CÁMARA DE DIPUTADOS REPÚBLICA DOMINICANA. Dpto. Coordinación de Comisiones. Comisión Permanente de Cultura

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1 CÁMARA DE DIPUTADOS REPÚBLICA DOMINICANA Dpto. Coordinación de Comisiones VERSIÓN 1.0 FECHA: 12 de junio de 2013 Comisión Permanente de Cultura INFORME DESFAVORABLE AL PROYECTO DE LEY MEDIANTE EL CUAL SE DECLARA FERIADO EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL EL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE, DÍA DE LA BIBLIA EN LA REPÚBLICA DOMINICANA. AL LIC. ABEL MARTÍNEZ DURAN HONORABLE PRESIDENTE DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS w?,i,,it."!!":!!í!,u!fplllpdom: RECIBIDO VIA: SECRETARIA GENERAL 01JUL 2013 PREPARADO POR : COMISIÓN PERMANENTE DE CULTURA PRESIDIDA POR : MANUEL DE JESÚS JIMÉNEZ ORTEGA CENTRO DE LOS HÉROES. SANTO DOMINGO, DISTRITO NACIONAL. Teléfono: extensiones 3165,3166,3167,3168,3169 y 3170 Página Web: Iniciativa No CD Página 1 de 5

2 CÁMARA DE DIPUTADOS REPÚBLICA DOMINICANA Dpto. Coordinación de Comisiones VERSIÓN 1.0 FECHA: 12 de junio 2013 Comisión Permanente de Cultura ÍNDICE DE CONTENIDO 1. Información sobre el informe 3 2. Antecedentes 4 3. Contenido 4 4. Recomendación o Conclusión de la Comisión 4 Anexos: a) Acta No. 17 PLO-2013, del 12 de junio de 2013; b) Informe No.209/13, del 7 de junio de 2013, de la Oficina Técnica de Revisión Legislativa (OFITREL); c) Control de asistencia del 12 de junio de Iniciativa No CD Página 2 de 5

3 CÁMARA DE DIPUTADOS REPÚBLICA DOMINICANA Dpto. Coordinación de Comisiones VERSIÓN 1.0 FECHA: 12 de junio de 2013 Comisión Permanente de Cultura INFORMACIÓN SOBRE EL INFORME Código de Iniciativa No CD Versión: 1.0 Presentado por: Comisión Permanente Cultura Idioma: Español Descripción: PROYECTO DE LEY MEDIANTE EL CUAL SE DECLARA FERIADO EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL EL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE, DÍA DE LA BIBLIA EN LA REPÚBLICA DOMINICANA. Fecha de edición: 12 de junio del año Estado del Informe: Pendiente de aprobación o rechazo del Pleno de los Diputados. Localizador): Iniciativa No CD Página 3 de 5

4 CÁMARA DE DIPUTADOS REPÚBLICA DOMINICANA Dpto. Coordinación de Comisiones VERSIÓN 1.0 FECHA: 12 de junio de 2013 Comisión Permanente de Cultura EXPOSICIÓN DE MOTIVOS ANTECEDENTES La iniciativa No CD, correspondiente al proyecto de ley mediante el cual se declara feriado en todo el territorio nacional el día 27 de septiembre, Día de la Biblia en la República Dominicana, es una iniciativa de los diputados María Aracelis Duarte Duarte-PRD; Ramón Duran Paredes-PRD; Fabio Ernesto Vargas Matos-PRD; Aquiles Leonel Ledesma Alcántara-PRD; Héctor Darío Feliz Féliz-PRD; Kenia Milagros Mejía Mercedes-PLD; Demóstenes Willian Martínez Hernández-PLD; Juan Andrés Compres Brito-PLD; Rafael Tobías Crespo Pérez-PLD; José Antonio Fabián Bertré-PLD; Aníbal Rosario Ramírez-PRD; José Geovanny Tejada Reynoso-PRD; Pedro Carreras Santana-PRD; María Mercedes Fernández Cruz- PRSC; Sonya De Las Mercedes Abréu Villanueva-PRD; Mario José Esteban Hidalgo Beato-PLD; Francisco Antonio Matos Mancebo-PLD; José Nelson Guillen Valdéz-PLD; Rosendo Arsenio Borges Rodríguez-PRD; Pedro Enrique De Óleo Veras-PLD; Rafael Francisco Vásquez Paulino- PRD; Lucía Argentina Alba López De Alba-PRD; Pedro Juan Rodríguez Meléndez - PLD; Hugo Rafael Núñez Almonte-PRD; Manuel Elpidio Báez Mejía-PLD; Eufracia Santiago Merán-PRD; Marino Hernández Alberto-PLD; Severina Gil Carreras de Rodríguez-PRD; María Amparo De Dios Martínez-PRD; Radhamés Camacho Cuevas-PLD; Francisco Arturo Bautista Medina-PLD; Cristian Encarnación-PRD; Julio Encarnación-PRD; Luis Romeo Jiménez Caminero-PLD-BIS. Tomada en consideración y enviada a la Comisión Permanente de Cultura en la sesión No.22, del 15 de mayo de CONTENIDO El proyecto de ley mediante el cual se declara feriado en todo el territorio nacional el día 27 de septiembre, Día de la Biblia en la República Dominicana, está estructurado en nueve considerandos, tres seis y dos dispositivos. RECOMENDACIÓN O CONCLUSIÓN DE LA COMISIÓN La Comisión Permanente de Cultura apoderada para el estudio del proyecto de ley mediante el cual se declara feriado en todo el territorio nacional el día 27 de septiembre, Día de la Biblia en la República Dominicana, luego de sostener diversas reuniones y analizar el informe de la Oficina Técnica de Revisión Legislativa (OFITREL), decidió rendir un informe desfavorable por las siguientes razones: Iniciativa No CD Página 4 de 5

5 S Por considerar que el proyecto de ley es contrario al derecho a la igualdad, en cuanto a la protección estatal de los dominicanos que no pertenecen a la confesión católica, ya que modificar la Ley No.204, del 18 de abril de 1984, para agregar otro feriado, a favor de la Iglesia católica, le otorga un privilegio desproporcionado respecto de los demás creyentes, ateos o agnósticos, a la luz del estado actual de las relaciones políticas entre el Estado y la Iglesia y la evolución histórica constitucional. V No existe vínculo de conexidad entre el objetivo de la iniciativa (lograr mayor lectura de la Biblia en el país) y el medio utilizado (la declaratoria del feriado). En otras palabras, la declaratoria del feriado no se traducirá necesariamente en que más personas lean la Biblia. ful o Manuel de Jesús Jiménez Ortega Presidente Pichardo Bárbara Ivelice Abréu Grullón Secretaria Julio Alberto Brito Peña Miembro uan Julio Campos Ventura Juan José Rosario Rosario Miembro Frank Alberto Soto Roa Miembro U Miembra H Evangeliná Bacilizá^osa^Vásquez Miembra xguillermo Radhamés Ramos García Miembro liúidojcadíera Martínez Mieirfbro Iniciativa No CD Página 5 de 5

6 jü Comisión Permanente de Cultura Cámara de Diputados República Dominicana Acta NO.17-PLO-2013 Fecha: miércoles, 12 de junio de 2013 Hora de convocatoria: 9:00 a.m. Hora de inicio: 9:10 a.m. Hora de cierre: 9:50 a.m. Luear: Salón de Eventos Diputados participantes: (as) 1. Néstor Julio Cruz Pichardo Vicepresidente 2. Bárbara Ivelice Abreu Grullón Secretaria 3. Julio Alberto Brito Peña 4. Juan Julio Campos Ventura 5. Radhamés Fortuna Sánchez 6. Juan José Rosario Rosario 7. Aquilino Serrata Uceta 8. Frank Alberto Soto Roa 9. Virgilio Manuel González 10. Lucía Argentina Alba López de Alba 11. Evangelina Baciliza Sosa Vásquez 12. Hugo Rafael Núñez Almonte 13. Guillermo Radhamés Ramos García 14. Guido Cabrera Diputados (as) con excusa: 1. Manuel de Jesús Jiménez Ortega Presidente Diputados (as) invitados: 1. Getrude Ramírez Cabral 2. José Ernesto Morel Santana 3. José Antonio Díaz Reyes 4. Eduardo Hidalgo Abreu 5. José Francisco López Chavez 6. Aurelio Agustín Mercedes Moscat 7. Francisco Antonio Santos Sosa 8. Evelyn Andújar 9. Máximo Castro Silverio Personal de Apoyo Técnico y Logístico: 1. Carmen F. Romero Báez Secretaria Parlamentaria 2. Élbido Ant. Guzmán V. Corrector de Estilo

7 Temas tratados 1. Conocer informe favorable con modificaciones de la iniciativa No CD, PROYECTO DE LEY MEDIANTE EL CUAL SE OFICIALIZA LAS FOTOS DE LOS PATRICIOS JUAN PABLO DUARTE, FRANCISCO DEL ROSARIO SÁNCHEZ Y MATÍAS RAMÓN MELLA, COMO OBLIGATORIAS Y ÚNICAS A SER COLOCADAS EN TODAS LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS DEL PAÍS. 2. Iniciativa No CD, PROYECTO DE LEY MEDIANTE EL CUAL SE DECLARA FERIADO EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL EL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE, DÍA DE LA BIBLIA EN LA REPÚBLICA DOMINICANA. Conocer informe de la Oficina de Revisión Técnica Legislativa (OFITREL). 3. Iniciativa No CD, PROYECTO DE LEY MEDIANTE EL CUAL SE DECLARA LA SANTA BIBLIA COMO PRIMER LffiRO DE ENSEÑANZAS Y SABTOURÍA EN LA REPÚBLICA DOMINICANA. Conocer informe de la OFITREL. Intervenciones sustentadas 01 Comprobado el quorum, siendo las 9:10 a.m., el diputado Néstor Julio Cruz Pichardo, presidente en funciones y vicepresidente de la Comisión de Cultura dio apertura a la reunión y en seguida anunció los puntos a tratar en la agenda del día. De igual forma, anunció que su colega diputada Lucía Argentina Alba López de Alba daría lectura a la excusa enviada por el presidente de la Comisión, diputado Manuel Jiménez. Una vez concluida la lectura de la excusa presentada por el diputado Jiménez, el presidente en funciones Néstor Julio Cruz Pichardo presentó a los diputados invitados Getrude Ramírez, José Morel y José Díaz, de quienes dijo le acompañaban en esa jornada de trabajo para desarrollar una agenda bastante ágil como siempre. Sobre el primer punto, conocer el informe favorable con modificaciones para la firma de la iniciativa No CD, al proyecto de ley mediante el cual se oficializa las fotos de los patricios Juan Pablo Duarte, Francisco del Rosario Sánchez y Matías Ramón Mella, como obligatorias y únicas a ser colocadas en todas las instituciones públicas del país, recordó que se le hizo las correcciones correspondientes en la reunión anterior, donde dice "obligatorias y únicas", se colocó "únicas obligatorias"; también fue leído y se asumió una propuesta alternativa que sometió la Oficina Técnica de Revisión Legislativa (OFITREL). En ese sentido, invitó a los demás miembros a firmar el informe. Continuando con su intervención, el diputado Cruz Pichardo solicitó además a la diputada Lucía Argentina Alba López de Alba, leer los dispositivos a partir del artículo No.l del informe para que sus colegas vieran cómo quedaban, dice así:

8 Artículo 1.- Objeto. Se oficializa las fotos de los padres de la patria Juan Pablo Duarte, Matías Ramón Mella y Francisco del Rosario Sánchez, como únicas obligatorias para ser colocadas en todas las dependencias de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, así como los organismos constitucionales, las instituciones descentralizadas y autónomas, incluidos los ayuntamientos, centros de enseñanza públicas, recintos militares y policiales, hospitales, centros de salud y bibliotecas públicas. EL ARTÍCULO 3 PASARÁ A SER EL ARTÍCULO 2 Y VICEVERSA Y SE LE AGREGAN EPÍGRAFES, PARA QUE DIGAN: Artículo 2.- Selección de las fotos. La Comisión de Efemérides Patrias y el Instituto Duartiano se encargarán de seleccionar las fotos de cada uno de los patricios que serán consideradas y declaradas como oficiales para su reproducción y divulgación. Artículo 3.- Cumplimiento. El Poder Ejecutivo, el Congreso Nacional, la Suprema Corte de Justicia, los organismos constitucionales y la Liga Municipal Dominicana tienen a su cargo velar por la colocación, mantenimiento y cumplimiento de la divulgación de las fotos que hayan sido seleccionadas para ser colocadas en los espacios gubernamentales, policiales y municipales. 11. ELIMINAR EL ARTÍCULO 4. Retomó la palabra el diputado Néstor Julio Cruz Pichardo y de inmediato invitó a sus colegas miembros de la Comisión a firmar el informe para cumplir con el primer punto de la agenda del día. 02 Acto seguido, anunció el pase al punto número dos: Conocer el informe de la OFITREL sobre la iniciativa No CD, proyecto de ley mediante el cual se declara feriado en todo el territorio nacional el día 27 de septiembre, Día de la Biblia en la República Dominicana, de la diputada María Aracelis Duarte Duarte. De igual modo, solicitó leer el informe la OFITREL. La diputada Lucía Argentina Alba López de Alba procedió a leer el informe a partir de la revisión legal. (Ver anexo). En la recomendación final el informe de OFITREL dice que "el proyecto de ley es contrario al derecho a la igualdad de la ley, en cuanto a la protección estatal de los dominicanos que no pertenecen a la confesión católica, ya que modificar la lev No.204, del 18 de abril de para agregar otro feriado, a favor de la Iglesia católica, le otorga un privilegio desproporcionado respecto de los demás creyentes, ateos o agnósticos, a la luz del estado actual de las relaciones políticas entre el Estado y la Iglesia y la evolución histórica constitucional". Continuación de la lectura. "Y no existe vínculo de conexidad entre el objetivo de la iniciativa (lograr mayor lectura de la Biblia en el país) y el medio utilizado (la declaratoria del feriado). En otras palabras, la declaratoria del feriado no se traducirá necesariamente en que más personas lean la Biblia.

9 Después de leído el documento de informe, hizo uso de la palabra el diputado Radhamés Fortuna, quien consideró que dicho informe está bien hecho y está a tono con el planteamiento de muchos diputados que estaban presentes. Al respecto agregó que es un principio realmente constitucional "la libertad de culto", por lo que sugirió "acoger ese informe como bueno y válido porque está acorde con la Constitución de la República Dominicana". El turno le fue cedido al diputado Juan José Rosario Rosario, quien informó que hizo un recuento de los días feriados de la República Dominicana y así a grandes rasgos llegó a once, por lo que consideró que este es uno de los países que tiene mayor cantidad de días feriados con el agravante de que las fechas que corresponden a las programadas por la Iglesia católica no se pueden mover y eso ha generado en el país de alguna manera una situación de desorden. Trajo a colación que las fechas patrias permanecen intactas y se mueven, pero los días que pertenecen a la Iglesia católica no se pueden tocar, entonces "creo que esa situación que en principio el interés era buscar un beneficio para la Nación en el orden del trabajo, ha generado que mucha gente incluso en el sector empresarial cuestionan esta disposición, por lo que mi posición es que se desfavorezca, o que se rinda un informe desfavorable a esa posición de declarar días feriados", precisó Rosario. Tomó la palabra el diputado Guillermo Radhamés Ramos García y explicó que los días feriados que corresponden a la solemnidad, al respeto, a las normas, a las leyes y de recordatorio a los hechos históricos de maestros y lo que la Iglesia católica ha llamado "Semana Mayor", lo que eso no existe desde el punto del análisis bíblico, debe ser analizado de la misma forma como lo hizo la OFITREL. Llamó a sus demás colegas a ser sensatos y agradecer a Dios que tienen a la Oficina Técnica de Revisión Legislativa (OFITREL), la cual ayuda y ha hecho un análisis razonable porque está hablando con mucha propiedad. Ramos García afirmó que conoce la escritura y sabe que Dios no quiere eso. Opinó que realmente lo que se debe es motivar a que el Estado dominicano y la Iglesia católica, apostólica y romana tomen control en sus membresías al extremo de que sean ejemplos en testimonio por sus hechos y por sus frutos. En ese mismo orden consideró además que lo primero que deben de hacer las religiones, es ser ejemplos dondequiera de testimonios vivos. Dijo que tanto el Estado dominicano como la Iglesia católica deben de interceder para que todo el que proponga este tipo de cosas, haga inversión para motivar y estimular a que se enseñe la escritura, la palabra de Dios a nivel de periódicos, de radio y televisión, y defender por ese medio todos los valores que se han perdido en la República Dominicana, rescatarlos y que también el Estado haga la inversión en ese sentido y la Cámara de Diputados e individual cada diputado una defensa permanente al respecto. Concluyó ratificando su identificación con la posición que arrojó la OFITREL en sus conclusiones. El diputado Néstor Julio Cruz Pichardo, presidente en funciones, intervino y dijo que en vista de que había un quorum ventajoso, sometía a consideración de los miembros de la Comisión Permanente de Cultura, acoger las recomendaciones que hizo la Oficina Técnica de Revisión Legislativa (OFITREL) en ese sentido, lo que fue APROBADO a unanimidad.

10 03 De nuevo tomó la palabra el diputado Julio Cruz Pichardo y anunció el pase al punto número tres, conocer informe de la OFITREL de la iniciativa No CD, que consiste en el proyecto de ley mediante el cual se declara la santa Biblia como primer libro de enseñanzas y sabiduría en la República Dominicana, cuyo proponente es el honorable diputado Pedro Tomás Botello Solimán. Breves intervenciones entre los diputados que siguen Frank Soto: Presidente, una observación antes de leer. Eso lo conocimos en la legislatura pasada y le rendimos un informe desfavorable. Hugo Núñez: Es que le cambiaron el título. Lucía Argentina Alba López de Alba: Él hizo modificaciones. Néstor Julio Cruz Pichardo: Vamos a esperar a ver qué dice la OFITREL. La diputada Lucía Argentina Alba López de Alba procedió a leer el informe de la OFITREL a partir de la revisión legal. (Ver anexo). En su conclusión, la Oficina Técnica de Revisión legal (OFITREL) dice: "El provecto de lev es contrario a la libertad de conciencia y de culto en condiciones de igualdad ante la ley y protección contra la discriminación de los dominicanos que no pertenecen a la profesión católica, lo que es contrario a los artículos 39 y 45 de la Constitución de la República. Aunque formalmente no es contrario al cuerpo legal existente, no responde al estado actual de las políticas entre el Estado y la Iglesia Católica y la evolución histórica constitucional; Si la honorable Comisión Permanente de Cultura decide variar su informe anterior, se le recomienda realizar unas vistas públicas para conocer la posición de la opinión pública al respeto". Una vez finalizada la lectura del informe de la OFITREL, el turno le fue otorgado al diputado Hugo Núñez, quien al analizar la posición de esa oficina técnica de la Cámara de Diputados, dijo que ésta hace la misma recomendación en relación al otro proyecto y la Comisión rindió un informe desfavorable, por tanto, no se debe de variar la posición sin dejar de entender la importancia que tiene la Biblia. La palabra fue asumida por el diputado Frank Soto, quien ratificó que se estaba hablando lo mismo porque ese proyecto fue conocido en la legislatura pasada e inclusive, el proponente le dijo a la Comisión que lo iba a someter de nuevo y a decir públicamente los nombres de los miembros que son ateos, para que los evangélicos y los católicos en su momento los tomen en cuenta. "Me lo dijo a mí y lo voy a someter de nuevo para que ustedes me lo rechacen y recuerden que él no estaba para defenderlo. Estoy dispuesto a que diga mi nombre, pero acojo 100% y si hay un poquito más de cien, laposición de la OFITREL", sostuvo el diputado Soto. J

11 El diputado Julio Cruz Pichardo intervino y expresó que los hombres y mujeres de Estado, según él esto se lo enseñó don Hugo, no pueden tomar en cuenta ese tipo de opiniones, sino que tienen que hablar atendiendo al interés general del pueblo dominicano. El diputado Virgilio González agotó el turno y pidió darle el beneficio de la duda y a buscar en el proyecto cuáles fueron los cambios que él le realizó. El diputado Julio Cruz Pichardo tomó el turno para aclarar, que el otro proyecto era declarando la Biblia como libro nacional de los dominicanos. La diputada Evangelina Sosa hizo uso de la palabra y dijo: Primer libro de enseñanza y sabiduría en la República Dominicana. Agotó la palabra nuevamente el diputado Guillermo Radhamés Ramos García y manifestó que es muy bueno de manera irracional hacer alegatos, agregando que lo más grande es no tener conciencia ni conocer la verdad, porque cuando esto sucede se comete errores garrafales. "Si se hace un análisis profundo de este proyecto, del espíritu de este proyecto, lo que se percibe y si nos vamos a la Constitución de la República y a los emblemas de la República Dominicana, observamos el escudo y la Biblia abierta. Por eso ella no choca con la Constitución de la República jamás de los jamases, todo lo contrario, se requiere inclusive de las dos terceras partes porque es la misma Constitución que manda, ella lo tiene en el centro del emblema el escudo nacional, pero además qué entiende el dominicano por la Biblia, esto no se trata de la Iglesia católica, apostólica y romana, se trata de todos aquellos y aquellas que creen en Dios y en la Biblia como la palabra de Dios que están ligados, no se puede creer en Dios sino se cree en la Biblia, es una contradicción porque la creencia es que la Biblia es una biblioteca de los reinos de los cielos, una inspiración de sus hombres que no es más que su palabra verdadera eso lo cree el dominicano sin importar su religión y aquí castigamos a toda religión que se oponga a esa palabra, que se oponga a la Biblia en República Dominicana". Ramos García continuó exponiendo. "Entonces amigos míos, sí hay que poner atención. Estamos viviendo en una sociedad en la que se están perdiendo los valores y es por ese tipo de acciones de dominicanos que han cultivado el interés como malos y se han desviado de lo fundamental. Dejemos pues nosotros entonces de usar la Biblia cuando nos conviene y a Dios cuando nos conviene, en el momento que hay que poner como legisladores que somos y hacer un aporte a la sociedad, si hay un libro que hay que enseñar en las escuelas es la Biblia, porque quitemos lo del escudo y dejemos esa demagogia". De igual manera explicó, "Ella es la esencia de todo conocimiento, concluyo diciéndoles lo siguiente, porque tal vez soy sólo en este planteamiento: tiene libre albedrío pero esta sociedad requiere de que se difunda más en la Constitución la palabra de Dios. Razonen bien y piensen bien y en una última instancia, hagan lo que sugiere la OFITREL: unas vistas públicas y no vengan de forma alegre a votar en contra por este proyecto, que sean una vistas públicas en las que se decida el destino de este proyecto". El diputado Néstor Julio Cruz Pichardo intervino e informó que el proyecto anterior fue abierto al conocimiento de la opinión pública y se recibieron comunicaciones de instituciones y civilizaciones de la sociedad civil que el que lee estos proyectos, el de ahora y el anterior, observaría que no hay

12 diferencias considerables. El diputado Guillermo Radhamés Ramos García intervino y preguntó: Cuál era el título? En en el título es que está el fundamento. Asumió la palabra la diputada Evangelina Sosa y expresó que el hecho de que se acojan al informe de la OFITREL no es por falta de la verdad, tampoco cuando se habla de que en la Constitución dominicana tiene que estar establecida tal como los escudos, los emblemas, una la Biblia abierta, porque aquí hay libertad de cultos y si una persona no cree en la Biblia pero cree en Dios, no pueden obligarla mediante una ley a que tenga que leerla, puesto que es una ley que se quiere plasmar y la misma Constitución lo plantea en sus artículos 39 y 45: "libertad de cultos", la "libertad de religión". Aclaró que en este país hay gente que cree en Dios pero no cree en la Biblia, leen otro libro e indicó que lo que planteó su colega es algo espiritual que tiene que nacerle al ser humano, no obligarlo mediante unaleya que lo haga. Portodo esto, dijo no entender que seanecesario cuando es algo que debe de nacer y es un deseo espiritual. Por otro lado, opinó que el hecho de que estén matando a las mujeres no significa que es porque no lean la Biblia, sino que las están matando por otro asunto de falta de valores que tiene la sociedad, lo que debe de enseñarse de otra manera, no tiene que ser con la Biblia debajo del brazo. El diputado Néstor Julio Cruz Pichardo procedió a someter a votación la recomendación de acoger la propuesta que hace la OFITREL, por lo que solicitó a los demás miembros levantar su mano, aprobado un informe DESFAVORABLE, con la abstención del colega... El diputado Guillermo Radhamés Ramos García intervino y dijo: Que conste en acta que estoy en desacuerdo al 100% de esta aberración, voto en contra de este proyecto y voy a dar un informe disidente sobre el mismo. No habiendo más nada que tratar, los trabajos de la Comisión concluyeron a las 09:50 a. m. Decisiones tomadas 01 La Comisión Permanente de Cultura firmó el informe favorable con modificaciones con la propuesta alternativa de la OFITREL relativa a la iniciativa No CD, correspondiente al proyecto de ley mediante el cual se oficializa las fotos de los patricios Juan Pablo Duarte, Francisco del Rosario Sánchez y Matías Ramón Mella, como obligatorias y únicas a ser colocadas en todas las instituciones públicas del país. 02 La Comisión Permanente de Cultura decidió aprobar el informe desfavorable a la iniciativa No CD, correspondiente al proyecto de ley mediante el cual se declara feriado en todo el territorio nacional el día 27 de septiembre, Día de la Bibliaen la República Dominicana.

13 03 La Comisión Permanente de Cultura decidió aprobar el informe desfavorable de la iniciativa No CD, relativa al proyecto de ley mediante el cual se declara la Santa Biblia como primer libro de enseñanzas y sabiduría en la República Dominicana. Nésí Presidente er uz Pichardo funciones Nos, Clemencia Ventura Paulino, encargada de las Secretarias Parlamentarias y Carmen Francelia Romero Báez, secretaria Parlamentaria del Departamento Coordinación de Comisiones, CERTIFICAMOS que la presente Acta, número diecisiete (17), de la Primera Legislatura Ordinaria de 2013, es una transcripción fiel y conforme a lo acontecido en el curso de la reunión celebrada el miércoles doce (12) de junio del año dos mil trece (2013). Acta elaborada por Acta revisada por Carmen Francelia Romero Báez Secretaria Parlamentaria Departamento de Coordinación de Comisiones. Clemencia Ventura Paulino Encargada de las Secretarias Parlamentarias Departamento de Coordinación de Comisiones. Hora de cierre 9:50 a.m.

14 r Ü Cámara de Diputados Departamento de Coordinación de Comisiones Comisión Permanente de Cultura Fecha y Hora Diputados (as) Cargo Asistencia Manuel Jiménez Presidente E 12/06/ :47 Néstor Julio Cruz Pichardo Vicepresidente P 12/06/ :59 Bárbara Ivelice Abreú Grullón Secretaria P 12/06/ :17 Julio Alberto Brito Peña Miembro P 12/06/ :18 Juan Julio Campos Ventura Miembro P 12/06/ :07 Radhamés Fortuna Sánchez Miembro P 12/06/ :55 Juan José Rosario Rosario Miembro P 12/06/ :14 Aquilino Serrata Uceta Miembro P 12/06/ :17 Frank Alberto Soto Roa Miembro P 12/06/ :10 Virgilio Manuel González Vásquez Miembro P 12/06/ :55 Lucía Argentina Alba López De Alt Miembra P 12/06/ :14 Evangelina Baciliza Sosa Vásquez Miembra P 12/06/ :18 Hugo Rafael Núñez Almonte Miembro P 12/06/ :58 Guillermo Radhamés Ramos Miembro P 12/06/ :45 Guido Cabrera Miembro P 12/06/ :56 Gertrude Ramírez Cabral Invitada P 12/06/ :58 José Morel Invitado P 12/06/ :05 José Díaz Invitado P 12/06/ :13 Eduardo Hidalgo Invitado P 12/06/ :16 José Francisco López Chavez Invitado P 12/06/ :16 Agustín Mercedes Invitado P 12/06/ :16 Francisco Antonio Santos Sosa Invitado P 12/06/ :30 Evelyn Andujar Invitada P 12/06/ :40 Máximo Castro Invitado P i k 12/06/ :50 Néstor Julio Cruz Pichardo Finalizó p L i Presidente en funciones

15 ,jsf!b v %w%é/ ) CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA REPÚBLICA DOMINICANA OFICINA TÉCNICA DE REVISIÓN LEGISLATIVA (OFITREL) "AÑO DEL BICENTENARIO DEL NATALICIO DE JUAN PABLO DUARTE" Santo Domingo de Guzmán, D.N., 7 de junio de OFITREL No.: jp 1 13 Al : Honorable Diputado Manuel de Jesús Jiménez Ortega Presidente y demás miembros de la Comisión Permanente de Cultura. Vía Dra. Romena Cedano Rodríguez Directora del Departamento Coordinador de Comisiones Asunto Reporte de revisión constitucional, legal y lingüística del "PROYECTO DE LEY MEDIANTE EL CUAL SE DECLARA FERIADO EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL EL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE, DÍA DE LA BIBLIA EN LA REPÚBLICA DOMINICANA". Referencia Iniciativa No CD Proponentes Honorables diputados María Aracelis Duarte Duarte y otros Provincia garito Domingo

16 Según nos faculta el acápite 1.2 del numeral 1) del artículo 165 del Reglamento de la Cámara de Diputados, remitimos el reporte de revisión constitucional y legal del contenido del proyecto de ley citado en el asunto de este reporte, por lo que formulamos las observaciones siguientes. OBJETO y MOTIVACIONES 1.- El proyecto de ley tiene el objeto de declarar feriado el día 27 de septiembre de cada año, en el cual se celebra el Día de la Biblia en el territorio nacional, acorde con la ley No. 204, del 18 de abril de Los proponentes, honorables diputados María Aracelis Duarte Duarte y otros, depositaron la iniciativa el 29 de noviembre de 2012, y fue tomada en consideración por el Pleno de la Cámara de Diputados el 15 de mayo de Se envió a la Comisión Permanente de Cultura en la sesión No. 22 de la misma fecha. 2.- En la propuesta legislativa se argumenta lo siguiente: a) Que el Estado dominicano fue creado bajo los más profundos pilares de la fe cristiana, y es el único país en el mundo que lleva en su escudo una biblia abierta en el libro de Juan 8:32; b) Que el Estado dominicano reconoce al cristianismo como corriente oficial del pensamiento religioso; c) Que la declaratoria de un día feriado dedicado a la lectura de la Biblia no sólo permitirá que el espíritu de los dominicanos se renueve y se reanime, sino que además nos conducirá a reforzar una conducta más racional, apegada a la ley y a los más sanos valores sociales; y, d) Que el acercamiento del pueblo dominicano a los valores de la fe cristiana permitirá contribuir a la prevención de males sociales. REVISIÓN CONSTITUCIONAL ^ " 3.- De la lectura de los artículos 93, numeral 1), literal q); y 96, numeral 1), de la Constitución de la República, somos de la opinión que la iniciativa de ley cumple con los requerimientos constitucionales formales para su tramitación El proyecto de ley es de carácter ordinario, por lo que requerirá para su aprobación el voto favorable de la mayoría absoluta de los presentes en las cámaras legislativas, acorde con lo indicado por el artículo 113 de la Constitución de la República.. A Página 2 de 7 Reporte OFITREL sobre iniciativa No CD Abogado asignado: José CASADO-LIBERATO, Analista de Revisión Constitucional; Correctora de estilo: Grisel JAIME ÁLVAREZ

17 4.- El contenido de la iniciativa, de ser aprobado, modificaría la ley No. 204, del 18 de abril de 1984, que declara como Día de la Biblia el 27 de septiembre de cada año, estableciendo que ese día sea también feriado nacional Al respecto, hay que resaltar que la historia constitucional dominicana nos muestra que el Estado estatuyó que la religión católica es la oficial. La Carta Magna proclamada el 10 de enero de 1947 decía en su artículo 93 que "fijas relaciones de la Iglesia y el Estado seguirán siendo las mismas que son actualmente, en tanto que la religión católica, apostólica [y] romana sea la que profese la mayoría de los dominicanos". Ésta era la Ley Sustantiva vigente al ratificarse el Concordato. La modificación constitucional de 1955 estableció en su artículo 11 un régimen concordatorio, estableciendo que: "[l]as relaciones de la Iglesia y el Estado están reguladas por el Concordato entre la Santa Sede y la República Dominicana, en conformidad con la Ley de Dios y la tradición católica de la República Dominicana". Dicha previsión se mantendría en las revisiones constitucionales de 1960 y 1961, y se eliminaría en la de La Constitución de 1966, cuyo formato continuaría con pocas modificaciones hasta el 2002, tampoco volvió a incorporar tal declaración No obstante, mientras la redacción del alcance de la libertad de consciencia y de cultos se ha mantenido invariable desde la revisión constitucional de 1947 hasta la fecha, a partir de la Constitución de 1966 se previo la prohibición expresa a la discriminación en el artículo 100l, cuya redacción estuvo intacta hasta la revisión constitucional de Por lo tanto, la dinámica histórica constitucional nos muestra, al menos preliminarmente, que la adhesión estatal a la confesión católica respondió a una situación sociopolítica determinada, la cual ha ido cambiando a través del tiempo. El texto constitucional, por lo tanto, ha ido evolucionando en concordancia, ya que pasó de consignar expresamente la filiación del Estado a la confesión católica, remitiendo a los poderes públicos al contenido del Concordato (Constituciones de 1947, 1955, 1960 y 1961), sin establecer la prohibición a la discriminación por razones de credo, a más tarde eliminar dicha mención (1963) e incluir la prohibición a la discriminación, cuya vigencia se conjugaría con la libertad de consciencia y de cultos. 1Artículo La República Dominicana condena todo privilegio y toda situación que tienda a quebrantar la igualdad de todos los dominicanos, entre los cuales no deben contar otras diferencias que las que resulten de los talentos y las virtudes y en consecuencia, ninguna entidad de la República podrá conceder títulos de nobleza ni distinciones hereditarias (el resaltado es de^a OFITREL). / 1 Página 3de7 ^Reporte OFITREL sobre iniciativa No CD Abogado asignado: José CASADO-LIBERATO, Analista de Revisión Constitucional; Correctora de estilo: Grisel JAIME ÁLVAREZ

18 5.- El artículo 39 de la Ley Sustantiva vigente, el cual es más garantista que el artículo 100 introducido en la revisión constitucional de 1966, señala que: Derecho a la igualdad. Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, reciben la misma protección y trato de las instituciones, autoridades y demás personas y gozan de los mismos derechos, libertades y oportunidades, sin ninguna discriminación por razones de género, color, edad, discapacidad, nacionalidad, vínculos familiares, lengua, religión, opinión política o filosófica, condición social o personal. En consecuencia: [...] 3) El Estado debe promover las condiciones jurídicas y administrativas para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas para prevenir y combatir la discriminación, la marginalidad, la vulnerabilidad y la exclusión; [...] De ahí que la modificación de la ley No. 204, del 18 de abril de 1984, para establecer un feriado nacional en relación con la Biblia, documento sagrado de la confesión católica, es una medida que no se corresponde con la evolución constitucional referente a la dinámica histórica de las relaciones sociopolíticas entre el Estado, la Iglesia católica y la sociedad dominicana vis á vis el reconocimiento de los derechos de otras asociaciones religiosas existentes Además de la incoherencia con la evolución constitucional antes citada, el establecimiento del feriado es una medida que debe cumplir con el juicio de la proporcionalidad. Por lo tanto, es recomendable determinar si la medida es necesaria, adecuada y razonable en las condiciones sociales actuales para lograr que los dominicanos lean con mayor frecuencia ese libro. Tampoco existen estudios psicosociales que indiquen que la declaratoria de un día feriado contribuirá a un mayor estudio de la Biblia en el país. jxtrív.! Se sugiere a la honorable Comisión Permanente de Cultura ponderar hasta qué punto la iniciativa pudiera provocar un conflicto socio-político entre las diferentes confesiones religiosas existentes en el país en cuanto a la protección en condiciones de igualdad y de no discriminación a cargo del Estado. La OFITREL considera que la aprobación del presente proyecto de ley podría ocasionar que el Estado tenga que aprobar otros días feriados respecto de otros libros sagrados correspondientes a las demás confesiones religiosas existentes en el país, como sería el Día del Corán, para los musulmanes, o el Día de la Tora, para los judíos. Éstos alegarán que, aunque son minoría, le corresponde a un Estado Democrático y Social de Derecho como el dominicano (artículo 7 de la Carta Magna) proteger los derechos fundamentales de las minorías religiosas en igualdad de condiciones ante la ley. Página 4 de 7 Reporte OFITREL sobre iniciativa No CD ~ Abogado asignado: José CASADO-LIBERATO, Analista de Revisión Constitucional; Correctora de estilo: Grisel JAIME ÁLVAREZ

19 5.4.- La existencia del día de la Biblia, acorde con la ley No. 204, del 18 de abril de 1984, a pesar de que podría ser eventualmente declarada contraria a la Constitución, invita al estudio del principal libro del cristianismo, para lo que no resulta necesario el feriado. Además, hay que recordar que la ley No , del 6 de julio de 2000, modificó la Ley General de Educación No , para que se leyera una porción de la Biblia después del izamiento de la bandera. 6.- Por las razones antes expuestas, la OFITREL es de opinión que el proyecto de ley es contrario al derecho a la igualdad ante la ley en cuanto a la protección estatal de los dominicanos que no pertenecen a la confesión católica, ya que modificar la ley No. 204, del 18 de abril de 1984, para agregar otro feriado a favor de la Iglesia católica le otorga un privilegio desproporcionado respecto de los demás creyentes, ateos o agnósticos, a la luz del estado actual de las relaciones políticas entre el Estado y la Iglesia, y la evolución histórica constitucional. 7.- Además, hay que reiterar que no existe vínculo de conexidad entre el objetivo de la iniciativa (lograr una mayor lectura de la Biblia en el país) y el medio utilizado (la declaratoria del feriado). REVISIÓN LEGAL 8.- Después de estudiar la legislación dominicana relacionada a la iniciativa, es decir: 1) Ley No. 204, del 18 de abril de 1984, que declara como "Día de la Biblia" el 27 de septiembre de cada año; 2) Ley General de Educación No , del 9 de abril de 1997; 3) Ley No , del 19 de junio de 1997, mediante la cual los días feriados del calendario que coincidan con los días martes y miércoles, jueves o viernes serán trasladados de fecha; 4) Ley No , del 6 de julio de 2000, que establece la lectura e instrucción bíblica en las escuelas públicas; y 5) Ley No , del 3 de agosto de 2011, que regula los matrimonios religiosos y sus efectos en la República Dominicana, y modifica el párrafo 2 del artículo 55, y deroga el párrafo del numeral 2) del artículo 52 de la ley No. 659, del 17 de julio de 1944, sobre Actos del Estado Civil; somos de la opinión que, al igual que se indicó en la revisión constitucional, el proyecto de ley, aunque formalmente no es contrario al cuerpo legal existente, no responde al estado actual de las relaciones políticas entre el Estado y la Iglesia Católica y la evolución histórica constitucional. r - Página 5 de 7 i Reporte OFITREL sobre iniciativa No CD Abogado asignado: José CASADO-LIBERATO, Analista de Revisión Constitucional; Correctora de estilo: Grisel JAIME ÁLVAREZ

20 CONCLUSIÓN Y RECOMENDACIONES 9.- Por lo antes señalado, esta oficina recomienda valorar las observaciones constitucionales y legales sobre los puntos siguientes: Se trata de un proyecto de ley es de carácter ordinario, por lo que requerirá para su aprobación el voto favorable de la mayoría absoluta de los presentes en las cámaras legislativas, acorde con lo indicado por el artículo 113 de la Constitución de la República; El proyecto de ley es contrario al derecho a la igualdad de la ley en cuanto a la protección estatal de los dominicanos que no pertenecen a la confesión católica, ya que modificar la ley No. 204, del 18 de abril de 1984, para agregar otro feriado a favor de la Iglesia católica le otorga un privilegio desproporcionado respecto de los demás creyentes, ateos o agnósticos, a la luz del estado actual de las relaciones políticas entre el Estado y la Iglesia y la evolución histórica constitucional; No existe vínculo de conexidad entre el objetivo de la iniciativa (lograr una mayor lectura de la Biblia en el país) y el medio utilizado (la declaratoria del feriado). En otras palabras, la declaratoria del feriado no se traducirá necesariamente en que más personas lean la Biblia; Aunque formalmente no es contrario al cuerpo legal existente, no responde al estado actual de las relaciones políticas entre el Estado y la Iglesia católica y la evolución histórica constitucional; 10.- Sugerimos a la honorable Comisión Permanente de Cultura tomar en consideración las observaciones constitucionales y legales para rendir informe al Pleno de la Cámara de Diputados. Sin otro particular, les saluda respetuosamente, TEXTOS CONSULTADOS: ELPIDÍ JTISÍA ROSARIO rectoi 1.- Constitución de la República; Página 6 de 7 Reporte OFITREL sobre iniciativa No CD Abogado asignado: José CASADO-LIBERATO, Analista de Revisión Constitucional; Correctora de estilo: Grisel JAIME ÁLVAREZ

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