Sistema Peruano de Información Jurídica

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1 Sábado, 01 de junio de 2013 CONGRESO DE LA REPUBLICA Ley que modifica la Ley 28086, Ley de Democratización del Libro y de Fomento de la Lectura EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY Nº LEY QUE MODIFICA LA LEY 28086, LEY DE DEMOCRATIZACIÓN DEL LIBRO Y DE FOMENTO DE LA LECTURA Artículo único. Modificación de la Ley 28086, Ley de Democratización del Libro y de Fomento de la Lectura Modifícase el artículo 15 de la Ley 28086, Ley de Democratización del Libro y de Fomento de la Lectura, el cual queda redactado de la siguiente manera: Artículo 15.- Creación de FONDOLIBRO 15.1 Créase en la Biblioteca Nacional del Perú el Fondo Nacional de Democratización del Libro y de Fomento de la Lectura (FONDOLIBRO), destinado a financiar los programas y acciones de promoción y difusión del libro y productos editoriales afines, así como de fomento de la lectura, propuestos por el Ministerio de Cultura El Fondo es administrado por la Biblioteca Nacional del Perú. En ningún caso pueden utilizarse los recursos del Fondo para financiar gastos de la Biblioteca Nacional del Perú La Biblioteca Nacional del Perú, a través de sus órganos de asesoramiento y apoyo, informa anualmente al Ministerio de Cultura y a la Comisión de Cultura y Patrimonio Cultural del Congreso de la República acerca de la administración, aplicación de recursos del Fondo y sus resultados. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES PRIMERA.- Toda referencia a PROMOLIBRO, en la Ley 28086, Ley de Democratización del Libro y de Fomento de la Lectura, debe entenderse referida al Ministerio de Cultura. SEGUNDA.- El Ministerio de Cultura propone, en un plazo máximo de sesenta (60) días contado a partir de la publicación de la presente Ley, las políticas y lineamientos dirigidos a la promoción del libro y al fomento de la lectura. Comuníquese al señor Presidente Constitucional de la República para su promulgación. En Lima, a los trece días del mes de mayo de dos mil trece. VÍCTOR ISLA ROJAS Presidente del Congreso de la República MARCO TULIO FALCONÍ PICARDO Primer Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA Página 1

2 POR TANTO: Sistema Peruano de Información Jurídica Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treintaiún días del mes de mayo del año dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros Resolución Legislativa que aprueba el Anexo III Acuerdo Administrativo reglamentario del Convenio de Aplicación del Convenio Iberoamericano de Seguridad Social entre la República del Perú y la República Oriental del Uruguay EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Resolución Legislativa siguiente: RESOLUCION LEGISLATIVA Nº RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE APRUEBA EL ANEXO III ACUERDO ADMINISTRATIVO REGLAMENTARIO DEL CONVENIO DE APLICACIÓN DEL CONVENIO IBEROAMERICANO DE SEGURIDAD SOCIAL ENTRE LA REPÚBLICA DEL PERÚ Y LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY Artículo único. Objeto de la Resolución Legislativa Apruébase el Anexo III Acuerdo Administrativo reglamentario del Convenio de Aplicación del Convenio Iberoamericano de Seguridad Social entre la República del Perú y la República Oriental del Uruguay, suscrito el 19 de octubre de 2004, en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay. Comuníquese al señor Presidente Constitucional de la República para su promulgación. En Lima, a los quince días del mes de mayo de dos mil trece. VÍCTOR ISLA ROJAS Presidente del Congreso de la República MARCO TULIO FALCONÍ PICARDO Primer Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA Lima, 31 de mayo de Cúmplase, regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros Fe de Erratas LEY Nº Fe de erratas de la Ley Nº 30025, publicada el día 22 de mayo de En la Quinta Disposición Complementaria Final; Página 2

3 DICE: Sistema Peruano de Información Jurídica INFRAESTRUCTURA PORTUARIA (...) 62) Terminal Portuario de San Martín. DEBE DECIR: INFRAESTRUCTURA PORTUARIA (...) 62) Terminal Portuario General San Martín. PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Autorizan viaje de funcionaria de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA a Guatemala, en comisión de servicios Lima, 31 de mayo de 2013 RESOLUCION SUPREMA Nº PCM Visto, la Carta s/n de fecha 23 de abril de 2013, remitida por el Secretario General de la Organización de los Estados Americanos; el Oficio OF.RE (DGM-DCD) Nº1-0-C/195 de la Dirección de Control de Drogas del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, el Oficio Nº DV-SG, de la Secretaría General de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA; Que, del 04 al 06 de junio de 2013, se llevará a cabo en la ciudad de La Antigua, República de Guatemala, el Cuadragésimo Tercer Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos, el cual tiene como tema central Por una política integral de lucha contra las drogas en las Américas ; Que, mediante OF.RE (DCD) Nº1-0-C/195, de la Dirección de Control de Drogas del Ministerio de Relaciones Exteriores, se cursa invitación a la Presidenta Ejecutiva de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA para participar de la Delegación Oficial quien, por razones de agenda, ha visto por conveniente delegar en la señora Karla Yalile Martínez Beltrán, Jefa del Área de Asesores, la representación de la entidad en el mencionado evento; Que, la Organización de los Estados Americanos constituye un foro de primer nivel político que, entre otras cosas, permite a los países miembros abordar la amplia agenda internacional en materia de lucha contra las drogas; siendo el tratamiento del tema de suma importancia para el Perú; Que, en tal sentido, resulta de interés nacional e institucional la participación de la señora Karla Yalile Martínez Beltrán, Jefa del Área de Asesores de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas-DEVIDA en el citado evento, por cuanto ello permitirá el intercambio de conocimientos y experiencias en materia de lucha contra las drogas, que redundarán en beneficio de la entidad y el país; Que, los gastos por concepto de pasajes y viáticos de la citada funcionaria, serán asumidos con cargo a la Fuente Financiamiento Recursos Ordinarios de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA; De conformidad con la Ley Nº29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; Ley Nº27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; las Normas Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos aprobadas mediante Decreto Supremo Nº PCM, y sus modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo Nº PCM, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora Karla Yalile Martínez Beltrán, Jefa del Área de Asesores de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, del 03 al 07 de junio de 2013, a la ciudad de La Antigua, República de Guatemala, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Página 3

4 Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios del Pliego de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, de acuerdo al siguiente detalle: Señora Karla Yalile Martínez Beltrán Pasajes (incluye TUUA) US$ Viáticos US$ (3 días de evento + 1 día de instalación a US$ por día) Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la referida funcionaria deberá presentar ante su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros Autorizan viaje de funcionario de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA a Ecuador, en comisión de servicios Lima, 31 de mayo de 2013 RESOLUCION SUPREMA Nº PCM Visto el Oficio Nº DV-SG, de la Secretaría General de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA; el Oficio OF.RE (DCD) Nº 1-0-C/150, de la Dirección de Control de Drogas del Ministerio de Relaciones Exteriores; y la Carta s/n de fecha 18 de abril de 2013, mediante la cual el Delegado del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas de España, en su calidad de Socio Líder del Consorcio COPOLAD, invita a la Presidenta Ejecutiva de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, a participar en la Tercera Conferencia Anual del Programa de Cooperación entre América Latina y la Unión Europea en Políticas sobre Drogas - COPOLAD, a desarrollarse los días 11 y 12 de junio de 2013 en la ciudad de Quito, República del Ecuador. Que, mediante OF.RE (DCD) Nº 1-0-C/150, de la Dirección de Control de Drogas del Ministerio de Relaciones Exteriores, se adjunta la Carta s/n de fecha 18 de abril de 2013, mediante la cual el Delegado del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas de España, en su calidad de Socio Líder del Consorcio COPOLAD, invita a la Presidenta Ejecutiva de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA a participar en la Tercera Conferencia Anual del COPOLAD, indicándose que el COPOLAD asumirá los costos de pasajes y estadía del Jefe de Delegación así como del representante peruano ante el Comité Técnico de Mecanismo CELAC - UE en materia de drogas, correspondiendo al Perú asumir los costos de los pasajes y la estadía del tercer miembro de la mencionada delegación; Que, la mencionada Conferencia constituye un Foro Político y Técnico, que permite a los Países Socios del Programa COPOLAD alentar el proceso de diálogo y promover la cooperación entre las autoridades latinoamericanas y europeas competentes en materia de la lucha contra las drogas; Que, en tal sentido, resulta de interés institucional la participación del representante de la Dirección de Compromiso Global de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, a la ciudad de Quito, República del Ecuador, para su participación en la Conferencia antes mencionada, a efectos de brindar el apoyo Página 4

5 técnico especializado al Jefe de Delegación y demás integrantes que asistirán al mencionado evento en representación del país; Que, los gastos por concepto de pasajes y tarifa unificada por uso de aeropuerto del citado funcionario serán asumidos con cargo a la Fuente Financiamiento Recursos Ordinarios de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA; De conformidad con la Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2013 aprobada por Ley Nº 29951; la Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos aprobada por Ley Nº 27619, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº PCM; y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado mediante Decreto Supremo Nº PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Dacio Luis Durán Cárdenas, a la ciudad de Quito, República de Ecuador, del 10 al 13 de junio de 2013, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios del Pliego de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, de acuerdo al siguiente detalle: Señor Dacio Luis Durán Cárdenas Pasajes y TUUA US$ 923,12 Viáticos US$ 600,00 (2 días de evento + 1 día de instalación a US$ x día) Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendarios siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario deberá presentar ante su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Articulo 4.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros Autorizan viaje de la Ministra de Relaciones Exteriores a Guatemala y encargan su Despacho al Ministro de Cultura Lima, 31 de mayo de 2013 RESOLUCION SUPREMA Nº PCM Que, del 4 al 6 de junio de 2013, se realizará en la ciudad de La Antigua Guatemala, República de Guatemala, el XLIII Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos (OEA); Que, la Ministra de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, señora Eda Adriana Rivas Franchini, viajará a la referida ciudad para participar en la actividad antes señalada; Página 5

6 Que, por razones de itinerario, la Ministra de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores se encontrará fuera del país del 4 al 7 de junio de 2013; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAB) Nº 523, del Despacho Ministerial, de 29 de mayo de 2013 y el Memorándum (OPR) Nº OPR0289/2013, de la Oficina de Programación y Presupuesto, de 30 de mayo de 2013, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; en concordancia con el artículo 83 del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº PCM; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley Nº y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº PCM, y su modificatoria, el Decreto Supremo Nº PCM; y el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la Ministra de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, señora Eda Adriana Rivas Franchini, del 4 al 7 de junio de 2013, a la ciudad de La Antigua Guatemala, República de Guatemala, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta : Fortalecimiento del Multilateralismo y Cuotas a Organismos Internacionales, debiendo presentar la rendición de cuentas de acuerdo a Ley, en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Pasaje Aéreo Viáticos Número Total Nombres y Apellidos Clase Económica por día de viáticos US$ US$ días US$ Eda Adriana Rivas Franchini 1, Artículo 3.- Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores al señor Luis Alberto Peirano Falconí, Ministro de Estado en el Despacho de Cultura, en tanto dure la ausencia de la titular. Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores Autorizan viaje de funcionario del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN a Ecuador, en comisión de servicios Lima, 31 de mayo de 2013 VISTO: RESOLUCION SUPREMA Nº PCM Página 6

7 El Oficio Nº OS/PRES, del Presidente del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN; Que, los días 04 y 05 de junio de 2013, se llevará a cabo la IV Reunión del Comité Andino contra la Minería Ilegal, en la ciudad de Quito, República del Ecuador; Que, el mencionado evento tiene como finalidad reunir a los representantes de los países miembros del Comité Andino contra la Minería Ilegal, a fin de consensuar los lineamientos de la Política Andina de Lucha contra la Minería Ilegal, de acuerdo a los principios de seguridad, prevención, integralidad, cooperación y gradualidad contenidas en la Decisión 774; Que, resulta de interés institucional que el ingeniero Jorge Enrique Caballero Calle, Jefe de la Unidad de Operaciones Especiales de la Gerencia de Fiscalización de Hidrocarburos Líquidos del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN, participe en representación de dicha entidad, para la ponencia y posterior análisis de la experiencia nacional en lo concerniente a las competencias de OSINERGMIN ante las diversas delegaciones internacionales; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos, serán asumidos por el presupuesto institucional del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN; y, De conformidad con la Ley Nº29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley Nº27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias; y, las Normas Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, aprobadas por el Decreto Supremo Nº PCM, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del ingeniero Jorge Enrique Caballero Calle, Jefe de la Unidad de Operaciones Especiales de la Gerencia de Fiscalización de Hidrocarburos Líquidos del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN, a la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 3 al 6 de junio de 2013, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el presente viaje por concepto de viáticos serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos (US$ x 3 días) US$ 1, Pasajes (incluye TUAA) US$ 1, Total gastos US$ 2, Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario deberá presentar ante el Titular de la entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados, de acuerdo a Ley. Artículo 4.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros Designan representante del CEPLAN ante el Comité Coordinador Permanente de la Infraestructura de Datos Espaciales del Perú - CCIDEP Página 7

8 Lima, 30 de mayo de 2013 Sistema Peruano de Información Jurídica RESOLUCION MINISTERIAL Nº PCM Que, mediante Resolución Ministerial Nº PCM, se constituye el Comité Coordinador Permanente de la Infraestructura de Datos Espaciales del Perú - CCIDEP, con el objeto de promover y coordinar el desarrollo, intercambio y el uso de datos y servicios de información espacial entre los niveles de gobierno, sector privado, organizaciones sin fines de lucro e instituciones académicas y de investigación; Que, por Resolución Ministerial Nº PCM se modifica el artículo 4 de la Resolución Ministerial Nº PCM, incorporando entre otras entidades, al Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, el que participará con un representante ante el Comité Coordinador Permanente de la Infraestructura de Datos Espaciales del Perú - CCIDEP; Que, de acuerdo a lo señalado en el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº PCM, la designación de los representantes se realizará mediante Resolución de la más alta jerarquía del sector y éstos deberán pertenecer al nivel directivo de las entidades a las que pertenezcan; Que, conforme al numeral 54.7 del artículo 54 del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº PCM, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, se encuentra adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº CEPLAN-PCD, se designó al señor Marcel Gastón Ramírez La Torre en el cargo de Director Nacional de Seguimiento y Evaluación del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN; Que, en tal sentido, resulta pertinente designar al representante del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, para que conforme el Comité Coordinador Permanente de la Infraestructura de Datos Espaciales del Perú - CCIDEP; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; el Decreto Supremo Nº PCM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; la Resolución Ministerial Nº PCM, modificado por Resolución Ministerial Nº PCM; y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº PCM, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Marcel Gastón Ramírez La Torre, como representante del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN ante el Comité Coordinador Permanente de la Infraestructura de Datos Espaciales del Perú - CCIDEP. Regístrese, comuníquese y publíquese MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA Ministro del Ambiente Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros AGRICULTURA Establecen requisitos sanitarios específicos de cumplimiento obligatorio en la importación de determinadas mercancías pecuarias de origen y procedencia Argentina y Brasil 29 de Mayo de 2013 VISTOS: RESOLUCION DIRECTORAL AG-SENASA-DSA Página 8

9 Los Informes Nº 0033 y AG-SENASA-DSA-SDCA-MBONIFAZF, ambos de fecha 27 de Mayo del presente año; Que, el artículo 12 del Decreto Legislativo Nº 1059, Ley General de Sanidad Agraria, señala que el ingreso al país, como importación, tránsito internacional o cualquier otro régimen aduanero, de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos benéficos, materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas y enfermedades, así como los medios utilizados para transportarlos, se sujetarán a las disposiciones que establezca, en el ámbito de su competencia, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria, esto es, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA; Que, asimismo, el artículo 9 de la citada ley, establece que la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria dictará las medidas fito y zoosanitarias para la prevención, el control o la erradicación de plagas y enfermedades. Dichas medidas serán de cumplimiento obligatorio por parte de los propietarios u ocupantes, bajo cualquier título, del predio o establecimiento respectivo, y de los propietarios o transportistas de los productos de que se trate; Que, de conformidad con el artículo 12 del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante el Decreto Supremo AG, los requisitos fito y zoosanitarios se publican en el Diario Oficial El Peruano; Que, el artículo 28 del Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, aprobado por el Decreto Supremo Nº AG establece que la Dirección de Sanidad Animal tiene entre sus funciones el establecer, conducir y coordinar un sistema de control y supervisión zoosanitaria tanto al comercio nacional como internacional de productos y subproductos pecuarios; Que, el Artículo 21 de la Decisión 515 de la Comunidad Andina de Naciones (CAN) prescribe que los Países Miembros que realicen importaciones desde terceros países se asegurarán que las medidas sanitarias y fitosanitarias que se exijan a tales importaciones no impliquen un nivel de protección inferior al determinado por los requisitos que se establezca en las normas comunitarias; Que, el Informe Nº AG-SENASA-DSA-SDCA-MBONIFAZF de fecha 27 de Mayo de 2013, recomienda que se publiquen los requisitos sanitarios para la importación de hidrolizados de vísceras de aves, porcinas y bovinas procedentes de Argentina; Que, el Informe Nº AG-SENASA-DSA-SDCA-MBONIFAZF de fecha 27 de Mayo de 2013, recomienda que se publiquen los requisitos sanitarios para la importación de Extracto de Carne de Bovino procedente de Brasil; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1059, el Decreto Supremo Nº AG, el Decreto Supremo Nº AG, la Decisión 515 de la Comunidad Andina de Naciones; y con el visado de la Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- Establecer los requisitos sanitarios específicos de cumplimiento obligatorio en la importación de determinadas mercancías pecuarias según país de origen y procedencia, de acuerdo a los siguientes Anexos que forman parte integrante de la presente Resolución: a) ANEXO I: Hidrolizados de vísceras de aves, porcinas y bovinas procedentes de Argentina. b) ANEXO II: Extracto de Carne de Bovino procedente de Brasil. Artículo 2.- Los anexos señalados en el artículo precedente serán publicados en el portal institucional del SENASA ( Artículo 3.- Disponer la emisión de los Permisos Sanitarios de Importación a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución. Artículo 4.- El SENASA, a través de la Dirección de Sanidad Animal, podrá adoptar las medidas sanitarias complementarias a fin de garantizar el cumplimiento de la presente norma. Página 9

10 Regístrese, comuníquese y publíquese. GLEN F. HALZE HODGSON Director General Dirección de Sanidad Animal Servicio Nacional de Sanidad Agraria Aprueban reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal de la Autoridad Nacional del Agua Lima, 30 de mayo de.2013 VISTO: RESOLUCION JEFATURAL Nº ANA El Informe Nº ANA-OPP-UP de fecha 16 de mayo de 2013, a través del cual la Oficina de Planeamiento y Presupuesto propone el reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Autoridad Nacional del Agua; y, Que, mediante Decreto Legislativo Nº 997, se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, que crea la Autoridad Nacional del Agua, como organismo público responsable de dictar las normas y establecer los procedimientos para la gestión integrada y sostenible de los recursos hídricos; Que, por Resolución Suprema Nº AG, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal de la Autoridad Nacional del Agua, que contiene los cargos definidos y aprobados de la Entidad, sobre la base de la estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº AG; Que, en atención al pedido de la Oficina de Administración formulado con Memorándum Nº ANA- OA de fecha 10 de mayo de 2013, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Autoridad Nacional del Agua reportó la necesidad de realizar un reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Entidad, conforme a lo preceptuado por el artículo 13 de los lineamientos para la elaboración y aprobación del CAP de las entidades de la Administración Pública, aprobados por Decreto Supremo Nº PCM; Que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Autoridad Nacional del Agua mediante Informe Nº ANA-OPP-UP de fecha 16 de mayo de 2013, ha propuesto el reordenamiento del CAP a efectos de considerar la modificación de un (01) cargo en la Dirección de Gestión de la Calidad de los Recursos Hídricos, lo cual implica reordenar el CAP de la Entidad, que fuera aprobado por Resolución Suprema Nº AG y reordenado por las Resoluciones Jefaturales Nº ANA, Nº ANA, Nº ANA y Nº ANA; Que, a decir del mencionado informe, el reordenamiento del CAP no generará incremento alguno en el Presupuesto de la Autoridad Nacional del Agua, por lo que conforme al artículo 13 de los lineamientos aprobados por Decreto Supremo Nº PCM, el reordenamiento de cargos que no incida en un incremento del Presupuesto Analítico de Personal (PAP), podrá aprobarse mediante Resolución del Titular de la Entidad, previo informe del órgano que tiene a su cargo las acciones de racionalización administrativa, que en el caso de la Autoridad Nacional del Agua es la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; Con los vistos de las Oficinas de Planeamiento y Presupuesto, de Administración y de Asesoría Jurídica; así como de la Secretaría General; y en uso de las facultades conferidas en el artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº AG; SE RESUELVE: Artículo 1.- Reordenamiento de cargos del CAP Aprobar el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Resolución Suprema Nº AG, y reordenado por Resoluciones Jefaturales Nº ANA, Nº ANA, Nº ANA y Nº ANA; conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Página 10

11 Artículo 2.- Difusión y Publicación 2.1 Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial El Peruano. 2.2 Encargar a la Oficina del Sistema Nacional de Información de Recursos Hídricos que publique la presente Resolución Jefatural en el Portal Institucional de la Autoridad Nacional del Agua ( y coordine su publicación en el Portal del Estado Peruano ( Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO EDUARDO JARA FACUNDO Jefe Autoridad Nacional del Agua Encargan funciones de la Unidad de Archivo y Trámite Documentario de la Oficina de Administración y de la Sub Dirección de la Unidad de Archivo y Trámite Documentario de la Autoridad Nacional del Agua Lima, 30 de mayo de 2013 VISTO: RESOLUCION JEFATURAL Nº ANA El Informe Nº ANA-OA, de la Oficina de Administración; y, Que, mediante el Informe del visto, el Director de la Oficina de Administración, solicita que se encargue, con eficacia anticipada, a partir del 09 de mayo de 2013 hasta el 02 de junio de 2013, las funciones de la Unidad de Archivo y Trámite Documentario al señor Manuel Fabián Oyarce Postigo, en adición a sus funciones como Sub Director (e) de la Unidad de Recursos Humanos; asimismo, solicita que a partir del día 03 de junio de 2013 se encargue las funciones de la Unidad de Archivo y Trámite Documentario a la profesional Giovanna Socorro García Cornejo; Que, se ha visto por conveniente, atender la solicitud del Director de la Oficina de Administración, emitiéndose el presente acto de administración; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y el Decreto Supremo Nº AG, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua. SE RESUELVE: Artículo 1.- Encargar con eficacia anticipada, a partir del día 09 de mayo hasta el día 02 de junio de 2013, las funciones de la Unidad de Archivo y Trámite Documentario de la Oficina de Administración, al señor MANUEL FABIAN OYARCE POSTIGO en adición a la encargatura de funciones otorgadas como Sub Director de la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administración de la Autoridad Nacional del Agua. Artículo 2.- Encargar a partir del día 03 de de junio de 2013, a la profesional GIOVANNA SOCORRO GARCIA CORNEJO, las funciones de la Sub Dirección de la Unidad de Archivo y Trámite Documentario de la Oficina de Administración de la Autoridad Nacional del Agua. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO EDUARDO JARA FACUNDO Jefe Autoridad Nacional del Agua Aprueban Reglamento para el Otorgamiento de Autorizaciones de Vertimiento y Reúso de Aguas Residuales Tratadas Página 11

12 Lima, 31 de mayo de 2013 VISTO: Sistema Peruano de Información Jurídica RESOLUCION JEFATURAL Nº ANA El Informe Técnico Nº ANA-DGCRH de la Dirección de Gestión de Calidad de los Recursos Hídricos; y, Que, según numeral 15.3 del artículo 15 de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, la Autoridad Nacional del Agua tiene como función dictar normas y establecer procedimientos para asegurar la gestión integral y sostenible de los recursos hídricos; Que, de acuerdo al numeral del artículo 137 y numeral del artículo 149 del Reglamento de la precitada ley, aprobado por Decreto Supremo Nº AG, la Autoridad Nacional del Agua, está facultada para dictar las disposiciones necesarias y aprobar los procedimientos para el otorgamiento de autorizaciones de vertimiento y reúso de aguas residuales tratadas, así como para los supuestos de modificaciones y prórrogas; Que, mediante Resolución Jefatural Nº ANA se aprobó el Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Autorizaciones de Vertimiento y Reúso de Aguas Residuales Tratadas, el cual contiene los requisitos específicos, plazos y trámites que deben presentar los administrados para el otorgamiento de autorizaciones de vertimiento y reuso de aguas residuales tratadas, así como el procedimiento a seguir ante la Autoridad Nacional del Agua y sus órganos desconcentrados; Que, conforme al principio de celeridad, consagrado en el numeral 1.9 del artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, quienes participan en el procedimiento deben ajustar su actuación de tal modo que se dote al trámite de la máxima dinámica posible, evitando actuaciones procesales que dificulten su desenvolvimiento o constituyan meros formalismos, a fin de alcanzar una decisión en tiempo razonable sin que ello releve a las autoridades del respeto al debido procedimiento o vulnere el ordenamiento; Que, en este contexto, mediante Decretos Supremos Nrsº 054 y PCM se han aprobado disposiciones especiales con la finalidad de reducir los plazos para la ejecución de los procedimientos que deben cumplir los proyectos de inversión públicos y privados a efectos de ejecutarlos con mayor celeridad y con menores costos, beneficiando con ello a población en general, y cuya atención resulta prioritaria; asimismo, se ha facultado a la Autoridad Nacional del Agua a adecuar sus procedimientos a dichas normas, Que, en el marco de las disposiciones que ha aprobado el Poder Ejecutivo para agilizar la ejecución de procedimientos administrativos y otras medidas para impulsar proyectos de inversión pública y privada, mediante el informe del visto se recomienda adecuar los procedimientos establecidos por el Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Autorizaciones de Vertimiento y Reúso de Aguas Residuales Tratadas, aprobado por Resolución Jefatural Nº ANA a los dispositivos legales citados en el considerando precedente, a efecto de establecer la correspondencia normativa en la tramitación de los procedimientos a cargo de esta Autoridad; Que, según el artículo 36 del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del agua, aprobado por Decreto Supremo Nº ANA, las Autoridades Administrativas del Agua otorgan en primera instancia administrativa autorizaciones de reúso de aguas residuales tratadas; Que, el artículo 2 de la Resolución Jefatural Nº ANA, dispuso que en los ámbitos donde se encuentran implementadas las Autoridades Administrativas del Agua las autorizaciones de reuso de aguas residuales tratadas se otorgan previa opinión vinculante de la Dirección de Gestión de Calidad de los Recursos Hídricos; y siendo que existen Autoridades Administrativas del Agua que han culminado satisfactoriamente con su proceso de implementación, deviene en innecesario mantener dicha disposición; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar el nuevo Reglamento para el Otorgamiento de Autorizaciones de Vertimiento y Reúso de Aguas Residuales Tratadas; y, Estando a lo opinado por la Oficina de Asesoría Jurídica, con los vistos de la Dirección de Gestión de Calidad de los Recursos Hídricos y de la Secretaría General, así como en uso de las funciones y atribuciones conferidas a Página 12

13 este Despacho por la Ley de Recursos Hídricos, Ley Nº y el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº AG. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del nuevo Reglamento para el Otorgamiento de Autorizaciones de Vertimiento y Reúsos de Aguas Residuales Tratadas Aprobar el Reglamento para el Otorgamiento de Autorizaciones de Vertimiento y Reúso de Aguas Residuales Tratadas, que consta de cuatro (04) Títulos, veintinueve (29) artículos, cinco (05) disposiciones complementarias finales, cinco (05) disposiciones complementarias transitorias y siete (07) anexos. Artículo 2.- Publicación de los Anexos del Reglamento para el Otorgamiento de Autorizaciones de Vertimiento y Reusos de Aguas Residuales Tratadas Disponer la publicación del Reglamento aprobado en el artículo precedente conjuntamente con sus siete (07) Formatos Anexos en el portal electrónico institucional de la Autoridad Nacional del Agua. Artículo 3.- Vigencia La presente Resolución Jefatural que aprueba el Reglamento para el Otorgamiento de Autorizaciones de Vertimiento y Reúso de Aguas Residuales Tratadas, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Los procedimientos de autorización de vertimiento y reúso de aguas residuales tratadas que se encuentran en trámite se adecuarán a las disposiciones del presente Reglamento, sin retrotraer etapas ni suspender plazos. Artículo 4.- Derogatoria Dejar sin efecto la Resolución Jefatural Nº ANA, así como el artículo 2 de la Resolución Jefatural Nº ANA. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO EDUARDO JARA FACUNDO Jefe Autoridad Nacional del Agua Aceptan renuncia a la encargatura de funciones en la Unidad de Planeamiento de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la ANA Lima, 31 de mayo de 2013 VISTO: RESOLUCION JEFATURAL Nº ANA La Carta s/n de fecha 31 de mayo de 2013, del señor Héctor Fernando Piscoya Vera, Sub Director (e) de la Unidad de Planeamiento de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Autoridad Nacional del Agua; y, Que, mediante Resolución Jefatural Nº ANA, se encargó al señor Héctor Fernando Piscoya Vera, las funciones de la Unidad de Planeamiento de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Autoridad Nacional; Que, el citado funcionario ha presentado su carta de renuncia al encargo conferido, habiéndose resuelto aceptar la misma, emitiéndose el presente acto de administración; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y el Decreto Supremo Nº AG, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua. SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar, a partir del día 03 de junio de 2013, la renuncia presentada por el señor HECTOR FERNANDO PISCOYA VERA, a la encargatura de funciones en la Unidad de Planeamiento de la Oficina de Página 13

14 Planeamiento y Presupuesto de la Autoridad Nacional del Agua, dando por concluida a partir de dicha fecha la Resolución Jefatural Nº ANA, otorgándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO EDUARDO JARA FACUNDO Jefe Autoridad Nacional del Agua Aceptan renuncia y encargan funciones de Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la ANA y de la Unidad de Planeamiento de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la ANA Lima, 31 de mayo de 2013 VISTO: RESOLUCION JEFATURAL Nº ANA La Carta s/n de fecha 31 de mayo de 2013, del señor Pelayo Peralta Izarra, Director (e) de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Autoridad Nacional del Agua; y, Que, mediante Resolución Jefatural Nº ANA, se encargó al señor Pelayo Peralta Izarra, las funciones de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Autoridad Nacional del Agua; Que, el citado funcionario ha presentado su carta de renuncia al encargo conferido, habiéndose resuelto aceptar la misma y encargar a un nuevo profesional tales; así como las funciones de la Unidad de Planeamiento de forma temporal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y el Decreto Supremo Nº AG, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar, a partir del día 03 de junio de 2013, la renuncia presentada por el señor PELAYO PERALTA IZARRA, a la encargatura de funciones en la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Autoridad Nacional del Agua, dando por concluida, a partir de dicha fecha la Resolución Jefatural Nº ANA, otorgándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Encargar, a partir del día 03 de junio de 2013, al señor HECTOR FERNANDO PISCOYA VERA, las funciones de Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Autoridad Nacional del Agua. Artículo 3.- En adición a las funciones encargadas en el artículo precedente, encargar temporalmente, a partir del día 03 de junio de 2013, al señor HECTOR FERNANDO PISCOYA VERA las funciones de la Unidad de Planeamiento de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Autoridad Nacional del Agua. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO EDUARDO JARA FACUNDO Jefe Autoridad Nacional del Agua AMBIENTE Autorizan viaje de representante del Ministerio a Ecuador para participar en la IV Reunión del Comité Andino contra la Minería Ilegal RESOLUCION MINISTERIAL Nº MINAM Página 14

15 Lima, 30 de mayo de 2013 Sistema Peruano de Información Jurídica Visto; el Memorando Nº GA/MINAM y la Ficha de Autorización de Viaje, ambos de 21 de mayo de 2013, de la Jefatura del Gabinete de Asesores; así como los Memoranda Nº OPP-SG/MINAM y Nº OPP-SG/MINAM de 24 y 28 de mayo de 2013, respectivamente, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Ambiente; y demás antecedentes; y, Que, mediante comunicación de 08 de mayo de 2013, el Ministerio de Relaciones Exteriores informa al Ministerio del Ambiente - MINAM, de la convocatoria realizada por el Secretario General a.i. de la Comunidad Andina para la participación en la IV Reunión del Comité Andino contra la Minería Ilegal, que se realizará los días 4 y 5 de junio de 2013, en la ciudad de Quito, República del Ecuador; Que, el 30 de julio de 2012, la Comunidad Andina de Naciones (CAN) aprobó la Decisión 774: Política Andina de Lucha Contra la Minería Ilegal, en cuya definición y negociación participó el Ministerio del Ambiente del Perú, siendo que como resultado de dicha Decisión, los países de la CAN conforman el Comité Andino contra la Minería Ilegal (CAMIL), el cual tiene entre sus objetivos, enfrentar de manera integral, cooperativa y coordinada a la minería ilegal y actividades conexas, que atentan contra la seguridad, la economía, los recursos naturales, el medio ambiente y la salud humana; así como optimizar el control y vigilancia de la importación, exportación, transporte, procesamiento, comercialización y cualquier otro tipo de transacción, a nivel andino y con terceros países, de minerales y sus productos provenientes de la minería ilegal, así como de maquinarias, equipos, insumos e hidrocarburos que puedan ser utilizados en la misma; Que, el CAMIL está integrado por los comités nacionales multisectoriales en pleno. El comité peruano es liderado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y en él participa como miembro nato el Ministerio del Ambiente, a través de su representante, el señor Ernesto Francisco Ráez Luna, quien ha sido designado mediante Oficio Nº SG/MINAM de 21 de diciembre de 2012; Que, el objetivo de la IV Reunión del Comité Andino contra la Minería Ilegal es finalizar el Plan de Trabajo del CAMIL y continuar el intercambio de información entre las naciones participantes, sobre aspectos normativos y de gestión relacionados con la lucha contra la minería ilegal en las naciones de la Comunidad Andina. Asimismo, el evento permitirá fortalecer instancias y oportunidades de cooperación con las organizaciones homólogas de las Comunidad Andina en la lucha contra la minería ilegal, especialmente en cuanto al intercambio de información y la facilitación de operaciones coordinadas para la erradicación de actividades de minería ilegal y el control de sus impactos en las zonas de frontera con Bolivia, Colombia y Ecuador; Que, el artículo 10, numeral 10.1, inciso a), de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, exceptuándose los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y financieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; los mismos que deberán autorizarse mediante resolución del titular de la entidad; Que, la participación del representante del Ministerio del Ambiente en la citada reunión internacional se encuentra enmarcada en la excepción establecida por el artículo 10, numeral 10.1, inciso a), de la Ley Nº 29812, en razón a que el viaje se efectuará para participar en la discusión regional, entre otros, sobre aspectos normativos y de gestión vinculados con la lucha contra la minería ilegal en las naciones de la Comunidad Andina; por lo que, resulta conveniente autorizar el viaje del mencionado funcionario, con cargo al presupuesto institucional; Que, con Memoranda Nº OPP-SG/MINAM y Nº OPP-SG/MINAM de 24 y 28 de mayo de 2013, respectivamente, la Directora de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto emite el Certificado de Crédito Presupuestario, sobre disponibilidad de recursos en la Genérica de Gasto Bienes y Servicios, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios del Ministerio del Ambiente; Con el visado de la Secretaria General, la Oficina General de Administración, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos; la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº MINAM; y, el Decreto Supremo Nº PCM, modificado por Decreto Supremo Nº , Reglamento de la Ley Nº Página 15

16 SE RESUELVE: Sistema Peruano de Información Jurídica Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje al exterior del señor Ernesto Francisco Ráez Luna, Asesor de la Alta Dirección del Ministerio del Ambiente, a la ciudad de Quito - República del Ecuador, del 4 al 6 de junio de 2013, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán con cargo al presupuesto del Ministerio del Ambiente, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (Tarifa económica, incluido el TUUA) US $ 2, Viáticos (US $ 370 x 3 días) US $ 1, Artículo 3.- Disponer que dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, el funcionario cuyo viaje se autoriza mediante artículo 1 de la presente resolución, deberá presentar un Informe detallado sobre el resultado del evento, así como hacer entrega de un ejemplar de los materiales de trabajo obtenidos. Artículo 4.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de Transparencia del Ministerio del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA Ministro del Ambiente COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de funcionarias al Reino Hachemita de Jordania, en comisión de servicios Lima, 21 de mayo de 2013 RESOLUCION MINISTERIAL Nº MINCETUR-DM Que, la Primera Conferencia Ministerial Potenciando el Turismo entre los Países Árabes y de América del Sur: Hacia una estrategia común, evento organizado conjuntamente por el Ministerio de Turismo y Antigüedades del Reino Hachemita de Jordania y la Organización Mundial de Turismo - OMT, se realizará en la ciudad de Petra, Reino Hachemita de Jordania, del 12 al 13 de junio de 2013; Que, durante dicha Conferencia se atenderán temas tales como la atracción de inversiones y fortalecimiento de alianzas público privadas, la mejora de la conectividad aérea, facilitación de las formalidades en los viajes y mejora de la seguridad, el desarrollo de ofertas de productos y creación de itinerarios con múltiples destinos, entre otros; Que, además se llevarán a cabo las Conferencias Magistrales Puente entre culturas, conexión entre pueblos y fuente de enriquecimiento de comunidades, Liderando el crecimiento del Turismo: las responsabilidades de los gobiernos y las respectivas reuniones de trabajo; Que, es de interés del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo que la señorita Claudia Eugenia Cornejo Mohme, Viceministra de Turismo participe como panelista en la Conferencia antes mencionada, oportunidad que le permitirá dar a conocer el plan de trabajo que se viene realizando para impulsar el desarrollo de productos en destinos priorizados a través de la promoción de las inversiones privadas en el rubro de infraestructura hotelera y turística, el posicionamiento de nuevos destinos turísticos, aumentar la competitividad de nuestros productos e incrementar de esta forma el flujo de capitales; Que, por otro lado, la indicada funcionaria sostendrá reuniones de trabajo con representantes de empresas privadas de turismo de Jordania, el día 14 de junio de 2013, a fin de abordar temas de interés vinculados al sector; Página 16

17 Que, asimismo, se considera conveniente que la señorita Jessica María Soto Huayta, Directora Nacional de Desarrollo Turístico del Viceministerio de Turismo, participe en dicho evento y en las reuniones con empresarios del sector privado jordano, exponiendo y promocionando las oportunidades de inversión turística y hoteleras identificadas en el país; Que, el MINCETUR es la entidad pública responsable de promover, orientar y regular la actividad turística y representa al Estado en los eventos nacionales e internacionales de su competencia; Que, es necesario encargar las funciones del Despacho Viceministerial de Turismo y de la Dirección Nacional de Desarrollo Turístico, en tanto dure la ausencia de sus titulares; Que, la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen para las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley Nº Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, la Ley Nº Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº PCM. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de Petra, Reino Hachemita de Jordania, del 09 al 16 de junio de 2013, de la señorita Claudia Eugenia Cornejo Mohme, Viceministra de Turismo, y de la señorita Jessica Maria Soto Huayta, Directora Nacional de Desarrollo Turístico, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, participen en la Primera Conferencia Ministerial Potenciando el Turismo entre los Países Árabes y de América del Sur: Hacia una estrategia común, a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimento de la presente Resolución estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (US$ 4 705,72 x 2 personas) : US $ 9 411,44 Viáticos (US$ 510,00 x 4 días x 2 personas) : US $ 4 080,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, las funcionarias cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1 de la presente Resolución, presentarán al Titular del Sector un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el evento al que asistirán; asimismo, deberán presentar la rendición de cuentas de acuerdo a ley. Artículo 4.- Encargar al señor Carlos Esteban Posada Ugaz, Viceministro de Comercio Exterior, las funciones del Despacho Viceministerial de Turismo, a partir del 09 de junio de 2013, y en tanto dure la ausencia de la titular. Artículo 5.- Encargar a la señorita Amora Diana María Auscaria Carbajal Schumacher, Directora Nacional de Turismo, las funciones de la Dirección Nacional de Desarrollo Turístico, a partir del 09 de junio de 2013, y en tanto dure la ausencia de la titular. Artículo 6.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo CULTURA Designan Viceministro de Interculturalidad RESOLUCION SUPREMA Nº MC Página 17

18 Lima, 31 de mayo de 2013 Sistema Peruano de Información Jurídica Que, mediante Resolución Suprema Nº MC de fecha 06 de mayo de 2013, se encargó al señor Paulo César Vilca Arpasi, quien ejercía el cargo de Director General de Interculturalidad y Derechos de los Pueblos, el puesto de Viceministro de Interculturalidad del Ministerio de Cultura, con retención de su cargo; Que, resulta pertinente dar por concluida la citada encargatura así como designar al titular del cargo de confianza de Viceministro de Interculturalidad del Ministerio de Cultura; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley Nº 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluido el encargo conferido al señor Paulo César Vilca Arpasi mediante Resolución Suprema Nº MC, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Paulo César Vilca Arpasi, en el cargo de confianza de Viceministro de Interculturalidad del Ministerio de Cultura. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS ALBERTO PEIRANO FALCONÍ Ministro de Cultura Modifican la R.M. Nº MC, mediante la cual se designó al Comité Administrador del Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas a que se refiere la Ley Nº Lima, 30 de mayo de 2013 RESOLUCION MINISTERIAL Nº MC Visto, los Memorandos Nº /DGICA-VMI/MC y Nº /DGICA-VMI/MC de la Dirección General de Inclusión de los Conocimientos Ancestrales, los Memorandos Nº /VMI/MC y Nº /VMI/MC del Viceministro de Interculturalidad, y; Que, mediante Ley Nº se estableció el régimen de protección de los conocimientos colectivos de los pueblos indígenas vinculados a los recursos biológicos; Que, el artículo 37 de la referida Ley crea el Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas con el objeto de contribuir al desarrollo integral de los pueblos indígenas a través del financiamiento de proyectos y otras actividades. Dicho Fondo goza de autonomía técnica, administrativa y financiera; Que, en el artículo 39 se indica que el Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas será administrado por cinco (5) representantes de organizaciones representativas de los pueblos indígenas y dos (2) representantes de la Comisión Nacional de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos - CONAPA, los cuales conforman el Comité Administrador; Que, la Única Disposición Transitoria de la Ley Nº 27811, establece que la designación de los miembros del Comité Administrador del Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas estará a cargo de la Comisión Nacional de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano - CONAPA, en coordinación con las organizaciones Página 18

19 representativas de los pueblos indígenas. Cabe manifestar, que lo señalado se condice con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley, donde se establece que los pueblos indígenas deberán ser representados a través de sus organizaciones representativas, respetando sus formas tradicionales de organización; Que, por Resolución Ministerial Nº MC, de fecha 02 de junio de 2011, se designó a los miembros titulares y alternos del Comité Administrador del Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas a que se refiere la Ley Nº y se dispuso que de conformidad con lo dispuesto en la Ley, los miembros que lo conforman presenten ante el Ministerio de Cultura una declaración jurada de bienes y rentas; Que, a través de los Memorandos Nº /DGIA-VMI/MC y Nº DGICA-VMI/MC de fechas 27 de marzo de 2013 y 09 de abril de 2013, respectivamente, la Dirección General de Inclusión de los Conocimientos Ancestrales comunica al Viceministro de Interculturalidad que se han venido realizando diversas reuniones con los representantes de las organizaciones indígenas para facilitarse el proceso de diálogo, en el marco de lo cual han acreditado a sus representantes ante el Comité Administrador de Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas; sin embargo, ha habido cambios en la dirigencia de las organizaciones representativas de los pueblos indígenas, como también, en los representantes del Viceministerio de Interculturalidad, razón por la cual, se hace necesario expedir una resolución donde se actualice a los representantes. De la misma manera, indica que las organizaciones que conforman el Comité Administrador han nombrado y/o ratificado a sus representantes titulares y suplentes para cumplir dicha función; Que, el Viceministro de Interculturalidad mediante Memorandos Nº /VMI/MC y Nº /VMI/MC, ratifica el pedido formulado por la Dirección General de Inclusión de los Conocimientos Ancestrales y designa a los representantes de su Viceministerio ante el referido Comité; Que, en este contexto se ha visto por conveniente actualizar lo referido a los representantes del Comité Administrador del Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27811, Ley que establece el régimen de protección de los conocimientos colectivos de los pueblos indígenas vinculados a los recursos biológicos; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo Nº MC, modificado por Decreto Supremo Nº MC, que aprueba la fusión por absorción del Instituto Nacional de Cultura con el Ministerio de Cultura; y el Decreto Supremo Nº MC que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modificar el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº MC, el cual queda redactado de la siguiente manera: Artículo 1.- Designar al Comité Administrador del Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas a que se refiere la Ley Nº 27811, el cual quedará integrado de la siguiente manera: - El señor Felipe Cortez Zeballos como miembro titular y el señor Magdiel Carrión Pintado como miembro suplente, en representación de la Confederación Nacional de Comunidades del Perú afectadas por la Minería - CONACAMI. - El señor Marcelino Bustamante López como miembro titular y el señor Antolín Huáscar Flores como miembro suplente, en representación de la Confederación Nacional Agraria - CNA. - El señor Saúl Puerta Peña como miembro titular y el señor Henderson Rengifo Hualinga como miembro suplente, en representación de la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana - AIDESEP. - El señor José Hipólito Tamani Ihuaraqui como miembro titular y el señor Nicolás Reátegui Sánchez como miembro suplente, en representación de la Confederación de Nacionalidades Amazónicas del Perú - CONAP. - La señora Yeni Maribel Ugarte Zubileta como miembro titular y el señor Everardo Orellana Villaverde como miembro suplente, en representación de la Confederación Campesina del Perú - CCP. - El Director General de la Dirección General de Inclusión de los Conocimientos Ancestrales, como miembro titular y el señor Daniel Alberto Sumalavia Casuso en calidad de miembro suplente, en representación del Viceministerio de Interculturalidad. Página 19

20 - El Director General de la Dirección General de Interculturalidad y Derecho de los Pueblos, como miembro titular y la señorita Yohannaliz Yazmín Vega Auqui en calidad de miembro suplente, en representación del Viceministerio de Interculturalidad. Artículo Segundo.- Disponer que los miembros del Comité Administrador designados en el artículo precedente, deberán dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley Nº Artículo Tercero.- Notificar la presente Resolución a los organismos que conforman el Comité Administrador. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO PEIRANO FALCONI Ministro de Cultura Designan Directora General de la Dirección General de Inclusión de los Conocimientos Ancestrales del Ministerio Lima, 30 de mayo de 2013 RESOLUCION MINISTERIAL Nº MC Que, mediante Resolución Ministerial Nº MC de fecha 16 de enero de 2012, se designó a la señora Zulema Carmen Burneo De la Rocha como Directora General de la Dirección General de Inclusión de los Conocimientos Ancestrales del Ministerio de Cultura; Que, la citada funcionaria ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando, la cual resulta pertinente aceptar y designar al titular del cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley Nº 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por la señora Zulema Carmen Burneo De la Rocha como Directora General de la Dirección General de Inclusión de los Conocimientos Ancestrales del Ministerio de Cultura, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora Patricia Balbuena Palacios en el cargo de Directora General de la Dirección General de Inclusión de los Conocimientos Ancestrales del Ministerio de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO PEIRANO FALCONI Ministro de Cultura DEFENSA Autorizan viaje de personal de la Marina de Guerra del Perú al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, en comisión de servicios Lima, 31 de mayo de 2013 RESOLUCION SUPREMA Nº DE-MGP Visto, el Oficio P del Director General del Personal de la Marina, de fecha 8 de marzo de 2013; Página 20

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