V. GASTO FEDERALIZADO V.1. RAMO GENERAL 33. FONDO DE APORTACIONES PARA LA EDUCACIÓN BÁSICA Y NORMAL (FAEB) V.1.1. Marco de Referencia

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1 FAEB V. GASTO FEDERALIZADO V.1. RAMO GENERAL 33. FONDO DE APORTACIONES PARA LA EDUCACIÓN BÁSICA Y NORMAL (FAEB) V.1.1. Marco de Referencia Antecedentes En mayo de 1992, el Ejecutivo Federal y los Ejecutivos Estatales suscribieron el Acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica, mediante el cual se formalizaron los convenios de descentralización para transferir los establecimientos educativos de sostenimiento federal y estatales subsidiados, así como el personal docente, administrativo y trabajadores de apoyo a la educación que estaba adscrito a ellos, con los que la Secretaría de Educación Pública (SEP) había venido prestando los servicios de educación básica en sus diferentes niveles y modalidades, incluyendo la normal, la indígena y la especial. Además, se firmaron convenios con el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) y con el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE), para delimitar sus respectivas responsabilidades en la operación y administración de la educación básica y normal en el nuevo esquema descentralizado. El proceso de descentralización educativa se consolidó con la publicación de la Ley General de Educación (LGE) el 13 de julio de 1993; en ese mismo año, en el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) se creó el Ramo General 25, denominado Aportaciones para la Educación Básica en los Estados, con el objeto de transferir, mediante el Ramo 11 Educación Pública, recursos a las entidades federativas como parte del proceso de la descentralización del sector educativo. La abrogación de la Ley Federal de Educación con la LGE permitió instaurar un marco jurídico adecuado para el desarrollo de la federalización educativa. La LGE, en su artículo 13, define las atribuciones que le corresponden a las autoridades educativas de los estados, como son: prestar los servicios de educación inicial, básica, indígena, especial, así como normal y demás para la formación de maestros. En el aspecto económico, el proceso de descentralización tiene su momento más importante con la reforma a la Ley de Coordinación Fiscal (LCF) el 29 de diciembre de 1997, en la cual se adiciona un Capítulo V, que da creación presupuestalmente al Ramo General 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios. En dicho capítulo se establece que las aportaciones federales son recursos que la Federación transfiere a las haciendas públicas de los estados, el Distrito Federal y, en su caso, de los municipios, y su gasto se condiciona a la consecución y cumplimiento de los objetivos que para cada tipo de aportación se establece en la propia LCF. El Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal (FAEB) es uno de los ocho fondos que integran actualmente el Ramo General 33, y su importancia estratégica radica en el servicio que brinda a la población, ya que su fin es apoyar el financiamiento de los 1

2 Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009 servicios de educación básica y normal proporcionados por los estados (preescolar, primaria y secundaria, normal, indígena y especial), en lo correspondiente al pago de servicios personales y gastos inherentes a la impartición de dichos servicios. En los artículos 26, 27 y 28 de la LCF se establecen las disposiciones que regulan el FAEB. Todas las entidades federativas participan en este fondo, excepto el Distrito Federal porque los servicios de educación básica son proporcionados por la SEP con financiamiento del Ramo General 25 del PEF. Inicialmente, la SEP proporcionaba dichos servicios por medio de un área específica incluida en su estructura orgánica; a partir de 2005, es mediante un organismo desconcentrado, la Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal (AFSEDF), dependiente de la propia SEP como responsable de administrar los recursos y prestar los servicios de educación básica. El órgano tuvo su origen en el proceso de descentralización iniciado en Su nombre original fue Coordinación General de Servicios Educativos para el Distrito Federal y le fue conferida la dirección y operación de los planteles de educación inicial, básica, especial y la formación de maestros en la Ciudad de México. El 26 de marzo de 1994 se publicaron modificaciones al Reglamento Interior de la SEP, donde cambió la denominación de la Coordinación General por la de Subsecretaría de Servicios Educativos para el Distrito Federal. El 1 de enero de 2005 se publicó en el Diario Oficial de la Federación un nuevo cambio en el Reglamento Interior de la SEP, y se decretó la creación de la Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal (AFSEDF) como un órgano desconcentrado de la SEP, con autonomía técnica y de gestión y absorbió las funciones de dicha subsecretaría. Objetivo, Destino e Importancia Estratégica En la LCF se define que los recursos económicos del FAEB son complementarios y se les otorgan a los Estados y al Distrito Federal para apoyarlos a ejercer las atribuciones que de manera exclusiva se les asignan, respectivamente, en los artículos 13 y 16 de la Ley General de Educación, que establecen como destino de aplicación de los recursos del FAEB el prestar los servicios de educación inicial, básica (incluyendo la indígena), especial, así como la normal y demás para la formación de maestros. Como se aprecia, la LCF no define un objetivo general para el FAEB como tal y no se cuenta con una disposición reglamentaria que precise la aplicación de los recursos del fondo. Además, se destaca que debido a que no se ha suscrito el convenio de descentralización en el Distrito Federal, los servicios de educación básica son proporcionados con financiamiento del Ramo General 25 y por la AFSEDF. De acuerdo con sus características, tanto los recursos del FAEB como los correspondientes a la Educación Básica y Normal en el Distrito Federal se destinan, en su gran mayoría, al concepto de servicios personales; en 2009, este rubro significó alrededor del 95.0% del total ejercido en los estados y el Distrito Federal, mientras que el importe restante se utilizó en gastos de operación y de inversión. 2

3 FAEB La educación pública es el pilar que soporta el sistema de educación básica nacional, ya que de acuerdo con las cifras reportadas por cada una de las entidades federativas a la Secretaría de Educación Pública, durante el 2009 de las 222,350 escuelas que operaron en el sistema educativo básico del país, el 88.0% correspondió a planteles públicos, mientras que los planteles privados colaboraron con el restante 12.0%. Asimismo, la SEP registra que de los 1.2 millones de docentes que laboraron en el sistema de educación básica del país, el 87.2% lo hicieron en planteles públicos y 12.8% en privados; mientras que de los 25.6 millones de alumnos que conformaron la matrícula de educación básica nacional, el 90.7% asistieron a planteles públicos y el 9.3% a escuelas privadas. La SEP no cuenta con estadísticas específicas sobre la importancia y el efecto que tienen los recursos del FAEB dentro del sistema de educación básica en el país. Así, por ejemplo, en su reporte de Las Principales Cifras del Sistema Educativo de los Estados Unidos Mexicanos, engloba el universo de atención tanto de la matrícula, como de docentes y escuelas atendidas con los recursos del fondo, en el sostenimiento estatal, y genera una visión incorrecta de que la educación básica depende en gran medida de los recursos que aportan las entidades federativas, cuando en su gran mayoría son recursos federales. Ante esta situación, la ASF ha captado información directamente en las propias entidades federativas revisadas, con la finalidad de elaborar indicadores adicionales a los establecidos por la SEP, para determinar el efecto e importancia que tiene el FAEB en la educación básica y la formación de docentes en el país, principalmente en el financiamiento del sistema educativo nacional; escuelas atendidas; pago de docentes y alumnado atendido. Conviene mencionar que los indicadores antes citados presentan particularidades que por su importancia conviene señalar, ya que están vinculados con el objetivo del fondo: Porcentaje de inversión destinada a fines distintos de la educación básica y formación de docentes. Porcentaje de docentes que se encuentran directamente en escuelas. Porcentaje de docentes incorporados en el Programa Carrera Magisterial que realizan actividades administrativas. Porcentaje de empleados comisionados a las secciones sindicales que no atienden la educación básica. Una de las cifras que reflejan la importancia del fondo en la impartición de la educación básica en el país, es la que se refiere a que del total de centros de trabajo cuyo sostenimiento se realiza con recursos públicos en las entidades federativas, el 80.3% corresponden a centros financiados parcial o totalmente con el FAEB; en estados como Aguascalientes, Hidalgo, Oaxaca y Quintana Roo, la totalidad de los centros de trabajo de educación básica son pagados con recursos del fondo. Con ello, este indicador refleja la importancia que tiene el fondo en la impartición de la educación básica en la población del país, sobre todo si se considera que los planteles constituyen el espacio en el que se integra 3

4 Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009 una comunidad para la impartición y adquisición de valores y conocimientos por parte del profesorado y el alumnado. Otro de los factores sustanciales que dan vida al sistema educativo público nacional, es que durante el 2009 laboraron en los sistemas de educación básica de los estados 1.4 millones de trabajadores, y para el 81.3% de ellos sus pagos corrieron a cargo del FAEB. Asimismo, de la matrícula de 21.0 millones de alumnos, que las entidades federativas reportaron durante los trabajos de fiscalización desarrollados por la ASF, el 61.9% asistieron a planteles financiados con los recursos del FAEB. Por nivel educativo, se tiene que el 56.8% de los alumnos de preescolar corresponden a planteles con recursos del fondo, mientras que en primaria constituyen el 62.7% y en secundaria el 62.5%. Las entidades federativas proporcionan servicios de educación básica por medio de sus sistemas estatales, que en orden de importancia ocupan el segundo lugar (después del sistema federalizado) en la proporción de la matrícula atendida en ese nivel por planteles públicos. Cabe señalar que el sistema estatal de educación básica en los estados se compone, fundamentalmente, por un subsistema federalizado (financiado con los recursos del FAEB), y un subsistema estatal (cuyo financiamiento es con cargo en los recursos propios del estado). De la inversión que los gobiernos destinan a la educación básica de las entidades federativas, el 87.7% son recursos que provienen del FAEB. Además, los subsistemas estatales de educación básica son apoyados parcialmente por el FAEB en varias entidades; de los 235,261,453.2 miles de pesos de recursos del fondo ejercidos en 2009, el 12.6% se destinó para el pago de personal, prestaciones específicas, seguridad social, y gastos de operación y de inversión, de los servicios de educación básica y normal pertenecientes al subsistema estatal. Los recursos del fondo que reciben los estados no sólo les permite cubrir las necesidades de los planteles federalizados traspasados con el proceso de descentralización, sino que una parte de los planteles y trabajadores estatales son cubiertos con los recursos del fondo. En síntesis, el FAEB no sólo constituye el principal sostenimiento financiero de los servicios educativos proporcionados por los estados, sino también una fuente importante de recursos para sus propias haciendas, debido a que los ingresos que perciben por concepto del FAEB representan un ingreso importante dentro del total de su gasto programable. En el caso de los recursos federales para la Educación Básica y Normal en el Distrito Federal, su importancia en el otorgamiento de los servicios de educación básica es fundamental, ya que el total de la matrícula, planteles y trabajadores pertenecientes a ese nivel educativo son financiados con los recursos del Ramo General 25. Para la revisión de los recursos del FAEB y para la Educación Básica y Normal en el Distrito Federal del 2009, se incluyó el Programa de Carrera Magisterial, ya que constituye una estrategia implementada por el Gobierno Federal para incentivar en el profesorado del país su desarrollo profesional y arraigo en los salones de clase, mediante la aplicación de incentivos económicos acordes con los niveles de capacitación que obtienen. 4

5 FAEB El programa está constituido por tres vertientes. La más importante corresponde al personal docente. En las revisiones de las entidades federativas, se observó que el Programa de Carrera Magisterial debe redefinir sus estrategias y políticas, debido a que una parte de los trabajadores que pertenecen a la primera vertiente del programa no estuvieron frente a grupo, sino en funciones administrativas, comisionados al sindicato o en otras instancias con funciones ajenas a la docencia frente a grupo. A pesar del objetivo de incentivar la presencia de los profesores en los salones de clase del sistema educativo básico del país, y particularmente de aquellos pagados con recursos del FAEB, en las entidades federativas durante 2009 se presentó la situación de que se realizaron pagos por 5,234.2 millones de pesos a trabajadores financiados con el fondo, que desarrollaron su labores en áreas de niveles educativos que no corresponden a la educación básica, como son la educación media superior y superior, que desempeñaron funciones y actividades que no están vinculadas con los fines y objetivos del fondo, o para quien no fue aclarada su situación laboral. En relación con lo anterior, y de acuerdo con los datos obtenidos en las auditorías, 16,864 trabajadores estuvieron comisionados, durante 2009, al CEN del SNTE o a sus distintas secciones sindicales existentes en las entidades federativas, y realizaron funciones sin vinculación directa con los servicios de educación básica. Lo anterior, debido a que los trabajadores comisionados abandonan el proceso de enseñanza-aprendizaje o las actividades administrativas necesarias para poder desarrollar dicho proceso, y pasan a efectuar funciones y actividades relacionadas con el quehacer sindical. Debido a la relevancia estratégica del FAEB y de los recursos para la Educación Básica y Normal en el Distrito Federal en el financiamiento de los servicios de educación básica en todo el país, a partir de la revisión de la Cuenta Pública 2002, la Auditoría Superior de la Federación (ASF) estableció una estrategia encaminada a eficientar y a ejercer directamente la fiscalización por parte del personal de la ASF, debido a que las auditorías realizadas por las Entidades de Fiscalización Superior de las Legislaturas Locales no tuvieron los resultados esperados. La estrategia consideró la capacitación del personal, la adopción de técnicas asistidas por computadora como una herramienta para la revisión del capítulo de servicios personales, el diseño y actualización de procesos sistematizados, y el monitoreo constante de la normativa del fondo, entre otros. La adopción de técnicas asistidas por computadora tuvo especial relevancia como herramienta para la revisión de los servicios personales, ya que permitió el análisis de bases de datos de gran magnitud, tener mayores alcances y capacidad de procesamiento, disminuir el tiempo de ejecución y el riesgo por errores humanos. Además, su importancia se manifiesta en el hecho de que, en promedio, la nómina de cada estado está constituida por aproximadamente 2 millones de registros (las del Estado de México cuentan con cerca de 5 millones, mientras que las de Colima con 500 mil registros); dichas nóminas contienen una gran cantidad de datos, como por ejemplo: RFC, nombre, clave del centro de trabajo, categoría, plaza, periodo de pago, número de cheque, niveles salariales, importes pagados, desglose de percepciones y deducciones, entre otros, que se incorporan a la herramienta y se realiza una serie de comparaciones contra la información proporcionada por el auditado, 5

6 Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009 y dan como resultado las inconsistencias que son investigadas para su confirmación o aclaración, y de las que se derivan los resultados presentados al ente fiscalizado. Hasta la revisión de la Cuenta Pública 2005, las auditorías al FAEB se desarrollaron en un número menor de estados; para la fiscalización de la Cuenta Pública 2006, y en el marco de la coordinación con las Entidades de Fiscalización Superior de las Legislaturas Locales (EFSL), se solicitó la revisión del FAEB en esas instancias de 18 estados, en tanto que la ASF efectuó de manera directa 4 revisiones. Cabe señalar que la ASF, para apoyar los trabajos solicitados a las EFSL, les proporcionó capacitación sobre la herramienta informática y la metodología aplicada en las revisiones efectuadas por la institución, así como manuales, instructivos y los procedimientos sistematizados utilizados por el personal de la ASF; sin embargo, los resultados que presentaron las EFSL no fueron del todo satisfactorios, ya que los alcances y profundidad de las revisiones no correspondieron a lo que habitualmente se obtiene con las revisiones efectuadas por el personal de la ASF. Los resultados de la Cuenta Pública 2006, presentados por la ASF a la Cámara de Diputados, tuvieron eco entre los legisladores, motivo por el cual solicitaron de manera expresa a la Auditoría Superior de la Federación, la revisión del fondo sobre situaciones específicas (matrícula escolar, nóminas, plantilla de personal y plazas y personal comisionado); asimismo, se solicitó a la ASF considerara en los informe solicitados las medidas a adoptar respecto de los resultados obtenidos de la revisión. Para la fiscalización de las Cuentas Públicas 2007 y 2008, en atención al mandato establecido por la Cámara de Diputados en los Decretos de Presupuesto de Egresos de la Federación 2008 y 2009, la ASF incrementó de manera sustancial el número de estados auditados para cubrir en su totalidad el universo de recursos destinados al FAEB y, a partir de la fiscalización de la Cuenta Pública 2007, también se incluye la revisión de los recursos del Ramo 25 correspondientes a los servicios de educación básica y normal en el Distrito Federal. Los resultados obtenidos se remitieron a la Cámara de Diputados conforme a sus mandatos, y se informó sobre las principales debilidades detectadas por la ASF en el ejercicio de los recursos del FAEB por las entidades federativas. Para la fiscalización de la Cuenta Pública 2009, la ASF realizó las auditorías de forma directa por su personal, para mejorar el aspecto cuantitativo de las auditorías, la calidad y el efecto de las revisiones, por lo que las 32 auditorías practicadas en los estados y en el DF fueron llevadas a cabo de manera directa por el personal de la ASF. Actualmente, se evalúan los resultados de las auditorías del FAEB, se da seguimiento a las entidades fiscalizadas y se buscan nuevas áreas de revisión. Criterios de Asignación y Fórmula para su Distribución Hasta el ejercicio presupuestal del 2007, el procedimiento para la distribución del FAEB entre las entidades federativas se realizaba de manera inercial, ya que no se contaba con una fórmula o algún método estadístico sistematizado para llevar a cabo dicho proceso. En el artículo 27 de la LCF sólo se establecía que el monto del FAEB se determinaba anualmente 6

7 FAEB en el PEF, conforme a los criterios del Registro Común de Escuelas y de Plantilla de Personal, utilizado para los cálculos de los recursos presupuestarios transferidos a las entidades federativas con motivo de la suscripción de los Acuerdos respectivos, incluyendo las erogaciones que correspondían por conceptos de impuestos federales y aportaciones de seguridad social. Adicionalmente, se consideran los recursos presupuestarios que con cargo en el FAEB se transfieran a las Entidades Federativas, de acuerdo con el Presupuesto de Egresos de la Federación durante el ejercicio inmediato anterior a aquél que se presupueste, y se le adicionan las ampliaciones y actualizaciones presupuestarias. En septiembre de 2007, el Congreso de la Unión aprobó las reformas del artículo 27 de la Ley de Coordinación Fiscal, con vigencia a partir del ejercicio presupuestal de 2008, con el establecimiento de una fórmula que define las variables y los ponderadores que se deben considerar para la distribución del FAEB en las entidades federativas. De esa manera, en el Dictamen aprobado se estableció la conveniencia de incluir y reconocer la heterogeneidad entre los estados en el costo de proveer el servicio educativo, por lo que dicho costo se considera como una variable en la nueva fórmula de distribución del fondo hacia las entidades federativas. Las variables y ponderadores que integran la nueva fórmula diseñada, consisten en: I. La matrícula pública en educación básica, 50%. II. El rezago en gasto federal por alumno, 20%. III. El gasto estatal en educación, 20%. IV. El índice en calidad educativa que determine la Secretaría de Educación Pública, 10%. Si después de aplicar la fórmula anterior existen sobrantes en el fondo, se distribuirán entre todos los estados de acuerdo con su proporción de matrícula pública como porcentaje del total nacional. Además, la fórmula del FAEB no será aplicable en el evento de que en el año que se calcula el monto de dicho fondo éste sea inferior al obtenido en el año inmediato anterior. En dicho supuesto, la distribución se realizará en relación con la cantidad efectivamente generada en el año que se calcula y de acuerdo con el coeficiente efectivo que cada estado recibió del FAEB en el año inmediato anterior. Con los ponderadores establecidos en la Ley de Coordinación Fiscal se buscó, por un lado, resarcir el esfuerzo financiero que realizan algunos estados que aportan un alto porcentaje de sus recursos a los sistemas educativos estatales y, por otro, motivar el mejoramiento de la calidad educativa en el territorio nacional, considerando que a mejor calidad y aprovechamiento, se podrán obtener mayores recursos del FAEB. Sin embargo, no se modificó en el artículo 27 de la Ley de Coordinación Fiscal la parte que establece que la distribución de la totalidad del FAEB se realizará anualmente con base en la fórmula y que el monto del FAEB se determinará en el PEF, exclusivamente a partir del registro común de escuelas y la plantilla de personal, así como por las ampliaciones 7

8 Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009 presupuestarias, las medidas con cargo en las previsiones para el FAEB y la actualización de los gastos de operación distintos a los servicios personales y de mantenimiento; situación que ya no es aplicable. La fórmula trata de hacer más trasparente la asignación de los recursos, impulsa el mejoramiento de la calidad educativa como un factor de distribución de los recursos y se enfoca a la demanda real del servicio y en el esfuerzo presupuestario de los gobiernos locales. Con este nuevo enfoque, se pretende superar la concepción de más escuelas para más gente como la demanda única de los grupos sociales, así como complementar el incremento cuantitativo que ha presentado la educación básica en el país, con una mejora en la calidad y el aprovechamiento escolar del alumnado. Al respecto, de acuerdo con datos reportados por la SEP en su Sistema para el análisis de la estadística educativa, la cobertura que se alcanzó en la educación básica en el país durante el ciclo , fue de 93.7%. Por nivel educativo, se observa que mientras en preescolar, durante el mismo ciclo escolar, se alcanzó una cobertura de 79.3%, en primaria dicho indicador fue del orden del 98.6% y en secundaria del 95.3%. En cuanto a la deserción, durante el ciclo escolar el índice en primaria fue de 0.9% y en secundaria de 6.2%; la eficiencia terminal fue de 94.3% en primaria y 81.6% en secundaria; mientras que la reprobación en primaria fue de 3.7% y en secundaria de 15.5%. Los datos anteriores muestran que en la actualidad, aunque es importante ampliar la cobertura del otorgamiento de la educación básica, particularmente en el nivel de preescolar, son necesarias mejores acciones y políticas enfocadas a elevar el rendimiento académico y la retención del estudiantado, especialmente en el nivel de secundaria. Otra de las áreas prioritarias de oportunidad es mejorar los niveles de calidad y aprovechamiento escolar para disminuir los índices de reprobación y superar los niveles de aprovechamiento en la educación básica del país. En el último informe del Programa Internacional de Evaluación de los Alumnos (PISA, por sus siglas en inglés), que fue presentado durante 2010, México se ubicó en el último lugar de los 30 países que integran la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), respecto del aprovechamiento escolar en las áreas de ciencias, lectura y matemáticas. Por otro lado, en la Evaluación Nacional del Logro Académico en Centros Escolares (ENLACE), se observan avances en el aprovechamiento del alumnado; sin embargo, los niveles de calidad educativa se manifiestan bajos. Así, por ejemplo, en la materia de español, durante la prueba realizada en 2010, se observa que el 63.1% de los alumnos de primaria presentaron un nivel insuficiente o elemental, mientras que en secundaria fue de 82.4% (en 2006 dichos indicadores se situaron en 78.8% y 85.3%, respectivamente). En la materia de matemáticas se observa que el 66.1% de los alumnos de primaria y el 87.3% de los de secundaria presentaron una calificación de insuficiente o elemental (en 2006 dichos indicadores se situaron en 82.4% y 95.8%, respectivamente). 8

9 FAEB Aunque las cifras anteriores denotan un avance en el aprovechamiento escolar, también reflejan que dos terceras partes o más del estudiantado continúan presentando niveles muy bajos de conocimientos, por lo que es necesario implementar acciones y políticas encaminadas a mejorar la calidad educativa, y por ello la importancia de considerar una variable de calidad en la fórmula de distribución de los recursos del FAEB. En el caso de los recursos para la Educación Básica y Normal en el Distrito Federal, su distribución es inercial y la realiza la propia SEP a partir del presupuesto que se aprueba en el PEF. La asignación presupuestal del FAEB, al igual que la de todo el Ramo General 33, se define de manera anual en el Presupuesto de Egresos de la Federación. Los recursos para transferirse a los estados mediante el Ramo General 33 en 2009 fueron de 396,262,331.3 miles de pesos (al FAEB se le asignó un monto de 220,332,600.0 miles de pesos); al respecto, se tuvo un ejercicio presupuestal por 412,466,550.6 miles de pesos, según lo registrado en la Cuenta Pública Federal, el 57.0% del total del Ramo General 33 (235,261,453.2 miles de pesos) correspondió al FAEB. DISTRIBUCIÓN DE LOS RECURSOS DEL RAMO 33 POR FONDO FORTAMUN 9.9% FAETA FAM 1.1% 3.1% FASP 1.7% FAFEF 5.4% FAIS 9.7% FASSA 12.1% FAEB 57.0% FUENTE: Cuenta Pública Federal TOTAL DE RECURSOS DEL RAMO 33: 412,466,550.6 miles de pesos En el Distrito Federal los servicios de educación básica son proporcionados por la SEP con recursos del Ramo General 25 del DPEF, que en 2009 fueron presupuestados por 30,516,400.0 miles de pesos. Los estados que concentran la mayor parte de los recursos del FAEB son: Chiapas, Guerrero, Jalisco, México, Michoacán, Oaxaca, Puebla y Veracruz, con el 47.5% del presupuesto ejercido del fondo. 9

10 Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009 En el caso específico de los recursos para los Servicios de Educación Básica y Normal en el Distrito Federal, durante 2009 ejercieron 26,980,353.1 miles de pesos y es la entidad que recibe mayores recursos de la federación para atender a la educación básica y normal, superando los 22,856,657.1 miles de pesos que recibió el Estado de México. Tanto en el caso del FAEB como en los recursos para los Servicios de Educación Básica y Normal en el Distrito Federal, sus recursos son ministrados por la Tesorería de la Federación (TESOFE), a los Gobiernos de las Entidades Federativas, cuando se trata del FAEB, y a la AFSEDF, en el caso de los Servicios de Educación Básica y Normal en el Distrito Federal. El FAEB registra aumentos presupuestales importantes durante los ejercicios fiscales, resultado de la transferencia de recursos para pagar los incrementos salariales del personal administrativo y docente, el pago de impuestos federales, las reubicaciones de personal y el efecto de dichos incrementos en las prestaciones sociales, así como, principalmente, por la creación de las plazas necesarias para ser utilizadas durante el siguiente ciclo escolar. Para 2009, el incremento que registró el gasto ejercido del FAEB, con respecto a la asignación original, fue de 6.8%, monto superior al incremento registrado en todo el Ramo General 33 (4.1%). Las entidades federativas han procurado ejercer sus recursos durante el ejercicio fiscal para el que fueron aprobados; el 96.5% de los recursos del fondo se ejercieron al 31 de diciembre, un 0.8% de forma posterior; sin embargo, un 2.7% (7,175,146.0 miles de pesos) se mantenía sin ejercer al momento de las revisiones, motivo por el que se debe reforzar la eficiencia del gasto. Durante los últimos años se ha buscado transparentar la administración y ejercicio de los recursos del FAEB, para ello, una de las medidas adoptadas es el establecimiento de una cuenta bancaria específica y productiva para el fondo. Esta medida permite mayor transparencia y potencializar los propios recursos del fondo, ya que las entidades federativas han logrado captar rendimientos financieros por los recursos del fondo en sus cuentas, lo que representa en promedio el 0.3% con respecto a los recursos aportados por la federación. Cabe señalar que en el Dictamen de la Iniciativa de decreto por el que se adiciona y reforma la Ley de Coordinación Fiscal para crear el Ramo General 33, se menciona que las transferencias que se efectúen para la educación básica no sustituyen a otras fuentes de financiamiento para la educación que existen en cada Estado, sino que las complementan y estimulan, y que se juzga pertinente la creación del FAEB. Además, se señala que los programas compensatorios, de manera independiente, seguirán siendo utilizados para lograr la igualdad entre las entidades en esta materia. Otra medida ha sido promover que los recursos del FAEB sean transferidos de manera inmediata a las dependencias ejecutoras del gasto, y que éstas sean quienes los administren, así como de contar con registros específicos para la fiscalización del recurso, especialmente lo referente a las nóminas estatales subsidiadas. 10

11 FAEB Sin embargo, actualmente las secretarías de Finanzas o similares administran directamente, de forma parcial o total, el 28.9% de los recursos trasferidos por la federación. De hecho, en estados como Baja California Sur, Coahuila, Durango, Michoacán, Tamaulipas y Zacatecas, la totalidad de los recursos transferidos son administrados por las Secretarías de Finanzas o similares. En términos generales, la administración de los recursos del FAEB, incluyendo los productos financieros, en las entidades federativas adquiere tres modalidades distintas, como son: 1) Estados donde las secretarías de Finanzas o Hacienda trasfieren a los entes ejecutores (secretarías de Educación u Organismos Descentralizados constituidos como resultado de los Convenios emanados del Acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica) la totalidad de los recursos del FAEB, y estos últimos son los encargados de administrar y ejecutar dichos recursos; representan el 51.6% de los recursos trasferidos. 2) Estados en los que las secretarías de Finanzas o Hacienda trasfieren una parte de los recursos del FAEB a los entes ejecutores de educación, y se quedan con la parte restante para constituirse, también, en un ente ejecutor de dichos recursos. Básicamente, se encargan de cubrir los compromisos del personal estatal y de los gastos de operación; representan el 31.9% de los recursos trasferidos (12.4% administrado por las secretarías de Finanzas y el 19.5 por las dependencias ejecutoras). 3) La tercera forma de administración se caracteriza por el hecho de que las secretarías de Finanzas o Hacienda no transfieren los recursos del FAEB a los entes ejecutores de educación, sino que se hacen cargo por completo de la administración de los recursos del FAEB, realizando los pagos a petición de la dependencia u organismo del sector educativo; representan el 16.5% de los recursos trasferidos. Criterios de Selección Las auditorías fueron seleccionadas con base en los criterios generales y particulares establecidos en la normativa institucional de la Auditoría Superior de la Federación para la planeación específica utilizada en la integración del Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009, considerando la importancia, pertinencia y factibilidad de su realización. Objetivos de las Auditorías Fiscalizar la gestión financiera de los recursos públicos federales transferidos al estado, por medio del FAEB, de conformidad con lo establecido en la Ley de Coordinación Fiscal y demás disposiciones jurídicas aplicables, así como el cumplimiento de metas y objetivos. Alcance de la Fiscalización En virtud de que los servicios del sistema de educación básica no han sido descentralizados al Gobierno del Distrito Federal, su operación es responsabilidad de la AFSEDF con 11

12 Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009 financiamiento del Ramo General 25 Previsiones y Aportaciones para los Sistemas de Educación Básica, Normal, Tecnológica y de Adultos. En todas las Entidades Federativas se revisó el FAEB; además, como ya se indicó, se auditó el gasto educativo del Sistema de Educación Básica en el Distrito Federal, es decir, la ASF practicó 32 revisiones directamente. En 2009 se asignaron a las entidades federativas y a la AFSEDF recursos (Universo Seleccionado) del FAEB y para los Servicios de Educación Básica y Normal en el Distrito Federal por 262,241,806.3 miles de pesos (235,261,453.2 miles de pesos del FAEB y 26,980,353.1 miles de pesos del Ramo General 25); la muestra que se auditó ascendió a 247,067,212.5 miles de pesos (221,149,123.1 miles de pesos correspondientes al FAEB y 25,918,089.4 miles de pesos al Ramo General 25) lo que significó el 94.2% de los recursos asignados (Cuadro 1). En lo subsecuente, cuando se hace referencia al FAEB, se consideran los recursos y acciones de este fondo, así como los transferidos a la AFSEDF por medio del Ramo General 25. Entidades Federativas Revisadas Para la revisión de la Cuenta Pública 2009, la ASF continuó con su estrategia de revisión de forma directa por su personal, logrando fiscalizar los recursos del FAEB en las 31 entidades federativas y en la AFSEDF. Marco Jurídico de la Operación del Fondo Durante el desarrollo de las auditorías, se determinaron incumplimientos en las leyes, reglamentos y disposiciones normativas que se mencionan a continuación, y que constituyen el marco rector del FAEB y de los recursos para los Servicios de Educación Básica y Normal en el Distrito Federal: Ley de Coordinación Fiscal. Ley General de Educación. Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Ley de Educación de los Estados y el DF. Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del artículo 123 Constitucional. Lineamientos Generales de Operación para la entrega de los recursos del Ramo General 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios. Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal Ley de Egresos del Estado Libre y Soberano para el Ejercicio Fiscal

13 FAEB Manual de Normas para la Administración de Recursos Humanos en la Secretaría de Educación Pública. Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. Manual General de Organización de la Secretaría de Educación del Estado. Lineamientos Generales que Regulan el Sistema de Administración de Personal de la Secretaría de Educación Pública. Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del Personal de la Secretaría de Educación Pública. Acuerdo 482 por el que se establecen las disposiciones para evitar el mal uso, el desvío, o la incorrecta aplicación de los recursos del Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal (FAEB), publicado por la Secretaría de Educación Pública en el Diario Oficial de la Federación el 26 de febrero de Reglamento Interior de las Secretarías de Educación y de Finanzas del Estado. Manual de Procedimientos del Catálogo de Centros de Trabajo de la Secretaría de Educación Pública. Reglamento de Escalafón de los Trabajadores al Servicio de la Secretaría de Educación Pública. Ley de los Trabajadores del Estado. Condiciones Generales de Trabajo del Estado. Lineamientos Generales de Carrera Magisterial. Guías Técnicas para Fortalecer el Proceso de Dictaminación. Guía Técnica para determinar el número de plazas a incorporar o promover en el Programa Nacional de Carrera Magisterial. Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del Personal de la SEP. Manual de Normas para la Administración de Recursos Humanos de la Secretaría de Educación Pública. Acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica. Convenios que celebran, por una parte, los Gobiernos de los Estados Libres y Soberanos y, por otra, el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación. Clasificador por objeto del gasto para la Administración Pública Federal. 13

14 Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009 Procedimientos de Auditoría Aplicados Para cumplir el objetivo de fiscalizar la gestión financiera de los recursos públicos federales transferidos a las entidades federativas y al DF, por medio del FAEB y de los recursos para los Servicios de Educación Básica y Normal en el Distrito Federal, así como para contar con una visión de los Programas de Carrera Magisterial y Escalafón, y verificar el cumplimiento de metas y objetivos, se diseñaron y aplicaron en cada una de las entidades federativas los procedimientos siguientes: Evaluar el control interno de los departamentos responsables, por parte de la entidad federativa, de la recepción, registro, administración, ejercicio y control de los recursos aportados por la Federación. Verificar que la Secretaría de Finanzas, o equivalente del Gobierno del Estado, transfirió los recursos del fondo que recibió de la Federación a las instancias ejecutoras, y comprobar que se destinaron para los fines y objetivos del fondo. Verificar que las erogaciones efectuadas por la entidad federativa con cargo en los gastos de operación, tuvieron vinculación directa con el apoyo de la educación básica o de la formación de docentes, y que se realizó el pago de los terceros institucionales en tiempo. Verificar el importe de los intereses generados por los recursos del fondo y comprobar que se destinaron para los fines y objetivos del FAEB. Verificar que los recursos del FAEB, así como sus accesorios, se registraron en los documentos contables y presupuestales de la entidad, así como en el reporte de la Cuenta Pública Estatal correspondiente al ejercicio fiscal Comprobar la existencia de registros específicos del fondo, debidamente actualizados, identificados y controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto, la cual se deberá cancelar con la leyenda Operado FAEB. Constatar que la entidad fiscalizada reportó trimestralmente sobre el ejercicio, destino y los resultados obtenidos respecto de los recursos del FAEB y de forma pormenorizada sobre el avance físico de las acciones respectivas y, en su caso, la diferencia entre el monto de los recursos transferidos y aquéllos erogados, así como los resultados de las evaluaciones que se realizaron. Verificar que las nóminas financiadas con el fondo incluyeron exclusivamente centros de trabajo dedicados a la educación básica o la formación de docentes. Verificar que las nóminas financiadas con el fondo incluyeron exclusivamente categorías y puestos dedicados a la educación básica o a la formación de docentes. Comprobar que el personal contratado con cargo en la partida de honorarios realizó funciones propias de la educación básica o la formación de docentes. 14

15 FAEB Verificar que los conceptos por los que se otorgaron compensaciones, bonos o estímulos especiales con cargo en los recursos del fondo contaron con la autorización y regulación establecida. Verificar que no se realizaron pagos en nómina con recursos del fondo a trabajadores durante el periodo en que contaron con licencia sin goce de sueldo. Determinar el número de empleados pagados con el fondo comisionados en las diferentes agrupaciones sindicales y verificar que dichas comisiones se otorgaron con base en la legislación local. Determinar el número de empleados pagados con el fondo comisionados en dependencias cuyas funciones no estén relacionadas con los objetivos del fondo y verificar que dichas comisiones se otorgaron con base en la legislación local. Verificar que los órganos reguladores del Programa Carrera Magisterial fueron constituidos en tiempo y forma, y que cumplieron las funciones establecidas en la normativa del Programa. Comprobar, mediante una muestra determinada, que la entidad fiscalizada cuenta con los expedientes debidamente integrados y requisitados de los empleados beneficiados con el Programa Carrera Magisterial. Verificar que los beneficiarios del Programa Carrera Magisterial incorporados en las nóminas se encuentren registrados en el catálogo autorizado de personal, y que los pagos se ajustaron a la vertiente y nivel que les corresponde. Verificar que los beneficiarios del Programa Carrera Magisterial, en su vertiente docente, se encuentren efectivamente frente a grupo mediante una confirmación de los responsables de los centros de trabajo. Verificar que el personal que recibió el beneficio del Programa Carrera Magisterial durante el ejercicio 2009, no gozó de licencias sin goce de sueldo durante el periodo de dictaminación. Comprobar que los empleados de la dependencia ejecutora del gasto que durante el 2009 fueron promovidos en el sistema escalafonario, cumplieron los requisitos establecidos. Verificar que el personal registrado en las nóminas estuvo efectivamente en los centros de trabajo, y que existieron controles (asistencia, puntualidad, entre otros) para el personal de una muestra determinada. Determinar el grado de participación de los recursos del FAEB en el financiamiento del sistema educativo básico en la entidad federativa, en cuanto a recursos aportados, personal financiado y definir indicadores que reflejen su situación. 15

16 Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009 Principales Observaciones Con el objeto de hacer integral la presentación de los resultados de las auditorías practicadas en los recursos aplicados para la operación de los servicios de educación básica, en este apartado se indican las principales observaciones determinadas en las auditorías del FAEB y también se incluyen los obtenidos en la revisión efectuada por la ASF en los recursos para financiar la educación básica en el Distrito Federal, que son las siguientes: En el Estado de México se realizaron transferencias a cuentas estatales o la Secretaría de Finanzas no ministró los recursos a los entes ejecutores, por lo que se desconoce su destino y aplicación, por 5, miles de pesos, que representan el 28.5% de las recuperaciones determinadas. Se carece de documentación comprobatoria de las erogaciones con cargo en el FAEB o presentación de comprobación correspondiente a ejercicios anteriores, por 1,068,223.1 miles de pesos, que significó el 5.4% del total de las recuperaciones determinadas. Resaltan los casos de Nuevo León y Baja California Sur, ya que concentran el 92.8% de los recursos sin documentación comprobatoria de su gasto. A la fecha de la revisión se identificaron recursos no ejercidos, por 5,941,158.7 miles de pesos, situación que se presentó en los estados de: Baja California Sur, Chiapas, Coahuila, Guanajuato, Jalisco, México, Sonora y Veracruz. Posteriormente, en el estado de Coahuila, se presentó documentación adicional mediante la cual se acreditó el inicio del ejercicio de los recursos observados por 33,385.1 miles de pesos, por lo que el importe que resta por ejercer una vez concluida la fiscalización es de 5,907,773.6 miles de pesos que representan el 30.1% de las recuperaciones determinadas. En el caso del estado de Veracruz, se reintegraron los 2,326,575.1 miles de pesos observados. Parte del recurso no ejercido se encuentra programado para su gasto en infraestructura educativa, sin que se cuente con evidencia de su gasto (1,691,574.4 miles de pesos), situación que se presenta en Guanajuato, Jalisco y Sonora, donde los dos primeros estados concentran el 98.8% de los recursos programados. Se pagaron con recursos del FAEB y de los Servicios de Educación Básica y Normal en el Distrito Federal, conceptos no financiables con cargo en los gastos de operación, por 709,943.2 miles de pesos, que representan el 3.6% de las recuperaciones determinadas. Los estados de Chiapas, Jalisco, Querétaro, Yucatán y Zacatecas concentran el 72.0% de los recursos destinados a gastos de operación no financiables. Se realizaron, con cargo en los gastos de operación, apoyos a las secciones sindicales que no tienen vinculación directa con el servicio de educación básica o con la formación de docentes, por 234,832.7 miles de pesos, que significaron el 1.2% de la recuperaciones determinadas. El Estado de México concentra el 77.5% de los apoyos al sindicato. Se apoyaron programas federales donde las entidades federativas comprometieron una concurrencia estatal para su operación (escuelas de calidad, ver bien para aprender 16

17 FAEB mejor, CONAFE, entre otros), por 6,053.6 miles de pesos, situación que sólo se presentó en Chihuahua y Veracruz. Pago de multas y recargos por el entero extemporáneo a terceros institucionales o pagos de ejercicios anteriores; así como retención del impuestos o cuotas (ISR, SAR, ISSSTE, entre otros) de sueldos y salarios, no enterados, por 95,837.4 miles de pesos, que representan el 0.5% de las recuperaciones determinadas. Baja California Sur y Michoacán resaltan al concentrar el 87.4% de los recursos observados. No se presentó evidencia documental sobre el destino y aplicación de los intereses generados por los recursos del FAEB, ni se transfirió la totalidad de los rendimientos financieros generados al organismo ejecutor, por 129,773.0 miles de pesos, que significan el 0.7% de las recuperaciones determinadas. Chiapas, México y Sinaloa concentran el 88.2% de los productos financieros no transferidos al ejecutor o para los cuales no se comprobó su destino y aplicación. Se realizaron pagos con recursos del fondo a trabajadores comisionados al sindicato, por 1,928,148.3 miles de pesos, que representan el 9.8% de las recuperaciones determinadas. Cabe señalar que esta irregularidad se presentó en 29 estados y en la AFSEDF. Se pagaron compensaciones por compromisos estatales que no están autorizadas en las minutas nacionales o no se presentó la normativa para su pago, por 1,113,360.5 miles de pesos, que significaron el 5.7% de las recuperaciones determinadas. Esta situación estuvo presente en Baja California Sur, Chiapas, México, Michoacán y Morelos. En Morelos y Tabasco pagaron categorías que no corresponden a la educación básica y formación de docentes, por 491,418.1 miles de pesos, monto que representa el 2.5% de las recuperaciones determinadas. Se realizaron pagos a trabajadores adscritos en centros de trabajo que no estuvieron relacionados en el catálogo de la institución y que por lo tanto se desconoce si corresponden a los fines y objetivos del fondo, por 368,912.8 miles de pesos, el 1.9% de las recuperaciones determinadas. El Estado de México concentra el 89.8% de los recursos pagados en centros que no estuvieron considerados en los catálogos de los entes ejecutores. Se realizaron pagos con cargo en centros de trabajo no financiables con el FAEB (nivel medio superior, superior o áreas no vinculadas con la educación básica o la formación de docentes), por 242,414.3 miles de pesos (el 1.2% de las recuperaciones determinadas), situación que se presentó en 14 entidades federativas. Se efectuaron pagos a trabajadores con categoría de puesto que no fueron localizadas en los catálogos respectivos de los entes ejecutores, por 170,539.4 miles de pesos (el 0.9% de las recuperaciones determinadas). El Estado de México concentra el 87.3% de este tipo de pagos. 17

18 Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009 Se entregaron compensaciones a personal de las dependencias cuyas actividades desarrolladas no corresponden a la educación básica ni a la formación de docentes en Morelos, por 134,720.9 miles de pesos, que representan el 0.7% de las recuperaciones determinadas. Se realizaron pagos a trabajadores que estuvieron adscritos en centros de trabajo con clave "AGD" Personal comisionado a otras dependencias, para los cuales no fue proporcionado su respectivo oficio de comisión ni se aclaró su situación laboral, por 124,409.4 miles de pesos (el 0.6% de las recuperaciones determinadas). Resaltan los casos de la AFSEDF y Zacatecas quienes concentran el 84.9% de los recursos aplicados en este tipo de pagos. Se realizaron pagos con recursos del FAEB y de los Servicios de Educación Básica y Normal en el Distrito Federal a trabajadores comisionados en otras dependencias con actividades que no están directamente vinculadas con la educación básica, por 99,088.3 miles de pesos (el 0.5% de las recuperaciones determinadas). Nueve entidades federativas incurrieron es este tipo de pagos, de éstas Zacatecas concentró el 42.6% de los recursos que tuvieron este fin. Se realizaron pagos a trabajadores adscritos en centros de trabajo antes de la apertura del centro o después de haber sido clausurado, por 84,697.1 miles de pesos (el 0.4% de las recuperaciones determinadas). Baja California Sur, Durango y México sobresalen por concentrar el 88.3% de los recursos pagados. No localizó personal durante las visitas a centros de trabajo, y para el cual los directores o responsables de la escuela señalaron desconocer la ubicación del trabajador, por 271,110.3 miles de pesos, que significaron el 1.4% de las recuperaciones determinadas. Tabasco, Oaxaca, la AFSEDF, Hidalgo y Querétaro concentraron el 86.2% de los recursos pagados a personal no localizado. Se realizaron pagos por concepto de carrera magisterial a personal que no está considerado en la relación de personal con derecho a recibir la prestación, que no se comprobó su correcta inscripción y autorización al Programa, en demasía por contar con un nivel superior al autorizado y que contaron con licencias durante el periodo de la dictaminación, por 657,048.5 miles de pesos (el 3.3% de las recuperaciones determinadas). Morelos, San Luis Potosí y Zacatecas resaltan en este aspecto al concentrar el 79.9% de los recursos. Bajo el rubro de Otras Irregularidades, se determinaron recuperaciones por 216,785.1 miles de pesos, que representan el 1.1% del monto total de las recuperaciones determinadas. Otras Observaciones Determinadas También se registraron otras observaciones que si bien no generaron recuperaciones determinadas, su presencia afectó la calidad de la gestión del fondo, así como sus resultados, como son las siguientes: 18

19 FAEB Deficiencias de control por parte de las entidades federativas para la administración y ejercicio de los recursos del FAEB y de los recursos para los Servicios de Educación Básica y Normal en el Distrito Federal; dicha situación se presentó en 13 estados y en la AFSEDF. Se carece de una cuenta bancaria específica para la recepción de los recursos del FAEB o para su administración, situación que se identificó en Aguascalientes, Campeche, Chihuahua, México, Querétaro y Sinaloa. Las secretarías de Finanzas o similares administraron y pagaron, de manera total o parcial, las nóminas del fondo, los compromisos con terceros y los gastos de operación, sin que los recursos se transfirieran a los ejecutores del gasto. Lo anterior aconteció en Baja California Sur, Coahuila, Durango, Michoacán, Sinaloa, Veracruz y Zacatecas. Se presentaron irregularidades en el proceso de adquisición de bienes en Aguascalientes, Chihuahua, Nuevo León, Puebla y Sinaloa. No se tienen registros contables y presupuestales exclusivos para la administración de los recursos, por lo que existieron diferencias entre lo registrado en los cierres de las dependencias contra lo reportado en las cuentas públicas estatales. Dichas deficiencias se presentaron el Aguascalientes, Chiapas, Michoacán, Nuevo León, Querétaro, Sinaloa, Sonora y Zacatecas. La documentación comprobatoria del gasto no fue cancelada total o parcialmente con la leyenda "Operado FAEB", situación que se presentó en Aguascalientes, Baja California Sur, Chihuahua, México, Morelos, Nuevo León, Oaxaca y Querétaro. Se presentaron inconsistencias en los reportes trimestrales emitidos a la SHCP respecto del cierre del ejercicio y las Cuentas Públicas Estatales, como aconteció en Aguascalientes, Baja California Sur, Chiapas, México, Nuevo León y Querétaro. Deficiencias de control en el resguardo y actualización de archivos del personal que se beneficia con el programa Carrera Magisterial, situación que se presentó en nueve estados y en la AFSEDF. No se formalizó la conformación de los órganos reguladores del Programa Carrera Magisterial en Chihuahua, en la AFSEDF, Michoacán, Morelos y en Oaxaca. Se identificaron deficiencias de control en el proceso escalafonario en Michoacán. En 12 entidades federativas no se realizan conciliaciones periódicas entre el catálogo de centros de trabajo o el catálogo de categorías y lo incorporado en las nóminas. No están actualizados todos los movimientos del personal para que su adscripción corresponda con lo registrado en las nóminas; tampoco los responsables de los centros de trabajo mantienen actualizados los expedientes del personal. 19

20 Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009 No se tienen registros que identifiquen el efecto de los recursos del FAEB en el financiamiento del sistema educativo básico en el estado. Fundamento Jurídico de la ASF para Promover Acciones Las facultades de la Auditoría Superior de la Federación para promover las acciones que derivaron de la auditoría practicada, encuentran su sustento jurídico en las disposiciones siguientes: Artículo 79, fracción II, párrafos tercero y quinto; fracción IV, párrafo primero; y párrafo penúltimo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículos 6, 12, fracción IV; 13, fracciones I y II; 15, fracciones XIV, XV y XVI; 32, 39, 49, fracciones I, II, III y IV; 55, 56 y 88, fracciones VIII y XII, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación. Acciones Promovidas Producto de la Fiscalización Superior de los recursos del Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal, así como de los recursos para los Servicios de Educación Básica y Normal en el Distrito Federal, correspondientes a la Cuenta Pública 2009, se determinó un total de 367 acciones promovidas, lo que significó un promedio de 11.5 acciones por entidad federativa. Durante el desarrollo de las revisiones, las entidades fiscalizadas se dieron a la tarea de aportar elementos para la aclaración y atención de los resultados que se presentaron con motivo de las revisiones, de esa manera, al cierre de las auditorías se solventó un total de 276 acciones, por lo que quedó para el final del proceso de ejecución de auditorías un total de 367 acciones promovidas, desglosadas de la manera siguiente: 113 (30.8%) correspondieron a Recomendaciones, 189 (51.5%) a Pliegos de Observaciones, 50 (13.6%) a la Promoción de Responsabilidades Administrativas Sancionatorias, 10 (2.7%) a la Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal y, 5 (1.4%) a la Solicitud de Aclaraciones (Cuadro 2). Como aprecia, el avance que muestran las entidades federativas en la implementación de medidas de control para una mejor administración y operación de los recursos del FAEB y de los Servicios de Educación Básica y Normal en el Distrito Federal, se ve reflejada en una disminución de las acciones promovidas. Así, las acciones que fueron solventadas durante el desarrollo de las auditorías representan un 75.2% en relación con las acciones que se están promoviendo; además, durante la Cuenta Pública 2008, el número de acciones promovidas alcanzó la cifra de 461, con lo que se observa una disminución del 25.6% para este ejercicio. Recuperaciones Las acciones promovidas por la fiscalización del FAEB determinaron recuperaciones por 19,655,469.1 miles de pesos, esto es el 8.0% de la muestra auditada (Cuadro 1). 20

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