(ACTUALIZACION ESTATUTOS)
|
|
- María del Rosario Lagos Godoy
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 PROPUESTA (ACTUALIZACION ESTATUTOS)
2 ESTATUTOS (Actualización 2015) ANTECEDENTES. Corrian los años de 1969, tal vez inicios del 70 y, por inquietud de los Profesores y Ex Alumnos del Curso de Especialización en Cirugía Plástica y Reconstructiva con sede en el Hospital General de México de la SSA y avalado por la división de Postgrado de la Escuela Nacional de Medicina de la UNAM, se decidió,que para fines del año de 1970, se efectuara una reunión científica entre los profesores, los residentes y los ex residentes del servicio para intercambiar experiencias profesionales y estimular la identidad entre los participantes y ex alumnos de dicho curso. En esa primera reunión se determinó fundar una asociación civil denominada Asociación de Médicos Residentes y Ex Residentes de Cirugía Plástica y Reconstructiva del Hospital General de México la cual quedó debidamente protocolizada y registrada ante Notario en el año de 1971 y por eso aparece dicho número en el logo distintivo que fue inspirado en la escultura denominada La Catedral de Rodín debido a que dos manos enfrentadas están en significativo gesto de saludo y amistad que es uno de los objetivos pretendidos. Las reuniones anuales se perpetuaron en el Hospital General SA hasta que en el año de 1978, el Servicio y los profesores se mudaron del Hospital General de México a su nueva sede en el Hospital Dr. Manuel Gea González al sur de la ciudad de México. La Asociación persistió hasta que en la reunión anual de fin de ese año se efectuara un día en cada hospital y, en Asamblea General, se determino modificar el nombre y llamarle desde entonces Asociación de Residentes y Ex Residentes de Cirugía Plástica Dr. Fernando Ortiz Monasterio, con la finalidad de incluir a ambas sedes en una Asociación. Dicho nombre que se conserva hasta la actualidad fue debidamente registrado y protocolizado desde En el año de 1981, se crea en el Hospital General otra asociación similar asociando a los residentes y ex residentes de Cirugía Plástica de dicha Institución académica y asistencial. Desde 1979 hasta la fecha, la sede de la Aso-Fom permanece en el Hospital Gea González donde el maestro sus labores asistenciales hasta su sensible fallecimiento en Octubre 31 del año 2012 y se ha acordado mantener en dicha Institución a nuestra base de actividades.
3 Debido a que el tiempo ha transcurrido y han sucedido varios hechos primordialmente relacionados con el sensible fallecimiento del Maestro Ortiz Monasterio, en la Asamblea General del año 2015 se determinó convocar a una comisión con la tarea de actualizar el estatuto vigente por lo que para tal efecto recayó dicha labor en el actualizado Consejo Consultivo que, inmediatamente se dio a la tarea de cumplir con dicha comisión elaborando este documento final para ser revisado por la Asamblea extraordinaria de Puerto Vallarta, Jalisco El primer tema a discusión por la Comisión de actualización del estatuto fue en el Artículo I sobre la Denominación de la Asociación. Se decidió no modificar nada el nombre ya que Ex Residentes somos y Residentes fuimos pero los correspondientes siguen teniendo opciones en su último año de entrenamiento y son Residentes.
4 ESTATUTOS (Actualización 2015) ESTATUTO 2015 ARTÍCULO I.- DENOMINACIÓN: En 1979, se cambia el nombre y se constituye, protocoliza y registra ante notario una asociación civil con la denominación de Asociación de Médicos Ex Residentes y Residentes de Cirugía Plástica y Reconstructiva Dr. Fernando Ortiz Monasterio con sede permanente en la Ciudad de México en el Hospital Dr. Manuel Gea González.
5 ARTÍCULO II.- FINALIDADES: 1) Auspiciar la celebración de actos científicos y culturales que contribuyan a formar y mantener vivo el espíritu fraternal del grupo y proyectar a este como tal en los círculos científicos, 2) Mantener entre sus asociados la unión de la escuela de Cirugía Plástica logrando la superación del grupo de manera uniforme. 3) Estrechar los lazos de compañerismo, amistad y ayuda entre los individuos médicos que se formaron bajo la guía del curso de postgrado de la especialidad del Dr, Fernando Ortiz Monasterio y en los cursos de postgrado debidamente registrados de sus alumnos directos. 4) Mantener contacto espiritual y científico entre sus asociados y sus familias. 5) Preservar la eterna búsqueda de la excelencia que nos enseñó el profesor tanto en nuestra vida personal como profesional. 6) Preservar la memoria del maestro fundador Dr. Fernando Ortiz Monasterio. ARTÍCULO III.- ACTIVIDADES: Para llevar a cabo las finalidades antes mencionadas, la Asociación desarrollará las siguientes actividades: 1) Mantener una Mesa Directiva debidamente integrada conforme marca este estatuto. 2) Celebración de dos reuniones anuales, la primera a inicios del año con carácter científico cultural y social en la sede oficial del Curso y otra durante la noche llamada de Grupos durante el Congreso Nacional en la fecha por ellos determinada. 3) Organizar por lo menos dos eventos científicos en el curso de cada año lectivo que se llevarán a cabo en la sede que fije la mesa directiva en funciones.
6 4) Actualización permanente de un directorio de sus miembros así como una página Web actualizada, 5) Incluir Servicio informativo sobre Becas, Cursos, Congresos etc. 6) Apoyo a los residentes del Hospital Gea González y de los cursos correspondientes en el Concurso Nacional de Residentes. ARTÍCULO IV.- MIEMBROS : Se consideran cuatro categorías de miembros asociados ya sean mexicanos o extranjeros. 1) Miembros Fundadores; Todos aquellos médicos cuya formación en la especialidad de Cirugía Plástica la hayan efectuado en el curso del Profesor Fernando Ortiz Monasterio con sede en el Hospital General de México antes de 1971 así como aquellos residentes del segundo y tercer año que se encontraban inscritos en el curso de especialización de la UNAM en esa sede en Los firmantes del acta constitutiva de la Asociación de Ex Residentes y Residentes de Cirugía Plástica y Reconstructiva del Hospital General de México. Tienen derecho a voz, voto y ser votados. 2) Miembros Titulares: Todos los médicos que hayan ingresado como residentes y terminado su entrenamiento en la sede del Profesor Ortiz Monasterio desde 1973 hasta su retiro. Tienen derecho a voz, voto y ser votados 3) Miembros Correspondientes: Se consideran a aquellos que cursen su entrenamiento como residentes de esta especialidad en un Curso Universitario de Post Grado aprobado por el Consejo Mexicano de Cirugía Plástica Estética y Reconstructiva A.C. cuyo profesor titular sea miembro fundador o titular de esta Asociación y que inicien su cuarto año de entrenamiento. Tienen derecho a voz sin voto pero si pueden ser votados. (A partir del año de 2013 y para el futuro, ya solo existirán nuevos miembros correspondientes debido al fallecimiento del Profesor Fernando Ortiz Monasterio).
7 4) Miembros Honorarios: Este título será conferido como una distinción a Médicos con relevantes cualidades científicas y morales, por proposición de mínimo cinco miembros titulares de la Asociación ante la Mesa Directiva y con aceptación de dos terceras partes de la Asamblea General. Tienen derecho a voz, voto y ser votados. ARTÍCULO V.- GOBIERNO; 1) Estará a cargo de una Mesa Directiva electa en Asamblea General e integrada por; Un Presidente, Un Vicepresidente. Un Secretario. Un Tesorero. Dos Vocales, Un Consejo Consultivo y las Comisiones requeridas. 2) Cada Mesa Directiva durará en funciones por un periodo de un año y tendrá amplias facultades para pleitos y cobranzas, actos de administración y de riguroso dominio, en los términos de los artículos 2554 y del 2587 del Código Civil vigente. ARTÍCULO VI.- ASAMBLEAS: Serán convocadas por la Mesa Directiva en funciones existiendo dos variables; A) Asamblea General Ordinaria y B) Asamblea Extraordinaria. En ambas debe existir primera convocatoria y si no hay quórum legal (la mitad mas uno de los miembros fundadores y titulares) se convocará por segunda ocasión 10 minutos después para instalar la Asamblea con el número de votantes presentes. A) Asamblea General Ordinaria. Se instituyen como reuniones oficiales que se llevarán a cabo en la reunión anual para rendir informes (Presidente saliente, Secretario, Tesorero y Comisiones) correspondientes al último año y se efectuarán las elecciones correspondientes para la siguiente Mesa Directiva. La autoridad máxima de la Asociación es la Asamblea General legalmente constituida. B) Asamblea Extraordinarias; Pueden ser convocadas por la Mesa Directiva en cualquier tiempo cuando el caso lo amerite,
8 con el número de miembros con derecho a voz y voto presentes en la segunda convocatoria efectuada 10 minutos después de una primera. ARTÍCULO VII.- VOTACIÓN Y ELECCIONES: Se llevarán a cabo en Asamblea General legalmente constituida. Las elecciones de Mesa Directiva serán por votación abierta o cerrada en la cual tomarán parte exclusivamente los miembros fundadores y titulares, al corriente de sus cuotas, no pudiendo reelegirse en el mismo cargo en el periodo siguiente. Se hará de la siguiente manera: A) Presidente; Será un miembro Titular de esta Asociación electo el año anterior por voto secreto o abierto en Asamblea General. B) Vicepresidente; Será un miembro Fundador o Titular elegido de igual forma y automáticamente (Salvo incapacidad) ejercerá el cargo de Presidente en la siguiente gestión. C) Secretario; Será designado directamente por el Presidente entrante. D) Tesorero: Electo por cualquier tipo de votación pudiendo recaer en cualquier tipo de miembro. E) Vocales; Serán votados directamente una vez propuestos y avalados por la Asamblea. F) Consejo Consultivo. G) Comisiones: Pueden ser nombradas directamente por la Mesa Directiva y ratificadas por la Asamblea. Tipo de comisiones; Científicas, Sociales, Culturales, Editoriales y otras de tipo extraordinario. ARTICULO VIII.- FUNCIONES; El gobierno funcionará válidamente con la concurrencia de tres de los miembros de la Mesa Directiva electa. Continuará en sus funciones mientras no se lleve a cabo una nueva elección y sus
9 miembros no tomen posesión de sus cargos efectuada en la forma tradicional con toma de protesta. A) El Presidente presidirá todas las juntas o Asambleas y vigilará la buena marcha de la sesión. Integrará el Consejo consultivo. Organizará directamente las actividades del año y rendirá un informe al final de su gestión. B) El Vicepresidente colaborará activamente con la Mesa Directiva y estará listo para, en caso de contingencia, suplir al Presidente en casos necesario representando a la Asociación. C) El Secretario colaborará directamente con las indicaciones del Presidente. Redactará las actas correspondientes a las actividades desarrolladas. Enviará citatorios y llevará actualizado los registros de la membresía y la Asociación en pleno. Deberá rendir informe anual o cuando la Asamblea lo requiera. D) El Tesorero; Se encargará de llevar cuentas clara y transparentes en todo momento y listas para ser exhibidas en cualquier momento tanto de depósitos. Gastos en una cuenta bancaria que debe tener firma mancomunada con el Presidente. Emitirá los recibos correspondientes y se encargará de tener actualizados recibos deducibles conforme a los lineamientos vigentes. Rendirá informe anual. Deberá rendir informe anual o cuando la Asamblea lo requiera. E) Los Vocales efectuarán las comisiones que se les asignen por el resto de la Mesa Directiva o de la Asamblea. F) Del Consejo Consultivo: Estará integrado por cinco miembros ratificados por la Asamblea y estará constituido por: El Ex Presidente saliente (un año), El Presidente en Funciones (Un año). El Profesor Titular del Curso de Postgrado de Cirugía Plástica de la UNAM con sede en el Hospital Dr. Manuel Gea González (Mientras dure) y Dos
10 miembros mas, ya sean Fundadores o Titulares (Hasta tres reelecciones como máximo cuatro años). El Consejo Consultivo actuará a solicitud expresa del Presidente en funciones o de la mayoría de los miembros integrantes de la misma.mesa Directiva o como mandato de la suprema autoridad que es la Asamblea General reunida en sesión General o Extraordinaria. El Consejo puede, por mandato de las autoridades convertirse en Comisión de Honor y Justicia cuando sea requerido con tal fin. ARTÍCULO IX.- FONDOS Y PATRIMONIO; Se encargará del manejo de los fondos a la Mesa Directiva con especial referencia al Presidente y Tesorero en funciones quienes deben rendir informe detallado. El financiamiento de la Asociación provendrá de : A) Cuotas de los miembros. Anualmente deberá cubrirse una cuota correspondiente y equivalente a $ US Dólares (En pesos mexicanos según tipo de cambio vigente) que podrá cubrirse en cualquier momento o en la reunión anual del Gea o durante la reunión de grupos del Congreso nacional. A los miembros correspondientes se les otorgará un descuento del 50% durante su residencia pero al terminar ésta, será sin descuento. Los recibos correspondientes deben ser electrónicos en la forma privativa `por las leyes vigentes. NOTA: Esta cuota puede estar incluida en el monto requerido para la inscripción de eventos académicos o sociales fijados por la Mesa Directiva pudiendo ser aplicada ya sea en la reunión anual del Gea o en la del Congreso nacional pero aplicable solamente una vez al año. B) Cuotas extraordinarias que serán cubiertas por los miembros según lo determine la Mesa Directiva.
11 C) Cuotas de casas Comerciales D) Donativos o ayudas económicas que pueda recibir la Asociación. ARTÍCULO X.- OBLIGACIONES Y DERECHOS; Todos los miembros tendrán los siguientes obligaciones y derechos: OBLIGACIONES: A).Cubrir la cuota anual estipulada así como las fijadas para cada evento. B) Aceptar y desempeñar las comisiones asignadas. C) Velar por la realización de los fines de la Asociación en cualquier rubro. D) Asistir a las reuniones convocadas. E) Votar y ser votados según su calidad de membresía DERECHOS: A) Recibir diplomas correspondientes. B) Asistir a las reuniones y participar activamente en ellas. C) Poder recibir menciones honoríficas en caso de ser propuestos y votados. D) Ostentarse como miembro de la Asociación. E) Votar y ser votado según su tipo de membresia. Los miembros extranjeros tienen los mismos derechos y obligaciones sin diferencia con los nacionales además, deben ser participativos y promotores de la Asociación en sus lugares de residencia y mantener contacto estrecho con la Asociación y sus miembros. ARTÍCULO XI.- DEL PERSONAL EMPLEADO: La Mesa Directiva está facultada para nombrar el personal auxiliar necesario para sus funciones, fijar salarios apropiados debiendo
12 informar y justificar a la Asociación en el momento de concretar el acuerdo. ARTÍCULO XII.- SANCIONES: Perderán su carácter de miembro asociado de cualquier variante: A) Aquellos médicos residentes que sean separados del Curso de su formación en forma indecorosa o por faltas a la moral, a la ética profesional o individual. Para considerar aquellos casos y dictaminarlos, se expondrá el caso a la Comisión de Honor y Justicia (Consejo Consultivo) en pleno bajo la mas absoluta reserva y ecuanimidad quienes emitirán su veredicto. B) Cuando se lleven actos que van en contra de la Asociación, el Servicio o se rompan las relaciones interpersonales con los intereses de la Asociación. C) Ante faltas graves a la Ética y Moral o bien común bajo acusación directa de mas de cinco miembros debidamente presentada, valorada por el comité de Honor y Justicia y presentada a la Asamblea General para su votación mayoritaria. ARTÏCULO XIII.- DURACIÓN Y TÉRMINO: El tiempo que dure la Asociación en funciones será indefinido y el término de la misma y su posible extinción será; A) Por acuerdo unánime de Asamblea General. B) Po no poder cumplir con los fines para los que fue fundada la Asociación. C) Por desaparición de todos los miembros Fundadores o Titulares y cuando los miembros correspondientes lo decidan en esas condiciones pudiendo continuar adaptando los estatutos vigentes. En caso de disolución, los fondos remanentes y el patrimonio de la Asociación se destinarán íntegramente a material de enseñanza de la especialidad que será donado a donde la Asamblea General decida.
13 ARTÏCULO XIV.- INPREVISTOS. Cualquier asunto no previsto en este estatuto deberá ser analizado y discutido por la Mesa Directiva quienes podrán hacer uso de sus funciones a discreción y presentar sus conclusiones en Asamblea convocada para tal fin. NOTA.- Este Estatuto fue revisado, discutido y aprobado en Sesión Extraordinaria de La Asociación en Puerto Vallarta, Jalisco, México en Abril del año 2015 y permanecerá vigente mientras no existan modificaciones debidamente protocolizadas por la Asamblea General y la Mesa Directiva en funciones. El Consejo Consultivo 2015 Dra. Alicia Sigler Dr. Patricio Correa Dr. Antonio Fuente del Campo Dr. Gerardo García Cuervo Dr. Ignacio Trigos Micoló.
ESTATUTOS DEL INSTITUTO VALENCIANO DE ESTUDIOS SOCIALES (I.V.E.S.)
ESTATUTOS DEL INSTITUTO VALENCIANO DE ESTUDIOS SOCIALES (I.V.E.S.) APROBADOS POR LA ASAMBLEA GENERAL DEL INSTITUTO VALENCIANO DE ESTUDIOS SOCIALES DEL EXCMO. COLEGIO OFICIAL DE GRADUADOS SOCIALES DE VALENCIA,
Más detallesNosotras de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N o. : de nacionalidad venezolana,
Nosotras de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N o. : de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N o de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad
Más detallesREGLAMENTO COMISIÓN DE FIESTAS Y EVENTOS DE LA DELEGACIÓN DE ALUMNOS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y EMPRESARIALES.
REGLAMENTO COMISIÓN DE FIESTAS Y EVENTOS DE LA DELEGACIÓN DE ALUMNOS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y EMPRESARIALES. TITULO I: Naturaleza, y fines de las Comisiones de Fiestas y Eventos de la Delegación
Más detallesESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN HONDUREÑA DE PSIQUIATRÍA
ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN HONDUREÑA DE PSIQUIATRÍA SECCION I DE LA DEFINICION Y DENOMINACION Artículo 1: La Asociación Hondureña de Psiquiatría es una Sociedad Médica afiliada al Colegio Médico de Honduras,
Más detallesSOCIEDAD MEXICANA DE CIRUJANOS TORACICOS GENERALES S.C. ESTATUTOS ARTICULO I NOMBRE, OBJETIVOS, GOBIERNO Y LOGO CORPORATIVO
SOCIEDAD MEXICANA DE CIRUJANOS TORACICOS GENERALES S.C. ESTATUTOS ARTICULO I NOMBRE, OBJETIVOS, GOBIERNO Y LOGO CORPORATIVO Sección 1.01 Nombre El nombre de la organización será Sociedad Mexicana de Cirujanos
Más detallesREGLAMENTO DE LA AGRUPACIÓN DE ARQUITECTOS PERITOS JUDICIALES Y FORENSES DEL COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE MÁLAGA
REGLAMENTO DE LA AGRUPACIÓN DE ARQUITECTOS PERITOS JUDICIALES Y FORENSES DEL COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE MÁLAGA TITULO I NATURALEZA Y DENOMINACIÓN, DURACIÓN, DOMICILIO Y FINES. Artículo 1º Artículo
Más detallesMODELO ESTAUTOS ESAL Aprobó 15/09/2007
Página 1 de 8 (MODELO DE ESTATUTOS DE LA CORPORACIÓN, FUNDACIÓN O ASOCIACIÓN) CAPITULO I NOMBRE, DURACIÓN, DOMICILIO Y OBJETO Artículo 1: Créase con el nombre de la CORPORACION *********** En el Departamento
Más detallesDisposiciones Vigentes de La Corte de Arbitraje de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Santa Cruz de Tenerife
Disposiciones Vigentes de La Corte de Arbitraje de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Santa Cruz de Tenerife INDICE DE CONTENIDOS I.- ESTATUTO DE FUNCIONAMIENTO II.- NUEVO REGLAMENTO
Más detallesCOOPERATIVA INTEGRAL DE TRABAJADORES DEL HOTEL CARTAGENA HILTON COOTRAHILTON ACUERDO N 03
COOPERATIVA INTEGRAL DE TRABAJADORES DEL HOTEL CARTAGENA HILTON COOTRAHILTON ACUERDO N 03 POR MEDIO DEL CUAL SE REGLAMENTA EL COMITÉ DE RECREACION, DEPORTE Y CULTURA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE COOTRAHILTON
Más detallesESTATUTOS DEL CONSORCIO VITORIA-GASTEIZ CAPITAL VERDE EUROPEA 2012.
15 ANEXO ESTATUTOS DEL CONSORCIO VITORIA-GASTEIZ CAPITAL VERDE EUROPEA 2012. TITULO I Disposiciones generales. Artículo 1 Denominación, personalidad y capacidad. 1. El Decreto Foral 802011 del Consejo
Más detallesLa Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 3 ;
PRESENTACIÓN La participación social en la educación y especialmente en la escuela, ha estado presente casi siempre en todo el país de distintas maneras. En México prácticamente no existe ningún plantel
Más detallesCAPÍTULO XIV DE LOS PATRONATOS PARA LA SUPERVISIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN Y OPERACIÓN DE LAS OBRAS DE BENEFICIO COMÚN DEL PROGRAMA FIGLOSNTE 56
CAPÍTULO XIV DE LOS PATRONATOS PARA LA SUPERVISIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN Y OPERACIÓN DE LAS OBRAS DE BENEFICIO COMÚN DEL PROGRAMA FIGLOSNTE 56 ARTÍCULO 170.- LA PRINCIPAL RESPONSABILIDAD DE LOS PATRONATOS
Más detallesUniversidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca. Escuela de Cultura Física y Deporte Licenciatura en Entrenamiento Deportivo REGLAMENTO.
Licenciatura en Entrenamiento Deportivo REGLAMENTO de Academias Julio del 2015 Elaborado por: Lic. Luis Abel Solano Santiago Director Encargado L.C.E. Luis Enrique Ramírez López Coordinador Académico 2
Más detallesMODELO DE ESTATUTOS DE UNA ENTIDAD SIN ÁNIMO DE LUCRO
NOTA ESPECIAL: El presente es un modelo que sirve como guía para las entidades sin ánimo de lucro, el cual en nada obliga a la Cámara de Comercio del Oriente Antioqueño. MODELO DE ESTATUTOS DE UNA ENTIDAD
Más detallesCAPÍTULO XIV DE LOS PATRONATOS PARA LA SUPERVISIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN Y OPERACIÓN DE LAS OBRAS DE BENEFICIO COMÚN DEL PROGRAMA FIGLOSNTE 16.
CAPÍTULO XIV DE LOS PATRONATOS PARA LA SUPERVISIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN Y OPERACIÓN DE LAS OBRAS DE BENEFICIO COMÚN DEL PROGRAMA FIGLOSNTE 16. ARTÍCULO 194.- LA PRINCIPAL RESPONSABILIDAD DE LOS PATRONATOS
Más detallesMODELO DE ESTATUTOS (Requisitos mínimos) CLASE DE PERSONA JURIDICA A CONSTITUIRSE: FUNDACION, CORPORACION o ASOCIACION
MODELO DE ESTATUTOS (Requisitos mínimos) CLASE DE PERSONA JURIDICA A CONSTITUIRSE: FUNDACION, CORPORACION o ASOCIACION CAPITULO I Nombre, duración, domicilio y objeto ARTICULO 1.- La entidad que por medio
Más detallesAprobado por la Asamblea General Extraordinaria del día 11 de septiembre de 2007, modificado en el 2011.
Reglamento General Interno Sociedad Argentina de Cardiología Aprobado por la Asamblea General Extraordinaria del día 11 de septiembre de 2007, modificado en el 2011. En trámite de aprobación por la Inspección
Más detalles.09 ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE PROFESORES DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA ANDRÉS BELLO CAPITULO I NATURALEZA, OBJETO, DOMICILIO Y DURACIÓN
ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE PROFESORES DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA ANDRÉS BELLO CAPITULO I NATURALEZA, OBJETO, DOMICILIO Y DURACIÓN Artículo 1º: La Asociación de Profesores de la Universidad Católica
Más detallesNORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL CLUB DEPORTIVO FILIAL DE LA UNIVERSIDAD PUBLICA DE NAVARRA
NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL CLUB DEPORTIVO FILIAL DE LA UNIVERSIDAD PUBLICA DE NAVARRA DISPOSICIONES GENERALES Art. 1.- El Club Deportivo Universidad Pública de Navarra es un club filial sin personalidad
Más detallesORDENANZA DE LA ESCUELA UNIVERSITARIA DE MÚSICA
Res. Nº 4 de C.D.C.de 25/IV/2000 - Distr. 82/00 Res. Nº 7 de C.D.C. de 30/V/2000 D.O. 27/VI/2000 ORDENANZA DE LA ESCUELA UNIVERSITARIA DE MÚSICA CAPITULO I.- DE LOS FINES Artículo 1o.- La Escuela Universitaria
Más detallesREGLAMENTO DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE UNIVERSIDADES CON TITULACIONES DE INFORMACION Y COMUNICACION
REGLAMENTO DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE UNIVERSIDADES CON TITULACIONES DE INFORMACION Y COMUNICACION CAPITULO I. DE LA ASOCIACION EN GENERAL Artículo 1. La Asociación Española de Universidades con Titulaciones
Más detallesDOSSIER DE PREGUNTAS Y RESPUESTAS RENOVACIÓN CONSEJOS ESCOLARES
DOSSIER DE PREGUNTAS Y RESPUESTAS RENOVACIÓN CONSEJOS ESCOLARES 1) Qué diferencias se pueden apreciar entre la convocatoria de elecciones a la renovación parcial y nueva constitución de los Consejos Escolares
Más detallesESTATUTOS FEDERACION DE LEVANTAMIENTO DE PESAS
ESTATUTOS FEDERACION DE LEVANTAMIENTO DE PESAS CAPITULO PRIMERO Fundación, Nombre, Constitución, Domicilio, Duración, Afiliación, Patrimonio, Banderas, Logos y Emblemas. ARTICULO 1: La Fundación: La Federacion
Más detallesASOCIACION CAPITULO PERUANO. Procedimientos para formación e inscripción de Capitulo de Estudiantes
Lima, Enero 2015 Procedimientos para formación e inscripción de Capitulo de Estudiantes - Tener conformada su Junta Directiva, con los siguientes cargos: Presidente, Vice-Presidente, Secretario, Tesorero,
Más detallesC O N V O C A T O R I A
Asociación Mexicana de Maestros de Inglés, MEXTESOL, A.C. México, D. F, a 21 de Abril del 2015 La Asociación Mexicana de Maestros de Ingles, MEXTESOL, A. C., con base en el Capítulo VI de las Elecciones
Más detallesInstituto Electoral del Estado de Guanajuato
Instituto Electoral del Estado de Guanajuato Modelo único de estatutos que deberán seguir los ciudadanos que pretendan postularse como candidatos independientes a un cargo de elección popular, al crear
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD.
REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD. (PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 7 DE JULIO DE 2004) Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados
Más detallesREGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DE LA SOCIEDAD MADRILEÑA DE MEDICINA GENERAL
REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DE LA SOCIEDAD MADRILEÑA DE MEDICINA GENERAL CAPÍTULO I: PREÁMBULO Artículo 1. Con la denominación de Sociedad Madrileña de Medicina General (SEMG-Madrid) se constituye la
Más detallesESTATUTOS DE LA ASOCIACION ACADEMIA EUROPEA DE CIENCIAS Y ARTES-ESPAÑA CAPITULO I.- DENOMINACION. OBJETO. DOMICILIO. AMBITO TERRITORIAL. DURACION.
ESTATUTOS DE LA ASOCIACION ACADEMIA EUROPEA DE CIENCIAS Y ARTES-ESPAÑA CAPITULO I.- DENOMINACION. OBJETO. DOMICILIO. AMBITO TERRITORIAL. DURACION. Artículo 1º.- Denominación. La Academia Europea de Ciencias
Más detallesESTATUTOS. b) Ampliar y consolidar las relaciones de la Universidad Nacional de Ingeniería con el sector empresarial.
TITULO I Nombre, Objetivos, Domicilio, Duración ESTATUTOS Artículo 1º: El Patronato de la Universidad Nacional de Ingeniería es una asociación civil sin fines de lucro, integrada por personas naturales
Más detallesMODELO DE ESTATUTOS DE LA ASOCIACION CAPÍTULO I : DENOMINACIÓN, CONSTITUCIÓN, ÁMBITO, FINES, DURACIÓN, DOMICILIO.
MODELO DE ESTATUTOS DE LA ASOCIACION CAPÍTULO I : DENOMINACIÓN, CONSTITUCIÓN, ÁMBITO, FINES, DURACIÓN, DOMICILIO. Art. 1.- Con la denominación de se constituye en una Asociación sin ánimo de lucro, de
Más detallesREGLAMENTO DE ESTUDIOS DE POSGRADO
REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE POSGRADO CAPÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES Art.1o. Art.2o. Art.3o. La aprobación del grado de especialidad, maestría y doctorado en la Universidad La Salle Victoria para
Más detallesREFORMAS ESTATUTARIAS
REFORMAS ESTATUTARIAS Qué es una reforma estatutaria? Se debe entender por reforma estatutaria todas aquellas modificaciones que se realicen al contrato social. Se puede presentar reforma parcial o total
Más detallesMANUAL DE OPERACION DEL COMITE DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE AHORRO DE LOSTRABA]ADORES DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL
,, MANUAL DE OPERACION DEL COMITE DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE AHORRO DE LOSTRABA]ADORES DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL ÍNDICE Presentación 1 Página Objetivo 1 1. MARCO JURÍDICO 2 11. DEFINICIONES
Más detallesArtículo 4º.- Para el cumplimiento de su objeto, el fideicomiso tendrá los siguientes fines:
DECRETO QUE AUTORIZA LA CONSTITUCIÓN DEL FIDEICOMISO DEL PROGRAMA DE APOYO ESCOLAR PARA EL MANTENIMIENTO, MEJORA Y EQUIPAMIENTO DE LAS ESCUELAS PÚBLICAS DE EDUCACIÓN BÁSICA EN EL ESTADO DE SONORA Artículo
Más detallesModelo de Estatutos para candidaturas independiente al cargo de Presidente Municipal y Síndico FCI/IMPEPAC/04/EA
MODELO DE ESTATUTOS PARA CANDIDATURAS INDEPENDIENTE AL CARGO DE PRESIDENTE MUNICIPAL Y SÍNDICO FCI/IMPEPAC/04/EA OBSERVACIONES GENERALES.- Modelo de Estatutos para candidaturas independiente al cargo de
Más detallesCOLEGIO SALESIANO DON BOSCO San José, Costa Rica REGLAMENTO DE LA DIRECTIVA CENTRAL DE PADRES DE FAMILIA
Buenos cristianos y honrados ciudadanos (Don Bosco) COLEGIO SALESIANO DON BOSCO San José, Costa Rica REGLAMENTO DE LA DIRECTIVA CENTRAL DE PADRES DE FAMILIA DEL NOMBRE, NATURALEZA, CONSTITUCION Y DOMICILIO.
Más detallesAYUNTAMIENTO DE MEXICALI, BAJA CALIFORNIA
ACUERDO DE CREACION DEL ORGANISMO DESCENTRALIZADO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA MUNICIPAL DENOMINADO PATRONATO DE LAS FIESTAS DEL SOL DE LA CIUDAD DE MEXICALI, BAJA CALIFORNIA Publicado en el Periódico
Más detallesSOCIEDADES ANÓNIMAS PANAMEÑAS. La Legislación relativa a la organización de sociedades anónimas en Panamá está contenida en la Ley 32 de 1927.
SOCIEDADES ANÓNIMAS PANAMEÑAS La Legislación relativa a la organización de sociedades anónimas en Panamá está contenida en la Ley 32 de 1927. I. PROCEDIMIENTO PARA LA CONSTITUCION El procedimiento para
Más detallesESTATUTOS DE LA FIAT/IFTA Versión Española - Mayo de 2007
ESTATUTOS DE LA FIAT/IFTA Versión Española - Mayo de 2007 ARTÍCULO 1 Se crea entre responsables de servicios de archivo de organizaciones de televisión una asociación sin fines lucramvos, al amparo de
Más detallesREGLAMENTO TIPO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CONSEJO DE REPRESENTANTES DE LA ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE BURGOS
REGLAMENTO TIPO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CONSEJO DE REPRESENTANTES DE LA ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE BURGOS (Informado positivamente por Consejo de Gobierno de 10 de octubre de 2008)
Más detallesREGLAMENTO DEL CENTRO DE INVESTIGACIÓN EDUCATIVA GEORGINA CALDERÓN
UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA EXPERIMENTAL LIBERTADOR INSTITUTO DE MEJORAMIENTO PROFESIONAL DEL MAGISTERIO SUBDIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN Y POSTGRADO COORDINACIÓN DE INVESTIGACIÓN REGLAMENTO DEL CENTRO DE INVESTIGACIÓN
Más detallesREGLAS DE FUNCIONAMIENTO COMITÉ REGIONAL DE LA JUVENTUD COOPERATIVAS DE LAS ÁMERICAS IDENTIDAD Y DEFINICIONES
ARTÍCULO 1: Nombre y Siglas REGLAS DE FUNCIONAMIENTO COMITÉ REGIONAL DE LA JUVENTUD COOPERATIVAS DE LAS ÁMERICAS IDENTIDAD Y DEFINICIONES 1.1 Su nombre oficial es Comité Regional de Juventud de Cooperativas
Más detallesESTATUTOS DE LA CONFERENCIA DE DECANOS DE CENTROS UNIVERSITARIOS CON TÍTULOS DE MAGISTERIO Y EDUCACIÓN
ESTATUTOS DE LA CONFERENCIA DE DECANOS DE CENTROS UNIVERSITARIOS CON TÍTULOS DE MAGISTERIO Y EDUCACIÓN CAPITULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO. Artículo 1. Con la denominación de Conferencia
Más detallesFONDO DE EMPLEADOS DE BRETANO F.E. BRETANO REGLAMENTO DEL COMITÉ DE CRÉDITO CONSIDERANDO: ACUERDA: CAPÍTULO I CONFORMACIÓN, REQUISITOS Y FUNCIONES
FONDO DE EMPLEADOS DE BRETANO F.E. BRETANO REGLAMENTO DEL COMITÉ DE CRÉDITO ACUERDO No. 004 de 2012 Por el cual se adopta el reglamento del Comité de Crédito del Fondo de Empleados de Bretano La Junta
Más detallesCAPÍTULO PRIMERO DE LA DENOMINACIÓN, OBJETO SOCIAL, DOMICILIO, NACIONALIDAD Y DURACIÓN
MODELO ÚNICO DE ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN CIVIL QUE DEBERÁN CONSTITUIR LAS CIUDADANAS Y CIUDADANOS INTERESADOS (AS) EN POSTULARSE COMO CANDIDATOS (AS) INDEPENDIENTES AL CARGO DE GOBERNADOR DEL ESTADO
Más detallesESTATUTOS DE LA SOCIEDAD CHILENA DE CIENCIA DE LA OCUPACIÓN
ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD CHILENA DE CIENCIA DE LA OCUPACIÓN I. TITULO PRIMERO: DE LOS OBJETIVOS. ARTICULO PRIMERO. La Sociedad Chilena de Ciencia de la Ocupación es una entidad destinada al perfeccionamiento
Más detallesESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE ENFERMERÍA Y SALUD
ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE ENFERMERÍA Y SALUD CAPITULO I. DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO TERRITORIAL Artículo 1º. DENOMINACIÓN. Con la denominación de la Asociación Española de Enfermería
Más detallesREGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD
Por acuerdo del Pleno de día 27 de enero de 2000 fue aprobado definitivamente el Reglamento de seguridad y salud. Publicado en el BOIB nº. 55, de 02.05.00, entró en vigor al día siguiente de la publicación.
Más detallesCONOCES LA ESTRUCTURA Y EL FUNCIONAMIENTO DE NUESTRO COLEGIO DE ENFERMERÍA?.
CONOCES LA ESTRUCTURA Y EL FUNCIONAMIENTO DE NUESTRO COLEGIO DE ENFERMERÍA?. Sabéis que en AIDE nos preocupa que la información sea accesible y circule, sin embargo, a muchos de nosotros nos resulta extremadamente
Más detallesREGLAMENTO DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DE LIBERTY SEGUROS, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.
REGLAMENTO DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DE LIBERTY SEGUROS, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. ÍNDICE 1. Preámbulo 2. Finalidad 3. Derechos de información previos a la celebración de la Junta
Más detallesReglamento de Régimen Interno de la División de Psicología del Trabajo, de las Organizaciones y los Recursos Humanos
Reglamento de Régimen Interno de la División de Psicología del Trabajo, de las Organizaciones y los Recursos Humanos Aprobado por la Junta General 14 y 15 de diciembre de 2007 Modificado en Junta General
Más detallesESTATUTOS Agrupación de Abogados Jóvenes de Zaragoza
ESTATUTOS Agrupación de Abogados Jóvenes de Zaragoza Í N D I C E: 1.- Título I: Denominación, Objeto y Fines. 2.- Título II: Miembros de la Agrupación. 3.- Título III: Del funcionamiento de la Agrupación.
Más detallesREGLAMENTO DE LA ESCUELA DE MEDICINA. CAPÍTULO I Disposiciones Generales
1 REGLAMENTO DE LA ESCUELA DE MEDICINA CAPÍTULO I Disposiciones Generales Artículo 1.- La Escuela de Medicina es una de las entidades a través de la cual el IUNIR, realiza su función docente, de investigación
Más detallesESTATUTOS DE LA FUNDACIÓN CENTRO DE ESTUDIOS MONETARIOS Y FINANCIEROS (CEMFI) CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
ESTATUTOS DE LA FUNDACIÓN CENTRO DE ESTUDIOS MONETARIOS Y FINANCIEROS (CEMFI) CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Denominación y naturaleza La Fundación Centro de Estudios Monetarios y Financieros
Más detallesNuevo estatuto aprobado en la Asamblea General que tuvo lugar en Mérida, Yucatán, (México), los pasados días 20 y 21 de noviembre de 2008.
Nuevo estatuto aprobado en la Asamblea General que tuvo lugar en Mérida, Yucatán, (México), los pasados días 20 y 21 de noviembre de 2008. Estatuto de la Federación Iberoamericana de Defensores del Pueblo,
Más detallesESTATUTOS DE LA ASOCIACION BOLIVIANA DK PRQFKSTONATJKS NOMBRE Y DOMICILIO
ESTATUTOS DE LA ASOCIACION BOLIVIANA DK PRQFKSTONATJKS RN GEOGRAFIA Y RECURSOS NATURALES NOMBRE Y DOMICILIO Articulo 1 La ASOCIACION BOLIVIANA DE PROFESIONALES EN GEOGRAFIA Y RECURSOS NATURALES, es una
Más detallesASOCIACION INTERNACIONAL DE CARIDADES
ESTATUTOS ASOCIACION INTERNACIONAL DE CARIDADES aprobados en la Asamblea de Delegadas 1985 modificados en la Asamblea de Delegadas de 2000 (art. 2) modificados en la Asamblea de Delegadas de 2002 (art.
Más detallesESTATUTOS DE LA SOCIEDAD CUBANA DE QUIMICA
ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD CUBANA DE QUIMICA Capítulo Enunciado Artículos I Del nombre y objeto 1-6 II De los miembros 7-9 III Derechos y deberes de los Miembros 10-12 IV De los Órganos de la Sociedad y
Más detallesUNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CHIHUAHUA REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS ACADEMIAS DEFINICIÓN Y OBJETIVO ORGANIZACIÓN
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CHIHUAHUA REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS ACADEMIAS DEFINICIÓN Y OBJETIVO Artículo 1.- Las academias son órganos colegiados de carácter consultivo, integradas
Más detallesREGLAMENTO INTERIOR DE LA COMISIÓN INTERINSTITUCIONAL PARA LA FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS PARA LA SALUD
REGLAMENTO INTERIOR DE LA COMISIÓN INTERINSTITUCIONAL PARA LA FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS PARA LA SALUD D. O. F. 31 DE OCTUBRE DE 1986 La Comisión Interinstitucional para la Formación de Recursos Humanos
Más detallesASOCIACIÓN DE CELÍACOS Y SENSIBLES AL GLUTEN COMUNIDAD DE MADRID ESTATUTOS CAPITULO I
ASOCIACIÓN DE CELÍACOS Y SENSIBLES AL GLUTEN COMUNIDAD DE MADRID ESTATUTOS CAPITULO I Artículo 1º.- DENOMINACION.- Con la denominación de ASOCIACIÓN DE CELÍACOS Y SENSIBLES AL GLUTEN. COMUNIDAD DE MADRID
Más detallesINSTITUTO ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL ESTADO DE GUERRERO
ANEXO 2 MODELO ÚNICO DE ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN CIVIL QUE PRETENDA REGISTRAR CANDIDATO INDEPENDIENTE ESTATUTOS CAPITULO I De la denominación, objeto social, nacionalidad, Domicilio y duración. Artículo
Más detallesLey de Fomento al Deporte del Estado de Tabasco
LEY PARA EL FOMENTO DEL DEPORTE EN EL ESTADO DE TABASCO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Las normas de esta Ley son de orden público e interés social y tienen por objeto contribuir en la formación
Más detallesESTATUTOS DEL COLEGIO DE OFTALMOLOGIA DE NUEVO LEÓN
ESTATUTOS DEL COLEGIO DE OFTALMOLOGIA DE NUEVO LEÓN INDICE CAPITULO I.- La Sociedad de Oftalmología de Nuevo León, A. C. y sus objetivos CAPITULO II.- De Los Socios CAPITULO III.- De La Mesa Directiva
Más detallesMODELO DE ESTATUTOS PARA UNA ASOCIACION JUVENIL
MODELO DE ESTATUTOS PARA UNA ASOCIACION JUVENIL ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN. CAPÍTULO I DENOMINACIÓN, FINES, ACTIVIDADES, DOMICILIO Y ÁMBITO Artículo 1.- Denominación. Con la denominación de Asociación
Más detallesCREACIÓN DE INSTITUTOS IV. CREACIÓN DE INSTITUTOS
CREACIÓN DE INSTITUTOS 321 IV. CREACIÓN DE INSTITUTOS 322 CREACIÓN DE INSTITUTOS CREACIÓN DE INSTITUTOS 323 PROPUESTA PARA LA CREACIÓN DE LOS INSTITUTOS EN LA ACADEMIA NACIONAL DE INGENIERÍA Ing. Manuel
Más detallesCOLEGIO COLOMBO BRITÁNICO ENVIGADO - ANTIOQUIA CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA REGLAMENTO DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA Junio 15 de 2006
COLEGIO COLOMBO BRITÁNICO ENVIGADO - ANTIOQUIA CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA REGLAMENTO DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA Junio 15 de 2006 NATURALEZA DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA: ARTÍCULO 1 : Naturaleza:
Más detallesESTATUTO RIU-SOL Red Internacional de Universidades que promueven el Software Libre I ORIGEN Y PRINCIPIO
ESTATUTO RIU-SOL Red Internacional de Universidades que promueven el Software Libre I ORIGEN Y PRINCIPIO 1 EXISTENCIA Y OBJETIVOS Queda institucionalizada por este acuerdo la Red Internacional de Universidades
Más detallesReglamento de funcionamiento interno del Consejo de Alumnos de la Universidad de Sevilla
Reglamento de funcionamiento interno del Consejo de Alumnos de la Universidad de Sevilla De acuerdo con lo señalado en el artículo 175.d) de los EUS (Decretos de la Consejería de Educación y Ciencia de
Más detalles«ESTUDIO DE FILOLOGÍA ARAGONESA»
«ESTUDIO DE FILOLOGÍA ARAGONESA» Estatutos Índice CAPÍTULO I Denominación Fines Ámbito Domicilio CAPÍTULO II Recursos Patrimonio CAPÍTULO III Composición Miembros numerarios Miembros de honor Miembros
Más detallesUNIDAD PARA EL DESARROLLO POLÍTICO CÓMO FORMAR UNA ORGANIZACIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL
UNIDAD PARA EL DESARROLLO POLÍTICO CÓMO FORMAR UNA ORGANIZACIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL Octubre de 2012 La SEGOB y las OSC La Secretaría de Gobernación (Segob) tiene dos atribuciones fundamentales: 1.Conducir
Más detallesREGLAMENTO DE ELECCIONES DE REPRESENTANTES ANTE EL BANCO POPULAR
REGLAMENTO DE ELECCIONES DE REPRESENTANTES ANTE EL BANCO POPULAR (Aprobado en la sesión 05-2010 del Comité Permanente de la Federación de Colegio Profesionales Universitarios, celebrada el día 26 de mayo
Más detallesCONCEJO MUNICIPAL DE CULTURA DE PAZ DE ARIPORO CASANARE
CONCEJO MUNICIPAL DE CULTURA DE PAZ DE ARIPORO CASANARE REGLAMENTO INTERNO En el marco de la Ley 397 de 1997, artículos 60 y 61, la Ley 1185 de 2008, artículo 15 y el Acuerdo No. 013 Del 29 de Agosto del
Más detallesREGLAMENTO I. Objeto II. Miembros Miembros individuales: Miembros institucionales académicas: Miembros institucionales OSC: Colaboradores:
REGLAMENTO I. Objeto 1. El presente reglamento fija las normas y procedimientos, así como las responsabilidades que regirán entre los asociados, colaboradores y participantes de la Red Internacional de
Más detallesESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE MADRES Y PADRES DE ALUMNOS MADRE RAFOLS DEL COLEGIO DE SANTA ANA DE HUESCA.
1 ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE MADRES Y PADRES DE ALUMNOS MADRE RAFOLS DEL COLEGIO DE SANTA ANA DE HUESCA. I.- DEFINICION, DOMICILIO Y AMBITO TERRITORIAL Artículo 1º.- Con la denominación ASOCIACIÓN DE
Más detallesCAPÍTULO IV DE LAS CUOTAS DE APORTACIONES DE LOS SOCIOS
CAPÍTULO IV DE LAS CUOTAS DE APORTACIONES DE LOS SOCIOS ARTÍCULO 8.- LOS SOCIOS DEBERÁN PAGAR SUS CUOTAS Y APORTACIONES A TRAVÉS DE DESCUENTO QUINCENAL POR NÓMINA U OTRO MEDIO QUE EN ATENCIÓN A LA NATURALEZA
Más detallesMODIFICACION DEFINITIVA DE ESTATUTOS SOCIALES DE LA AGRUPACIO MUSICAL MEDITERRANEO LA VILA JOIOSA
MODIFICACION DEFINITIVA DE ESTATUTOS SOCIALES DE LA AGRUPACIO MUSICAL MEDITERRANEO LA VILA JOIOSA Artículo 21. DEL FUNCIONAMIENTO DE LA ASAMBLEA GENERAL. La Asamblea General se reunirá con carácter extraordinario
Más detallesREGLAMENTO INTERIOR DE LAS ACADEMIAS
REGLAMENTO INTERIOR DE LAS ACADEMIAS Aprobado en la sesión extraordinaria del H. Consejo Universitario de fecha 13 de junio de 2001 publicado en la Gaceta Universitaria No. 81 correspondiente a los meses
Más detallesSECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL CRUZADA CONTRA EL HAMBRE ACTA CONSTITUTIVA DEL COMITÉ COMUNITARIO
SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL CRUZADA CONTRA EL HAMBRE ACTA CONSTITUTIVA DEL COMITÉ COMUNITARIO Acta Constitutiva del Comité Comunitario de la Cruzada Contra el Hambre de la comunidad: del barrio y/o
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES DEL CONSEJO SOCIAL DE LA CIUDAD DE CASTELLÓN DE LA PLANA.
Ayuntamiento de Castellón de la Plana. REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES DEL CONSEJO SOCIAL DE LA CIUDAD DE CASTELLÓN DE LA PLANA. Aprobado: Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión de
Más detallesREGLAMENTO DEL COMITÉ DIRECTIVO
REGLAMENTO DEL COMITÉ DIRECTIVO Artículo 1. La dirección de la Academia estará a cargo de un Comité Directivo integrado por: Un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero y un Bibliotecario,
Más detallesASOCIACIÓN IBEROAMERICANA DE LA TARTAMUDEZ TTM-IB ESTATUTOS
ASOCIACIÓN IBEROAMERICANA DE LA TARTAMUDEZ TTM-IB ESTATUTOS CAPITULO I: Disposiciones Generales Artículo 1: La ASOCIACIÓN IBEROAMERICANA DE TARTAMUDEZ (TTM-IB) es una organización de miembros e instituciones
Más detallesACTA CONSTITUTIVA DEL CONSEJO ESCOLAR DE PARTICIPACIÓN SOCIAL PERIODO 2014-2016
Clave de Centro de Trabajo (CCT) Zona Escolar Sector Escolar Domicilio del director (a) de la escuela o quien ejerza la función directiva Datos del Centro Escolar: En la localidad de del Municipio de del
Más detallesReglamento de las Asambleas de Centro y del Consejo de Estudiantes de la Universidad de Oviedo. (Aprobado en Junta de Gobierno del 21/12/2001)
Reglamento de las Asambleas de Centro y del Consejo de Estudiantes de la Universidad de Oviedo. (Aprobado en Junta de Gobierno del 21/12/2001) Reglamento de las Asambleas de Centro y del Consejo de Estudiantes
Más detallesSociedad Anónima ("SA")
Sociedad Anónima ("SA") Capital y Accionistas - Se requiere un mínimo de dos accionistas, que pueden ser personas jurídicas o personas físicas, para establecer una SA. El capital mínimo es de 12.000 pesos.
Más detallesESTATUTOS DEL FOMENTO DE LAS ARTES Y DEL DISEÑO (FAD)
ESTATUTOS DEL FOMENTO DE LAS ARTES Y DEL DISEÑO (FAD) I. DENOMINACIÓN, FINES Y DOMICILIO Artículo 1 El FOMENTO DE LAS ARTES Y DEL DISEÑO (FAD), de ahora en adelante FAD, asociación independiente con voluntad
Más detallesASOCIACIONES DE MUNICIPALIDADES. Álvaro Villanueva R. alvaro.villanueva@subdere.gov.cl Marzo 2012
ASOCIACIONES DE MUNICIPALIDADES Álvaro Villanueva R. alvaro.villanueva@subdere.gov.cl Marzo 2012 1 TIPOS DE ORGANIZACIONES EN LAS QUE PUEDE PARTICIPAR UNA MUNICIPALIDAD 2 MUNICIPALIDADES CORPORACIONES
Más detalles3.5.- Toda otra actividad compatible con los fines de la Asociación.
ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN SOCIEDAD DE AMIGOS DEL MUSEO NACIONAL DE CIENCIAS NATURALES I.- DENOMINACION, FINES, DOMICILIO Y AMBITO. Artículo 1º. 1.1.- Con la denominación de ASOCIACIÓN SOCIEDAD DE AMIGOS
Más detallesReglas de Procedimiento y Prueba
Reglas de Procedimiento y Prueba Las Reglas de Procedimiento y Prueba constituyen un instrumento para la aplicación del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, al cual están subordinadas en todos
Más detallesACTA CONSTITUTIVA DEL CONSEJO ESCOLAR DE PARTICIPACIÓN SOCIAL PERÍODO 2014-2016. Datos del Centro Escolar FOLIO
Nombre: C.C.T.: Turno: Zona Escolar: Sector Escolar: Domicilio: : Nombre del Director(a) de la escuela o quien ejerza la función directiva: Correo electrónico oficial: Datos del Centro Escolar FOLIO En
Más detallesAcademia de Cirugía UC.
Academia de Cirugía UC. Estatutos año 2011. Pablo Andrés Albiña Palmarola Juan Francisco de la Llera Kurth Juan Jesús Urbina Romero Titulo I De la Academia de Cirugía Art 1: La Academia de Cirugía UC es
Más detallesReglamento de Organización y Funciones del Comité de Seguridad y Salud Ocupacional
MINISTERIO DE SALUD DE EL SALVADOR Reglamento de Organización y Funciones del Comité de Seguridad y Salud Ocupacional San Salvador, diciembre de 2011. Reglamento de Organización y Funciones del Comité
Más detallesGUÍASALUD-BIBLIOTECA DE GUÍAS DE PRÁCTICA CLÍNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO CONSULTIVO
GUÍASALUD-BIBLIOTECA DE GUÍAS DE PRÁCTICA CLÍNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO CONSULTIVO Aprobado por el Consejo Ejecutivo de GuíaSalud el 25 de septiembre de 2009
Más detallesDECRETO SUPREMO No. 166 DE 1999, MINISTERIO SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA COMISION NACIONAL DEL MEDIO AMBIENTE (DO 18.12.
DECRETO SUPREMO No. 166 DE 1999, MINISTERIO SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA COMISION NACIONAL DEL MEDIO AMBIENTE (DO 18.12.1999) Ministerio Secretaría General de la Presidencia Comisión Nacional del
Más detallesREGLAMENTO DE LA ESCUELA NACIONAL PREPARATORIA
CAPÍTULO I Disposiciones Generales Artículo 1.- La Escuela Nacional Preparatoria es una de las instituciones a través de la cual la Universidad Nacional Autónoma de México, realiza uno de sus sistemas
Más detallesEstatutos Consejo de Padres Colegio Calasanz de Cúcuta
1. MARCO JURIDICO CAPITULO I MARCO JURIDICO, DOMICILIO, ÁMBITO Y DURACIÓN El Consejo de Padres de Familia del Colegio Calasanz de Cúcuta es un órgano de Participación que se crea a partir de la aparición
Más detallesCOHESIÓN DE DIVERSIDADES PARA LA SUSTENTABILIDAD, A.C. REGLAMENTO INTERNO DE TRANSPARENCIA E INFORMACIÓN PÚBLICA
COHESIÓN DE DIVERSIDADES PARA LA SUSTENTABILIDAD, A.C. REGLAMENTO INTERNO DE TRANSPARENCIA E INFORMACIÓN PÚBLICA CAPÍTULO PRIMERO Disposiciones Generales Artículo 1.- El presente Reglamento tiene por objeto
Más detallesE S T A T U T O S CAPITULO I DE LA ASOCIACION EN GENERAL
E S T A T U T O S CAPITULO I DE LA ASOCIACION EN GENERAL Artículo 1.- Se constituye en Mieres una asociación sin ánimo de lucro que se denominará Asociación Cultural y Minera Santa Bárbara de la Comarca
Más detallesREGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA MESA CONSULTIVA DE NIÑEZ CON DISCAPACIDAD EN LA REPÚBLICA DOMINICANA
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA MESA CONSULTIVA DE NIÑEZ CON DISCAPACIDAD EN LA REPÚBLICA DOMINICANA Santo Domingo 09 de julio de 2015 Página 1 de 8 CAPÍTULO I Definición y Propósitos Artículo 1.- De
Más detalles