Inscripción en el Registro de aparatos a presión de nuevas instalaciones, revisiones, cambios de titularidad y cambios de emplazamiento.
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- Susana Eugenia Molina Arroyo
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1 Quién puede solicitarlo? Cuándo solicitarlo? Dónde dirigirse? Qué se debe presentar? Cómo solicitarlo? Sanciones Información complementaria Fuentes jurídicas y/o documentales Impresos asociados Enviar a un amigo Teléfono de Información 012 Última modificación: 26/01/2006 Qué se puede solicitar? NOMBRE DEL PROCEDIMENTO Inscripción en el Registro de aparatos a presión de nuevas instalaciones, revisiones, cambios de titularidad y cambios de emplazamiento. OBJETO DEL PROCEDIMENTO Dar de alta en el Registro los aparatos a presión, sus revisiones y cambios de titularidad o emplazamiento. Quién puede solicitarlo? SOLICITANTES El titular de la instalación o el fabricante, según los supuestos, y sus representantes legales. Tasas - Aparatos a presión (PxV mayor de 50): Instalaciones. Cada una - 33,12 - Puesta en funcionamiento de aparatos a presión (PxV menor de 50): - 40,55 Inscripción registros especiales - 33,79 - Puesta en funcionamiento de aparatos de aire comprimido (PxV menor de 50) - 33,79 - Primera prueba taller fabricante: - 40,55 (1 de 6)09/01/ :36:19
2 Pruebas presión extintor: uno - 0,56 Serie de más de uno: cada elemento - 0,22 Placas recipientes presión (6x9) - 1,87 - Tuberías: - 40,55 - Cambios de titularidad - 27,25 - Instalaciones cada una 33,12 NOTA: El enlace al modelo sólo es válido para los procedimientos que NO requieren proyecto de instalación. Enlace al Modelo Cuándo solicitarlo? Durante todo el año Dónde dirigirse? - En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan o ante cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las Comunidades Autónomas, o a la de alguna de las entidades que forman la Administración Local si, en este último caso, se hubiera suscrito el oportuno convenio, así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. - También en cualquier oficina de Correos. En este caso se deberá presentar en sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia. - Y, preferentemente, en: REGISTRO DEL SERVICIO TERRITORIAL DE INDUSTRIA Y SEGURIDAD INDUSTRIAL - ALICANTE C/ CHURRUCA, ALACANT/ALICANTE Teléfono: 012 REGISTRO DEL SERVICIO TERRITORIAL DE INDUSTRIA Y SEGURIDAD INDUSTRIAL - CASTELLÓN C/ CABALLEROS, CASTELLÓ DE LA PLANA/CASTELLÓN DE LA PLANA Teléfono: 012 REGISTRO DEL SERVICIO TERRITORIAL DE INDUSTRIA Y SEGURIDAD INDUSTRIAL - VALENCIA C/ GREGORIO GEA, 27 (PROP 1) VALENCIA Teléfono: 012 Qué se debe presentar? INSCRIPCION EN EL REGISTRO SOLICITADA POR EL USUARIO - Proyecto de la instalación, en su - Certificado del fabricante o nuevo certificado de conformidad CE: Certificado de las temperaturas máximas de masa y de película de fluido (para generadores de aceite térmico). Certificado cuando la presión máxima de servicio no supera el 90% de la presión de diseño. - Certificado de pruebas en el lugar de emplazamiento (1), cuando corresponda, realizado por: La empresa instaladora. El Organismo de Control Autorizado. (2 de 6)09/01/ :36:19
3 El departamento de control autorizado de la propia empresa. (1)(Este documento deberá incluir las tuberías y las válvulas, cuando proceda) - Certificado de dirección técnica de la instalación, en su - Copia de la primera prueba en taller del fabricante, en su - Copia de los carnés acreditativos de los operadores de caldera (para PxV mayor de 50). - Certificado CERSIMAD de inspección de la instalación, expedido por organismo de control autorizado (OCA). Este impreso será de aplicación, para aparatos a presión, en instalaciones de PxV mayor de 50 y en los incluidos en la MIE-AP 1 y 10-calderas y depósitos criogénicos-. INSCRIPCIÓN SI EL APARATO ES DE AIRE COMPRIMIDO - Proyecto de la instalación, en su - Certificado de dirección técnica de la instalación, en su - Declaración de conformidad CE o certificado de verificación, según Directiva 87/404/CE, cuando PxV sea menor o igual a 3; certificado de verificación CE, según Directiva 87/404/ CE, cuando PxV sea mayor de 3 y menor o igual a 10; certificación de conformidad CE, según Directiva 97/23/ CE, cuando PxV sea mayor de Certificado de empresa instaladora, sólo cuando la instalación de aire comprimido lleve instalación de tuberías. REDES DE TUBERÍAS - Proyecto de la instalación, en su - Certificado de pruebas en el lugar de emplazamiento (1), cuando proceda, realizado por: La empresa instaladora. El Organismo de Control Autorizado. El departamento de control autorizado de la propia empresa. (1)(Este documento deberá incluir las tuberías y las válvulas, cuando proceda) - Certificado de dirección técnica de la instalación, en su GRAN REPARACIÓN, SOLAMENTE PARA LA ITC MIE-AP6 (REFINERÍAS DE PETRÓLEO Y PLANTAS PETROQUÍMICAS) - Expediente del reparador. REVISIONES PERIÓDICAS - Documentación identificativa del titular y, en su caso, de su representante legal - Acta de revisiones periódicas. - Documento AUTNOT para presentar y recibir notificaciones en nombre del titular, en su CAMBIO DE TITULARIDAD - Documentación identificativa del titular y, en su caso, de su representante legal - Acta de la última prueba realizada, en su CAMBIO DE EMPLAZAMIENTO - Proyecto de la instalación, en su - Certificado de pruebas en el lugar de emplazamiento (1), cuando proceda, realizado por: La empresa instaladora. El Organismo de Control Autorizado. El departamento de control autorizado de la propia empresa. (1)(Este documento deberá incluir las tuberías y las válvulas, cuando proceda) - Para aparatos usados con cambio de emplazamiento, certificado del fabricante o de un (3 de 6)09/01/ :36:19
4 organismo de control autorizado (OCA), acreditativo de que el aparato se encuentra en perfectas condiciones para el servicio a que se destina, que ha pasado favorablemente las pruebas hidrostáticas y que cumple con los requisitos de seguridad exigidos por la reglamentación vigente al respecto. - Certificado de dirección técnica de la instalación, en su - Certificado CERSIMAD de inspección de la instalación, expedido por organismo de control autorizado (OCA). Este impreso será de aplicación, para aparatos a presión, en instalaciones de PxV mayor de 50 y en los incluidos en la MIE-AP 1 y 10-calderas y depósitos criogénicos-. Cómo solicitarlo? TRÁMITES INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE LOS APARATOS INCLUIDOS EN EL DECRETO 59/1999 Aparatos a presión cuyas características sean: P x V menor de 50 y los no incluidos en la MIE-AP 1 y 10- calderas y depósitos criogénicos. Aparatos de aire comprimido con P x V menor o igual a 10 y P menor o igual a Presentación de la solicitud y documentación, y pago de tasas. - Si la documentación es correcta, se inscribirá en el Registro de Aparatos a Presión, notificándoselo al titular por correo. - Inspección, si procede. - Si la documentación no es correcta, se dará a la persona interesada un requerimiento en mano con la documentación que ha de cumplimentar. Una vez el interesado aporta la documentación, se procederá según se ha descrito anteriormente, con la salvedad de que en este caso se deberá remitir la documentación necesaria para la puesta en servicio y el número de inscripción por correo, si ha sido ésta la forma de presentación, o si se puede se entregará en mano. Caso de no aportarse la documentación requerida, transcurrido el plazo correspondiente se archivará el expediente mediante resolución de archivo. INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE LOS APARATOS NO INCLUIDOS EN EL DECRETO 59/1999 Aparatos a presión con P x V mayor de 50 y los incluidos en la MIE-AP 1 y 10- calderas y depósitos criogénicos. - Presentación de la solicitud y documentación, y pago de tasas. - Si la documentación es correcta, se notificará al interesado la inscripción en el registro en el plazo de diez días hábiles a contar desde la presentación de la misma. - Inspección, si procede. Si tras la visita de inspección se encuentra alguna deficiencia se generará el documento de subsanación de defectos. Además, si se estima conveniente, se emitirá el documento de corte que tendrá unas consecuencias en función de la gravedad de las faltas. - Si la documentación no es correcta, se emitirá un requerimiento con la documentación a cumplimentar y se enviará por correo. Caso de no aportarse la documentación, transcurrido el plazo correspondiente se archivará el expediente mediante resolución de archivo. APARATOS A PRESIÓN: REFINERÍAS DE PETRÓLEO Y PLANTAS PETROQUÍMICAS. TUBERÍAS - Presentación de la solicitud y documentación requerida, en su caso, y pago de tasas. - Estudio y revisión por la unidad competente. CAMBIO DE TITULARIDAD - Presentación de la solicitud o comunicación, junto con el resto de la documentación requerida, en su caso, y pago de tasas. - Si la documentación es correcta, se procede a la inscripción de la modificación en el Registro de Aparatos a presión, que se notifica al titular. - Si la documentación no es correcta, se concederá un plazo de diez días a la persona interesada para subsanar las deficiencias. Caso de no producirse la subsanación, se enviará la resolución de archivo y se archivará el expediente. CAMBIO DE EMPLAZAMIENTO - Presentación de la solicitud y documentación, y pago de tasas. - Si la documentación es correcta, se notificará al interesado la inscripción en el registro en el plazo de diez días hábiles a contar desde la presentación de la misma. - Inspección, si procede. Si tras la visita de inspección se encuentra alguna deficiencia se generará el documento de subsanación de defectos. Además, si se estima conveniente, se emitirá el documento de corte que tendrá unas consecuencias en función de la gravedad de las faltas. (4 de 6)09/01/ :36:19
5 - Si la documentación no es correcta, se emitirá un requerimiento con la documentación a cumplimentar y se enviará por correo. Caso de no aportarse la documentación, transcurrido el plazo correspondiente se archivará el expediente mediante resolución de archivo. RECURSOS QUE PROCEDEN CONTRA LA RESOLUCIÓN Recurso de alzada ante la Dirección General de Seguridad Industrial y Consumo, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la notificación, si el acto fuera expreso, o en el plazo de tres meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo. Sanciones Las que establece la Ley de Industria y los reglamentos correspondientes. Información complementaria El Decreto 59/1999, de 27 de abril, establece un nuevo procedimiento para la puesta en servicio de las instalaciones de aparatos a presión cuyas características sean: - aparatos a presión con P x V menor de 50 y los no incluidos en la MIE-AP 1 y 10- calderas y depósitos criogénicos. - aparatos a presión de aire comprimido con P x V menor o igual a 10 y P menor o igual a 30. El resto de los supuestos de este procedimiento no se incluyen en lo previsto en el Decreto 59/1999: - Puesta en funcionamiento de los aparatos a presión con P x V mayor de 50 y los incluidos en la MIE-AP 1 y 10- calderas y depósitos criogénicos. - Aparatos a presión: refinerías de petróleo y plantas petroquímicas; tuberías. - Cambio de titularidad o emplazamiento. Fuentes jurídicas y/o documentales - Real Decreto 1244/1979, de 4 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de aparatos a presión (BOE nº 128, de 29/5/79). Este Real Decreto se ha desarrollado en ITC (instrucciones técnicas complementarias) apoyadas por distintas ordenes ministeriales, por cada tipo de aparato. - Decreto 59/1999, de 27 de abril, del Gobierno Valenciano, por el que se establece el procedimiento para la puesta en funcionamiento de industrias e instalaciones industriales (DOGV nº 3486, de 3/5/99). - Corrección de errores del Decreto 59/1999, de 27 de abril, del Gobierno Valenciano, por el que se establece el procedimiento para la puesta en funcionamiento de industrias e instalaciones industriales (DOGV nº 3532, de 6/7/99). - Orden de 30 de junio de 1999, de la Conselleria de Empleo, Industria y Comercio, por la que se dictan normas para la aplicación del Decreto 59/1999, de 27 de abril, del Gobierno Valenciano, por el que se establece el procedimiento para la puesta en funcionamiento de industrias e instalaciones industriales (DOGV nº 3547, de 27/7/99). - Corrección de errores de la Orden de 30 de junio de 1999, de la Conselleria de Empleo, Industria y Comercio, por la que se dictan normas para la aplicación del Decreto 59/1999, de 27 de abril, del Gobierno Valenciano, por el que se establece el procedimiento para la puesta en funcionamiento de industrias e instalaciones industriales (DOGV nº 3584, de 16/9/99). - Orden de 12 de febrero de 2001, de la Conselleria de Industria y Comercio, por la que se modifica la de 13 de marzo de 2000, sobre contenido mínimo en proyectos de industrias e instalaciones industriales (DOGV nº 3976, de 09/04/01). - Decreto 254/2003, de 19 de diciembre, del Consell de la Generalitat, por el que se aprueban medidas de simplificación administrativa para la puesta en servicio de determinadas instalaciones industriales liberalizadas, con la colaboración de los organismos de control autorizados, en el ámbito de la Comunidad Valenciana (DOGV nº 4657, de 24/12/03). - Resolución de 15 de marzo de 2004, de la Dirección General de Industria e Investigación Aplicada, por la que se modifican los anexos de las Ordenes de 17 de julio de 1989 de la Conselleria de Industria, Comercio y Turismo, y de 12 de febrero de 2001 de la Conselleria de Industria y Comercio, sobre contenido mínimo de los proyectos de industrias e instalaciones industriales (DOGV nº 4720, de 26/03/04). (5 de 6)09/01/ :36:19
6 - Resolución de 12 de julio de 2005, de la Dirección General de Seguridad Industrial y Consumo por la que se modifican los anexos de las Ordenes de 17 de julio de 1989 de la Conselleria de Industria, Comercio y Turismo, y de 12 de febrero de 2001 de la Conselleria de Industria y Comercio, sobre contenido mínimo de los proyectos de industrias e instalaciones industriales (DOGV nº 5068, de 10/08/05). Ver Decreto 59/1999, de 27 de abril Ver Orden de 30 de junio de 1999 Ver Orden de 12 de febrero de 2001 La Generalitat Valenciana desea que esta información le sea de utilidad La presente información tiene exclusivamente carácter ilustrativo, por lo que no originará derechos ni expectativas, ni vinculará con el procedimiento a que se refiere, cuya tramitación se sujetará siempre a las instrucciones específicas (6 de 6)09/01/ :36:19
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