Carpeta NQ 538 de 2006 Repartido N 271 Julio de 2006

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1 A '1:'\'1. ~)OR Sr, fu. URUGUA UNICO EJEMPLAR \ Carpeta NQ 538 de 2006 Repartido N 271 Julio de 2006, j \ ~ I I f I t 1! I i COMPUTO BONIFICADO DE SERVICIOS PARA EL PERSONALSUPER'OR... YSUBAL.. TERNO DEL.. MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL QUE DESEMPEÑA TAREAS DE RIESGO Se sustituye el articulo 105 de la Ley.N , de 28 de diciembre de 1990, en la redacción dada por el articulo único de la Ley N 11~139, def22 de setiembre de , - Mensaje y proyecto de ley del Poder Ejecutivo. - Disposición citada. - Acta N 33 de la Comisión de Defensa Nacional de la Cámara de Senadores.

2 ~.. 1 MINIS lerio DE DEFENSA NACIONAL NENSA,JE 31/06 ) Montevideo, SENQR PRE9IDENTE DE LA ASAMBLEA GENERAL. DON RODOLFO NIN NOVOA JUN 2006 El Poder Ejecutivo cumple en remitir a ese Cuerpo el adjunto Proyecto de Ley, conforme con 10 preceptuado por el numeral 7 del artículo 168 de la Constitución de la Rep6blica, por el cual se incluye en el cómputo bonificado de servicios (cuatro por cada tres efectivamente prestados), al personal afectado a la recuperación o b6squeda y detección de artefactos explosivos pertenecientes al Grupo K-9 "San Miguel Arcángel" de Perros de Trabajo Militar del Ejército y se modif::'ca la redacción con referencia a los paracaidistas militares (comprendiendo el período en el cual practicaron la especialidad) El artículo 105 de la Ley de 28 de diciembre de 1990, en la redacción dada por el artículo 6nico de la Ley de 22 de setiembre de 1999, establece un cómputo benificado de servicios para personal del Ministerio de Defensa Nacional que desempeña determinadas tareas de riesgo Respecto a los paracaidistas mencionados, la norma vigente precept6a que éstos deben encontrarse en situación de paracaidista activo al momento de pasar a situación de retiro, a efectos de acceder al cómputo bonificado. Dicha redacción no resulta fidedigna con el espíritu de la Ley, III

3 2,. /// pues el mismo siempre na sido boni t ica t: ~. ' el ped odo en el cual la act lvidad (!s efectivamente prestada, motivo por el CUdJ resuj La pert inente proceder a su modi ficación en t.",1. senti.do I 8s de tener en cuenta que l a práctjca de esta actividad por un periodo prolongado dcjj se~uelas fisicas que limitan 1.:1 posibilidad de seguir desa rr 01 J {mdola, lo que determina qtje el individuo pie~de su condición de paracaidista activo, sin embargo ello no impide que continúe prestando servicios y realizando que su condición física le perm.tan Asimismo, se agrega el grupo K-9 "San Miguel Arcángel" d.. Perros de Trabajo Militar del ';jército, en el apartado flna_ del articulo de referencia, conjuntamente con el personal del Servicio de Material y Armamento afectado a la recuperació'l de artefaclos explosivos Por el Decreto 75/005 de 22 de febrero de 2005 se crearon el Centro de Instrucción de Perros de Trabajo Mi 1 i tar del Ej é rci to y el Grupo de Operaciones K-9 (Perros de Trabajo Militar) Se entiende que aquellos individuos que realizan las actividades mencionadas, COII el empleo.de perros en las esper:ialidades de búsqueda de sustancias explosivas (munición, armamento, artefactos terroristas, etc. ), merecen ///

4 ~EPUBLlCA ORIENTAL OH URUGUAY 3.' - ~ N~ ~'''NI> IEIIIO DE DEFENSA NACIONAl //1 i dén t.i co cómputo bonifi.cado que e.l. personal del Servi.cio de :"!aterjal. y Armamento, que se encuenlra comprendido en la lnisma ['or los fundamentos explles tos,,.;0 solici ta la atención I (le ese Cuerpo al adj unto Proyecto de Ley, cuya aprobación se enca rece ':1 Poder Ejecutivo saluda élj. serlor Presidente de la Asamblea General., atentamente 'A BERRUTTI A, L, SU/MVE' ----

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6 Ila>UBl.ICA ORIENTAl DEl ljr\jgu4y 5 - N~ MINISTERIO DE DefENSA NACIONAl PRO Y E C T O D E L E Y ARTICULO 1ro.- Sustitúyese al artículo 105 de la Ley de 28 de diciembre de 1990, en la redacción dada por el artículo único de la Ley del 22 de setiembre de 1999, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo Estarán comprendidos en la bonificación de servicios, computándoseles cuatro años por cada tres de servicios simples efectivamente prestados, de acuerdo a sus tareas de riesgo, el Personal Superior y Subalterno del Ministerio de Defensa Nacional, que se expresa: Buzos militares que cumplen tareas con aire comprimido.--- Técnicos electricistas y electrónicos que realizan el mantenimiento de equipos que funcionan con alta tensión y emisión de microondas Paracaidistas del Ejército, debiendo considerarse para el cómputo el período en el que practicó la especialidad y mantuvo la situación de paracaidista activo Las operaciones especialmente afectadas a la recuperación o búsqueda y detección de artefactos explosivos pertenecientes al Servicio de Material y Armamento y Grupo K-9 'San Miguel Arcángel" de Perros de Trabajo Militar del Ejército" ARTICULO 2do.- Comuníquese, publíquese y oportunamente, archívese A.L. SU/MVF

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8 7 Publicada set/999 - N Ley N SUSTITUYESE EL ARTICULO 105 DE LA LEY N , EN LA REDACCION DADA POR EL ARTICULO 61 DE LA LEY N REFERENTE A SERVICIOS BONIFICADOS DEL PERSONAL SUPERIOR Y SUBALTERNO QUE SE DETALLA, DEL MINISTERIO DE DEFENSA, NACIONAL, El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Articulo UniG.Q.- Sustitúyese el articulo 105 de la Ley N' , de 28 de diciembre de 1990, en la redacción dada por el articulo 61 de la Ley N' , de 29 de octubre de 1991, por el siguiente: "ARTICULO Estarán comprendidos en la bonificación de servicios, computándose les cuatro años por cada tres de servicios simples efectivamente prestados, de acuerdo a sus tareas de riesgo, el Personal Superior y Subalterno del Ministerio de Defensa Nacional, que se expresa: Buzos militares que cumplen tareas con aire comprimido. Técnicos electricistas y electrónicos que realizan el mantenimiento de equipos que funcionan con alta tensión y emisión de microondas. Paracaidistas del Ejército que se mantengan en. situación de paracaidista activo. Los especialmente afectados a la recuperación de artefactos explosivos pertenecientes al Servicio de Material y Armamento del Ejército". Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 14 de setiembre de MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL ARIEL LAUSAROT PERALTA, Presidente. Martln Garcia Nin, Secretario. Montevideo, 22 de setiembre de 1999.

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10 CÁMARA DE SENADORES COMISiÓN DE DEFENSA NACIONAL 9 ACTA N 33 XVLla LEGISLATURA SEGUNDO PERIODO En Montevideo, el día diez de julio del año dos mil seis, a la hora diecisiete y diez minutos, se reúne la Comisión de Defensa Nacional de la Cámara de Senadoces.-- Asisten sus miembros, señores Senadores, José KOI2Cníak, Carlos Moreíra, Gustavo Penadés y Jorge Saravia Falta con aviso el señor Senador Eleuterio FemándezHuidobro Preside el señor Senador Carlos Moreira, Presidente de la Comisjón Actúa en Secretaria el señor Julio Duran, Secretario de la Comisión, asistido por la señora Maria José Morador.---- ORDEN DEL DtA: CARPETA N" COMPUTO BONlflCAOO AL PERSONAL AfECTADO A LA RECUPERACIÓN O BÚSQUEDA Y DETECCION DE ARTEFACTOS EXPLOSIVOS PERTENECIENTES AL GRUPO K-9 "SAN MIGUEL ARCANGEL" DE PERROS DE TRABAJO MlLlT AR DEL EJERCITO Y SE MODlFICA LA REDACCIÓN CON REfERENCIA A LOS PARACAIDISTAS M]LITARES. Aprobación. Mensaje y Proyecto de ley del Poder Ejecutivo. DistnDuido N" RESOLUC10NES: Se pone a consideración y se vota: 4 en 4. AFlRMATIVA. Unanimidad Se designa Miembro Informante - verbal - al señor Senador Jorge Saravia A la boca diecisiete y veinte minutos se levanta la sesión. Para constancia se labra la presente Acta que firman los seoores Presidente y Secretario de la Comisión J ~~~ Secretario ~ MOREIRA Presiden le

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