie de cada planta, o cuya superficie útil por planta supere los m 2, cualquiera que sea el número de éstas. Identificación y evaluación del riesgo Una vez establecido el nivel de riesgo se pasará a considerar las medidas preventivas propuestas en esta orden y que no son objeto de análisis en este manual, se citan algunas a modo de líneas maestras, pero la identificación exhaustiva de todas las medidas preventivas debe ser realizada por un Técnico competente. Se pueden distinguir tres tipos de medidas: Las legalmente exigibles por una norma estatal, autonómica o municipal. Las que sin ser legalmente exigibles para un centro de trabajo son recomendables por la experiencia o las buenas prácticas. Aquellas dirigidas a aplicar técnicas de seguridad equivalentes a las legalmente exigibles. (Esta opción aparece en el RSCIEI). GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE PLANES DE EMERGENCIA.

40 GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE PLANES DE EMERGENCIA. El criterio más difundido en la normativa de incendios se refiere a la carga de fuego. En este sentido se establecen tres categorías principales: nivel de riesgo alto, medio y bajo de las cuáles se derivan unas exigencias normativas mayores o menores en función de esta clasificación. En el anexo 1 se dan varias definiciones que permiten ver los criterios utilizados para determinar los niveles de riesgo. Como ya se dijo y se puede comprobar por lo expuesto hasta ahora, la valoración de un riesgo es tarea compleja. A los efectos que nos interesan tomaremos los datos aquí presentes como una aproximación a esa valoración. En el Plan de Emergencia se recomienda incluir un plano en el que se identifiquen todas las zonas del centro de trabajo en las que existan riesgos específicos, p.e. Almacenamiento de combustibles Almacenamiento de sustancias tóxicas Localización de botellas de gases Cuadros eléctricos Una búsqueda pormenorizada de posibles riesgos hace que aparezcan bastante más riesgos de los que en un primer momento parecen existir. Una forma de identificar riesgos puede ser: Análisis histórico de situaciones anteriores, p.e. inundaciones, grietas en el edificio, empotramiento de vehículos, etc. Realizar un inventario de todas las sustancias tóxicas o peligrosas que se usan y pedir a los suministradores la Ficha de Datos de Seguridad. En esta ficha vienen los riesgos y como combatirlos. 40

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