REGLAMENTO DE USO DE EMBARCACIONES Y DEL EQUIPAMIENTO ASOCIADO

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1 REGLAMENTO DE USO DE EMBARCACIONES Y DEL EQUIPAMIENTO ASOCIADO Antecedentes: Un análisis de la evolución de las actividades de enseñanza, investigación, extensión y transferencia, realizadas en la última década en la Facultad de Ingeniería y Ciencias Hídricas (FICH), muestra con claridad un sostenido crecimiento en el que las actividades de campo han ido adquiriendo un mayor protagonismo. La relevancia que la FICH ha tenido en el estudio y tratamiento de problemas vinculados al manejo de los recursos hídricos de la región, y las líneas de investigación que se han desarrollado en torno a ello, han permitido contar con el financiamiento necesario para conformar un equipo de mediciones hidroambientales que hoy la posiciona en un lugar destacado entre las instituciones que desarrollan esta temática a nivel nacional. En la actualidad la FICH cuenta con embarcaciones que cubren distintas necesidades y se adaptan a variados tipos de trabajos y entornos físicos en donde se desarrollan. Al crecimiento en el número y cantidad de prestaciones de las embarcaciones de la FICH, se asoció una importante incorporación de equipamiento altamente especializado, el cual en parte dotó a las embarcaciones, brindándole su condición de unidad de mediciones. Basta señalar aquí a los equipos de posicionamiento satelitales, las sondas ecógrafas, los perfiladores ADCP, como ejemplo de la tecnología de avanzada con la que hoy cuenta la FICH para el cumplimiento de sus misiones fundamentales. Las facilidades señaladas, al tiempo que promueven mejores posibilidades para el desarrollo de las actividades de enseñanza, investigación, extensión y transferencia, determinan un esquema de responsabilidades más complejas y un cierto nivel de experticia para el uso de algunos de los equipos involucrados. Ello ha dado lugar a un esquema de utilización con responsabilidades concentradas en muy pocas personas, y consecuentemente determina un limitado uso del equipamiento. Mejorar la eficiencia en la utilización de los equipos, con un adecuado marco de funcionamiento y una clara identificación de responsabilidades, requiere de una reglamentación que a la par que ordene el uso de los recursos disponibles, fomente la utilización de los mismos por parte del conjunto de la comunidad universitaria. Objetivo: Establecer una normativa que regule el uso de las embarcaciones de la FICH y del equipamiento científico asociado a ellas, con el propósito de ordenar su utilización, difundir las potencialidades que las mismas tienen y promover su empleo más eficiente. De las embarcaciones involucradas: Las embarcaciones existentes y toda nueva embarcación que se incorpore al patrimonio de la FICH Universidad Nacional del Litoral (UNL), quedará sujeta a esta reglamentación o a las modificaciones que la misma pueda sufrir en el futuro.

2 Del equipamiento involucrado: Las normativas que establece el presente reglamento resultan aplicables a todo el equipamiento del que dispone la FICH, en tanto su utilización se haga en el marco de actividades de campo que involucre el empleo de una embarcación. Los equipos así identificados podrán ser considerados fijos o móviles. Se entiende por equipamiento fijo de la embarcación, aquel que requiere estar instalado en la misma a través de dispositivos especiales para poder llevar a cabo en forma adecuada las determinaciones que le son propias. (Ejemplo: Equipo aforador, muestreador de sedimentos, etc.) Se entiende por equipos móviles, aquellos que pueden ser utilizados desde la embarcación o fuera de ella, pero que no requieren de dispositivos especiales suministrados por ésta para asegurar su desempeño. (Ejemplo: GPS de mano, sondas portátiles, etc.) De los responsables de las embarcaciones: El cumplimiento de las normas de seguridad, el mantenimiento, limpieza y el cuidado del buen funcionamiento de los motores y demás dispositivos auxiliares con los que cuenten las distintas embarcaciones, será responsabilidad de un Encargado designado a tal efecto por el Decano de la FICH. Las funciones así asignadas serán prioritarias y no podrán estar supeditadas a otras actividades que el mencionado agente pueda desarrollar en el ámbito de la FICH. El encargado de las embarcaciones deberá contar con la habilitación correspondiente de la Prefectura Naval Argentina, y será el Timonel habitual de las mismas. Un segundo Timonel, con igual habilitación para el manejo de embarcaciones, será designado a los efectos de que reemplace o complemente las actividades del Encargado. El Encargado de la embarcación deberá hacer cumplir las reglamentaciones de seguridad exigidas por la legislación vigente. Asimismo, será quien decida la suspensión de la navegación en caso de que considere que no están dadas las condiciones de seguridad necesarias, ya sea por cuestiones climáticas, mecánicas, falta de elementos de seguridad o cualquier otra causa que a su juicio haga riesgosa la navegación. El Encargado de la embarcación deberá tener presente que existen Proyectos y Servicios a Terceros de la FICH que pueden llegar a requerir la embarcación en condiciones climáticas adversas. Desde el punto de vista administrativo, las embarcaciones y el personal habilitado para su manejo, dependerán de Secretaría Técnica, quien intervendrá en todos aquellos aspectos que hacen al uso eficiente y racional de estos recursos, y resolverá respecto de cualquier circunstancia no contemplada en este reglamento. De los responsables en el uso del equipamiento científico Equipos fijos: El Decano de la FICH designará al o a los responsables de los equipos considerados fijos. La utilización de dichos equipos en el marco de actividades de campo propias de actividades de enseñanza, investigación, extensión o transferencia, sólo podrán realizarse bajo la supervisión y control de un responsable del equipo. En el caso de que una determinada actividad

3 (Proyectos de Investigación, Proyectos de Extensión SAT) requiera del uso sistemático de un equipo por un tiempo prolongado, el responsable de la actividad deberá asumir la responsabilidad y manejo de los equipos. Para ello deberá contar con la autorización del Decano de la FICH, a propuesta del responsable designado para ese equipo, quien instruirá y garantizará que el nuevo usuario cuenta con las capacidades necesarias para un correcto uso del equipo. Equipos móviles: Dada la gran variedad y tipo de equipos móviles que pueden ser usados en las embarcaciones, la responsabilidad en el uso de los mismos queda supeditado a los responsables patrimoniales de cada equipo. En el caso de que el uso del mismo esté sistemáticamente a cargo de otro docente, se deberá proceder de igual manera que para el caso de los equipos fijos. De los costos involucrados: Dos tipos de costos habrán de ser considerados a los efectos de su valoración: 1. Gastos directos: incluye combustibles, lubricantes, servicios de bajada y ascenso de lancha, seguros de equipos y embarcaciones y viáticos del responsable de la embarcación y, si correspondiere, del responsable del equipamiento. Seguro de los estudiantes y otras personas no cubierta por la ART. Insumos del equipo fijo o móvil que se use en el trabajo de campo. 2. Fondo de amortización de embarcaciones y equipos. Los costos tipo 1 deberán ser cubiertos en todos los casos en que la embarcación sea utilizada. El costo asociado a cada actividad será determinado por la Secretaría Técnica, a partir del asesoramiento de los responsables de la embarcación y de los equipos involucrados. En el caso de actividades asociadas al dictado de asignaturas de carreras de grado, los costos asociados serán absorbidos por la Secretaría Académica, quien se hará cargo de los mismos. Los proyectos de investigación deberán contemplar en su financiamiento los recursos necesarios para afrontar los gastos derivados de las actividades de campo. Si algún proyecto no contara con los recursos suficientes, deberá justificarlo ante la Secretaría de Ciencia y Técnica, quien decidirá en consecuencia y, en caso de aceptar el pedido, se hará cargo total o parcialmente de los costos involucrados. Los costos tipo 2 serán determinados para cada actividad por Secretaría Técnica, a partir del asesoramiento de los responsables de las embarcaciones y del equipamiento. Este tipo de costos sólo será absorbido por los usos destinados a SAT y SET. De la reserva de uso de las embarcaciones y equipos El registro y autorización de uso de la embarcación y de los equipos asociados serán centralizados por Secretaría Técnica, quien los autorizará reservando la fecha en un calendario disponible. En todos los casos, los pedidos deberán hacerse con una anticipación mínima y máxima que anualmente será establecida por Secretaría Técnica y dependerá del volumen de pedidos recibidos en el año anterior. Las solicitudes deberán contemplar siempre una fecha alternativa. En el caso de que hubiera superposición de pedidos en una misma fecha, la Secretaría Técnica tomará contacto con los interesados para dar solución al problema.

4 De las prioridades de uso A los fines de determinar prioridades en el uso de la embarcación, ante una superposición de fechas solicitadas y cuando no exista un acuerdo entre los solicitantes, se fijan los siguientes criterios de prioridades, siempre que hayan efectuado la reserva en tiempo y forma: Usos destinados a enseñanza que hayan sido declarados en la programación de la asignatura. Trabajos de investigación asociados a proyectos acreditados, contemplados en la programación de los mismos. Usos contemplados en contratos con plazos preestablecidos y cuya dilación provocaría situaciones de incumplimiento. Trabajos asociados a proyectos de extensión que hayan sido contemplados en la programación de los mismos. De las obligaciones a cumplir por el Encargado de la embarcación Tendrá a su cargo, efectuar la declaración de salida correspondiente (Rol), la seguridad, el mantenimiento, la limpieza, el funcionamiento mecánico de los motores y todo otro aspecto relacionado con la embarcación. Será el responsable de tomar las decisiones de salir o no a navegar en caso de que no estén dadas las condiciones de seguridad necesaria, ya sea por cuestiones: climáticas, mecánicas, falta de elementos de seguridad o cualquier otra causa que afecte la seguridad. Determinara la cantidad de persona que pueden subir a la embarcación por viaje. De las obligaciones a cumplir por el responsable de los equipos Tendrá a su cargo, el funcionamiento, mantenimiento y seguridad de los equipos de mediciones y manejo de software correspondientes al equipamiento. Será designado por las autoridades y podrá nombrar a algún reemplazante que considere apto para las tareas, en caso que el no este disponible. Del responsable de la campaña Tendrá a su cargo, la planificación de las tareas, estimara los tiempos necesario de navegación, lugar de salida y llegada, será el responsable de cubrir los costos de la campaña, como así también de toda la logística necesaria, coordinación con la movilidad de traslado de la embarcación, también deberá realizar los trámites correspondientes para las aseguradoras de riesgo de trabajo. Deberá presentar un informe donde registre la actividad realizada y las novedades producidas en la embarcación y en el equipamiento asociado. Será el responsable de que las personas que suban a la embarcación estén debidamente aseguradas y cumplan con los requisitos de las normas de la Facultad y/o Universidad. El responsable de la campaña, cuando lo considere pertinente y con la aprobación de Secretaría Técnica, podrá solicitar ser responsable de la embarcación siempre que cumpla con los requerimientos exigidos al Encargado de la embarcación, asumiendo las obligaciones y

5 responsabilidades establecidas para el Encargado de la embarcación. En ningún caso podrá estar ausente en la navegación el Encargado de la embarcación Disposiciones finales Las situaciones no previstas en el presente reglamento, serán resueltas por Secretaria Técnica, quien informará al Consejo Directivo.

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