REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA MESA CONSULTIVA DE NIÑEZ CON DISCAPACIDAD EN LA REPÚBLICA DOMINICANA

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA MESA CONSULTIVA DE NIÑEZ CON DISCAPACIDAD EN LA REPÚBLICA DOMINICANA"

Transcripción

1 REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA MESA CONSULTIVA DE NIÑEZ CON DISCAPACIDAD EN LA REPÚBLICA DOMINICANA Santo Domingo 09 de julio de 2015 Página 1 de 8

2 CAPÍTULO I Definición y Propósitos Artículo 1.- De la definición: La Mesa Consultiva de Niñez con Discapacidad en la República Dominicana es un espacio de diálogo entre gobierno, organizaciones sin fines de lucro, sector privado, academias y organismos de cooperación internacional con el propósito de asesorar y apoyar a las instituciones garantes de derechos en los procesos de diseño e implementación de políticas públicas inclusivas. Párrafo I. Las personas con discapacidad incluyen a aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras puedan impedir su participación plena en la sociedad en igualdad de condiciones con las demás 1. Se asume como Niñez con Discapacidad al grupo de niños, niñas y adolescentes que pertenezcan a este grupo. Artículo 2.- De los propósitos de la Mesa Consultiva de Niñez con Discapacidad en la República Dominicana Propiciar la unificación de conceptos, criterios y enfoques con los diferentes actores que inciden en la niñez con discapacidad, en el marco de las normativas nacionales e internacionales ratificadas por el Estado Dominicano sobre los derechos de las personas con discapacidad, así como realizar estudios e investigaciones sobre discapacidad, caracterizando los servicios e identificando las necesidades que permitan una comprensión multidimensional de la discapacidad, promoviendo la sensibilización de la sociedad hacia un cambio de actitud para la inclusión plena de la personas con discapacidad. Asesorar y apoyar la definición de lineamientos para la prevención, detección oportuna y atención integral de niños, niñas y adolescentes con discapacidad y el diseño e implementación de políticas públicas a favor de este grupo poblacional, con un enfoque de derechos e inclusión plena. 1 Art. 1 Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, ONU. Página 2 de 8

3 Promover el diálogo, la sinergia y el intercambio de buenas prácticas entre las distintas entidades del gobierno, organizaciones sin fines de lucro, sector privado, academias y organismos de cooperación internacional que inciden directamente en la población infantil con discapacidad. Artículo 3. La Mesa Consultiva de Niñez con Discapacidad en la República Dominicana definirá su imagen a través del uso de un logo, seleccionado mediante votación y con aprobación del cincuenta por ciento más uno de los votantes en una reunión del pleno. Este logo sólo podrá ser usado por el Comité de Coordinación de turno de la Mesa o en caso de ser requerido por alguna otra entidad, deberá contar con la previa autorización por escrito del pleno de la Mesa. CAPÍTULO II Integración y Estructura Artículo 4.- De los Miembros: Son miembros de la Mesa Consultiva de Niñez con Discapacidad en la República Dominicana las Instituciones Gubernamentales, organizaciones sin fines de lucro, sector privado, academias y organismos de cooperación internacional cuya trayectoria guarde correspondencia con la definición y ejes de trabajo de este Reglamento. Artículo 5.- De la Estructura: Para su funcionamiento, la Mesa Consultiva de Niñez con Discapacidad en la República Dominicana dispondrá de: 1. Un pleno, conformado por todos los miembros 2. Una unidad de coordinación y articulación de acciones denominada Comité de Coordinación 3. Comisiones de Trabajo, que representan el nivel operativo de la Mesa Artículo 6.- El Pleno de la Mesa es el órgano representativo de los miembros de la Mesa que toma decisiones. Párrafo I.- El Pleno de la Mesa realizará reuniones ordinarias en periodo trimestral, pudiendo reunirse de manera extraordinaria cada vez que el Comité de Coordinación convoque. Párrafo II.- El Quorum de la Mesa se logrará con el 60% de la matrícula del Pleno. Página 3 de 8

4 Artículo 7.- El Comité de Coordinación es la instancia responsable de promover, animar, impulsar y gestionar lineamientos y planes de trabajo de la Mesa Consultiva, así como convocar al pleno. Al momento de su elección deberá coordinar la elaboración, junto con los demás miembros, de un plan de trabajo que guíe la gestión del período para el que fueron elegidos. Estará constituida por cinco instituciones y conformada de la siguiente manera: Una Institución Gubernamental Una organización sin fines de lucro o del sector privado Una institución académica Un organismo de Cooperación Internacional con sede en el país Una organización de la sociedad civil del ámbito de la discapacidad Párrafo I.- Se realizarán elecciones y las instituciones elegidas permanecerán en el Comité de Coordinación por un período de dos años. En esa misma elección, el pleno elegirá la institución que presidirá el Comité de Coordinación. Párrafo II. Como apoyo al efectivo funcionamiento del Comité de Coordinación, se elegirán dos instituciones como miembros suplentes que asumirán sus funciones en el Comité de Coordinación en caso de renuncia de algún miembro. Estos suplentes podrán ser elegidos de entre las instituciones que quedaron en el 2 do lugar en la votación en la categoría correspondiente. Párrafo III. Para ser elegibles al Comité de Coordinación las instituciones deberán haber pertenecido en la Mesa Consultiva por un período de al menos un año, haber asistido a las tres últimas convocatorias del pleno de la Mesa y a las dos últimas convocatorias de su Comisión de Trabajo. Párrafo IV. Tendrán derecho a voto todas las instituciones miembros de la Mesa Consultiva, con un voto por institución. Párrafo V.- El Comité de Coordinación se reunirá periódicamente en forma ordinaria, pudiendo reunirse extraordinariamente si lo demanda la urgencia del plan de trabajo. Artículo 8.- De las Funciones del Comité de Coordinación de la Mesa Consultiva de Niñez con Discapacidad en la República Dominicana. El Comité de Coordinación de la Mesa Consultiva tendrá las siguientes funciones: Página 4 de 8

5 a) Coordinar la elaboración de los planes de trabajo y deliberar acerca de los mismos, consensuados por las instituciones miembros de la Mesa. b) Coordinar los procesos de seguimiento y evaluación de los planes de trabajo. c) Representar a la Mesa Consultiva en los diferentes espacios de debate, toma de decisiones, investigaciones, elaboración de proyectos y propuestas vinculadas con la niñez con discapacidad. d) Participar en espacios de incidencia relacionados con Políticas e iniciativas vinculadas con la niñez con discapacidad, promoviendo el funcionamiento efectivo y la articulación de los servicios para la detección y la atención de los niños, niñas y adolescentes con discapacidad existentes en el país. e) Convocar a todas las instituciones que conforman el pleno de la Mesa a las reuniones del mismo, procurando que participen del proceso al menos el sesenta por ciento del total de los miembros del espacio de la Mesa Consultiva. f) Mantener el flujo de comunicación entre las organizaciones y representantes de la coordinación. g) Registrar y difundir las actas de las reuniones y mantener debidamente actualizado el archivo de la Mesa Consultiva. h) Registrar los resultados y acuerdos en cada sesión de trabajo del Comité de Coordinación. i) Formular las actas, agendas y someterlas a aprobación del pleno. j) Mantener informados a los miembros de la Mesa respecto a las Leyes, Decretos, Reglamentos, Circulares, estudios e investigaciones relacionadas con la Niñez con Discapacidad. k) Presentar al Pleno de la Mesa las solicitudes de nuevos miembros, después de verificar la documentación requerida según lo establece este documento. Página 5 de 8

6 l) Al finalizar el periodo para el que fue elegido el Comité de Coordinación deberá hacer una rendición de cuentas al pleno de la Mesa y entregar los archivos físicos y digitales al nuevo Comité. Artículo 9.- De las Comisiones de Trabajo: Las Comisiones de Trabajo de la Mesa Consultiva serán definidas en reunión ordinaria del Pleno de acuerdo a las necesidades del plan de trabajo y tendrán una vigencia de dos años. Párrafo I.- Las Comisiones de Trabajo deberán establecer una entidad coordinadora que no pertenezca al Comité de Coordinación y que asegure el logro de las metas o resultados que se hayan propuesto. Párrafo II.- Las Comisiones de Trabajo se reunirán de conformidad con el plan de trabajo. Artículo 10.- De las Funciones de las Comisiones de Trabajo de la Mesa Consultiva de Niñez con Discapacidad. Las Comisiones de Trabajo de la Mesa Consultiva tendrán las siguientes funciones: a) Garantizar la participación de las instituciones que las componen y del plan de trabajo establecido por la Mesa Consultiva. b) Mantener el flujo de comunicación entre las comisiones de trabajo y el Comité de Coordinación. c) Desarrollar planes de trabajo en función de las responsabilidades establecidas por el Pleno de la Mesa. d) Registrar los resultados y acuerdos en cada sesión de trabajo de las Comisiones. e) Presentar reportes e informes de avances trimestrales ante el Comité de Coordinación. f) Registrar las actas de las reuniones y mantener debidamente informado al Pleno de la Mesa. Página 6 de 8

7 Artículo 11.- De los nuevos Miembros y de la pérdida de la membresía. Podrán integrarse como miembros instituciones gubernamentales, organizaciones sin fines de lucro, sector privado, instituciones académicas y organismos de cooperación internacional que manifiesten su interés de participar, remitiendo una comunicación escrita al Comité de Coordinación en la que justifiquen su trayectoria y experiencia de trabajo en favor de niñez y adolescencia con discapacidad, y expresen su interés de participar como miembros de la Mesa. Dicha solicitud será sometida a votación al pleno de la Mesa, la cual deberá obtener el cincuenta por ciento más uno de la votación de los miembros. Igualmente con el consenso del pleno, la Mesa podrá invitar a algunas instituciones a integrarse a la misma. Párrafo I.- La solicitud de membresía por parte de las organizaciones sin fines de lucro debe estar acompañada del decreto de incorporación o certificado de registro de asociaciones sin fines de lucro. En el caso del sector privado, se requiere el acta de constitución notarizada y el RNC. Párrafo II.- El Comité de Coordinación de la Mesa emitirá una comunicación a la institución solicitante con la decisión del pleno de la Mesa. Párrafo III.- Las instituciones cuya membresía haya sido aprobada deberán remitir una comunicación al Comité de Coordinación en la que especifiquen un delegado y un suplente, mediante la cual se compromete al cumplimiento del Reglamento. En caso de cambios en la delegación, la institución deberá informar al respecto en los mismos términos. Párrafo IV.-La calidad de miembro de la Mesa Consultiva de Niñez con Discapacidad en la República Dominicana se perderá por la renuncia por escrito presentada al Comité de Coordinación, por ausencia a 3 convocatorias consecutivas del pleno sin notificación previa, o por incumplimiento del presente Reglamento ratificado por el pleno de la Mesa. El Comité de Coordinación notificará al miembro su pérdida de membresía por escrito. Página 7 de 8

8 CAPÍTULO III Fondos y/o recursos de la Mesa Consultiva de Niñez con Discapacidad en la República Dominicana Artículo 12.- La Mesa Consultiva de Niñez con Discapacidad se apoyará técnica y financieramente de los recursos institucionales que al efecto dispongan las instituciones que forman parte del proceso. Las instituciones miembros informarán al Comité de Coordinación de las actividades o fondos disponibles. El Comité de Coordinación elaborará el cronograma de reuniones y actividades en función de los aportes de las instituciones. CAPÍTULO IV Modificación del Reglamento Articulo 13.- Los estatutos de la Mesa Consultiva de Niñez con Discapacidad en la República Dominicana descritos en este reglamento deberán ser revisados cada dos años y podrán ser modificados en el contexto de esa revisión siempre y cuando sean aprobados por las dos terceras partes de los participantes de la reunión, siempre y cuando se cumpla el quorum del 60%. Página 8 de 8

MARCO JURIDICO. Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia

MARCO JURIDICO. Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia MARCO JURIDICO Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia Marco Jurídico 1.- Código de la Niñez y la Adolescencia (título IV). 2.- Reglamento al Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia (3 de

Más detalles

COLEGIO COLOMBO BRITÁNICO ENVIGADO - ANTIOQUIA CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA REGLAMENTO DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA Junio 15 de 2006

COLEGIO COLOMBO BRITÁNICO ENVIGADO - ANTIOQUIA CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA REGLAMENTO DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA Junio 15 de 2006 COLEGIO COLOMBO BRITÁNICO ENVIGADO - ANTIOQUIA CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA REGLAMENTO DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA Junio 15 de 2006 NATURALEZA DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA: ARTÍCULO 1 : Naturaleza:

Más detalles

ACUERDO NÚMERO 0001 DE 2006 (Agosto 23) POR EL CUAL SE ADOPTA EL REGLAMENTO OPERATIVO DE LA COMISIÓN DE CALIDAD DE LA FORMACIÓN PARA EL TRABAJO- CCAFT

ACUERDO NÚMERO 0001 DE 2006 (Agosto 23) POR EL CUAL SE ADOPTA EL REGLAMENTO OPERATIVO DE LA COMISIÓN DE CALIDAD DE LA FORMACIÓN PARA EL TRABAJO- CCAFT ACUERDO NÚMERO 0001 DE 2006 (Agosto 23) POR EL CUAL SE ADOPTA EL REGLAMENTO OPERATIVO DE LA COMISIÓN DE CALIDAD DE LA FORMACIÓN PARA EL TRABAJO- CCAFT LA COMISIÓN DE CALIDAD DE LA FORMACIÓN PARA EL TRABAJO-

Más detalles

Para su desarrollo, cada entidad contratista debe asegurar:

Para su desarrollo, cada entidad contratista debe asegurar: Lineamientos y responsabilidades de las entidades contratistas frente a los Encuentros de docentes regionales para socializar las experiencias de la Estrategia de formación de uso de TIC para docentes,

Más detalles

REGLAMENTO I. Objeto II. Miembros Miembros individuales: Miembros institucionales académicas: Miembros institucionales OSC: Colaboradores:

REGLAMENTO I. Objeto II. Miembros Miembros individuales: Miembros institucionales académicas: Miembros institucionales OSC: Colaboradores: REGLAMENTO I. Objeto 1. El presente reglamento fija las normas y procedimientos, así como las responsabilidades que regirán entre los asociados, colaboradores y participantes de la Red Internacional de

Más detalles

ESTATUTO RIU-SOL Red Internacional de Universidades que promueven el Software Libre I ORIGEN Y PRINCIPIO

ESTATUTO RIU-SOL Red Internacional de Universidades que promueven el Software Libre I ORIGEN Y PRINCIPIO ESTATUTO RIU-SOL Red Internacional de Universidades que promueven el Software Libre I ORIGEN Y PRINCIPIO 1 EXISTENCIA Y OBJETIVOS Queda institucionalizada por este acuerdo la Red Internacional de Universidades

Más detalles

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR DE MEDIO AMBIENTE.

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR DE MEDIO AMBIENTE. REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR DE MEDIO AMBIENTE. INDICE CAPITULO I. ORGANIZACIÓN CAPITULO II. MIEMBROS CAPITULO III. PLENO Y GRUPOS DE TRABAJO CAPITULO IV. REUNIONES DEL PLENO Y DE LOS

Más detalles

Reglamento de Organización y Funciones del Comité de Seguridad y Salud Ocupacional

Reglamento de Organización y Funciones del Comité de Seguridad y Salud Ocupacional MINISTERIO DE SALUD DE EL SALVADOR Reglamento de Organización y Funciones del Comité de Seguridad y Salud Ocupacional San Salvador, diciembre de 2011. Reglamento de Organización y Funciones del Comité

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CONSEJO SECTORIAL DE MEDIO AMBIENTE AYUNTAMIENTO SAN SEBASTIAN DE LOS REYES

REGLAMENTO INTERNO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CONSEJO SECTORIAL DE MEDIO AMBIENTE AYUNTAMIENTO SAN SEBASTIAN DE LOS REYES REGLAMENTO INTERNO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CONSEJO SECTORIAL DE MEDIO AMBIENTE AYUNTAMIENTO SAN SEBASTIAN DE LOS REYES PROPUESTA GRUPO MUNICIPAL DE IZQUIERDA UNIDA GRUPO MUNICIPAL DE IZQUIERDA

Más detalles

REUNIÓN DE ALTAS AUTORIDADES EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS Y CANCILLERÍAS DEL MERCOSUR Y ESTADOS ASOCIADOS (RAADDHH) REGLAMENTO INTERNO

REUNIÓN DE ALTAS AUTORIDADES EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS Y CANCILLERÍAS DEL MERCOSUR Y ESTADOS ASOCIADOS (RAADDHH) REGLAMENTO INTERNO REUNIÓN DE ALTAS AUTORIDADES EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS Y CANCILLERÍAS DEL MERCOSUR Y ESTADOS ASOCIADOS (RAADDHH) REGLAMENTO INTERNO Capítulo I Naturaleza y Composición Artículo 1º. La Reunión de Altas

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD.

REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD. REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD. (PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 7 DE JULIO DE 2004) Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados

Más detalles

Reglamento de funcionamiento interno del Consejo de Alumnos de la Universidad de Sevilla

Reglamento de funcionamiento interno del Consejo de Alumnos de la Universidad de Sevilla Reglamento de funcionamiento interno del Consejo de Alumnos de la Universidad de Sevilla De acuerdo con lo señalado en el artículo 175.d) de los EUS (Decretos de la Consejería de Educación y Ciencia de

Más detalles

COOPERATIVA INTEGRAL DE TRABAJADORES DEL HOTEL CARTAGENA HILTON COOTRAHILTON ACUERDO N 03

COOPERATIVA INTEGRAL DE TRABAJADORES DEL HOTEL CARTAGENA HILTON COOTRAHILTON ACUERDO N 03 COOPERATIVA INTEGRAL DE TRABAJADORES DEL HOTEL CARTAGENA HILTON COOTRAHILTON ACUERDO N 03 POR MEDIO DEL CUAL SE REGLAMENTA EL COMITÉ DE RECREACION, DEPORTE Y CULTURA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE COOTRAHILTON

Más detalles

REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD

REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD Por acuerdo del Pleno de día 27 de enero de 2000 fue aprobado definitivamente el Reglamento de seguridad y salud. Publicado en el BOIB nº. 55, de 02.05.00, entró en vigor al día siguiente de la publicación.

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE RIESGOS. Artículo primero: Objetivo del comité. Artículo segundo: Conformación

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE RIESGOS. Artículo primero: Objetivo del comité. Artículo segundo: Conformación El presente reglamento se establece con el fin de precisar las responsabilidades, normas internas y actividades del Comité de Riesgos del BANCO FALABELLA S.A. (en adelante el Banco) en cumplimiento de

Más detalles

REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE QUINDÍO MUNICIPIO DE FILANDIA DECRETO 051 DE 2008. ( 17 de Julio de 2008)

REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE QUINDÍO MUNICIPIO DE FILANDIA DECRETO 051 DE 2008. ( 17 de Julio de 2008) 3250(',2'(/&8$/6(&5($(/&20,7('(*2%,(512(1 /,1($'(/081,&,3,2'(),/$1',$ &216,'(5$1'2 Que el Gobierno Nacional expidió el 14 de abril del presente año, el Decreto 1151, por el cual se establecen los lineamientos

Más detalles

República de Colombia Alcaldía Municipal de Cajamarca Tolima Nit. 890700859-2

República de Colombia Alcaldía Municipal de Cajamarca Tolima Nit. 890700859-2 DECRETO No. 054 DE 2014 ( Noviembre 25 ) POR EL CUAL SE CREA EL COMITÉ MUNICIPAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR, DEL MUNICIPIO DE CAJAMARCA TOLIMA EL ALCALDE MUNICIPAL DE CAJAMARCA TOLIMA, En uso de sus facultades

Más detalles

SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN E INVESTIGACIÓN TECNOLÓGICAS DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN SECUNDARIA TÉCNICA

SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN E INVESTIGACIÓN TECNOLÓGICAS DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN SECUNDARIA TÉCNICA SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN E INVESTIGACIÓN TECNOLÓGICAS DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN SECUNDARIA TÉCNICA Manual de Organización de la Academia de Maestros de las Escuelas Secundarias Técnicas MAYO, 2000.

Más detalles

TRADUCCION NO OFICIAL. Consejo Asesor de Seguridad en el Extranjero (OSAC) Estatutos del Consejo de País Guatemala 13 de junio de 2012. I.

TRADUCCION NO OFICIAL. Consejo Asesor de Seguridad en el Extranjero (OSAC) Estatutos del Consejo de País Guatemala 13 de junio de 2012. I. TRADUCCION NO OFICIAL Consejo Asesor de Seguridad en el Extranjero (OSAC) Estatutos del Consejo de País Guatemala 13 de junio de 2012 I. Misión Los Consejos de País de OSAC son el enlace entre el sector

Más detalles

Alcaldía Municipal La Palma

Alcaldía Municipal La Palma DECRETO NÚMERO. 0019 DE (Mayo 13) POR EL CUAL SE CREA EL COMITÉ MUNICIPAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR, DEL MUNICIPIO DE LA PALMA CUNDINAMARCA EL ALCALDE MUNICIPAL DE LA PALMA CUNDINAMARCA, en uso de sus facultades

Más detalles

ASOCIACIÓN NACIONAL CONTRA EL CÁNCER REGLAMENTO INTERNO

ASOCIACIÓN NACIONAL CONTRA EL CÁNCER REGLAMENTO INTERNO ASOCIACIÓN NACIONAL CONTRA EL CÁNCER REGLAMENTO INTERNO ATRIBUCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA NACIONAL ARTÍCULO 1: Son funciones de la Junta Directiva Nacional, además de las estipuladas en el Artículo 28

Más detalles

CONCEJO MUNICIPAL DE CULTURA DE PAZ DE ARIPORO CASANARE

CONCEJO MUNICIPAL DE CULTURA DE PAZ DE ARIPORO CASANARE CONCEJO MUNICIPAL DE CULTURA DE PAZ DE ARIPORO CASANARE REGLAMENTO INTERNO En el marco de la Ley 397 de 1997, artículos 60 y 61, la Ley 1185 de 2008, artículo 15 y el Acuerdo No. 013 Del 29 de Agosto del

Más detalles

DGAC DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL

DGAC DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL DGAC-RGL-001 2 1 de 7 DGAC DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL REGLAMENTO DEL COMITE DE CALIDAD SISTEMA DE GESTIÓN DE CALIDAD NOMBRE Y CARGO FECHA FIRMA REVISADO Ing. Stephany Romero Manzano Profesional

Más detalles

COMISIÓN MUJER Y DEPORTE ADAPTADO A LA DISCAPACIDAD FÍSICA (COMYDA)

COMISIÓN MUJER Y DEPORTE ADAPTADO A LA DISCAPACIDAD FÍSICA (COMYDA) COMISIÓN MUJER Y DEPORTE ADAPTADO A LA DISCAPACIDAD FÍSICA (COMYDA) REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE MUJER Y DEPORTE ADAPTADO A LA DISCAPACIDAD FÍSICA PREÁMBULO El presente reglamento responde a la necesidad

Más detalles

Los Gobiernos de las Repúblicas de Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela;

Los Gobiernos de las Repúblicas de Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela; PROTOCOLO SUSTITUTORIO DEL CONVENIO SIMON RODRIGUEZ Los Gobiernos de las Repúblicas de Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela; Convencidos de la necesidad de impulsar la coordinación de políticas

Más detalles

ASOCIACION CAPITULO PERUANO. Procedimientos para formación e inscripción de Capitulo de Estudiantes

ASOCIACION CAPITULO PERUANO. Procedimientos para formación e inscripción de Capitulo de Estudiantes Lima, Enero 2015 Procedimientos para formación e inscripción de Capitulo de Estudiantes - Tener conformada su Junta Directiva, con los siguientes cargos: Presidente, Vice-Presidente, Secretario, Tesorero,

Más detalles

REGLAMENTO INTERIOR DE LAS ACADEMIAS

REGLAMENTO INTERIOR DE LAS ACADEMIAS REGLAMENTO INTERIOR DE LAS ACADEMIAS Aprobado en la sesión extraordinaria del H. Consejo Universitario de fecha 13 de junio de 2001 publicado en la Gaceta Universitaria No. 81 correspondiente a los meses

Más detalles

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALCÁZAR DE SAN JUAN Secretaría General

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALCÁZAR DE SAN JUAN Secretaría General EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALCÁZAR DE SAN JUAN Secretaría General REGLAMENTO REGULADOR DEL CONSEJO MUNICIPAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD. Aprobado definitivamente por el Excmo. Ayuntamiento de Alcázar de

Más detalles

BORRADOR PARA DISCUSIÓN

BORRADOR PARA DISCUSIÓN Tegucigalpa M.D.C., 20 de Octubre del 2004 ENMIENDA AL ACUERDO EJECUTIVO NUMERO:01876 EL Consejo Consultivo para la Reducción de la Pobreza CONSIDERANDO: Que el Consejo Consultivo se creó y funciona sobre

Más detalles

ESTATUTOS DEL INSTITUTO VALENCIANO DE ESTUDIOS SOCIALES (I.V.E.S.)

ESTATUTOS DEL INSTITUTO VALENCIANO DE ESTUDIOS SOCIALES (I.V.E.S.) ESTATUTOS DEL INSTITUTO VALENCIANO DE ESTUDIOS SOCIALES (I.V.E.S.) APROBADOS POR LA ASAMBLEA GENERAL DEL INSTITUTO VALENCIANO DE ESTUDIOS SOCIALES DEL EXCMO. COLEGIO OFICIAL DE GRADUADOS SOCIALES DE VALENCIA,

Más detalles

GUÍASALUD-BIBLIOTECA DE GUÍAS DE PRÁCTICA CLÍNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO CONSULTIVO

GUÍASALUD-BIBLIOTECA DE GUÍAS DE PRÁCTICA CLÍNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO CONSULTIVO GUÍASALUD-BIBLIOTECA DE GUÍAS DE PRÁCTICA CLÍNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO CONSULTIVO Aprobado por el Consejo Ejecutivo de GuíaSalud el 25 de septiembre de 2009

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE ALCAUDETE (JAÉN)

AYUNTAMIENTO DE ALCAUDETE (JAÉN) Número 155 Miércoles, 14 de Agosto de 2013 Pág. 18072 ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE ALCAUDETE (JAÉN) 7270 Aprobación definitiva del Reglamento del Consejo Local de Deportes. Anuncio Al no haberse

Más detalles

C O N S I D E R A N D O

C O N S I D E R A N D O LUIS ARMANDO REYNOSO FEMAT, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Aguascalientes, en ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 46, fracción I de la Constitución Política

Más detalles

ESTATUTOS DEL CONSEJO LOCAL DE DEPORTES NATURALEZA Y FUNCIONES

ESTATUTOS DEL CONSEJO LOCAL DE DEPORTES NATURALEZA Y FUNCIONES ESTATUTOS L CONSEJO LOCAL PORTES C A P I T U L O I NATURALEZA Y FUNCIONES Artículo 1º.- Definición. El Consejo Local de Deportes es el órgano institucional consultivo en materia deportiva del Excmo. Ayuntamiento

Más detalles

REGLAMENTO DEL CENTRO DE INVESTIGACIÓN EDUCATIVA GEORGINA CALDERÓN

REGLAMENTO DEL CENTRO DE INVESTIGACIÓN EDUCATIVA GEORGINA CALDERÓN UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA EXPERIMENTAL LIBERTADOR INSTITUTO DE MEJORAMIENTO PROFESIONAL DEL MAGISTERIO SUBDIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN Y POSTGRADO COORDINACIÓN DE INVESTIGACIÓN REGLAMENTO DEL CENTRO DE INVESTIGACIÓN

Más detalles

Marco Normativo para la Implementación de Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo dirigido al Sector Público

Marco Normativo para la Implementación de Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo dirigido al Sector Público Marco Normativo para la Implementación de Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo dirigido al Sector Público Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo

Más detalles

ESTATUTOS DE LA CONFERENCIA DE DECANOS DE CENTROS UNIVERSITARIOS CON TÍTULOS DE MAGISTERIO Y EDUCACIÓN

ESTATUTOS DE LA CONFERENCIA DE DECANOS DE CENTROS UNIVERSITARIOS CON TÍTULOS DE MAGISTERIO Y EDUCACIÓN ESTATUTOS DE LA CONFERENCIA DE DECANOS DE CENTROS UNIVERSITARIOS CON TÍTULOS DE MAGISTERIO Y EDUCACIÓN CAPITULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO. Artículo 1. Con la denominación de Conferencia

Más detalles

REGLAMENTO COMISIÓN DE FIESTAS Y EVENTOS DE LA DELEGACIÓN DE ALUMNOS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y EMPRESARIALES.

REGLAMENTO COMISIÓN DE FIESTAS Y EVENTOS DE LA DELEGACIÓN DE ALUMNOS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y EMPRESARIALES. REGLAMENTO COMISIÓN DE FIESTAS Y EVENTOS DE LA DELEGACIÓN DE ALUMNOS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y EMPRESARIALES. TITULO I: Naturaleza, y fines de las Comisiones de Fiestas y Eventos de la Delegación

Más detalles

Marco de Gobierno Para la Red Internacional de Monitoreo, Control y Vigilancia (MCV)

Marco de Gobierno Para la Red Internacional de Monitoreo, Control y Vigilancia (MCV) Marco de Gobierno Para la Red Internacional de Monitoreo, Control y Vigilancia (MCV) Artículo 1 Alcance La Red Internacional de Monitoreo, Control y Vigilancia (MCV) es una organización informal sin fines

Más detalles

Reglamento de la Red Iberoamericana Ministerial de Aprendizaje e Investigación en Salud (RIMAIS) CONSIDERANDO

Reglamento de la Red Iberoamericana Ministerial de Aprendizaje e Investigación en Salud (RIMAIS) CONSIDERANDO Reglamento de la Red Iberoamericana Ministerial de Aprendizaje e Investigación en Salud (RIMAIS) CONSIDERANDO 1. Que la Cumbre Ministerial de México realizada en noviembre del 2004 resaltó el rol esencial

Más detalles

BORRADOR DE REGLAMENTO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD PROVINCIAL EN NOMBRE DE EMPRESA EN PROVINCIA

BORRADOR DE REGLAMENTO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD PROVINCIAL EN NOMBRE DE EMPRESA EN PROVINCIA BORRADOR DE REGLAMENTO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD PROVINCIAL EN NOMBRE DE EMPRESA EN PROVINCIA U.G.T. Castilla y León Páginas: 1/ 8 ÍNDICE INTRODUCCIÓN...3 ARTICULO 1º. OBJETO...4 1. COMPOSICIÓN....4

Más detalles

SISTEMA DE GARANTÍA DE

SISTEMA DE GARANTÍA DE SISTEMA DE GARANTÍA DE CALIDAD DEL TÍTULO MASTER UNIVERSITARIO EN GESTIÓN ESTRATÉGICA Y Índice Pág. Presentación 1 A. Responsables del Sistema de Garantía de Calidad del Título 2 A.1. Estructura del Sistema

Más detalles

SERVICIO DE DESARROLLO DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS PRODUCTIVAS SEDEM REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO

SERVICIO DE DESARROLLO DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS PRODUCTIVAS SEDEM REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO SERVICIO DE DESARROLLO DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS PRODUCTIVAS SEDEM REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO La Paz, Noviembre 2010 SERVICIO DE DESARROLLO DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS PRODUCTIVAS - SEDEM

Más detalles

MANUAL DE FUNCIONES DEL COMITÉ PARITARIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (COPASST)

MANUAL DE FUNCIONES DEL COMITÉ PARITARIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (COPASST) MANUAL DE FUNCIONES DEL COMITÉ PARITARIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (COPASST) M-GH-DRH-004 Rev: A 05-08-2015 CONTENIDO Pág. 1. COMITÉ PARITARIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 4 COPASST 4 1.1

Más detalles

PROPUESTA MODELO REGLAMENTO COMITÉ SEGURIDAD Y SALUD PROPUESTA DE UGT

PROPUESTA MODELO REGLAMENTO COMITÉ SEGURIDAD Y SALUD PROPUESTA DE UGT PROPUESTA MODELO REGLAMENTO COMITÉ SEGURIDAD Y SALUD PROPUESTA DE UGT La Ley 31/1995, de 8 de Noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en el Capítulo 5 regula la Consulta y Participación de los Trabajadores,

Más detalles

PROCEDIMIENTO SELECCIÓN, CONTROL Y MANTENIMIENTO DE AUDITORES BASC

PROCEDIMIENTO SELECCIÓN, CONTROL Y MANTENIMIENTO DE AUDITORES BASC Página 1 de 5 1. OBJETIVO Establecer los requisitos que debe cumplir un auditor del Sistema de Gestión en Control y Seguridad BASC, avalado por WBO y definir las actividades de mantenimiento y control

Más detalles

UNIVERSIDAD TÉCNICA DEL NORTE REGLAMENTO PARA EL SEGUIMIENTO DE GRADUADOS Y BOLSA DE TRABAJO DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DEL NORTE

UNIVERSIDAD TÉCNICA DEL NORTE REGLAMENTO PARA EL SEGUIMIENTO DE GRADUADOS Y BOLSA DE TRABAJO DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DEL NORTE UNIVERSIDAD TÉCNICA DEL NORTE REGLAMENTO PARA EL SEGUIMIENTO DE GRADUADOS Y BOLSA DE TRABAJO DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DEL NORTE CONSIDERANDO: Que el artículo 350 de la Constitución de la República del

Más detalles

Reglamento de Creación del Sistema Nacional de Emprendimiento Nº 36343-MEIC LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA,

Reglamento de Creación del Sistema Nacional de Emprendimiento Nº 36343-MEIC LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA, Reglamento de Creación del Sistema Nacional de Emprendimiento Nº 36343-MEIC LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA, Y LA MINISTRA DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO En el ejercicio de las facultades que les confiere

Más detalles

COHESIÓN DE DIVERSIDADES PARA LA SUSTENTABILIDAD, A.C. REGLAMENTO INTERNO DE TRANSPARENCIA E INFORMACIÓN PÚBLICA

COHESIÓN DE DIVERSIDADES PARA LA SUSTENTABILIDAD, A.C. REGLAMENTO INTERNO DE TRANSPARENCIA E INFORMACIÓN PÚBLICA COHESIÓN DE DIVERSIDADES PARA LA SUSTENTABILIDAD, A.C. REGLAMENTO INTERNO DE TRANSPARENCIA E INFORMACIÓN PÚBLICA CAPÍTULO PRIMERO Disposiciones Generales Artículo 1.- El presente Reglamento tiene por objeto

Más detalles

DECRETO SUPREMO No. 166 DE 1999, MINISTERIO SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA COMISION NACIONAL DEL MEDIO AMBIENTE (DO 18.12.

DECRETO SUPREMO No. 166 DE 1999, MINISTERIO SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA COMISION NACIONAL DEL MEDIO AMBIENTE (DO 18.12. DECRETO SUPREMO No. 166 DE 1999, MINISTERIO SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA COMISION NACIONAL DEL MEDIO AMBIENTE (DO 18.12.1999) Ministerio Secretaría General de la Presidencia Comisión Nacional del

Más detalles

REGLAMENTO DEL SISTEMA DE INVESTIGACIÓN, INNOVACIÓN, TRANSFERENCIA TECNOLÓGICA

REGLAMENTO DEL SISTEMA DE INVESTIGACIÓN, INNOVACIÓN, TRANSFERENCIA TECNOLÓGICA REGLAMENTO DEL SISTEMA DE INVESTIGACIÓN, INNOVACIÓN, TRANSFERENCIA TECNOLÓGICA EL HONORABLE CONSEJO GUBERNATIVO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR BLUE HILL CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitución

Más detalles

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL CLUB DEPORTIVO FILIAL DE LA UNIVERSIDAD PUBLICA DE NAVARRA

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL CLUB DEPORTIVO FILIAL DE LA UNIVERSIDAD PUBLICA DE NAVARRA NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL CLUB DEPORTIVO FILIAL DE LA UNIVERSIDAD PUBLICA DE NAVARRA DISPOSICIONES GENERALES Art. 1.- El Club Deportivo Universidad Pública de Navarra es un club filial sin personalidad

Más detalles

REGLAMENTO COMITÉ DE AUDITORÍA COMPAÑÍA MUNDIAL DE SEGUROS S.A

REGLAMENTO COMITÉ DE AUDITORÍA COMPAÑÍA MUNDIAL DE SEGUROS S.A REGLAMENTO COMITÉ DE AUDITORÍA COMPAÑÍA MUNDIAL DE SEGUROS S.A Bogotá D.C. 2011 CONTENIDO I. Aspectos Generales 1.1 Objetivo del Comité de Auditoría 1.2 Normatividad Vigente para el Comité de Auditoría

Más detalles

REGLAMENTO DEL TRABAJO DE GRADO

REGLAMENTO DEL TRABAJO DE GRADO UNIVERSIDAD DEL CARIBE REGLAMENTO DEL TRABAJO DE GRADO VAC-DTG- REG-01-004 REVISION- 0 Articulo 1º. El Trabajo de Grado (DHS-440) forma parte del plan de estudios de cada programa académico y se adaptará

Más detalles

REGLAMENTO DEL PROGRAMA ESCALA DE GESTORES Y ADMINISTRADORES i

REGLAMENTO DEL PROGRAMA ESCALA DE GESTORES Y ADMINISTRADORES i REGLAMENTO DEL PROGRAMA ESCALA DE GESTORES Y ADMINISTRADORES i 1- DE LOS OBJETIVOS DEL PROGRAMA El Programa: PROGRAMA ESCALA GESTORES Y ADMINISTRADORES promueve la cooperación y la integración de las Universidades

Más detalles

PROCEDIMIENTO PARA LA INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE INVERSIONES

PROCEDIMIENTO PARA LA INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE INVERSIONES PROCEDIMIENTO PARA LA INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE INVERSIONES Dirección de Crédito Finanzas y MARZO 2010 Í N D I C E 1. INTRODUCCIÓN... 3 2. OBJETIVO... 3 3. FUNDAMENTO LEGAL.... 3 4. DEFINICIONES....

Más detalles

EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P. DIRECCIÓN CONTROL INTERNO PROYECTO NORMALIZACIÓN ACTIVIDAD DE AUDITORÍA INTERNA

EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P. DIRECCIÓN CONTROL INTERNO PROYECTO NORMALIZACIÓN ACTIVIDAD DE AUDITORÍA INTERNA DCI-PN-EA-01 VERSIÓN 02 Página 2 de 12 TABLA DE CONTENIDO 1. INTRODUCCIÓN... 3 2. ROL... 3 3. PROFESIONALIDAD... 3 4. AUTORIDAD... 4 5. ORGANIZACIÓN... 4 6. INDEPENDENCIA Y OBJETIVIDAD... 5 7. ALCANCE...

Más detalles

ESTATUTOS ASOFOV CAPITULO I. Nombre, duración, domicilio y objeto

ESTATUTOS ASOFOV CAPITULO I. Nombre, duración, domicilio y objeto ESTATUTOS ASOFOV CAPITULO I Nombre, duración, domicilio y objeto ARTICULO 1.- La entidad que por medio de estos estatutos se reglamenta se denominará ASOFOV (Asociación de Usuarios de la Fundación Oftalmologica

Más detalles

REGLAMENTO INTERIOR DEL CONSEJO VERACRUZANO DE ARMONIZACIÓN CONTABLE

REGLAMENTO INTERIOR DEL CONSEJO VERACRUZANO DE ARMONIZACIÓN CONTABLE REGLAMENTO INTERIOR DEL CONSEJO VERACRUZANO DE ARMONIZACIÓN CONTABLE Publicado en la Gaceta oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Veracruz de 24 de octubre de 2011, núm. 339. Al margen un sello que

Más detalles

Por la cual se adopta la Política de Gestión Documental en la Universidad Central. EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL,

Por la cual se adopta la Política de Gestión Documental en la Universidad Central. EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL, Página 1 de 6 Por la cual se adopta la Política de Gestión Documental en la Universidad Central. EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL, en uso de sus facultades estatutarias, y CONSIDERANDO: Que la Ley 594

Más detalles

Reglas de Operación de la Comisión Coordinadora para la Negociación de Precios de Medicamentos y otros Insumos para la Salud

Reglas de Operación de la Comisión Coordinadora para la Negociación de Precios de Medicamentos y otros Insumos para la Salud Reglas de Operación de la Comisión Coordinadora para la Negociación de Precios de Medicamentos y otros Insumos para la Salud En cumplimiento al tercer transitorio del Acuerdo por el que se crea la Comisión

Más detalles

REGLAMENTO DEL COMITÉ DIRECTIVO

REGLAMENTO DEL COMITÉ DIRECTIVO REGLAMENTO DEL COMITÉ DIRECTIVO Artículo 1. La dirección de la Academia estará a cargo de un Comité Directivo integrado por: Un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero y un Bibliotecario,

Más detalles

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CHIHUAHUA REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS ACADEMIAS DEFINICIÓN Y OBJETIVO ORGANIZACIÓN

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CHIHUAHUA REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS ACADEMIAS DEFINICIÓN Y OBJETIVO ORGANIZACIÓN UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CHIHUAHUA REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS ACADEMIAS DEFINICIÓN Y OBJETIVO Artículo 1.- Las academias son órganos colegiados de carácter consultivo, integradas

Más detalles

I. INTRODUCCIÓN DEFINICIONES

I. INTRODUCCIÓN DEFINICIONES REF.: INSTRUYE SOBRE LA IMPLEMENTACIÓN DE LA GESTIÓN DE RIESGO OPERACIONAL EN LAS ENTIDADES DE DEPÓSITO Y CUSTODIA DE VALORES Y EN LAS SOCIEDADES ADMINISTRADORAS DE SISTEMAS DE COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN

Más detalles

ACUERDO: serán decisiones de carácter general, con vigencia permanente y versarán sobre reglamentaciones fundamentales del Fondo de Empleados.

ACUERDO: serán decisiones de carácter general, con vigencia permanente y versarán sobre reglamentaciones fundamentales del Fondo de Empleados. Glosario Economía Solidaria ACUERDO: serán decisiones de carácter general, con vigencia permanente y versarán sobre reglamentaciones fundamentales del Fondo de Empleados. ACTA: De toda reunión de los órganos

Más detalles

DIRECTIVA ADMINISTRACION DE LOS RECURSOS DEL FONDO DE INVERSION DE SEDAM HUANCAYO S.A.

DIRECTIVA ADMINISTRACION DE LOS RECURSOS DEL FONDO DE INVERSION DE SEDAM HUANCAYO S.A. SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO MUNICIPAL DE HUANCAYO S.A. DIRECTIVA ADMINISTRACION DE LOS RECURSOS DEL FONDO DE INVERSION DE SEDAM HUANCAYO S.A. Huancayo 2009 DIRECTIVA ADMINISTRACION DE LOS

Más detalles

MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE OBRAS PÚBLICAS

MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE OBRAS PÚBLICAS MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE OBRAS PÚBLICAS INTRODUCCIÓN El presente manual se integra en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 25 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados

Más detalles

REGLAMENTO DEL CONSEJO LOCAL DE MEDIO AMBIENTE

REGLAMENTO DEL CONSEJO LOCAL DE MEDIO AMBIENTE REGLAMENTO DEL CONSEJO LOCAL DE MEDIO AMBIENTE Ayuntamiento de Aspe 14/01/2015 ÍNDICE PREÁMBULO...3 TITULO I NATURALEZA Y FUNCIONES....4 Artículo 1 Definición y Objeto....4 Artículo 2 Naturaleza y Régimen

Más detalles

ESTATUTOS PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE SANIDAD DEL MUNICIPIO DE HELLÍN

ESTATUTOS PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE SANIDAD DEL MUNICIPIO DE HELLÍN ESTATUTOS PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE SANIDAD DEL MUNICIPIO DE HELLÍN Publicado en el B.O.P. Nº 20 de 14 de Febrero de 1.997 Mediante la presente propuesta se pretende la creación del

Más detalles

REGLAMENTO DE CONSEJO SECTORIAL DEL

REGLAMENTO DE CONSEJO SECTORIAL DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO SECTORIAL DEL DEPORTE Y LA ACTIVIDAD FÍSICA DE GETAFE REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO SECTORIAL DEL DEPORTE Y LA ACTIVIDAD

Más detalles

Sección 1. Naturaleza jurídica, objetivos y funciones. Artículo 1. Naturaleza jurídica.

Sección 1. Naturaleza jurídica, objetivos y funciones. Artículo 1. Naturaleza jurídica. REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DE LA ESCUELA DE DOCTORADO STUDII SALAMANTINI (Aprobado en el Consejo de Gobierno de 30 de noviembre de 2011 y modificado en la sesión del Consejo de Gobierno de 29 de enero

Más detalles

COMPAÑÍA MUNDIAL DE SEGUROS S.A. INFORME ANUAL DE GOBIERNO CORPORATIVO 2014

COMPAÑÍA MUNDIAL DE SEGUROS S.A. INFORME ANUAL DE GOBIERNO CORPORATIVO 2014 COMPAÑÍA MUNDIAL DE SEGUROS S.A. INFORME ANUAL DE GOBIERNO CORPORATIVO 2014 COMPAÑÍA MUNDIAL DE SEGUROS S.A., consciente de la importancia de adoptar principios, políticas y prácticas de buen gobierno

Más detalles

REGLAMENTO DE SANEAMIENTO CONTABLE 2012

REGLAMENTO DE SANEAMIENTO CONTABLE 2012 REGLAMENTO DE SANEAMIENTO CONTABLE 2012 UNIDAD EJECUTORA: 301 EDUCACION CHEPEN REGION LA LIBERTAD PROYECTO DE REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE SANEAMIENTO CONTABLE DE LA UNIDAD EJECUTORA 0835 UNIDAD DE

Más detalles

LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN PARA EL GRUPO DE TRABAJO DE POLÍTICA COMERCIAL DISPOSICIONES GENERALES

LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN PARA EL GRUPO DE TRABAJO DE POLÍTICA COMERCIAL DISPOSICIONES GENERALES LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN PARA EL GRUPO DE TRABAJO DE POLÍTICA COMERCIAL DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Los presentes Lineamientos tienen por objeto regular la integración, funcionamiento y operación

Más detalles

REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LOS GRUPOS DE TRABAJO SOCIEDAD NEUROLOGICA ARGENTINA. 1. Formación de un Grupo de Trabajo

REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LOS GRUPOS DE TRABAJO SOCIEDAD NEUROLOGICA ARGENTINA. 1. Formación de un Grupo de Trabajo REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LOS GRUPOS DE TRABAJO SOCIEDAD NEUROLOGICA ARGENTINA 1. Formación de un Grupo de Trabajo Para la conformación de un Grupo de Trabajo es necesario que como mínimo 5

Más detalles

REGLAMENTO DE LOS ESTUDIOS DE DOCTORADO

REGLAMENTO DE LOS ESTUDIOS DE DOCTORADO ÍNDICE SISTEMÁTICO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS CAPÍTULO I. DE LA COMISIÓN DE DOCTORADO Artículo 1. De la constitución de la Comisión de Doctorado Artículo 2. De la presidencia de la Comisión de Doctorado Artículo

Más detalles

SEMINARIO - TALLER REGULACIONES SOBRE RIESGOS LABORALES CONFEDERACION PATRONAL DOMINICANA

SEMINARIO - TALLER REGULACIONES SOBRE RIESGOS LABORALES CONFEDERACION PATRONAL DOMINICANA Julio 04, 2014 SEMINARIO - TALLER REGULACIONES SOBRE RIESGOS LABORALES CONFEDERACION PATRONAL DOMINICANA Autor: Ing. Rafael Marranzini Especialista en Seguridad e Higiene Industrial, Gestion de Riesgos

Más detalles

M A N D A T O COMITE DE COMITÉ DE ANÁLISIS DE PRODUCTOS FINANCIEROS

M A N D A T O COMITE DE COMITÉ DE ANÁLISIS DE PRODUCTOS FINANCIEROS M A N D A T O COMITE DE COMITÉ DE ANÁLISIS DE PRODUCTOS FINANCIEROS DE SCOTIABANK INVERLAT, S.A., INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK INVERLAT (el Banco), SCOTIA INVERLAT CASA DE

Más detalles

El CONSEJO INTERUNIVERSITARIO NACIONAL Acuerda:

El CONSEJO INTERUNIVERSITARIO NACIONAL Acuerda: Comisión de Extensión RED NACIONAL DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA (REXUNI) Acuerdo Plenario Nº 681/08 Lomas de Zamora, 16 de setiembre de 2008 Visto: la propuesta presentada por el conjunto de encargados de

Más detalles

MANUAL DE ORGANIZACIÓN DIRECCIÓN DE LA SEDE DEL LITORAL (DSL)

MANUAL DE ORGANIZACIÓN DIRECCIÓN DE LA SEDE DEL LITORAL (DSL) DIRECCIÓN DE LA SEDE DEL LITORAL (DSL) ELABORADO POR: VISTO BUENO: (FIRMA Y SELLO) VISTO BUENO: (FIRMA Y SELLO) VISTO BUENO: (FIRMA Y SELLO) Dirección de Ingeniería de Información FECHA: 01 / 06 / 2010

Más detalles

PROYECTO DE ACUERDO NRO. 003

PROYECTO DE ACUERDO NRO. 003 PROYECTO DE ACUERDO NRO. 003 POR EL CUAL SE CREA EL CONSEJO MUNICIPAL DE CULTURA DEL MUNICIPIO DE SANTO DOMINGO ANTIOQUIA Y SE ESTABLECEN REGLAS PARA SU FUNCIONAMIENTO EL CONCEJO MUNICIPAL DE SANTO DOMINGO

Más detalles

ATRIBUCIONES, ARTÍCULO 50 DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE CHIHUAHUA

ATRIBUCIONES, ARTÍCULO 50 DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE CHIHUAHUA ATRIBUCIONES, ARTÍCULO 50 DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE CHIHUAHUA Artículo 50.- El Consejo General, sesionará en público y tendrá las siguientes atribuciones

Más detalles

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 3 ;

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 3 ; PRESENTACIÓN La participación social en la educación y especialmente en la escuela, ha estado presente casi siempre en todo el país de distintas maneras. En México prácticamente no existe ningún plantel

Más detalles

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL DEPORTE, LA RECREACION LA ACTIVIDAD FISICA Y EL APROVECHAMIENTO DEL TIEMPO LIBRE COLDEPORTES

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL DEPORTE, LA RECREACION LA ACTIVIDAD FISICA Y EL APROVECHAMIENTO DEL TIEMPO LIBRE COLDEPORTES DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL DEPORTE, LA RECREACION LA ACTIVIDAD FISICA Y EL APROVECHAMIENTO DEL TIEMPO LIBRE COLDEPORTES REGLAMENTO DE LA AUDIENCIA PUBLICA DE RENDICION DE CUENTAS La Rendición de Cuentas,

Más detalles

CONVOCATORIA DE BECAS PARA REALIZAR ESTUDIOS DE POSGRADO 2015 (Renovación)

CONVOCATORIA DE BECAS PARA REALIZAR ESTUDIOS DE POSGRADO 2015 (Renovación) CONVOCATORIA DE BECAS PARA REALIZAR ESTUDIOS DE POSGRADO 2015 (Renovación) El Gobierno del Estado de México a través del Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología (COMECYT) y con fundamento en los numerales

Más detalles

República Bolivariana de Venezuela Universidad Alejandro Humboldt. Estatutos para el Centro de Estudiantes de la UAH, CE-UAH

República Bolivariana de Venezuela Universidad Alejandro Humboldt. Estatutos para el Centro de Estudiantes de la UAH, CE-UAH República Bolivariana de Venezuela Universidad Alejandro Humboldt Estatutos para el Centro de Estudiantes de la UAH, CE-UAH PREÁMBULO El Centro de Estudiantes de la Universidad Alejandro Humboldt (CE-UAH)

Más detalles

CRITERIOS DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ ASESOR Y CONSULTIVO DE ONGs DEL PLAN NACIONAL SOBRE EL SIDA

CRITERIOS DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ ASESOR Y CONSULTIVO DE ONGs DEL PLAN NACIONAL SOBRE EL SIDA CRITERIOS DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ ASESOR Y CONSULTIVO DE ONGs DEL PLAN NACIONAL SOBRE EL SIDA ANTECEDENTES El Comité Asesor y Consultivo (COAC) se constituye como órgano de comunicación, colaboración

Más detalles

Preguntas frecuentes. Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes. Preguntas frecuentes Preguntas frecuentes 1 Sobre los CIEES Qué son los CIEES? Son los Comités Interinstitucionales para la Evaluación de la Educación Superior, un organismo dedicado al aseguramiento de la calidad de la educación

Más detalles

SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL CRUZADA CONTRA EL HAMBRE ACTA CONSTITUTIVA DEL COMITÉ COMUNITARIO

SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL CRUZADA CONTRA EL HAMBRE ACTA CONSTITUTIVA DEL COMITÉ COMUNITARIO SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL CRUZADA CONTRA EL HAMBRE ACTA CONSTITUTIVA DEL COMITÉ COMUNITARIO Acta Constitutiva del Comité Comunitario de la Cruzada Contra el Hambre de la comunidad: del barrio y/o

Más detalles

10730029310-12. Modelo de certificación de Comités Paritarios de Higiene y Seguridad

10730029310-12. Modelo de certificación de Comités Paritarios de Higiene y Seguridad 10730029310-12 Modelo de certificación de Comités Paritarios de Higiene y Seguridad INDICE 3 3 3 4 4 4 5 6 9 Modelo de certificación CPHS 1. INTRODUCCIÓN 2. REQUISITOS PARA OBTENER LA CERTIFICACIÓN 3.

Más detalles

POLÍTICA DE GESTIÓN DOCUMENTAL DE LA CORPORACIÓN UNIFICADA NACIONAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR.

POLÍTICA DE GESTIÓN DOCUMENTAL DE LA CORPORACIÓN UNIFICADA NACIONAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR. POLÍTICA DE GESTIÓN DOCUMENTAL DE LA CORPORACIÓN UNIFICADA NACIONAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR. ARTÍCULO PRIMERO: DEFINICIÓN DE LA GESTIÓN DOCUMENTAL: Entiéndase como tal el conjunto de actividades administrativas

Más detalles

REGLAMENTO DE SERVICIO SOCIAL Y PRÁCTICAS PROFESIONALES

REGLAMENTO DE SERVICIO SOCIAL Y PRÁCTICAS PROFESIONALES REGLAMENTO DE SERVICIO SOCIAL Y PRÁCTICAS PROFESIONALES ÍNDICE INTRODUCCIÓN 1 NORMATIVIDAD DEL SERVICIO SOCIAL 1 CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES DEL SERVICIO SOCIAL 1 CAPÍTULO II DE LAS CONDICIONES

Más detalles

ELECCIONES 2015 RENOVACIÓN JUNTA DIRECTIVA

ELECCIONES 2015 RENOVACIÓN JUNTA DIRECTIVA ELECCIONES 2015 RENOVACIÓN JUNTA DIRECTIVA De conformidad con lo establecido en el artículo 42 de los Estatutos de la Sociedad Española de Enfermería Neurológica y con el artículo 29 sobre la composición

Más detalles

REGLAMENTO DE LA ESCUELA DE MEDICINA. CAPÍTULO I Disposiciones Generales

REGLAMENTO DE LA ESCUELA DE MEDICINA. CAPÍTULO I Disposiciones Generales 1 REGLAMENTO DE LA ESCUELA DE MEDICINA CAPÍTULO I Disposiciones Generales Artículo 1.- La Escuela de Medicina es una de las entidades a través de la cual el IUNIR, realiza su función docente, de investigación

Más detalles

Aprobado por la Asamblea General Extraordinaria del día 11 de septiembre de 2007, modificado en el 2011.

Aprobado por la Asamblea General Extraordinaria del día 11 de septiembre de 2007, modificado en el 2011. Reglamento General Interno Sociedad Argentina de Cardiología Aprobado por la Asamblea General Extraordinaria del día 11 de septiembre de 2007, modificado en el 2011. En trámite de aprobación por la Inspección

Más detalles

REGLAS DE FUNCIONAMIENTO COMITÉ REGIONAL DE LA JUVENTUD COOPERATIVAS DE LAS ÁMERICAS IDENTIDAD Y DEFINICIONES

REGLAS DE FUNCIONAMIENTO COMITÉ REGIONAL DE LA JUVENTUD COOPERATIVAS DE LAS ÁMERICAS IDENTIDAD Y DEFINICIONES ARTÍCULO 1: Nombre y Siglas REGLAS DE FUNCIONAMIENTO COMITÉ REGIONAL DE LA JUVENTUD COOPERATIVAS DE LAS ÁMERICAS IDENTIDAD Y DEFINICIONES 1.1 Su nombre oficial es Comité Regional de Juventud de Cooperativas

Más detalles

- 1 - Procedimientos para la Evaluación de Políticas de Recursos en Internet. Vigente a partir del 22 de enero de 2004

- 1 - Procedimientos para la Evaluación de Políticas de Recursos en Internet. Vigente a partir del 22 de enero de 2004 Procedimientos para la Evaluación de Políticas de Recursos en Internet Vigente a partir del 22 de enero de 2004 Este documento de Procedimientos para la Evaluación de Políticas de Recursos de Internet

Más detalles

20 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 12 de diciembre de 2006 SECRETARIA DE SALUD

20 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 12 de diciembre de 2006 SECRETARIA DE SALUD 20 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Martes 12 de diciembre de 2006 SECRETARIA DE SALUD REGLAMENTO Interior de la Comisión Interinstitucional para la Formación de Recursos Humanos para la Salud. Al margen

Más detalles

NORMATIVA DE LOS TRABAJOS FINALAL DE GRADO Y FINAL DE MASTER DE LA UNIVERSITAT JAUME I

NORMATIVA DE LOS TRABAJOS FINALAL DE GRADO Y FINAL DE MASTER DE LA UNIVERSITAT JAUME I NORMATIVA DE LOS TRABAJOS FINALAL DE GRADO Y FINAL DE MASTER DE LA UNIVERSITAT JAUME I (Aprobada por el Consejo de Gobierno núm. de 26 de julio de 2012 y modificada por el Consejo de Gobierno num. 30 de

Más detalles