HOSPITAL RAFAEL URIBE URIBE E.S.E. TIPO DE DOCUMENTO: GUIA
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- Cristián Domínguez Henríquez
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1 NOMBRE: BUENAS PRACTICAS DE PRESCRIPCION DE MEDICAMENTOS PÁG. 1 DE 8 1. OBJETIVO DEL INSTRUCTIVO Establecer los lineamentos a cumplir por parte del personal medico, optómetra y odontólogos para la realización de la formulación medicamentos de una forma adecuada. de 2. ALCANCE Aplica a todo el personal medico de los centros de atención del Hospital. 3. GENERALIDADES CONTENIDO DEL DOCUMENTO 1. INTRODUCCION La prescripción médica es un acto complejo, que requiere de conocimientos, experiencia profesional, habilidades específicas, un gran sentido de responsabilidad y una actitud ética. Se debe recordar que el proscriptor asume la responsabilidad legal por las implicaciones de la prescripción. 2. DEFINICIONES En el desarrollo de la presente guía se enunciaran algunos términos los cuales son objeto de descripción a continuación. Denominación Común Internacional (DCI). Es el nombre recomendado por la Organización Mundial de la Salud (OMS) para cada medicamento. La finalidad de la Denominación Común Internacional (DCI) es conseguir una buena identificación de cada fármaco en el ámbito internacional. Evento adverso. Es cualquier suceso médico desafortunado que puede presentarse durante un tratamiento con un medicamento, pero que no tiene necesariamente relación causal con el mismo. Indicaciones. Estados patológicos o padecimientos a los que se aplica un medicamento. Interacciones. Influencia de un medicamento, alimento u otra sustancia sobre el comportamiento o la eficacia de otro medicamento. Medicamento. Es aquel preparado farmacéutico obtenido a partir de principios activos, con o sin sustancias auxiliares, presentado bajo forma farmacéutica que se utiliza para la prevención, alivio, diagnóstico, tratamiento, curación o rehabilitación de la enfermedad. Los envases, rótulos, etiquetas y empaques hacen parte integral del medicamento, por cuanto éstos garantizan su calidad, estabilidad y uso adecuado. Paciente. Persona a quien se prescribe el o los medicamentos o que va a usarlos, en el caso de los de venta libre. Prescripción, fórmula u orden médica. Orden escrita emitida por un médico o profesional de la salud autorizado por la ley, para que uno o varios medicamentos, especificados en ella, sea(n) dispensado(s) a determinada persona. Problemas Relacionados con Medicamentos (PRM). Es cualquier suceso indeseable experimentado por el paciente que se asocia o se sospecha asociado a una terapia realizada con medicamentos y que interfiere o potencialmente puede interferir con el resultado deseado para el paciente. Los Problemas Relacionados con Medicamentos (PRM), se clasifican en:
2 NOMBRE: BUENAS PRACTICAS DE PRESCRIPCION DE MEDICAMENTOS PÁG. 2 DE 8 a) Relacionados con la necesidad. b) Relacionados con la efectividad. c) Relacionados con la seguridad. Esta clasificación está sujeta a los avances de las ciencias farmacéuticas, especialmente, en el área de la prestación de servicios. Problemas Relacionados con la Utilización de Medicamentos (PRUM). Corresponden a causas prevenibles de Problemas Relacionados con Medicamentos, asociados a errores de medicación (prescripción, dispensación, administración o uso por parte del paciente o cuidador), incluyendo los fallos en el Sistema de Suministro de Medicamentos, relacionados principalmente con la ausencia en los servicios de procesos administrativos y técnicos que garanticen la existencia de medicamentos que realmente se necesiten, acompañados de las características de efectividad, seguridad, calidad de la información y educación necesaria para su uso correcto. Estos problemas se pueden clasificar de la manera siguiente: a) Relativos a la disponibilidad. b) Relativos a la calidad. c) Relativos a la prescripción. d) Relativos a la dispensación. e) Relativos a la administración. f) Relativos al uso. Esta clasificación está sujeta a los avances de las ciencias farmacéuticas, especialmente, en el área de la prestación de servicios. Uso adecuado de medicamentos. Es el proceso continuo, estructurado y diseñado por el Estado, que será desarrollado e implementado por cada institución, y que busca asegurar que los medicamentos sean usados de manera apropiada, segura y efectiva. Prescripción: Es el ACTO MEDICO por el cual el profesional de la salud define por escrito una conducta terapéutica. Es una importante relación entre el médico y su paciente, resume en un documento la capacidad diagnóstica y experiencia terapéutica del médico. La prescripción forma parte de la relación entre el prescriptor, el farmacéutico y/o regente de farmacia, la enfermera y el paciente. Como parte de la Historia Clínica, constituye un documento público de carácter testimonial, académico e investigativo. 3. COMPETENCIA PARA LA ELABORACIÓN Y MANEJO DE PRESCRIPCIONES MEDICAS La prescripción de medicamentos debe ser realizada exclusivamente por el personal médico y autorizado, firmando al final con su número de registro medico. Se entiende por personal médico autorizado 1) los profesionales médicos que tengan relación laboral con la institución 2) los profesionales médicos, que tengan contrato de prestación de servicios médicos, ó médicos graduados, en entrenamiento de post grado. Para otros casos especiales de profesionales médicos que, en virtud de convenios o contratos de otra naturaleza a la descrita anteriormente, desarrollen labores asistenciales en la institución, se requerirá autorización por parte de la Gerencia y la Dirección Médica, previo concepto del Comité de Farmacia y Terapéutica.
3 NOMBRE: BUENAS PRACTICAS DE PRESCRIPCION DE MEDICAMENTOS PÁG. 3 DE 8 Nota: Los estudiantes de pregrado (incluye médicos en etapa de internado), de la facultad de medicina, no están autorizados para realizar prescripciones médicas. 4. NORMAS PARA LA ELABORACION Y EL MANEJO DE ORDENES Y FORMULAS MEDICAS MÉDICAS PARA PACIENTE Estas normas han sido redactadas bajo el principio de que: La prescripción médica es el único acto que autoriza la administración o de medicamentos a los pacientes que se encuentren en los servicios de urgencias o que estén hospitalizados o la dispensación a pacientes ambulatorios del hospital Rafael Uribe Uribe. El médico ejerce el control completo sobre todos los actos que sean necesarios para el completo cumplimiento de la prescripción. Toda prescripción debe hacerse por escrito, previo registro de las condiciones clínicas del paciente, su evolución y diagnóstico, en la Historia Clínica. Las órdenes verbales que se produzcan en casos de emergencia se ratificarán posteriormente por escrito, una vez superada la emergencia. Las prescripciones de pacientes hospitalizados, en la institución, se elaborarán en el formato de Ordenes Médicas y Formulas Medicas para el caso de medicamentos no POS o de control especial, diseñado y aprobado por el Comité de Farmacia y Terapéutica. El original reposa en la Historia Clínica. La copia se enviará al Servicio Farmacéutico, a fin de realizar el proceso de dispensación. No es válida ninguna prescripción realizada en formato(s) diferente(s) al(los) aprobado(s) en el caso de pacientes ambulatorios se le entregara por completo la formula medica al paciente y se deberá dejar el registro de los medicamentos ordenados, en la historia clínica del paciente. Las órdenes deberán expresarse de forma clara, sencilla y completa. El médico debe obligarse a prescribir con letra legible para evitar errores de interpretación. En los pacientes hospitalizados, el médico tratante elaborará órdenes médicas completas, en horas de la mañana y para un periodo de 24 horas. Las Ordenes Médicas deberán ratificarse cada 24 horas. Si se produce alguna modificación en la prescripción, se expresará la naturaleza de la misma (adición de un medicamento, suspensión, cambio de dosis, etc.). Siempre que sea posible se escribirá el tratamiento completo y en todo caso, cuando se produzcan modificaciones múltiples. Debe suprimirse el uso de abreviaturas y símbolos químicos que no estén aprobados por el Comité de Farmacia y Terapéutica. Respecto a los medicamentos susceptibles de crear dependencia se requiere, para su control y dispensación, por parte del Servicio Farmacéutico de la institución, que la prescripción sea elaborada adicionalmente, en el formato Prescripción de Medicamentos de Control Especial, en original y copia, incluyendo un solo medicamento por prescripción, firmado por el médico tratante con sello y número de registro médico. La concentración del medicamento debe escribirse en el sistema métrico decimal (mg, g, mcg, ml, meq, etc) o en U.I. en los medicamentos que utilicen tal sistema como la Heparina Sódica, algunos antibióticos, insulinas etc. En la prescripción de líquidos endovenosos, se expresará el tipo de solución a infundir, el volumen total de líquido a administrar en 24 horas, los medicamentos a adicionar, la técnica de administración preferida (por infusión continua, en bolo etc)., y la velocidad de infusión.
4 NOMBRE: BUENAS PRACTICAS DE PRESCRIPCION DE MEDICAMENTOS PÁG. 4 DE 8 Se suspenderá la dispensación de medicamentos y la entrega de dispositivos médicos en los siguientes casos: a. Cuando se produzca el egreso hospitalario del paciente (de los CAMI). b. Veinticuatro (24) horas después de haberse ordenado la prescripción, si ésta no ha sido renovada. c. Cuando en la Orden Médica se registre IGUALES ORDENES DIA ANTERIOR ó IGUALES ORDENES. No se autoriza IGUALES ORDENES DIA ANTERIOR y/o IGUALES ORDENES. Solamente se aceptarán expresiones tales como Resto Igual ó Continuar demás medicación igual cuando correspondan a adiciones de medicamentos en las órdenes médicas, que sean realizadas el mismo día (previa evolución y prescripción completa en la mañana), como resultado de interconsulta (valoración) o por cambios en la evolución del paciente. Elaborada la orden médica, la enfermera escribirá claramente su nombre, como constancia de su revisión y transcripción a las Tarjetas de Administración de Medicamentos (conocidas como kárdex). E informará al personal de enfermería responsable del paciente. Cuando sea necesario modificar una orden médica como resultado de una interconsulta, de cambio de especialidad o en razón de la evolución misma del paciente, es necesario especificar por escrito que medicamento(s) deberá(n) suspenderse y las demás modificaciones pertinentes. No se aceptan ORDENES VERBALES de prescripción, excepto en casos estrictamente necesarios, las cuales deberán ratificarse por escrito tan pronto se supere la emergencia, en un término no mayor al cambio de turno. Ningún medicamento se puede dispensar o administrar sin previa consulta con el médico, ante cualquier duda que exista en la prescripción. Se debe utilizar letra clara y legible; en su defecto se utilizará computador u otro medio impreso. El médico está obligado a prescribir con letra legible para evitar errores de interpretación La prescripción debe permitir la confrontación entre el medicamento prescrito y el medicamento dispensado (en el caso ambulatorio) y administrado (en el caso hospitalario) por parte del profesional a cargo del servicio farmacéutico y del Departamento de Enfermería o la dependencia que haga sus veces. 5. CONTENIDO DE LA PRESCRIPCIÓN La prescripción del medicamento deberá realizarse en la papelería diseñada para tal fin en el Hospital la cual debe contener, como mínimo, los siguientes datos cuando estos apliquen: Nombre del prestador de servicios de salud o profesional de la salud que prescribe, dirección y número telefónico o dirección electrónica. Lugar y fecha de la prescripción. Nombre del paciente y documento de identificación. Número de la historia clínica. Descripción del diagnostico en código CIE10. Tipo de usuario (contributivo, subsidiado, particular, otro). Nombre del medicamento expresado en la Denominación Común Internacional (nombre genérico). Medicamentos en nombre genérico de
5 NOMBRE: BUENAS PRACTICAS DE PRESCRIPCION DE MEDICAMENTOS PÁG. 5 DE 8 carácter obligatorio ( Acuerdo 228 de 2002 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud). Concentración y forma farmacéutica. Vía de administración. Dosis y frecuencia de administración. Período de duración del tratamiento. Cantidad total de unidades farmacéuticas requeridas para el tratamiento, en números y letras. Indicaciones que a su juicio considere el proscriptor. Nombre y firma del proscriptor con su respectivo número de registro profesional. Firma del beneficiario 6. PROCESO DE PRESCRIPCION RAZONADA Y SEGURA La Organización Mundial de la Salud OMS define el uso adecuado de los medicamentos como la situación mediante la cual los pacientes reciben los medicamentos apropiados a sus necesidades clínicas, en la dosis requerida, por el período de tiempo adecuado y a un costo accesible. Por lo que se hace necesario contar con una visión global sobre el proceso de elección de un tratamiento farmacológico, que según la OMS se define así: Definir el problema del paciente Especificar el objetivo terapéutico: Qué se desea conseguir con el tratamiento? Comprobar si el tratamiento es adecuado: Comprobar la efectividad y la seguridad Comenzar el tratamiento Dar información, instrucciones y advertencias al usuario. Supervisar ( y detener?) el tratamiento: Si el paciente no vuelve, probablemente habrá mejorado. Si no mejora y vuelve hay tres posibles razones: el tratamiento no fue efectivo; el tratamiento no fue seguro (efectos indeseados inaceptables) el tratamiento no era cómodo, era imposible seguir la pauta de dosificación. La construcción de una cultura institucional en seguridad clínica que genere en el personal de salud la adopción de prácticas seguras, es el punto de partida para disminuir al mínimo en lo posible la incidencia de eventos adversos. Es necesario considerar que la información entregada al paciente durante la prescripción contribuye al uso adecuado de los medicamentos. La información que los profesionales de la salud deben brindar a los pacientes con respecto a sus medicamentos es la siguiente: Indicación del medicamento y Efectos farmacológicos del medicamento: Dosificación y administración
6 NOMBRE: BUENAS PRACTICAS DE PRESCRIPCION DE MEDICAMENTOS PÁG. 6 DE 8 Importancia de tomar el medicamento. Qué podría suceder si no se toma? Efectos adversos: Interacciones: Con qué medicamentos o alimentos interactúa? Instrucciones: Cuándo y cómo tomar el medicamento? Por cuánto tiempo debe tomar el medicamento? Qué hacer en caso de presentar problemas? Contraindicaciones Precauciones Efectos adversos Advertencias: Qué precauciones se debe tener durante el tratamiento? (manejar auto, beber licor). Dosis máxima recomendada. Otras indicaciones: Dieta: qué tipo de alimentos debe recibir, cómo prepararlos, cuántas raciones debe recibir, volumen de líquido a ingerir, etc.? Ejercicio físico: necesidad de realizarlo, cuál?, cómo? Hábitos inapropiados que debe corregir. 7. SISTEMAS DE FORMULACION Y ABREAVIATURAS. El medico dentro de sus actividad de formulación deberá tener en cuenta los aspectos relacionados con el sistema de formulación pues de la buena aplicación de dichos sistemas se garantiza la adecuada dispensación y administración de los medicamentos, por tal razón serán las únicas autorizadas por el servicio farmacéutico y el personal de farmacia intrahospitalaria no aceptara prescripciones con siglas diferentes a las mencionadas a continuación. El personal médico al momento de realizar la formulación deberá tener en cuenta la concentración y forma farmacéutica del medicamento para establecer la posología; formulaciones que no cumplan con estas características serán devueltas por el servicio farmacéutico en el caso de las formulaciones intrahospitalarias y en el caso de farmacia ambulatorias dependiendo de la gravedad del error se le informara al medico para su corrección y se genera una inconformidad en la correspondiente planilla razón por la cual es de importancia tener en cuenta los siguientes parámetros. Los únicos medicamentos autorizados para que sean ordenados por mililitros son: DEXTROSA EN AGUA DESTILADA AL 5% Y AL 10 %, LACTATO DE RINGER, SOLUCION SALINA 0.9% DE 500ML Y 250 ML, AGUA DESTILADA. Los medicamentos que vienen en concentraciones de ( % ) se deberán formular en gramos o miligramos.
7 NOMBRE: BUENAS PRACTICAS DE PRESCRIPCION DE MEDICAMENTOS PÁG. 7 DE 8 Los medicamentos que tengan concentraciones en (meq = miliequivalente) se deberán formular en miliequivalente/volumen de la solución a administrar por hora. Los medicamentos que tengan concentraciones en ( U.I. = unidades internacionales) se deberán formular unidades internacionales. Los medicamentos en concentraciones por ( MG = miligramo, G = gramo, MCG = microgramo) se deberán formular bajo las mimas concentraciones. Los medicamentos con concentraciones en ( P.P.M. = partes por millón) se deberán formular en P.P.M. VIAS DE ADMINISTRACIÓN I.M. = Intramuscular I.V. = Intravenosa S.A. = Subaracnoidea Irc = Intrarectal PrD = Peridural V.O. = Vía Oral Iar = Intraarticular UNIDADES DE MEDIDA mg = miligramo ml = mililitro U.I. = Unidades Internacionales mcg = microgramo g = gramo mg / ml = miligramo por mililitro meq= miliequivalente SOLUCIONES D.S.S = Dextrosa en solución salina normal S.S.N = Solución Salina Normal D.A.D. = Dextrosa en Agua Destilada L.R. = Lactato de Ringer S.R. = Solución Ringer Todas las demás soluciones deben escribirse por completo. OTRAS NOMENCLATURAS c/8 hs = Cada ocho horas c/12 hs = Cada doce horas c/6 hs= cada seis horas c/24hs = cada 24 horas
8 NOMBRE: BUENAS PRACTICAS DE PRESCRIPCION DE MEDICAMENTOS PÁG. 8 DE 8 4. CONTROL DE CAMBIOS VERSIÓN FECHA CAMBIOS REALIZADOS 5. APROBACIÓN DEL DOCUMENTO: ELABORO: REVISO: APROBÓ: Nombre: Fabián Prada Prada Nombre: Victoria Eugenia Martinez Puello Nombre: Waldetrudes Aguirre Ramírez Nombre: Miguel Angel Tello Medina Cargo: Profesional Universitario Farmacia Cargo: Subgerente de Servicios de Salud Cargo: Gerente Cargo: Responsable Proceso Apoyo Diagnostico y Terapéutico Fecha: 10 de Septiembre 2010 Fecha: 01 de mayo del Fecha: Firma: Firma: Firma: Firma:
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