Adultos mayores. Agenda de igualdad para Ministerio de Inclusión Económica y Social
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- José Manuel Agüero Páez
- hace 8 años
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1 Ministerio de Inclusión Económica y Social Agenda de igualdad para Adultos mayores Constitución de la República del Ecuador, Art Las personas adultas mayores recibirán atención prioritaria y especializada en los campos público y privado, en especial en los campos de inclusión social y económica, y protección contra la violencia. Se considerarán personas adultas mayores aquellas personas que hayan cumplido los sesenta y cinco años de edad...
2 Agenda de las personas adultas mayores 2 Créditos Doris Soliz Carrión Ministra de Inclusión Económica y Social Germán Flores Viceministro Iusra Jalkh Röben Subsecretaria de Inclusión y Cohesión Social Fabricio Santi León Director Nacional de Protección Familiar Vasco Núñez Sánchez Director Nacional de Gerontología Isabel Chanataxi Vaca Directora Nacional de Protección Especial Carmen Cecilia Morillo Galárraga Director Nacional de Discapacidades Iván Alexis Villarreal Morán Director Nacional de la Juventud Acompañamiento técnico y metodológico: Ministerio Coordinador de Desarrollo Social Secretaria Nacional de Planificación y Desarrollo (Senplades) Segunda edición SIGLAS AME: Asociación de Municipalidades del Ecuador ARV: Antirretroviral AVD: Actividades de la vida diaria AVDI: Actividades Instrumentales de la Vida Diaria CD: Cuidadores domiciliarios CNF: Creciendo con Nuestra Familia BID: Banco Interamericano de Desarrollo CEPAL: Comisión Económica para América Latina y el Caribe CIESPAL: Centro Internacional de Estudios Superiores de Comunicación para América Latina GAD: Gobiernos Autónomos Descentralizados DNI: Defensa de Niños y Niñas Internacionales ENEMDUR: Encuesta Nacional de Empleo Subempleo y Desempleo Urbana y Rural IESS. Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social INEC: Instituto Nacional de Estadísticas y Censos INIGER: Instituto Nacional de Investigaciones Gerontológicas ISFFA: Instituto de Seguridad de las Fuerzas Armadas ISPOL: Instituto de Seguridad de la Policía MIES: Ministerio de Inclusión Económica y Social MSP: Ministerio de Salud Pública OIT: Organización Internacional del Trabajo OMS: Organización Mundial de la Salud ONU: Organización de las Naciones Unidas OPS: Organización Panamericana de Salud PAM: Personas Adultas Mayores SECAP: Servicio Ecuatoriano de Capacitación Profesional SIDA: Síndrome de deficiencia humana adquirida UNFPA: Fondo de Población de las Naciones Unidas VIH: Virus de la inmunodeficiencia humana SABE: Encuesta de salud, bienestar y envejecimiento
3 Ministerio de Inclusión Económica y Social contenido 3 1. Antecedentes 2. Objetivo general 3. Marco conceptual 4. Marco normativo 5. Estado de la situación de las personas adultas mayores 6. Principios 7. Políticas y lineamientos institucionales para las personas adultas mayores Anexos Bibliografía
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6 Agenda de las personas adultas mayores PRESENTACIÓN 6 En el pasado, la visión asistencialista y la caridad marcaban las acciones del Estado, dirigidas a los grupos calificados, según los conceptos de aquella época, como vulnerables o en riesgo ; dicha visión quedaba demostrada con la prestación de servicios de escasa calidad en asilos, correccionales y albergues. Estos servicios no eran sino centros de hacinamiento y mal trato para aquellas personas cuyo único pecado fue ser adultos mayores, pobres. Con la promulgación, en 2008, de ese hito de la revolución ciudadana que es la Constitución de la República, el Estado ecuatoriano pasó de ser un Estado de derecho a un Estado Garante de Derechos; caracterizado por ser fuerte, incluyente y primer responsable frente al cumplimiento de obligaciones con la sociedad. Tal situación se da pues asumió, por primera vez en su historia, la atención y el servicio a niños, niñas, adolescentes, jóvenes y adultos mayores, entre otros grupos, como política de protección para aquellas personas que hubiesen sufrido vulneración a sus derechos. En efecto, el Estado ecuatoriano define hoy, como prioridades, la erradicación de una vez por todas de las desigualdades, de la exclusión, la discriminación o violencia de cualquier tipo, así como las nuevas formas de esclavitud materializadas en la trata y tráfico de personas, la violencia intrafamiliar, la explotación sexual, el trabajo infantil, la mendicidad y otros flagelos que atentan contra la dignidad humana. En este marco se construye la Agenda de Igualdad para las y los adultos mayores, que ahora presentamos. Esta Agenda está sujeta y articulada al Plan Nacional para el Buen Vivir, la que constituye instrumento de política pública, elaborada con la activa participación ciudadana más la de otros estamentos y niveles de gobierno que, una vez implementadas, permitirán a la población una vida con dignidad. De esta se posibilitará el desarrollo como base fundamental, no sólo para la construcción de ciudadanía y cohesión social, sino para el buen vivir individual y colectivo. El desarrollo y la vida del ser humano se desenvuelven a través de sucesivas etapas que tienen características muy especiales. Cada una de ellas se funde gradualmente en la etapa siguiente. Las etapas del desarrollo humano corresponden al ciclo de vida, comprendido desde la concepción hasta la muerte. Así, inicia la niñez, que contempla tres sub grupos: la infancia de cero a 6 años, la niñez propiamente dicha de 6 a11 años y la adolescencia de 12 a 17. Continúa la juventud, desde los 18 hasta los 29 años; y luego de un paréntesis de madurez,
7 Ministerio de Inclusión Económica y Social finalmente está la adultez mayor, a partir de los 65. Estos segmentos generacionales no solamente están enmarcados en el ámbito biológico: cada persona cumple roles y funciones dentro de una determinada familia, comunidad y cultura. Esto la lleva a ser titular de distintos derechos y obligaciones, adecuados a la correspondiente etapa generacional, cuyo ejercicio debe ser efectivamente garantizado por el Estado. En esta línea la inversión social constituye, sin duda alguna, uno de los principales determinantes de las posibilidades de una persona para desenvolverse adecuadamente en la sociedad y, además, un mecanismo fundamental para romper la transmisión intergeneracional de la pobreza. Los adultos mayores son una realidad importante porque en su voluntad se engloban todas las sabidurías. Son grandes porque han prolongado su existencia y contemplan con agrado las huellas marcadas en sus caminos. Existe grandeza en los adultos mayores porque han tenido carácter y fuerza de voluntad para la conquista de las cosas importantes y las no tan importantes, en un momento cuando la vida y el corazón son alimentados por la experiencia. Para los adultos mayores, su vida fue su más importante proyecto y, para conseguir sus metas, no sólo debe acompañarles un cielo despejado, sino su propia fuerza y la mano del Estado para enfrentar los tramos finales de aquellos interminables caminos. La aplicación de esta Agenda de Igualdad, que una vez más ponemos a su consideración, significará profundizar, sin exclusión ni discriminación, los dos ejes de política pública para la inclusión y cohesión social: - La protección social básica. Ésta debe ser entendida como el acceso a educación de calidad, servicios de salud integral, agua segura y permanente, alimentos sanos, suficientes y nutritivos, hábitat seguro y saludable, vivienda adecuada y digna, trabajo digno, seguridad social universal y derecho a la movilidad. - La protección especial. Pensada para la prevención de la explotación, la violencia, la mendicidad, la trata o el abandono. Además, actuará como garantía de la restitución de sus derechos a quienes hayan sido víctimas de estas prácticas. Del contenido de las agendas se desprende que el Estado tiene como competencias la promoción de la atención integral de la población a lo largo del ciclo de vida. Las acciones de las agendas se priorizan en aquellos ciudadanos o grupos que viven en situación de exclusión, discriminación, pobreza, o vulnerabilidad. Asimismo, atenderá la promoción y el fomento de la inclusión económica y social de la población, de forma que se asegure el logro de una adecuada calidad de vida para todos los ciudadanos y ciudadanas mediante la eliminación de condiciones, mecanismos, o procesos que restringen la libertad de participar en la vida económica, social y política de la comunidad. La materialización de estas agendas implica articular y fortalecer políticas públicas, planes, programas, proyectos y acciones que garanticen el cumplimiento de los derechos de nuestros adultos mayores, para transformar los patrones socioculturales y alcanzar el buen vivir. 7
8 8 Agenda de las personas adultas mayores
9 Ministerio de Inclusión Económica y Social ANTECEDENTES El envejecimiento es un proceso que no sólo afecta a las personas, sino que también ocurre en las poblaciones, y es lo que se llama el envejecimiento demográfico. Se produce por el aumento en la importancia relativa del grupo de adultos mayores y la disminución en la importancia porcentual de los menores, como consecuencia de la caída de la natalidad. Este proceso de cambio en el balance entre generaciones está ocurriendo en América Latina y en Ecuador de una manera mucho más rápida que la ocurrida en países desarrollados. Latinoamérica debe enfrentar los retos de este proceso con menos recursos y más premura de la que tuvieron los países ricos. 9 Al ser el envejecimiento un proceso multidimensional que tiene incidencia en la persona, la familia y la comunidad, implica la puesta en marcha de acciones integrales, solidarias, que contribuyan a revalorizar el rol de las personas adultas mayores en la sociedad. La acción a favor de las personas mayores es un desafío para el Estado en sus niveles nacional y local. Lo es también para el sector privado, las organizaciones sociales y los ciudadanos en general. El trabajo mancomunado asegura el logro de cambios a favor de la igualdad y equidad social a nivel del país. El Ecuador se muestra como un país en plena fase de transición demográfica, este fenómeno demuestra que los adultos/as mayores al 2010 representan el 7% de la población del Ecuador y al 2050 representarán el 18% de la población. El envejecimiento poblacional es uno de los fenómenos de mayor impacto de nuestra época lo que ocasiona un aumento de personas de 65 y más años de edad y el aumento de los índices de enfermedades
10 Agenda de las personas adultas mayores crónico degenerativas e incapacidades. Se han invertido recursos para conocer, pensar y proponer acciones tendientes a preparar a la población para llegar a esta edad, incorporar a los adultos mayores a la sociedad y finalmente ofrecer posibilidades de una vejez digna, tranquila y saludable. 10 En la segunda mitad del siglo pasado, la población ecuatoriana mejoró su esperanza de vida, pues pasó de 48,3 años en a 75,6 años en (CEPAL, 2012). Esto permitió que muchos ecuatorianos aumentaran su calidad de vida y alcanzaran edades mayores. El envejecer bien es el ideal de todos, pero una vejez positiva solamente puede ser el resultado de una vida enmarcada en los parámetros que encierra el bienestar social. El proceso de envejecimiento difiere de acuerdo a la condición social. Debido a ello es necesario continuar desarrollando propuestas con alternativas y espacios que permitan mejorar las condiciones de vida a través de planes, programas y proyectos donde las personas adultas mayores sean entes activos en un proceso de inclusión social con la familia y la sociedad. Para el periodo se genera la prioridad de construir la Agenda de igualdad para Adultos Mayores, donde se presentan propuestas de estrategias que abarquen un mejoramiento
11 Ministerio de Inclusión Económica y Social de la calidad de vida en las personas adultas mayores. Todo esto, debido a que, como ya se mencionó antes, el envejecimiento es un proceso que no sólo afecta a las personas, sino también a la poblaciónen su conjunto. En su gran mayoría, las personas adultas mayores no conocen o tienen acceso limitado a programas del Estado, por lo que se promueve el desarrollo de nuevas estrategias para la atención de sus necesidades de salud, trabajo, cuidados, protección social y convivencia intergeneracional, entre otras. 11 A las dificultades socio-económicas de las personas mayores se suman, en muchos casos, las inequidades de género y étnicas, que repercuten en el ejercicio de los derechos (de primera y segunda generación). Para que la mayoría de las personas mayores de escasos recursos pueda superar estos obstáculos y contar con los insumos, ya identificados, que les permitan tener una vejez fructífera, sólo se requiere la voluntad política, dado el carácter sencillo y costoefectivo de las intervenciones preventivas requeridas. Al mismo tiempo, para mejorar simultáneamente la calidad de la atención a la minoría física y mentalmente dependiente, es preciso introducir ampliamente modalidades de costo-efectividad demostradas, factibles
12 Agenda de las personas adultas mayores 12 MARCO CONCEPTUAL a corto y mediano plazo si se cuenta con el concurso activo de la familia y la comunidad. Para definir el concepto de las personas adultas mayores, los tratadistas han recurrido a diferentes doctrinas e interpretaciones, considerándolos como un grupo etario que comprende personas que tienen más de 65 años de edad. Por lo general, se considera que los adultos mayores, sólo por haber alcanzado este rango de edad, se los reconoce como pertenecientes a la tercera edad o ancianos. El envejecimiento e imaginario social. El hecho de que las personas vivan más años es un buen indicador del grado de desarrollo humano alcanzado por un país. Para el Ecuador esto implica un enorme desafío social y político para lograr una mejor calidad de vida de las personas. Así, el envejecimiento y la vejez pasan a ser un tema estratégico en el proyecto de país. La calidad de vida incluye verse como ingredientes esenciales antes y después de los 60 años de edad, del envejecimiento exitoso, con un sentido ético dictado por la
13 Ministerio de Inclusión Económica y Social 13 medida en que esas personas mayores pobres tengan la posibilidad de envejecer activa y saludablemente. De igual manera, interviene la actividad física que aparece una y otra vez como un ingrediente esencial para lograr envejecer exitosamente además, cada día surgen más pruebas de los notables beneficios del ejercicio regular y moderado en lo que respecta a la longevidad. La Declaración de Brasilia, realizada en el 2007, abarca recomendaciones del Plan de Acción Internacional sobre Envejecimiento con relación a la orientación prioritaria sobre las personas adultas mayores y el desarrollo. Se establecen como objetivos, entre otros, los siguientes: el reconocimiento de la contribución social, cultural, económica y política de las personas de edad; el fomento de la participación en los procesos de adopción de decisiones a todos los niveles y la generación de oportunidades de empleo para todas las personas de edad que deseen trabajar. Naciones Unidas ha recomendado a los Estados miembros garantizar que se considere a las personas de edad como miembros activos de sus sociedades, facilitar su participación en la adopción de decisiones ( ) y, lo que es más importante, en las medidas diseñadas para influir específicamente en su bienestar.
14 Agenda de las personas adultas mayores La constitución de la República del año 2008, en su artículo 11, numeral 8, expresa que los derechos se desarrollarán de manera progresiva a través de las normas, la jurisprudencia y las políticas públicas. El Estado generará y garantizará las condiciones necesarias para su pleno reconocimiento y ejercicio. Será inconstitucional cualquier acción u omisión de carácter regresivo que disminuya, menoscabe o anule injustificadamente el ejercicio de los derechos. 14 En el marco de las competencias, el MIES es el ente rector de las políticas sociales del Estado Ecuatoriano. Esta institución lidera la inversión social para el fortalecimiento de las habilidades y capacidades del capital humano, así como en la protección y cuidado de las personas adultas mayores. Para cumplir estos fines, se establecen políticas públicas que se sustentan en un análisis de las condiciones estructurales de las personas adultas mayores; y que toman en consideración su situación actual, a través de la identificación de sus problemáticas y en la búsqueda del cumplimiento de sus derechos. El enfoque de derechos y de justicia que atraviesa y guía la construcción de la Agenda de política para personas adultas mayores es una medida para corregir las desigualdades e injusticias sufridas por hombres y mujeres mayores de 65 años. Esto repercute negativamente en el desarrollo integral de nuestra sociedad. La discriminación positiva a los grupos prioritarios en los planes, programas y acciones que se ejecuten para la aplicación de la Política Pública debe priorizarse en las líneas de ejecución con actividades que refuercen la aplicación transversal del enfoque de derechos. Asimismo, al fortalecer la participación ciudadana y el empoderamiento de las personas adultas mayores, para
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16 Agenda de las personas adultas mayores 16 garantizar el ejercicio pleno de sus derechos. La aplicación y ejecución de derechos se la ejerce dentro de un contexto intergeneracional e interinstitucional, en el que los programas y proyectos para personas adultas mayores tengan como ejes transversales la familia y la comunidad. La Propuesta de la Política Pública para personas adultas mayores impulsa, como valor supremo, el respeto a la vida y a la dignidad inherente a toda persona y, por tanto, a los derechos que de ellos se desprenden. Pero, sobre todo, atenderá al fortalecimiento de las relaciones familiares para que los adultos mayores sean asumidos por sus hijos, hijas, nietos, nietas y todos los integrantes de la familia que ellos engendraron. Por lo tanto, la Agenda de la política para personas adultas mayores procurará que ellas mismas, las instituciones, organizaciones, familia y el entorno social en general, apoyen y defiendan su integridad y bienestar físico, psicológico, emocional y espiritual.
17 Ministerio de Inclusión Económica y Social 17 Para cumplir este propósito, se promoverá el desarrollo de las potencialidades de las personas adultas mayores y sus familias a nivel individual, grupal y comunitario. El fin es que puedan tomar sus propias decisiones, sean cuales fueren sus visiones y opciones de vida, y siempre que no amenacen los derechos e intereses legítimos de otros grupos de etarios. De este modo se logrará empoderamiento, compromiso y participación plena en la ejecución de las acciones que se realicen en su beneficio. Otro de los aspectos que guían esta Política es el reconocimiento y respeto a la diversidad de las personas. Esto se ha convertido en factor clave para la convivencia humana, pues conlleva la solidaridad mutua y el rechazo a la discriminación existente al interior de su grupo y en otros grupos de edad por razones de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de género, identidad cultural, estado civil, idioma, religión, ideología, filiación política, pasado judicial, condición
18 Agenda de las personas adultas mayores 18 socioeconómica, condición migratoria, orientación sexual, estado de salud, enfermedades catastróficas (portador de VIH), discapacidades o diferencias físicas; o por cualquier otra discriminación personal, colectiva, temporal o permanente que tenga como resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos.
19 Ministerio de Inclusión Económica y Social MARCO NORMATIVO 19 El país vive un momento histórico de cambio al encontrarse en vigencia un nuevo marco normativo constitucional. Una de las manifestaciones más conocidas de la evolución reciente del Estado constitucional tiene que ver con los planteamientos teóricos*. Para nuestro país, la reflexión sobre el Estado Constitucional de Derechos y de Justicia se vincula al concepto de garantía de los derechos y sus distintas manifestaciones; así como los derechos fundamentales y los específicos que tienen los grupos poblacionales de atención prioritaria, entre los que están las personas adultas mayores, los órganos de tutela de los derechos, facultades y el acceso a la justicia. La actual norma suprema tiene trascendentales avances normativos en materia de personas adultas mayores, ya que por primera vez se los incluye en una carta magna, reconociéndose así, de manera explícita, su existencia y atendiéndose a este grupo prioritario. * Con los discursos que sirven para la comprensión de lo que significan la Constitución, los derechos fundamentales, las normas de principio, la interpretación a base de la proporcionalidad, el razonamiento ponderado, entre otras.
20 Agenda de las personas adultas mayores La Constitución de la República del Ecuador, expedida en el año 2008, conforma el marco legal, conceptual y ético que refleja una forma de convivencia ciudadana en una sociedad que respeta, en todas sus dimensiones, la dignidad de las personas y las colectividades. Reconoce a las personas adultas mayores como un grupo de atención prioritaria, mientras que la de 1998 las colocaba dentro de los grupos vulnerables. 20 El concepto de vulnerabilidad ha sido cuestionado porque podría tener efectos discriminatorios. El reconocer a estas personas como grupo de atención prioritaria implica una responsabilidad adicional de cuidado a estas ellas (MIES, DNI 2012) y la posibilidad de exigencia de sus derechos. Otro de los elementos relevantes de la actual Constitución es que se establecen claramente obligaciones del Estado respecto a la protección y garantía de los derechos de las personas adultas mayores de manera más completa. Así, se logra una ampliación de derechos conforme se detalla a continuación:
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22 Agenda de las personas adultas mayores ARTICULADOS DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR REFERENTES A PERSONAS ADULTAS MAYORES 22 Igualdad y no discriminación. Art. 1 Derechos de las personas y grupos de atención Art. 35 prioritaria. Derechos de las personas adultas y adultos Art. 3 y 37 mayores. Obligaciones del Estado respecto a las personas Art. 38 adultas mayores. Prohibición de desplazamiento arbitrario. Art. 42 Derechos de las personas privadas de libertad. Art. 51 Derechos políticos de las personas adultas Art. 62 y 95 mayores. Derechos de libertad: vida libre de violencia. Art. 66 Derecho de protección: acceso a la justicia. Art. 81 Deberes y responsabilidades. Art. 83 Defensoría pública. Art. 193 Educación: erradicar el analfabetismo y Art. 347 apoyar a los procesos de post-alfabetización y educación permanente. Protección integral. Art.341 Atención integral de la salud. Art. 363 Seguridad social. Art. 363 y 369
23 Ministerio de Inclusión Económica y Social 23 El cuadro expuesto es un resumen de las innovaciones fundamentales en el campo de los derechos. Tales innovaciones se observan desde la perspectiva del Buen Vivir en la nueva Constitución, las que parten del reconocimiento del Estado como constitucional de derechos y justicia (Art. 1), frente a la noción de Estado social de derechos. Este cambio implica el establecimiento de garantías constitucionales que permiten aplicar directa e inmediatamente los derechos, sin necesidad de que exista legislación secundaria. La Constitución ecuatoriana amplía además las garantías, sin restringirlas a lo judicial. De este modo, la política pública pasa a garantizar los derechos universales de los ciudadanos y ciudadanas del país.
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25 Ministerio de Inclusión Económica y Social ACUERDOS Y COMPROMISOS INTERNACIONALES En el ámbito internacional, los derechos de las personas adultas mayores se encuentran contemplados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, donde se proclama el derecho de toda persona a un nivel de vida digna y la garantía de seguridad para la vejez. No obstante, las normas de protección de los derechos de las personas adultas mayores son relativamente recientes en varios países de América Latina, pues la promulgación y aplicación de disposiciones referidas expresamente a los derechos de las personas adultas mayores se inician a fines de la década de En algunos Estados el proceso abarcó la emisión de leyes especiales, mientras que en otros países se realizaron reformas constitucionales y se formularon planes de desarrollo que incorporan aspectos específicos relacionados con el tema. Los principales hitos fueron: El Protocolo de San Salvador, adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1988), que en su artículo 17 incorpora medidas específicas en favor de las personas mayores. Este documento constituye el primer instrumento vinculante con el tema de los derechos de este grupo de edad para los países de la región. Los Principios a favor de las Personas Adultas Mayores, aprobados en la Asamblea General de las Naciones Unidas el 16 de diciembre de 1991, sientan las bases de una futura convención sobre los derechos de las personas adultas mayores. El Plan de Acción Internacional de Madrid sobre el Envejecimiento (2002) y la Conferencia Regional Intergubernamental sobre Envejecimiento (Chile, noviembre 2003) constituyen las bases para una acción consensuada por 30 Estados miembros de la CEPAL en el tema de la atención a las y los adultos mayores, con la participación de OPS/OMS, UNFPA, OIT, BID y Banco Mundial. En síntesis, todos los documentos elaborados en los eventos mencionados se orientan hacia los siguientes aspectos específicos en beneficio de las personas adultas mayores: Proteger los derechos humanos y crear condiciones de seguridad económica, participación social y de educación, que favorezcan su inclu- 25
26 Agenda de las personas adultas mayores 26 sión en la sociedad y el desarrollo. Facilitar el acceso a servicios de salud integrales y adecuados, que contribuyan a su calidad de vida, su funcionalidad y autonomía. Crear entornos físicos, sociales y culturales que propicien el desarrollo y el ejercicio de sus derechos. Si bien no existe un tratado internacional específico sobre este tema, existen varios instrumentos que incluyen disposiciones sobre los derechos de las personas adultas mayores, como son: Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y la Observación General No. 6 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. La Convención para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, y la recomendación General No. 27 del Comité para la eliminación de la discriminación contra la mujer. Convenio 111 sobre la discriminación empleo y ocupación. Convenio 102 sobre la seguridad social. Convenio 128 de la OIT sobre prestaciones de invalidez vejez y sobrevivientes. Convención Americana sobre Derechos Humanos Pacto de San José de Costa Rica. Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre los derechos humanos en el área de los derechos económicos, sociales y culturales (Protocolo de San Salvador). Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer convención de Belém do Pará. Plan de Acción Internacional de Madrid, Comisión de Desarrollo Social, Madrid Asamblea General del ONU Grupo de Trabajo sobre Envejecimiento, Periodo de sesiones de Trabajo sobre Envejecimiento, Conferencia Regional Intergubernamental sobre Envejecimiento, Costa Rica Derechos humanos de las personas adultas mayores en el ámbito interamericano En el ámbito interamericano, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre establece que, en caso de edad avanzada, las personas tienen derecho a la seguridad social para mantener un nivel de vida adecuado (Art. 16); mientras que el Art. 30, establece la obligación de los hijos de asistirlos, alimentarlos y ampararlos cuando éstos lo necesiten. Adicionalmente, prohíbe la discriminación por cualquier índole o condición social (Art.1). Por lo demás, al igual en que el ámbito mundial, en el interamericano las personas de la tercera edad tienen los mismos derechos que las demás personas, simplemente por el hecho de ser tales. Cabe indicar que los instrumentos internacionales citados han sido ratificados por el Ecuador.
27 Ministerio de Inclusión Económica y Social EVOLUCIÓN HISTÓRICA DE LAS NORMATIVAS NACIONALES E INTERNACIONALES SOBRE DERECHOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES Año Norma Legal Contenido Acuerdos y compromisos internacionales En el ámbito internacional los derechos de las personas adultas mayores se encuentran contemplados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, donde se proclama el derecho de toda persona a un nivel de vida digna y la garantía de seguridad para la vejez Plan de Acción Internacional sobre el Envejecimiento Consiste en garantizar que, en todo el mundo, la población adulta mayor puede envejecer con seguridad y dignidad y puede continuar participando en sus respectivas sociedades como ciudadanos con plenos derechos Declaración 1ero. de octubre Se contempla como Día internacional de las personas de edad Programación de Principios de Naciones Unidas Determina los principios a favor de las personas de edad. 27
28 Agenda de las personas adultas mayores 28 Año Norma Legal Contenido 1991 Ley del Anciano Tiene como objetivo primordial garantizar el derecho a un nivel de vida que asegure salud corporal y psicológica, alimentación, vestido, vivienda, asistencia médica, atención geriátrica y gerontológica integral y los servicios sociales necesarios para una existencia útil y decorosa Constitución de la República A las personas adultas mayores las colocaba dentro de los grupos vulnerables, concepto que ha sido cuestionado por considerar que podría tener efectos discriminatorios sobre los grupos de personas que son llamadas de esa manera Ley Orgánica de Elecciones Contempla para las personas adultas mayores, el voto facultativo Conferencia Mundial y Plan de Acción Internacional Madrid Contempla el envejecimiento y su estrategia regional de implementación.
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