Convocatoria. Guía. Ministerio Sanidad, Servicios Sociales, e Igualdad (IRPF)

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1 Guía Convocatoria Ministerio Sanidad, Servicios Sociales, e Igualdad (IRPF)

2 Página: 2 de 17 CONVOCATORIA DEL MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD Tiene por objeto subvencionar programas de cooperación y voluntariado sociales con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas - IRPF A modo orientativo, los Programas considerados prioritarios para el colectivo de las personas con discapacidad en la Orden de Bases SSI/1199/2012, de 4 de junio y de ejecución en el 2013, fueron los que siguen: Tipos de programa (según Orden de Bases SSI/1199/2012, de 4 de JUNIO) 1) Programas para la Promoción de la Autonomía Personal, la Adaptación de Viviendas y la Integración Social de PCD Contenido de los programas 1. Intervenciones para el fomento y desarrollo de competencias y habilidades personales que constituyan un medio de apoyo para la autonomía personal y la vida independiente, así como la aplicación de las nuevas tecnologías de asistencia y de la información y la comunicación 2.- Atención y cuidado personal especializado en el domicilio, promoviendo y potenciando su autonomía personal, con el fin de atender las necesidades básicas de la vida diaria 3.- Adaptación y adecuación de viviendas de particulares para eliminación de barreras arquitectónicas y de comunicación Posibles Tipos De Proyectos 1 -Atención y Desarrollo Personal. Apoyo Autonomía Personal y la Vida Independiente 2 -Atención Domiciliaria, Ayuda a Domicilio 3 -Proyectos de ayudas técnicas de asistencia 4 -Adecuación y adaptación de viviendas de particulares 4.- Cubrir las necesidades específicas de personas 5.- Proyectos destinados a con enfermedad mental, que cumplan los requisitos cubrir necesidades establecidos por la Comunidad Autónoma especificas de personas con correspondiente según su cartera de servicios y enfermedad mental. (que líneas estratégicas. cumplan los requisitos exigidos por la Comunidad Autónoma según cartera de servicios y líneas estratégicas) Este programa que engloba varios tipos de proyectos tiene como OBJETIVO: La consecución de una mejor calidad de vida y autonomía personal, la integración social de las personas con discapacidad, así como facilitar la realización de las tareas esenciales de la vida diaria favoreciendo la permanencia de las personas con discapacidad en situación de dependencia, por el tiempo que sea posible, en el entorno en que desarrollan su vida. COCEMFE 2

3 Página: 3 de 17 Tipos de programa (según Orden de Bases SSI/1199/2012, de 4 de JUNIO) Contenido de los programas Posibles Tipos De Proyectos 2) Promoción y Adecuación de Centros de Atención Diurna, Centros Residenciales y Viviendas Tuteladas o de Convivencia 1. La continuación de la ejecución de las obras y dotación de equipamiento de centros subvencionados en convocatorias anteriores. Se podrán subvencionar inversiones nuevas, siempre y cuando se acredite que cuentan con cofinanciación ajena, estén vinculados a la programación territorial y a las necesidades de nuevos recursos de la administración autonómica correspondiente. 2. Obras de adecuación y mejora de infraestructuras y eliminación de barreras, así como reposición de equipamiento en centros en funcionamiento que no reúnan condiciones estructurales apropiadas para el tratamiento y atención de los usuarios. 3.- Dotación de Vehículos adecuados y el personal de apoyo para el traslado de los usuarios con discapacidad que no puedan utilizar medios de transporte normalizado (Ej. conductor y personal de apoyo de traslados) Quedan excluidos en estos proyectos los gastos de mantenimiento y funcionamiento de estos centros Creación (Obras de Construcción o Adquisición) o Adecuación/ rehabilitación (obras de reforma, rehabilitación o remodelación) y equipamiento de: 1 -Residencias 2 -Centros de Día y Ocupacionales 3 -Viviendas Tuteladas o de convivencia 4 -Centros de Alojamiento 5 -Adquisición Vehículos Adaptados vinculados a Centros de Día, Ocupacionales y Residencias y personal de apoyo para el traslado de los usuarios, PCD, que no puedan utilizar medios de transporte Este programa que engloba varios tipos de proyectos tiene como OBJETIVO: La realización de obras, para adecuar las infraestructuras ya existentes así como para inversiones nuevas, de los centros para PCD en situación de dependencia. Será necesaria la acreditación de la cofinanciación ajena. No será necesario acreditar cofinanciación para la dotación de vehículos adaptados de uso exclusivo para Centros o Viviendas Tuteladas o de Convivencia. COCEMFE 3

4 Página: 4 de 17 Tipos de programa (según Orden de Bases SSI/1199/2012, de 4 de JUNIO) Contenido de los programas Posibles Tipos De Proyectos 3) Atención Nocturna, Servicios de Respiro o Descanso Familiar y Apoyo a Familias con personas con Discapacidad a su cargo 1.- Programas de intervención familiar temprana directa con la familia y con las personas con discapacidad, que incorporen servicios de información y orientación y servicios de apoyo psicosocial 2.- Programas de ayuda mutua familiar 3.-Programas de descanso familiar como acompañamiento circunstancial diurno, nocturno, en fines de semana, períodos vacacionales, en postoperatorios y otros servicios transitorios análogos 4.- Programas de mantenimiento de pisos de apoyo para el alojamiento de familias desplazadas por motivos médicos 5.- Formación a familias para la atención cotidiana de personas con discapacidad en situación de dependencia 6.- Tutela y servicios de atención para personas con discapacidad legalmente incapacitadas (estos programas incluyen pequeñas inversiones para dotaciones necesarias) 1-Proyectos de Intervención Familiar (Intervención con Familias) 2 - Proyectos de Descanso familiar 3 - Proyectos de Servicios Transitorios de Alojamiento: se admiten gastos de personal vinculados a los mismos y actividades y mantenimiento de los mismos. Se admiten pequeñas inversiones para dotaciones necesarias. Este programa que engloba varios tipos de proyectos tiene como OBJETIVO: El apoyo y el descanso para las familias cuidadoras que tienen a su cargo personas con discapacidad, favoreciendo su permanencia en el domicilio familiar Prioridades: En el programa 1: Programas dirigidos a las personas con discapacidad en situación de dependencia. Programas dirigidos a las mujeres con discapacidad, especialmente aquellas con cargas familiares o que vivan solas, así como las que viven habitualmente en el ámbito rural. En el programa 2: Realización de obras para adecuar las infraestructuras de los centros para PCD en situación de dependencia a la respectiva normativa autonómica vigente. En el programa 3: Programas dirigidos a familias que tienen a su cargo personas con discapacidad en situación de dependencia. Programas dirigidos a familias monoparentales, a mujeres con discapacidad, a familias cuyo progenitor sea persona con discapacidad y a familias en el medio rural que tienen a su cargo personas con discapacidad COCEMFE 4

5 Página: 5 de 17 Concepto de discapacidad, que deben tener en cuenta a la hora de saber quienes son beneficiarios de estos programas: Marco legal de la discapacidad en España La Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, en su artículo primero, considera como personas con discapacidad, a los efectos de esta Ley, a «aquellas a quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad (minusvalía) igual o superior al 33 por ciento. En todo caso, se considerarán afectados por una discapacidad (minusvalía) en grado igual o superior al 33 por ciento los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, y a los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad». Con anterioridad el articulo 7.1 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de las Personas con Discapacidad (Lismi) considera como personas con discapacidad (minusválidos en la redacción original) y a efecto de lo igualmente establecido en ella, a «toda persona cuyas posibilidades de integración educativa, laboral o social se hallen disminuidos como consecuencia de una deficiencia, previsiblemente permanente, de carácter congénito o no, en sus capacidades físicas, psíquicas o sensoriales». Significar finalmente que la Disposición adicional octava de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, determina que las referencias en los textos normativos preexistentes a «minusválidos» y a «personas con minusvalía», se entenderán realizadas a «persona con discapacidad» o «personas con discapacidad» respectivamente, siendo estos términos los que deberán de utilizarse en lo sucesivo por las Administraciones Públicas para denominar a estas personas. Valoración de la discapacidad La valoración de la discapacidad, expresada en porcentaje, se realizará mediante la aplicación de los criterios técnicos unificados fijados en el baremo establecido por el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, y las modificaciones introducidas por el Real Decreto 1856/2009, de 4 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad; para la determinación del grado de discapacidad, el porcentaje obtenido en la valoración, de las Limitaciones en la actividad de la persona derivadas de las deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales, si alcanza el mínimo de un 25%, se incrementará con la adición de la puntuación obtenida en el baremo de factores sociales complementarios que limitan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás. Los dictámenes técnico-facultativos para el reconocimiento de grado serán emitidos por los órganos técnicos competentes dependientes de los órganos correspondientes COCEMFE 5

6 Página: 6 de 17 de las Comunidades Autónomas a quienes hubieran sido transferidas las funciones en materia de calificación del grado de discapacidad y por los equipos de valoración y orientación del Instituto de Mayores y Servicios Sociales en su ámbito competencial. IMPORTANTE: Para poder ser aceptados los proyectos de adquisición de inmuebles, obras de nueva construcción de inmuebles y obras de reforma, adecuación o rehabilitación destinados a Centros de Día, Centros Residenciales, Viviendas Tuteladas y/o de Convivencia para personas con alto grado de discapacidad, y que supongan una inversión importante han de CUMPLIRSE LOS SIGUIENTES REQUISITOS: 1. Disponer de titularidad suficiente sobre el terreno (derecho de superficie) o inmueble sobre el que se va a construir y/o realizar obras (Se especifica en la guía como documentación necesaria la que ha de aportarse) 2. No se admitirá que el solar (derecho de superficie) o inmueble a construir, tenga un gravamen / hipoteca previa a la solicitud o en el intervalo de la construcción (mientras se construye). De igual forma no se admiten gravamen / hipoteca en la adquisición (compraventa) de inmueble. 3. No se admitirá a aquellos proyectos de construcción que tengan ya realizada la Declaración de Obra Nueva Previa en Construcción, dado que es un proceso que debe contar con la aprobación previa del Ministerio e incluir las clausulas de obligado cumplimiento que así recogen las diferentes Ordenes de Bases. 4. Disponer de compromisos de cofinanciación y solvencia económica suficiente para poder realizar las inversiones sin necesidad de gravar/ hipotecar este bien ya que con posterioridad no se va a permitir. Ser consciente que en caso de subvención (aunque esta se parcial) todo el inmueble queda sujeto a la finalidad que sirvió de fundamento para la subvención durante un período de 20 años. Indicar que el destino para el cual se subvenciona deberá mantenerse durante 20 años, a partir de la escritura de declaración de obra nueva o compra venta. 5. Ser consciente de que en caso de subvención cuando se adquiera un inmueble, o se construya uno nuevo, ha de realizarse necesariamente un proceso de escrituración que debe contar con la aprobación previa del Ministerio, absteniéndose por tanto la Entidad de realizar ningún trámite relativo a escrituración sin la debida autorización. 6. Ser consciente que en caso de subvención (aunque esta sea parcial) todo el inmueble queda obligado a solicitar autorización del Ministerio para efectuar cualquier acto de disposición o gravamen sobre él. 7. Disponer de compromisos reales y demostrables de cofinanciación de otras Entidades Públicas y/o privadas que aseguren la viabilidad de los gastos de la inversión en los plazos previstos COCEMFE 6

7 Página: 7 de 17 NOVEDAD DE ESTA CONVOCATORIA: II. Requisitos comunes a todos los programas que incluyan inversiones 1. Cuando se prevea la adquisición de equipamiento: 1.1 Con carácter general, presupuesto de la casa suministradora, con indicación del coste por unidad y del importe total de las adquisiciones que se pretenden realizar. 1.2 NOVEDAD Cuando el coste del equipamiento supere los euros, (antes ) deberán aportarse como mínimo tres ofertas distintas, debiendo justificarse la elección de una de ellas. 2. Cuando se prevea la adquisición de inmuebles: 2.1 Documento acreditativo de oferta formal de compra en el que se especifiquen las características del inmueble, planos, precio y condiciones del pago. 2.2 Certificado de tasador independiente debidamente acreditado e inscrito en el correspondiente registro oficial. 3. Cuando se prevea la realización de obras de construcción, adaptación o mejora de inmuebles: 3.1 Documento acreditativo de que se dispone de titularidad suficiente sobre el inmueble o, caso de que sean inmuebles arrendados o cedidos, contrato de arrendamiento o documento acreditativo de cesión al menos por 20 años, y autorización del propietario. 3.2 NOVEDAD Cuando el coste de la obra supere los euros (antes era ), deberán aportarse como mínimo tres ofertas distintas, debiendo justificarse la elección de una de ellas. 3.3 Anteproyecto presupuestado o proyecto de obras, ajustado a la normativa vigente y con las especificaciones técnicas y arquitectónicas adecuadas a los usuarios del centro. Cuando se trate de obras de menor cuantía (conservación y reparaciones de menor cuantía) deberá presentarse, en su lugar, presupuesto detallado y memoria firmada por el Contratista. 3.4 Informe sobre viabilidad urbanística y acreditación de la posibilidad legal de obtener las licencias y permisos necesarios. En ningún caso, se considerará como cofinanciación el valor del terreno en el que se realizará la obra de construcción. 4. Si el programa ha sido subvencionado en anteriores convocatorias y el proyecto no ha sufrido reformas ni revisiones o variaciones en el precio inicial, será suficiente la presentación de una declaración del representante de la entidad en la que conste que no han sufrido modificación los documentos anteriormente presentados. 5. Cuando se trate de proyectos de obra nueva, remodelación y/o adecuación de plazas, así como de equipamiento, financiados en convocatorias anteriores, debe acompañarse certificado del director facultativo relativo a la ejecución de la obra realizada COCEMFE 7

8 Página: 8 de 17 ASPECTOS ESPECÍFICOS DE LA CONVOCATORIA QUE DEBEN SER TENIDOS EN CUENTA 1.- EN EL FORMULARIO RESUMEN DEL PROYECTO Debe estar debidamente cumplimentado en letra minúscula (importante y que no debe ser olvidado) en todos y cada uno de sus apartados. Debe contener la información de forma completa, clara, precisa y reflejar de forma fiel las acciones que se van a realizar (En base a este documento el Ministerio hará la valoración). NOVEDAD: solo se presentará el Formulario Resumen Proyecto y NO Proyecto desarrollado. En este documento figura la información necesaria para poder cumplimentar los formularios oficiales que hay que presentar en el Ministerio. (Es imprescindible la entrega en papel y en soporte informático) Debe prestarse especial atención a: La entidad ejecutante que debe contener el nombre exacto (el que aparezca en la última modificación de Estatutos) de la Entidad titular del proyecto (cuidado en el caso de Centros Especiales de Empleo o Servicios con entidad jurídica propia) El nombre y tipo del Proyecto que debe ajustarse a los de la convocatoria que arriba se han detallado y reflejar lo más fielmente posible lo que se va a realizar Los objetivos que deben ajustarse fielmente a lo que se desea realizar y ser claros, concretos y medibles (o. específicos) Los indicadores deben ser claros, concretos y medibles y servir para medir el grado de cumplimiento de los objetivos Las Actividades que deben indicar lo que realmente se solicita y lo que van a realizar. (P.ej. sin van construir un C. de Día deberán indicar lo que van a realizar en esta convocatoria y van a ejecutar: Redacción del Proyecto Básico y de Ejecución, Pago de Licencia, y capítulo 001 de obras: movimiento de tierras, etc). Imprescindible poner el número de beneficiarios directos Las fechas de ejecución que deben encontrarse entre las fechas previstas de ejecución (01/01/2014 al 31/12/2014). Deben ser amplias para facilitar la flexibilidad en la ejecución de las partes del proyecto. (ej. No indiquen 01/02/2014 a 31/03/2014) La información sobre Financiación obtenida anteriormente debe ser exacta y la fecha referirse al año de la resolución COCEMFE 8

9 Página: 9 de 17 Coherencia y coincidencia entre diferentes apartados que coincidan números (ej. Beneficiarios) y cantidades (ej. Personal) Presupuestos (por su importancia se desarrolla posteriormente) Firma y sello del Resumen por el representante legal de la Entidad 2.- EN LA COFINANCIACIÓN Para los proyectos de: Centros de Día y Ocupacionales, Centros Residenciales y Viviendas Tuteladas y/o de Convivencia o Centros de Alojamientos es requisito imprescindible acreditar cofinanciación pública o privada. El Ministerio no especifica el porcentaje, pero es imprescindible que el proyecto demuestre mediante compromisos con Entidades Públicas y Privadas la viabilidad del proyecto de adquisición o construcción en plazos no muy dilatados. (Muy importante) Esta cofinanciación debe justificarse con documento de concesión. En caso de no contar aún con la resolución se puede aportar documento de solicitud y descripción certificada de la positiva situación en que se encuentra la negociación con los otros cofinanciadores, con compromiso de aportar resolución cuando se tenga. NOVEDAD: Proyectos que contemplen obras de construcción, reforma, remodelación deberán RELLENAR EL CUADRO EXCEL DE COFINANCIACIONES (doc.18), se indicará si en el año o anteriores ha recibido subvenciones ajena (no propia) para el objeto de las obras, remodelación o rehabilitación. 3.- COSTES ADMISIBLES Y REQUISITOS DE PRESENTACION PARA LOS PROYECTOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS: Atención y Desarrollo Personal, Atención Domiciliaria, Apoyo a Familias, Atención Nocturna, Servicios de Respiro o Descanso Familiar y Apoyo a Familias con personas con Discapacidad a su cargo. Se acepta incluir costes de personal, actividades, gastos de viajes y pequeños equipamientos Para el cálculo de los costes de personal las retribuciones del personal laboral imputables a la subvención estarán limitadas por las cuantías recogidas en la tabla que a continuación se detalla para los diferentes grupos de cotización a la Seguridad Social en el 2012, incrementados por un porcentaje estimativo del IPC para el 2013: COCEMFE 9

10 Página: 10 de 17 Grupo I: Grupo II: Grupo III: Grupo IV: Grupo V: Grupo VI y VII: Grupo VIII: ,00 euros ,00 euros ,00 euros ,00 euros ,00 euros ,00 euros ,00 euros Los importes recogidos están referidos a catorce pagas anuales para una jornada semanal de cuarenta horas. Para jornadas inferiores a cuarenta horas se realizará el cálculo proporcional. A las retribuciones se sumarán los gastos de Seguridad Social correspondiente a la empresa y su total constituirá el gasto subvencionable por costes de personal laboral. NOTA: Dentro de la convocatoria del IRPF, el Ministerio no admite dentro de las categorías profesionales, que se puedan subvencionar, las de personal de Administración/Gestión (Directores, Coordinadores, Administrativos, Auxiliares Administrativos...) Los gastos de dietas y viajes no podrán superar el 3% de la suma del total solicitado al Ministerio para Gastos corrientes (Importante) Todos los proyectos que sean aprobados que conlleve contratación de personal (Ayuda a Domicilio, Apoyo para la Autonomía Personal y la Vida autónoma, Descanso familiar, Intervención con Familias, etc ), deberán comunicar de forma obligatoria en el mes de enero de 2014 el personal fijo que se vinculara al programa PARA LOS PROYECTOS DIRIGIDOS A LA ADAPTACIÓN DE VIVIENDAS DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD PARA ELIMINACIÓN DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS, se deberá aportar: Acreditación de la titularidad o derecho suficiente sobre la vivienda, o en su caso, autorización expresa del arrendador, propietario o titular del derecho. Acreditación de la residencia efectiva, así como de obtener las licencias y permisos para la ejecución de las obras. Compromiso de la Entidad Solicitante de exigir a los beneficiarios del proyecto lo anterior (modelo especifico) En cuanto a las inversiones a realizar en la vivienda tener en cuenta la documentación a aportar: NOVEDAD: Si las obras superen la cuantía de ,00, se deberán aportar: Tres presupuestos equivalentes de distintas empresas constructoras COCEMFE 10

11 Página: 11 de 17 Cuadro de Excel según modelo de la convocatoria, agrupando los presupuestos. Certificación de la Entidad según modelo de la convocatoria eligiendo uno de estos presupuestos, junto con memoria detallada, explicativa de la elección, y de la excepcionalidad cuando este no sea el de inferior precio. Anteproyecto presupuestado o proyecto de obras, ajustado a la normativa vigente y con las especificaciones técnicas y arquitectónicas adecuadas. Si se trata de obras de menor cuantía (conservación y reparaciones de menor cuantía) bastará con presupuesto detallado y memoria firmada por el contratista. Informe de viabilidad urbanística y acreditación de la posibilidad legal de obtener las licencias y permisos necesarios PARA LOS PROYECTOS DE CENTROS DE DÍA Y OCUPACIONALES, RESIDENCIAS Y VIVIENDAS TUTELADAS O CENTROS DE ALOJAMIENTOS, TENEMOS VARIAS POSIBILIDADES: Creación de un centro nuevo: puede ser vía adquisición o vía construcción de inmueble. Si hay adquisición puede incluir también obras de adaptación. También es posible incluir costes de equipamiento, pero como estos proyectos suelen desarrollarse a lo largo de varios años, no debe incluirse en la petición inicial, sino en el último año, pues nos encontraríamos con un equipamiento sin lugar para ponerlo. En ningún caso se aceptan gastos corrientes: personal, actividades, mantenimiento, dietas y gastos de locomoción Centros en funcionamiento: es posible efectuar obras de adecuación y mejora de infraestructuras y eliminación de barreras, así como reposición de equipamiento. No se aceptan gastos corrientes, por lo que no se pueden incluir gastos de mantenimiento y funcionamiento. También se incluye la dotación de vehículos adecuados y el personal de apoyo para el traslado de los usuarios, PCD, que no puedan utilizar medios de transporte normalizado (se admiten los gastos de conductores o de Auxiliares de Transporte, para los Centros en Funcionamiento) COCEMFE 11

12 Página: 12 de 17 PARA TODOS LOS PROYECTOS QUE PREVEAN INVERSIONES DEBEN ADJUNTAR INELUDIBLEMENTE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN SEGÚN LOS CASOS (no se admitirán proyectos que no aporten toda la documentación): PARA LOS PROYECTOS QUE PREVEAN LA ADQUISICIÓN DE INMUEBLES DEBEN APORTAR: Documento acreditativo de oferta formal de compra en el que se especifiquen las características del inmueble, planos, precio y condiciones de pago. Se debe adjuntar Certificado de Tasador debidamente acreditado e inscrito en el correspondiente Registro sobre el precio del inmueble PARA LOS PROYECTOS QUE PREVEAN LA REALIZACIÓN DE OBRAS DE CONSTRUCCIÓN, ADAPTACIÓN O MEJORA DE INMUEBLES DEBEN APORTAR: Certificado del Registro de la Propiedad que acredite la titularidad del inmueble sobre el que se van a realizar las obras de adaptación y mejora (no aportar escrituras) Documento acreditativo de que se dispone de titularidad suficiente sobre el solar/terreno/inmueble: A. Si es adquirido por la entidad: escritura de compra venta del terreno donde se va a construir y certificado del Registro de la Propiedad. B. Si es cedido a la entidad: documento acreditativo de cesión (escritura de cesión, Convenio de Cesión, etc) C. Si son inmuebles arrendados: contrato de arrendamiento D. Autorización del propietario para la realización de las obras. (En caso de cesión, en dicho documento acreditativo de Titularidad, dicha cesión deberá ser al menos por 20 años, y debe especificarse que este plazo comienza a partir de la finalización de la obra) Anteproyecto o Proyecto de obras (Básico y de Ejecución) visado por el colegio oficial correspondiente, ajustado a la normativa vigente y con las especificaciones técnicas y arquitectónicas adecuadas a los usuarios del centro. Cuando se trate de obras de menor cuantía (conservación y reparaciones de menor cuantía) deberá presentarse, en su lugar, presupuesto detallado y memoria firmada por el contratista. NOVEDAD: Si el presupuesto es superior a (novedad) se deberán aportar: COCEMFE 12

13 Página: 13 de 17 Tres presupuestos equivalentes de las constructoras, tres diferentes (generalmente referidos al proyecto de obra). Cuadro de Excel según modelo de la convocatoria, agrupando los presupuestos. Certificación de la Entidad según modelo de la convocatoria eligiendo uno de estos presupuestos, junto con memoria detallada, explicativa de la elección, y de la excepcionalidad cuando éste no sea el de menor coste. Licencia de obras si se dispone de ella. En caso contrario Informe sobre viabilidad urbanística y acreditación de la posibilidad legal de obtener las licencias y premisos necesarios. Imprescindible (se obtiene en los Ayuntamientos) Si el proyecto ha sido subvencionado en anteriores convocatorias y el proyecto de obras no ha sufrido reformas ni revisiones o variaciones en el precio inicial, será suficiente la presentación de una declaración del representante de la entidad en la que conste que el programa ha sido subvencionado en anteriores convocatorias y que el proyecto de obra no ha sufrido reformas, ni revisiones o variaciones así como el contrato de Ejecución respecto al precio inicial o el anteriormente presentado (según modelo que se anexa). Si hubiese modificaciones: nuevo presupuesto modificado, justificado mediante certificado por el profesional correspondiente del incremento del precio atendiendo a los índices que a tal efecto se utilizan y nuevos presupuestos comparativos LOS PROYECTOS QUE PREVEAN LA ADQUISICIÓN DE EQUIPAMIENTO DEBEN APORTAR: Presupuesto de la casa suministradora, con indicación del coste por unidad y del importe total de las adquisiciones que se pretende realizar. NOVEDAD: Si el presupuesto total del equipamiento es superior a (novedad) se deberán aportar: Tres presupuestos equivalentes de distintas casas suministradoras, siempre con los Mismos productos y cantidades que lo hagan comparable (si se trata de vehículos deben ser de la misma marca) Cuadro de Excel según modelo de la convocatoria, agrupando los presupuestos. Certificación de la Entidad según modelo de la convocatoria eligiendo uno de estos presupuestos, junto con memoria detallada, explicativa de la elección, y de la excepcionalidad cuando éste no sea el de inferior precio. COCEMFE 13

14 Página: 14 de 17 LOS PROYECTOS DIRIGIDOS A PROPORCIONAR SERVICIOS TRANSITORIOS (ALOJAMIENTO EN PISOS TUTELADOS) EN POSTOPERATORIOS, Y EN CASOS DE DESPLAZAMIENTOS POR MOTIVOS MÉDICOS En estos proyectos solo pueden incluirse los gastos derivados del funcionamiento y mantenimiento de estas viviendas transitorias tuteladas (se permiten gastos de personal y de actividades y mantenimiento de los mismos) Deberá acreditarse la titularidad de los inmuebles (pisos tutelados, de alojamiento transitorio) mediante la escritura a nombre de la entidad o mediante los contratos de arrendamiento de los mismos actualizados Se admiten pequeñas inversiones para dotaciones necesarias.(equipamiento) 5.- ELABORACIÓN DE PRESUPUESTOS El presupuesto debe ser muy ajustado a las previsiones reales de financiación A la hora de elaborar el presupuesto de los proyectos de duración superior a un año, es muy importante diferenciar entre el presupuesto total global y el de la fase que se pretende financiar/ solicitar con la presente convocatoria. En el Formulario Resumen del Proyecto (formulario que se adjunta) sólo debe figurar el presupuesto de la fase a ejecutar con cargo a la presente convocatoria. En el presupuesto que se anexa al proyecto debe figurar el presupuesto total del proyecto global (incluyendo costes y financiación) y de forma diferenciada el presupuesto concreto para esta fase (costes y financiación). En caso de ser continuista también hay que incluir el presupuesto de lo ya ejecutado en años anteriores (incluyendo costes y financiación). En el caso de proyectos que requieran un mantenimiento posterior (centros, transporte...), indicar su coste y cómo se va a financiar. En el caso de los proyectos continuistas cuando el proyecto de obra o el presupuesto de la construcción varíe ha de aportarse de nuevo. En caso de no hacerlo se aportará el modelo que se adjunta en la convocatoria 6.- PERÍODOS DE EJECUCIÓN: A la hora de diseñar el proyecto es necesario tener en cuenta que en caso de ser aprobado su período de ejecución se iniciará el 1 de Enero de 2014 y finalizará el 31 de diciembre de Sólo podrán incluirse por tanto gastos y actividades realizadas en ese período (no se admitirán por tanto pagos a cuenta, ni albaranes con fecha anterior o posterior a ese período). COCEMFE 14

15 Página: 15 de 17 Ej. Facturas de teléfono pagadas en enero de 2014, no se pueden incluir dado que los gastos son los de noviembre y diciembre del OBLIGACIONES Y REQUISITOS EXIGIDOS POR EL MINISTERIO El Ministerio define una serie de obligaciones y requisitos que son convenientes tener en cuenta antes de presentar los proyectos: Se le ha de comunicar la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad. Y se han de justificar mediante documentos acreditativos (Modelos de justificación ante esas otras Entidades) las cofinanciaciones obtenidas para el mismo fin en ese año. (Se ha creado una base de Datos Estatal sobre subvenciones) Las entidades propuestas como ejecutantes deben hallarse al corriente de sus respectivas obligaciones tributarias y de la seguridad social y que asuman el compromiso a acreditarlo en cualquier momento, es por ello que previo a la presentación de la solicitud ante el Ministerio, pedimos a todas las entidades solicitantes que nos envíen sus certificados de la AEAT y la Seguridad Social. Deben tener suscrita póliza de seguro de accidentes y enfermedad y de responsabilidad civil a favor del personal voluntario que participe en los programas subvencionados En los programas en que se proponga la construcción de edificios o la adaptación de locales durante el período de ejecución previsto, la entidad deberá ostentar la titularidad suficiente sobre los correspondientes terrenos o locales y disponer de las respectivas licencias que permitan la realización de las obras para las que se solicita subvención Las entidades deberán ESCRITURAR, y elevar a público los bienes adquiridos o construidos (total o parcialmente con fondos del IRPF) con cargo a esta subvención, incluyendo cláusulas de obligado cumplimiento, y en su escritura pública deberán aparecer de forma inexcusable las siguientes cláusulas: Destinar la totalidad del inmueble construido o adquirido al fin concreto para el que se concedió la subvención durante al menos veinte años (treinta años si son entidades que vienen siendo subvencionadas desde el IRPF 2004) Solicitar autorización del Ministerio, para efectuar cualquier acto de disposición o gravamen sobre el inmueble En el supuesto de que dentro del período de veinte años (treinta años si son entidades que vienen siendo subvencionadas desde el IRPF 2004), la entidad desapareciese o cambiase los fines que justificaron la concesión de la Subvención, deberá procederse a la devolución en la COCEMFE 15

16 Página: 16 de 17 cuantía que corresponda en función del valor de los inmuebles en el momento en que se produjesen dichas circunstancias. Además deberán respetar un proceso de escrituración determinado por el Ministerio para la realización y formalización de escritura pública Obligación de realizar un borrador de escritura pública, previo a la Escritura Pública final, en el que se recoja las cantidades recibidas por parte del Ministerio en los respectivos años que ha sido subvencionada, indicando fecha del Convenio Programa y la Cantidad recibida, aparte de las anteriores cláusulas de obligado cumplimiento. Este borrador es remitido por COCEMFE al Ministerio para que sea su departamento jurídico quién lo revise y lo autorice para firma La comunicación de día, hora, lugar y Notaria lo realiza COCEMFE al Ministerio, previa comunicación de la entidad ejecutante a COCEMFE de esos datos por escrito A la firma de escrituras deberá ser compareciente el representante legal de la Entidad Ejecutante de la Subvención y el representante legal de COCEMFE (que podrá o no asistir a la misma, si no asiste se realizará Escritura de Ratificación en Madrid por parte de COCEMFE ante Notario) y el Representante Legal del Ministerio interviene como mero testigo en el acto de formalización de escritura. Las entidades deberán incluir en inventario los inmuebles adquiridos, o construidos, así como el equipamiento adquirido con la subvención (Anexo VI y VII del Manual de Instrucciones de Justificación que cada año el Ministerio edita y se entrega a las entidades beneficiarias de subvenciones) No se podrán hipotecar ni gravar los bienes adquiridos total o parcialmente con fondos del IRPF sin expresa autorización de éste el Ministerio es muy reacio a otorgar estas autorizaciones (expresamente recogido en las Ordenes de convocatoria) 8.- OTRAS OBLIGACIONES En caso de ser aprobado el proyecto: Abrir una cuenta única y exclusiva para esta subvención, que se cerrará a 31/12/2014 Los proyectos que sean subvencionados con cargo al IRPF, en referencia a todos aquellas entidades ejecutantes, que tienen la partida de personal deberán comunicar en enero del 2014 a COCEMFE todos los contratos indefinidos o de obra y servicio que se hayan convertido automáticamente en indefinidos, y que quedan vinculados al programa IRPF 2013, para ser comunicados al Ministerio y sean admitidos sus gastos (Ej.: contrato indefinido que aun vinculándose en marzo del 2014, se deberá comunicar en enero 2014, dado que si no se hace, los COCEMFE 16

17 Página: 17 de 17 gastos que se produzcan a partir de marzo del 2014 cuando empieza el programa no serían admitidos- IMPORTANTE) En todos los contratos nuevos que se realicen se debe incluir en el contrato la siguiente cláusula de vinculación: El presente contrato queda afecto a la ejecución del proyecto subvencionado con cargo a la convocatoria de subvención IRPF Localización del proyecto ( ) (elegir: estatal/ provincial/local), localidad ( )". Sean nuevos contratos, sean indefinidos, o bien que por ley se hayan convertido en indefinidos, en cualquier caso y cualquier tipo de contrato, se deberá incluir de forma obligatoria la cláusula de obligado cumplimiento y se deberá realizar una modificación al contrato o si son nuevos incluir dentro del contrato y presentarse al Servicio Publico de Empleo, bien en papel o a través de la red contrata (presentación por internet). Los ingresos que generen los programas, así como los intereses devengados por la subvención se deben reinvertir en los programas subvencionados y justificarse convenientemente Realizar la actividad que fundamenta la concesión en el plazo de ejecución (Desde el 01/01/2014 hasta 31/12/2014); y en la forma, términos y condiciones que se establezcan en el convenio-programa Las entidades subvencionadas deberán facilitar el grado de cumplimiento de los programas, de acuerdo con el calendario e instrucciones dictadas (Memorias de Seguimiento, en septiembre de cada año) Las entidades u organizaciones subvencionadas quedan obligadas a justificar los gastos efectuados con cargo a la subvención recibida, de conformidad con el Manual de Instrucciones de Justificación de Subvenciones, editado por el Ministerio para cada Convocatoria. Las entidades subvencionadas deberán presentar una memoria final justificativa (Denominada de Actuación ANEXO XII) de la aplicación de las subvenciones concedidas en el plazo previsto en el Convenio-Programa. Las entidades subvencionadas deberán presentar un cuadro de cofinanciaciones según modelo que se les proporcionará y listados de facturas presentados a los cofinanciadores Así como Movimientos Contables, enviar todos los movimientos bancarios/contables producidos en la cuenta única donde se ha ingresado la subvención y de la que se han realizado los pagos para la justificación del proyecto. COCEMFE 17

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