CONDICIONES GENERALES Ref: Cs 2015 CRYSTAL STUDIES

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1 CONDICIONES GENERALES Ref: Cs 2015 CRYSTAL STUDIES

2 Para cualquier información sobre su póliza, estamos a su disposición de lunes a viernes de 8.30 h a h - Hora de París. Tel.: +33 (0) Fax: +33 (0) Correo: info.expat@april-international.com SUMARIO 1. SERVICIOS ASOCIADOS A SU PÓLIZA...P SERVICIO DE PAGO DIRECTO DE GASTOS DE HOSPITALIZACIÓN SUPERIOR A 24 H...P SERVICIO DE AYUDA A LA REPATRIACIÓN...P SERVICIO DE PAGO CONCERTADO EN ESTADOS UNIDOS...P SERVICIO DE CONSULTA A DOMICILIO EN NORTEAMÉRICA (ESTADOS UNIDOS, MÉXICO)...P SERVICIO DE PAGO CONCERTADO EN FRANCIA...P SERVICIO DE ASISTENCIA JURÍDICA...P SERVICIOS EN LÍNEA...P DÓNDE HAY QUE ENVIAR LA SOLICITUD DE REEMBOLSO, LA SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PREVIA O EL CERTIFICADO MÉDICO CONFIDENCIAL?...P.5 2. DEFINICIONES...P.5 3. GARANTÍAS Y TERRITORIALIDAD DE SU PÓLIZA...P QUÉ GARANTÍAS CUBRE SU PÓLIZA?...p DÓNDE ESTÁ USTED CUBIERTO?...p.7 4. QUIÉNES PUEDEN SER BENEFICIARIOS DE LA PÓLIZA?...P.7 5. FECHA DE EFECTO, DURACIÓN Y RENUNCIA A LA PÓLIZA...P CUÁNDO ENTRA EN VIGOR SU PÓLIZA?...p DURACIÓN DE LA COBERTURA Y RENOVACIÓN DE SU PÓLIZA...p CESE DE LAS GARANTÍAS DE SU PÓLIZA...p CÓMO SE RENUNCIA A SU PÓLIZA?...p QUÉ HACER SI SU ESTANCIA SE CANCELA O SE MODIFICA?...p.8 6. PRIMAS...P CÓMO SE DETERMINA EL IMPORTE DE SU PRIMA?...p FORMAS DE PAGO...p QUÉ SUCEDE EN CASO DE IMPAGO DE LA PRIMA?...p.9 7. QUÉ INFORMACIÓN DEBE PONER EN NUESTRO CONOCIMIENTO?...P.9 8. QUÉ CUBRE SU PÓLIZA Y CÓMO ACOGERSE A LAS COBERTURAS?...P GASTOS SANITARIOS...p AYUDA A LA REPATRIACIÓN...p ASISTENCIA JURÍDICA...p RESPONSABILIDAD CIVIL PRIVADA, POR PRÁCTICAS Y LOCATIVA...p INDIVIDUAL ACCIDENTE...p APLAZAMIENTO DE SALIDA...p SEGURO DE EQUIPAJES...p QUÉ SE EXCLUYE DE SU PÓLIZA?...P DISPOSICIONES GENERALES...P CUÁLES SON LAS ENTIDADES ASEGURADORAS?...p MARCO JURÍDICO...p PRESCRIPCIÓN...p SUBROGACIÓN...p CONTROL...p CONCILIACIÓN /RECLAMACIONES...p LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS...p.24 Observación: La versión original del documento está en francés. En caso de conflicto, únicamente la versión francesa será tomada en cuenta. 2

3 1. SERVICIOS ASOCIADOS A SU PÓLIZA 1.1. SERVICIO DE PAGO DIRECTO DE GASTOS DE HOSPITALIZACIÓN SUPERIOR A 24 H: Este servicio le evita tener que pagar de su bolsillo los gastos de Hospitalización. Así pues, basta con que lo solicite para que nos pongamos en contacto con el centro en que se halle ingresado, y acto seguido nos encargaremos de pagar la factura correspondiente a su estancia en el hospital. Le informamos de que es imprescindible que nos contacte previamente a toda Hospitalización. En caso de omisión de dicho trámite, se aplicará una Franquicia del 20 % a su reembolso. Para cerciorarse de que su estancia da derecho a reembolso, le rogamos que solicite a su facultativo que rellene el formulario denominado «Certificado médico confidencial», donde constará el motivo de la Hospitalización y que deberá remitirse a nuestro Médico Asesor. Para mayores detalles, remítase al apartado Para obtener el Pago directo de sus gastos de hospitalización superior a 24 h, proceda como sigue: en EE.UU. y Canadá, marque el (+1) (número gratuito); en los países de América Latina, marque el (+1) (de cobro revertido); en los países de la zona Asia-Pacífico, marque el +66 (0) ; en los países de Oriente Medio, África y Europa, marque el + 33 (0) Dichos números aparecen también en su tarjeta de asegurado, entregada al formalizar su adhesión: EMERGENCY + Crystal Studies Mr MARINI Christophe N de contrat / Policy number: Date de couverture / Period of cover: 01/10/201-31/05/201 The above person benefits from the direct payment of hospital fees. Kindly facilitate hospital admission calling one of the numbers noted on the other side of this card. Information Tel: +33 (0) international *only if cover selected CONTACT NUMBERS 24/7 In case of inpatient hospitalisation* -From USA & Canada (toll free): (+1) From another American country (collect calls accepted): (+1) From the Asia-Pacific region: From all other countries: For direct payment in the USA* - For benefit verification and/or for pre-authorization, please call (toll free): (+1) Billing address: OMHC -777 Brickell Ave Suite Miami, FL 33131, USA For any medical advice* For repatriation assistance* (collect calls accepted) For legal assistance* For counselling* SERVICIO DE AYUDA A LA REPATRIACIÓN: Para acogerse a estas garantías asistenciales: Es imprescindible obtener la autorización previa de APRIL International Assistance (véase apartado 8.2). Para ello, póngase en contacto con APRIL International Assistance: telefónicamente, en Francia, marcando el +33 (0) (cobro revertido); por fax, en el +33 (0) SERVICIO DE PAGO CONCERTADO EN ESTADOS UNIDOS: SERVICIO DE PAGO CONCERTADO EN LA RED AETNA Disfrutará del abono directo de sus gastos sanitarios cuando la atención sanitaria correspondiente se practique y facture en Estados Unidos. El abono se efectuará dentro del límite de cobertura de las garantías ofrecidas por esta póliza. La tarjeta de pago concertado puede usarse para los siguientes servicios, prestados por los profesionales de la salud pertenecientes a la red AETNA: - consultas con médicos generalistas y especialistas; - análisis; - radiografías; - atención y exámenes médicos. Para más información acerca de este servicio y en particular para conocer los profesionales de la salud asociados cercanos a su domicilio, puede Usted: - llamarnos al número (+1) ; - visitar el sitio Si la atención sanitaria que reciba no está íntegramente cubierta o no da lugar a reembolso en virtud de su póliza, la factura correspondiente a tal diferencia se la adeudará Usted al profesional de la salud. Se le podrán solicitar los datos de su tarjeta bancaria a modo de garantía. 3

4 SERVICIO DE PAGO CONCERTADO FARMACÉUTICO Para disfrutar de este servicio en Estados Unidos, es imprescindible que presente la tarjeta en cualquiera de las farmacias de la red Caremark. Si ha seleccionado Usted los Estados Unidos como País de destino, recibirá Usted por correo la tarjeta de pago concertado farmacéutico una vez formalizada su adhesión. Presentando su tarjeta de pago concertado farmacéutico en cualquiera de las farmacias de la red Caremark en Estados Unidos podrá acogerse al pago directo de los gastos cubiertos por su póliza. No tendrá que adelantar dinero, Nosotros pagaremos directamente a la farmacia. La lista de farmacias asociadas está disponible en el sitio web Este servicio no se halla disponible para los Asegurados aceptados con condiciones particulares (con una exclusión médica por ejemplo) SERVICIO DE CONSULTA A DOMICILIO EN NORTEAMÉRICA (ESTADOS UNIDOS, MÉXICO): Para utilizar el servicio de consulta a domicilio en Norteamérica, proceda como sigue: en Estados Unidos, marque el +(1) ; en México, marque el +(1) El servicio de consulta a domicilio está disponible en las siguientes localidades (a 01/09/2014): En Estados Unidos: Anaheim, Atlanta, Baltimore, Beverly Hills, Bonita Springs, Boston, Breckenridge, Burbank, Chicago, Copper Mountain, Dallas, Fort Myers, Ft. Lauderdale, Hollywood, Houston, Keystone, Las Vegas, Los Angeles, Manhattan, Miami, Naples, Orlando, Philadelphia, Phoenix, San Diego, San Francisco, Scottsdale, Vail, Washington DC; En México: Acapulco, Cabo San Lucas, Cancún, Mazatlán, México D.F. (excepción de colonias de alto índice delictivo), Puebla, Puerto Vallarta-Nuevo Vallarta y Tijuana. En caso de urgencia nocturna o en fin de semana, cuando su médico no se halle disponible, le ofrecemos un servicio de consulta a domicilio. Para no tener que esperar horas y horas en urgencias, le pondremos en contacto con un médico que efectuará un primer diagnóstico por teléfono antes de derivarle hacia la solución más adecuada (consulta a domicilio, acudir a urgencias, etc.). Gracias a este servicio, no tendrá que pagar los gastos de consulta a domicilio previstos en su póliza. La factura nos la remitirán directamente a Nosotros SERVICIO DE PAGO CONCERTADO EN FRANCIA: Este servicio está reservado a Asegurados cuya estancia en Francia sea de 6 meses o superior, con cobertura desde el primer euro. Se le hará entrega de la llamada tarjeta de «pago concertado» al formalizar su adhesión. Esta tarjeta sirve para cargar en ella de forma directa sus gastos sanitarios cuando los actos correspondientes se lleven a cabo y se facturen en Francia. El abono de dichos gastos se efectúa con arreglo al límite de cobertura de las garantías recogidas en la presente póliza. La tarjeta de pago concertado puede usarse para los siguientes gastos: sus consultas con médicos generalistas; sus análisis; sus radiografías; sus gastos farmacéuticos. Este servicio no se halla disponible para los Asegurados aceptados con condiciones particulares (con una exclusión médica por ejemplo) SERVICIO DE ASISTENCIA JURÍDICA: Para disfrutar del servicio de asistencia jurídica (véase apartado 8.3), contáctenos: por teléfono: +33 (0) ; por correo electrónico: expat@soluciapj.fr SERVICIOS EN LÍNEA: En el sitio tendrá acceso a su Espacio personal, protegido por un código de acceso y una contraseña que recibirá por correo electrónico tras su adhesión. Si es Usted el Asegurado, podrá consultar: su historial de reembolsos, las garantías y las presentes Condiciones generales; sus datos personales y bancarios. 4

5 Podrá descargar los formularios que hay que rellenar para solicitar los reembolsos (véase apartado 8.1): Formulario de Certificado médico confidencial (que deberá rellenar su médico antes de toda Hospitalización); Formulario de Solicitud de autorización previa (que deberá rellenar su médico en caso de prescribirse actos por sesiones de enfermería y fisioterapia); Formulario de Solicitud de reembolso (que deberá adjuntar a sus facturas y recetas médicas). Si es Usted Adherente, podrá: consultar sus datos personales y los datos de su asesor de seguros; consultar sus Primas y su forma de pago; abonar sus pagos en línea mediante tarjeta bancaria DÓNDE HAY QUE ENVIAR SU SOLICITUD DE REEMBOLSO, SU SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PREVIA O SU CERTIFICADO MÉDICO CONFIDENCIAL? Para remitir una solicitud de reembolso: Rellene el formulario de Solicitud de reembolso y adjunte los originales de sus facturas y recetas médicas (véase apartado 8.1.4) y remita dicha documentación a: APRIL International Expat Service Remboursements - 110, avenue de la République - CS París Cedex 11 - FRANCIA Nos reservamos la posibilidad de pedirle cualquier justificante que nos parezca necesario para asegurarse de que sus tratamientos estén cubiertos por la presente póliza. Para remitir una Solicitud de autorización previa o un Certificado médico confidencial: Algunos actos médicos están sujetos a la Autorización previa de nuestro Médico Asesor. Por ello, antes de proceder a dichos actos, Usted deberá remitirnos el presupuesto detallado y un formulario llamado «Solicitud de autorización previa», rellenado por el médico que prescribe dichos actos a la dirección indicada más arriba o por correo electrónico a claims.expat@april-international.com (véase apartado 8.1.3). En caso de Hospitalización, le rogamos solicite a su médico que rellene el formulario denominado «Certificado médico confidencial» (véase apartado 8.1.2). 2. DEFINICIONES Cada uno de los términos que aparecen a continuación tendrá el siguiente significado siempre que aparezca en cursiva y con mayúscula inicial: A B C ACCIDENTE: toda lesión corporal no intencionada por parte de la persona víctima del mismo y procedente de la acción repentina de una causa externa. Con arreglo al artículo L.1315 del Código Civil francés, le corresponde a Usted presentar la prueba del Accidente y de la relación directa de causa-efecto entre éste y los gastos incurridos. ACCIDENTE CARACTERIZADO: Accidente comprobado por una autoridad competente presente en el lugar del suceso (fuerzas policiales, bomberos, personal de transporte sanitario urgente) que emita un certificado haciendo constar las circunstancias, el tipo de lesión, así como la fecha del Accidente. ADHERENTE: persona física o jurídica que se acoge los presentes convenios de grupo suscritos por la Association des Assurés d'april International y que paga las Primas. ALLEGADO: toda persona física que Usted o alguno de sus derechohabientes designe y esté domiciliada en su País de nacionalidad. AÑO DE SEGURO: período de doce meses consecutivos que empieza en la Fecha de efecto de la póliza. ASEGURADO (USTED): persona física a la que se concede el seguro y en cuyo favor se otorgan las garantías de la presente póliza. AUTORIDAD MÉDICA: toda persona con titulación vigente en medicina o cirugía en el país en que Usted se encuentre. AUTORIZACIÓN PREVIA: algunos actos médicos están sometidos a la conformidad previa de nuestro Médico Asesor. Por ello, antes de proceder a dichos actos, el facultativo que los prescriba deberá rellenar un formulario de «Solicitud de autorización previa». En caso de Hospitalización, le rogamos solicite a su médico que rellene el formulario denominado «Certificado médico confidencial». BENEFICIARIO: persona que recibe la Indemnización o el capital abonado por la entidad aseguradora. CERTIFICADO DE ADHESIÓN: documento que Nosotros le remitimos al Adherente, con valor de certificado de seguro, que corrobora la adhesión por su parte de la póliza Crystal Studies y hace constar principalmente el Asegurado, la Fecha de efecto, la opción y la modalidad seleccionadas. El Certificado de adhesión corresponde a las condiciones particulares de la póliza. CERTIFICADO MÉDICO CONFIDENCIAL: cuestionario médico que es obligatorio devolvernos rellenado por su facultativo antes de toda Hospitalización (o lo antes posible en caso de Accidente o de urgencia) a efectos de recabar nuestra Autorización previa. Se aplicará una Franquicia del 20 % a su reembolso en caso de omitirse dicho trámite. CONSOLIDACIÓN: estabilización del estado de salud de una persona víctima de un Accidente o que sufra una Enfermedad. COSTES RAZONABLES Y HABITUALES: los costes de los gastos sanitarios se consideran razonables y habituales cuando no superan las tarifas que suelen aplicarse a un servicio o tratamiento idéntico en la localidad en que sean prestados. Nuestras bases de datos, que incorporan constantemente tarifas de referencia desde hace más de 20 años, se actualizan anualmente. 5

6 D E F G H I L N O P R S T DAÑOS CORPORALES: daños a la integridad física de las personas. DAÑOS INMATERIALES: todo daño que no sea corporal y material y que sea consecuencia directa e inmediata de Daños corporales o materiales asegurados. DAÑOS MATERIALES: daños a la estructura o a la sustancia de la cosa y resultantes de un suceso cubierto por garantía. ENFERMEDAD: toda alteración de la salud comprobada por una Autoridad médica competente y de carácter repentino e imprevisible. EQUIPAJES: bolsas de viaje, maletas, efectos u objetos personales del Asegurado que éstas contengan, así como todo otro objeto facturado por un transportista. EQUIPO MÉDICO: estructura adecuada para cada caso concreto y definida por el médico regulador de APRIL International Assistance. ESTUDIANTE ASIMILADO: aprendiz, joven au pair, estudiante remunerado dentro del ámbito de sus estudios. En todo caso, la remuneración que perciba el estudiante no podrá superar el equivalente a mensuales. EXCLUSIONES: aquello que no está cubierto por la póliza de seguro. Todas las pólizas conllevan exclusiones de garantías. EXTRANJERO: todo país cubierto por la presente póliza, salvo su País de nacionalidad. FAMILIAR: padre, madre, hermana, hermano, hijo o tutor legal domiciliados en su País de nacionalidad. FECHA DE EFECTO: fecha de entrada en vigor de la póliza. Dicha fecha consta en el Certificado de adhesión. FRANQUICIA: importe que tiene que sufragar Usted en el pago de un Siniestro. FUERZA MAYOR: todo suceso imprevisible, irresistible y ajeno a su voluntad, declarado por las autoridades públicas del Estado donde Usted pase su estancia. GASTOS REALES: todos los gastos sanitarios que se le facturen. HOSPITALIZACIÓN: estancia (médica o quirúrgica) en un centro hospitalario (público o privado) consecutivamente a un Accidente o una Enfermedad, con atribución de cama. INDEMNIZACIÓN: suma abonada para reparar el perjuicio que Usted haya sufrido. INDEMNIZACIÓN DIARIA: parte del precio por día de Hospitalización en Francia que no asume la Seguridad social francesa. INDIVIDUAL ACCIDENTE: garantía que prevé el pago de un capital si fallece Usted o se queda inválido por un Accidente. INVALIDEZ (TOTAL O PARCIAL): invalidez consecutiva a un Accidente que le acarree la imposibilidad física total o parcial, comprobada médicamente y reconocida por la entidad aseguradora, de proseguir cursando con normalidad los estudios en que Usted se haya matriculado, o su estancia au pair. LITIGIO, CONFLICTO O DISCREPANCIA: desacuerdo o impugnación de un derecho, de carácter perjudicial o reprensible y que pueda motivar una reclamación o diligencias que le opongan a un Tercero identificado. NOSOTROS: APRIL International Expat. OBJETOS DE VALOR: los objetos de arte y de colección, la platería, los relojes que lleve puestos, las joyas, las piedras preciosas y perlas finas, los cuadros de valor, las pieles, las cámaras y otros aparatos de reproducción visual y sus accesorios, prismáticos, teléfonos y ordenadores portátiles y equipos de alta fidelidad e informáticos de cualquier tipo. ODONTOLOGÍA URGENTE: cobertura de la atención dental urgente (empaste provisional, obturación, endodoncia, extracción, etc.) subsiguiente a un Accidente o una Enfermedad inopinada que requiera una intervención quirúrgica o un tratamiento médico que no pueda esperar al regreso al País de nacionalidad. PAGO DIRECTO DE LOS GASTOS DE HOSPITALIZACIÓN: si es Usted hospitalizado más de 24 horas, podrá Usted acogerse al abono directo de sus gastos de Hospitalización, sin adelantar pago alguno, sin perjuicio del estudio de su Certificado médico confidencial. Podrá Usted acogerse a dicho servicio marcando los números de emergencia que aparecen en el apartado 1.1 o presentando su tarjeta de asegurado en el centro hospitalario. Este servicio no está disponible si contrata una cobertura complementaria a la Tarjeta Sanitaria Europea. PAÍS DE DESTINO: país de residencia principal donde permanezca Usted durante su estancia en el Extranjero. PAÍS DE NACIONALIDAD: país que conste en su pasaporte o cualquier otro documento oficial de identidad en el epígrafe «nacionalidad». PRIMA: suma que paga el Adherente en concepto de las garantías que le concede la entidad aseguradora. RESCISIÓN: cesación definitiva y anticipada de la póliza. RESPONSABILIDAD CIVIL: obligación legal que toda persona tiene de reparar los daños causados a terceros. SINIESTRO: suceso, Enfermedad o Accidente que ponga en ejecución la garantía estando vigente la póliza. SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PREVIA: impreso que debe rellenar su médico a efectos de recabar nuestra Autorización previa antes de proceder a determinados actos o tratamientos. TERCERO IDENTIFICADO O ADVERSARIO: persona física o jurídica de la cual conoce Usted la identidad y la dirección y responsable de sus daños o que impugna alguno de sus derechos. 3. GARANTÍAS Y TERRITORIALIDAD DE SU PÓLIZA 3.1. QUÉ GARANTÍAS CUBRE SU PÓLIZA? La adhesión a la presente póliza le garantiza, con arreglo a la modalidad seleccionada, las siguientes prestaciones: En la modalidad «Mini»: reembolso de gastos sanitarios; ayuda a la repatriación. 6

7 En la modalidad «Completa»: reembolso de gastos sanitarios; ayuda a la repatriación; asistencia jurídica; Responsabilidad civil privada, por prácticas y locativa; capital por fallecimiento o Invalidez permanente total o parcial por Accidente; pérdida, robo o destrucción de equipajes; aplazamiento de salida DÓNDE ESTÁ USTED CUBIERTO? En caso de escoger una cobertura desde el primer euro, las garantías gozan de validez en el mundo entero, salvo en el País de nacionalidad. Las garantías gozan de validez en su País de nacionalidad, en períodos inferiores a 90 días consecutivos entre dos estancias en su País de destino. En caso de escoger una cobertura complementaria a la Tarjeta Sanitaria Europea, las garantías gozan de validez a lo largo de toda la estancia principal en el Extranjero en los siguientes países: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España (incluidas las Islas Baleares y las Canarias), Estonia, Finlandia, Francia (incluidas Guadalupe, Guayana Francesa, Martinica y Reunión), Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal (incluidos los archipiélagos de Madeira y de las Azores), Reino Unido (Inglaterra, Escocia, País de Gales, Irlanda del Norte, Gibraltar), República Checa, Rumania, Suecia y Suiza. Las garantías gozan de validez en su País de nacionalidad, en períodos inferiores a 90 días consecutivos entre dos estancias en el País de destino, sólo si su País de nacionalidad se encuentra en la lista de los países indicados arriba. Por razón de sucesos que podrían acaecer en ellos, la cobertura queda excluida para determinados países. La lista completa de países excluidos se halla disponible en el sitio o solicitándola sin más en el +33 (0) o por correo electrónico a info.expat@april-international.com. Dicha lista de países excluidos puede verse sujeta a cambios. 4. QUIÉNES PUEDEN SER BENEFICIARIOS DE LA PÓLIZA? Para poder acogerse a la póliza, debe Usted: ser menor de 41 años de edad en el momento de la Fecha de efecto de la póliza; ser estudiante o Estudiante asimilado o alumno escolar, fuera de su País de nacionalidad con ocasión de viajes, estudios, estancias lingüísticas, estancias au pair o prácticas profesionales; haber rellenado y firmado la Solicitud de adhesión; haber aportado una fotocopia de su tarjeta de estudiante o un certificado de escolaridad en vigor (una copia del contrato de colocación con la familia anfitriona si se marcha de estancia au pair); haber firmado el Perfil de salud a lo sumo seis meses antes de la Fecha de efecto deseada; no padecer ninguna incapacidad o Invalidez, ni ninguna Enfermedad en proceso de tratamiento, sujeta a recaída o de carácter progresivo; no haber sufrido tratamiento médico reciente sujeto a recaída y no tener previsto tratamiento en su País de destino. En caso de escoger una cobertura complementaria a la Tarjeta Sanitaria Europea, debe Usted asimismo: estar afiliado al régimen obligatorio de la Seguridad Social de algún país de la Unión Europea; obtener antes de su salida la Tarjeta Sanitaria Europea, que tendrá Usted que presentar al profesional de la salud de su País de destino. En dicho caso, Nosotros reembolsamos solamente la parte complementaria, mediando acreditación de las prestaciones correspondientes al régimen obligatorio. La adhesión se basa en sus declaraciones y las del Adherente y en la buena fe de las partes. La adhesión queda supeditada a nuestra conformidad médica, nos reservamos el derecho de solicitar trámites médicos complementarios. Si Usted presenta un riesgo agravado (profesional o médico), podemos o aceptar su adhesión con condiciones particulares, o rechazarla. 5. FECHA DE EFECTO, DURACIÓN Y RENUNCIA A LA PÓLIZA 5.1. CUÁNDO ENTRA EN VIGOR SU PÓLIZA? En la fecha indicada en el Certificado de adhesión y como muy pronto al día siguiente de la recepción del expediente de adhesión completo (incluyendo la Solicitud de adhesión y el Perfil de salud rellenados y firmados, así como la fotocopia de la tarjeta de estudiante o del certificado de escolaridad en vigor o una copia del contrato de colocación con la familia anfitriona si se marcha de estancia au pair), con la condición suspensiva del pago de la Prima devengada. Todos los gastos asumidos por tratamientos o actos prescritos con anterioridad a la Fecha de efecto de la póliza están definitivamente excluidos de las garantías y no abren derecho a prestación alguna. 7

8 5.2. DURACIÓN DE LA COBERTURA Y RENOVACIÓN DE SU PÓLIZA: Las garantías gozan de validez por un período de como mínimo un mes y como máximo doce meses. La adhesión a la presente póliza es efectiva durante el período que conste en su Certificado de adhesión. La póliza es renovable mediante solicitud siempre y cuando prosiga Usted sus estudios (o su estancia au pair) en el Extranjero y tenga Usted menos de 41 años. Puede Usted renovar su póliza un máximo de tres veces, mediante solicitud y siempre y cuando medie la conformidad de la entidad aseguradora. El cambio de modalidad solamente será posible en la fecha de renovación de la póliza. La solicitud de renovación deberá llegarnos antes de la fecha de término de la póliza que conste en su Certificado de adhesión CESE DE LAS GARANTÍAS DE SU PÓLIZA: a) en caso de impago de las Primas (véase apartado 6.3); b) en caso de denuncia rescisoria del convenio por la entidad aseguradora o la Association des Assurés d APRIL International al vencimiento anual (en cuyo caso dicha Asociación se compromete a informar de ello a cada Adherente); c) tan pronto como deje Usted de cumplir con los requisitos de adhesión según se definen en el apartado 4; d) el día de regreso definitivo a su País de nacionalidad; e) el último día consignado en su Certificado de adhesión. En caso de acaecimiento de un suceso de Fuerza mayor, las garantías de la póliza se mantendrán durante un máximo de 5 días a partir de la fecha de término de la cobertura que figure en su Certificado de adhesión. Sanciones en caso de falsa declaración Tanto si se trata de declaraciones que hayan de hacerse en la adhesión o de las que deban hacerse estando vigente la póliza, toda reticencia o falsa declaración intencionada, toda omisión o declaración inexacta en la declaración del riesgo, conllevará la aplicación, según los casos, de lo dispuesto en los artículos L y L del Código de Seguros francés. Por añadidura, toda omisión, reticencia, falsa declaración intencionada o no en la declaración del Siniestro, omisión de declaración de otros seguros acumulativos, empleo como justificantes de documentos inexactos, o uso de medios fraudulentos, expone al Asegurado y al Adherente a una privación de garantías y a la Rescisión de la póliza. Nos reservamos la facultad de actuar por vía judicial para obtener la reparación del perjuicio que se nos haya causado. Se le solicitará la devolución de todas aquellas prestaciones que se le hayan abonado indebidamente en virtud de esta póliza CÓMO SE RENUNCIA A SU PÓLIZA? La firma de la Solicitud de adhesión no constituye un compromiso definitivo para el Adherente. Si el Adherente formaliza la adhesión a raíz de una propuesta de contratación a domicilio: Se aplicarán las siguientes disposiciones, recogidas en el artículo L I del Código de Seguros francés: «Toda persona física a quien se le proponga una contratación en su domicilio, su residencia o su lugar de trabajo, y que con arreglo a ello firme una propuesta de seguro o una póliza con fines ajenos al marco de su actividad comercial o profesional, tiene la facultad de renunciar a ella por carta certificada con solicitud de acuse de recibo durante un plazo de catorce días naturales completos contados desde el día de otorgamiento de la póliza, sin necesidad de justificar motivos ni sufragar penalización alguna. (...) Una vez haya tomado conocimiento de un siniestro cubierto por la garantía de la póliza, el suscriptor no podrá ya ejercer dicho derecho de renuncia». Las garantías cesan a la fecha de recepción de la carta de renuncia, en cuyo caso Nosotros reembolsamos al Adherente las Primas ya abonadas, salvo las correspondientes al período de garantía ya transcurrido. Si el Adherente ha formalizado la adhesión a distancia: El Adherente tiene la posibilidad de renunciar a su adhesión en un plazo de 14 días contados desde la recepción del Certificado de adhesión. La renuncia hace que desaparezca con carácter retroactivo la póliza, que se considerará no haber existido nunca. Es nuestra obligación reembolsar al Adherente a más tardar en un plazo de 30 días todos los importes percibidos en virtud de la póliza. No obstante, la totalidad de la Prima se adeudará si el Adherente renuncia a la póliza y se ha producido un Siniestro durante el plazo de renuncia. En ambos casos, para ejercer dicho derecho de renuncia: El Adherente debe remitir una carta de renuncia por correo certificado con acuse de recibo a la siguiente dirección: APRIL International Expat - Service Suivi Client - 110, avenue de la République - CS París Cedex 11 - FRANCIA. El Adherente puede usar la siguiente plantilla de carta: «D./Dña.... (nombre y apellidos, dirección), suscrito/a, declara renunciar a su adhesión a la póliza "Crystal Studies" n..... Dado en el día..... Firma...» 5.5. QUÉ HACER SI SU ESTANCIA SE CANCELA O SE MODIFICA? En caso de cancelarse su estancia, se reembolsará la Prima al Adherente, salvo los derechos de adhesión, siempre y cuando se nos avise de ello a Nosotros por escrito antes de la Fecha de efecto de la póliza y nos sean devueltos los originales del Certificado de adhesión y, en su caso, de la tarjeta de asegurado. Deberá Usted adjuntar a dicha solicitud la prueba de la cancelación de su estancia. En caso de regreso anticipado y definitivo a su País de nacionalidad, deberá hacernos llegar Usted, por carta certificada con acuse de recibo, un justificante que acredite su regreso definitivo (recibo de electricidad, de gas o de telecomunicaciones, etc.). En caso de pago íntegro de la Prima, le reembolsaremos a prorrata el exceso de Prima. En caso de pago mensual de la Prima, procederemos a la modificación de la fecha de término de su póliza y interrumpiremos la domiciliación automática. 8

9 6. PRIMAS 6.1. CÓMO SE DETERMINA EL IMPORTE DE SU PRIMA? La Prima la determinan la modalidad y el tipo de cobertura contratados, el tramo de edad, la duración de la cobertura escogida y la forma de pago seleccionado. La edad computada para calcular las Primas es la que tenga Usted en la Fecha de efecto de la póliza. La Prima puede actualizarse el 1 de octubre de cada año con arreglo a los resultados técnicos de la póliza. Dicha Prima no depende de su estado de salud, ni de sus gastos médicos. Los impuestos vigentes a cargo del Adherente están incluidos en la Prima. Todo cambio del tipo impositivo de tales impuestos conllevará una modificación del importe de la Prima FORMAS DE PAGO: La Prima es pagadera por adelantado en euros, según la forma de pago que haya escogido el Adherente, indicada en su Solicitud de adhesión: íntegramente en el momento de la adhesión, mediante cheque o tarjeta bancaria; mensualmente, mediante domiciliación SEPA en una cuenta bancaria en Francia, Mónaco o Alemania. En caso de imposibilidad absoluta de pago en euros, el Adherente podrá hacer un ingreso en nuestra cuenta bancaria cuyos datos se le comunicarán si así lo solicita, con gastos bancarios a su cargo QUÉ SUCEDE EN CASO DE IMPAGO DE LA PRIMA? De no pagarse una Prima en los 10 días desde su vencimiento, remitiremos al Adherente una carta certificada de requerimiento. Dicha carta conllevará la suspensión de las garantías al cabo de 30 días. Tras un nuevo plazo de 10 días, resolveremos de pleno derecho la póliza. Asimismo, podremos reclamar por vía judicial el pago de las Primas pendientes de abono. En caso de requerimiento por impago, pasará a ser exigible de inmediato la Prima correspondiente a la duración total de la cobertura, con arreglo al Código de seguros francés. Le informamos de que el impago y la Rescisión de la póliza por impago no hacen desaparecer la deuda. Haremos cuanto esté en nuestra mano para obtener el pago de las Primas pendientes y podremos recurrir a una empresa especializada en el cobro de efectos impagados de ámbito internacional. Los recargos por gastos de gestión correspondientes a nuestras acciones o las de nuestros proveedores correrán de cuenta del Adherente. En caso de pago del importe que aparezca en la carta de requerimiento, tras suspensión de las garantías y antes de la Rescisión, las garantías volverán a entrar en vigor el día siguiente al del pago, a mediodía (12.00). Los gastos asumidos durante el período de suspensión de las garantías no podrán dar lugar a reembolso alguno amparándose en la presente póliza, ni siquiera una vez abonada la Prima. En caso de pago en mensualidades, se adeudará la Prima correspondiente a la totalidad del período de cobertura que conste en el Certificado de adhesión. 7. QUÉ INFORMACIÓN DEBE PONER EN NUESTRO CONOCIMIENTO? El Asegurado y el Adherente deben informarnos por escrito de todo cambio de estado, situación, domicilio (por defecto, las cartas remitidas al último domicilio conocido surtirán todos los efectos), así como en caso de cambio de actividad. 8. QUÉ CUBRE SU PÓLIZA Y CÓMO ACOGERSE A LAS COBERTURAS? Seguros acumulativos: Los reembolsos de la entidad aseguradora y de cualquier otra entidad privada o pública no podrán exceder el importe de los gastos realmente abonados. Las garantías acumulativas surten efectos dentro del límite de cada garantía, cualquiera que sea su fecha de adhesión. Dentro de dicho límite, puede Usted obtener la indemnización dirigiéndose a la entidad de su elección. SO PENA DE PRIVACIÓN DE DERECHOS, DEBE USTED DECLARAR LOS SEGUROS ACUMULATIVOS. DICHA OBLIGACIÓN ES VÁLIDA DURANTE TODA LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA. La limitación de los reembolsos al importe de los gastos realmente abonados la determina la entidad aseguradora para cada concepto o acto garantizado. Ponemos a su elección dos modalidades: la modalidad «Completa», que incluye las siguientes garantías: gastos sanitarios, ayuda a la repatriación, asistencia jurídica, Responsabilidad civil privada, por prácticas y locativa, Individual accidente, seguro de equipajes y aplazamiento de salida; la modalidad «Mini», que incluye únicamente las garantías de gastos sanitarios y ayuda a la repatriación. Usted beneficia de las garantías siguientes si están indicadas en su Certificado de adhesión. 9

10 8.1. GASTOS SANITARIOS: Los gastos sanitarios se cubrirán dentro del límite de los Gastos reales y de los Costes razonables y habituales, teniendo presente el país en que se hayan efectuado TIPOS DE REEMBOLSOS Y SUS IMPORTES Puede elegir entre dos opciones: - la cobertura de los gastos sanitarios desde el primer euro gastado; - la cobertura de los gastos sanitarios complementaria a la TSE. Está garantizado el reembolso de todos los gastos sanitarios médicamente justificados de aquellos actos que aparecen en la tabla de garantías, prescritos por una Autoridad médica cualificada. Sólo podrán indemnizarse los gastos correspondientes a actos dispensados durante el período de garantía. Los gastos se reembolsarán concepto por concepto según la opción seleccionada, sin superar los Gastos reales y con arreglo a la tabla de garantías. Para los gastos sanitarios facturados en divisa distinta del euro, el tipo de cambio aplicado será el vigente a la fecha de acaecimiento del Siniestro. En el supuesto de cobertura complementaria a la Tarjeta Sanitaria Europea, únicamente se reembolsarán los gastos que su régimen básico de cobertura haya cubierto previamente. Topes: El importe acumulado de los reembolsos que efectúe la entidad aseguradora tiene un tope de por Año de seguro y por Asegurado, previa deducción de toda indemnización o prestación de igual naturaleza abonada por cualquier organismo público o privado en su País de nacionalidad y en el Extranjero. GASTOS SANITARIOS > Hasta por Año de seguro HOSPITALIZACIÓN* Hospitalización médica o quirúrgica*: Transporte en ambulancia (si APRIL International asume la Hospitalización) Gastos de estancia (incluida Indemnización diaria en Francia) Honorarios médicos y quirúrgicos Exámenes, análisis, medicamentos Actos médicos Hospitalización para el tratamiento de trastornos mentales o nerviosos* Pago directo de gastos de hospitalización superior a 24 horas Habitación privada ATENCIÓN SANITARIA CORRIENTE Consultas y actos por parte de médicos generalistas o especialistas Gastos de análisis, exámenes de laboratorio, actos de radiología, gastos farmacéuticos Actos de enfermería y fisioterapia** (tras Accidente caracterizado) Odontología urgente Gastos de prótesis dentales (tras Accidente caracterizado) Otras prótesis (tras Accidente caracterizado) Gastos de óptica: cristales y montura o lentillas (tras Accidente caracterizado) Módulo preventivo: preservativos TOPES 100 % de los Gastos reales 80 % de los Gastos reales, hasta 20 días por año emitido si hay conformidad médica, las 24 horas (salvo si escoge la modalidad complementaria a la Tarjeta Sanitaria Europea) hasta 50 por día TOPES 100 % de los Gastos reales (hasta 130 por año en consultas de oftalmología y hasta el 80 % de los Gastos reales y 5 sesiones por año en tratamiento de trastornos mentales o nerviosos) 100 % de los Gastos reales 100 % de los Gastos reales hasta 400 por año hasta 600 por año hasta 500 por año hasta 20 por año ** Toda Hospitalización está sometida a Autorización previa. Se aplicará una Franquicia del 20 % en caso de omitirse dicho trámite previamente a la Hospitalización (consulte los apartados y 8.1.3). ** Actos sujetos a Autorización previa en caso de prescribirse más de 10 sesiones por Año de seguro (consulte el apartado 8.1.3). 10

11 CÓMO PROCEDER EN CASO DE HOSPITALIZACIÓN SUPERIOR A 24 H? Autorización previa Toda Hospitalización está sometida a Autorización previa. Para recabar dicha Autorización previa, debe Usted solicitar a su facultativo que rellene un formulario denominado «Certificado médico confidencial» a más tardar 5 días antes de su ingreso hospitalario. En caso de Hospitalización urgente, le rogamos nos contacte en cuanto antes para que le enviemos el formulario. El formulario Certificado médico confidencial está disponible en su Espacio personal, accesible en el sitio o solicitándolo sin más en el +33 (0) o por correo electrónico a info.expat@april-international.com. Dicho formulario debe hacer constar el motivo de su Hospitalización, las fechas y el tipo de dolencia, y la fecha de aparición de los primeros síntomas o las circunstancias del Accidente (en cuyo caso se deberá adjuntar un parte de Accidente), y remitirse a nuestro Médico Asesor, junto con cualesquiera otros documentos médicos oportunos para el estudio de su expediente: por fax: + 33 (0) ; por correo electrónico: hospitalisation.expat@april-international.com; por correo: APRIL International Expat, 110 avenue de la République, CS 51108, París Cedex 11, FRANCIA. Si se omite dicho trámite de Autorización previa, se aplicará una Franquicia del 20 % en el reembolso de su factura (salvo en caso de Accidente o de urgencia). Para obtener el Pago directo de sus gastos de hospitalización (salvo para los Asegurados con cobertura complementaria a la Tarjeta Sanitaria Europea): Podemos efectuar el Pago directo de sus gastos de hospitalización de más de 24 h al centro hospitalario donde permanezca ingresado. En ese caso, nos pondremos directamente en contacto con el hospital. Para solicitar el Pago directo de sus gastos de hospitalización o cualquier otra información adicional previamente a su Hospitalización, marque los siguientes números de emergencia (que también aparecen en su tarjeta de asegurado): en EE.UU. y Canadá, marque el (+1) (n.º gratuito); en los países de América Latina, marque el (+1) (de cobro revertido); en los países de la zona Asia-Pacífico, marque el +66 (0) ; en los países de Oriente Medio, África y Europa, marque el +33 (0) En todos los casos, le solicitaremos que nos envíe las facturas e informes hospitalarios correspondientes a su estancia. Si no ha disfrutado Usted del Pago directo de sus gastos de hospitalización, remítase al apartado para saber cómo se obtiene el reembolso de la factura que haya Usted abonado CÓMO SE TRAMITA UNA SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PREVIA ANTES DE PROCEDER A DETERMINADOS ACTOS O TRATAMIENTOS? Algunos actos médicos están sujetos a la Autorización previa de nuestro Médico Asesor. Por ello, antes de proceder a dichos actos, el facultativo que los prescriba deberá rellenar un formulario de Solicitud de autorización previa acompañado de un presupuesto detallado. El formulario Solicitud de autorización previa se halla disponible en su Espacio personal, accesible en el sitio o solicitándolo sin más en el +33 (0) o por correo electrónico a info.expat@april-international.com. Están sometidos a Autorización previa las Hospitalizaciones y los actos de enfermería y fisioterapia dispensados tras Accidente caracterizado en caso de prescribirse más de 10 sesiones por Año de seguro. Debe remitirnos su Solicitud de autorización previa a la siguiente dirección: APRIL International Expat Service Remboursements 110, avenue de la République - CS París Cedex 11 - FRANCIA Correo electrónico: claims.expat@april-international.com CÓMO SE TRAMITA UNA SOLICITUD DE REEMBOLSO? a) Si es Usted beneficiario de una cobertura desde el primer euro: Consulta con un profesional de la salud > Envío a APRIL International de su solicitud de reembolso > Tramitación de su reembolso en 48 horas (sin contar plazos bancarios ni postales) > 11

12 b) Si es Usted beneficiario de una cobertura complementaria a la Tarjeta Sanitaria Europea: + > > > > > Consulta con un profesional de la salud Puede Usted elegir enviar su solicitud de reembolso a la Seguridad Social de su país de estancia o de su país de origen Reembolso con arreglo a las tarifas del seguro de enfermedad de su país de origen O bien Reembolso con arreglo a las tarifas del seguro de enfermedad de su país de acogida Envía Usted el historial de reembolsos que reciba a APRIL International Tramitación de su reembolso complementario en 48 horas (sin contar plazos bancarios ni postales) Para obtener un reembolso: Rellene el formulario de Solicitud de reembolso disponible en su Espacio personal, accesible en el sitio o solicitándolo sin más en el +33 (0) o por correo electrónico a info.expat@april-international.com y remítanoslo en un plazo de 3 meses contados desde la fecha de la atención sanitaria, acompañado de los siguientes documentos: originales de las facturas o minutas, de las prescripciones médicas y de las recetas abonadas, fechadas y que hagan constar su nombre, apellidos y fecha de nacimiento, el tipo de Enfermedad, la categoría, la fecha de las visitas y atención dispensada acompañadas de los comprobantes de pago. En las recetas deberá constar de forma legible la denominación y el precio de los medicamentos, e indicar la divisa autóctona; si está Usted asegurado como complemento a la Tarjeta Sanitaria Europea, adjunte también a su solicitud los historiales de reembolsos ya efectuados por la Seguridad Social de su país de acogida o de su país de origen; para el reembolso de actos de enfermería y fisioterapia, de gastos de prótesis (dentales u otras) y de óptica, deberá Usted adjuntar asimismo a su solicitud la prueba de que la atención es consecutiva a un Accidente caracterizado según se define en el apartado 2; para el reembolso de la Odontología urgente, deberá Usted adjuntar asimismo a su solicitud un certificado médico expedido por su dentista y que acredite que la atención que le haya dispensado corresponde a un supuesto de urgencia odontológica, según se define en el apartado 2; si los tratamientos necesitan una Solicitud de autorización previa, el formulario de Solicitud de autorización previa aceptado por nuestros servicios médicos; en caso de Hospitalización, también deberá Usted adjuntar a su solicitud el informe hospitalario así como el formulario Certificado médico confidencial rellenado por su médico. Asimismo, deberá cerciorarse de que en su factura aparezca detallado el importe de la habitación privada o semiprivada. Nos reservamos la posibilidad de pedirle cualquier justificante que nos parezca necesario para asegurarse de que sus tratamientos estén cubiertos por la presente póliza. Las solicitudes de reembolso deberán remitírsenos a la siguiente dirección: APRIL International Expat Service Remboursements - 110, avenue de la République - CS París Cedex 11- FRANCIA En caso de disconformidad con el importe del pago, le rogamos que nos avise en un plazo de 3 meses contados desde la fecha de la liquidación. Podrá recibir el reembolso: mediante cheque en euros; por transferencia a una cuenta francesa; remítanos un comprobante de sus datos bancarios (RIB); por transferencia a una cuenta de Estados Unidos (adjunte sus datos bancarios internacionales con el IBAN, código SWIFT, dirección del banco, número routing y código ABA); por transferencia a una cuenta de otro país (adjunte sus datos bancarios internacionales con el IBAN, código SWIFT y dirección del banco). Según el domicilio de su cuenta bancaria cabe la posibilidad de que su banco cobre comisiones, en cuyo caso éstas se deducirán del importe de los reembolsos que reciba: por una transferencia a una cuenta bancaria francesa: no se cobrará ninguna comisión bancaria; por una transferencia a una cuenta bancaria domiciliada en Europa (salvo Francia): gastos compartidos (entre Usted y Nosotros), sea cual sea el importe de la transferencia; por una transferencia a cualquier lugar del mundo (salvo Europa): - las transferencias inferiores a 75 serán a gastos compartidos (entre Usted y Nosotros); - en las transferencias superiores a 75 todas las comisiones correrán a cargo de Usted. Todo reembolso queda supeditado al cumplimiento de los requisitos antedichos previstos en el apartado

13 8.2. AYUDA A LA REPATRIACIÓN: Cómo se solicita la aplicación de las garantías de ayuda a la repatriación? Es imprescindible obtener la autorización previa de APRIL International Assistance para disfrutar de las siguientes garantías: llamando a Francia al número +33 (0) ; o por fax, en el +33 (0) APRIL International Assistance sólo interviene médicamente una vez organizados los primeros auxilios por una Autoridad médica competente. Desde la primera llamada, el Equipo médico se pone en contacto con el médico de cabecera in situ para intervenir en las condiciones más adecuadas para el estado del enfermo o el herido CONDICIONES DE APLICACIÓN El hecho de que Usted o su entorno organice cualquiera de las asistencias abajo referidas no puede dar lugar a reembolso, salvo que APRIL International Assistance haya sido avisada de dicho procedimiento, haya prestado su consentimiento expreso y le haya comunicado un número de expediente. En tal caso, los gastos se reembolsan previa presentación de justificantes y siempre que no superen los que habrían sido abonados por APRIL International Assistance de haber sido ésta la que hubiera organizado el servicio. APRIL International Assistance declina toda responsabilidad por los retrasos o impedimentos en la ejecución de sus servicios en caso de huelgas, tumultos, movimientos populares, represalias, restricciones a la libre circulación de bienes y personas, actos de terrorismo o de sabotaje, estado de beligerancia, de guerra civil o extranjera declarada o no, desintegración de núcleo atómico, emisión de radiaciones ionizantes y otros casos fortuitos o de fuerza mayor TRANSPORTE MÉDICO, REPATRIACIÓN SANITARIA En caso de Accidente o de Enfermedad, los médicos de APRIL International Assistance se ponen en contacto con los médicos de cabecera in situ y adoptan las decisiones más adecuadas para su estado con arreglo a la información recabada y atendiendo únicamente a las exigencias médicas. Si el Equipo médico de APRIL International Assistance recomienda su repatriación, APRIL International Assistance organizará y se encargará de llevarla a cabo con arreglo únicamente a los imperativos médicos que adopte su Equipo médico. El destino de la repatriación será alguno de los siguientes: el centro hospitalario más adecuado; el centro hospitalario más cercano a su domicilio en su País de nacionalidad (o su país de origen, si es otro) o de su residencia principal en su País de destino; su domicilio en su País de nacionalidad (o en su país de origen, si es otro) o en su País de destino. Si se le hospitaliza en un centro sanitario fuera del distrito hospitalario de su domicilio habitual en su País de nacionalidad o de su lugar de residencia en su País de destino, APRIL International Assistance organizará su regreso una vez se alcance una Consolidación médicamente comprobada y se hará cargo de su traslado a su residencia en su País de destino o a su domicilio en su País de nacionalidad. Los medios de repatriación pueden ser el vehículo sanitario ligero, la ambulancia, el tren, el avión de línea o el avión sanitario. La elección final del lugar de hospitalización, la fecha, la necesidad de que esté acompañado y los medios empleados compete exclusivamente al Equipo médico. Todo rechazo de la solución propuesta por el Equipo médico conllevará la anulación de la garantía de asistencia a las personas. APRIL International Assistance podrá solicitarle que use su título de transporte si éste puede usarse o modificarse PRESENCIA DE UN FAMILIAR EN CASO DE HOSPITALIZACIÓN Si su estado no le permite o no requiere su repatriación y la hospitalización local es superior a 6 días consecutivos, APRIL International Assistance pondrá a disposición de un Familiar suyo un título de transporte de ida y vuelta en avión en clase económica o en tren en primera clase, para acudir al lugar. Dicha prestación sólo podrá hacerse efectiva a falta, en el lugar en cuestión, de un Familiar suyo con mayoría de edad legal. APRIL International Assistance organizará y asumirá asimismo sus gastos de hotel (habitación y desayuno únicamente) durante 10 noches como máximo, a razón de 80 por noche. Toda otra solución de alojamiento provisional no podrá dar lugar a resarcimiento alguno BÚSQUEDA Y ENVÍO DE MEDICAMENTOS INENCONTRABLES IN SITU De ser imposible encontrar in situ los medicamentos indispensables (o medicamentos equivalentes) recetados por su médico de cabecera en su País de nacionalidad (o su país de origen, si es otro) antes de la salida, APRIL International Assistance los buscará en Francia. Si están disponibles, se remitirán a la mayor brevedad posible, sin perjuicio de los impedimentos de la legislación local y de los medios de transporte disponibles. Dicha prestación será valedera en el caso de solicitudes esporádicas. En ningún caso podrá concederse en el supuesto de tratamientos de larga duración que requiriesen envíos regulares o una solicitud de vacuna. El coste de los medicamentos correrá de su cuenta. Usted se compromete a reembolsar su importe, más, en su caso, los derechos de aduana, en un plazo máximo de 30 días, computado desde la fecha de envío REGRESO ANTICIPADO EN CASO DE FALLECIMIENTO U HOSPITALIZACIÓN DE UN FAMILIAR SUYO APRIL International Assistance pone a su disposición un título de transporte de ida y vuelta en avión en clase económica o en tren en primera clase en el supuesto de defunción u hospitalización superior a 5 días consecutivos de un Familiar en su País de nacionalidad. 13

14 El viaje de ida deberá hacerse obligatoriamente en los 8 días siguientes a la fecha de la defunción u hospitalización. A partir de la Fecha de efecto de la póliza, se aplicará un plazo de carencia de 6 meses en caso de Enfermedad del Familiar. Tendrá derecho a dicha prestación cuando la fecha de defunción u hospitalización sea posterior a la fecha de su salida al Extranjero. APRIL International Assistance se reserva el derecho de comprobar la veracidad del suceso garantizado (parte de hospitalización, certificado de defunción, etc.), previamente a toda intervención de sus servicios. Para beneficiar de esta garantía, es imprescindible contactar APRIL International Assistance para obtener su autorización previa. De no ser así, APRIL International Assistance se reserva la posibilidad de denegar el reembolso de los billetes que hubiese comprado Usted GASTOS DE BÚSQUEDA Y AUXILIO La garantía tiene por objeto el reembolso de los gastos de búsqueda y auxilio necesitados para una intervención, de ámbito privado o público, de equipos especializados dotados de cualesquiera medios, incluso el uso de helicóptero, al objeto de localizarle y evacuarle hasta el centro de acogida adecuado más cercano, hasta por Asegurado y por suceso. En todo caso, la garantía se limita al importe de los gastos que, por factura, tenga Usted que reembolsar total o parcialmente a los organismos oficiales que hayan intervenido. La garantía entra en juego de forma complementaria a las garantías de que disponga Usted por otra fuente. Usted (o toda persona que actúe en su nombre) deberá avisar a APRIL International Assistance de inmediato y verbalmente, como muy tarde en un plazo de 48 horas desde la intervención, y precisar las razones que la hayan motivado REPATRIACIÓN DEL CUERPO EN CASO DE DEFUNCIÓN Y GASTOS DE ATAÚD Si fallece Usted, APRIL International Assistance organizará y asumirá la repatriación del cuerpo o las cenizas desde el lugar de fallecimiento hasta el de inhumación en su País de nacionalidad (o en su país de origen, si es otro). APRIL International Assistance se hará cargo de las actuaciones post mortem, enferetramiento y trámites necesarios para el transporte. Los gastos de ataúd correspondientes al transporte organizado por APRIL International Assistance se asumirán hasta un máximo de Los gastos de exequias, ceremonia, cortejo fúnebre local e inhumación o incineración correrán de cuenta de su familia. La elección de las empresas que intervengan en el proceso de repatriación competerá exclusivamente a APRIL International Assistance ADELANTO DE FIANZA PENAL EN EL EXTRANJERO (SALVO EN SU PAÍS DE NACIONALIDAD) En el Extranjero, APRIL International Assistance adelantará la fianza penal que exijan las autoridades para su puesta en libertad o para que no sea encarcelado. Dicho adelanto se efectuará por mediación de un jurista, en el lugar de que se trate, hasta un importe máximo de por suceso. Usted tendrá que reembolsar dicho adelanto a APRIL International Assistance: tan pronto como se produzca la devolución de la fianza en caso de sobreseimiento o exculpación; en un plazo de 15 días desde la resolución judicial una vez pase a ser ejecutiva en caso de condena; en todos los casos, en un plazo de 3 meses contados desde la fecha de abono TRANSMISIÓN DE MENSAJES URGENTES Si carece Usted de la posibilidad material de transmitir un mensaje urgente y así lo solicita, APRIL International Assistance se encargará de transmitir gratuitamente, por los medios más rápidos, sus mensajes o noticias a sus familiares, allegados o a su empleador. Los mensajes serán de responsabilidad de sus autores, a los que se deberá poder identificar, y sólo a ellos comprometerán, ya que APRIL International Assistance ejerce de mero intermediario en su transmisión. APRIL International Assistance, asimismo, puede hacer las veces de intermediario en sentido inverso ASISTENCIA EN VIAJE EN CASO DE PÉRDIDA O ROBO DE EFECTOS PERSONALES De viaje por el Extranjero, en caso de extravío o robo de sus efectos personales (documentos de identidad, medios de pago, maletas) o de sus títulos de transporte, y previa declaración ante las autoridades locales competentes, APRIL International Assistance hará todo lo posible por ayudarle en sus trámites. APRIL International Assistance no está habilitada para cancelar medios de pago en nombre de terceros. En el caso de que en su País de nacionalidad fueran facilitados documentos sustitutorios, APRIL International Assistance se encargará de hacerlos llegar por los medios más rápidos. APRIL International Assistance podrá adelantar una suma de hasta por suceso para que pueda Usted efectuar compras de primera necesidad. En caso de extravío o robo de un título de transporte, APRIL International Assistance podrá hacerle llegar un nuevo billete innegociable, cuyo precio adelantará. Dichos adelantos podrán efectuarse con cargo a una garantía depositada por Usted o por un tercero. El reembolso de todo adelanto deberá efectuarse en un plazo de 30 días contados desde la fecha de entrega de los fondos IMPOSIBILIDAD DE REGRESO En caso de acaecimiento de un suceso calificado de Fuerza mayor por las autoridades públicas de su País de destino y que le impidiese el regreso definitivo a su País de nacionalidad, APRIL International Assistance se hará cargo de sus gastos adicionales de estancia in situ, a razón de 80 por noche (gastos de manutención y alojamiento únicamente), por un período máximo de 5 noches. La garantía no entrará en vigor sino una vez declarado el estado de Fuerza mayor por las autoridades públicas del país donde transcurra su estancia y previa conformidad de APRIL International Assistance. Todos los gastos costeados sin la conformidad previa de APRIL International Assistance, así como todos los gastos ocasionados por una prolongación de la estancia que no se debiera a un suceso calificado de Fuerza mayor no darán derecho a prestación alguna. En caso de acaecimiento de un suceso de Fuerza mayor, todas las garantías de la póliza se mantendrán durante un máximo de 5 días a partir de la fecha de término que figure en su Certificado de adhesión. 14

15 REGRESO ANTICIPADO EN CASO DE ATENTADO O CATÁSTROFE NATURAL Si se ve Usted obligado a abandonar su lugar de estancia a instancias de las autoridades locales de su País de destino o las de su País de nacionalidad por razón de sucesos que inestabilicen el régimen político o de catástrofes naturales (tales como terremotos o inundaciones), podrá Usted acogerse a la garantía de regreso anticipado. Para ello, una vez haya regresado a su País de nacionalidad remita a APRIL International Assistance todos los justificantes oportunos para que se le reembolse el coste del transporte por hasta el importe de un billete de avión (clase económica) o de tren (primera clase). Esta garantía goza de validez únicamente fuera de su País de nacionalidad TRADUCCIÓN DE DOCUMENTOS JURÍDICOS Y ADMINISTRATIVOS Cuando se halle Usted en el Extranjero o en caso de repatriación médica y si el idioma en cuestión le plantea importantes problemas de comprensión de documentos jurídicos o administrativos, APRIL International Assistance tramitará y abonará los servicios de traducción de dichos documentos hacia su lengua materna. La cobertura de APRIL International Assistance no podrá superar 500 por Año de seguro. APRIL International Assistance declina toda responsabilidad por las consecuencias de toda traducción errónea o incomprensión por su parte INFORMACIÓN SALUD Y VIAJE APRIL International Assistance está a su disposición para comunicarle información acerca de las precauciones médicas que debe adoptar antes de salir de viaje (vacunas, medicamentos, etc.), así como de las condiciones de vida del lugar de destino (temperatura, clima, alimentación, etc.). APRIL International Assistance, asimismo, se halla disponible las 24 horas para ofrecerle información objetiva de carácter sanitario. Si el equipo de APRIL International Assistance no está en condiciones de aportarle una respuesta de inmediato, hará las indagaciones necesarias y volverá a ponerse en contacto con Usted a la mayor brevedad. En caso de problema sanitario que requiera una consulta, APRIL International Assistance, si así lo desea, puede facilitarle los datos de establecimientos sanitarios cercanos a Usted. Esta garantía no tiene en ningún caso por objeto emitir un diagnóstico o una prescripción facultativa telefónica personalizada ni aconsejar la automedicación. Este servicio tiene mero carácter informativo y no cabe considerarlo en ningún caso una recomendación. APRIL International Assistance declina toda responsabilidad en cuanto a las instituciones sanitarias cuyos datos facilite y en cuanto a la calidad de la atención sanitaria prestada en ellos. Esta garantía está limitada a 3 llamadas telefónicas por Año de seguro RETRASO DE EQUIPAJES Se entienden por equipaje sus bolsas de viaje y maletas, así como los efectos u objetos personales que éstas contengan. Se asimilan a los objetos personales aquellos Objetos de valor cuyo precio sea superior o igual a 500, así como las joyas (perlas finas y de cultivo, piedras preciosas y semipreciosas) y las pieles de su pertenencia. Se asimilan al equipaje los ordenadores portátiles, las tabletas electrónicas, los equipos audiovisuales, las cámaras fotográficas, los aparatos de vídeo o de alta fidelidad, de su pertenencia. Si su equipaje, facturado y encomendado a la responsabilidad de la compañía aérea, no se le ha entregado al cabo de 24 horas de la llegada a destino de su vuelo regular, APRIL International Assistance le indemnizará con un importe de hasta 200 en concepto de los gastos que le causen las compras de carácter urgente y de primera necesidad SEGURO DE VIDA ACADÉMICA Si debe ser repatriado por razones médicas a su País de nacionalidad (o su país de origen, si es otro), APRIL International Assistance le abona un importe fijo de 200 para cubrir los gastos irrecuperables ya sufragados in situ y acreditados mediante facturas originales: gastos de escolaridad, de alquiler y transporte únicamente. Esta garantía sólo puede utilizarse una sola vez por póliza LIMITACIONES DE GARANTÍAS Cuando APRIL International Assistance organiza y se hace cargo de una repatriación o transporte, podrá solicitársele a Usted que use de forma prioritaria su título de viaje. Cuando APRIL International Assistance haya corrido con los gastos de su regreso, deberá Usted entregar imperativamente el título de transporte no empleado a APRIL International Assistance ASISTENCIA JURÍDICA: INFORMACIÓN JURÍDICA, PRÁCTICA Y ADMINISTRATIVA Un equipo de juristas especializados le informará de sus derechos y le orientará en cuestiones de carácter práctico y jurídico. Asimismo, podrán asesorarle sobre todas las medidas oportunas para defender sus derechos e intereses de forma preventiva para evitar un Conflicto. Podrá Usted consultar con dicho servicio sea cual sea la rama del derecho implicada y obtener respuesta en idioma español, francés, inglés o alemán marcando el +33 (0) , en cualquier hora y día del año. Le solicitarán su número de póliza de forma previa a la prestación del servicio ASISTENCIA JURÍDICA EN CASO DE LITIGIO Cuando surja un Litigio que le oponga a un Tercero identificado y las pretensiones de Usted tengan fundamento jurídico y dicho Litigio se produzca en el ámbito de su vida privada o en calidad de asalariado, disfrutará Usted de garantía en los siguientes ámbitos hasta un importe de por Litigio y por Año de seguro: - Ámbito penal: podrá Usted disfrutar de la defensa de sus intereses cuando se le denuncie a Usted ante un órgano jurisdiccional penal o una comisión administrativa a resultas de un Siniestro garantizado en virtud de la garantía de Responsabilidad civil (véase el 15

16 apartado 8.4), en tanto en cuanto no esté Usted representado por el abogado facultado por la entidad aseguradora para la defensa de los intereses civiles. - Vivienda: disfrutará Usted de garantía en Conflictos con el dueño de su vivienda. Se asumirán en particular los Litigios relacionados con las obras interiores de mantenimiento, reforma o embellecimiento, así como los relacionados con molestias de vecindad o las cuotas de comunidad. - Ámbito administrativo: disfrutará Usted de garantía en Litigios frente a las administraciones locales (salvo la Administración tributaria), los servicios públicos y las entidades territoriales. - Compras por Internet: disfrutará Usted de garantía en Litigios relativos a transacciones efectuadas en sitios web. - Reclamaciones: la entidad aseguradora intervendrá para reclamar al responsable identificado la reparación del daño material o corporal que sufra Usted por Accidente. Un equipo de juristas tratará por todos los medios de solventar sus Litigios y defender sus intereses del mejor modo posible, y se halla a su disposición para ayudarle a tramitar su expediente sin dejar ningún cabo suelto. Para disfrutar de esta garantía, deberá aportar Usted pruebas suficientes para acreditar que se enfrenta a un Litigio (facturas, presupuestos, etc.). A este respecto, los gastos de dichos trámites previos correrán de su cuenta. Búsqueda de una solución amistosa Previo estudio completo de su expediente, un equipo de juristas expertos en negociación llevará a cabo los trámites jurídicos oportunos con su Adversario para, de forma prioritaria, tratar de encontrar una solución amistosa a la Discrepancia que les oponga. Esta es la forma más eficaz y más rápida de disfrutar de sus derechos. Cobertura de gastos jurídicos Si no cabe solución amistosa alguna, o cuando la situación así lo requiera, la entidad aseguradora llevará su Litigio ante el órgano jurisdiccional competente y asumirá los gastos que acarree (honorarios de abogados, peritos, procuradores y agentes judiciales) cualquier acción judicial, dentro del límite de los topes establecidos a continuación: COBERTURA DE GASTOS JURÍDICOS Reclamación amistosa exitosa Asistencia en peritaje o diligencias de instrucción Recurso administrativo previo a la vía contenciosa Representación ante una comisión administrativa, civil o disciplinaria Conclusión de acuerdo amistoso Mediación o conciliación exitosa y homologada judicialmente Procedimiento de medidas provisionales o urgente Juez de proximidad Juicio de faltas / Defensa penal Juzgados de Instancia (y juzgados de mismo grado) Juzgados de Primera Instancia (y juzgados de mismo grado) Tribunal de Apelación Juicios por crímenes, Tribunal de Casación, Consejo de Estado (tribunal administrativo) TOPES 250 por caso 275 por la primera intervención 90 por cada intervención siguiente 400 por caso 400 por resolución judicial 340 por caso 340 por caso 520 por caso 750 por caso 850 por caso por caso Los honorarios incluyen los gastos de secretaría y de desplazamiento y se expresan con impuestos incluidos. Si el caso se lleva ante un órgano jurisdiccional extranjero, la entidad aseguradora abonará los honorarios correspondientes al órgano jurisdiccional francés más afín. La entidad aseguradora asumirá los gastos de ejecución de la decisión dada en su favor si su deudor es localizado y es solvente. De no ser así, la entidad aseguradora suspenderá su intervención. Cuando sea necesario contratar a un abogado, la entidad aseguradora se hará cargo de sus honorarios. Podrá Usted optar por su abogado habitual o bien por un abogado del colegio adscrito al tribunal competente. En su defecto, si Usted lo prefiere y solicita por escrito, la entidad aseguradora podrá proponerle uno de sus abogados colaboradores. Cómo acogerse a la garantía? En cuanto tome conocimiento de él, tiene Usted que declarar el Litigio en el que desea que intervengamos, telefónicamente al + 33 (0) ou por correo electrónico a expat@soluciapj.fr o por escrito a Solucia PJ - 3 boulevard Diderot - CS París Cedex 12 - FRANCIA. 16

17 Si declara Usted con tardanza el Litigio y dicha tardanza causa algún perjuicio a la entidad aseguradora, ésta podrá denegar su intervención. El Litigio deberá haber surgido después de la entrada en vigor de la garantía y haberse declarado durante la vigencia de la póliza. Si declara el Litigio por escrito, deberá remitir una declaración donde consten con exactitud las circunstancias del Litigio, su número de póliza, su dirección postal y sus números de teléfono, así como los de la parte contraria, y todos los documentos que fundamenten su reclamación. No deberán emprenderse gastos ni acciones sin previo consentimiento de la entidad aseguradora. Todas las acciones a incoar se decidirán de mutuo acuerdo entre Usted y la entidad aseguradora. A falta de dicho consentimiento previo, Usted sufragará los gastos y consecuencias de las mismas, salvo si se trata de medidas cautelares urgentes. Cláusula de arbitraje En caso de desacuerdo entre Usted y la entidad aseguradora, ésta aplicará el artículo del Código de seguros francés y las medidas que éste dispone en materia de resolución de Litigios. La entidad aseguradora y Usted podrán designar de mutuo acuerdo una tercera persona para que arbitre su Discrepancia. Si dicha persona no pudiere escogerse de esta forma, será nombrada por el Presidente del Tribunal de Grande Instance de París en procedimiento de medidas provisionales. Los gastos que se deriven de ello los sufragará la entidad aseguradora. No obstante, el Presidente del Tribunal podrá dictaminar de otro modo si juzga que se ha hecho un uso abusivo de dicho procedimiento. Si ha entablado Usted a sus expensas un procedimiento contencioso que se salde con una solución más favorable que la propuesta por la entidad aseguradora (o la referida tercera persona), será Usted reembolsado por la entidad aseguradora, sin superar el importe de la garantía. Asimismo, puede Usted someter dicho desacuerdo al parecer de una tercera persona libremente designada por Usted, reconocida por su independencia y habilitada para emitir dictámenes jurídicos. En tal caso, deberá Usted informar de dicha designación a la entidad aseguradora, que asumirá sus honorarios hasta un importe máximo de 200. La incoación de un procedimiento arbitral suspende todos los plazos de recurso contencioso, hasta que la tercera persona haya propuesto una solución. Dicha suspensión se refiere a todos los órganos jurisdiccionales que cubra la póliza y ante los cuales pudiera Usted acudir. Conflicto de intereses En caso de conflicto de intereses, en particular cuando éste enfrente a dos asegurados de la entidad aseguradora, podrá Usted elegir libremente su abogado o persona cualificada para que le asista. En tal caso, la entidad aseguradora sufragará sus honorarios y gastos, dentro del límite de la presente póliza RESPONSABILIDAD CIVIL PRIVADA, POR PRÁCTICAS Y LOCATIVA: OBJETO DE LA GARANTÍA La entidad aseguradora garantiza las consecuencias pecuniarias de la Responsabilidad civil en que pueda Usted incurrir en virtud de las leyes y reglamentos vigentes en el país donde transcurra su estancia, en el ámbito de su vida privada. La garantía se ejerce en caso de Daños corporales y materiales que Usted haya causado a terceros y provenientes en particular de: sus propios actos o los de personas de las que Usted responda; cosas y animales de los que sea Usted dueño o guardián; la práctica de cualesquiera deportes y actividades al aire libre (salvo las Exclusiones detalladas en el apartado 9); la responsabilidad en que se incurra al cursar prácticas en empresa frente a los tutores de las prácticas en relación únicamente con los daños ocasionados al material utilizado con ocasión de las prácticas; alquiler de un piso TOPE DE LA GARANTÍA Daños corporales: por Siniestro. Daños materiales e inmateriales consecutivos: por Año de seguro; los Daños inmateriales están comprendidos en la suma asegurada por un valor de hasta el 20 %, es decir, Franquicia absoluta de 75 por Siniestro. Daños materiales ocasionados durante las prácticas: por Año de seguro. Franquicia absoluta de 75 por Siniestro. Cómo acogerse a la garantía? Tiene Usted que declarar a la entidad aseguradora, por mediación nuestra, por carta certificada, en cuanto tome conocimiento de él y a más tardar en un plazo de quince días, todo Siniestro que pudiera conllevar la ejecución de la póliza, haciendo constar en detalle las circunstancias y consecuencias INDIVIDUAL ACCIDENTE: EN CASO DE FALLECIMIENTO ACCIDENTAL La entidad aseguradora abonará al/a los Beneficiario(s) designado(s) un capital cuyo importe se establece en Se hace constar que si el Asegurado es menor de 16 años en la fecha de fallecimiento, el importe del capital quedará limitado en todo caso al importe de los gastos de exequias. La garantía se aplica al fallecimiento del Asegurado acaecido como muy tarde seis meses después del Accidente que haya originado las heridas o lesiones mortales. No obstante, si el Asegurado fallece después de haber recibido de la entidad aseguradora por el mismo Accidente una Indemnización por Invalidez permanente, los herederos recibirán el capital estipulado en caso de fallecimiento, previa deducción del importe de dicha Indemnización. 17

18 Concesión de las prestaciones Si fallece el Asegurado, el capital se abonará al/a los Beneficiario(s) expresado(s) en la Solicitud de adhesión, o a aquéllos que haya designado el Asegurado posteriormente. Podrá Usted modificar la cláusula de designación cuando deje de ser apropiada, salvo que la haya aceptado el Beneficiario, lo que la hace irrevocable. La designación de Beneficiario(s) puede efectuarse, asimismo, en contrato privado o escritura pública. Cuando el Beneficiario se designe expresamente, podrá Usted consignar en la póliza los datos de dicho Beneficiario. De no designarse Beneficiario o si la designación resulta ser caduca, los importes adeudados en caso de fallecimiento se abonarán a su cónyuge supérstite, salvo que estuvieran separados judicialmente en el momento de devengarse el derecho al capital garantizado, o pareja de hecho legalmente constituida; en su defecto, a sus hijos a partes iguales, nacidos o por nacer, vivos o representados; en su defecto, a sus ascendientes, a partes iguales; en su defecto, a sus demás herederos. Si fallece el Asegurado y el Asegurado tiene de 16 a 18 años de edad, el capital garantizado corresponderá a sus progenitores a partes iguales entre sí y, en su defecto, a sus demás herederos. Cómo acogerse a la garantía? El fallecimiento deberá ser declarado, remitiendo a la entidad aseguradora, por mediación nuestra, los documentos acreditativos necesarios para el pago, en particular los siguientes: certificación de defunción; certificación de nacimiento; certificado médico que haga constar la fecha de defunción y si se trata de una muerte natural o accidental; algún documento que acredite la identidad y/o el estado civil; documento que indique la causa y las circunstancias del Accidente que haya originado el fallecimiento; certificado de ingreso, emitido por el hospital; documento probatorio del Accidente y de la relación directa de causa-efecto entre éste y el fallecimiento. El pago se efectuará en favor del Beneficiario designado dentro de los veinte días siguientes a la entrega de la documentación. Si hay varios Beneficiarios, el pago del capital será indivisible frente a la entidad aseguradora, que pagará mediando recibo firmado conjuntamente por los interesados EN CASO DE INVALIDEZ PERMANENTE TOTAL O PARCIAL CONSECUTIVA A UN ACCIDENTE En caso de Invalidez permanente total, esto es, un grado de Invalidez igual al 100 %, la entidad aseguradora le abonará un capital cuyo importe se establece en En caso de Invalidez permanente parcial, el importe del capital será reducible con arreglo al grado de Invalidez reconocido. El grado de Invalidez lo establece el Médico Asesor de la entidad aseguradora una vez consolidadas las lesiones. Si el grado de Invalidez permanente parcial es inferior o igual al 20 %, no se adeudará Indemnización alguna. Si el grado de Invalidez permanente parcial es superior al 20 %, la Indemnización será igual a , multiplicados por el grado de Invalidez reconocido. Si padece Usted una Invalidez anterior al acaecimiento del Accidente garantizado, no se tendrán en cuenta las lesiones debidas a dicha Invalidez. No obstante, en el caso de que el miembro u órgano ya aquejado padezca otras lesiones, la indemnización se referirá a la diferencia entre el estado del miembro antes y después del Accidente. Si no hubiera seguido Usted el tratamiento que se le hubiera prescrito, la Indemnización se estimará de acuerdo con las consecuencias que habría tenido ese mismo Accidente de haber seguido Usted el tratamiento recetado. Cómo acogerse a la garantía? Deberá Usted declarar el Accidente por escrito a la entidad aseguradora, por mediación nuestra, en un plazo de 30 días a partir de su conocimiento salvo caso fortuito o de fuerza mayor. La declaración deberá hacer constar todos los extremos oportunos acerca de la gravedad, las causas y las circunstancias del Accidente y en particular deberá Usted: remitirnos algún documento probatorio de su identidad y/o de su estado civil; hacernos llegar un certificado del médico prestador de los primeros auxilios y que describa con exactitud la naturaleza de su estado actual, de las lesiones y de sus consecuencias; remitir todo documento necesario para acreditar la existencia y la magnitud del Accidente; someterse al examen del médico de la entidad aseguradora APLAZAMIENTO DE SALIDA: Tiene Usted cubierto el reembolso de las penalizaciones que aplican las compañías aéreas en caso de aplazamiento de su fecha de salida hacia su País de destino o de regreso definitivo a su País de nacionalidad. La garantía se ejerce: en caso de modificación de fecha de examen acreditada imperativamente mediante documento oficial, de carácter imprevisible e inaplazable, a una fecha que coincida con el transcurso del viaje o después de la fecha de regreso a su País de nacionalidad, siempre y cuando no se conociera la convocatoria en el día de adhesión de la presente póliza; en caso de convocarse un examen de recuperación para una fecha que coincida con el transcurso del viaje, siempre y cuando no se conociera el suspenso del examen el día de la compra del billete de avión. La garantía se ejerce por un importe máximo de 100 por Asegurado por Año de seguro. 18

19 Cómo acogerse a la garantía? Deberá Usted avisar a la entidad aseguradora por escrito, por mediación nuestra, dentro de los 5 días laborables siguientes a la fecha de acaecimiento del suceso garantizado. Su declaración deberá recoger la siguiente información: su nombre, apellidos y dirección; el motivo concreto del aplazamiento de la fecha de vuelo de ida o vuelta; el documento oficial que recoja el calendario de exámenes previstos y cancelados, así como las nuevas fechas de convocatoria; el original de la factura donde aparezca el importe de las penalizaciones de demora. Toda cancelación que no cumpla con dichas disposiciones conllevará la privación de todo derecho a reembolso SEGURO DE EQUIPAJES: Esta garantía cubre por hasta todos sus Equipajes, objetos y efectos personales que le pertenezcan o que haya alquilado Usted frente a los siguientes riesgos: - pérdida de Equipajes durante su despacho por una empresa de transporte; - robo de Equipajes, objetos y efectos personales durante el trayecto de ida y vuelta, así como durante toda la estancia; - destrucción total o parcial o deterioro de sus Equipajes a consecuencia de catástrofes tales como un incendio, una inundación, un hundimiento o un acto de terrorismo, durante el trayecto de ida y vuelta, así como durante toda la estancia. En caso de pérdida, robo o destrucción de Equipajes facturados por un transportista, la entidad aseguradora no intervendrá sino previa declaración en su debida forma dirigida al transportista y previa deducción de la Indemnización que éste le abone en concepto de su responsabilidad. Por lo que respecta a la desaparición de Equipajes y su contenido encomendados a la responsabilidad de un hotelero, la entidad aseguradora no intervendrá sino previa deducción de la Indemnización que abone el depositario o su entidad aseguradora en concepto de su responsabilidad. Los Objetos de valor se indemnizarán hasta el 50 % del valor garantizado, esto es, un máximo de 800. En todo Siniestro, se hará Usted cargo de una Franquicia de 15. Cómo acogerse a la garantía? Debe Usted declarar el Siniestro a la entidad aseguradora por escrito, por mediación nuestra, dentro de los 5 días hábiles siguientes a los daños. Agotado dicho plazo, la entidad aseguradora se reserva el derecho de aplicar la privación de las garantías. Se le solicitará una lista de documentos acreditativos. 9. QUÉ SE EXCLUYE DE SU PÓLIZA? 9.1. EXCLUSIONES DE LA GARANTÍA DE GASTOS SANITARIOS: Además de las Exclusiones comunes a todas las garantías detalladas en el apartado 9.7, se excluyen de la garantía de gastos sanitarios: todos los gastos de carácter médico y quirúrgico no prescritos por una Autoridad médica cualificada; los gastos parafarmacéuticos, tratamientos cosméticos, productos de higiene, cremas solares y/o hidratantes, productos de maquillaje, tratamientos paliativos, vitaminas y minerales, complementos alimentarios, productos dietéticos, alimentos para lactantes, aguas minerales; la pedicura; las medicinas naturales o alternativas; los auxiliares médicos, salvo fisioterapeutas y enfermeros tras Accidente caracterizado; la ergoterapia, logoterapia y el tratamiento de trastornos psicomotores; las consultas con psicólogos; los implantes dentales, la parodontología y cualquier tratamiento ortodóncico; la operación o extracción de las muelas del juicio; toda atención dental que no revista carácter urgente, tal como exámenes dentales ordinarios, tartrectomías, estados preexistentes como puedan ser las caries/cavidades, los actos de reconstrucción, las coronas y/o reparación de coronas o cualquier otro tratamiento no necesario para aliviar el dolor; los gastos de prótesis dentales, de óptica y otras prótesis, salvo si los gastos son a resultas de un Accidente caracterizado; las sesiones de preparación al parto; la talasoterapia y las curas termales; los gastos de vacunación; los actos, exámenes y tratamientos de la piel (salvo tratamientos del cáncer); la operación de la articulación temporomandibular; el trastorno de déficit de atención, con o sin hiperactividad; el tratamiento de trastornos alimentarios; los tratamientos estéticos y curas de rejuvenecimiento, de adelgazamiento, de aumento de peso; 19

20 todo tratamiento relacionado con la esterilidad, la fertilidad o la anticoncepción; los tratamientos y medicamentos asistenciales para dejar el tabaco; la cirugía ocular por láser (incluida la corrección de la miopía) y el tratamiento de cataratas; los gastos de búsqueda y transporte para el trasplante de órganos; los tratamientos preventivos; las revisiones médicas generales, pruebas rutinarias y chequeos; los tratamientos no reconocidos por las Autoridades médicas del país en que se efectúen; los tratamientos experimentales; toda Hospitalización programada, en el momento de la adhesión, dentro de los 12 meses siguientes a la entrada en vigor de las garantías de la póliza, cualquiera que sea el motivo; los servicios de suministros que no sean indispensables para el diagnóstico o el tratamiento de la Enfermedad; los gastos que hubieran podido efectuarse al regreso del Asegurado en su País de nacionalidad; los gastos anexos, tales como los gastos de telefonía en caso de Hospitalización o los gastos suntuarios, desrazonables o desacostumbrados, teniendo presente el país en que se hayan efectuado; los gastos de transporte, salvo en ambulancia, hasta el centro sanitario apropiado más cercano; los gastos de estancia en el campo, el mar, la montaña, en casas de reposo, salvo tras Hospitalización médica o quirúrgica; la atención que requiera la Autorización previa y haya sido dispensada sin ella (en caso de Hospitalización sin Autorización previa, se aplicará a su reembolso una Franquicia del 20 %); los gastos de Hospitalización médica o de estancia en sanatorio antituberculoso o preventorio, cuando los centros que hayan acogido el Asegurado no estén homologados por la autoridad pública competente; los termómetros y tensiómetros; los medicamentos y tratamientos de la disfunción eréctil; el tratamiento del alcoholismo, la toxicomanía y de cualquier otra adicción o enfermedad asociada a dicha dependencia; las estancias en institutos médicos pedagógicos y establecimientos similares; las hormonas de crecimiento; las operaciones y tratamientos de cambio de sexo; la automutilación; todo gasto médicamente innecesario EXCLUSIONES DE LA GARANTÍA DE AYUDA A LA REPATRIACIÓN: Además de las Exclusiones comunes a todas las garantías detalladas en el apartado 9.7, no están cubiertos por la garantía de ayuda a la repatriación los gastos que resulten de los hechos o sucesos siguientes (que no podrán dar lugar a ninguna indemnización en concepto alguno ni a la intervención de APRIL International Assistance): todas las intervenciones y/o reembolsos correspondientes a reconocimientos médicos, chequeos, detecciones preventivas; las afecciones o lesiones benignas que puedan tratarse in situ y que no impidan el Asegurado de proseguir su desplazamiento; las convalecencias, las afecciones que se estén tratando y aún no consolidadas y/o que requieran atención posterior programada; las Enfermedades constituidas con anterioridad a la salida y que conlleven un riesgo de empeoramiento o de reaparición; las afecciones que hayan dado lugar a una hospitalización en los 6 meses anteriores a la salida; las posibles resultas (control, tratamientos complementarios, reapariciones) de una afección que haya dado lugar a una repatriación; los tratamientos de la esterilidad; los estados de embarazo, los partos y sus resultas referidas a los neonatos, las interrupciones voluntarias de embarazo; la cirugía estética, la atención dermatológica; las consecuencias de la falta, la imposibilidad o las resultas de una vacunación o tratamiento que resulte necesario o impuesto por un desplazamiento o viaje; las Enfermedades o malformaciones congénitas; las consecuencias de una inobservancia voluntaria de la normativa del país visitado o de la práctica de actividades no autorizadas por las autoridades locales; las consecuencias del incumplimiento de normas de seguridad reconocidas que regulen la práctica de toda actividad deportiva de ocio; las consecuencias de daños causados por explosivos que puedan obrar en el poder del Asegurado; el uso del alcohol y sus consecuencias, de acuerdo con la legislación vigente en el país de contingencia; los viajes emprendidos con fines de diagnóstico y/o de tratamiento; las consecuencias de la participación en una apuesta, un desafío, un duelo o un delito grave; los gastos de estancia, salvo aquellos que cuenten con la conformidad previa del servicio de asistencia; los gastos de combustible, de peaje, de travesía en barco; los gastos no justificados mediante documentos originales; cualquier otro gasto no previsto en las garantías concedidas. No se asumirán: los gastos médicos, las curas, las estancias en casas de reposo y gastos de rehabilitación, los gastos anticonceptivos y de tratamiento de la esterilidad, los gastos de gafas, lentes de contacto, las prótesis estéticas, dentales ni las acústicas; los transportes recurrentes que resulten necesarios por el estado de salud del Asegurado; los gastos asociados a los excesos de peso de equipajes en el transporte por avión y los gastos de despacho de equipajes cuando no puedan ser transportados con el Asegurado; 20

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