Convenio de Cooperación MEP - FVR 1. Anexo 1.16

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Convenio de Cooperación MEP - FVR 1. Anexo 1.16"

Transcripción

1 1 Anexo 1.16 PROPUESTA DE CONVENIO MARCO DE COOPERACION PARA LA CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA SUSCRITO POR EL MINISTERIO EDUCACIÓN PÚBLICA Y LA FUNDACIÓN PARA LA VIVIENDA RURAL COSTA RICA-CANADA. Los suscritos,, mayor de edad,, vecino de, cédula número, actuando en mi condición de del Ministerio de., domiciliado en, cédula jurídica número, todo según nombramiento realizado mediante decreto ejecutivo número, publicado en La Gaceta número del y Juan José Umaña Vargas, mayor de edad, casado, ingeniero civil, vecino de Curridabat, San José, cédula número ; actuando en mi condición de Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la Fundación para la Vivienda Rural Costa Rica-Canadá, domiciliada en Lourdes de Montes de Oca, 550 metros noroeste de la Iglesia Católica, cédula jurídica número , según consta de la Sección Personas del Registro Público, al tomo: 177, folio: 276, asiento: 567, en adelante denominada La Fundación, hemos acordado celebrar el presente convenio marco de cooperación el cual se regirá por los antecedentes y cláusulas que a continuación se detallan: CONSIDERANDO: 1. El Ministerio de Educación Pública es el ente rector de todo el Sistema Educativo, motivo por el cual le corresponde promover el desarrollo y la consolidación del sistema educativo y por lo tanto debe procurar el acceso de toda la población a una educación de calidad, centrada en el desarrollo integral de las personas y en la promoción de una sociedad costarricense integrada por las oportunidades y la equidad social. 2. La Fundación es un ente privado de utilidad pública, sin fines de lucro, creada al amparo de la Ley número 5338, y a su vez es una entidad autorizada del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda. 3. La Fundación cuenta con experiencia de más de 20 años en la atención formal de familias en condición de pobreza y ha venido colaborando con el Estado Costarricense en forma decidida durante los últimos años en la atención de proyectos de infraestructura ejecutados al amparo del artículo 59 de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda. Actualmente, desea extender su colaboración a otros sectores especialmente en la construcción de infraestructura educativa. 4. La Fundación cuenta con una estructura organizativa sólida y debidamente consolidada para atender de manera eficiente diferentes proyectos de

2 2 financiamiento de centros educativos y las obras de construcción de aulas con recursos procedentes del Ministerio de Educación Pública, o de otras fuentes, canalizando y fiscalizando los mismos de manera diligente a fin de garantizar la debida construcción y conclusión de la obras, cumpliendo para ello con la normativa técnica vigente, así como el análisis y calificación de las comunidades beneficiarias de esos recursos. 5. Que la firma de este convenio ha sido aprobada por la Contraloría General mediante el Oficio de fecha, con fundamento en el artículo 2, inciso c) de la Ley de Contratación Administrativa. En virtud de lo anterior las entidades firmantes acuerdan suscribir el presente convenio, todo ello de conformidad con las siguientes cláusulas. I - Del Objeto: El presente convenio tiene por objeto establecer los lineamientos generales para la implementación y puesta en marcha del ( Plan Nacional para [ ]?), impulsado por el Gobierno de la República a través del Ministerio de Educación Pública. II - Compromisos del Ministerio de Educación Pública: 1. Definir a nivel político los criterios de priorización y atención de las diferentes comunidades y centros educativos, considerando las características presentadas por cada uno de ellos. 2. Coordinar con todas las instituciones centralizadas y descentralizadas que conforman el sector social, con las Municipalidades, el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos, el Ministerio de Salud, la Comisión Nacional de Emergencias, la Secretaría Técnica del Ambiente, entre otras entidades permisionarias, las diferentes acciones tendientes a establecer mecanismos ágiles para el trámite y aprobación de las diferentes autorizaciones requeridas para cada proyecto. 3. Suministrar a la Unidad Ejecutora que se dirá, los diferentes estudios técnicos e informes levantados tanto por instituciones públicas como privadas sobre el estado actual de la infraestructura educativa del país. 4. Coordinar el acceso de la Unidad Ejecutora a las diferentes bases de datos y fuentes de información en poder de las instituciones centralizadas y descentralizadas que conforman el sector social y que luchen por el desarrollo educativo del país. 5. Contactar y coordinar con las dirigencias de las diferentes Juntas de Educación de las comunidades por atender, a fin de explicar las acciones por emprender y lograr los consensos necesarios para garantizar la debida construcción de las obras. Estará también a cargo del Ministerio la mediación necesaria ante cualquier

3 3 diferendo o conflicto que se presente con las personas involucradas en el proceso de atención de cada comunidad. 6. Determinar los requisitos mínimos que deberán cumplir la Junta de Educación de cada comunidad, para poder recibir el beneficio en infraestructura. 7. Conocer, aprobar o rechazar, los diferentes proyectos que someta a su consideración la Fundación Costa Rica-Canadá. 8. Proceder con el giro de los recursos aprobados para cada proyecto. 9. Establecer mecanismos expeditos giro de recursos, una vez que los casos han sido debidamente postulados por la Fundación. 10. Liquidar los recursos girados, previa formalización e individualización de los casos por parte de la Fundación. III Compromisos de la Fundación: 1. Asumir el rol de ser una Unidad Ejecutora del ( Plan Nacional para [ ]?), de acuerdo con las políticas y priorización de construcción definida por el Ministerio de Educación Pública. 2. Conformar a lo interno la estructura técnica necesaria para atender puntualmente los diferentes proyectos, dotando dicha estructura de personal calificado y especializado en las diferentes disciplinas o áreas, según sean los requerimientos que presenta cada comunidad. 3. Administrar y canalizar de manera diligente los recursos girados por el Ministerio de Educación Pública, destinando los mismos a la ejecución de las obras de infraestructura educativa de cada proyecto, todo de acuerdo con los requerimientos técnicos aprobados por el Ministerio de Educación Pública para cada comunidad. 4. Elaborar los términos de referencia de las obras constructivas requeridas para cada proyecto. 5. Definir los mecanismos de contratación de las empresas constructoras y/o desarrolladoras que asumirán a responsabilidad de ejecutar directamente las obras para cada proyecto, de acuerdo con los términos de referencia previamente establecidos y los costos aprobados por el Ministerio de Educación Pública, bajo esquemas de contratación que respeten los principios generales de la contratación administrativa. 6. Proceder con el análisis, tramitación y postulación ante el Ministerio de Educación Pública de los expedientes de cada comunidad beneficiaria, ejecutando la individualización de recursos. 7. Fiscalizar en forma diligente la inversión de los recursos aprobados para cada proyecto por el Ministerio de Educación Pública, mediante la designación de profesionales idóneos que asuman el seguimiento puntual de las obras requeridas para cada proyecto.

4 4 8. Establecer en forma conjunta con el Ministerio de Educación Pública la estrategia de comunicación a los diferentes públicos interesados y a la comunidad en general del avance en la ejecución del ( Plan Nacional [ ]?) 9. Coadyuvar en la identificación de cada comunidad a fin de determinar el grado de prioridad para recibir la colaboración en infraestructura educativa. IV Esquema de trabajo 1. El MEP propone una serie de proyectos de infraestructura educativa, sean estos remodelaciones, ampliaciones o construcciones nuevas y por medio del CENIFE establece los requerimientos técnicos que debe reunir la obra terminada. 2. La Fundación propone un presupuesto de diseño y prefactibilidad para cada caso por separado, con un cronograma de trabajo para acometer cada obra. 3. El MEP aprueba el presupuesto correspondiente. 4. La Fundación procede a contratar los servicios técnicos y profesionales necesarios, bajo un esquema de contratación que respeta los principios generales de la contratación administrativa y entrega al MEP los planos y diseños finales de cada obra, con el presupuesto correspondiente. 5. El MEP, por medio de CENIFE, aprueba el proyecto y el presupuesto y hace la reserva de fondos correspondiente. 6. La Fundación procede a contratar los servicios profesionales de una empresa constructora, bajo un esquema de contratación que respeta los principios generales de la contratación administrativa. 7. El MEP analiza el procedimiento de contratación de la empresa constructora y otorga una no objeción a lo actuado por la Fundación. 8. La Fundación da la orden de inicio y fiscaliza y rinde informes de avance al MEP, para que se giren los recursos correspondientes a la cuenta de la Fundación, que procede a pagar a la empresa constructora y a descontar su comisión de administración. 9. Durante todo el proceso descrito en el punto anterior, el CENIFE mantiene en una fiscalización y control permanentes, inspeccionando y pidiendo información según lo estime pertinente. 10. Una vez entregada la obra y recibida a satisfacción provisionalmente por parte de la Fundación, se pone en conocimiento del MEP para que el CENIFE otorgue el visto bueno final y la obra se tenga por recibida en forma definitiva. 11. En caso de que una empresa contratista presente un reclamo por reajuste de precios, éste se tramitará en un todo por medio de las disposiciones del reglamento de Reajustes de Reajuste de Precios en los Contratos de Obra Pública de Construcción y Mantenimiento, Decreto Ejecutivo N MEIC. V De la Comisión por Administración:

5 5 La Fundación devengará una comisión por administración de un.% (.por ciento) calculada sobre el monto aprobado por el Ministerio de Ecuación Pública para la ejecución de cada proyecto, que se pagará en forma proporcional de cada unos de los desembolsos que se vayan haciendo y representa el único pago por sus servicios. VI - Del Plazo: El plazo para el cumplimiento del objeto señalado en este convenio es de cuatro años contados a partir de la fecha de su firma y se prorrogará por un período igual, si al vencimiento de este término ninguna de las partes le notifica a la otra, por escrito y con treinta días naturales de anticipación, su intención de no continuarlo. VII Modificación del Convenio: Las partes podrán ampliar o modificar este convenio, por mutuo acuerdo, en el momento que así lo soliciten y la ampliación o modificación se hará mediante simple addenda, que requerirá para su eficacia de la aprobación de la Contraloría General. VIII Seguimiento y Control: Las entidades firmantes se comprometen recíprocamente a establecer los mecanismos que correspondan para realizar una adecuada administración de riesgos e igualmente se comprometen a implementar las medidas que aseguren un adecuado ambiente de control y fiscalización integral del Programa. IX - Nulidad La nulidad, falta de acción o ilegalidad de una o varias cláusulas de este convenio no invalida, ni nulifica las demás cláusulas de este Convenio, las cuales continuarán vigentes. X - Protocolización Las partes se autorizan para comparecer ante Notario Público a protocolizar todo o parte de este convenio marco de cooperación. Es todo. En fe del cumplimiento de las anteriores disposiciones, firmamos en dos tantos, uno para cada una de las partes, en la ciudad de San José, al ser las horas del día del mes de de Dr. Ing. Juan José Umaña Vargas

6 6 Ministro de Educación Gerente General Fundación Costa Rica-Canadá

CAJA COSTARRICENSE DEL SEGURO SOCIAL. Política para la Organización de la Respuesta a Emergencias y Desastres

CAJA COSTARRICENSE DEL SEGURO SOCIAL. Política para la Organización de la Respuesta a Emergencias y Desastres CAJA COSTARRICENSE DEL SEGURO SOCIAL Política para la Organización de la Respuesta a Emergencias y Desastres Acuerdo de Junta Directiva: Articulo 15 de la sesión No. 8433 del 25 de marzo, 2010 1 CONSIDERANDOS

Más detalles

Anexo 01 ESTUDIOS PREVIOS. Contratar las pólizas - seguros de vida grupo deudores - que cubra a los beneficiarios del Fondo Emprender del SENA.

Anexo 01 ESTUDIOS PREVIOS. Contratar las pólizas - seguros de vida grupo deudores - que cubra a los beneficiarios del Fondo Emprender del SENA. Anexo 01 ESTUDIOS PREVIOS Contratar las pólizas - seguros de vida grupo deudores - que cubra a los beneficiarios del Fondo Emprender del SENA. OFERTA PÚBLICA DE CONTRATO OPC 086-2011 BOGOTÁ D.C., DICIEMBRE

Más detalles

Adopción e Implementación de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (NICSP), en el Ámbito Costarricense

Adopción e Implementación de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (NICSP), en el Ámbito Costarricense Decreto Ejecutivo : 34918-0 del 19/11/2008 Adopción e Implementación de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (NICSP), en el Ámbito Costarricense Ente emisor: Fecha de vigencia

Más detalles

Es el conjunto de documentos de carácter técnico y/o económico que permiten la adecuada ejecución de una obra.

Es el conjunto de documentos de carácter técnico y/o económico que permiten la adecuada ejecución de una obra. EXPEDIENTE TÉCNICO DE OBRA Es el conjunto de documentos de carácter técnico y/o económico que permiten la adecuada ejecución de una obra. Comprende Memoria descriptiva. Especificaciones técnicas. Planos

Más detalles

REGLAMENTO DE LA OFICINA EJECUTORA DEL PROGRAMA DE INVERSIONES (OEPI).

REGLAMENTO DE LA OFICINA EJECUTORA DEL PROGRAMA DE INVERSIONES (OEPI). REGLAMENTO DE LA OFICINA EJECUTORA DEL PROGRAMA DE INVERSIONES (OEPI). (Aprobado en sesión 3518-22, 08/11/1988. Publicado En el Alcance a La Gaceta Universitaria 03-89,07/03/1989) CAPÍTULO I DEFINICIÓN

Más detalles

ATRIBUCIONES, ARTÍCULO 50 DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE CHIHUAHUA

ATRIBUCIONES, ARTÍCULO 50 DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE CHIHUAHUA ATRIBUCIONES, ARTÍCULO 50 DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE CHIHUAHUA Artículo 50.- El Consejo General, sesionará en público y tendrá las siguientes atribuciones

Más detalles

LEY 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y resolución de entidades de crédito.

LEY 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y resolución de entidades de crédito. NOTA: SOLO SE INCLUYEN AQUELLOS ARTÍCULOS O APARTADOS QUE HACEN REFERENCIA O TIENEN RELACIÓN CON EL FONDO DE GARANTÍA DE DEPÓSITOS DE ENTIDADES DE CRÉDITO LEY 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración

Más detalles

C O N S I D E R A N D O

C O N S I D E R A N D O LUIS ARMANDO REYNOSO FEMAT, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Aguascalientes, en ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 46, fracción I de la Constitución Política

Más detalles

CONVENIO MARCO DE COOPERACION ACADÉMICA, CIENTÍFICA Y CULTURAL ENTRE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA Y LA UNIVERSIDAD DE MURCIA, ESPAÑA

CONVENIO MARCO DE COOPERACION ACADÉMICA, CIENTÍFICA Y CULTURAL ENTRE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA Y LA UNIVERSIDAD DE MURCIA, ESPAÑA CONVENIO MARCO DE COOPERACION ACADÉMICA, CIENTÍFICA Y CULTURAL ENTRE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA Y LA UNIVERSIDAD DE MURCIA, ESPAÑA De una parte Don CARLOS ESTUARDO GÁLVEZ BARRIOS, comparezco

Más detalles

Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio Oficina Asesora de Planeación República de Colombia

Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio Oficina Asesora de Planeación República de Colombia ANEXO DE INFORMACIÓN BÁSICA INFORMACIÓN BÁSICA REQUERIDA POR EL SUIFP PARA PROYECTOS DE INVERSIÓN FINANCIADOS CON RECURSOS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN Con el ánimo de estandarizar los contenidos

Más detalles

REGLAMENTO ESTANCIAS Y ESTADÍAS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA EL SUROESTE DE GUANAJUATO

REGLAMENTO ESTANCIAS Y ESTADÍAS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA EL SUROESTE DE GUANAJUATO REGLAMENTO DE ESTANCIAS Y ESTADÍAS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA EL SUROESTE DE GUANAJUATO Aprobado por el H. Consejo Directivo en sesión ordinaria del día 09 de marzo del 2000 1 REGLAMENTO DE ESTANCIAS

Más detalles

TÉRMINOS DE REFERENCIA

TÉRMINOS DE REFERENCIA TÉRMINOS DE REFERENCIA Convenio de Cooperación Técnica Apoyo a la Implementación del Plan Estratégico 2014-2018 para el Mejoramiento y Fortalecimiento del TSC (ATN/OC-14742-HO) CONSULTOR DE APOYO A LA

Más detalles

Dirección General de Inversión Pública

Dirección General de Inversión Pública Dirección General de Inversión Pública Instrumentos del SNIP RESOLUCION MINISTERIAL No. 528 LA PAZ, 12 DE JUNIO DE 1997 REGLAMENTO BASICO DE OPERACIONES DEL SISTEMA NACIONAL DE INVERSION PUBLICA TITULO

Más detalles

SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS CIRCULAR N

SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS CIRCULAR N SUPERINTENDENCIA DE BANCOS CIRCULAR E INSTITUCIONES FINANCIERAS Bancos N SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS CIRCULAR N VISTOS: Las facultades que le confiere a estas Superintendencias, el inciso cuarto

Más detalles

SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL CRUZADA CONTRA EL HAMBRE ACTA CONSTITUTIVA DEL COMITÉ COMUNITARIO

SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL CRUZADA CONTRA EL HAMBRE ACTA CONSTITUTIVA DEL COMITÉ COMUNITARIO SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL CRUZADA CONTRA EL HAMBRE ACTA CONSTITUTIVA DEL COMITÉ COMUNITARIO Acta Constitutiva del Comité Comunitario de la Cruzada Contra el Hambre de la comunidad: del barrio y/o

Más detalles

PROCEDIMIENTO PARA LA OBTENCIÓN DE PERSONALIDAD JURÍDICA

PROCEDIMIENTO PARA LA OBTENCIÓN DE PERSONALIDAD JURÍDICA 4 SERIE : PARTICIPACIÓN CIUDADANA PARA UNA MEJOR DEMOCRACIA PROCEDIMIENTO PARA LA OBTENCIÓN DE PERSONALIDAD JURÍDICA SUBSECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO Procedimiento para la obtención de Personalidad Jurídica

Más detalles

I. Disposiciones generales

I. Disposiciones generales 24988 I. Disposiciones generales Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad 4130 ORDEN de 16 de septiembre de 2014, por la que se regula el régimen de gestión presupuestaria, contable y de control de

Más detalles

PUD / CAYMA 2006-2015 Plan Urbano Distrital de Cayma

PUD / CAYMA 2006-2015 Plan Urbano Distrital de Cayma La Gestión del PUD / Cayma PUD / CAYMA 2006-2015 307 Municipalidad Distrital de la Villa de Cayma PUD / CAYMA 2006-2015 308 Municipalidad Distrital de la Villa de Cayma VIII. LA GESTIÓN DEL PUD / CAYMA

Más detalles

Yolanda G. Real S. Directora Nacional de Registro de Valores. Panamá, 13 de abril de 2005

Yolanda G. Real S. Directora Nacional de Registro de Valores. Panamá, 13 de abril de 2005 EL NEGOCIO DE COMPRA Y VENTA DE ACCIONES O CUOTAS DE PARTICIPACION DE FONDOS O SOCIEDADES DE INVERSIÓN CONSTITUIDOS Y ADMINISTRADOS EN EL EXTRANJERO Yolanda G. Real S. Directora Nacional de Registro de

Más detalles

"DESIGNACION DE INGENIEROS RESIDENTES DE OBRAS PARA EJECUCION PRESUPUESTARIA DIRECTA"

DESIGNACION DE INGENIEROS RESIDENTES DE OBRAS PARA EJECUCION PRESUPUESTARIA DIRECTA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHICLAYO GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA PÚBLICA SUB GERENCIA DE OBRAS PÚBLICAS Y CONVENIOS DIRECTIVA N 001-2012 - MPCH/GIP "DESIGNACION DE INGENIEROS RESIDENTES DE OBRAS PARA EJECUCION

Más detalles

POLITICA DE GESTION DE RIESGOS, ROLES Y RESPONSABLES. Departamento de Estudios y Gestión Estratégica

POLITICA DE GESTION DE RIESGOS, ROLES Y RESPONSABLES. Departamento de Estudios y Gestión Estratégica POLITICA DE GESTION DE RIESGOS, ROLES Y RESPONSABLES Departamento de Estudios y Gestión Estratégica 2012 1 I. POLITICA DE GESTION DE RIESGOS La Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica

Más detalles

Estatutos Sociales de la Fundación Bolivariana de Informática y Telemática-Fundabit

Estatutos Sociales de la Fundación Bolivariana de Informática y Telemática-Fundabit REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL INTERIOR Y JUSTICIA SERVICIO AUTÓNOMO SIN PERSONALIDAD JURIDICA DE REGISTRO PUBLICO OFICINA SUBALTERNA DEL TERCER CIRCUITO DEL MUNICIPIO LIBERTADOR DEL

Más detalles

REGLAMENTO PARA EL TRÁMITE DE INFORMES DE AUDITORÍA Y SEGUIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES. CAPÍTULO I Disposiciones Generales.

REGLAMENTO PARA EL TRÁMITE DE INFORMES DE AUDITORÍA Y SEGUIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES. CAPÍTULO I Disposiciones Generales. CONSEJO UNI VERSI TARI O REGLAMENTO PARA EL TRÁMITE DE INFORMES DE AUDITORÍA Y SEGUIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES CAPÍTULO I Disposiciones Generales. ARTÍCULO º Ámbito de aplicación: Este Reglamento establece

Más detalles

C O N S I D E R A N D O

C O N S I D E R A N D O EL CONSEJO DIRECTIVO DEL UNIVERSIDAD DIGITAL DEL ESTADO DE MÉXICO, EN EJERCICIO DE LA ATRIBUCIÓN QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 9 FRACCIÓN V DEL DECRETO DE CREACIÓN DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO

Más detalles

REGLAMENTO DEL INSTITUTO DE LA MUJER PARA EL MUNICIPIO DE SAN JOSE ITURBIDE. Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

REGLAMENTO DEL INSTITUTO DE LA MUJER PARA EL MUNICIPIO DE SAN JOSE ITURBIDE. Periódico Oficial del Gobierno del Estado. REGLAMENTO DEL INSTITUTO DE LA MUJER PARA EL MUNICIPIO DE SAN JOSE ITURBIDE Periódico Oficial del Gobierno del Estado Año XCIX Tomo CL Guanajuato, Gto., a 7 de septiembre del 2012 Número 144 Segunda Parte

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE DEFENSA

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE DEFENSA Núm. 238 Lunes 3 de octubre de 2011 Sec. III. Pág. 103959 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE DEFENSA 15523 Resolución 420/38222/2011, de 22 de septiembre, de la Secretaría General Técnica, por la que

Más detalles

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y LA UNIÓN INTERPROFESIONAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y LA UNIÓN INTERPROFESIONAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y LA UNIÓN INTERPROFESIONAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID En Madrid, a de dos mil dos. REUNIDOS De una parte, D. Luís

Más detalles

RP-CSG-027.00. Fecha de aprobación 2012-03-08

RP-CSG-027.00. Fecha de aprobación 2012-03-08 Reglamento Particular para la Auditoría Reglamentaria de Prevención de Riesgos Laborales según el Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/1997) RP-CSG-027.00 Fecha de aprobación 2012-03-08 ÍNDICE

Más detalles

LEY No. 128 QUE CREA EL FONDO DE DESARROLLO CAMPESINO EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY:.

LEY No. 128 QUE CREA EL FONDO DE DESARROLLO CAMPESINO EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY:. LEY No. 128 QUE CREA EL FONDO DE DESARROLLO CAMPESINO EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY:. CREACION Y OBJETO Artículo 1o.- Créase el Fondo de Desarrollo Campesino (FDC), en adelante

Más detalles

TRABAJADORES AUTÓNOMOS. COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES PREVENTIVAS

TRABAJADORES AUTÓNOMOS. COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES PREVENTIVAS TRABAJADORES AUTÓNOMOS. COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES PREVENTIVAS La coordinación de actividades empresariales regulada en el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales

Más detalles

Proyecto de Ley FONDO DE GARANTÍAS PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS CAPÍTULO I NATURALEZA JURÍDICA Y OBJETO

Proyecto de Ley FONDO DE GARANTÍAS PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS CAPÍTULO I NATURALEZA JURÍDICA Y OBJETO FONDO DE GARANTÍAS PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS CAPÍTULO I NATURALEZA JURÍDICA Y OBJETO Artículo 1. Créase un "Fondo de Garantías para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas", denominado,

Más detalles

SEGUIMIENTO Y CONTROL DE PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN DE LA UNISON CON FINANCIAMIENTO EXTERNO TABLA CONTENIDO. Antecedentes... 2. Procedimiento...

SEGUIMIENTO Y CONTROL DE PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN DE LA UNISON CON FINANCIAMIENTO EXTERNO TABLA CONTENIDO. Antecedentes... 2. Procedimiento... 1 TABLA CONTENIDO Antecedentes..... 2 Procedimiento..... 3 Etapa 1. Elaboración y envío de la solicitud. 3 Etapa 2. Seguimiento de la solicitud... 5 Etapa 3. Formalización y seguimiento de proyecto/estudio

Más detalles

Ley Nº 18.382. Apruébase el Acuerdo Marco para Reasentamiento de Refugiados con el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados

Ley Nº 18.382. Apruébase el Acuerdo Marco para Reasentamiento de Refugiados con el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados Ley Nº 18.382 Apruébase el Acuerdo Marco para Reasentamiento de Refugiados con el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados La República Oriental del URUGUAY en el marco del respeto y

Más detalles

CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA Y LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS, ESPAÑA

CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA Y LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS, ESPAÑA CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA Y LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS, ESPAÑA De una parte Don Carlos Estuardo Gálvez Barrios, comparezco en mi calidad de Rector

Más detalles

RESOLUCIÓN EXENTA N' 4872 SANTIAGO,

RESOLUCIÓN EXENTA N' 4872 SANTIAGO, fe OFICINA u DE m] l^ PARTES gf O o APRUEBA CONVENIO DE COLABORACIÓN INTERINSTITUCIONAL CELEBRADO ENTRE EL SERVICIO NACIONAL DE MENORES Y LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. RESOLUCIÓN EXENTA N' 4872

Más detalles

REGLAMENTO DEL PROGRAMA ESCALA DE GESTORES Y ADMINISTRADORES i

REGLAMENTO DEL PROGRAMA ESCALA DE GESTORES Y ADMINISTRADORES i REGLAMENTO DEL PROGRAMA ESCALA DE GESTORES Y ADMINISTRADORES i 1- DE LOS OBJETIVOS DEL PROGRAMA El Programa: PROGRAMA ESCALA GESTORES Y ADMINISTRADORES promueve la cooperación y la integración de las Universidades

Más detalles

Marco Operativo Elección Estratégica III

Marco Operativo Elección Estratégica III Marco Operativo Elección Estratégica . 3.1. Estrategias y Cuadro de Mando Integral Para el cumplimiento de los objetivos definidos por la institución, se requiere de estrategias concretas que permitan

Más detalles

BOLETIN INFORMATIVO N 2

BOLETIN INFORMATIVO N 2 BOLETIN INFORMATIVO N 2 ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL DE DESARROLLOONGD GRJ GRPPAT SUB GERENCIA DE COOPERACION TÉCNICA Y PLANEAMIENTO DESARROLLO - ONGD Boletín N 2 ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL DE DESARROLLOV

Más detalles

PROGRAMA DE VIAJES INTERNACIONALES VINCULADOS A LA ACTIVIDAD CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA Resolución (CS) 2808/92 1

PROGRAMA DE VIAJES INTERNACIONALES VINCULADOS A LA ACTIVIDAD CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA Resolución (CS) 2808/92 1 PROGRAMA DE VIAJES INTERNACIONALES VINCULADOS A LA ACTIVIDAD CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA Resolución (CS) 2808/92 1 Visto la Resolución (CS) Nº 2521/88 y Considerando: Que uno de los instrumentos más relevantes

Más detalles

Las partes se reconocen la capacidad legal necesaria para la firma del presente Convenio y, en su virtud,

Las partes se reconocen la capacidad legal necesaria para la firma del presente Convenio y, en su virtud, CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACION ENTRE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN Y DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORA PARA LA REALIZACION DE PROGRAMAS DE EDUCACION AMBIENTAL. En Valladolid, a REUNIDOS: El Excmo. Sr.

Más detalles

REPUBLICA DE PANAMA MINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO DECRETO EJECUTIVO Nº 25. (De 11 de agosto de 2008)

REPUBLICA DE PANAMA MINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO DECRETO EJECUTIVO Nº 25. (De 11 de agosto de 2008) 1 REPUBLICA DE PANAMA MINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO DECRETO EJECUTIVO Nº 25 (De 11 de agosto de 2008) "POR EL CUAL SE MODIFICA EL REGLAMENTO PARA EL DESEMBOLSO DE RECURSOS DEL PROGRAMA DE COMPETITIVIDAD

Más detalles

CAPITULO 1 DISPOSICIONES GENERALES

CAPITULO 1 DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO PARA EFECTUAR LAS INVERSIONES FINANCIERAS DEL INCOP CAPITULO 1 DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Del ámbito de aplicación. Este reglamento establece los lineamientos para realizar las inversiones

Más detalles

FOMENTO DEL VOLUNTARIADO

FOMENTO DEL VOLUNTARIADO BASES CONVOCATORIAS 2010 PARA ENTIDADES SOCIALES FOMENTO DEL VOLUNTARIADO El voluntariado social constituye una expresión de la solidaridad ciudadana con las personas de nuestra sociedad que sufren necesidades.

Más detalles

CARTA DE ENTENDIMIENTO UNIDAD REGIONAL DE ASISTENCIA TECNICA-RUTA (REGIONAL UNIT OF TECHNICAL ASSISTANCE)-MINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO.

CARTA DE ENTENDIMIENTO UNIDAD REGIONAL DE ASISTENCIA TECNICA-RUTA (REGIONAL UNIT OF TECHNICAL ASSISTANCE)-MINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO. CARTA DE ENTENDIMIENTO UNIDAD REGIONAL DE ASISTENCIA TECNICA-RUTA (REGIONAL UNIT OF TECHNICAL ASSISTANCE)-MINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO. I. Antecedentes Dado el trabajo que el proyecto RUTA ha

Más detalles

SOLICITUD DE DESARROLLO Y ACTUALIZACIÓN DE APLICACIONES G OBIERNO D E L A CIUDAD DE BUENOS AIRES

SOLICITUD DE DESARROLLO Y ACTUALIZACIÓN DE APLICACIONES G OBIERNO D E L A CIUDAD DE BUENOS AIRES G OBIERNO D E L A CIUDAD DE BUENOS AIRES D irección General Adjunta de Sistemas Infor máticos SOLICITUD DE DESARROLLO Y ACTUALIZACIÓN DE APLICACIONES Página 1 de 16 Fecha de creación: 25/02/2009 Tabla

Más detalles

BEATRIZ BADORREY MARTÍN, SECRETARIA GENERAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA,

BEATRIZ BADORREY MARTÍN, SECRETARIA GENERAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA, Secretaría General BEATRIZ BADORREY MARTÍN, SECRETARIA GENERAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA, C E R T I F I C A: Que en la reunión del Consejo de Gobierno, celebrada el día treinta

Más detalles

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD OPN Reglamento de Traspaso de Redes e Instalaciones de Distribución Eléctrica y de Telecomunicaciones.

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD OPN Reglamento de Traspaso de Redes e Instalaciones de Distribución Eléctrica y de Telecomunicaciones. INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD OPN Reglamento de Traspaso de Redes e Instalaciones de Distribución Eléctrica y de Telecomunicaciones. Versión: 1 Página 1 de 10 Solicitud de cambio N : Revisión

Más detalles

REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO (RE-SP)

REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO (RE-SP) REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO (RE-SP) MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, SERVICIOS Y VIVIENDA Noviembre 2010 1 INDICE TÍTULO I... 4 DISPOSICIONES GENERALES... 4 Artículo 1.- (Objeto y Alcance

Más detalles

EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P. DIRECCIÓN CONTROL INTERNO PROYECTO NORMALIZACIÓN ACTIVIDAD DE AUDITORÍA INTERNA

EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P. DIRECCIÓN CONTROL INTERNO PROYECTO NORMALIZACIÓN ACTIVIDAD DE AUDITORÍA INTERNA DCI-PN-EA-01 VERSIÓN 02 Página 2 de 12 TABLA DE CONTENIDO 1. INTRODUCCIÓN... 3 2. ROL... 3 3. PROFESIONALIDAD... 3 4. AUTORIDAD... 4 5. ORGANIZACIÓN... 4 6. INDEPENDENCIA Y OBJETIVIDAD... 5 7. ALCANCE...

Más detalles

SECRETARÍA DE SALUD Servicios de Salud Pública del Distrito Federal MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SUBDIRECCIÓN DE MODELOS DE ATENCIÓN DOMICILIARIA

SECRETARÍA DE SALUD Servicios de Salud Pública del Distrito Federal MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SUBDIRECCIÓN DE MODELOS DE ATENCIÓN DOMICILIARIA MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SUBDIRECCIÓN DE MODELOS DE Junio de 2009 2 ÍNDICE PÁGINA. INTRODUCCIÓN 3 2. MARCO JURÍDICO 3. OBJETIVO DEL MANUAL 9 4. PROCEDIMIENTOS 4.. Elaboración de los Modelos de Atención

Más detalles

RESUMEN DEL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE PREVENCIÓN DEL BLANQUEO DE CAPITALES Y LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO. Febrero, 2014

RESUMEN DEL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE PREVENCIÓN DEL BLANQUEO DE CAPITALES Y LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO. Febrero, 2014 RESUMEN DEL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE PREVENCIÓN DEL BLANQUEO DE CAPITALES Y LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO Febrero, 2014 ÍNDICE 1. ANTECEDENTES 2. NORMATIVA 3. ORGANIZACIÓN INTERNA 3.1. Comité de PBC&FT

Más detalles

SINDICATOS. Tipos de sindicatos que establece la ley Los que aquí se señalan no son excluyentes de otro tipo de sindicatos, que puedan conformarse.

SINDICATOS. Tipos de sindicatos que establece la ley Los que aquí se señalan no son excluyentes de otro tipo de sindicatos, que puedan conformarse. SINDICATOS Los sindicatos son organizaciones libremente constituidas por trabajadores del sector privado y/o de las empresas del Estado, cualquiera sea su naturaleza jurídica. Tienen por objetivo, entre

Más detalles

Han acordado lo siguiente: ARTÍCULO I OBJETIVO

Han acordado lo siguiente: ARTÍCULO I OBJETIVO ACUERDO DE COOPERACIÓN EDUCATIVA ENTRE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚLICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA La Secretaría de Educación Pública

Más detalles

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA OFICINA DE TRANSFERENCIA DE RESULTADOS DE INVESTIGACIÓN PREÁMBULO

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA OFICINA DE TRANSFERENCIA DE RESULTADOS DE INVESTIGACIÓN PREÁMBULO REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA OFICINA DE TRANSFERENCIA DE RESULTADOS DE INVESTIGACIÓN PREÁMBULO La transferencia de los resultados de la investigación es una función esencial de la

Más detalles

ANEXO NÚMERO 5 D E C L A R A C I O N E S

ANEXO NÚMERO 5 D E C L A R A C I O N E S ANEXO NÚMERO 5 CONTRATO DE DONACIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE. REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EN SU CARÁCTER DE, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ LA DONANTE Y POR LA OTRA PARTE, LA SECRETARÍA DE

Más detalles

E INMIGRACION REUNIDOS

E INMIGRACION REUNIDOS . 1 GOBIERNO MINISTERIO J -, DEESPAÑA DETRABAJO, E INMIGRACION -. J CONVENIO DE COLABORACiÓN ENTRE EL MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACiÓN Y LA EMPRESA NACIONAL DE INNOVACiÓN, S.A., PARA EL DESARROLLO DE

Más detalles

LINEAMIENTOS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO NACIONAL DE LA CRUZADA CONTRA EL HAMBRE.

LINEAMIENTOS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO NACIONAL DE LA CRUZADA CONTRA EL HAMBRE. LINEAMIENTOS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO NACIONAL DE LA CRUZADA CONTRA EL HAMBRE. México, DF, a 22 de febrero de 2013. Con fecha 22 de enero de 2013, el Presidente de los Estados Unidos

Más detalles

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA OBRA PÚBLICA PROCEDIMIENTO PARA ENTREGA. RECEPCIÓN, FINIQUITO Y TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE OBRA PÚBLICA O SERVICIOS

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA OBRA PÚBLICA PROCEDIMIENTO PARA ENTREGA. RECEPCIÓN, FINIQUITO Y TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE OBRA PÚBLICA O SERVICIOS MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA OBRA PÚBLICA PROCEDIMIENTO PARA ENTREGA. RECEPCIÓN, FINIQUITO Y TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE OBRA PÚBLICA O SERVICIOS OBJETIVO Que los contratos de Obra Pública y Servicios

Más detalles

MARCO JURIDICO. Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia

MARCO JURIDICO. Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia MARCO JURIDICO Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia Marco Jurídico 1.- Código de la Niñez y la Adolescencia (título IV). 2.- Reglamento al Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia (3 de

Más detalles

Procedimiento para la para la coordinación de actividades empresariales en instalaciones de la universidad

Procedimiento para la para la coordinación de actividades empresariales en instalaciones de la universidad Página: 1/17 Procedimiento para la para la coordinación Índice 1. OBJETO... 2 2. CLIENTES / ALCANCE... 2 3. NORMATIVA... 2 4. RESPONSABLES... 3 5. DESCRIPCIÓN DEL PROCESO... 3 6. DIAGRAMA DE FLUJO... 13

Más detalles

GUÍASALUD-BIBLIOTECA DE GUÍAS DE PRÁCTICA CLÍNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO CONSULTIVO

GUÍASALUD-BIBLIOTECA DE GUÍAS DE PRÁCTICA CLÍNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO CONSULTIVO GUÍASALUD-BIBLIOTECA DE GUÍAS DE PRÁCTICA CLÍNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO CONSULTIVO Aprobado por el Consejo Ejecutivo de GuíaSalud el 25 de septiembre de 2009

Más detalles

GUIA PARA EL MANEJO DEL ANTICIPO

GUIA PARA EL MANEJO DEL ANTICIPO GUIA PARA EL MANEJO DEL ANTICIPO I. OBJETIVO Orientar al contratista y al interventor/supervisor sobre los aspectos generales y las recomendaciones a seguir para el adecuado manejo de los recursos públicos

Más detalles

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DECRETA LEY DE LA AGENCIA BOLIVARIANA PARA ACTIVIDADES ESPACIALES

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DECRETA LEY DE LA AGENCIA BOLIVARIANA PARA ACTIVIDADES ESPACIALES LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA la siguiente, DECRETA LEY DE LA AGENCIA BOLIVARIANA PARA ACTIVIDADES ESPACIALES Capítulo I Disposiciones generales Objeto Artículo 1. La presente

Más detalles

ACUERDO MARCO ENTRE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID (UCM) Y LA CONFEDERACIÓN ESPAÑOLA DE ORGANIZACIONES EMPRESARIALES (CEOE) REUNIDOS

ACUERDO MARCO ENTRE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID (UCM) Y LA CONFEDERACIÓN ESPAÑOLA DE ORGANIZACIONES EMPRESARIALES (CEOE) REUNIDOS ACUERDO MARCO ENTRE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID (UCM) Y LA CONFEDERACIÓN ESPAÑOLA DE ORGANIZACIONES EMPRESARIALES (CEOE) En Madrid, a 23 de julio de 2009. REUNIDOS De una parte, D. Rafael Hernández

Más detalles

Secretaría de Investigación, Posgrado y Vinculación

Secretaría de Investigación, Posgrado y Vinculación Área responsable: Tipo de Área: Dependencia directa: IDENTIFICACIÓN DEL ÁREA Departamento de Transferencia Tecnológica y Registro de la Propiedad Intelectual Sustantiva Dirección de Vinculación OBJETIVO:

Más detalles

ARTÍCULO 104.- Son facultades y obligaciones del Contralor Municipal:

ARTÍCULO 104.- Son facultades y obligaciones del Contralor Municipal: DE LEY ARTÍCULO 101.- La Contraloría Municipal es la dependencia encargada del control interno, vigilancia, fiscalización, supervisión y evaluación de los elementos de la cuenta pública, para que la gestión

Más detalles

REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 Objeto y Alcance del Reglamento Específico I.- El presente Reglamento Especifico del Sistema de Presupuesto,

Más detalles

TITULO I. Disposiciones generales

TITULO I. Disposiciones generales ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL LEY 24.156 Disposiciones generales. Sistemas presupuestario, de crédito público, de tesorería, de contabilidad gubernamental

Más detalles

CODIFICACION DE REGULACIONES DEL BANCO CENTRAL DEL ECUADOR LIBRO I POLITICA MONETARIA - CREDITICIA TÍTULO OCTAVO: SISTEMA NACIONAL DE PAGOS

CODIFICACION DE REGULACIONES DEL BANCO CENTRAL DEL ECUADOR LIBRO I POLITICA MONETARIA - CREDITICIA TÍTULO OCTAVO: SISTEMA NACIONAL DE PAGOS CODIFICACION DE REGULACIONES DEL BANCO CENTRAL DEL ECUADOR LIBRO I POLITICA MONETARIA - CREDITICIA TÍTULO OCTAVO: SISTEMA NACIONAL DE PAGOS CAPÍTULO IX. DEL SISTEMA DE COBROS INTERBANCARIOS Sección I Definición

Más detalles

ACUERDO POR EL QUE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO (UNAM) SE INTEGRA EN EL ACUERDO MARCO

ACUERDO POR EL QUE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO (UNAM) SE INTEGRA EN EL ACUERDO MARCO ANEXO AL ACUERDO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE LA SECRETARÍA DE COOPERACIÓN IBEROAMERICANA (SECIB), LA SECRETARÍA GENERAL DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS A TRAVÉS DE LA AGENCIA INTERAMERICANA

Más detalles

Vicerrectoría Académica Dirección de Desarrollo Estudiantil. Reglamento del Programa de Movilidad Estudiantil de la Universidad de Occidente.

Vicerrectoría Académica Dirección de Desarrollo Estudiantil. Reglamento del Programa de Movilidad Estudiantil de la Universidad de Occidente. CAPITULO I De la Definición y Objetivo Artículo 1. El objetivo del presente Reglamento es regular la aplicación y desarrollo de las estrategias, acciones y actividades, relacionadas con la movilidad estudiantil

Más detalles

REQUISITOS DE AUTORIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO PARA PUESTO DE BOLSA

REQUISITOS DE AUTORIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO PARA PUESTO DE BOLSA REQUISITOS DE AUTORIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO PARA PUESTO DE BOLSA a) Constituir una sociedad anónima por fundación simultánea, conforme a las normas pertinentes del Código de Comercio, y que tanto sus acciones

Más detalles

LEY DE CREACIÓN DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA (UNED)

LEY DE CREACIÓN DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA (UNED) LEY DE CREACIÓN DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA (UNED) LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA Decreta: La siguiente Ley de Creación de la Universidad Estatal a Distancia (UNED) No.

Más detalles

SERVICIO DE DESARROLLO DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS PRODUCTIVAS SEDEM REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO

SERVICIO DE DESARROLLO DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS PRODUCTIVAS SEDEM REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO SERVICIO DE DESARROLLO DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS PRODUCTIVAS SEDEM REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO La Paz, Noviembre 2010 SERVICIO DE DESARROLLO DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS PRODUCTIVAS - SEDEM

Más detalles

DESCRIPCIÓN DEL PUESTO

DESCRIPCIÓN DEL PUESTO Director General Administrativo DESCRIPCIÓN DEL PUESTO IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO DENOMINACIÓN DEL PUESTO: CATEGORÍA: UBICACIÓN: PUESTO DE JEFE INMEDIATO: Director General Administrativo Confianza Edificio

Más detalles

EL INSTITUTO POSTAL DOMINICANO (INPOSDOM)

EL INSTITUTO POSTAL DOMINICANO (INPOSDOM) ACUERDO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) Y EL INSTITUTO POSTAL DOMINICANO (INPOSDOM) De una parte, el INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES

Más detalles

NORMAS Y METODOLOGÍA PARA LA DETERMINACIÓN DE LOS MOMENTOS CONTABLES DE LOS INGRESOS

NORMAS Y METODOLOGÍA PARA LA DETERMINACIÓN DE LOS MOMENTOS CONTABLES DE LOS INGRESOS NORMAS Y METODOLOGÍA PARA LA DETERMINACIÓN DE LOS MOMENTOS CONTABLES DE LOS INGRESOS ANTECEDENTES El 31 de diciembre de 2008 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de Contabilidad

Más detalles

B o l s a d e T r a b a j o C O L E G I O O F I C I A L D E A R Q U I T E C T O S G R A N A D A

B o l s a d e T r a b a j o C O L E G I O O F I C I A L D E A R Q U I T E C T O S G R A N A D A B o l s a d e T r a b a j o C O L E G I O O F I C I A L D E A R Q U I T E C T O S G R A N A D A Reglamento de la Bolsa de Trabajo (Aprobado en Asamblea de 25 de mayo de 2006) ÍNDICE CAPÍTULO I. DE LOS

Más detalles

Gestión y Desarrollo de las Auditorías Internas DGI-UGC-PE04

Gestión y Desarrollo de las Auditorías Internas DGI-UGC-PE04 Página 1 de 13 1. Objetivo Definir los lineamientos para la gestión y el desarrollo de las auditorías internas de Sistemas de Gestión de la Calidad, implementados por los laboratorios de la Universidad

Más detalles

CONVENIO DE COOPERACIÓN ACADÉMICA ENTRE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID

CONVENIO DE COOPERACIÓN ACADÉMICA ENTRE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID CONVENIO DE COOPERACIÓN ACADÉMICA ENTRE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID Y LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID PARA LA IMPARTICIÓN DEL TÍTULO OFICIAL CONJUNTO DE MÁSTER UNIVERSITARIO EN ESTRTEGIAS

Más detalles

Ley de Fomento al Deporte del Estado de Tabasco

Ley de Fomento al Deporte del Estado de Tabasco LEY PARA EL FOMENTO DEL DEPORTE EN EL ESTADO DE TABASCO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Las normas de esta Ley son de orden público e interés social y tienen por objeto contribuir en la formación

Más detalles

Preguntas frecuentes (SBS)

Preguntas frecuentes (SBS) Cuál es el contenido de una póliza? Nombre y domicilio del asegurador. Nombres y domicilios del solicitante, asegurado y beneficiario. Calidad en que actúa el solicitante del seguro. Identificación precisa

Más detalles

Programa Académico de Movilidad Estudiantil PAME-UDUAL

Programa Académico de Movilidad Estudiantil PAME-UDUAL Programa Académico de Movilidad Estudiantil PAME-UDUAL Capítulo General REGLAMENTO GENERAL DEL PROGRAMA 1. Con el propósito de instrumentar el intercambio académico entre las universidades miembros de

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA DE INVERSIONES EL SISTEMA NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA DE INVERSIONES EL SISTEMA NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA DE INVERSIONES EL SISTEMA NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA Armandina Guevara C. Unidad de Capacitación y Asistencia Técnica Dirección de Normatividad,

Más detalles

Minuta de contrato de fiducia mercantil irrevocable para la administración y pago de los recursos recibidos a título de anticipo, celebrado entre y

Minuta de contrato de fiducia mercantil irrevocable para la administración y pago de los recursos recibidos a título de anticipo, celebrado entre y Colombia Compra Eficiente tiene como función diseñar e implementar documentos estandarizados y especializados por tipo de obra o servicio que se requieran por los partícipes del sistema de compras y contratación

Más detalles

Facultades, Fundamento Jurídico. Fecha de Publicación, Periódico Oficial del Estado de Hidalgo: 21 de octubre 2013

Facultades, Fundamento Jurídico. Fecha de Publicación, Periódico Oficial del Estado de Hidalgo: 21 de octubre 2013 Tipo: Reglamento Interior Facultades, Fundamento Jurídico Emisor: H. Ayuntamiento Pachuca de Soto Fecha de Publicación, Periódico Oficial del Estado de Hidalgo: 21 de octubre 2013 HONORABLE AYUNTAMIENTO

Más detalles

DECRETO NÚMERO 14-2002 EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO CONSIDERANDO

DECRETO NÚMERO 14-2002 EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO CONSIDERANDO DECRETO NÚMERO 14-2002 EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA Que la Constitución Política de la República establece que la administración será descentralizada en regiones de desarrollo con criterios económicos,

Más detalles

Constitución de entidades Aseguradoras de Riesgos del Trabajo sin fines de lucro. ART-MUTUAL.

Constitución de entidades Aseguradoras de Riesgos del Trabajo sin fines de lucro. ART-MUTUAL. ASEGURADORAS DE RIESGOS DEL TRABAJO Decreto 1720/2012 Constitución de entidades Aseguradoras de Riesgos del Trabajo sin fines de lucro. ART-MUTUAL. Bs. As., 19/9/2012 VISTO las Leyes Nros. 20.091, 20.321

Más detalles

(VERSIÓN PUBLICA) DECLARACIONES

(VERSIÓN PUBLICA) DECLARACIONES (VERSIÓN PUBLICA) Convenio de colaboración que, para ofrecer estudios de maestría en sistema acusatorio adversal (juicios orales) suscriben por un aparte la secretaria de educación del estado de jalisco,

Más detalles

LA MUJER. Ley 19.653, de 2001,del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la

LA MUJER. Ley 19.653, de 2001,del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la SERNAM RECIBIDO APRUEBA CONVENIO DE COLABORACIÓN CELEBRADO ENTRE FEDERACIÓN DE SINDICATOS DE TRABAJADORES DE CALL CENTER Y SERVICIOS ANEXOS (FETRACALL) Y EL SERVICIO NACIONAL DE LA MUJER. RESOLUCIÓN EXENTA

Más detalles

Política Nacional en Discapacidad 2011-2021 (PONADIS)

Política Nacional en Discapacidad 2011-2021 (PONADIS) Decreto Ejecutivo : 36524 del 07/04/2011 Política Nacional en Discapacidad 2011-2021 (PONADIS) Ente emisor: Fecha de vigencia desde: Poder Ejecutivo 10/06/2011 Versión de la norma: 1 de 1 del 07/04/2011

Más detalles

Convenio Básico de Cooperación para el Desarrollo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Cuba

Convenio Básico de Cooperación para el Desarrollo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Cuba Convenio Básico de Cooperación para el Desarrollo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Lugar y fecha de Adopción: La Habana, Cuba, 12 de abril de 1999 Categoría: BILATERAL Estatus: VIGENTE

Más detalles

GUÍA TÉCNICA 4 LA PLANEACIÓN DEL DESARROLLO MUNICIPAL

GUÍA TÉCNICA 4 LA PLANEACIÓN DEL DESARROLLO MUNICIPAL GUÍA TÉCNICA 4 LA PLANEACIÓN DEL DESARROLLO MUNICIPAL Pág. 1.- LA PLANEACIÓN DEL DESARROLLO MUNICIPAL 2.- MARCO JURÍDICO DE LA PLANEACIÓN MUNICIPAL 2.1 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Más detalles

DISPOSICIONES GENERALES

DISPOSICIONES GENERALES 12078 I DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DECRETO 111/2010, de 7 de mayo, por el que se regulan las asociaciones de madres y padres del alumnado y se crea el registro de estas entidades en

Más detalles

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS MAYO DE 2007 SECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUBSECRETARÍA DE PLANEACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS Código: 205320000 Página:

Más detalles

DECRETO SUPREMO No. 166 DE 1999, MINISTERIO SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA COMISION NACIONAL DEL MEDIO AMBIENTE (DO 18.12.

DECRETO SUPREMO No. 166 DE 1999, MINISTERIO SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA COMISION NACIONAL DEL MEDIO AMBIENTE (DO 18.12. DECRETO SUPREMO No. 166 DE 1999, MINISTERIO SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA COMISION NACIONAL DEL MEDIO AMBIENTE (DO 18.12.1999) Ministerio Secretaría General de la Presidencia Comisión Nacional del

Más detalles

Reglamento para la Prestación del Servicio Social de los Estudiantes de las Instituciones de Educación Superior en la República Mexicana.

Reglamento para la Prestación del Servicio Social de los Estudiantes de las Instituciones de Educación Superior en la República Mexicana. Reglamento para la Prestación del Servicio Social de los Estudiantes de las Instituciones de Educación Superior en la República Mexicana. D.O.F. 30 de marzo de 1981 Al margen un sello con el Escudo Nacional,

Más detalles

Cómo elegir una vivienda con calidad PROCESO DE LA EDIFICACIÓN

Cómo elegir una vivienda con calidad PROCESO DE LA EDIFICACIÓN Cómo elegir una vivienda con calidad PROCESO DE LA EDIFICACIÓN C ó m o e l e g i r u n a v i vienda co n c a l i d a d. P r o ce so d e l a e d i f i ca c i ó n 2 / 1 2 C ó m o e l e g i r u n a v i vienda

Más detalles

ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD

ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD Con el presente acuerdo de confidencialidad (en lo sucesivo denominado ACUERDO) Nombre completo de la institución asociada al proyecto PINE (en adelante, referido con su acrónimo

Más detalles